# RGA Multirriesgo Hogar: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-rga-caja-rural-multirriesgo-hogar.php
- Entidad: RGA SEGUROS GENERALES RURAL, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-rga-caja-rural-multirriesgo-hogar.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [IPID Seguro Multirriesgo Hogar (RGA)](https://www.segurosrga.es/particulares/Documents/IPID/IPID_Seguro%20Multirriesgo%20Hogar.pdf), Edición ?

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada del contenido | según las condiciones particulares |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (suma por metro cuadrado) y efectos del infraseguro | no regulado |  |  |
| Indemnización a valor de reposición a nuevo | no regulado |  |  |
| Franquicia general | no regulado |  |  |
| Culpa grave: sin reducción de la indemnización | no | ocasionados por dolo, culpa grave o complicidad del Asegurado, sus familiares | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Ámbito territorial y lugar del riesgo (vivienda, anexos, parcela) | sí | ¿Dónde estoy cubierto? España | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV (VHB) | no regulado |  |  |
| Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo de corredores alemanes (Arbeitskreis Beratungsprozesse) | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condiciones | no regulado |  |  |
| Garantía de la cobertura anterior al cambiar de aseguradora | no regulado |  |  |
| Previsión para aumentos de valor y nuevas adquisiciones | no regulado |  |  |
| Incendio, caída de rayo y explosión | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión y autoexplosión, rayo y daños eléctricos en instalaciones | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Implosión | no regulado |  |  |
| Humo y hollín (salida repentina, también sin incendio) | no regulado |  |  |
| Chamuscados sin incendio (cigarrillo, plancha) | no regulado |  |  |
| Impacto de vehículos terrestres, ferroviarios y aeronaves | sí, hasta la suma asegurada | los actos de vandalismo o malintencionados; choque o impacto de vehículos, desalojos forzosos | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Sobretensión por rayo en aparatos eléctricos | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión y autoexplosión, rayo y daños eléctricos en instalaciones | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Robo con fuerza en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Robo, expoliación y hurto, así como gastos por desperfectos que puedan ocasionarse. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Atraco en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Robo, expoliación y hurto, así como gastos por desperfectos que puedan ocasionarse. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Actos vandálicos tras un robo | sí, hasta la suma asegurada | los actos de vandalismo o malintencionados; choque o impacto de vehículos, desalojos forzosos | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Daños por agua de conducciones (rotura, heladas, electrodomésticos) | sí, hasta la suma asegurada | Daños por agua. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Agua de acuarios, camas de agua y fuentes interiores | no regulado |  |  |
| Pérdida de agua (consumo adicional tras una rotura) | no regulado |  |  |
| Viento y granizo (a partir de fuerza 8) | no regulado |  |  |
| Inundación por lluvia intensa o desbordamiento | no regulado |  |  |
| Retorno de aguas del alcantarillado | no regulado |  |  |
| Terremoto | no regulado |  |  |
| Hundimiento del terreno | no regulado |  |  |
| Deslizamiento de tierras y desprendimientos | no regulado |  |  |
| Peso de la nieve | no regulado |  |  |
| Aludes | no regulado |  |  |
| Erupción volcánica | no regulado |  |  |
| Franquicia en riesgos de la naturaleza | no regulado |  |  |
| Robo de bicicletas (límite en porcentaje o en euros) | no regulado |  |  |
| Bicicleta: sin cláusula nocturna (sin exclusión entre las 22 y las 6 horas) | no regulado |  |  |
| Bicicletas eléctricas (robo, batería, límite propio) | no regulado |  |  |
| Hurto de muebles de jardín, barbacoas y herramientas en la parcela | no regulado |  |  |
| Hurto de cochecitos, sillas de ruedas y andadores | no regulado |  |  |
| Hurto de ropa y electrodomésticos en lavaderos comunes | no regulado |  |  |
| Robo en el interior de un vehículo cerrado | no regulado |  |  |
| Hurto de carteristas y hurto por engaño | no regulado |  |  |
| Robo en camarotes de barco y caravanas cerrados | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en total (parte de la suma, arte, antigüedades, pieles) | no regulado |  |  |
| Dinero en efectivo fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Documentos, libretas de ahorro y valores fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Joyas, piedras preciosas, oro y platino fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en caja fuerte cerrada (límite) | no regulado |  |  |
| Requisitos de la caja fuerte (peso, grado de seguridad, anclaje) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda (parte de la suma, máximo) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda: duración máxima | no regulado |  |  |
| Atraco y extorsión fuera de la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Atraco fuera del hogar. | ¿Qué se asegura? Coberturas complementarias, página 1 |
| Contenido en coches, caravanas y autocaravanas | no regulado |  |  |
| Contenido de hijos que estudian fuera (piso de estudiantes, internado, servicio) | no regulado |  |  |
| Contenido en residencia de mayores | no regulado |  |  |
| Gastos de hotel y alojamiento si la vivienda queda inhabitable (importe diario, duración) | sí, hasta la suma asegurada | los actos de vandalismo o malintencionados; choque o impacto de vehículos, desalojos forzosos | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Gastos de regreso anticipado de vacaciones tras un siniestro grave | no regulado |  |  |
| Gastos de desescombro y limpieza | sí, hasta la suma asegurada | gastos necesarios para reducir los daños, gastos de demolición y desescombro | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Gastos de traslado y protección de los bienes | no regulado |  |  |
| Gastos de transporte y guardamuebles | sí, hasta la suma asegurada | Estancia temporal del mobiliario y objetos asegurados. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Cambio de cerraduras (vivienda, caja fuerte, garaje) | no regulado |  |  |
| Reparación de daños al inmueble tras robo o vandalismo | sí, hasta la suma asegurada | Robo, expoliación y hurto, así como gastos por desperfectos que puedan ocasionarse. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Medidas provisionales y vigilancia (cristal o cerradura de urgencia) | no regulado |  |  |
| Honorarios de peritos | no regulado |  |  |
| Alimentos refrigerados y congelados por corte de luz o avería | sí, hasta la suma asegurada | Alimentos congelados. | ¿Qué se asegura? Coberturas complementarias, página 1 |
| Gastos de recuperación de datos | no regulado |  |  |
| Rotura de cristales (muebles, espejos, vitrinas) | sí, hasta la suma asegurada | Rotura de cristales, loza sanitaria, mármoles, granitos y vitrocerámica. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Placas vitrocerámicas y de inducción | sí, hasta la suma asegurada | Rotura de cristales, loza sanitaria, mármoles, granitos y vitrocerámica. | ¿Qué se asegura? Coberturas básicas, página 1 |
| Phishing y fraude en la banca en línea | no regulado |  |  |
| Fraude en compras por internet y uso indebido de tarjetas | no regulado |  |  |
| Herramientas de jardín y robots cortacésped en la parcela | no regulado |  |  |
| Material deportivo (esquí, golf, buceo) | no regulado |  |  |
| Instrumentos musicales | no regulado |  |  |
| Canoas, botes de remos, plegables y neumáticos, tablas de surf y accesorios náuticos | no regulado |  |  |
| Equipos de trabajo y mobiliario del despacho en casa | no regulado |  |  |
| Mejoras e instalaciones del inquilino (cocina, suelos) | sí, hasta la suma asegurada | Exceso de valor en obras de mejoras. | ¿Qué se asegura? Coberturas complementarias, página 1 |
| Bienes de terceros en la vivienda (de invitados, prestados) | no regulado |  |  |
| Mudanza: cobertura en la vivienda antigua y la nueva | no regulado |  |  |
| Exención de prima en caso de desempleo | no regulado |  |  |
| Rescisión (plazos, tras un siniestro, duración) | sí | usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida al Asegurador con un mes de antelación | ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2 |
| Obligaciones tras un siniestro (denuncia, lista de objetos robados, plazos) | sí | Efectuar la denuncia ante la policía en el plazo de las 24 horas siguientes a que Usted haya conocido el robo, expoliación o hurto. | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Medidas de seguridad (cierres, calefacción, cierre de llaves de agua) | no regulado |  |  |
| Vivienda desocupada y ausencias prolongadas (restricciones a partir de cuántos días) | no regulado |  |  |
| Exclusiones destacadas (marejada, aguas freáticas, hongos, guerra) | no | daños ocasionados directamente por los efectos mecánicos, térmicos y radioactivos, debidos a reacciones o transmutaciones nucleares | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |

## Texto completo del condicionado: IPID Seguro Multirriesgo Hogar (RGA)

```text
[Seite 1]
 Seguro: Multirriesgo del Hogar
 Documento de información sobre el producto de seguro
 RGA Seguros Generales Rural, S.A. de Seguros y Reaseguros, inscrita en el Registro público de
 aseguradoras y reaseguradoras bajo clave C0616
 Producto: Seguro Multirriesgo del Hogar
                                                                                                                            Código de referencia: XXXXXXXXX


Este es un documento normalizado del Producto de seguro conforme establece el Reglamento de Ejecución de la Comisión Europ ea de 11 de agosto de 2017. Incluye la descripción
básica de los principales riesgos que conforman el Producto que se le presenta, así como otros aspectos destacados del mismo, unos y otros, todos ellos detallados en los documentos
precontractuales que le han sido facilitados, así como en las Condiciones Generales que conformarán en caso de aceptación, el contenido de las obligaciones y derechos a los que
se sujetarán la Aseguradora y el Contratante y/o Asegurado. Este documento normalizado no tiene valor contractual.


¿En qué consiste este tipo de seguro?
Se trata de un seguro multirriesgo (es decir, reúne las coberturas de distintos ramos, como incendio, robo, responsabilidad civil, asistencia, etc.) que
permite al cliente protegerse económicamente de cualquier daño material que se produzca sobre los bienes o el patrimonio asegurados en la vivienda
principal, secundaria o de temporada por las causas y con las condiciones que se establezcan en las condiciones generales y particulares del Contrato
de Seguro. De este modo, garantiza la estabilidad y la seguridad económica del Asegurado y de su familia, así como de su patrimonio personal.


             ¿Qué se asegura?                                                                               ¿Qué no está asegurado?
             La destrucción o deterioro de los bienes asegurados en el
             lugar o vivienda descrito en el contrato, causados por las                                     que se incorporan en el contrato, entre los que podemos
             circunstancias y con las condiciones que se establezcan en                                     destacar, los siguientes:
           las condiciones generales. En particular, Usted tendrá
             contratada las siguientes coberturas básicas:
                                                                                                               industrial o profesional; ocasionados por dolo, culpa grave
                                                                                                               o complicidad del Asegurado, sus familiares o
                  Incendio, explosión y autoexplosión, rayo y daños                                                                                                      o
                  eléctricos en instalaciones, así como los gastos                                             en negligencia propia; daños ocasionados directamente
                  necesarios para reducir los daños, gastos de demolición y                                    por los efectos mecánicos, térmicos y radioactivos,
                  desescombro y las medidas necesarias para cortar o                                           debidos a reacciones o transmutaciones nucleares,
                  extinguir un incendio o impedir su propagación.                                              cualquiera que sea la causa que los produzca.
                  Daños por agua.                                                                            Daños debidos al uso o desgaste normal de los bienes
                                                                                                               asegurados, defecto propio o defectuosa conservación de
                  Robo, expoliación y hurto, así como gastos por                                               dichos bienes.
                  desperfectos que puedan ocasionarse.
                                                                                                             Las sanciones administrativas y/o judiciales.
                  Rotura de cristales, loza sanitaria, mármoles, granitos y
                  vitrocerámica.                                                                             Las penalizaciones contractuales.
                  Reposición de documentos.                                                                  Los perjuicios y pérdidas indirectas de cualquier clase que
                                                                                                               se produzcan con ocasión de un accidente.
                  Estancia temporal del mobiliario y objetos asegurados.
                  Responsabilidad civil.
                  Reclamación de daños.
                  Gastos derivados de la asistencia en el hogar, informática,
                  bricolaje.                                                                            ! Aquellas viviendas que no reúnan las características definidas
                                                                                                                para las viviendas asegurables establecidas en las normas
                  Extensión de garantía en los términos establecidos en las                                     de contratación y/o en la documentación contractual
                  Condiciones Generales, tales, como, por ejemplo, los                                          entregada al cliente
                  actos de vandalismo o malintencionados; choque o
                  impacto de vehículos, desalojos forzosos, pérdida de valor                            !      Los capitales máximos y capitales mínimos obligatorios y/o
                  estético de inmuebles asegurados.                                                             las cuantías económicas límite que figuren en las
             Adicionalmente, Usted podrá              contratar    las    siguientes                            Condiciones Generales y/o Particulares.
             coberturas complementarias:
                                                                                                        ! Las restricciones y limitaciones de cada cobertura contratada
                  Atraco fuera del hogar.                                                                       especificadas en las Condiciones Generales yParticulares
                                                                                                                de contratación.
                  Exceso de valor en obras de mejoras.
                  Capital complementario por pérdida de valor estético del                              ! El periodo de cobertura para cada una de las garantías
                  inmueble asegurado.                                                                           contratadas se ajustará a lo establecido en el Contrato de
                                                                                                                Seguro.
                  Daños derivados del incendio, explosión, robo y
                  expoliación en los vehículos aparcados dentro del garaje.
                                                                                                        ! Sólo estarán garantizadas aquellas garantías opcionales que
                  Alimentos congelados.                                                                         en las Garantías Particulares del Contrato de Seguro se
                                                                                                                incluyan expresamente
                  Daños producidos por el inquilino en el supuesto de que
                  su vivienda se encuentre alquilada.
              La suma asegurada que cubre las contingencias sufridas
              será aquella que se determine en el Contrato de Seguro
              para cada una de las garantías que Usted elija contratar.
              Esta información se facilitará en la documentación contractual
              que le facilite el Asegurador.

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Seguro: Multirriesgo del Hogar
Documento de información sobre el producto de seguro
RGA Seguros Generales Rural, S.A. de Seguros y Reaseguros, inscrita en el Registro público de
aseguradoras y reaseguradoras bajo clave C0616
Producto: Seguro Multirriesgo del Hogar
                                                                                                    Código de referencia: XXXXXXXXX


      ¿Dónde estoy cubierto?
            España


      ¿Cuáles son mis obligaciones?
             El pago del precio del seguro.
             Efectuar el cuestionario al que le someterá RGA Seguros Generales Rural
             Comunicar al Asegurador:
              -   La agravación del riesgo sobre el bien asegurado.
              -   La ocurrencia del incidente en los plazos establecidos en las Condiciones Generales.
              -   La existencia de otro contrato de seguro de accidentes que cubra a la misma persona asegurada.
              -   La transmisión del bien asegurado en la forma y plazo establecido en las Condiciones Generales.
             -    Cualquier notificación judicial o administrativa que llegue a su conocimiento y que pueda estar relacionada con el incidente.
             Permitir la entrada en la vivienda al efecto y proporcionarles los datos, indicaciones o informaciones que le interesen.
             Efectuar la denuncia ante la policía en el plazo de las 24 horas siguientes a que Usted haya conocido el robo, expoliación o hurto.
             Conservar los bienes objeto de siniestro hasta que finalice la tasación de los daños.
             Aportar la documentación e información requerida por el Asegurador para determinar y realizar el pago de la indemnización que se
             establezca en las Condiciones Generales y Particulares de contratación.


      ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?
      El recibo del seguro se domiciliará en la cuenta bancaria que usted nos indique.
      Usted podrá elegir entre las siguientes opciones de pago:
      • Un pago único al año.
      • Pago semestral, que irá acompañado con el recargo correspondiente
      •    Pago trimestral, que irá acompañado con el recargo correspondiente.


      ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?
      El contrato de seguro es anual, aunque usted podrá realizar el pago en semestre o en trimestre. El
      contrato comienza y finaliza en las horas y fechas establecidas en las Condiciones Particulares.
      El seguro se renovará anualmente de forma automática, salvo que usted se oponga a la renovación mediante una notificación escrita dirigida
      al Asegurador con un mes de antelación a la fecha de finalización establecida en sus Condiciones Particulares, así como en caso de que la
      entidad Aseguradora se oponga a su prórroga, comunicándoselo a usted con, al menos, dos meses de antelación a la conclusión del periodo
      en curso. Esta prórroga no será aplicable a los contratos con una duración menor al año.
      La prórroga automática de carácter tácito no es aplicable en caso de que el periodo del seguro sea inferior a un año.


      ¿Cómo puedo rescindir el contrato?
      Para la no renovación del contrato, prevista en el apartado anterior, usted podrá ponerse en contacto con RGA Seguros Generales Rural,
      S.A. mediante comunicación escrita a la dirección de nuestro domicilio social o bien, mediante correo electrónico dirigido a la siguiente
      dirección: Cat@segurosrga.es
      Asimismo, y para el mismo fin, podrá contactar con la oficina donde contrató el seguro.
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