# Generali Hogar 4H: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-generali-hogar-4h.php
- Entidad: GENERALI ESPAÑA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-generali-hogar-4h.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Generali Hogar, Documento de información (IPID)](https://www.generali.es/sites/default/files/2026-06/IPID_Generali_Hogar_4H.pdf), Edición G-PYC-00031-1 (laut Liste 06/2026)

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada del contenido | según las condiciones particulares |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (suma por metro cuadrado) y efectos del infraseguro | no | Si en el momento de producirse el daño la suma asegurada es inferior al valor del bien, la indemnización se reducirá en la misma proporción. | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 1 |
| Indemnización a valor de reposición a nuevo | no regulado |  |  |
| Franquicia general | sí, hasta la suma asegurada | En algunas garantías el asegurado deberá asumir parte del importe de la indemnización (franquicia). | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 1 |
| Culpa grave: sin reducción de la indemnización | no | Daños por hechos originados por dolo o culpa grave del tomador y/o asegurado. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Ámbito territorial y lugar del riesgo (vivienda, anexos, parcela) | sí | Viviendas ubicadas en territorio español | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV (VHB) | no regulado |  |  |
| Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo de corredores alemanes (Arbeitskreis Beratungsprozesse) | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condiciones | no regulado |  |  |
| Garantía de la cobertura anterior al cambiar de aseguradora | no regulado |  |  |
| Previsión para aumentos de valor y nuevas adquisiciones | no regulado |  |  |
| Incendio, caída de rayo y explosión | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión e implosión y caída del rayo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Implosión | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión e implosión y caída del rayo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Humo y hollín (salida repentina, también sin incendio) | sí, hasta la suma asegurada | Daños por humo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Chamuscados sin incendio (cigarrillo, plancha) | sí, hasta la suma asegurada | Ampliaciones: daños por calor | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Impacto de vehículos terrestres, ferroviarios y aeronaves | sí, hasta la suma asegurada | Impactos desde el exterior. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Sobretensión por rayo en aparatos eléctricos | sí, hasta la suma asegurada | Daños de origen eléctrico. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Robo con fuerza en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Robo en la vivienda y vandalismo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Atraco en la vivienda | no regulado |  |  |
| Actos vandálicos tras un robo | sí, hasta la suma asegurada | Robo en la vivienda y vandalismo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Daños por agua de conducciones (rotura, heladas, electrodomésticos) | sí, hasta la suma asegurada | Daños por agua: escapes de agua, localización y reparación, fontanería sin daños. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Agua de acuarios, camas de agua y fuentes interiores | no regulado |  |  |
| Pérdida de agua (consumo adicional tras una rotura) | sí, hasta la suma asegurada | exceso consumo de agua | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Viento y granizo (a partir de fuerza 8) | sí, hasta la suma asegurada | Fenómenos meteorológicos: lluvia, viento, pedrisco, nieve, inundación. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Inundación por lluvia intensa o desbordamiento | sí, hasta la suma asegurada | Fenómenos meteorológicos: lluvia, viento, pedrisco, nieve, inundación. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Retorno de aguas del alcantarillado | no regulado |  |  |
| Terremoto | sí, hasta la suma asegurada | Los daños por hechos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros según la legislación. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Hundimiento del terreno | no regulado |  |  |
| Deslizamiento de tierras y desprendimientos | no regulado |  |  |
| Peso de la nieve | no regulado |  |  |
| Aludes | no regulado |  |  |
| Erupción volcánica | sí, hasta la suma asegurada | Los daños por hechos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros según la legislación. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Franquicia en riesgos de la naturaleza | no regulado |  |  |
| Robo de bicicletas (límite en porcentaje o en euros) | no regulado |  |  |
| Bicicleta: sin cláusula nocturna (sin exclusión entre las 22 y las 6 horas) | no regulado |  |  |
| Bicicletas eléctricas (robo, batería, límite propio) | no regulado |  |  |
| Hurto de muebles de jardín, barbacoas y herramientas en la parcela | sí, hasta la suma asegurada | Muebles de exterior. | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Hurto de cochecitos, sillas de ruedas y andadores | no regulado |  |  |
| Hurto de ropa y electrodomésticos en lavaderos comunes | no regulado |  |  |
| Robo en el interior de un vehículo cerrado | no regulado |  |  |
| Hurto de carteristas y hurto por engaño | no regulado |  |  |
| Robo en camarotes de barco y caravanas cerrados | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en total (parte de la suma, arte, antigüedades, pieles) | no regulado |  |  |
| Dinero en efectivo fuera de caja fuerte | sí, hasta la suma asegurada | robo de efectivo | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Documentos, libretas de ahorro y valores fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Joyas, piedras preciosas, oro y platino fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en caja fuerte cerrada (límite) | no regulado |  |  |
| Requisitos de la caja fuerte (peso, grado de seguridad, anclaje) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda (parte de la suma, máximo) | sí, hasta la suma asegurada | Desplazamientos temporales: estancias temporales en hoteles y apartamentos, daños y robo de equipaje. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Cobertura fuera de la vivienda: duración máxima | no regulado |  |  |
| Atraco y extorsión fuera de la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Atraco fuera del hogar. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Contenido en coches, caravanas y autocaravanas | no regulado |  |  |
| Contenido de hijos que estudian fuera (piso de estudiantes, internado, servicio) | no regulado |  |  |
| Contenido en residencia de mayores | no regulado |  |  |
| Gastos de hotel y alojamiento si la vivienda queda inhabitable (importe diario, duración) | sí, hasta la suma asegurada | Inhabitabilidad temporal: alquiler de vivienda provisional. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de regreso anticipado de vacaciones tras un siniestro grave | no regulado |  |  |
| Gastos de desescombro y limpieza | sí, hasta la suma asegurada | Gastos demolición, desescombro, salvamento y otros gastos. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de traslado y protección de los bienes | sí, hasta la suma asegurada | Gastos demolición, desescombro, salvamento y otros gastos. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de transporte y guardamuebles | no regulado |  |  |
| Cambio de cerraduras (vivienda, caja fuerte, garaje) | sí, hasta la suma asegurada | reposición de llaves | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Reparación de daños al inmueble tras robo o vandalismo | no regulado |  |  |
| Medidas provisionales y vigilancia (cristal o cerradura de urgencia) | no regulado |  |  |
| Honorarios de peritos | no regulado |  |  |
| Alimentos refrigerados y congelados por corte de luz o avería | sí, hasta la suma asegurada | alimentos refrigerados | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Gastos de recuperación de datos | no regulado |  |  |
| Rotura de cristales (muebles, espejos, vitrinas) | sí, hasta la suma asegurada | Rotura: cristales, lunas, espejos, loza sanitaria, encimeras de piedra natural o artificial, cristal de vitrocerámica e inducción. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Placas vitrocerámicas y de inducción | sí, hasta la suma asegurada | cristal de vitrocerámica e inducción | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Phishing y fraude en la banca en línea | no regulado |  |  |
| Fraude en compras por internet y uso indebido de tarjetas | no regulado |  |  |
| Herramientas de jardín y robots cortacésped en la parcela | sí, hasta la suma asegurada | Muebles de exterior. | ¿Qué se asegura?, página 2 |
| Material deportivo (esquí, golf, buceo) | no regulado |  |  |
| Instrumentos musicales | no regulado |  |  |
| Canoas, botes de remos, plegables y neumáticos, tablas de surf y accesorios náuticos | no regulado |  |  |
| Equipos de trabajo y mobiliario del despacho en casa | no regulado |  |  |
| Mejoras e instalaciones del inquilino (cocina, suelos) | no regulado |  |  |
| Bienes de terceros en la vivienda (de invitados, prestados) | no regulado |  |  |
| Mudanza: cobertura en la vivienda antigua y la nueva | no regulado |  |  |
| Exención de prima en caso de desempleo | no regulado |  |  |
| Rescisión (plazos, tras un siniestro, duración) | sí | se podrá oponer a dicha renovación comunicándolo por escrito a la aseguradora, con al menos un mes de antelación | ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 3 |
| Obligaciones tras un siniestro (denuncia, lista de objetos robados, plazos) | sí | Informar de cualquier pérdida, daño o accidente y facilitarnos toda la información relevante. | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 3 |
| Medidas de seguridad (cierres, calefacción, cierre de llaves de agua) | no regulado |  |  |
| Vivienda desocupada y ausencias prolongadas (restricciones a partir de cuántos días) | sí | Comunicar cualquier cambio de la información suministrada inicialmente, por ejemplo, si su casa queda desocupada | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 3 |
| Exclusiones destacadas (marejada, aguas freáticas, hongos, guerra) | no | Los hechos calificados por el poder público de catástrofe o calamidad nacional. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |

## Texto completo del condicionado: Generali Hogar, Documento de información (IPID)

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                                                                          SEGURO DE HOGAR
                                                                          Documento de información sobre el producto de seguro
                                                                          GENERALI España de Seguros y Reaseguros, S.A. (D.G.S. C0467)
                                                                          Producto: GENERALI HOGAR


                                                       Este documento resume de forma genérica las principales coberturas y exclusiones del
                                                       seguro, sin personalizarlo a las necesidades de cada cliente. El detalle de las coberturas
                                                       finalmente contratadas se encuentra en las Condiciones Generales y Particulares.

                                                      ¿En qué consiste este tipo de seguro?
                                                      Producto dirigido a personas que son propietarias o inquilinas de una vivienda y que quieren
                                                      protegerse contra los daños que pueden ocurrir en ella, las posibles pérdidas económicas
                                                      generadas ante un suceso inesperado o contra la obligación de indemnizar los daños o perjuicios
                                                      ocasionados a terceras personas.

                                                            ¿Qué se asegura?                                         ¿Qué no está asegurado?

                                                           Incendio, explosión e implosión y caída del rayo.      Las exclusiones más
                                                           Daños por humo.                                        importantes son:
                                                           Derrame o escape de instalaciones de extinción.        Daños ocurridos antes o
                                                           Impactos desde el exterior.                            después de las fechas de
                                                           Gastos demolición, desescombro, salvamento y           vigencia de la póliza.
                                                           otros gastos.                                          Daños por hechos originados
                                                           Asistencia en el Hogar.                                por dolo o culpa grave del
                                                           Si usted las contrata, son coberturas                  tomador y/o asegurado.
                                                           opcionales:                                            Los daños derivados de
                                                           • Fenómenos meteorológicos: lluvia, viento,            fermentación, oxidación, error
                                                           pedrisco, nieve, inundación.                           de diseño, vicio propio o defecto
                                                           • Daños por agua: escapes de agua, localización y      conocido de construcción o
                                                           reparación, fontanería sin daños.                      fabricación de las instalaciones
                                                           • Rotura: cristales, lunas, espejos, loza sanitaria,   y bienes garantizados.
                                                           encimeras de piedra natural o artificial, cristal de   Los daños producidos por
                                                           vitrocerámica e inducción.                             negligencia inexcusable y por
                                                           • Robo en la vivienda y vandalismo.                    ejecución defectuosa de las
                                                           • Ruina total por obras de terceros.                   reparaciones necesarias para la
                                                           • Daños de origen eléctrico.                           normal conservación de las
                                                           • Inhabitabilidad temporal: alquiler de vivienda       instalaciones y bienes
                                                           provisional.                                           asegurados.
                                                           • Pérdida de alquileres por inhabitabilidad.           Daños indirectos.
                                                           • Restauración estética.                               Los daños por hechos cubiertos
                                                           • Recuperación de la vivienda ocupada por              por el Consorcio de
                                                           allanamiento de morada.                                Compensación de Seguros
                                                           • Atraco fuera del hogar.                              según la legislación.
                                                           • Desplazamientos temporales: estancias                Los hechos calificados por el
                                                           temporales en hoteles y apartamentos, daños y          poder público de catástrofe o
                                                           robo de equipaje.                                      calamidad nacional.
       TRACEID**TRACEID LAYOUT*G-PYC-00031-1*LAYOUT
G-PYC-00031-1

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                                                                     SEGURO DE HOGAR
                                                                     Documento de información sobre el producto de seguro
                                                                     GENERALI España de Seguros y Reaseguros, S.A. (D.G.S. C0467)
                                                                     Producto: GENERALI HOGAR


                                                       • Ampliaciones: daños por calor, desatasco, daños        ¿Existen restricciones en
                                                       por heladas, alimentos refrigerados, hurto en la         lo que respecta a la
                                                       vivienda, robo de efectivo, reposición de llaves,        cobertura?
                                                       exceso consumo de agua, derrame de líquidos
                                                       distintos al agua.                                    Las restricciones más
                                                       • Daños a placas solares y otros sistemas de          importantes son:
                                                       energía renovable.                                    Si en el momento de producirse
                                                       • Avería de placas solares y otros sistemas de        el daño la suma asegurada es
                                                       energía renovable.                                    inferior al valor del bien, la
                                                       • Cargador de vehículo eléctrico o híbrido.           indemnización se reducirá en la
                                                       • Reconstrucción de jardín.                           misma proporción.
                                                       • Muebles de exterior.                                En algunas garantías se cubre
                                                       • Todo riesgo accidental.                             un importe máximo con
                                                       • Todo riesgo de equipos tecnológicos.                independencia de la suma
                                                       • Adaptación de la vivienda por discapacidad          asegurada.
                                                       permanente accidental.                                En algunas garantías el
                                                       • Fallecimiento por accidente de su perro o           asegurado deberá asumir parte
                                                       mascotas.                                             del importe de la indemnización
                                                       • Daños malintencionados del inquilino.               (franquicia).
                                                       • Impago de alquileres para la vivienda arrendada.
                                                       • Responsabilidad Civil de la vivienda, de la vida
                                                       privada y por la propiedad y tenencia de perros.
                                                       • Defensa jurídica y reclamación de daños.
                                                       • Defensa del arrendador.
                                                       • Bricohogar.
                                                       • Asistencia informática.
                                                       • Control de plagas.


                                                        ¿Dónde estoy cubierto?

                                                      Viviendas ubicadas en territorio español y ante reclamaciones por responsabilidades
                                                      planteadas antes tribunales españoles que deriven en daños y perjuicios sobrevenidos en
                                                      todo el mundo excepto Estados Unidos y Canadá.
       TRACEID**TRACEID LAYOUT*G-PYC-00031-1*LAYOUT
G-PYC-00031-1

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                                                                      SEGURO DE HOGAR
                                                                      Documento de información sobre el producto de seguro
                                                                      GENERALI España de Seguros y Reaseguros, S.A. (D.G.S. C0467)
                                                                      Producto: GENERALI HOGAR


                                                        ¿Cuáles son mis obligaciones?

                                                      • Proporcionar la información que solicite el asegurador sobre el riesgo antes de la
                                                      contratación.
                                                      • Comunicar cualquier cambio de la información suministrada inicialmente, por ejemplo, si
                                                      su casa queda desocupada, si cambia de dirección o si realiza cambios estructurales en su
                                                      vivienda.
                                                      • Debe pagar el precio de su seguro a tiempo.
                                                      • Informar de cualquier pérdida, daño o accidente y facilitarnos toda la información
                                                      relevante.


                                                        ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

                                                      El primer pago debe hacerse en el momento de la contratación y los siguientes, antes del
                                                      inicio de cada periodo de seguro.
                                                      El pago es anual o dependiendo del importe se puede fraccionar en cuotas semestrales
                                                      (un pago cada seis meses) o trimestrales (un pago cada tres meses).
                                                      Puede pagar por domiciliación bancaria.


                                                        ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

                                                      • El contrato comienza en hora y fecha indicadas en las condiciones del contrato.
                                                      • El plazo es de 12 meses a menos que se acuerde otra cosa.
                                                      • El contrato no entra en vigor si no se hace efecto el primer pago. En el supuesto de que el
                                                      recibo impagado sea el de renovación de un periodo sucesivo, la cobertura se suspenderá
                                                      quedando amparados los daños que se produzcan durante el primer mes después del
                                                      vencimiento, siempre que se haga efectivo el pago del recibo de la siguiente anualidad
                                                      durante dicho mes.
                                                      • El asegurador, podrán oponerse a la prórroga del contrato comunicándolo al contratante
                                                      con al menos dos meses de antelación a la fecha de la siguiente renovación.


                                                        ¿Cómo puedo rescindir el contrato?

                                                      • Inmediatamente después de la contratación: si el contrato se hubiese realizado a distancia
                                                      (teléfono, internet, correo electrónico o similar), podrá desistir del mismo comunicándoselo
                                                      por escrito al asegurador, en un plazo máximo de 14 días a contar desde que recibió la
                                                      información previa y la documentación contractual.
                                                      • Antes de la renovación: si se ha pactado la renovación automática de la póliza a la
                                                      finalización de cada anualidad, se podrá oponer a dicha renovación comunicándolo por
                                                      escrito a la aseguradora, con al menos un mes de antelación a la fecha de la siguiente
       TRACEID**TRACEID LAYOUT*G-PYC-00031-1*LAYOUT


                                                      renovación.
G-PYC-00031-1
```

