# Santalucía Factory Plus: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-edificio-industrial-santalucia-factory-plus.php
- Entidad: SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-edificio-industrial-santalucia-factory-plus.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones generales Factory Plus](https://santalucia.es/documentos_slw4/1572436466366/condiciones-generales-factory-plus.pdf), Edición Condiciones generales Seguro Factory Plus, sin fecha en el texto

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Valor asegurado y forma de fijar la suma (valor de nuevo actualizable, valor de nuevo, valor real) | sí | se amplían las garantías de la póliza a la diferencia existente entre el valor real del Continente en el momento del siniestro y su valor en estado de nuevo, siempre que dicha diferencia no exceda del 30 por 100 del valor de nuevo | Artículo 6, página 35 |
| Cobertura a todo riesgo (todo lo no excluido expresamente) | no | el seguro solamente garantiza contra aquellos riesgos cuya cobertura se especifica a continuación | Artículo 2, página 10 |
| Forma del contrato: póliza de edificio propia o módulo de un multirriesgo o paquete | no | Los que se describen a continuación, siempre que figuren expresamente contratados en las Condiciones Particulares de la póliza | Artículo 1.3, página 6 |
| Edificios de uso mixto (vivienda y negocio) asegurables | no regulado |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (infraseguro) | sí, hasta la suma asegurada | el Asegurador renuncia a la aplicación de la Regla Proporcional prevista en el número anterior, cuando concurra una de las dos circunstancias siguientes: Que el infraseguro existente no supere el 15 por 100 del valor real de los bienes asegurados. | Artículo 11.3, página 40 |
| Previsión para revalorizaciones, reformas, ampliaciones y nuevos edificios | sí, hasta la suma asegurada | las sumas aseguradas de la póliza, quedarán modificadas automáticamente en cada vencimiento anual, siguiendo las fluctuaciones del Índice de Precios de Consumo | Artículo 7, página 35 |
| Indemnización a valor de nuevo y límite por debajo del cual solo se paga el valor real | sí | siempre que dicha diferencia no exceda del 30 por 100 del valor de nuevo y que la suma asegurada corresponda al valor de reposición o reconstrucción. | Artículo 6, página 35 |
| Varios edificios o emplazamientos en un contrato (suma global, compensación de sumas) | sí | si en el momento del siniestro existiese un exceso de suma asegurada en Continente o Contenido, tal exceso podrá aplicarse al que resultase insuficientemente asegurado | Artículo 11.2, página 40 |
| Incendio: incendio, rayo, explosión, implosión, choque o caída de aeronaves | sí | INCENDIO, entendiendo como tal la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en el que se produce. | Artículo 2, Daños materiales 1.1, página 10 |
| Sobretensión y cortocircuito por rayo en las instalaciones eléctricas del edificio | sí, hasta la suma asegurada | por corrientes eléctricas anormales o cortocircuitos, siempre que dichos daños sean producidos por la electricidad, aun cuando no se derive incendio. | Artículo 2, Daños materiales 7, página 14 |
| Daños por chamuscado, humo sin llama y calor útil | no regulado |  |  |
| Daños por agua: escape de agua de tuberías e instalaciones conectadas | sí | Escapes y desbordamientos accidentales e imprevistos por ROTURA U OBSTRUCCIÓN de tuberías, desagües, depósitos fijos o conducciones de calefacción. | Artículo 2, Daños materiales 2.1, página 11 |
| Rotura y congelación de tuberías de suministro y desagüe dentro del edificio | no | los debidos a congelación y heladas, incluso los causados por el agua como consecuencia de estos últimos fenómenos. | Artículo 2, Daños materiales 2 a), página 11 |
| Tuberías fuera del edificio, dentro y fuera de la parcela | no | Los gastos de desatascos, localización y reparación de averías, que tengan su origen en tuberías subterráneas de suministro o desagüe de agua que estén situadas fuera de la vertical de la cubierta del edificio | Artículo 2, Daños materiales 2 b), página 11 |
| Fugas de rociadores | no regulado |  |  |
| Viento y granizo en el edificio (velocidad según condicionado) | sí | VIENTO de velocidad superior a 80Km por hora | Artículo 2, Daños materiales 3.3, página 12 |
| Otros fenómenos naturales: inundación, lluvia intensa, retorno de aguas, terremoto, hundimiento, corrimiento, peso de nieve, aludes | sí, hasta la suma asegurada | INUNDACIÓN, a consecuencia de desbordamiento de lagos sin salida natural, así como por rotura, desbordamiento o desviación accidental del curso normal de canales, acequias | Artículo 2, Daños materiales 3.4, página 12 |
| Riesgos extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros y lo que la póliza añade | sí | Se indemnizarán por el Consorcio de Compensación de Seguros los siniestros de carácter extraordinario. | Artículo 5, página 34 |
| Riesgos no nombrados (daños por hechos no enumerados) | no regulado |  |  |
| Choque de vehículos terrestres, también propios | sí, hasta la suma asegurada | Colisión de cualquier tipo de vehículo, impacto de aeronaves, o de los bienes por ellos transportados, así como por ondas sónicas, siempre que los mismos no sean propiedad o estén bajo control del Asegurado | Artículo 2, Daños materiales 4, página 13 |
| Humo, hollín y ondas sónicas | sí, hasta la suma asegurada | HUMO, producido por fugas o escapes repentinos y anormales en hogares de combustión, sistemas de calefacción, de cocción o aparatos e instalaciones eléctricas. | Artículo 2, Daños materiales 1.5, página 10 |
| Disturbios, huelga y cierre patronal | no | Rebelión, sedición, levantamiento, motín, tumulto popular o huelgas ilegales. | Artículo 4 p), página 33 |
| Daños por terrorismo incluidos | no | insurrección, revolución, terrorismo, sabotaje u operaciones bélicas de cualquier clase. | Artículo 4 p), página 33 |
| Daños al edificio por robo o intento (puertas, ventanas, persianas) | sí, hasta la suma asegurada | GARANTÍAS OPCIONALES Sustracción y Vandalismo | Cuadro extractado, página 4 |
| Robo de elementos fijos del edificio (tuberías de cobre, canalones, luminarias) | no regulado |  |  |
| Vandalismo y daños malintencionados, también sin robo | sí, hasta la suma asegurada | GARANTÍAS OPCIONALES Sustracción y Vandalismo | Cuadro extractado, página 4 |
| Pintadas en fachadas, puertas y cercados | no regulado |  |  |
| Cristales del edificio, escaparates, cubiertas de vidrio y lucernarios | sí, hasta la suma asegurada | ROTURA DE CRISTALES, lunas, espejos, piezas de metacrilato de las instalaciones fijas del Continente asegurado, tales como puertas, escaparates, ventanas, tragaluces y claraboyas | Artículo 2, Daños materiales 6.1, página 13 |
| Rótulos, toldos, anuncios luminosos y antenas fijados al edificio | sí, hasta la suma asegurada | ROTURA DE RÓTULOS que formen parte de las instalaciones fijas y estén ubicados en el mismo edificio donde se encuentran los bienes asegurados. | Artículo 2, Daños materiales 6.4, página 13 |
| Instalación fotovoltaica en cubierta o edificio, con baterías | sí, hasta la suma asegurada | las instalaciones fijas de extinción de incendios, protección contra robo, agua, gas, electricidad, telefonía, energía solar | Artículo 1.3.1, página 6 |
| Instalaciones del edificio frente a errores de manejo o diseño, cortocircuito sin rayo | sí, hasta la suma asegurada | Los daños ocasionados en la instalación y cuadros de distribución eléctrica privativa del riesgo asegurado, salvo los elementos del alumbrado | Artículo 2, Daños materiales 7, página 14 |
| Puntos de recarga para vehículos eléctricos | no regulado |  |  |
| Edificaciones auxiliares, garajes, cobertizos y almacenes en la parcela | sí, hasta la suma asegurada | Las construcciones accesorias y dependencias auxiliares, tales como garajes o plazas de aparcamiento, pabellones, almacenes, cuartos trasteros y similares | Artículo 1.3.1, página 6 |
| Elementos de la parcela: vallas, puertas, pavimentos, alumbrado exterior | sí, hasta la suma asegurada | Asimismo quedan incluidos, siempre que sean propiedad del Asegurado: Los muros de contención, las vallas, muros, cercas y verjas que | Artículo 1.3.1, página 6 |
| Mejoras e instalaciones del inquilino | no regulado |  |  |
| Gastos de desescombro, demolición y retirada | sí, hasta la suma asegurada | los gastos necesarios de demolición y desescombro de los bienes asegurados, ocasionados por siniestros cubiertos por las garantías de esta póliza. | Gastos 3, página 14 |
| Gastos de traslado y protección | sí, hasta la suma asegurada | los gastos que ocasione al Asegurado el transporte de los bienes asegurados o cualesquiera otras medidas adoptadas con el fin de salvarlos | Gastos 2, página 14 |
| Gastos de salvamento, aminoración y extinción | sí, hasta la suma asegurada | los gastos que ocasione la aplicación de las medidas necesarias adoptadas por la autoridad o el Asegurado para cortar o extinguir el incendio en los bienes asegurados o impedir su propagación. | Gastos 1, página 14 |
| Descontaminación de suelos y agua de extinción | no regulado |  |  |
| Sobrecostes por exigencias administrativas y subidas de precios | no regulado |  |  |
| Gastos de medidas provisionales (cierre provisional, vigilancia) | sí, hasta la suma asegurada | el Asegurador aprobará el envío, a su cargo, de personal de seguridad cualificado, cuando el riesgo asegurado fuera fácilmente accesible desde el exterior. | Gastos 5, página 15 |
| Localización de fugas, también sin rotura cubierta | sí, hasta la suma asegurada | El importe de los trabajos necesarios para la LOCALIZACIÓN Y REPARACIÓN del tramo de tubería averiado de las conducciones particulares del Continente asegurado | Artículo 2, Daños materiales 2.1, página 11 |
| Consumo extra de agua y gas tras un daño por agua | no regulado |  |  |
| Honorarios de peritos | no regulado |  |  |
| Pérdida de alquileres de locales arrendados tras un siniestro (meses) | no regulado |  |  |
| Pérdida de uso del local ocupado por el propio negocio (valor de alquiler) | sí, hasta 10.000 € | GASTOS FIJOS El Asegurador indemnizará, hasta el límite del 15% de la suma asegurada para el Contenido, con un límite máximo de 10.000 euros | Gastos 7, página 15 |
| Responsabilidad civil inmobiliaria del edificio incluida | sí, hasta la suma asegurada | La propiedad, arrendamiento o usufructo del Continente dedicado a la actividad del establecimiento o industria asegurado | Responsabilidad Civil 1, alcance 3, página 17 |
| Asistencia urgente 24 horas (reparadores, cerrajero, secado) | sí | el Asegurador asumirá los costes de desplazamiento del profesional que haya acudido al riesgo asegurado y de las tres primeras horas de su mano de obra, con un límite conjunto de dos intervenciones por anualidad de seguro. | Garantías de prestaciones 1, página 29 |
| Indemnización sin reducción por culpa grave | no regulado |  |  |
| Exclusión de desgaste, defectos de construcción y daños graduales | sí | Los daños por el uso o desgaste normal de los bienes asegurados, fermentación u oxidación. | Artículo 4 o), página 33 |
| Exclusión o reducción por desocupación o cierre (a partir de cuántos días) | sí | Los siniestros que se produzcan cuando el local estuviese cerrado, abandonado, deshabitado o sin actividad más de treinta días consecutivos. | Artículo 2, Daños materiales 2 f), página 12 |
| Agravación del riesgo por cambio de uso o actividad peligrosa (deber de comunicar) | sí | La dedicación u ocupación del establecimiento o industria a actividades distintas a la indicada en la póliza. | Artículo 4 p), página 34 |
| Exclusión de daños materiales por ciberataques a las instalaciones | no regulado |  |  |
| Exclusiones especiales (guerra, nuclear, hongos, aguas freáticas, mareas) | sí | Asentamiento, hundimiento, desprendimiento, corrimiento o ablandamiento de tierra. | Artículo 4 p), página 34 |
| Normas de protección contra incendios como condición (extintores, revisión eléctrica, rociadores) | no regulado |  |  |
| Obligación de calefactar y vaciar instalaciones de agua en heladas y desocupación | no regulado |  |  |
| Obligación de mantenimiento del edificio, cubierta y conducciones | sí | La omisión de las reparaciones u operaciones de mantenimiento indispensables para el normal estado de conservación del inmueble y sus instalaciones | Artículo 4, página 33 |
| Franquicia por siniestro | no regulado |  |  |
| Garantía de mejores condiciones: según condiciones modelo o póliza anterior si son más favorables | no regulado |  |  |
| Cláusula de innovación: mejoras futuras sin sobreprima | no regulado |  |  |
| Derechos del acreedor hipotecario (cláusula hipotecaria) | no regulado |  |  |
| Duración y renovación del contrato | sí | A la expiración del período indicado en las Condiciones Particulares se entenderá prorrogado el contrato por un plazo de un año y así sucesivamente a la expiración de cada anualidad. | Artículo 9, página 37 |
| Derecho de la aseguradora a rescindir tras un siniestro | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Condiciones generales Factory Plus

```text
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PSeguro Factory Plus


            Bienvenida a santalucía
                              Luis

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CONDICIONES
GENERALES


    Condiciones Generales del contrato
                          Seguro Factory Plus


                      santalucía
                            SEGUROS

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 iPL             CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS

            CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS

                                                Máximo de cobertura
          GARANTÍAS BÁSICAS
                                               Continente Contenido
A. Daños Materiales
 Incendio y Riesgos Complementarios               100%              100%
 Daños por Agua                                   100%              100%
 Fenómenos Atmosféricos e Inundación              100%              100%
 Colisión                                         100%              100%
 Caída de Árboles, Postes y Antenas               100%              100%
 Roturas                                          100%              100%
 Alteración Eléctrica                             100%              100%
B. Gastos
 De Extinción                                     100%              100%
 De Salvamento                                    100%              100%
 De Demolición y Desescombro                      100%              100%
 Por Desalojamiento                                 -               100%
 De Personal de Seguridad                                48 horas
 De Reposición de Documentos y Programas            -               100%
   Informáticos
                                                              15% - máximo
 Gastos Fijos                                       -
                                                                10.000 €
C. Responsabilidad Civil
 Responsabilidad Civil de Explotación*
 Responsabilidad Civil del Propietario del         Suma Específica
   Inmueble*
D. Protección Jurídica Integral                         3.200 €
E. Garantías de Prestaciones
 Servicio de Mantenimiento Básico
     Fontanería
     Albañilería                             Máximo dos intervenciones
     Cerrajería                              (Por anualidad en conjunto)
     Electricidad
 Conexión con Profesionales                            Incluida
F. Riesgos Extraordinarios                       100%            100%
G. Seguro a Valor de Nuevo Para el Continente


                                                                            19

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                            GARANTÍAS OPCIONALES
Sustracción y Vandalismo                                             100%         100%
Responsabilidad Civil Patronal                                         Suma Específica
Responsabilidad Civil de Productos, Trabajos y
                                                                        Suma Específica
Servicios
Avería de Maquinaria                                                   Suma Específica
Productos Refrigerados                                                 Suma Específica
Reposición Estética del Continente                                   5% - máximo 2.000 €
Bienes Propiedad de Terceras Personas                                  Suma Específica
Paralización de Actividad *                                          25% - máximo 7.000 €
Pérdida de Beneficios*                                                 Suma Específica
* Responsabilidad Civil de Explotación o Propietario del Inmueble:   Contratable una de las dos.
              * Paralización de Actividad o Pérdida de Beneficios:


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                   PSeguro Factory PlusP
   CONDICIONES
DISPOSICIONES      GENERALESPreliminar
              GENERALESArtículo     DEL CONTRATO
                                             - Bases del Contrato
                   Artículo 1 - Definiciones


                     DISPOSICIONES GENERALES

                                         unitario fundamento del seguro, que
  Artículo Preliminar
                                         sólo alcanza, dentro de los límites
  BASES DEL CONTRATO
                                         pactados, a los bienes y riesgos
                                         especificados en la misma.
 1. El Tomador del seguro tiene el
 deber, antes de la conclusión del       4. Si el contenido de la póliza difiere
 contrato, de declarar al Asegurador,    de las cláusulas acordadas, el
 de acuerdo con el cuestionario que      Tomador del seguro podrá reclamar a
 éste    le    someta,    todas    las   la Entidad aseguradora, en el plazo de
 circunstancias por él conocidas que     un mes a contar desde la entrega de
 puedan influir en la valoración del     la póliza, para que subsane la
 riesgo. Quedará exonerado de tal        divergencia existente. Transcurrido
 deber si el Asegurador no le somete     dicho     plazo   sin    efectuar    la
 cuestionario    o     cuando,    aun    reclamación, se estará a lo dispuesto
 sometiéndoselo,    se     trate   de    en la póliza.
 circunstancias que puedan influir en
 la valoración del riesgo y que no        Artículo 1.
 estén comprendidas en él.                DEFINICIONES
 La variación de las circunstancias
 declaradas debe ser comunicada al       En este contrato se entiende por:
 Asegurador.
 2. La presente póliza ha sido            1.    Asegurado
 contratada sobre la base de las         La persona titular del interés objeto
 declaraciones formuladas por el         del seguro y que, en defecto del
 Tomador del seguro en la solicitud-     Tomador, asume las obligaciones
 cuestionario que le ha sido sometido    derivadas del contrato.
 y que motivan la aceptación del
 riesgo por parte del Asegurador, con
                                          2.    Asegurador
 la asunción, por su parte, de las
 obligaciones derivadas del contrato a   SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de
 cambio de la prima correspondiente.     Seguros y Reaseguros, que asume el
                                         riesgo contractualmente pactado.
 3. La solicitud y el cuestionario
 suscritos por el Tomador del seguro y
 esta póliza constituyen un todo


                                                                             21

[Seite 6]
Seguro Factory Plus


                                           sirvan de cierre y circunden el
 3.    Bienes asegurados                   perímetro del terreno donde se halla
Los que se describen a continuación,       ubicado el inmueble asegurado.
siempre que figuren expresamente            Las construcciones accesorias y
contratados en las Condiciones             dependencias auxiliares, tales como
Particulares de la póliza:                 garajes o plazas de aparcamiento,
                                           pabellones,    almacenes,      cuartos
3.1.   Continente                          trasteros y similares, situados en la
El conjunto de los elementos               misma finca donde se encuentre el
constructivos, que constituyen el          inmueble asegurado.
inmueble       designado     en    las      Las instalaciones de ornato o
Condiciones Particulares de esta           decoración        (pinturas,      papeles
póliza destinado a la actividad objeto     pintados,       madera,        escayolas,
del seguro, integrado por:                 entelados, moquetas, parqué, toldos,
 La construcción principal, como          letreros y rótulos) sin valor artístico o
cimientos, muros, forjados, vigas,         histórico, con tal de que estén
pilares, paredes, techos, suelos,          adheridas a los suelos, techos y/o
cubiertas,     fachadas,    puertas    y   paredes,     formando        parte    del
ventanas, así como las instalaciones       Continente asegurado.
fijas de extinción de incendios,            Las zonas de recreo y deportivas,
protección contra robo, agua, gas,         tales como, piscinas, pistas de tenis,
electricidad, telefonía, energía solar,    pádel y cualquier otra instalación fija
calefacción y refrigeración (incluidas     similar, cuyo uso y disfrute sea
calderas, radiadores y aparatos de         privativo del riesgo asegurado.
producción de frío que estuvieran
instalados de forma permanente),           Cuando el Continente forme parte de
elementos sanitarios, antenas de radio     un inmueble en régimen de propiedad
y televisión, ascensores, montacargas      horizontal, el concepto de Continente
y maquinaria pesada anclada al suelo,      comprende, además de la parte divisa
paredes o techo que para su traslado       de su propiedad, la proporción que,
sean     necesarios     otros    medios    de acuerdo con el coeficiente de
mecánicos y, en general, todos             copropiedad, le corresponda en la
aquellos bienes que no puedan              parte indivisa del inmueble.
separarse de la superficie que los         No tienen la consideración de
sustenta, sin causar deterioro al propio   Continente, salvo pacto expreso, los
bien o a la citada superficie.             árboles, plantas o jardines.
Asimismo quedan incluidos, siempre
que sean propiedad del Asegurado:          3.2.   Contenido

 Los muros de contención, las             El conjunto de bienes propiedad del
vallas, muros, cercas y verjas que         Asegurado que, no formando parte del


22

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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                       SEGUROS


Continente, sean propios para el          y que se encuentren en poder del
desarrollo de la actividad asegurada, y   Asegurado    para    su     custodia,
se hallen en el interior del inmueble     reparación o venta, aunque sea de
designado en las condiciones de la        manera ocasional o puntual.
póliza o en dependencias auxiliares
cerradas (con cubierta y cerramientos      4.    Conducciones generales o
laterales) ubicadas dentro de la misma
                                                 comunitarias
finca, tales como el mobiliario
industrial y comercial, enseres,          Todas las que tengan un uso común
máquinas, motores, materias primas,       del inmueble asegurado y las que,
productos       destinados     a     su   teniendo un uso privado, transcurran
comercialización,               equipos   por una zona comunitaria o fuera del
electrónicos y audiovisuales, salvo los   espacio privativo del negocio o
bienes no asegurados o excluidos          industria a la que dan servicio. Se
expresamente.                             considera comunitario el accesorio de
                                          unión de la conducción general con la
Asimismo, se consideran incluidos los
                                          privada.
bienes propiedad de los empleados
del negocio o industria asegurado que
se encuentren en el mismo, tales           5.    Conducciones privadas
como útiles, ropa y objetos de uso
                                          Las que partiendo de la junta del
normal que no sean de una clase o
                                          accesorio de unión, excluido éste, de
naturaleza específicamente excluida
                                          la conducción general o, en su caso,
en virtud de cualquier otra condición
                                          de las conducciones comunitarias,
de esta póliza, o que siendo
                                          estén situadas dentro de la vertical de
propiedad de terceros sean utilizados
                                          la cubierta del edificio, sirvan en
para el desarrollo de la actividad
                                          exclusividad al riesgo asegurado y
asegurada de igual manera que si
                                          estén dentro del espacio privativo del
fueran propiedad del Asegurado.
                                          mismo.
No tienen     la   consideración     de
Contenido:                                 6.    Daños materiales
 Los vehículos a motor, así como         La destrucción o deterioro de los
sus   componentes,  repuestos   y         bienes asegurados en el lugar descrito
accesorios.                               en la póliza.
 Las colecciones u objetos con
valor artístico o histórico, con valor     7.    Infraseguro
unitario superior a 1.600 euros.          Situación que se produce cuando, en
3.3.   Bienes de Terceras Personas        el momento del siniestro, la suma
                                          asegurada es inferior al valor de los
Los bienes propiedad de terceras          bienes asegurados. En este caso, el
personas que no sean utilizados para      Asegurador indemnizará el daño
el desarrollo de la actividad asegurada


                                                                                 23

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Seguro Factory Plus


causado en la misma proporción en la             del valor total, sin que, por tanto, haya
que aquélla cubre el valor de los                aplicación de regla proporcional por
bienes         asegurados     (regla             insuficiencia de suma asegurada
proporcional).                                   (Infraseguro).
Regla proporcional: Procedimiento de
cálculo de la indemnización a recibir            11.    Siniestro
en caso de siniestro y que será de               El hecho súbito, accidental e
aplicación, en los casos previstos en la         imprevisto    cuyas    consecuencias
póliza,    cuando      se     produzca           dañosas estén cubiertas por la póliza.
infraseguro.                                     El conjunto de los daños derivados de
La fórmula de aplicación de la regla             una misma causa original constituye
proporcional será la siguiente:                  un solo siniestro, aunque ésta se
                                                 agrave.
                     Valor real del daño
                               ×
                Suma asegurada para los bienes
                                                 12.    Suma asegurada
Indemnización =
                   Valor real de los bienes      La cantidad fijada en las condiciones
                                                 de la póliza para cada uno de los
 8.     Póliza                                   bienes o garantías aseguradas, que
El documento que contiene las                    representa el límite máximo de la
condiciones reguladoras del seguro.              indemnización a pagar por el
Forman parte integrante de la póliza:            Asegurador en cada siniestro, y que
las Condiciones Generales, las                   debe corresponder, salvo pacto en
Particulares  y    Especiales    que             contrario, al valor real de los bienes
individualizan el riesgo, y los                  asegurados en el momento anterior a
Suplementos y Apéndices que se                   la ocurrencia del siniestro, salvo lo
emitan      a   la    misma     para             previsto en la garantía de Seguro a
complementarla o modificarla.                    Valor de Nuevo o a Primer Riesgo.


 9.     Prima                                    13.    Tercero o tercera persona

El precio del seguro. El recibo                  Será cualquier persona distinta de:
contendrá, además, los recargos e                 El Tomador del seguro, el
impuestos que sean de legal                      Asegurado o los socios de los mismos.
aplicación.
                                                  Las personas que convivan o
                                                 dependan de las enunciadas en el
10.     Seguro a primer riesgo
                                                 apartado anterior.
Modalidad de cobertura por la que se
garantiza una cantidad o porcentaje               Los directivos, asalariados y
determinado, hasta el cual queda                 personas que, de hecho o de derecho,
cubierto el riesgo, con independencia            dependan del Tomador del seguro,
                                                 Asegurado o socios de los mismos,


24

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                                        Condiciones Generales del contrato

                                                               santalucía
                                                                   SEGUROS


mientras actúen en el ámbito de dicha
relación de dependencia, salvo lo       15.   Valor de nuevo
indicado    en    la   garantía    de   Es el coste de reposición del bien en
Responsabilidad Civil.                  el momento del siniestro.
   El causante del siniestro.
                                        16.   Valor real
 Las personas jurídicas, filiales o
matrices del Tomador del seguro,        En general, es el valor que tenía el
Asegurado o sus socios, o aquéllas en   bien afectado por el siniestro en el
las que cualquiera de éstos mantengan   momento anterior a que éste
participación en su titularidad.        ocurriera. Se determinará deduciendo,
                                        del valor en estado de nuevo, la
14.    Tomador del seguro               depreciación por envejecimiento, uso
                                        y desgaste.
Quien, junto con el Asegurador,
suscribe        este        contrato,
correspondiéndole las obligaciones
que del mismo se deriven, salvo las
que por su naturaleza deban ser
cumplidas por el Asegurado.


                                                                             25

[Seite 10]
 Seguro Factory Plus


OBJETO Y EXTENSIÓN
           OBJETO YDEL SEGUROArtículo
                   EXTENSIÓN          2 - Garantías Básicas
                             DEL SEGURO

   Artículo 2.                             Los menoscabos que sufran los
                                          objetos salvados con ocasión de la
   GARANTÍAS BÁSICAS
                                          extinción del incendio o de su
                                          salvamento.
 Dentro de los límites establecidos en
 las condiciones de esta póliza, el        El      valor   de    los    objetos
 seguro solamente garantiza contra        desaparecidos con ocasión del
 aquellos riesgos cuya cobertura se       siniestro, siempre que el Asegurado
 especifica a continuación:               acredite su preexistencia y salvo que
                                          el Asegurador pruebe que fueron
       DAÑOS MATERIALES                   robados o hurtados.
                                          1.2. CAÍDA           DEL      RAYO,
 Quedan      cubiertos   los    daños     entendiendo como tal la descarga
 materiales y directos que sufran los     violenta     producida   por      una
 bienes asegurados hasta el límite de     perturbación en el campo eléctrico de
 las sumas aseguradas que figuran en      la atmosfera.
 las Condiciones Particulares de la
 póliza o en estas Condiciones            1.3. EXPLOSIÓN O IMPLOSIÓN,
 Generales, por siniestros ocurridos      así como la AUTOEXPLOSIÓN de los
 como consecuencia de:                    aparatos propios del riesgo asegurado,
                                          tales como calderas, aparatos y
 1. INCENDIO Y RIESGOS                    conducciones      de     climatización,
    COMPLEMENTARIOS                       termos eléctricos o de gas o aparatos
 1.1. INCENDIO,         entendiendo       similares, cualquiera que sea su causa.
 como tal la combustión y el              1.4. EFECTOS          SECUNDARIOS
 abrasamiento con llama, capaz de         debidos a la acción del humo,
 propagarse, de un objeto u objetos       vapores, polvo, carbonilla y cualquier
 que no estaban destinados a ser          otra sustancia similar derivada de
 quemados en el lugar y momento en        alguno de los riesgos descritos
 el que se produce.                       anteriormente en este epígrafe, tanto si
 Asimismo están cubiertos:                el siniestro se ha originado en el
                                          riesgo asegurado, como en sus
  Los daños que ocasionen las            proximidades.
 medidas necesarias adoptadas por la
 autoridad o el Asegurado para cortar o   1.5. HUMO, producido por fugas o
 extinguir el incendio o impedir su       escapes repentinos y anormales en
 propagación.                             hogares de combustión, sistemas de
                                          calefacción, de cocción o aparatos e
                                          instalaciones eléctricas.


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                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                   santalucía
                                                                        SEGUROS


SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO                La reposición de los materiales
QUEDAN CUBIERTOS:                          directamente afectados por dichos
                                           trabajos, por otros de similar calidad y
a) Los daños que sufran las
                                           utilidad.
mercancías u objetos asegurados
durante su cocción o vulcanización         2.2. La omisión involuntaria del
dentro de los moldes u hornos,             cierre de llaves o grifos de agua en las
aunque en dichas mercancías se             conducciones.
produzca incendio durante dichas
operaciones.                               SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
b) Los     daños    producidos     en      QUEDAN CUBIERTOS:
recipientes y aparatos sometidos a         a) Los     daños   producidos      por
ensayos de presión, incluyendo la          filtraciones, goteras, humedades,
maquinaria utilizada en el ensayo.         condensaciones     que      no    sean
c) Los daños producidos por la             consecuencia directa de las causas
acción de la fuerza centrífuga o por       descritas anteriormente, y los debidos
avería mecánica en maquinaria móvil        a congelación y heladas, incluso los
rotativa.                                  causados por el agua como
                                           consecuencia de estos últimos
                                           fenómenos.
2. DAÑOS POR AGUA
                                           b) Los      gastos    de    desatascos,
2.1. Escapes y desbordamientos
                                           localización y reparación de averías,
accidentales   e imprevistos      por
                                           que tengan su origen en tuberías
ROTURA U OBSTRUCCIÓN de
                                           subterráneas de suministro o desagüe
tuberías, desagües, depósitos fijos o
                                           de agua que estén situadas fuera de la
conducciones de calefacción.
                                           vertical de la cubierta del edificio, no
Asimismo quedan cubiertos, en los          sirvan en exclusividad al riesgo
siniestros indemnizables por las           asegurado o no estén dentro del
causas descritas en el párrafo anterior,   espacio privativo del mismo y, en
o cuando existan daños a terceros de       ningún caso, las que tengan su origen
los cuales sea responsable el              en fosas sépticas, cloacas, arquetas y
Asegurado, y siempre que se asegure        alcantarillas.
el Continente:
                                           c) Los daños y gastos de reparación
 El importe de los trabajos               de cualquier elemento o aparato
necesarios para la LOCALIZACIÓN Y          distinto de las propias tuberías, cuyo
REPARACIÓN del tramo de tubería            funcionamiento, defecto o avería
averiado     de    las   conducciones      hubiese provocado el siniestro.
particulares del Continente asegurado,
                                           d) Los     gastos   de   desatascos,
siempre que el estado de la
                                           localización y reparación de averías
instalación lo permita.
                                           cuando no se produzcan daños
                                           indemnizables.


                                                                                  27

[Seite 12]
Seguro Factory Plus


e) Los daños ocasionados a las           cauces de agua, en superficie o
mercancías almacenadas situadas a        subterráneos, construidos por el
una altura inferior a 10 centímetros     hombre.
del suelo, salvo cuando los mismos se
                                         Los gastos de DESEMBARRE Y
hubieran producido igualmente de
                                         EXTRACCIÓN        DE     LODOS      a
haberse encontrado aquéllas situadas
                                         consecuencia     de     un  siniestro
por encima de dicha altura o se trate
                                         amparado por esta garantía se
de mercancías que,          por sus
                                         considerarán como daños a los bienes
características concretas, no fuera
                                         asegurados, indemnizándose dentro
posible su almacenaje en estanterías o
                                         del límite de cobertura.
palets.
f) Los siniestros que se produzcan       SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
cuando el local estuviese cerrado,       QUEDAN CUBIERTOS:
abandonado, deshabitado o sin
actividad más de treinta días            a) Los daños debidos a la humedad o
consecutivos.                            condensación      que     no     sean
                                         consecuencia directa de las causas
                                         descritas anteriormente, asi como los
3. FENÓMENOS ATMOSFÉRICOS
                                         debidos a congelación o heladas.
3.1. AGUA        DE     LLUVIA      de
                                         b) Los daños producidos en árboles,
precipitación superior a 40 litros por
                                         plantas, césped, elementos de jardín,
metro cuadrado y hora.
                                         piscinas,    zonas   deportivas     y
3.2. PEDRISCO O GRANIZO Y                recreativas.
NIEVE, sea cual sea su intensidad.
                                         c) Los daños ocasionados como
3.3. VIENTO de velocidad superior        consecuencia de haber quedado sin
a 80Km por hora, o cuando, por la        cerrar puertas, ventanas u otras
amplitud del territorio afectado y la    aberturas.
magnitud e intensidad de los daños en
                                         d) Los gastos de impermeabilización,
la zona, pueda considerarse como
                                         localización y reparación de averías
atípico o extraordinario y haya
                                         que tengan su origen en filtraciones o
destruido o dañado otros edificios de
                                         goteras a través de cubiertas, muros
buena construcción en la misma
                                         y/o paredes.
población o zona geográfica, de
forma similar a como lo hayan sido       e) Los daños producidos por el
los bienes asegurados.                   desbordamiento o la rotura de presas,
                                         diques de contención o desviación.
3.4. INUNDACIÓN,                     a
consecuencia de desbordamiento de        f) Los daños ocasionados a las
lagos sin salida natural, así como por   mercancías almacenadas situadas a
rotura, desbordamiento o desviación      una altura inferior a 10 centímetros
accidental del curso normal de           del suelo, salvo cuando los mismos se
canales, acequias y otros cursos o       hubieran producido igualmente de


28

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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                       SEGUROS


haberse encontrado aquéllas situadas      Contenido, tales como vitrinas y
por encima de dicha altura o se trate     mostradores.
de mercancías que, por sus
                                          6.2. ROTURAS DE APARATOS
características concretas, no fuera
                                          SANITARIOS, que se hallen instalados
posible su almacenaje en estanterías o
                                          de una manera fija dentro del riesgo
palets.
                                          asegurado.
g) Los siniestros que se produzcan
                                          6.3. ROTURA DE MÁRMOLES,
cuando el local estuviese cerrado,
                                          granitos y piedras artificiales que
abandonado, deshabitado o sin
                                          formen parte del Contenido asegurado
actividad más de treinta días
                                          o de los aparatos sanitarios fijos.
consecutivos.
                                          6.4. ROTURA DE RÓTULOS que
h) Los daños ocasionados como
                                          formen parte de las instalaciones fijas
consecuencia de filtraciones a través
                                          y estén ubicados en el mismo edificio
de cubiertas, muros y/o paredes,
                                          donde se encuentran los bienes
cuando sean debidas a la falta de
                                          asegurados.
reparación o conservación del
inmueble.
                                          SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
                                          QUEDAN CUBIERTOS:
4. COLISIÓN
                                          a) Las roturas de lámparas y
Colisión de cualquier tipo de
                                          bombillas de toda clase, cristalerías,
vehículo, impacto de aeronaves, o de
                                          elementos de decoración no fijos,
los bienes por ellos transportados, así
                                          aparatos       de      televisión      y
como por ondas sónicas, siempre que
                                          electrodomésticos        en     general,
los mismos no sean propiedad o estén
                                          máquinas expendedoras o recreativas,
bajo control del Asegurado o de las
                                          cristales de valor artístico o histórico
personas que de él dependan o le
                                          y cualquier cristal o pieza de
estén prestando servicio.
                                          metacrilato de uso manual.
5. CAÍDA DE ÁRBOLES, POSTES Y             b) Las roturas de lunas, vidrios,
   ANTENAS                                espejos,     cristales,  piezas    de
                                          metacrilato, rótulos y aparatos
Caída de árboles, postes o antenas,
                                          sanitarios que sean o formen parte de
salvo los daños a estos mismos.
                                          las mercancías que existan en el
                                          riesgo asegurado.
6. ROTURAS
                                          c) Los     rayados,    desconchados,
6.1. ROTURA         DE    CRISTALES,      raspaduras u otros deterioros que
lunas, espejos, piezas de metacrilato     originen simples defectos estéticos.
de las instalaciones fijas del
Continente asegurado, tales como          d) La reposición de griferías y
puertas,    escaparates,    ventanas,     accesorios   que  puedan    verse
tragaluces y claraboyas o del             afectados como consecuencia de la


                                                                                 29

[Seite 14]
Seguro Factory Plus


rotura o reposición       de   aparatos     inoportunos o desproporcionados a
sanitarios.                                 los     bienes  salvados,     como
                                            consecuencia   de    un    siniestro
7. ALTERACIÓN ELÉCTRICA                     amparado por las garantías de esta
                                            póliza.
Los daños ocasionados en la
instalación y cuadros de distribución
                                            3. GASTOS DE DEMOLICIÓN Y
eléctrica privativa del           riesgo
                                               DESESCOMBRO
asegurado, salvo los elementos del
alumbrado, y en los aparatos                El Asegurador indemnizará, hasta el
eléctricos o electrónicos, situados en      límite de las sumas aseguradas para
el interior del mismo y propiedad del       los bienes, los gastos necesarios de
Asegurado o de su uso exclusivo,            demolición y desescombro de los
utilizados    directamente     en     las   bienes asegurados, ocasionados por
actividades propias del negocio y no        siniestros cubiertos por las garantías
destinados a su comercialización, por       de esta póliza. Los gastos de
corrientes eléctricas anormales o           demolición sólo quedan cubiertos
cortocircuitos, siempre que dichos          cuando esté asegurado el Continente.
daños sean producidos por la
electricidad, aun cuando no se derive       4. GASTOS POR DESALOJAMIENTO
incendio.
                                            El Asegurador indemnizará, los gastos
               GASTOS                       originados al Asegurado por el
                                            desalojamiento forzoso, total o
1. GASTOS DE EXTINCIÓN                      parcial, del riesgo asegurado a
                                            consecuencia      de    un     siniestro
El Asegurador indemnizará, hasta el         amparado por las garantías de esta
límite de las sumas aseguradas para         póliza. Dichos gastos comprenden
los bienes, los gastos que ocasione la      únicamente el traslado eventual de los
aplicación de las medidas necesarias        objetos salvados y el alquiler de otro
adoptadas por la autoridad o el             local de parecidas características a las
Asegurado para cortar o extinguir el        que tenía el del Asegurado.
incendio en los bienes asegurados o
impedir su propagación.                     Pericialmente se determinará el plazo
                                            de desalojamiento, que no podrá ser
2. GASTOS DE SALVAMENTO                     superior a un año, no pudiendo
                                            exceder la indemnización del 100 por
El Asegurador indemnizará, hasta el         100 de la suma asegurada para
límite de las sumas aseguradas para         Contenido, deduciéndose, en caso de
los bienes, los gastos que ocasione al      ser arrendatario el Asegurado, el
Asegurado el transporte de los bienes       importe del alquiler correspondiente
asegurados o cualesquiera otras             al inmueble siniestrado.
medidas adoptadas con el fin de
salvarlos, siempre que no sean


30

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                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                         SEGUROS


                                            justificados por la emisión de los
5. GASTOS DE PERSONAL DE
                                            correspondientes duplicados o la
   SEGURIDAD
                                            reposición    de     los     programas
En caso de un siniestro amparado por        afectados, o su versión actualizada,
las garantías cubiertas en esta póliza,     siendo necesario que la emisión o
el Asegurador aprobará el envío, a su       reposición se efectúe, como máximo,
cargo, de personal de seguridad             en el plazo de un año desde la fecha
cualificado,    cuando     el    riesgo     de la ocurrencia del siniestro.
asegurado fuera fácilmente accesible
desde el exterior.                          SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO
                                            QUEDAN CUBIERTOS:
El servicio se mantendrá mientras
dicho riesgo no alcance el nivel de         a) Los gastos de        restitución o
protección y seguridad que disponía         reproducción  de        los    archivos
con anterioridad al siniestro y, como       informáticos.
máximo, durante 2 días desde el
                                            b) Los    programas        informáticos
inicio de la prestación.
                                            confeccionados por        o para el
                                            Asegurado.
6. GASTOS DE REPOSICIÓN DE
   DOCUMENTOS PÚBLICOS Y
                                            7. GASTOS FIJOS
   PROGRAMAS INFORMÁTICOS
                                            El Asegurador indemnizará, hasta el
El Asegurador indemnizará, a primer
                                            límite del 15% de la suma asegurada
riesgo y hasta el límite de la suma
                                            para el Contenido, con un límite
asegurada para el Contenido, los
                                            máximo de 10.000 euros, el importe
gastos y desembolsos que origine al
                                            de los gastos permanentes, tales como
Asegurado la reposición material de
                                            nóminas, cotizaciones a la Seguridad
documentos de carácter público de
                                            Social, renta de alquiler del local, así
los que sea titular, tales como planos y
                                            como los suministros de agua, gas y
escrituras, así como los programas
                                            electricidad, que deban mantenerse
informáticos vigentes en el mercado,
                                            como consecuencia de la interrupción
que se refieran a la actividad
                                            total o parcial de la actividad a causa
comercial asegurada y hayan sido
                                            de un siniestro amparado por esta
afectados por un siniestro amparado
                                            póliza.
por esta póliza y de los cuales sea
titular    el    Asegurado       de    la   En    caso   de     interrupción  o
correspondiente licencia legal de la        paralización        parcial,     la
empresa       propietaria     para     su   indemnización se reducirá en la
utilización    como       usuario   final   misma proporción en que el negocio
(software licenciado).                      mantenga la actividad.
El     Asegurador    indemnizará            El período de indemnización se
únicamente los gastos realmente             extiende hasta la reanudación total de
producidos     y     debidamente            la actividad propia del riesgo


                                                                                   31

[Seite 16]
Seguro Factory Plus


asegurado con un máximo, en               relación directa con la actividad
cualquier caso, de 90 días, a contar      asegurada, de los cuales el Asegurado
desde la fecha de ocurrencia del          resulte civilmente responsable, según
siniestro.                                la normativa legal vigente, por daños
                                          ocurridos durante la vigencia de esta
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO              garantía, y cuyas consecuencias sean:
QUEDAN CUBIERTOS:
                                           Daños personales: entendiendo
a) Los perjuicios resultantes de          por   tales    la lesión corporal,
insuficiencia de cobertura del seguro     enfermedad o muerte causados a
contra el riesgo causante del             personas físicas.
siniestro.
                                           Daños materiales: entendiendo
b) La      indemnización       de   los   por tales el deterioro, avería o
perjuicios      cubiertos       si   el   destrucción de una cosa, así como la
establecimiento o industria asegurado     lesión, enfermedad o muerte de un
no vuelve a reanudar su actividad,        animal.
salvo si el cese se debiera a una causa
de fuerza mayor.                           Perjuicios              económicos:
                                          entendiendo por tales la pérdida
c) Los perjuicios resultantes de          económica consecuencia directa de
hechos amparados por la Garantía de       los daños personales o materiales
Defensa Jurídica o por el Consorcio       sufridos por el tercero reclamante de
de Compensación de Seguros.               dicha pérdida.

     RESPONSABILIDAD CIVIL                PRESTACIONES DEL ASEGURADOR
                                          Dentro de los límites fijados en las
Únicamente serán aplicables las           condiciones de esta póliza, serán por
condiciones que correspondan a la         cuenta del Asegurador:
Responsabilidad Civil específicamente
contratada que figura en las              - El pago de la indemnización a los
Condiciones Particulares de la póliza.    perjudicados      o        a      sus
                                          derechohabientes, en base a una
1. RESPONSABILIDAD CIVIL                  resolución judicial firme o a un
   DE EXPLOTACIÓN                         acuerdo autorizado por el Asegurador.

OBJETO DE LA GARANTÍA                     - La defensa del Asegurado, incluso
                                          frente a reclamaciones infundadas.
Hasta el límite que para la misma
figura en las Condiciones Particulares    - El pago de las costas y gastos
de la póliza, el Asegurador toma a su     judiciales o extrajudiciales.
cargo el pago de las indemnizaciones      - La constitución de las fianzas
por daños y perjuicios exigidas           judiciales exigidas al Asegurado para
por     un     tercero,   ocasionados     garantizar su responsabilidad civil.
involuntariamente y que estén en


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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS


LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN DE LA             3. La propiedad, arrendamiento o
GARANTÍA                                  usufructo del Continente dedicado a
                                          la actividad del establecimiento o
El límite máximo de indemnización
                                          industria asegurado, exceptuando los
para esta garantía por todos los
                                          daños sufridos por dicho inmueble,
conceptos, por siniestro y anualidad
                                          salvo lo previsto en el número 5
de seguro, se establece en el 100 por
                                          siguiente para los locales alquilados.
100 de la suma asegurada para la
misma.                                    Si el Asegurado es copropietario del
                                          edificio donde se encuentra el
Dentro del límite anterior se fija un
                                          Continente asegurado, la garantía del
máximo de indemnización, por todos
                                          seguro se ampliará a la cuota-parte
los conceptos, de 150.000 euros por
                                          que le corresponda a dicho local, en
víctima.
                                          la parte indivisa del inmueble, por
UNIDAD DE SINIESTRO: Tendrá la            responsabilidades de la Comunidad
consideración de un solo siniestro el     de Propietarios del mismo.
conjunto       de      reclamaciones
                                          4. De trabajos de conservación,
formuladas    dentro     del    ámbito    mantenimiento,        construcción,
temporal de la garantía, que tengan
                                          reparación o transformación del
su origen en una misma causa, aun         Continente asegurado, siempre que
cuando pueda dar lugar a efectos          dichos trabajos no afecten a la
apreciados en diferentes fases, lugares
                                          estructura o elementos sustentantes
o fechas.                                 del inmueble.

ALCANCE DE LA GARANTÍA:                   5. Los daños causados al inmueble
                                          que contiene los bienes asegurados,
Esta      garantía     ampara       la    cuando el Asegurado sea arrendatario
responsabilidad civil extracontractual    o usufructuario del mismo, así como a
del Asegurado derivada de los             los enseres de dicho inmueble en
siguientes hechos:                        aquellos casos de alquiler con
1. Su actuación y la de sus socios        mobiliario,    como     consecuencia
como titulares del establecimiento o      exclusivamente de un incendio y
industria asegurado y, caso de ser        riesgos complementarios o un
persona jurídica, la de los miembros      derrame de agua originados en el
del órgano de administración o figura     citado inmueble.
equivalente, cuando actúen en el          6. Los daños causados a bienes
ámbito de las actividades propias de      muebles propiedad de terceras
dicho establecimiento o industria.        personas, cuando se hallen en poder
2. La actuación de su personal,           del Asegurado o del personal
directivos y asalariados, en el           dependiente del mismo, por razón
desempeño de su trabajo al servicio       exclusivamente de la actividad
del establecimiento o industria           desarrollada en el establecimiento o
asegurado.                                industria objeto del presente seguro.


                                                                                33

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Seguro Factory Plus


7. Los daños causados por perros y        laborales, ya sean contractuales,
gatos al servicio del establecimiento o   convencionales o legales.
industria asegurado.
                                          En ningún caso, el Asegurador
                                          responderá del pago de multas o
SALVO PACTO EN CONTRARIO,
                                          sanciones, ni de las consecuencias de
NO    QUEDA     CUBIERTA   LA
                                          su impago.
RESPONSABILIDAD     CIVIL POR
DAÑOS Y PERJUICIOS:                       d) Causados        por     contratistas,
                                          subcontratistas o personas que no
a) Causados a inmuebles propiedad
                                          tengan relación de dependencia
de terceras personas que por
                                          laboral con el Asegurado, aun cuando
cualquier motivo (alquiler, uso u
                                          actúen para él o por cuenta de él,
otro) se hallen en poder del
                                          salvo lo previsto en esta garantía para
Asegurado o de personas de quien
                                          los miembros del órgano de
éste sea responsable, salvo lo previsto
                                          administración o figura equivalente.
en esta garantía cuando el Asegurado
sea arrendatario o usufructuario del      e) Por hechos que deban ser objeto
local que contiene los bienes             de cobertura por un seguro
asegurados.                               obligatorio o por la propiedad, uso y
                                          circulación de vehículos a motor y de
b) Causados a bienes o personas
                                          los    elementos     remolcados     o
sobre los que esté trabajando el
                                          incorporados a los mismos, así como
Asegurado o persona de quien éste
                                          causados por cualquier artefacto,
sea legalmente responsable, en la
                                          nave o aeronave destinado a la
parte directamente afectada por
                                          navegación o sustentación acuática o
dichos trabajos.
                                          aérea.
A estos efectos se entenderá también
                                          f) Exigibles a profesionales titulados,
por parte directamente afectada
                                          en su calidad de tales, en el ejercicio
aquellas zonas, instalaciones, equipos
                                          de su actividad profesional, tal como
y accesorios que, aun no resultando
                                          dicha profesión venga regulada en sus
directa o inmediatamente afectadas
                                          estatutos y demás disposiciones
por los trabajos, sean de obligada
                                          vigentes.
manipulación o uso para la ejecución
de los mismos o se hallen de tal          g) Causados a bienes propiedad del
manera situadas respecto de la parte      personal del Asegurado, incluso la
directamente       trabajada      que,    sustracción, pérdida o extravío, salvo
objetivamente, haya de entenderse         lo expresamente previsto en estas
extendidas a ellas la actividad del       Condiciones Generales.
Asegurado.
                                          h) Producidos en desafíos, peleas y
c) Ocasionados por la infracción o        riñas, así como los sobrevenidos por
incumplimiento voluntario de las          la participación activa en apuestas,
normas que regulen la actividad           carreras, concursos o competiciones
objeto del seguro o de obligaciones       de cualquier clase o sus pruebas


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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                     SEGUROS


preparatorias,      incluso      como     especiales que no procederían si no
aficionado.                               existieran los mismos.
i) Como         consecuencia         de   n) Ocasionados por los productos,
transmisión      o      contagio     de   materias y animales entregados por el
enfermedades,      así     como     los   Asegurado, así como los trabajos y
originados     en     la    extracción,   servicios prestados por el mismo,
transfusión y/o conservación de           después de su recepción.
sangre o plasma sanguíneo y aquellas
                                          Se entiende por entrega y/o
actividades    que     tengan    como
                                          recepción la efectiva puesta a
consecuencia       la      adquisición,
                                          disposición del producto, trabajo o
transmisión o contagio del Síndrome
                                          servicio por el Asegurado a una
de    Inmunodeficiencia      Adquirida
                                          tercera persona. Esta puesta a
(S.I.D.A.) o sus agentes patógenos o
                                          disposición se considera efectuada a
que se deriven de éste.
                                          partir del momento en que el
j) Producidos       por      cualquier    Asegurado pierde el medio o los
enfermedad debida a fabricación,          medios prácticos de ejercer un
elaboración,          transformación,     control material directo sobre las
montaje, venta o uso de amianto o de      condiciones de uso o consumo del
productos que lo contengan, así como      producto, trabajo o servicio o de
los causados por plomo, sílice, polvo     modificar sus condiciones.
de algodón o pesticidas.
                                          ñ) Derivados de actividades que no
k) Ocasionados por el transporte,         estén directamente relacionadas con
entrega,      almacenamiento        o     la actividad asegurada y descrita en
utilización de explosivos o cualquier     las Condiciones Particulares, así
otra materia peligrosa.                   como los derivados de cualquier otro
                                          daño distinto de los personales y
l) Ocasionados por haberse omitido
                                          materiales.
las medidas de prevención adecuadas
o cuando se haya aceptado                 o) Las pérdidas y gastos de cualquier
deliberadamente        su      eventual   naturaleza que tengan relación
ocurrencia     al     escogerse      un   directa o indirecta con el uso,
determinado método de trabajo con         operación, modificación o sustitución
el fin de reducir su coste o apresurar    de un equipo electrónico, sistema
su ejecución, así como los gastos         informático   o    software,    como
efectuados para prevenir un daño o        consecuencia de un cambio de fecha.
para reparar los bienes e instalaciones
                                          p) Ocasionados       a     elementos
causantes de los daños.
                                          comunes de la Comunidad de
m) Sobrevenidos por incumplimiento        Propietarios,   en    el   porcentaje
de obligaciones contractuales, así        equivalente a la cuota del Asegurado
como las asumidas en virtud de            como copropietario de dichos
pactos, acuerdos o estipulaciones         elementos comunes.


                                                                               35

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Seguro Factory Plus


q) Derivados de inmuebles sobre los      PRESTACIONES DEL ASEGURADOR
que pese o se halle incoada una
                                         Dentro de los límites fijados en las
declaración de ruina inminente, total
                                         condiciones de esta póliza, serán por
o parcial.
                                         cuenta del Asegurador:
r) Por la tenencia, propiedad, uso o
                                         - El pago de la indemnización a los
utilización de balsas de riego o
                                         perjudicados         o        a      sus
similar.
                                         derechohabientes, en base a una
                                         resolución judicial firme o a un
2. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL
                                         acuerdo autorizado por el Asegurador.
   PROPIETARIO DEL INMUEBLE
                                         - La defensa del Asegurado, incluso
OBJETO DE LA GARANTÍA                    frente a reclamaciones infundadas.
                                         - El pago de las costas y gastos
Hasta el límite que para la misma        judiciales o extrajudiciales.
figura en las Condiciones Particulares   - La constitución de las fianzas
de la póliza, el Asegurador toma a su    judiciales exigidas al Asegurado para
cargo el pago de las indemnizaciones     garantizar su responsabilidad civil.
por daños y perjuicios exigidas
por     un     tercero,   ocasionados
                                         LÍMITE DE INDEMNIZACIÓN DE LA
involuntariamente y que estén en         GARANTÍA
relación directa con la actividad
asegurada, de los cuales el Asegurado    El límite máximo de indemnización
resulte civilmente responsable, según    para esta garantía por todos los
la normativa legal vigente, por daños    conceptos, por siniestro y anualidad
ocurridos durante la vigencia de esta    de seguro, se establece en el 100 por
garantía, cuyas consecuencias sean:      100 de la suma asegurada para la
                                         misma.
 Daños personales: entendiendo
por   tales    la lesión corporal,       Dentro del límite anterior se fija un
enfermedad o muerte causados a           máximo de indemnización, por todos
personas físicas.                        los conceptos, de 150.000 euros por
                                         víctima.
 Daños materiales: entendiendo
por tales el deterioro, avería o         UNIDAD DE SINIESTRO: Tendrá la
destrucción de una cosa, así como la     consideración de un solo siniestro el
lesión, enfermedad o muerte de un        conjunto       de      reclamaciones
animal.                                  formuladas    dentro     del    ámbito
                                         temporal de la garantía, que tengan
 Perjuicios              económicos:    su origen en una misma causa, aun
entendiendo por tales la pérdida         cuando pueda dar lugar a efectos
económica consecuencia directa de        apreciados en diferentes fases, lugares
los daños personales o materiales        o fechas.
sufridos por el tercero reclamante de
dicha pérdida.


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                                          Condiciones Generales del contrato

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                                                                       SEGUROS


                                          o parcial, o que registran una
ALCANCE DE LA GARANTÍA:
                                          antigüedad superior a la normal.
Esta      garantía     ampara       la    c) Ocasionados        a     elementos
responsabilidad civil extracontractual    comunes de la Comunidad de
del Asegurado derivada de los             Propietarios,   en    el   porcentaje
siguientes hechos:                        equivalente a la cuota del Asegurado
1. De la propiedad del Continente         como      propietario    de    dichos
citado en las Condiciones Particulares.   elementos comunes.

2. De trabajos de conservación,           d) Ocasionados por la infracción o
mantenimiento,        construcción,       incumplimiento voluntario de las
reparación o transformación del           normas que regulen la propiedad,
Continente asegurado, siempre que         arrendamiento o cesión en usufructo
dichos trabajos no afecten a la           del inmueble objeto del seguro, ya
estructura o elementos sustentantes       sean contractuales, convencionales o
del inmueble.                             legales.

3. Si el Asegurado es copropietario       En ningún caso, el Asegurador
del edificio donde se encuentra el        responderá del pago de multas o
Continente asegurado, la garantía del     sanciones, ni de las consecuencias de
seguro se ampliará a la cuota-parte       su impago.
que le corresponda a dicho local, en      e) Exigibles a profesionales titulados,
la parte indivisa del inmueble, por       en su calidad de tales, en el ejercicio
responsabilidades de la Comunidad         de su actividad profesional, tal como
de Propietarios del mismo.                dicha profesión venga regulada en sus
                                          estatutos y demás disposiciones
4. Por daños causados por el local o
                                          vigentes.
sus instalaciones al inquilino o
usufructuario del mismo, así como a       f) Causados a bienes propiedad del
los empleados del Asegurado, excepto      personal del Asegurado, incluso la
los que puedan sufrir tales empleados     sustracción, pérdida o extravío, salvo
con ocasión de su actividad laboral.      lo expresamente previsto en estas
                                          Condiciones Generales.
SALVO PACTO EN CONTRARIO,                 g) Producidos en desafíos, peleas y
NO    QUEDA     CUBIERTA   LA             riñas, así como los sobrevenidos por
RESPONSABILIDAD     CIVIL POR             la participación activa en apuestas,
DAÑOS Y PERJUICIOS:                       carreras, concursos o competiciones
a) Por el ejercicio de profesión,         de cualquier clase o sus pruebas
oficio o propiedad de industria o         preparatorias,     incluso     como
comercio instalado en el inmueble.        aficionado.
b) Derivada de inmuebles sobre los        h) Por la tenencia, propiedad, uso o
que pese o se halle incoada una           utilización de balsas de riego o
declaración de ruina inminente, total     similar.


                                                                                 37

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Seguro Factory Plus


3. ÁMBITO GEOGRÁFICO
                                              PROTECCIÓN JURÍDICA
La cobertura de las garantías de                   INTEGRAL
responsabilidad civil será aplicable
solamente a la responsabilidad civil
                                         1. DELIMITACIÓN DE LA
derivada de hechos ocurridos en el
                                            GARANTÍA:
territorio comunitario de los Estados
miembros de la Unión Europea y           Mediante esta garantía el Asegurador
reconocida por resolución judicial       se obliga, dentro de los límites y con
firme de los Tribunales españoles.       las condiciones establecidas en la Ley
                                         y a continuación, a hacerse cargo de
4. ÁMBITO TEMPORAL                       los gastos en que pueda incurrir el
                                         Asegurado como consecuencia de su
Las garantías de responsabilidad civil   intervención en un procedimiento
quedan limitadas a los hechos            administrativo, judicial, de mediación
generados durante su período de          o arbitral, en el ámbito de la actividad
vigencia y cuya reclamación se haya      descrita      en    las     condiciones
producido de forma fehaciente al         particulares, y a prestarle los servicios
Asegurador durante el citado período     de asistencia jurídica judicial y
de vigencia o en el plazo de un año      extrajudicial derivados de la cobertura
natural a partir de la fecha de          del seguro y que seguidamente se
terminación o cancelación de la          describen:
misma.
A estos efectos se considera como        a) ASISTENCIA JURÍDICA
fecha de la reclamación el momento          TELEFÓNICA ESPECIALIZADA
en que:
                                         El Asegurado tendrá a su disposición,
a) El Asegurador tiene conocimiento      sin    necesidad    de    pedir   cita
de la iniciación de un procedimiento     previa, un equipo especializado de
judicial o administrativo o bien de la   Abogados ejercientes en distintas
presentación de un requerimiento         disciplinas jurídicas que atenderán
fehaciente contra el mismo o contra      telefónicamente, de lunes a viernes en
el Asegurado.                            horario de 9 a 21 horas y los sábados
                                         de 9 a 14 horas, excepto los días
b) El Asegurado tiene conocimiento,      festivos señalados como de ámbito
por primera vez, de cualquier tipo de    nacional, todas sus consultas, dudas o
circunstancias o informaciones, según    problemas sobre cualquier materia
las cuales una reclamación será          jurídica relativa a la actividad del
formulada contra él o contra el          negocio o industria asegurada. Se
Asegurador y es comunicado a éste        exceptúan las que versen sobre la
de forma fehaciente.                     aplicación de Derecho extranjero.
                                         El servicio de asistencia jurídica
                                         especializada se circunscribe a la


38

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                                         Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS


orientación telefónica respecto de la    estime convenientes. El Asegurador
cuestión planteada, sin que proceda la   vendrá obligado a resarcirle de los
emisión de dictamen por escrito.         gastos      judiciales  debidamente
                                         justificados en que hubiera incurrido
Las consultas serán atendidas a través
                                         en la reclamación, tales como
del número de teléfono 91 572 43 30.
                                         honorarios de Abogado, Procurador y
                                         demás costas, siempre que el
b) RECLAMACIÓN DEL PAGO DE               perjudicado hubiese obtenido un
   FACTURAS                              resultado más favorable que el
Comprende la reclamación amistosa o      ofrecido por el Asegurador y con el
judicial a los deudores del Asegurado    límite máximo de los gastos jurídicos
del pago de las facturas impagadas       garantizados.
relativas al negocio o industria
asegurada.                               d) DEFENSA PENAL
                                         Comprende la defensa de la
c) RECLAMACIÓN DE DAÑOS                  responsabilidad penal del Asegurado
Comprende la reclamación amistosa o      y/o de sus empleados en cualquier
judicial ante los Tribunales españoles   proceso que se les instruya por hechos
de los daños materiales a los bienes     no causados voluntariamente o en los
asegurados, los daños personales que     que no concurra dolo o culpa grave
sufra el Asegurado o alguien de su       por su parte en su condición de titular
personal en el desempeño de la           o asalariados del negocio o industria
actividad de la empresa asegurada y      asegurada.
los perjuicios derivados de dichos       Asimismo, queda cubierta la defensa
daños, por los actos u omisiones de      jurídica ante el orden jurisdiccional
carácter extracontractual, excepto las   penal en aquellos casos en que el
reclamaciones derivadas de la            Asegurado o sus trabajadores sean
circulación de vehículos a motor.        perjudicados por el delito en su
Si en vía amistosa el Asegurador         calidad de titular o empleados del
llegara a un acuerdo sobre la            negocio o industria asegurada.
indemnización a satisfacer por el
tercero presunto responsable, lo         e)   DERECHO ADMINISTRATIVO
pondrá     en    conocimiento      del
                                         Comprende la defensa en vía
perjudicado al objeto de que
                                         administrativa     frente    a     los
manifieste su conformidad. Si se
                                         procedimientos       incoados      por
mostrara disconforme con el acuerdo
                                         cualquier Administración Pública al
alcanzado     y     el     Asegurador
                                         Asegurado por la comisión de
considerase que no es factible obtener
                                         presuntas infracciones administrativas
mejores resultados formulando una
                                         relativas al negocio o industria
reclamación judicial, quedará el
                                         asegurada.
perjudicado en libertad de iniciar por
su cuenta las acciones legales que


                                                                                39

[Seite 24]
Seguro Factory Plus


f)   RECLAMACIONES DE                    5. La redacción o revisión de
     CONSUMIDORES                        documentos contractuales, cartas y
                                         escritos análogos relativos a la
Comprende la defensa del Asegurado
                                         compraventa o arrendamiento del
en los procedimientos tramitados por
                                         local asegurado.
la Oficina Municipal de Información
al Consumidor (O.M.I.C.) o el
                                         h) FISCALIDAD
Organismo de consumo de la
Comunidad                   Autónoma     La defensa de los intereses del
correspondiente y relativos al negocio   Asegurado como obligado tributario,
o industria asegurada.                   hasta agotar la vía económico-
                                         administrativa, en los procedimientos
g) NEGOCIO O INDUSTRIA                   tributarios     iniciados   por    la
   ASEGURADA                             Administración como consecuencia
                                         de la actividad desarrollada en el
Como titular del negocio o industria
                                         negocio o industria asegurada y
asegurada comprende:
                                         descrita     en      las  condiciones
1. La defensa o reclamación amistosa     particulares en relación con los
y judicial en los conflictos con sus     siguientes impuestos:
inmediatos         vecinos       por
                                         • Impuesto sobre la Renta de las
incumplimiento de normas legales
                                         Personas Físicas (IRPF).
sobre ruidos, emanaciones de humos,
gases o malos olores.                    • Impuesto sobre Sociedades.
2. La defensa o reclamación amistosa     • Impuesto    sobre     Sucesiones   y
y judicial en los conflictos con sus     Donaciones.
inmediatos vecinos por cuestiones de
                                         • Impuesto sobre el Valor Añadido
servidumbres de paso, luces, vistas,
                                         (IVA).
distancias, lindes, medianerías o
plantaciones.                            • Impuesto sobre Transmisiones
                                         Patrimoniales y Actos Jurídicos
3. La      defensa  o    reclamación
                                         Documentados.
amistosa y judicial de sus intereses
frente a la Comunidad de Propietarios,   • Impuesto      sobre      Actividades
siempre que estuviese al corriente de    Económicas (IAE).
pago de las cuotas legalmente
acordadas.                               • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
                                         (IBI o contribución urbana).
4. La defensa o reclamación amistosa
y judicial por cualquier conflicto       • Impuesto sobre el Incremento de
derivado del contrato de compraventa     Valor de los Terrenos de Naturaleza
o arrendamiento del local asegurado,     Urbana (plusvalía municipal).
excepto en los procedimientos de         Asimismo, el Asegurador se encargará
desahucio por impago en que sea          de la obtención de duplicados de los
demandado el Asegurado.


40

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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                       SEGUROS


recibos del Impuesto sobre Bienes         suministro de agua, gas, electricidad,
Inmuebles (IBI o contribución urbana).    telefonía o similares.
                                              3.   Contratos sobre productos
i)   CONTRATOS
                                          Comprende la reclamación a causa
Comprende la reclamación judicial y       del    incumplimiento       por      los
extrajudicial por incumplimiento de       proveedores,     intermediarios        y
las obligaciones contraídas en los        transportistas de las obligaciones
siguientes contratos, que afecten a la    pactadas en relación con los
actividad asegurada desempeñada en        productos a que se refiere la actividad
el negocio o industria asegurada y de     del negocio o industria asegurada.
los que el Asegurado sea titular y
destinatario final, cuando el pago de
                                          j) DERECHO LABORAL Y
los mismos corresponda en su
                                             SEGURIDAD SOCIAL
totalidad y haya sido satisfecho por el
Asegurado y la parte incumplidora         Comprende la defensa del Asegurado
estuviese legalmente autorizada para      como demandado ante los organismos
el ejercicio de la actividad:             de conciliación y la jurisdicción
                                          social, en relación directa con un
1.    Contratos de arrendamiento de
                                          conflicto    laboral   de    carácter
     obra o servicios
                                          individual promovido por alguno de
• Servicios de profesionales liberales    sus asalariados, siempre que éste se
o titulados.                              encuentre en situación de alta en la
                                          Seguridad Social.
• Servicios de mantenimiento de
bienes muebles.                           Asimismo, comprende la defensa de
                                          los intereses del Asegurado en
• Servicios de viajes y hostelería.       relación con los procedimientos que
• Servicios privados de vigilancia y      se incoen por la Inspección de
seguridad.                                Trabajo y de la Seguridad Social
                                          relativos al negocio o industria
• Servicios de limpieza.                  asegurada.
• Servicios de mudanzas.
                                          k) TRAMITACIÓN DE SANCIONES
• Servicios informáticos.                    POR CIRCULACIÓN DE
• Servicios       de     reparaciones,       VEHÍCULOS A MOTOR
conservación,     mantenimiento      de   Comprende la presentación de
instalaciones o reformas en general.      alegaciones        en         cualquier
     2.   Contratos de suministro         procedimiento sancionador relativo a
                                          infracciones en materia de transportes,
Comprende la reclamación a la             a la Ley sobre Tráfico, Circulación de
entidad     suministradora     por        Vehículos a Motor y Seguridad Vial o
incumplimiento de los contratos de        a la Ordenanza municipal sobre la


                                                                                 41

[Seite 26]
Seguro Factory Plus


materia,      incluidas      las    de    español cuyo conocimiento sea
aparcamiento, incoado al Asegurado        competencia de los Juzgados y
por las Jefaturas Provinciales de         Tribunales españoles.
Tráfico, Organismos de Comunidades
Autónomas        con     competencias     3. GASTOS JURÍDICOS
transferidas en materia de transportes       GARANTIZADOS:
o tráfico y Ayuntamientos, así como la
interposición de los recursos a que       La cuantía máxima garantizada para
legalmente haya lugar (incluida la vía    los gastos que implique la defensa
ejecutiva), hasta agotar la vía           jurídica del Asegurado y el nivel
administrativa    y,    posteriormente,   máximo de las fianzas judiciales,
previo estudio de la viabilidad y         civiles y penales, a prestar por cada
posibilidades de éxito, en la vía         evento, se establece en 3.200 euros
contencioso - administrativa sólo en      para las garantías descritas, fijándose
el caso de que la sanción consista en     una cuantía mínima litigiosa de 180
la suspensión o retirada del carné de     euros.
conducir, implique su falta de
vigencia por pérdida de los puntos        4. PLAZOS DE CARENCIA:
asignados o siendo de índole              El plazo de carencia es el tiempo en
económica supere individualmente          que, vigente la garantía, si se produce
100 euros.                                un    siniestro,   éste    no     queda
Se     entenderá     que    concurren     garantizado.
posibilidades de éxito cuando exista      Salvo para la cobertura de asistencia
prueba      objetiva   que     permita    jurídica telefónica especializada y de
fundamentar el recurso contencioso-       tramitación     de    sanciones    por
administrativo. No constituye prueba      circulación de vehículos de motor, el
suficiente la simple versión, contraria   plazo de carencia será de tres meses a
a la denunciada, sustentada por el        contar desde la fecha en que entró en
Asegurado.                                vigor la garantía.
A estos efectos, será imprescindible      No habrá cobertura si en el momento
que el vehículo de motor en relación      de formalizar esta garantía o durante
al cual se haya incoado el                el plazo de carencia, se resuelve por
procedimiento sancionador, figure         alguna de las partes el contrato
inscrito en el registro correspondiente   origen de litigio o se solicita su
a nombre del Asegurado y esté afecto      resolución, anulación o modificación.
a la actividad del negocio o industria
asegurada.
                                          5. COLABORACIÓN DEL
                                             ASEGURADO:
2. EXTENSIÓN TERRITORIAL:
                                          El Asegurado se obliga expresamente
Se garantizan los siniestros o eventos    a prestar la colaboración debida en
asegurados producidos en territorio       orden a otorgar la representación


42

[Seite 27]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                       SEGUROS


correspondiente    y  facilitar la        El Abogado y Procurador designados
dirección    jurídica   para    la        por el Asegurado no estarán sujetos,
consecución de las prestaciones           en ningún caso, a las instrucciones del
aseguradas.                               Asegurador.
Asimismo, y en los supuestos en que
                                          7. PAGO DE HONORARIOS:
sea necesario, el Asegurado hará
llegar al Asegurador la documentación     El Asegurador satisfará los honorarios
pertinente o el texto íntegro de la       del Abogado que actúe en defensa del
resolución a recurrir, por fax, carta     Asegurado, con sujeción a los criterios
certificada o personalmente, siendo       orientativos elaborados por los
imprescindible indicar la fecha en que    respectivos Colegios de Abogados a
se haya recibido la notificación y un     los exclusivos efectos de la tasación
teléfono de contacto en caso de           de costas y de la jura de cuentas de
necesitar información adicional.          los Abogados. Dichos criterios
                                          orientativos serán considerados como
6. ELECCIÓN DE ABOGADO Y                  límite máximo de la obligación del
   PROCURADOR:                            Asegurador, siempre que no superen
                                          la cantidad máxima establecida para
El Asegurado tendrá derecho a elegir
                                          Gastos Jurídicos Garantizados.
libremente el Procurador y Abogado
que hayan de representarle y              Las     discrepancias   sobre   la
defenderle en cualquier clase de          interpretación de dichas normas
procedimiento relacionado con las         serán sometidas a la Comisión
coberturas de esta garantía, pero en el   competente del Colegio de Abogados
supuesto de que el Abogado elegido        correspondiente.
no resida en el partido judicial donde
                                          Los derechos del Procurador, cuando
haya de sustanciarse el procedimiento
                                          su intervención sea preceptiva, serán
base de la prestación garantizada,
                                          abonados conforme a arancel.
serán a cargo del Asegurado los gastos
y honorarios por desplazamientos que
dicho profesional incluya en su           8. CONFLICTO DE INTERESES:
minuta.                                   En caso de conflicto de intereses o de
Antes    de     proceder     a     su     desavenencia sobre el modo de tratar
nombramiento,      el     Asegurado       una cuestión litigiosa, el Asegurador
comunicará al Asegurador el nombre        deberá informar inmediatamente al
del Abogado y Procurador elegidos.        Asegurado de la facultad que le
                                          compete de ejercer los derechos del
El Asegurado tendrá, asimismo,            artículo correspondiente a la libre
derecho a la libre elección de            elección de Abogado y Procurador y
Abogado y Procurador en los casos en      del artículo correspondiente a la
que se presente conflicto de intereses    solución de conflictos entre las partes.
entre las partes del contrato.


                                                                                 43

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Seguro Factory Plus


                                          profesionales que hayan prestado la
9. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
                                          asistencia legal.
   ENTRE LAS PARTES:
                                          En los supuestos de reclamación por
El Asegurado tendrá derecho a
                                          culpa no contractual se producirá el
someter     a   arbitraje    cualquier
                                          siniestro o evento en el momento
diferencia que pueda surgir entre él y
                                          mismo en que el daño haya sido
el Asegurador sobre esta garantía.
                                          causado, con independencia del
La designación de árbitros no podrá       momento en que el Asegurador deba
hacerse antes de que surja la cuestión    satisfacer los honorarios devengados
disputada.                                por los profesionales que hayan
                                          prestado la asistencia legal.
10. DEFINICIÓN DE SINIESTRO O             En     los   litigios   sobre   materia
    EVENTO:                               contractual o sobre derechos relativos
A los efectos de la presente garantía,    al local asegurado, se considerará
se entiende por siniestro o evento todo   producido el siniestro en el momento
hecho o acontecimiento imprevisto         en que el Asegurado, el contrario o
que cause lesión en los intereses del     tercero iniciaron o se pretende que
Asegurado o modifique su situación        iniciaron, la infracción de las normas
jurídica y determine la necesidad de      contractuales o la lesión de los
asistencia jurídica por parte de los      derechos         garantizados,     con
profesionales correspondientes.           independencia del momento en que
                                          el Asegurador deba satisfacer los
En la reclamación del pago de             honorarios devengados por los
facturas, se considerará producido el     profesionales que hayan prestado la
siniestro o evento asegurado en el        asistencia legal.
momento en que una vez efectuada su
presentación al cobro, conste su          En materia de fiscalidad y de
impago, con independencia del             Seguridad Social, se considerará
momento en que el Asegurador deba         producido el siniestro o evento en el
satisfacer los honorarios devengados      momento en que el Asegurado reciba
por los profesionales que hayan           la notificación correspondiente, con
prestado la asistencia legal.             independencia del momento en que
                                          el Asegurador deba satisfacer los
En las infracciones penales y             honorarios devengados por los
administrativas, así como en las          profesionales que hayan prestado la
reclamaciones de consumidores, se         asistencia legal.
considerará producido el siniestro o
evento asegurado en el momento en
que se haya realizado o se pretenda
que se hayan producido los hechos,
con independencia del momento en
que el Asegurador deba satisfacer los
honorarios devengados por los


44

[Seite 29]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS


SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO                Asegurador no sea informado sobre la
QUEDAN CUBIERTOS:                           gestión que se está llevando a cabo.
a) Los siniestros amparados por el          La prima correspondiente a este
resto de garantías de la póliza.            Seguro de Defensa Jurídica es la
                                            indicada     en     las    Condiciones
b) Los eventos que se produzcan en el
                                            Particulares de esta póliza.
ámbito de la vida particular del
Asegurado o deriven de cualquier            De conformidad con lo dispuesto en
actividad ajena a la asegurada.             el punto 17 a) del Anexo de la Ley
                                            20/2015, de 14 de julio, de
c) Las reclamaciones que puedan
                                            ordenación, supervisión y solvencia
formularse entre sí los Asegurados en
                                            de las entidades aseguradoras y
esta póliza, salvo la garantía relativa a
                                            reaseguradoras (BOE de 15 de julio),
los conflictos laborales, o por
                                            la gestión de los siniestros de este
cualquiera de éstos contra el
                                            Seguro de Defensa Jurídica queda
Asegurador de la misma.
                                            confiada a la sociedad especializada
d) Los litigios sobre cuestiones de         SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
propiedad intelectual e industrial o de
sociedades,     así      como       los
                                                      GARANTÍAS DE
procedimientos judiciales en materia
                                                      PRESTACIONES
de      concentración      parcelaria,
expropiación o que dimanen de
                                            1. SERVICIO DE MANTENIMIENTO
contratos sobre cesión de derechos a
                                               BÁSICO
favor del Asegurado.
                                            En los siguientes supuestos, el
e) La defensa en los procedimientos
                                            Asegurador asumirá los costes de
dirigidos contra el Asegurado por
                                            desplazamiento del profesional que
morosidad en el pago de las deudas.
                                            haya acudido al riesgo asegurado y de
f) Los siniestros o eventos que se          las tres primeras horas de su mano de
declaren después de transcurrir dos         obra, con un límite conjunto de dos
años desde la fecha de rescisión o          intervenciones por anualidad de
anulación de esta garantía.                 seguro.
g) Las actuaciones judiciales cuya          Serán a cargo del Asegurado el coste
resolución comporte la aplicación de        de los materiales empleados y, en su
Derecho extranjero.                         caso, el exceso de tiempo de mano de
                                            obra que origine la reparación.
h) El pago de honorarios de
profesionales cuando su intervención        En todo caso, será condición
no haya sido comunicada al                  imprescindible para la intervención
Asegurador de forma fehaciente              de los diferentes profesionales que el
según se establece en el contrato, así      estado de conservación de la
como, cuando tras la designación de         instalación permita su reparación y
los mencionados profesionales, el           que el coste de la misma no sea


                                                                                  45

[Seite 30]
Seguro Factory Plus


superior al valor de       los   bienes   la apertura de dichas puertas,
dañados o averiados.                      excluyendo las cerraduras u otros
                                          mecanismos que funcionen mediante
1. Fontanería                             radiofrecuencia  y/o    suministro
                                          eléctrico.
Cuando en las conducciones fijas
particulares de agua del riesgo
                                          4. Electricidad
asegurado se produzca una avería no
amparada por las demás garantías de       En caso de avería en las instalaciones
la póliza, el Asegurador aprobará el      particulares fijas de suministro
envío de un profesional de fontanería,    eléctrico del riesgo asegurado, no
exceptuando la intervención de            amparada por las demás garantías de
vehículos especializados en el            la póliza, el Asegurador aprobará el
desatasco de instalaciones y el           envío de un profesional para la
montaje de andamios, para que             reparación de dicha avería.
proceda a su reparación. Las
                                          No se consideran parte de la
conducciones de propiedad o uso
                                          instalación, a efectos de esta
comunitario, o de otros terceros, no
                                          prestación,    los  elementos       de
se considerarán como pertenecientes
                                          iluminación,       enchufes          o
al riesgo asegurado, aun cuando
                                          interruptores, ni los aparatos que
puedan estar situadas en su recinto.
                                          funcionen por suministro eléctrico.
2. Albañilería
                                          PAGO DE LAS INTERVENCIONES
Si como consecuencia de un daño no        SOLICITADAS:
amparado por las demás garantías de
                                          El Asegurado únicamente abonará las
la póliza resulta necesario realizar un
                                          facturas   correspondientes      a    la
trabajo de albañilería, el Asegurador
                                          intervención solicitada en la parte que
aprobará el envío de un profesional de
                                          exceda de los costes a cargo del
dicho oficio para que efectúe las
                                          Asegurador que se han indicado
reparaciones necesarias, en las zonas
                                          anteriormente.
interiores del riesgo asegurado,
quedando por tanto excluidas las          En ningún caso queda garantizado el
fachadas, cubiertas, patios y zonas       pago por prestaciones realizadas por
exteriores.                               profesionales que no hayan sido
                                          expresamente autorizados por el
3. Cerrajería
                                          Asegurador.
Cuando en las cerraduras de las
puertas    peatonales   del   riesgo      EFECTOS DE LAS PRESTACIONES
asegurado se produzca una avería que
impida acceder al mismo desde el          Las prestaciones realizadas al amparo
exterior, el Asegurador aprobará el       de esta garantía de SERVICIO DE
envío de un profesional de cerrajería     MANTENIMIENTO           BÁSICO     no
para que proceda a su reparación y/o      tendrán la consideración de siniestro


46

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                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                           SEGUROS


a efectos de las garantías
                        Artículo 3de- Garantías Opcionales
                                         Cerrajería
Reposición Estética del Continente y
Daños a Bienes Refrigerados, en el        Climatización
caso de que estén contratadas en las     Cristalería
Condiciones de esta póliza.
                                         Electrodomésticos
Asimismo, será imprescindible que la           Instalaciones eléctricas
prestación sea solicitada a través del
teléfono     902    24    2000,    no          Moquetas y sintasol
cubriéndose ningún servicio prestado
por profesional distinto de los                Escayola
concertados por el Asegurador a                Fontanería
través de este número.
                                               Informática
2. CONEXIÓN CON                                Jardinería
   PROFESIONALES
                                               Limpieza
El Asegurador, a petición del
Asegurado, pondrá a su disposición             Mármoles
los profesionales necesarios para
                                               Parquet
cualquier reparación o reforma, para
que le faciliten los presupuestos              Persianas
oportunos y, en su caso, realicen las
obras o servicios solicitados, siendo          Personal de seguridad
siempre a cargo del Asegurado el
                                               Pintura y papel pintado
importe     correspondiente    a    la
ejecución de tales trabajos y                  Reformas
servicios, asumiendo el Asegurador
únicamente el coste del primer                 Tejados y azoteas
desplazamiento      del    profesional         Tapicería
enviado por el mismo.
                                               Toldos
A título orientativo, se indican algunos
de los servicios de reparación que se          Visión y sonido
pueden solicitar:
   Albañilería                                Artículo 3.
                                               GARANTÍAS OPCIONALES
   Antenas
   Calderas e instalaciones de gas        Sólo mediante contratación expresa
                                           que debe constar en las Condiciones
   Carpintería
                                           Particulares de esta póliza y pago de
   Carpintería metálica


                                                                                     47

[Seite 32]
Seguro Factory Plus


la prima correspondiente,  puedenexluidos
            Artículo 4 - Riesgos     b) Lospara
                                             siniestros
                                                  todasque
                                                         lashubieran
                                                             garantíassido
garantizarse:                        provocados intencionadamente por el
                                     Tomador del seguro, el Asegurado o
1. AVERÍA DE MAQUINARIA              por sus familiares o por las personas
                                     que con él convivan o estén a su
2. BIENES PROPIEDAD DE
                                     servicio como asalariados o cuando
   TERCERAS PERSONAS                 los mismos hubieran actuado como
                                     cómplices o encubridores.
3. BIENES SITUADOS A L A
   INTEMPERIE                        c) Los siniestros correspondientes a
                                     hechos amparados por alguna de las
4. PARALIZACIÓN DE LA                Garantías Opcionales que figuran en
   ACTIVIDAD                         el Artículo 3, cuando no haya sido
                                     incluida expresamente su cobertura
5. PÉRDIDA DE BENEFICIOS             en las Condiciones Particulares de la
6. PRODUCTOS REFRIGERADOS            póliza y se haya pagado la prima
                                     correspondiente.
7. REPOSICIÓN ESTÉTICA DEL
                                     d) Los bienes situados al aire libre,
   CONTINENTE                        aun cuando se hallen protegidos por
8. RESPONSABILIDAD CIVIL                 materiales flexibles (lonas, plásticos,
                                         invernaderos,           construcciones
   PATRONAL
                                         hinchables o similares) o situados en
9. RESPONSABILIDAD CIVIL DE              el interior de terrazas, balcones,
   PRODUCTOS/ POST-TRABAJOS              porches, u otras construcciones
                                         abiertas.
10. SUSTRACCIÓN Y VANDALISMO
                                         e) El dinero en efectivo, cheques,
                                         efectos    de     comercio,     valores
                                         mobiliarios, títulos, escrituras y, en
  Artículo 4.                            general, documentos de cualquier
  RIESGOS EXLUIDOS PARA                  clase; modelos, planos, patrones,
                                         moldes, matrices, registros, archivos,
  TODAS LAS GARANTÍAS
                                         programas informáticos, excepto los
SALVO PACTO EN CONTRARIO, NO             supuestos previstos expresamente en
QUEDAN CUBIERTOS:                        estas Condiciones Generales.

a) Los siniestros ocurridos con          f) Los objetos con valor artístico o
anterioridad a la entrada en vigor del   histórico; las prendas de piel con
seguro, así como los ocurridos a         pelo; las perlas, piedras y metales
consecuencia de cualquier riesgo         preciosos, así como las joyas y alhajas
cuya      cobertura      no     figure   de cualquier tipo, entendiendo por
expresamente      pactada    en    las   tales los objetos de oro o platino, con
condiciones de esta póliza.              o sin perlas o piedras preciosas
                                         engarzadas, así como las monedas de


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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS


dichos metales.                           casos previstos en la misma, a menos
                                          que su traslado o cambio hubiera sido
g) Los sellos de correos, timbres,
                                          previamente comunicado por escrito
efectos timbrados, papeletas de
                                          al Asegurador y éste no hubiese
empeño, billetes de lotería, boletos de
                                          manifestado en el plazo de quince
quinielas u otras apuestas; tarjetas de
                                          días su disconformidad.
crédito y, en general, cuantos
documentos o recibos representan un       n) La pérdida de valor estético en
valor o garantía de dinero.               aquellas zonas que no hubieran sido
                                          directamente    dañadas   por    un
h) Las colecciones de cualquier tipo,
                                          siniestro.
así como los manuscritos, libros
incunables,    discos,  casetes    o      ñ) Los daños calificados por el
videocasetes que no sean de               Gobierno de la Nación como de
frecuente comercio y cualquier otro       «Catástrofe o Calamidad Nacional» o
objeto raro o precioso.                   los debidos a hechos que sean objeto
                                          de cobertura por parte del Consorcio
i) Las pérdidas materiales de valor
                                          de Compensación de Seguros, no
estético en elementos sanitarios y sus
                                          quedando tampoco amparados en
accesorios, así como las que se
                                          este    caso   los   importes     que
produzcan en garajes, jardines,
                                          correspondan       a      franquicias,
piscinas, invernaderos e instalaciones
                                          deducciones         por         reglas
deportivas o recreativas.
                                          proporcionales u otras limitaciones o
j) Los remolques,       caravanas    y    exclusiones, aplicadas por dicho
embarcaciones.                            Organismo.

k) Los animales de todas las clases,      o) Los daños por el uso o desgaste
salvo    que     la  actividad    del     normal de los bienes asegurados,
establecimiento o industria sea la        fermentación u oxidación.
venta o explotación de los mismos, en
                                          p) Los daños propios y los causados
cuyo caso quedan excluidos los que
                                          a terceros producidos con ocasión o a
no sean domésticos entendiendo
                                          consecuencia de:
como tales únicamente los perros,
gatos, aves y roedores enjaulados,         Rebelión, sedición, levantamiento,
peces y tortugas.                         motín, tumulto popular o huelgas
                                          ilegales.
l) Las pinturas murales con valor
artístico o histórico, así como los        Guerra civil o internacional, haya
árboles, plantas o jardines no            o no mediado declaración oficial;
destinados       a        explotación     insurrección, revolución, terrorismo,
agropecuaria.                             sabotaje u operaciones bélicas de
m) La destrucción o deterioro de los      cualquier clase.
objetos asegurados fuera del lugar         Hechos o actuaciones de las
descrito en la póliza, salvo en los       Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y


                                                                                49

[Seite 34]
Seguro Factory Plus


Cuerpos de Seguridad Artículo
                          en tiempo5de - Riesgos
                                              Laextraordinarios
                                                     omisión de las reparaciones u
paz.                                         operaciones      de    mantenimiento
                                             indispensables para el normal estado
 Asentamiento,            hundimiento,
                                             de conservación del inmueble y sus
desprendimiento,       corrimiento    o
                                             instalaciones, así como por otros
ablandamiento de tierra.
                                             defectos conocidos y no subsanados
 Fenómenos                atmosféricos,     por el Asegurado con anterioridad al
meteorológicos,        geológicos     o      siniestro.
sísmicos, así como caída de cuerpos
                                              Infidelidad de los empleados al
siderales o aerolitos, que no se
                                             servicio        del        Asegurado,
encuentren específicamente cubiertos
                                             entendiéndose por tal la sustracción,
en la póliza.
                                             fraude, falsificación o apropiación
 Radiación, efectos mecánicos y             indebida del metálico, billetes de
térmicos, cualesquiera que sean las          banco o valores.
causas que produzcan, y los gastos de
                                              La existencia o empleo de
descontaminación,        búsqueda      y
                                             amianto, asbesto, plomo, sílice, polvo
recuperación de isótopos radiactivos.
                                             de algodón o pesticidas.
 Contaminación, ruidos u otras
                                              Hurto, entendiéndose por tal la
alteraciones del suelo, las aguas, la
                                             toma de los bienes asegurados sin que
atmósfera, la flora o la fauna.
                                             concurra la voluntad del Asegurado y
 La         existencia       en      el     sin empleo de fuerza en las cosas ni
establecimiento o industria de               intimidación o violencia ejercida
sustancias, instalaciones, depósitos o       sobre las personas.
aparatos distintos a los habitualmente
empleados en el mismo.                         Artículo 5.
                                              RIESGOS
 La dedicación u ocupación del               EXTRAORDINARIOS
establecimiento     o    industria   a
actividades distintas a la indicada en      Se indemnizarán por el Consorcio de
la póliza.                                  Compensación       de     Seguros    los
 Trabajos       de     conservación,       siniestros de carácter extraordinario.
mantenimiento,          construcción,       Un resumen de las normas que
reparación o transformación del             regulan la Cobertura del Consorcio de
establecimiento o industria, salvo lo       Compensación      de     Seguros    se
previsto en esta póliza para las            incorpora    al    final   de    estas
garantías de Responsabilidad Civil.         Condiciones Generales.
 Los vicios o defectos existentes en
los bienes asegurados al contratar el
seguro, así como errores de diseño o
defectos de construcción.


50

[Seite 35]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                       SEGUROS


  ArtículoArtículo
           6.      6 - Seguro a valorElde
                                        importe
                                          nuevo de para
                                                    la diferencia, entre la
                                                          el continente
                                     indemnización a valor de nuevo y la
  SEGURO A VALOR  Artículo
                     DE    7 - Condiciones de renovación
                                     correspondiente a valor real, no se
  NUEVO PARA EL                      pagará    hasta    después    de    la
  CONTINENTE                         reconstrucción del, que deberá
                                           efectuarse en un plazo máximo de
A efectos de la valoración de los          dos años a partir de la fecha del
daños prevista en el Artículo 11, se       siniestro. No obstante, el Asegurador,
amplían las garantías de la póliza a la    a petición del Asegurado, entregará
diferencia existente entre el valor real   cantidades      a    cuenta     de  la
del Continente en el momento del           indemnización a medida que se
siniestro y su valor en estado de          realicen       los     trabajos    de
nuevo, siempre que dicha diferencia        reconstrucción del Continente, previa
no exceda del 30 por 100 del valor de      justificación por el Asegurado.
nuevo y que la suma asegurada
corresponda al valor de reposición o       Esta garantía de Seguro a Valor de
reconstrucción.                            Nuevo únicamente surtirá efecto
                                           cuando se halle contratada y esté en
No procederá la reposición o               vigor la garantía de Revalorización
reconstrucción de los bienes dañados       Automática de las sumas aseguradas
por otros nuevos, cuando la                prevista en el Artículo siguiente.
depreciación por antigüedad, uso u
obsolescencia de los mismos, sea           En todo caso, el importe máximo de
superior al 30 por 100 de su valor de      la indemnización no podrá exceder
nuevo, procediendo a indemnizarse la       de las respectivas sumas aseguradas.
pérdida sufrida de acuerdo con lo
señalado en el Artículo 11 de estas         Artículo 7.
Condiciones Generales.                      CONDICIONES DE
                                            RENOVACIÓN

                                           Se conviene que las sumas aseguradas
                                           de la póliza, quedarán modificadas
                                           automáticamente         en        cada
                                           vencimiento anual, siguiendo las
                                           fluctuaciones del Índice de Precios de
                                           Consumo que publica el Instituto
                                           Nacional de Estadística en su Boletín
                                           mensual o del último índice corregido
                                           para las anualidades sucesivas.


                                                                                 51

[Seite 36]
Seguro Factory Plus


Las nuevas sumas revalorizadas serán
las resultantes de multiplicar las que
figuran en la póliza por el factor que
resulte de dividir el Índice de
Vencimiento entre el Índice Base. A
estos efectos se entiende por:
 Índice Base: El que corresponde al
último publicado por el Organismo
antes citado, en la fecha de emisión
de la póliza y/o suplemento, que ha
de consignarse en las Condiciones
Particulares.
 Índice de Vencimiento: El último
publicado por dicho Organismo con
dos meses de antelación a cada
vencimiento anual de la póliza.
La revalorización no será aplicable a
los límites porcentuales de cobertura
establecidos.
A las nuevas sumas aseguradas, se les
aplicará la tarifa que figure en las
Bases Técnicas de este seguro vigentes
en el momento de la renovación.


52

[Seite 37]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                       SEGUROS


PERFECCIÓN, EFECTOS DEL CONTRATO Y DURACIÓN DEL
   PERFECCIÓN,8EFECTOS
SEGUROArtículo            DELy CONTRATO
                - Perfección                Y DURACIÓN
                               efectos del contrato
                       DEL9 SEGURO
                 Artículo   - Duración del seguro

                                            A la expiración del período indicado
   Artículo 8.
                                            en las Condiciones Particulares se
   PERFECCIÓN Y EFECTOS DEL
                                            entenderá prorrogado el contrato por
   CONTRATO                                 un plazo de un año y así
                                            sucesivamente a la expiración de cada
 El contrato se perfecciona por el
                                            anualidad. La prórroga tácita no es
 consentimiento manifestado por la
                                            aplicable a los seguros contratados
 suscripción de la póliza, o del
                                            por menos de un año.
 documento provisional de cobertura,
 por las partes contratantes. Sin           Las partes pueden oponerse a la
 embargo, las coberturas contratadas y      prórroga del contrato mediante una
 sus modificaciones o adiciones no          notificación escrita a la otra parte,
 tomarán efecto mientras no haya sido       efectuada con un plazo de, al menos,
 satisfecho el recibo de prima.             un mes de anticipación a la
                                            conclusión del período del seguro en
 En caso de demora en el
                                            curso cuando quien se oponga a la
 cumplimiento de cualquiera de
                                            prórroga sea el Tomador del seguro, y
 ambos requisitos, las obligaciones del
                                            de dos meses cuando sea el
 Asegurador    comenzarán       a   las
                                            Asegurador.
 veinticuatro horas del día en que
 hayan sido cumplidos.


   Artículo 9.
   DURACIÓN DEL SEGURO
 Las garantías de la póliza entran en
 vigor en la hora y fecha indicada en
 las Condiciones Particulares, siempre
 que se encuentre perfeccionado el
 contrato en la forma estipulada en el
 Artículo anterior y satisfecho el recibo
 de prima.


                                                                                 53

[Seite 38]
 Seguro Factory Plus


TRAMITACIÓN  DE LOS SINIESTROSArtículo
           TRAMITACIÓN                 10 - Tramitación de los
                         DE LOS SINIESTROS
siniestros
                                            que quedaron después del siniestro,
   Artículo 10.
                                            no sólo intactos sino también
   TRAMITACIÓN DE LOS
                                            deteriorados, así como sus restos,
   SINIESTROS                               embalajes, cajas o estuches, y
                                            cuidando de que no se produzcan
 1. EN CUALQUIER SINIESTRO
                                            nuevas desapariciones o desperfectos
 a) El Tomador del seguro y/o               que, de producirse, quedarán a cargo
 Asegurado deben poner los medios a         del Asegurado.
 su alcance para aminorar las
                                            e) El Asegurado deberá colaborar con
 consecuencias del siniestro, así como
                                            el Asegurador, al objeto de que las
 conservar,       salvo     imposibilidad
                                            personas designadas por éste puedan
 justificada, los vestigios del mismo.
                                            tener acceso al lugar del siniestro,
 b) El Tomador del seguro, el               debiendo dar todas las facilidades con
 Asegurado o el Beneficiario deberán        el fin de adoptar cuantas medidas
 comunicar      al   Asegurador     el      sean razonables para la defensa de sus
 acaecimiento del siniestro, sus            intereses.
 circunstancias y consecuencias lo más
 brevemente posible y, como máximo,         2. EN SINIESTROS DE
 dentro del plazo de siete días de             SUSTRACCIÓN Y VANDALISMO
 haberlo conocido. Asimismo, deben
 comunicar al Asegurador si existen         El Tomador del seguro o el
 otros seguros amparando el mismo           Asegurado, dentro de las setenta y
 riesgo.                                    dos horas siguientes a la que tuviese
                                            conocimiento del siniestro, deberá
 c) En todos los siniestros que             denunciar el hecho ante la Autoridad
 ocasionen daños a las cosas, el            Local de Policía, con indicación del
 Tomador del seguro o el Asegurado,         nombre del Asegurador, de los
 en el plazo de cinco días a partir de la   objetos robados dañados y su valor,
 notificación prevista en la letra          debiendo remitir a éste copia del
 anterior de este Artículo, deberán         justificante   de     la    denuncia
 comunicar por escrito al Asegurador        presentada.
 la relación de los objetos existentes al
 tiempo del siniestro y la de los           3. EN SINIESTROS QUE ORIGINEN
 salvados, con indicación de su valor y        RECLAMACIONES DE
 la estimación de los daños.                   RESPONSABILIDAD CIVIL
 d) El Asegurado no podrá hacer             a) El Tomador del seguro y el
 abandono total o parcial de los            Asegurado vienen obligados a adoptar
 objetos asegurados, los cuales quedan      todas las medidas que favorezcan su
 a su cuenta y riesgo, custodiando los      defensa frente a las reclamaciones de


 54

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                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS


responsabilidad,  debiendo
              Artículo    11mostrarse   e) Si deel la indemnización
                              - Determinación            Asegurador        estima
tan diligentes en su cumplimiento       improcedente       el     recurso,      lo
como si no existiera seguro.            comunicará al Asegurado, quedando
Comunicarán, de forma fehaciente, al    éste en libertad para interponerlo por
Asegurador inmediatamente de su         su exclusiva cuenta y aquél obligado
recepción y a más tardar en el plazo    a reembolsarle los gastos judiciales y
de cuarenta y ocho horas, cualquier     los de Abogado y Procurador, en el
notificación que llegue a su            supuesto de que dicho recurso
conocimiento y que pueda estar          prosperase.
relacionada con el siniestro.
                                        f) Cuando se produjere algún
b) Ni el Tomador del seguro ni el       conflicto entre el Asegurado y el
Asegurado, ni persona alguna en         Asegurador, motivado por tener que
nombre de ellos, podrán negociar,       sustentar éste en el siniestro intereses
admitir o rechazar reclamación          contrarios a la defensa del Asegurado,
alguna sin la autorización del          el Asegurador lo pondrá en
Asegurador, de forma fehaciente.        conocimiento del Asegurado sin
                                        perjuicio    de     realizar     aquellas
c) El Asegurador tomará la dirección
                                        diligencias que, por su carácter
jurídica de todas las actuaciones
                                        urgente, sean necesarias para la
administrativas,      judiciales      o
                                        defensa. En este caso el Asegurado
extrajudiciales relacionadas con el
                                        podrá optar entre el mantenimiento
siniestro, actuando en nombre del
                                        de la dirección jurídica por el
Asegurado para tratar con los
                                        Asegurador o confiar su propia
perjudicados, sus derechohabientes o
                                        defensa a otra persona. En este último
reclamantes, comprometiéndose el
                                        caso, el Asegurador quedará obligado
Asegurado a prestar su colaboración
                                        a abonar los gastos de tal dirección
y a otorgar los poderes y la asistencia
                                        jurídica hasta el límite pactado en la
personal que fueran precisos. Si por
                                        póliza.
falta de esta colaboración se
perjudicaren o disminuyeren las
posibilidades de defensa del siniestro,   Artículo 11.
el Asegurador podrá reclamar al           DETERMINACIÓN DE LA
Asegurado los daños y perjuicios en       INDEMNIZACIÓN
proporción al perjuicio sufrido.
                                        En base al convenio entre las partes o
d) Sea cual fuere el fallo o resultado
                                        al dictamen de los peritos y siempre
del    procedimiento     judicial,   el
                                        que se trate de siniestro indemnizable
Asegurador se reserva la decisión de
                                        con arreglo a las condiciones de la
ejercitar los recursos legales que
                                        presente    póliza,    se     fijará    la
procedieren contra dicho fallo o
                                        indemnización teniendo en cuenta las
resultado, o el conformarse con el
                                        siguientes estipulaciones:
mismo.


                                                                                  55

[Seite 40]
Seguro Factory Plus


1. VALOR REAL DE LOS BIENES                 No obstante y siempre que esté
   ASEGURADOS EN EL MOMENTO                 vigente     la     revalorización
   DEL SINIESTRO: La determinación          automática de sumas aseguradas y
   del valor real de los bienes             que los bienes siniestrados no
   asegurados en el momento del             sean vehículos a motor, el
   siniestro se efectuará en la forma       Asegurador     renuncia    a    la
   prevista en estas Condiciones            aplicación     de     la     Regla
   Generales, siendo de aplicación          Proporcional prevista en el
   por consiguiente, si procediese, la      número anterior, cuando concurra
   Regla Proporcional, salvo la             una de las dos circunstancias
   modificación que se indica en el         siguientes:
   apartado siguiente.
                                             Que el infraseguro existente no
2. COMPENSACIÓN DE SUMAS: Se                supere el 15 por 100 del valor real
   conviene expresamente que si en          de los bienes asegurados.
   el momento del siniestro existiese
   un exceso de suma asegurada en            Que la valoración de los daños
   Continente o Contenido, tal              en los bienes asegurados no
   exceso podrá aplicarse al que            exceda de 1.600 euros.
   resultase        insuficientemente    4. SOBRESEGURO: Si la suma
   asegurado, siempre que la prima          asegurada supera notablemente el
   resultante de aplicar las tasas de       valor del interés asegurado,
   prima, con sus bonificaciones y          cualquiera de las partes del
   sobreprimas, a este nuevo reparto        contrato podrá exigir la reducción
   de sumas, no exceda de la prima          de la suma y de la prima,
   satisfecha en la anualidad en            debiendo restituir el Asegurador el
   curso.                                   exceso de las primas percibidas. Si
     Admitida la compensación en la         se produjera el siniestro, el
     forma indicada, se procederá a la      Asegurador indemnizará el daño
     normal liquidación del siniestro       efectivamente causado.
     con arreglo a lo establecido en        Cuando el sobreseguro previsto
     estas Condiciones Generales.           en el párrafo anterior se debiera a
3. INFRASEGURO Y REGLA PRO-                 mala fe del Tomador del seguro o
   PORCIONAL: Si en el momento              del Asegurado, el contrato será
   de la producción del siniestro la        ineficaz. El Asegurador de buena
   suma asegurada es inferior al            fe podrá, no obstante, retener las
   valor   real   de   los   bienes         primas vencidas y las del período
   asegurados,    el    Asegurador          en curso.
   indemnizará el daño causado en        5. Para las garantías contratadas a
   la misma proporción en la que            primer riesgo, la pérdida será
   aquélla cubre el valor real de           indemnizada hasta el importe
   dichos bienes.                           máximo asegurado por dicho


56

[Seite 41]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                      SEGUROS


   concepto, noArtículo
                  siendo de 12
                            aplicación    De recuperarse
                                 - Resarcimientos          después de pagada la
                                                    y recuperaciones
   lo indicado en los apartados 3 y 4     indemnización, el Asegurado podrá
   anteriores.                            optar por tomar posesión de los
                                          objetos o cederlos al Asegurador. En
6. Para objetos que formen parte de
                                          el primer caso, deberá restituir la
   juegos, colecciones o conjuntos,
                                          indemnización      percibida   o    la
   el Asegurador indemnizará sólo el
                                          diferencia entre la indemnización y la
   valor del objeto o de la parte del
                                          que eventualmente le corresponda por
   objeto        siniestrado,       no
                                          deterioros.
   indemnizándose la depreciación
   que,      a     causa      de     su   Si el Asegurado no quisiese hacerse
   descabalamiento, haya podido           cargo de los objetos desaparecidos y
   sufrir el juego, colección o           recuperados, estará obligado a
   conjunto de objetos asegurados al      suscribir cuantos documentos fuesen
   quedar incompleto.                     necesarios para su transferencia a
                                          favor del Asegurador o de la tercera
7. CONCURRENCIA DE SEGUROS:
                                          persona que éste designe.
   Si existen varios seguros de daños
   sobre los mismos bienes y riesgos,
   el Asegurador contribuirá a la
   indemnización y a los gastos de
   tasación a prorrata de la suma que
   asegure.


 Artículo 12.
 RESARCIMIENTOS Y
 RECUPERACIONES

Si después de un siniestro se
obtuviesen      resarcimientos,    el
Asegurado está obligado a notificarlo
al Asegurador, quien podrá deducir
su importe de la indemnización.
Si se recuperan objetos desaparecidos,
el Asegurado deberá comunicarlo
inmediatamente     por     escrito  al
Asegurador. Si los objetos se
recuperan antes del pago de la
indemnización, el Asegurado viene
obligado a tomar posesión de ellos.
Las obligaciones del Asegurador se
limitan al pago de la indemnización
por eventuales deterioros.


                                                                                57

[Seite 42]
 Seguro Factory Plus


DISPOSICIONES FINALESArtículo
                DISPOSICIONES   13 FINALES
                                   - Extinción y nulidad del contrato
                  Artículo 14 - Comunicaciones
                   Artículo 15 - Ley aplicable
   Artículo 13.                              Artículo 14.
   EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL                   COMUNICACIONES
   CONTRATO
                                            Todas las comunicaciones de las
 Si durante la vigencia del seguro se       partes que intervienen en el contrato
 produjera la desaparición del interés      deberán efectuarse por escrito, o por
 o del bien asegurado, desde este           cualquier otro medio indubitado que
 momento el contrato de seguro              permita la verificación de la certeza
 quedará extinguido y el Asegurador         de las fechas de envío y recepción, así
 tendrá el derecho de hacer suya la         como de su contenido.
 prima no consumida.
 El contrato será nulo si en el              Artículo 15.
 momento de su conclusión no                 LEY APLICABLE
 existiese el riesgo, hubiese ocurrido el
 siniestro, o no existiera un interés del   La Ley española será la aplicable al
 Asegurado a la indemnización del           presente contrato de seguro.
 daño.


 58

[Seite 43]
                                      Condiciones Generales del contrato

                                                            santalucía
                                                                  SEGUROS


LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES SOLO SERÁN VÁLIDAS SI VAN
ACOMPAÑADAS DE LAS CONDICIONES PARTICULARES.


Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones
Particulares.


       Leído y aceptado:


EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO                El Asegurador:
                                               santalucía
                                               Director General


                                                                            59

[Seite 44]
Seguro Factory Plus


                    Cláusula depor
      Cláusula de indemnización    indemnización
                                      el Consorcio depor   el C.C.S. de
                                                       Compensación
     Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios
      acaecidos en España en seguros de daños en los bienes y en los de
           responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles
   (Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de
                     Pensiones. B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018)


De conformidad conRESUMEN         DEenNORMAS
                     lo establecido      a) QueLEGALES
                                                   el riesgo extraordinario
el texto refundido del Estatuto legal el    cubierto  por el Consorcio de
Consorcio de Compensación de                Compensación de Seguros no esté
Seguros, aprobado por el Real Decreto       amparado por la póliza de seguro
Legislativo 7/2004, de 29 de octubre,       contratada   con    la   entidad
el tomador de un contrato de seguro         aseguradora.
de los que deben obligatoriamente             b)   Que, aun estando amparado por
incorporar recargo a favor de la citada            dicha póliza de seguro, las
entidad pública empresarial tiene la               obligaciones de la entidad
facultad de convenir la cobertura de               aseguradora no pudieran ser
los    riesgos   extraordinarios    con            cumplidas    por    haber    sido
cualquier entidad aseguradora que                  declarada    judicialmente     en
reúna las condiciones exigidas por la              concurso o por estar sujeta a un
legislación vigente.                               procedimiento de liquidación
                                                   intervenida o asumida por el
                                                   Consorcio de Compensación de
Las indemnizaciones derivadas de                   Seguros.
siniestros        producidos         por
acontecimientos          extraordinarios      El Consorcio de Compensación de
acaecidos en España y que afecten a           Seguros ajustará su actuación a lo
riesgos en ella situados, serán pagadas       dispuesto en el mencionado Estatuto
por el Consorcio de Compensación de           legal, en la Ley 50/1980, de 8 de
Seguros cuando el tomador hubiese             octubre, de Contrato de Seguro, en el
satisfecho     los     correspondientes       Reglamento del seguro de riesgos
recargos a su favor y se produjera            extraordinarios, aprobado por el Real
alguna de las siguientes situaciones:         Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y
                                              en las disposiciones complementarias.


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                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS


RESUMEN DE LAS NORMAS LEGALES1. Acontecimientos
extraordinariosI.cubiertos
                  RESUMEN DE NORMAS LEGALES
                           2. Riesgos excluidos
         1. Acontecimientos                 hechos o actuaciones de las Fuerzas
                                            Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos
      extraordinarios cubiertos             de Seguridad en tiempo de paz, el
                                            Consorcio de Compensación de
 a)   Los siguientes fenómenos de la        Seguros podrá recabar de los órganos
      naturaleza:       terremotos      y   jurisdiccionales y administrativos
      maremotos;             inundaciones   competentes información sobre los
      extraordinarias, incluidas las        hechos acaecidos.
      producidas por embates de mar;
      erupciones volcánicas; tempestad
                                                   2. Riesgos excluidos
      ciclónica atípica (incluyendo los
      vientos extraordinarios de rachas     a) Los que no den lugar a
      superiores a 120 km/h y los           indemnización según la Ley de
      tornados); y caídas de cuerpos        Contrato de Seguro.
      siderales y aerolitos.
                                            b) Los ocasionados en bienes
 b)   Los ocasionados violentamente         asegurados por contrato de seguro
      como       consecuencia      de       distinto a aquellos en que es
      terrorismo, rebelión, sedición,       obligatorio el recargo a favor del
      motín y tumulto popular.              Consorcio de Compensación de
                                            Seguros.
 c)   Hechos o actuaciones de las           c) Los debidos a vicio o defecto
      Fuerzas Armadas o de las Fuerzas      propio de la cosa asegurada, o a su
      y Cuerpos de Seguridad en             manifiesta falta de mantenimiento.
      tiempo de paz.
                                            d) Los producidos por conflictos
 Los     fenómenos      atmosféricos   y    armados, aunque no haya precedido
 sísmicos, de erupciones volcánicas y       la declaración oficial de guerra.
 la caída de cuerpos siderales se           e) Los derivados de la energía
 certificarán, a instancia del Consorcio    nuclear,    sin   perjuicio   de    lo
 de Compensación           de Seguros,      establecido en la Ley 12/2011, de 27
 mediante informes expedidos por la         de mayo, sobre responsabilidad civil
 Agencia Estatal de Meteorología            por daños nucleares o producidos por
 (AEMET), el Instituto Geográfico           materiales radiactivos. No obstante lo
 Nacional y los demás organismos            anterior, sí se entenderán incluidos
 públicos competentes en la materia.        todos los daños directos ocasionados
 En los casos de acontecimientos de         en una instalación nuclear asegurada,
 carácter político o social, así como en    cuando sean consecuencia de un
 el supuesto de daños producidos por


                                                                                  61

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Seguro Factory Plus


acontecimiento extraordinario que           j) Los derivados de siniestros por
afecte a la propia instalación.             fenómenos naturales que causen
                                            daños a      los bienes o pérdidas
f) Los debidos a la mera acción del
                                            pecuniarias cuando la fecha de
tiempo, y en el caso de bienes total o
                                            emisión de la póliza o de efecto, si
parcialmente sumergidos de forma
                                            fuera posterior, no preceda en siete
permanente, los imputables a la mera
                                            días naturales a aquél en que ha
acción del oleaje o corrientes
                                            ocurrido el siniestro, salvo que quede
ordinarios.
                                            demostrada la imposibilidad de
g) Los producidos por fenómenos             contratación anterior del seguro por
de la naturaleza distintos a los            inexistencia de interés asegurable.
señalados en el apartado 1.a) anterior      Este período de carencia no se
y, en particular, los producidos por        aplicará en el caso de reemplazo o
elevación      del   nivel      freático,   sustitución de la póliza, en la misma
movimiento de laderas, deslizamiento        u otra entidad, sin solución de
o     asentamiento     de      terrenos,    continuidad, salvo en la parte que
desprendimiento      de      rocas      y   fuera objeto de aumento o nueva
fenómenos similares, salvo que éstos        cobertura. Tampoco se aplicará para
fueran ocasionados manifiestamente          la parte de los capitales asegurados
por la acción del agua de lluvia que, a     que resulte de la revalorización
su vez, hubiera provocado en la zona        automática prevista en la póliza.
una     situación    de     inundación
                                            k) Los correspondientes a siniestros
extraordinaria y se produjeran con
                                            producidos antes del pago de la
carácter     simultáneo      a     dicha
                                            primera prima o cuando, de
inundación.
                                            conformidad con lo establecido en la
h) Los causados por actuaciones             Ley de Contrato de Seguro, la
tumultuarias producidas en el curso         cobertura    del    Consorcio     de
de reuniones y manifestaciones              Compensación de Seguros se halle
llevadas a cabo conforme a lo               suspendida o el seguro quede
dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983,        extinguido por falta de pago de las
de 15 de julio, reguladora del              primas.
derecho de reunión, así como
                                            l) Los      indirectos   o    pérdidas
durante el transcurso de huelgas
                                            derivadas de daños directos o
legales, salvo que las citadas
                                            indirectos, distintos de las pérdidas
actuaciones pudieran ser calificadas
                                            pecuniarias      delimitadas     como
como                  acontecimientos
                                            indemnizables en el Reglamento del
extraordinarios de los señalados en el
                                            seguro de riesgos extraordinarios. En
apartado 1.b) anterior.
                                            particular, no quedan comprendidos
i) Los causados por mala fe del             en esta cobertura los daños o
asegurado.                                  pérdidas sufridas como consecuencia
                                            de corte o alteración en el suministro
                                            exterior de energía eléctrica, gases


62

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                                            Condiciones Generales del contrato

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                                                                            SEGUROS


combustibles, fuel-oil, gasoil, u otros3. Franquicia
                                               previstas para la cobertura
fluidos, ni cualesquiera otros daños o         principal.
                             4. Extensión de la   cobertura
pérdidas indirectas distintas de las
                                            c) Cuando en una póliza se
citadas en el párrafo anterior, aunque
                                               establezca     una     franquicia
estas alteraciones se deriven de una
                                               combinada para daños y pérdida
causa incluida en la cobertura de
                                               de beneficios, por el Consorcio
riesgos extraordinarios.
                                               de Compensación de Seguros se
m) Los siniestros que por su                   liquidarán los daños materiales
magnitud y gravedad sean calificados           con deducción de la franquicia
por el Gobierno de la Nación como              que corresponda por aplicación
de «catástrofe o calamidad nacional».          de lo previsto en el apartado a)
                                               anterior, y la pérdida de
             3. Franquicia                     beneficios    producida      con
                                               deducción de la franquicia
La franquicia a cargo del asegurado            establecida en la póliza para la
será:                                          cobertura principal, minorada en
a) En el caso de daños directos, en            la franquicia aplicada en la
     los seguros contra daños en las           liquidación    de    los   daños
     cosas la franquicia a cargo del           materiales.
     asegurado será de un siete por
     ciento de la cuantía de los daños           4. Extensión de la cobertura
     indemnizables producidos por el
                                            1.   La cobertura de los riesgos
     siniestro. No obstante, no se
                                                 extraordinarios alcanzará a los
     efectuará deducción alguna por
                                                 mismos bienes y las mismas
     franquicia a los daños que
                                                 sumas aseguradas que se hayan
     afecten     a    viviendas,     a
                                                 establecido en las pólizas de
     comunidades de propietarios de
                                                 seguro a efectos de la cobertura
     viviendas, ni a vehículos que
                                                 de los riesgos ordinarios.
     estén asegurados por póliza de
     seguro de automóviles.                 2.   No obstante lo anterior:
b)   En     el  caso    de     pérdidas           a)   En las pólizas que cubran
     pecuniarias      diversas,        la              daños     propios  a     los
     franquicia a cargo del asegurado                  vehículos    a motor      la
     será la misma prevista en la                      cobertura       de riesgos
     póliza, en tiempo o en cuantía,                   extraordinarios   por     el
     para      daños      que      sean                Consorcio de Compensación
     consecuencia      de     siniestros               de Seguros garantizará la
     ordinarios    de    pérdida      de               totalidad     del    interés
     beneficios. De existir diversas                   asegurable aunque la póliza
     franquicias para la cobertura de                  ordinaria sólo lo      haga
     siniestros ordinarios de pérdida                  parcialmente.
     de beneficios, se aplicarán las


                                                                                      63

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Seguro Factory Plus


     b)   Cuando       los    vehículos
          únicamente cuenten con
          una          póliza          de
          responsabilidad civil en
          vehículos            terrestres
          automóviles, la cobertura de
          riesgos extraordinarios por el
          Consorcio de Compensación
          de Seguros garantizará el
          valor del vehículo en el
          estado en que se encuentre
          en        el        momento
          inmediatamente anterior a la
          ocurrencia del siniestro
          según precios de compra de
          general aceptación en el
          mercado.


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                                           Condiciones Generales del contrato

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                                                                         SEGUROS


 Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
 Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de
                        Seguros


1.   La solicitud de indemnización de      3.   Valoración de los daños: La
     daños        cuya         cobertura        valoración de los daños que
     corresponda al       Consorcio de          resulten      indemnizables con
     Compensación de Seguros, se                arreglo a la legislación de seguros
     efectuará mediante comunicación            y al contenido de la póliza de
     al mismo por el tomador del                seguro se realizará por el
     seguro, el asegurado o el                  Consorcio de Compensación de
     beneficiario de la póliza, o por           Seguros, sin que éste quede
     quien actúe por cuenta y nombre            vinculado por las valoraciones
     de los anteriores, o por la entidad        que, en su caso, hubiese
     aseguradora o el mediador de               realizado la entidad aseguradora
     seguros con cuya intervención se           que      cubriese     los    riesgos
     hubiera gestionado el seguro.              ordinarios.
2.   La comunicación de los daños y        4.   Abono de la indemnización: El
     la obtención de cualquier                  Consorcio de Compensación de
     información       relativa  al             Seguros realizará el pago de la
     procedimiento y al estado de               indemnización al beneficiario del
     tramitación de los siniestros              seguro mediante transferencia
     podrá realizarse:                          bancaria.

     -    Mediante llamada al Centro
          de Atención Telefónica del
          Consorcio de
          Compensación de Seguros
          (900 222 665 o 952 367
          042).
     -    A través de la página web
          del Consorcio de
          Compensación de Seguros
          (www.consorseguros.es).


 ,                    ,
              CP390000039035001

                                                                                   65

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                            Seguros
                            Asistencia
                            Hogar
                            Ahorro e Inversión
                            Vida y Accidentes
                            Salud
                            Empresas
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               *Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros


                "El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980,
                           de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
                       Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012
                    Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid


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  180711130900013901
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