# Reale Hogar Expats: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-reale-hogar-expats.php
- Entidad: REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-reale-hogar-expats.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Reale Hogar Expatriate (producto 817), Documento de información (IPID)](https://www.reale.es/expats/es/Documents/Idd_hogar_ES.pdf), Edición ohne Datum (Producto 817)

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada del contenido | según las condiciones particulares |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (suma por metro cuadrado) y efectos del infraseguro | no regulado |  |  |
| Indemnización a valor de reposición a nuevo | no regulado |  |  |
| Franquicia general | no regulado |  |  |
| Culpa grave: sin reducción de la indemnización | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial y lugar del riesgo (vivienda, anexos, parcela) | sí | Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España. | IPID, ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV (VHB) | no regulado |  |  |
| Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo de corredores alemanes (Arbeitskreis Beratungsprozesse) | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condiciones | no regulado |  |  |
| Garantía de la cobertura anterior al cambiar de aseguradora | no regulado |  |  |
| Previsión para aumentos de valor y nuevas adquisiciones | no regulado |  |  |
| Incendio, caída de rayo y explosión | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión, caída de rayo, gastos hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Implosión | no regulado |  |  |
| Humo y hollín (salida repentina, también sin incendio) | no regulado |  |  |
| Chamuscados sin incendio (cigarrillo, plancha) | no regulado |  |  |
| Impacto de vehículos terrestres, ferroviarios y aeronaves | no regulado |  |  |
| Sobretensión por rayo en aparatos eléctricos | sí, hasta la suma asegurada | Daños Eléctricos hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Robo con fuerza en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Robo, Daños por robo, Hurto hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Atraco en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Robo, Daños por robo, Hurto hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Actos vandálicos tras un robo | sí, hasta la suma asegurada | Actos de Vandalismo | IPID, Restricciones, página 1 |
| Daños por agua de conducciones (rotura, heladas, electrodomésticos) | sí, hasta la suma asegurada | Daños por agua incluido localización y reparación: (hasta 10% Inmueble asegurado) | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Agua de acuarios, camas de agua y fuentes interiores | no regulado |  |  |
| Pérdida de agua (consumo adicional tras una rotura) | no regulado |  |  |
| Viento y granizo (a partir de fuerza 8) | sí, hasta la suma asegurada | Lluvia: Ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 90 km/h. | IPID, Restricciones, página 1 |
| Inundación por lluvia intensa o desbordamiento | no regulado |  |  |
| Retorno de aguas del alcantarillado | no regulado |  |  |
| Terremoto | no regulado |  |  |
| Hundimiento del terreno | no regulado |  |  |
| Deslizamiento de tierras y desprendimientos | no regulado |  |  |
| Peso de la nieve | no regulado |  |  |
| Aludes | no regulado |  |  |
| Erupción volcánica | no regulado |  |  |
| Franquicia en riesgos de la naturaleza | no regulado |  |  |
| Robo de bicicletas (límite en porcentaje o en euros) | no regulado |  |  |
| Bicicleta: sin cláusula nocturna (sin exclusión entre las 22 y las 6 horas) | no regulado |  |  |
| Bicicletas eléctricas (robo, batería, límite propio) | no regulado |  |  |
| Hurto de muebles de jardín, barbacoas y herramientas en la parcela | sí, hasta 1.500 € | Trasteros y Jardines (hasta 5% mobiliario y objetos asegurados, máx. 1.500€ ampliación hasta 4.500€) | IPID, Garantías opcionales, página 1 |
| Hurto de cochecitos, sillas de ruedas y andadores | no regulado |  |  |
| Hurto de ropa y electrodomésticos en lavaderos comunes | no regulado |  |  |
| Robo en el interior de un vehículo cerrado | no regulado |  |  |
| Hurto de carteristas y hurto por engaño | no regulado |  |  |
| Robo en camarotes de barco y caravanas cerrados | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en total (parte de la suma, arte, antigüedades, pieles) | no regulado |  |  |
| Dinero en efectivo fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Documentos, libretas de ahorro y valores fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Joyas, piedras preciosas, oro y platino fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en caja fuerte cerrada (límite) | no regulado |  |  |
| Requisitos de la caja fuerte (peso, grado de seguridad, anclaje) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda (parte de la suma, máximo) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda: duración máxima | no regulado |  |  |
| Atraco y extorsión fuera de la vivienda | no regulado |  |  |
| Contenido en coches, caravanas y autocaravanas | no regulado |  |  |
| Contenido de hijos que estudian fuera (piso de estudiantes, internado, servicio) | no regulado |  |  |
| Contenido en residencia de mayores | no regulado |  |  |
| Gastos de hotel y alojamiento si la vivienda queda inhabitable (importe diario, duración) | no regulado |  |  |
| Gastos de regreso anticipado de vacaciones tras un siniestro grave | no regulado |  |  |
| Gastos de desescombro y limpieza | no regulado |  |  |
| Gastos de traslado y protección de los bienes | no regulado |  |  |
| Gastos de transporte y guardamuebles | no regulado |  |  |
| Cambio de cerraduras (vivienda, caja fuerte, garaje) | no regulado |  |  |
| Reparación de daños al inmueble tras robo o vandalismo | no regulado |  |  |
| Medidas provisionales y vigilancia (cristal o cerradura de urgencia) | sí, hasta la suma asegurada | Servihogar hasta el importe establecido | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Honorarios de peritos | no regulado |  |  |
| Alimentos refrigerados y congelados por corte de luz o avería | sí, hasta la suma asegurada | Bienes Refrigerados: (Opciones: 300€, 600€, 900€, 1.800€, 3.600€) | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Gastos de recuperación de datos | no regulado |  |  |
| Rotura de cristales (muebles, espejos, vitrinas) | sí, hasta la suma asegurada | Roturas hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares | IPID, Principales garantías aseguradas, página 1 |
| Placas vitrocerámicas y de inducción | no regulado |  |  |
| Phishing y fraude en la banca en línea | no regulado |  |  |
| Fraude en compras por internet y uso indebido de tarjetas | no regulado |  |  |
| Herramientas de jardín y robots cortacésped en la parcela | sí, hasta 1.500 € | Trasteros y Jardines (hasta 5% mobiliario y objetos asegurados, máx. 1.500€ ampliación hasta 4.500€) | IPID, Garantías opcionales, página 1 |
| Material deportivo (esquí, golf, buceo) | no regulado |  |  |
| Instrumentos musicales | no regulado |  |  |
| Canoas, botes de remos, plegables y neumáticos, tablas de surf y accesorios náuticos | no regulado |  |  |
| Equipos de trabajo y mobiliario del despacho en casa | no regulado |  |  |
| Mejoras e instalaciones del inquilino (cocina, suelos) | no regulado |  |  |
| Bienes de terceros en la vivienda (de invitados, prestados) | no regulado |  |  |
| Mudanza: cobertura en la vivienda antigua y la nueva | no regulado |  |  |
| Exención de prima en caso de desempleo | no regulado |  |  |
| Rescisión (plazos, tras un siniestro, duración) | sí | El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. | IPID, ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2 |
| Obligaciones tras un siniestro (denuncia, lista de objetos robados, plazos) | sí | Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días. | IPID, ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Medidas de seguridad (cierres, calefacción, cierre de llaves de agua) | no regulado |  |  |
| Vivienda desocupada y ausencias prolongadas (restricciones a partir de cuántos días) | no regulado |  |  |
| Exclusiones destacadas (marejada, aguas freáticas, hongos, guerra) | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Reale Hogar Expatriate (producto 817), Documento de información (IPID)

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[Seite 1]
REALE SEGUROS
SEGURO DE HOGAR EXPATRIATE

                     DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
           EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
                              PRODUCTO: Contrato Reale Hogar Expatriate (817)
El presente documento contiene informacion general previa resumida sobre el producto de seguro. La informacion precontractual o contractual
completa relativa al producto, se facilitara al cliente en otros documentos. Si desea mas informacion, puede consultarla en nuestra pagina
www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Seguro dirigido a la residencia habitual de propietarios e inquilinos, para cualquier tipo de vivienda.


           ¿Qué se asegura?                                                                  ¿Qué no está asegurado?

Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo
                                                                                 Los principales riesgos excluidos son:
acordado en condiciones contractuales):
   Incendio, explosión, caída de rayo, gastos hasta el importe establecido en       Dolo o mala fe del Asegurado o del (Contratante).
   las Condiciones Particulares                                                     Cuando la vivienda asegurada se destine a un uso distinto o en ella se
   Extensivos y Meteorológicos hasta el importe establecido en las                  ejerza otra actividad que no haya sido declarada.
   Condiciones Particulares                                                         Viviendas que no cumplan con las normas de habitabilidad de acuerdo
   Daños Eléctricos hasta el importe establecido en las Condiciones                 con la legislación vigente para viviendas.
   Particulares
   Daños Estéticos (Opciones: 1500€, 3000€, 6000€, 12.000€)
   Roturas hasta el importe establecido en las Condiciones Particulares
   Daños por agua incluido localización y reparación: (hasta 10% Inmueble
   asegurado)
                                                                                             ¿Existen restricciones en lo que
   Robo, Daños por robo, Hurto hasta el importe establecido en las
                                                                                             respecta a la cobertura?
   Condiciones Particulares                                                     Las principales restricciones son:
   Bienes Refrigerados: (Opciones: 300€, 600€, 900€, 1.800€, 3.600€)                Actos de Vandalismo
   Responsabilidad Civil (opciones: 150.000€, 300.000€, 450.000€, 600.000€,         Lluvia: Ha de ser superior a 40 l/m2; Viento ha de ser superior a 90 km/h.
   750.000€)                                                                        Daños por agua: Los daños por agua producidos como consecuencia de
   Servihogar hasta el importe establecido                                          la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de
   Servicio Manitas: 2 servicios / año                                              conservación de las instalaciones.

Las principales garantías opcionales son:
   Trasteros y Jardines (hasta 5% mobiliario y objetos asegurados, máx.
   1.500€ ampliación hasta 4.500€)
   Animales de compañía (hasta límite 900€)
   RC Perros peligrosos (hasta el importe establecido en las Condiciones
   Particulares)
   Ampliación Todo Riesgo Accidental (hasta 6.000€ hasta el importe
   establecido en las Condiciones Particulares)
   Rotura/Avería de equipos informáticos (opciones: 1.000€, 2.000€,
   3.000€)

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                ¿Dónde estoy cubierto?

      Para todas las garantías el ámbito territorial de aplicación es España.

      Para la garantía de 'Responsabilidad frente a Terceros derivada del Contenido y relativa a las personas' se extiende a todo el Mundo, excepto
      Estados Unidos, Canadá y México, Puerto Rico, Australia y Nueva Zelanda.


                ¿Cuáles son mis obligaciones?

      Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo.

      Firma del contrato.

      Pago del precio del seguro.

      Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente en el plazo máximo de 7 días.


                ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

      El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias convenidas en
      el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
      El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.

      El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.


                ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

      El contrato se perfecciona mediante su firma.
      El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
      El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo de un
       año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.


               ¿Cómo puedo rescindir el contrato?

       El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
       realizada con un mes de antelación.


El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta
contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.

REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades,
Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293


                                                                                                                                           REALE SEGUROS
                                                                                                                               SEGURO DE HOGAR EXPATRIATE
```

