# AIG Protección Enfermedades Graves: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-capacidades-basicas-aig-enfermedades-graves.php
- Entidad: AIG EUROPE S.A., Sucursal en España
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-capacidades-basicas-aig-enfermedades-graves.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones generales y especiales del seguro de enfermedades graves](https://www.aig.com.es/content/dam/aig/emea/spain/documents/seguros-personales-condicionados/segurodeenfermedadesgraves-27062024-web.pdf), Edición EA24DMEG22

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Renta por pérdida de una capacidad básica (renta mensual) | no regulado |  |  |
| Capital único en lugar de la renta o además de ella | sí | se pagará la indemnización indicada en las respectivas Condiciones Particulares en caso de diagnóstico de las siguientes enfermedades | 4. Cobertura A, página 1 |
| Prestación ya por la pérdida de una sola capacidad | sí | se pagará la indemnización indicada en las respectivas Condiciones Particulares en caso de diagnóstico de las siguientes enfermedades | 4. Cobertura A, página 1 |
| Período de pronóstico (duración prevista de la pérdida, habitualmente seis meses) | no regulado |  |  |
| Pago retroactivo desde el inicio de la pérdida una vez cumplido el período | no regulado |  |  |
| Duración de la prestación (hasta el vencimiento, plazo propio o vitalicia) | no regulado |  |  |
| Exención del pago de primas durante la prestación | no regulado |  |  |
| Edad mínima de contratación (niños y estudiantes) | sí | para los hijos del Tomador incluidos en póliza entre los 0 y los 18 años y hasta los 23 años si continúan estudiando. | 4. Cobertura D, página 2 |
| Edad máxima de contratación | no regulado |  |  |
| Edad máxima al vencimiento | no regulado |  |  |
| Cobertura mundial, también con residencia permanente en el extranjero | no | ÁMBITO GEOGRÁFICO Territorio Español. | 8, página 4 |
| Prestación independiente de la profesión (sin examen de la actividad) | no regulado |  |  |
| Ver | sí | Pérdida total, permanente e irreversible de la visión en ambos ojos causada por enfermedad o accidente. | 4. Cobertura A, Ceguera, página 2 |
| Oír | sí | Pérdida total e irreversible de la audición de cualquier sonido a consecuencia de accidente o enfermedad. | 4. Cobertura A, Sordera, página 2 |
| Hablar | no regulado |  |  |
| Uso de las manos (agarrar, motricidad fina) | no regulado |  |  |
| Uso de los brazos (elevar por encima de la cabeza, extender) | no regulado |  |  |
| Caminar (distancia en metros sin pausa) | sí | Pérdida permanente y total de la función de dos o más miembros debido a parálisis provocada por accidente o enfermedad de la médula espinal o del cerebro. | 4. Cobertura A, Parálisis, página 2 |
| Subir escaleras | no regulado |  |  |
| Estar de pie | no regulado |  |  |
| Estar sentado | no regulado |  |  |
| Arrodillarse y agacharse | no regulado |  |  |
| Levantar y transportar un peso | no regulado |  |  |
| Mantener el equilibrio | no regulado |  |  |
| Conducir (pérdida del permiso por motivos de salud) | no regulado |  |  |
| Uso del transporte público | no regulado |  |  |
| Uso de móvil, teclado u ordenador | no regulado |  |  |
| Capacidad mental (orientación, memoria, concentración) | no regulado |  |  |
| Demencia como causa propia de prestación | sí | que derive en la pérdida significativa de las capacidades mentales y sociales y que requiera la supervisión y el seguimiento permanente del Asegurado. | 4. Cobertura A, Alzheimer/Demencia, página 1 |
| Enfermedades psíquicas cubiertas (módulo propio o en la cobertura básica) | no | Enfermedades de origen inorgánico tales como neurosis y enfermedades psiquiátricas. | 7.3, página 3 |
| Dependencia como causa de prestación | no regulado |  |  |
| Enfermedades graves (cáncer, infarto, ictus) como módulo o causa | sí | Cáncer: Tumor maligno, caracterizado por el crecimiento incontrolado de células, y su metástasis, incluyendo la invasión de tejido. | 4. Cobertura A, página 1 |
| Fallo orgánico y trasplante como causa | sí | Trasplante de órganos por el Asegurado, en particular: corazón, pulmón, páncreas, medula ósea e hígado, de forma aislada o conjunta. | 4. Cobertura A, Trasplante de Órganos, página 2 |
| Prohibición de trabajar por ley de protección contra infecciones como causa | no regulado |  |  |
| Prestación por incapacidad temporal prolongada | no regulado |  |  |
| Garantía de ampliación por acontecimientos vitales (boda, nacimiento, vivienda, ingresos) | no regulado |  |  |
| Importe máximo de ampliación (por evento y en total) | no regulado |  |  |
| Ampliación sin motivo en los primeros años | no regulado |  |  |
| Revalorización (aumento previsto de prima y renta) | no regulado |  |  |
| Revalorización garantizada de la renta en caso de siniestro | no regulado |  |  |
| Opción de cambio a un seguro de incapacidad profesional sin nuevo examen de salud | no regulado |  |  |
| Apoyo en rehabilitación o reciclaje (costes o asesoramiento) | sí | el reembolso de gastos en los que incurriera la familia directa, en terapia o ayuda psicológica tras el diagnóstico confirmado al asegurado | 4. Cobertura F, página 3 |
| Aplazamiento de primas con cobertura plena | no regulado |  |  |
| Ayudas técnicas: cuáles se consideran razonables en la valoración | no regulado |  |  |
| Plazo para la decisión de la aseguradora | no regulado |  |  |
| Sin reconocimiento limitado en el tiempo | no regulado |  |  |
| Revisión posterior de los requisitos tras el reconocimiento | no regulado |  |  |
| Prestación retroactiva en caso de comunicación tardía | no | Se deberá presentar toda la documentación requerida en un plazo máximo de 30 días. En caso contrario, la reclamación será rechazada. | 9, página 4 |
| Plazo en que la aseguradora puede alegar una inexactitud en la declaración | no regulado |  |  |
| Renuncia a rescindir por inexactitud sin culpa o con culpa leve | no regulado |  |  |
| Renuncia a la adaptación retroactiva por inexactitud sin culpa | no regulado |  |  |
| Carencia para causas concretas (por ejemplo salud mental, enfermedades graves) | sí | La presente póliza no cubre ninguna enfermedad manifestada con anterioridad a la fecha de efecto de la misma o durante el período de carencia definido. | 7, página 2 |
| Guerra: riesgo pasivo de guerra en el extranjero cubierto | no regulado |  |  |
| Exclusión de armas NBQ y energía nuclear (alcance) | no regulado |  |  |
| Exclusión por provocación intencionada o autolesión | sí | Actos autoinfligidos como suicidio y tentativa de suicidio, con independencia del estado de salud mental del Asegurado. | 7.2, página 3 |
| Exclusión por alcohol, drogas o abuso de medicamentos | sí | Ingestión abusiva de fármacos, bebidas alcohólicas y/o drogas. | 7.2, página 3 |
| Exclusión por delito doloso de la persona asegurada | no regulado |  |  |
| Ocio de riesgo (motor, aviación, buceo) sin exclusión | no regulado |  |  |
| Exclusión por radiaciones fuera de tratamiento médico | sí | Cáncer a consecuencia de radiaciones o contaminación radioactiva proveniente de fuentes de energía nuclear | 7.8, página 3 |
| Prima máxima garantizada (prima bruta) durante toda la duración | no regulado |  |  |
| Sin derecho de rescisión ordinaria de la aseguradora | no | salvo que cualquiera de las partes se oponga a la prórroga mediante notificación escrita a la otra parte | 2, página 1 |
| Rescisión por el tomador (plazo, valor de rescate) | sí | Este seguro tendrá una duración anual y será prorrogado tácitamente por periodos de un año sucesivamente | 2, página 1 |
| Reducción o liberación de primas en lugar de rescisión | no regulado |  |  |
| Rehabilitación tras la reducción sin nuevo examen de salud | no regulado |  |  |
| Austria: nivel de la prestación por cuidados según la ley federal como causa | no regulado |  |  |
| España: grado de dependencia según la Ley 39/2006 (grado II severa, grado III gran dependencia) | no regulado |  |  |
| España: lista de enfermedades graves y definición de primer diagnóstico | sí | se pagará la indemnización indicada en las respectivas Condiciones Particulares en caso de diagnóstico de las siguientes enfermedades | 4. Cobertura A, página 1 |
| España: período de supervivencia tras el diagnóstico | sí | cuando le sea diagnosticada una enfermedad garantizada y no falleciera en los 30 días siguientes a la confirmación del diagnóstico | 6, página 3 |
| España: exclusión de preexistencias | sí | La póliza no producirá sus efectos si se hubiera diagnosticado una enfermedad garantizada con anterioridad al período de vigencia de la misma. | 7.1, página 2 |
| España: cláusulas limitativas destacadas y firmadas aparte (art. 3 Ley 50/1980) | sí | aceptando expresamente todas las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita. | Firma, página 1 |

## Texto completo del condicionado: Condiciones generales y especiales del seguro de enfermedades graves

```text
[Seite 1]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

                                                                     CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES
Referencia general:                                                                                Enfermedad congénita: Es aquella que existe en el momento
A continuación, se detallan las Condiciones Generales y                                            del nacimiento, como consecuencia de factores hereditarios o
Especiales de este seguro. El Tomador del seguro deberá                                            afecciones adquiridas durante la gestación hasta el mismo
verificar las Condiciones Particulares del seguro y los detalles en                                momento del nacimiento. Una afección congénita puede
cuanto a las garantías y límites asegurados, así como el ámbito                                    manifestarse y ser reconocida inmediatamente después del
de validez.                                                                                        nacimiento, o bien ser descubierta más tarde, en cualquier
1. DEFINICIONES                                                                                    periodo de la vida del asegurado.
a) Definiciones Generales                                                                          Enfermedad Preexistente: Enfermedad, patología, alteración o
Asegurado: Persona física con Residencia en España, designada                                      trastorno orgánico que existe con anterioridad al momento de
en las Condiciones Particulares y cuya cobertura ha sido                                           la contratación o alta en el seguro, o durante los primeros 90
aceptada por el Asegurador de acuerdo con lo establecido en la                                     días del periodo de exclusión de la misma, independientemente
Póliza.                                                                                            de que exista un diagnóstico médico.
Asegurador o AIG EUROPE S.A.: Cualquiera de las dos                                                Médico: Licenciado o Doctor en Medicina, legalmente
anteriores denominaciones serán referidas a AIG EUROPE S.A.                                        capacitado y autorizado para ejercer la medicina y tratar
Sucursal en España, entidad que asume la cobertura de los                                          médica o quirúrgicamente la enfermedad, dolencia o lesión que
riesgos objeto de este contrato y garantiza el pago de las                                         padezca el asegurado.
indemnizaciones que pudieran corresponder, de acuerdo con
las condiciones del mismo.                                                                         2. PERIODO DE COBERTURA Y DURACIÓN DEL SEGURO
Beneficiario: La persona física o jurídica titular del derecho a la                                PERIODO DE COBERTURA
indemnización a percibir las prestaciones derivadas de las                                         El periodo de cobertura de la póliza comienza en la fecha de
coberturas del seguro.                                                                             efecto de la póliza, siempre que el Tomador haya hecho frente
Límite asegurado: El límite máximo de la indemnización a                                           al pago de la prima requerida.
pagar por el Asegurador para cada una de las garantías                                             DURACIÓN DEL SEGURO
cubiertas por el seguro, y que se encuentra estipulado en las                                      Este seguro tendrá una duración anual y será prorrogado
Condiciones Particulares de la presente póliza.                                                    tácitamente por periodos de un año sucesivamente, salvo
Póliza: El documento, soporte del contrato, que contiene las                                       que cualquiera de las partes se oponga a la prórroga
condiciones que regulan el seguro. Forman parte de la Póliza,                                      mediante notificación escrita a la otra parte efectuada con
estas Condiciones Generales, las Condiciones Especiales, las                                       un plazo de anticipación a la conclusión del periodo de
Particulares y los Anexos, Suplementos o Apéndices que                                             seguro en curso de un mes, si quien se opone es el tomador,
pudieran emitirse para complementarla o modificarla.                                               o de dos meses, si quien se opone es la Aseguradora.
Prima: El precio del seguro. El recibo de prima contendrá,
además los recargos e impuestos que sean de legal aplicación.                                      3. OBJETO DEL SEGURO
Siniestro: La ocurrencia de un acontecimiento que dé lugar a la                                    Es la cobertura de los riesgos contratados y detallados en las
aplicación de alguna de las garantías contratadas en la póliza.                                    Condiciones Especiales y Particulares de esta póliza.
Tomador del seguro: La persona física o jurídica que suscribe el                                   Todas las garantías son compatibles con cualquier otro
contrato con el Asegurador y que asume las obligaciones del                                        seguro, salvo que se establezcan limitaciones en
contrato derivadas de las coberturas del seguro.                                                   Condiciones Especiales o en Condiciones Particulares.
Tercero: cualquier otra persona con excepción del Asegurado,
su esposa o pareja de hecho, hijos o familiares.                                                   4. COBERTURAS
                                                                                                   COBERTURA A) INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD GRAVE
b) Definiciones relativas a las coberturas:                                                        Al amparo de la presente póliza, se pagará la indemnización
Cirugía: Todas las operaciones con un objetivo terapéutico o de                                    indicada en las respectivas Condiciones Particulares en caso de
diagnóstico realizada a través de una incisión de la piel u otra                                   diagnóstico de las siguientes enfermedades:
vía de abordaje interno, realizada por un cirujano en un hospital                                  Cáncer: Tumor maligno, caracterizado por el crecimiento
autorizado y que normalmente requieren el uso de una sala de                                       incontrolado de células, y su metástasis, incluyendo la invasión
operaciones.                                                                                       de tejido. El término “cáncer” incluye la leucemia (excepto
Enfermedad grave: A efectos de este contrato se entenderá por                                      leucemia crónica linfática), los linfomas y melanomas malignos,
enfermedad grave toda alteración del estado de la salud de                                         pero excluye cánceres no invasivos in situ, todos los tumores
causa común o accidental, confirmada por un médico                                                 que se desarrollen directa o indirectamente debido a la
legalmente reconocido y que coincida con alguna de las                                             presencia del virus de inmunodeficiencia humana (VIH-SIDA) y
definidas como garantizadas en póliza.                                                             los cánceres de piel (excepto los melanomas malignos),

El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 2]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

conforme a lo indicado.                                                                            de diagnóstico y evaluación clínica, a consecuencia de la
Infarto agudo de miocardio: Muerte de una porción del                                              enfermedad de Alzheimer o desórdenes orgánicos irreversibles,
músculo debido a un suministro de sangre insuficiente. Para                                        que derive en la pérdida significativa de las capacidades
poder ser diagnosticado deben concurrir tres o más de los                                          mentales y sociales y que requiera la supervisión y el
siguientes factores que concuerdan con la definición de Infarto                                    seguimiento permanente del Asegurado. Este diagnóstico
de miocardio:                                                                                      deberá ser efectuado por un médico y confirmado por el médico
Historial de dolor en el pecho.                                                                    designado por la Compañía.
■ Electrocardiograma que confirme la existencia de un nuevo                                        Ceguera (Pérdida de agudeza visual): Pérdida total,
episodio de infarto.                                                                               permanente e irreversible de la visión en ambos ojos causada
■ Diagnóstico del incremento significativo de la enzima cardíaca                                   por enfermedad o accidente. El diagnóstico deberá constar en el
CK-MB.                                                                                             informe de un médico oftalmólogo y ser confirmado por un
■ Diagnóstico del incremento de troponina (TNC).                                                   médico elegido por la Compañía.
Diagnóstico que confirme que el flujo de sangre bombeado por                                       Sordera (Pérdida de agudeza auditiva): Pérdida total e
el ventrículo izquierdo (Ef) es un 50% inferior a lo verificado en                                 irreversible de la audición de cualquier sonido a consecuencia
los tres meses posteriores a la ocurrencia del siniestro.                                          de accidente o enfermedad. El diagnóstico deberá constar en el
Accidente cerebro vascular: que produzca una secuela                                               informe de un médico otorrinolaringólogo y ser confirmado por
neurológica (cuya duración sea superior a 24 horas) de                                             el médico elegido por la Compañía, comprobado a través de
naturaleza irreparable o irreversible y que provoque un déficit                                    pruebas audio métricas.
neurológico permanente, en particular:                                                             Trasplante de Órganos: Trasplante de órganos por el
■ Muerte de tejido cerebral (necrosis),                                                            Asegurado, en particular: corazón, pulmón, páncreas, medula
■ Hemorragia intracraneal o hemorragia subaracnoidea.                                              ósea e hígado, de forma aislada o conjunta. El órgano a
■ Embolia con origen extracraneal.                                                                 trasplantar deberá ser de origen humano.
El diagnóstico deberá respetar íntegramente las siguientes                                         Esclerosis múltiple: Enfermedad caracterizada por la pérdida
condiciones:                                                                                       de vainas de mielina en el cerebro y en la médula espinal. Para
■ Evidencia de daños neurológicos permanentes avalada por el                                       que esta cobertura sea efectiva, será necesario el diagnóstico
informe de un médico neurólogo; y                                                                  inequívoco de un médico neurólogo confirmando la existencia
■ Evidencias clínicas comprobadas a través de medios de                                            de dos o más episodios de pérdida o déficit neurológico, con
diagnóstico por imagen como la resonancia magnética, la                                            signos evidentes y persistentes de la implicación de los nervios
tomografía, u otros medios de diagnóstico por imagen fiables                                       ópticos, cerebrales y medulares, unido a una pérdida de
concordantes con el diagnóstico de un nuevo ACV.                                                   coordinación motora y de la función sensorial.
Coma: Pérdida continúa de la conciencia de por lo menos 96                                         El pago del capital asegurado se realizará siempre que el
horas de duración, que produzca déficit neurológico                                                médico de la Compañía determine que la tasa de invalidez es
permanente de grado severo. Durante todo el período de                                             superior al 75%.
pérdida de la conciencia es necesario que el asegurado haya                                        Los beneficios del presente condicionado especial cesarán
requerido cuidados intensivos, incluyendo ventilación asistida.                                    cuando se haya efectuado el pago de una garantía prevista
Parálisis (Pérdida del uso de los miembros): Pérdida                                               en dicho condicionado y directamente relacionado con la
permanente y total de la función de dos o más miembros debido                                      patología indemnizada.
a parálisis provocada por accidente o enfermedad de la médula
espinal o del cerebro.                                                                             COBERTURA B) ASISTENCIA EN VIAJE DERIVADA DEL
La pérdida de función deberá ser confirmada por un médico                                          DIAGNÓSTICO POR ENFERMEDAD GRAVE
neurólogo. La pérdida de función de los miembros deberá                                            Se reembolsarán, hasta el límite establecido en las Condiciones
coincidir con la definición de diplejía y tetraplejia de acuerdo                                   Particulares, aquellos gastos razonables de alojamiento,
con las garantías de la póliza. La pérdida parcial de                                              manutención y traslado, en los que incurran los acompañantes
movimientos está excluida de la póliza.                                                            del asegurado en caso de recibir tratamiento en una ciudad
El diagnóstico deberá ser confirmado cumplidos los ciento                                          diferente a la de su lugar de residencia habitual.
ochenta (180) días comunes posteriores a la ocurrencia del
evento.                                                                                            COBERTURA C) SEGUNDA OPINIÓN
Quemaduras graves: Quemaduras de tercer grado resultantes                                          Se garantiza hasta el máximo estipulado en las Condiciones
de accidente y que afecten, como mínimo, al 20% del cuerpo de                                      Particulares, el reembolso de gastos en los que se incurriera
acuerdo con lo estipulado por las normas médicas                                                   para disponer de un segundo diagnóstico para confirmar alguna
internacionales.                                                                                   de las enfermedades graves cubiertas por la póliza.
Enfermedad de Alzheimer/ Demencia: Pérdida de las
capacidades intelectuales, confirmada por medios adicionales
El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 3]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

COBERTURA D) COBERTURA PARA HIJOS INCLUIDOS EN                                                     7. EXCLUSIONES
PÓLIZA                                                                                             Exclusiones aplicables a todas las garantías:
Al amparo de la presente póliza se otorgan las mismas                                              La presente póliza no cubre ninguna enfermedad
coberturas hasta los límites indicados en las Condiciones                                          manifestada con anterioridad a la fecha de efecto de la
Particulares para los hijos del Tomador incluidos en póliza entre                                  misma o durante el período de carencia definido.
los 0 y los 18 años y hasta los 23 años si continúan estudiando.                                   1. La póliza no producirá sus efectos si se hubiera
                                                                                                   diagnosticado una enfermedad garantizada con anterioridad
COBERTURA E) INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR CIRUGÍA                                                   al período de vigencia de la misma.
DERIVADA DEL DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDAD GRAVE                                                       2. En cualquier caso, quedan excluidas las siguientes
Si como consecuencia directa de una enfermedad grave                                               situaciones:
cubierta por esta póliza el Asegurado tiene que ser                                                - Actos autoinfligidos como suicidio y tentativa de suicidio,
necesariamente hospitalizado para un tratamiento quirúrgico,                                       con independencia del estado de salud mental del
el Asegurador indemnizará la cantidad establecida en las                                           Asegurado.
Condiciones Particulares.                                                                          - Ingestión de fármacos no prescritos o que no coincidan con
Se entenderá como tratamiento quirúrgico o cirugía, la                                             la prescripción médica.
operación instrumental, total o parcial, de lesiones causadas                                      - Ingestión abusiva de fármacos, bebidas alcohólicas y/o
por una enfermedad, con fines diagnósticos, de tratamiento o                                       drogas.
de rehabilitación de secuelas.                                                                     - Cualquier siniestro causado por una infección oportunista,
                                                                                                   cáncer u otra enfermedad cuando al asegurado se le hubiera
COBERTURA F) APOYO FAMILIAR                                                                        diagnosticado SIDA, complejo relacionado con el SIDA, o se
Se garantiza, hasta el máximo estipulado en las Condiciones                                        hubieran detectado anticuerpos para el VIH.
Particulares, el reembolso de gastos en los que incurriera la                                      - Toda condición física manifestada o diagnosticada con
familia directa, en terapia o ayuda psicológica tras el                                            anterioridad a la fecha de efecto de la póliza o para la que
diagnóstico confirmado al asegurado de una de las                                                  hubiera recibido tratamiento, salvo cuando se hubiera
enfermedades graves garantizada en la presente póliza.                                             indicado claramente en el momento de la celebración del
                                                                                                   contrato y hubiera sido aceptada formalmente por la
COBERTURA G) ASESORAMIENTO FINANCIERO                                                              Compañía.
Se garantiza hasta el máximo estipulado en las Condiciones                                         3. Enfermedades de origen inorgánico tales como neurosis y
Particulares, el reembolso de gastos en los que incurriere al                                      enfermedades psiquiátricas.
contratar un asesor o consultor financiero para ayudarle con su                                    4. Isquemia transitoria, parcial, crónica o asintomática
gestión financiera tras el diagnóstico confirmado de una de las                                    5. Cualquier enfermedad que no se encuentre expresamente
enfermedades graves garantizadas en la presente póliza.                                            enunciada dentro de la cobertura de la presente póliza.
                                                                                                   6. Daños cerebrales provocados por el alcohol o drogas,
COBERTURA H) TERAPIAS ALTERNATIVAS                                                                 psicoactivos,     enervantes,      estimulantes,    sedantes,
Se garantiza hasta el máximo estipulado en las Condiciones                                         depresivos, antidepresivos y psicodélicos, excepto cuando
Particulares, el reembolso de gastos en terapias alternativas                                      éstos hubieren sido ingeridos por prescripción médica.
como parte del tratamiento de alguna de las enfermedades                                           7. Cáncer que sea diagnosticado por un médico que sea
garantizadas por la presente póliza.                                                               familiar del Asegurado o que habite en el mismo domicilio
Se entenderá por Terapias Alternativas aquellos tratamientos y                                     que el Asegurado al momento de la emisión del Diagnóstico
prácticas que se desarrollan fuera de la medicina occidental                                       de Cáncer.
tradicional o convencional, tales como acupuntura,                                                 8. Cáncer a consecuencia de radiaciones o contaminación
quiropráctica, osteopatía, biorretroalimentación, meditación,                                      radioactiva proveniente de fuentes de energía nuclear o de
…etc.                                                                                              desechos nucleares provenientes de la combustión de
                                                                                                   fuentes de energía nuclear.
5. LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN                                                                        9. Cáncer a consecuencia de la exposición a propiedades
La cantidad máxima a indemnizar será la indicada en las                                            radioactivas, tóxicas, explosivas o cualquier propiedad de
Condiciones Particulares.                                                                          riesgo de componentes explosivos nucleares o componentes
                                                                                                   nucleares.
6. BENEFICIARIOS                                                                                   10. Tumores que muestran los cambios malignos de
El o los Asegurado/s tendrá derecho a la indemnización prevista                                    carcinoma-in-situ     y    tumores     que     son   descritos
en las Condiciones Particulares de la póliza cuando le sea                                         histológicamente como pre-malignos o no-invasivos.
diagnosticada una enfermedad garantizada y no falleciera en
los 30 días siguientes a la confirmación del diagnóstico

El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 4]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

8. ÁMBITO GEOGRÁFICO                                                                               Información sobre el Asegurador
Territorio Español.                                                                                Este contrato de seguro se celebra en régimen de derecho de
                                                                                                   establecimiento con la sucursal en España de la entidad AIG
9. COMUNICACIÓN DE SINIESTRO                                                                       Europe S.A., compañía aseguradora con número R.C.S. B
El asegurado deberá declarar el siniestro a AIG EUROPE S.A.,                                       218806. AIG Europe S.A., tiene su sede central en el número 35 D
llamando por teléfono al 91 492 59 00 en un plazo máximo de 7                                      de Avenue John F. Kennedy, L-1855, Luxemburgo
días a partir del suceso. Tras esta declaración, el Asegurado                                      (http://www.aig.lu). AIG Europe, S.A. está autorizada por el
recibirá un formulario que deberá devolver en el plazo de los 30                                   Ministère des Finances de Luxemburgo y supervisada por el
días siguientes, a la dirección:                                                                   Commissariat aux Assurances, cuya dirección es 7, boulevard
                                                                                                   Joseph II, L-1840
           CENTRO DE TRAMITACIÓN DE SINIESTROS                                                     Luxemburgo, GD de Luxemburgo (Tel.: (+352) 22 69 11 - 1,
           Paseo de la Castellana 216, 28046, Madrid                                               caa@caa.lu, http://www.caa.lu/). AIG Europe S.A. Sucursal en
                   consumerdirecto@aig.com                                                         España tiene su domicilio en Paseo de la Castellana 216, 28046,
                         91 492 59 00                                                              Madrid. Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Madrid,
Otras informaciones:                                                                               al Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M- 672859 con Número
El Asegurado deberá rellenar los formularios de siniestros que                                     de Identificación Fiscal W0186206I, e inscrita en el Registro
se le exijan y enviar la documentación requerida al                                                Administrativo de Entidades Aseguradoras de la Dirección
Departamento de siniestros AIG EUROPE S.A.. Se deberá                                              General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave E0226.
presentar toda la documentación requerida en un plazo máximo                                       En materia de conducta de mercado, la Sucursal está regulada
de 30 días. En caso contrario, la reclamación será rechazada.                                      por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Además, se deberá entregar al Departamento de siniestros AIG                                       Podrá encontrar los datos de contacto de la Dirección General
EUROPE S.A. cualquier documentación solicitada relativa al                                         de Seguros y Fondos de Pensiones en este enlace:
siniestro. Una vez hecha esta entrega, se autoriza al                                              http://www.dgsfp.mineco.es. Sin perjuicio de las facultades de
Departamento de siniestros AIG EUROPE S.A. a reclamar                                              supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de
información adicional con relación al siniestro.                                                   Pensiones, el Estado miembro a quien corresponde el control de
Es condición indispensable para que las coberturas surtan                                          la sucursal es Luxemburgo. En todos o en algunos aspectos, el
efecto que el reembolso correspondiente a cada cobertura sea                                       marco regulatorio aplicable en otros países donde AIG Europe,
indemnizada por AIG EUROPE S.A. a cualquier representante                                          S.A. (Sucursal en España) desarrolle su actividad serán
autorizado por el Asegurador.                                                                      diferentes al de Luxemburgo. En caso de que esté disponible un
El Asegurador se reserva el derecho a designar un perito para                                      informe sobre la situación de financiera y de solvencia de AIG
que evalúe las circunstancias y el importe de la reclamación.                                      Europe, S.A., usted podrá encontrarlo en el siguiente enlace:
Siempre que resulte necesario, el Asegurado o el Beneficiario en                                   http://www.aig.lu/.
su caso, deberá aportar cualquier otra información que le pueda
ser requerida para la prueba del Siniestro o de los daños                                          LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO DE SEGURO
reclamados.                                                                                        La legislación aplicable al contrato de seguros es la española en
El Asegurado deberá tomar todas las precauciones razonables                                        vigor. En particular, será de aplicación la Ley 50/1980, de 8 de
para prevenir pérdidas y deberá emplear todos los medios a su                                      octubre, de Contrato de Seguro y demás normativa sectorial. De
alcance para aminorar las consecuencias de un siniestro. En                                        conformidad con lo establecido en el artículo 123.1 del Real
caso de incumplimiento de este deber, el Asegurador podrá                                          Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación,
reducir su prestación en la proporción oportuna, teniendo en                                       supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
cuenta la importancia de los daños derivados del mismo y el                                        reaseguradoras, se hace constar expresamente la no aplicación
grado de culpa del Asegurado, según lo dispuesto en el artículo                                    de la normativa española en materia de liquidación de
17 de la Ley 50/1980.                                                                              entidades aseguradoras.

10.CONDICIONES GENERALES E INFORMACIÓN AL TOMADOR                                                  RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
DEL SEGURO MARCO JURÍDICO REGULADOR                                                                El tomador de la póliza o el asegurado, de conformidad con lo
Divergencias en el condicionado                                                                    dispuesto en la Orden Ministerial ECO/734/2004 de 11 de marzo,
El Tomador queda informado de que, si el contenido de la póliza                                    podrá dirigir cualquier queja o reclamación por escrito al
difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas,                                  Servicio de Atención al Cliente del asegurador en su domicilio en
aquél podrá reclamar al asegurador en el plazo de un mes a                                         Madrid (Paseo de la Castellana, 216, 28046 Madrid) o por medio
contar desde la entrega de la póliza para que subsane la                                           de    correo    electrónico     a     la   siguiente   dirección:
divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la                                    atencioncliente.es@aig.com. AIG acusará recibo de su
reclamación se estará a lo dispuesto en la presente póliza.                                        reclamación en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar

El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 5]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

desde la fecha de su recepción. Asimismo, mantendrá                                                En todo caso, será juez competente para el conocimiento de las
informado al reclamante sobre el proceso de tramitación de la                                      acciones derivadas del contrato de seguro el del domicilio del
reclamación y le proporcionará respuesta dentro del plazo de                                       asegurado.
un mes (salvo que por circunstancias específicas la compañía no
pueda hacerlo, en cuyo caso el reclamante será debidamente                                         SANCIONES INTERNACIONALES
informado). Igualmente y sin perjuicio de las acciones que                                         El Asegurador no responderá ante ninguna pérdida que
pueda ejercitar ante los jueces y tribunales españoles, el                                         derive directa o indirectamente en sanciones económicas. El
tomador de la póliza o el asegurado podrán formular                                                Asegurador no proporcionará cobertura, ni será responsable
reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de                                       de pagar un siniestro o de proporcionar una indemnización
Pensiones si, transcurrido el plazo de un mes desde el momento                                     bajo esta póliza que pudiera exponer al Asegurador, a su
en que la reclamación fue presentada ante el Servicio de                                           sociedad matriz o a la entidad que en última instancia le
Atención al Cliente, consideran que la respuesta recibida de                                       controle, si existiese la imposición de una sanción,
dicho Servicio de Atención al Cliente no ha cumplido sus                                           prohibición o restricción bajo las Resoluciones de las
expectativas o si simplemente no han recibido respuesta                                            Naciones Unidas, o de leyes o regulaciones sobre sanciones
alguna.                                                                                            económicas o de comercio de la Unión Europea, el Gran
Como AIG Europe S.A. es una compañía luxemburguesa, los                                            Ducado Luxemburgo, el Reino Unido o de los Estados Unidos
reclamantes que sean personas físicas actuando fuera de su                                         de América, como consecuencia de proporcionar tal
actividad profesional, si no están satisfechos con la respuesta                                    cobertura, pago de tal siniestro o de tal beneficio.
dada por AIG o en caso de falta de respuesta una vez
transcurridos 90 días, podrán, adicionalmente a los                                                PERFECCIÓN, EFECTOS DEL CONTRATO, DURACIÓN Y
procedimientos de reclamación mencionados anteriormente:                                           PRÓRROGA
■ Presentar una reclamación a nivel de la oficina central de la                                    a. El contrato se perfecciona por el consentimiento,
compañía (sociedad matriz), mediante escrito dirigido a AIG                                        manifestado telefónicamente, por la suscripción de la Póliza o
Europe SA “Service Reclamations Niveau Direction”, 35D Avenue                                      del documento provisional de cobertura por las partes
JF Kennedy L- 1855 Luxembourg - Grand Duché de Luxembourg                                          contratantes.
o mediante email dirigido a                                                                        b. Las garantías de la Póliza entran en vigor en la hora y fecha
aigeurope.luxcomplaints@aig.com;                                                                   indicadas en las Condiciones Particulares.
■ Acceder a uno de los órganos de mediación de Luxemburgo
cuyos datos de contacto se encuentran disponibles en la página                                     PAGO DE LA PRIMA
web de AIG Europe S.A. (http://www.aig.lu/).                                                       La prima calculada es constante y su importe seguirá siendo el
■ Presentar una solicitud de resolución mediante procedimiento                                     mismo en ejercicios sucesivos salvo que se produzca una de las
extrajudicial ante el Commissariat Aux Assurances (CAA) de                                         situaciones siguientes:
Luxemburgo, mediante escrito dirigido a CAA, 11 rue Robert                                         ■ Cambio de la opción de cobertura elegida (aumento o
Stumper, L-2557 Luxembourg. - Grand Duché de Luxembourg,                                           reducción de la cobertura).
mediante fax al número +352 22 69 10, por email a la dirección                                     ■ Cambio de la normativa vigente respecto al cálculo de los
reclamation@caa.lu u online a través de la página web de la CAA                                    impuestos aplicables a la póliza o del Consorcio de
(http://www.caa.lu). Todas las reclamaciones presentadas ante                                      Compensación de Seguros.
la CAA o ante alguno de los órganos de mediación de
Luxemburgo deben ser presentadas en idioma luxemburgués,                                           SINIESTRO
alemán, francés o inglés. Si el contrato de seguro hubiera sido                                    Fraccionamiento primas anuales
celebrado online, el reclamante podrá también hacer uso de la                                      En aquellas ocasiones en que el pago de la prima se realice
plataforma de la Comisión Europea para la resolución online de                                     de forma fraccionada y el Asegurador tenga que indemnizar
disputas (Online Dispute Resolution - ODR), a través del                                           siempre que coincidan las figuras de Tomador y Asegurado
siguiente link: http://ec.europa.eu/consumers/odr/.                                                en la misma persona, a consecuencia de un siniestro, la
La utilización de los procedimientos anteriores no afectará al                                     parte pendiente de la anualidad será descontada de la
derecho del reclamante al ejercicio de las acciones legales que                                    indemnización a pagar.
le corresponden. Si el tomador de la póliza o el asegurado no
están conformes con nuestra decisión sobre la tramitación del                                      EXTINCIÓN DEL SEGURO
siniestro podrán someter, antes de acudir a los tribunales de                                      Si durante la vigencia del contrato se produjera la desaparición
justicia, sus diferencias a decisión arbitral.                                                     del interés o del riesgo, desde ese momento el seguro quedará
De igual modo, las partes podrán someter sus divergencias a un                                     extinguido y el Asegurador tiene derecho a hacer suya la porción
mediador en los términos previstos en la Ley 5/2012, de 6 de                                       de Prima no consumida.
julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 6]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

COMUNICACIONES                                                                                     ■ marketing, estudios de mercado y análisis.
Las comunicaciones dirigidas al Asegurador por el Tomador del
Seguro o por el Asegurado, se realizarán en el domicilio social                                    Intercambio de información personal: es posible que
del Asegurador señalado en la Póliza.                                                              compartamos la información personal con otras empresas de
Las comunicaciones del Asegurador al Tomador del Seguro y, en                                      nuestro grupo y otros terceros (tales como agentes y otras
su caso, al Asegurado, se realizarán al domicilio del Tomador del                                  distribuidoras de seguros, aseguradoras y reaseguradoras,
seguro, recogido en la Póliza, salvo que éste mismo haya                                           agencias de referencia crediticia, profesionales de la salud y
notificado al Asegurador el cambio de su domicilio.                                                demás proveedores de servicios) con los fines explicados
                                                                                                   anteriormente. Se compartirá la información personal con otros
POLÍTICA PRIVACIDAD                                                                                terceros (incluyendo autoridades gubernamentales) si así lo
  Cómo utilizamos la información personal                                                          exigen las leyes o regulaciones. La información personal
AIG EUROPE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA se compromete a                                                 (incluyendo los detalles de las posibles lesiones) podría incluirse
proteger la privacidad de nuestros clientes, reclamantes y                                         en registros de reclamaciones compartidos con otras
demás contactos comerciales.                                                                       compañías de seguros. Estamos obligados a informar de todas
El término “información personal” engloba a aquella                                                las reclamaciones de indemnización de terceros relacionadas
información que le identifica a usted o a otros particulares, y                                    con lesiones corporales a los comités de indemnizaciones por
que se relacionan con usted o con otros particulares (por                                          accidentes laborales. Es posible que busquemos en estos
ejemplo, su pareja u otros miembros de su familia). Si facilita                                    registros con objeto de prevenir, detectar e investigar cualquier
información personal sobre otra persona, tendrá que (salvo que                                     fraude, o bien de validar su historial de reclamaciones, o aquel
acordemos lo contrario) informar a ese particular acerca del                                       de cualquier otra persona o propiedad susceptible de estar
contenido de esta notificación y de nuestra Política de                                            involucrada en la política o en la reclamación. Es posible que se
Privacidad, y conseguir su permiso (siempre que sea posible)                                       comparta la información personal con compradores
para compartir su información                                                                      (potenciales o reales), y que se transfiera en caso de que se
personal con nosotros.                                                                             venda nuestra empresa o se transfieran nuestros activos
                                                                                                   empresariales.
Tipos de información personal que podemos obtener y
razones: dependiendo de la relación que mantengamos con                                            Transferencia internacional: debido a la naturaleza global de
usted, la información personal recopilada podría incluir:                                          nuestras actividades comerciales, es posible que se transfiera
información de contacto, información financiera y datos de                                         información personal a determinadas partes ubicadas en otros
cuentas bancarias, referencias y calificación crediticias,                                         países (incluyendo Estados Unidos, China, México, Malasia,
información sensible sobre el estado de salud o afecciones                                         Filipinas, Bermudas y demás países que puede que cuenten con
médicas (información recogida con su consentimiento cuando                                         un régimen de protección de datos diferente a aquel del país en
así lo exija la legislación aplicable), así como otra información                                  el que usted se encuentre). Siempre que realicemos este tipo de
personal que usted nos proporcione o que obtengamos con                                            transferencias, tomaremos una serie de medidas
respecto a la relación que mantengamos con usted. La                                               encaminadas a garantizar que su información personal esté
información                                                                                        protegida de la forma que procede, y a que se transfiera de
personal podrá utilizarse con los siguientes fines:                                                conformidad con los requisitos de la legislación relativa a la
■administración de seguros; por ejemplo, comunicaciones,                                           protección de datos.
tramitación de reclamaciones y pagos;                                                              En nuestra Política de privacidad se establece información
■ estudiar y tomar decisiones relativas a la prestación y                                          adicional relativa a las transferencias internacionales (véase a
condiciones de un seguro y a la resolución de reclamaciones;                                       continuación).
■ asistencia y asesoramiento en asuntos médicos o relacionados
con viajes;                                                                                        Seguridad de la información personal: se utilizan medidas de
■ gestión de nuestras actividades comerciales e infraestructura                                    seguridad técnicas y físicas apropiadas destinadas a mantener
de TI;                                                                                             su información personal en un lugar seguro. Cuando facilitemos
■ prevención, detección e investigación de delitos; por ejemplo,                                   información personal a un tercero (incluyendo nuestros
fraude o blanqueo de capitales;                                                                    proveedores de servicios), o bien le pidamos a un tercero que
■ establecimiento y defensa de derechos legales;                                                   recopile información personal en nuestro nombre, se
■ cumplimiento legal y normativo (incluyendo el cumplimiento                                       seleccionará al tercero en cuestión con extrema precaución, y se
con las leyes y regulaciones de otros países al margen de su país                                  le exigirá que utilice unas medidas de seguridad que sean
de residencia);                                                                                    adecuadas.
■ supervisión y grabación de llamadas telefónicas con fines de
calidad, formación y seguridad;                                                                    Sus derechos: usted posee una serie de derechos en virtud de la

El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22

[Seite 7]
   PÓLIZA DE SEGURO
   Protección Enfermedades Graves

legislación relativa a la protección de datos en relación con el                                   autoridad reguladora para la protección de datos. En nuestra
uso que hagamos de su información personal. Es posible que                                         Política de privacidad se establece información adicional
estos derechos solo sean de aplicación en determinadas                                             relativa a cuáles son sus derechos y cómo puede ejercerlos
circunstancias y estén sujetos a determinadas exenciones. Estos                                    (véase a continuación).
derechos podrían incluir el derecho de acceso a la información
personal, el derecho a corregir datos que no sean exactos, y el                                    Política de privacidad: en nuestra Política de privacidad puede
derecho a eliminar datos o a interrumpir el uso que nosotros                                       encontrar información adicional acerca de cuáles son sus
hacemos                                                                                            derechos y cómo recogemos, usamos y revelamos su
de dichos datos. Entre estos derechos también podría estar                                         información           personal,          disponible           en:
incluido el derecho a transferir sus datos a otra organización, el                                 https://www.aig.com.es/politicia-de-privacidad;         también
derecho a oponerse a que utilicemos su información personal, el                                    puede solicitar una copia contactando por escrito con: Oficial de
derecho a solicitar que determinadas decisiones automatizadas                                      Protección de Datos, AIG Europe S.A., Paseo de la Castellana
que tomemos tengan una intervención humana, el derecho a                                           216, 28046 Madrid; o bien por correo electrónico en la dirección:
retirar el consentimiento y el derecho a reclamar ante la                                          protecciondedatos.es@aig.com.


El abajo firmante declara haber leído y comprendido en todos sus términos las condiciones del presente contrato, aceptando expresamente todas
las cláusulas limitativas incluidas en el mismo, destacadas en negrita.
                                    EL TOMADOR                                                                                     EL ASEGURADOR


     AIG EUROPE S.A. Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 37770, Folio 48, Sección 8, Hoja M-672859, Inscripción 1. Número de Identificación Fiscal W0186206I EA24DMEG22
```

