# UMAS Seguro Combinado de Hogar: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-umas-combinado-hogar.php
- Entidad: UMAS, UNION MUTUA ASISTENCIAL DE SEGUROS A PRIMA FIJA
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-hogar-contenido-umas-combinado-hogar.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [PID Seguro Combinado de Hogar](https://www.umas.es/wp-content/uploads/2024/09/PID_Hogar.-V.-01-24.pdf), Edición PID HOG001, V. 01-24

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada del contenido | según las condiciones particulares |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (suma por metro cuadrado) y efectos del infraseguro | no regulado |  |  |
| Indemnización a valor de reposición a nuevo | no regulado |  |  |
| Franquicia general | no regulado |  |  |
| Culpa grave: sin reducción de la indemnización | no | Causados con mala fe, dolo, o culpa grave del Asegurado. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Ámbito territorial y lugar del riesgo (vivienda, anexos, parcela) | sí | Territorio Nacional | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV (VHB) | no regulado |  |  |
| Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo de corredores alemanes (Arbeitskreis Beratungsprozesse) | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condiciones | no regulado |  |  |
| Garantía de la cobertura anterior al cambiar de aseguradora | no regulado |  |  |
| Previsión para aumentos de valor y nuevas adquisiciones | no regulado |  |  |
| Incendio, caída de rayo y explosión | sí, hasta la suma asegurada | Incendio, explosión, auto-explosión y caída de rayo | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Implosión | no regulado |  |  |
| Humo y hollín (salida repentina, también sin incendio) | sí, hasta la suma asegurada | Daños por humo, por actos vandálicos, impacto de vehículos | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Chamuscados sin incendio (cigarrillo, plancha) | no regulado |  |  |
| Impacto de vehículos terrestres, ferroviarios y aeronaves | sí, hasta la suma asegurada | Daños por humo, por actos vandálicos, impacto de vehículos, caída de astronaves o aeronaves | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Sobretensión por rayo en aparatos eléctricos | sí, hasta la suma asegurada | Daños eléctricos. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Robo con fuerza en la vivienda | sí, hasta la suma asegurada | Daños por Robo. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Atraco en la vivienda | no regulado |  |  |
| Actos vandálicos tras un robo | sí, hasta la suma asegurada | Daños por humo, por actos vandálicos, impacto de vehículos | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Daños por agua de conducciones (rotura, heladas, electrodomésticos) | sí, hasta la suma asegurada | Daños producidos por el agua a causa de derrames accidentales procedentes de instalaciones, aparatos electrodomésticos y conducciones | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Agua de acuarios, camas de agua y fuentes interiores | no regulado |  |  |
| Pérdida de agua (consumo adicional tras una rotura) | no regulado |  |  |
| Viento y granizo (a partir de fuerza 8) | sí, hasta la suma asegurada | Lluvia, viento, pedrisco y nieve. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Inundación por lluvia intensa o desbordamiento | no regulado |  |  |
| Retorno de aguas del alcantarillado | no regulado |  |  |
| Terremoto | no | Derivados de cualquier fenómeno atmosférico, meteorológico, fenómenos sísmicos y geológicos, y las consecuencias de todos ellos. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Hundimiento del terreno | no | Derivados de cualquier fenómeno atmosférico, meteorológico, fenómenos sísmicos y geológicos, y las consecuencias de todos ellos. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Deslizamiento de tierras y desprendimientos | no | Derivados de cualquier fenómeno atmosférico, meteorológico, fenómenos sísmicos y geológicos, y las consecuencias de todos ellos. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Peso de la nieve | sí, hasta la suma asegurada | Lluvia, viento, pedrisco y nieve. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Aludes | no regulado |  |  |
| Erupción volcánica | no regulado |  |  |
| Franquicia en riesgos de la naturaleza | no regulado |  |  |
| Robo de bicicletas (límite en porcentaje o en euros) | no regulado |  |  |
| Bicicleta: sin cláusula nocturna (sin exclusión entre las 22 y las 6 horas) | no regulado |  |  |
| Bicicletas eléctricas (robo, batería, límite propio) | no regulado |  |  |
| Hurto de muebles de jardín, barbacoas y herramientas en la parcela | no regulado |  |  |
| Hurto de cochecitos, sillas de ruedas y andadores | no regulado |  |  |
| Hurto de ropa y electrodomésticos en lavaderos comunes | no regulado |  |  |
| Robo en el interior de un vehículo cerrado | no regulado |  |  |
| Hurto de carteristas y hurto por engaño | no regulado |  |  |
| Robo en camarotes de barco y caravanas cerrados | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en total (parte de la suma, arte, antigüedades, pieles) | no regulado |  |  |
| Dinero en efectivo fuera de caja fuerte | sí, hasta la suma asegurada | Daños producidos por robo y hurto dinero en efectivo propiedad de las personas que viven en ella | ¿Qué se asegura? Otras coberturas contratables, página 1 |
| Documentos, libretas de ahorro y valores fuera de caja fuerte | sí, hasta la suma asegurada | Gastos de obtención de duplicados de títulos y valores. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Joyas, piedras preciosas, oro y platino fuera de caja fuerte | no regulado |  |  |
| Objetos de valor en caja fuerte cerrada (límite) | no regulado |  |  |
| Requisitos de la caja fuerte (peso, grado de seguridad, anclaje) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda (parte de la suma, máximo) | no regulado |  |  |
| Cobertura fuera de la vivienda: duración máxima | no regulado |  |  |
| Atraco y extorsión fuera de la vivienda | no regulado |  |  |
| Contenido en coches, caravanas y autocaravanas | no regulado |  |  |
| Contenido de hijos que estudian fuera (piso de estudiantes, internado, servicio) | no regulado |  |  |
| Contenido en residencia de mayores | no regulado |  |  |
| Gastos de hotel y alojamiento si la vivienda queda inhabitable (importe diario, duración) | sí, hasta la suma asegurada | Inhabitabilidad y desalojo forzoso. | ¿Qué se asegura? Coberturas de daños al inmueble, página 1 |
| Gastos de regreso anticipado de vacaciones tras un siniestro grave | no regulado |  |  |
| Gastos de desescombro y limpieza | sí, hasta la suma asegurada | Gastos de demolición y desescombro. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Gastos de traslado y protección de los bienes | no regulado |  |  |
| Gastos de transporte y guardamuebles | sí, hasta la suma asegurada | Gastos razonables de traslado de Mobiliario y alquiler de vivienda similar a la afectada. | ¿Qué se asegura? Coberturas de daños al inmueble, página 1 |
| Cambio de cerraduras (vivienda, caja fuerte, garaje) | sí, hasta la suma asegurada | Sustitución de cerraduras. | ¿Qué se asegura? Coberturas de daños al inmueble, página 1 |
| Reparación de daños al inmueble tras robo o vandalismo | no regulado |  |  |
| Medidas provisionales y vigilancia (cristal o cerradura de urgencia) | no regulado |  |  |
| Honorarios de peritos | no regulado |  |  |
| Alimentos refrigerados y congelados por corte de luz o avería | sí, hasta la suma asegurada | Daños a bienes refrigerados. | ¿Qué se asegura? Daños al mobiliario y objetos, página 1 |
| Gastos de recuperación de datos | no regulado |  |  |
| Rotura de cristales (muebles, espejos, vitrinas) | sí, hasta la suma asegurada | Rotura de lunas, espejos y cristales. | ¿Qué se asegura? Coberturas Básicas, página 1 |
| Placas vitrocerámicas y de inducción | sí, hasta la suma asegurada | Rotura de cristales, lunas, espejos, loza sanitaria, vitrocerámica. | ¿Qué se asegura? Coberturas de daños al inmueble, página 1 |
| Phishing y fraude en la banca en línea | no regulado |  |  |
| Fraude en compras por internet y uso indebido de tarjetas | no regulado |  |  |
| Herramientas de jardín y robots cortacésped en la parcela | no regulado |  |  |
| Material deportivo (esquí, golf, buceo) | no regulado |  |  |
| Instrumentos musicales | no regulado |  |  |
| Canoas, botes de remos, plegables y neumáticos, tablas de surf y accesorios náuticos | no regulado |  |  |
| Equipos de trabajo y mobiliario del despacho en casa | no regulado |  |  |
| Mejoras e instalaciones del inquilino (cocina, suelos) | no regulado |  |  |
| Bienes de terceros en la vivienda (de invitados, prestados) | no regulado |  |  |
| Mudanza: cobertura en la vivienda antigua y la nueva | no regulado |  |  |
| Exención de prima en caso de desempleo | no regulado |  |  |
| Rescisión (plazos, tras un siniestro, duración) | sí | El Contratante podrá oponerse a la prórroga del Contrato comunicando por escrito con un mes de antelación | ¿Cómo puedo finalizar el contrato?, página 2 |
| Obligaciones tras un siniestro (denuncia, lista de objetos robados, plazos) | sí | Comunicar a UMAS cualquier hecho ocurrido que pueda dar lugar a indemnización u otra prestación dentro de los siete días desde su conocimiento | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Medidas de seguridad (cierres, calefacción, cierre de llaves de agua) | no regulado |  |  |
| Vivienda desocupada y ausencias prolongadas (restricciones a partir de cuántos días) | no regulado |  |  |
| Exclusiones destacadas (marejada, aguas freáticas, hongos, guerra) | no | Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |

## Texto completo del condicionado: PID Seguro Combinado de Hogar

```text
[Seite 1]
Seguro Combinado de Hogar
Documento de información sobre el producto de seguro
Empresa: UMAS Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija
Registrada en: ESPAÑA
Nº de Registro: M0363                                                                              Producto: SEGURO COMBINADO DE HOGAR

En este documento mostramos las principales características de este seguro. La información precontractual y contractual completa relativa al producto se
facilitará en la documentación del Contrato.

¿En qué consiste este tipo de seguro?
El objetivo del seguro es el pago al Asegurado, por parte de la Mutua, de la indemnización que le corresponda, en caso de sufrir, durante el periodo de seguro,
un incidente amparado por cualquiera de las garantías del Contrato con sujeción a los términos establecidos en el mismo, las exclusiones y límites de cobertura.


              ¿Qué se asegura?*                                                                 ¿Qué no está asegurado?

 Las coberturas principales son:                                                   Quedan excluidos los daños:
 Coberturas Básicas                                                                 Cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
 Coberturas de daños materiales comunes a inmueble y elementos que                  Causados con mala fe, dolo, o culpa grave del Asegurado.
                                                    :                               Producidos por c
    Incendio, explosión, auto-explosión y caída de rayo .                          Derivados de cualquier fenómeno atmosférico, meteorológico,
    Lluvia, viento, pedrisco y nieve.                                               fenómenos sísmicos y geológicos, y las consecuencias de todos ellos.
    Gastos de demolición y desescombro.                                            Reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
    Daños y Gastos para minorar los efectos de un incidente.                       Incidentes cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación
    Daños producidos por el agua a causa de derrames accidentales                   de Seguros.
     procedentes de instalaciones, aparatos electrodomésticos y                     Por accidentes domésticos cuando los objetos caen aisladamente del
     conducciones, propias o de terceros, también las debidas a                      fuego, salvo que ocurra con ocasión de un incendio o éste se produzca
                                                                                     a consecuencia de ellos.
      desajuste.
                                                                                    Producidos por acción lenta y continuada del humo.
     Daños eléctricos.
                                                                                    Producidos por el choque de vehículos conducidos o propiedad del
     Daños estéticos.
                                                                                     contratante, Asegurado o persona que de ellos dependan o que
     Daños por Robo.                                                                conviva con ellos.
     Daños por humo, por actos vandálicos, impacto de vehículos, caída
                                                                                    Rotura de cristales y lunas a consecuencia de actos malintencionados o
      de astronaves o aeronaves, y daños materiales por ondas sónicas.
                                                                                     vandálicos.
     Rotura de lunas, espejos y cristales.
                                                                                    Por arañazos raspaduras, desconchados u otros deterioros de las
     Coste de tasa municipal por Asistencia de Bomberos.                            superficies.
     Gastos de obtención de duplicados de títulos y valores.                       Por mala colocación, instalación y los daños de los soportes que
 Coberturas de daños al inmueble y elementos que forman parte de la                  contengan las piezas. Se excluyen también los daños por rotura que
           :                                                                         sufran cristales, lunas espejos que formen parte de otros artículos de
    Daños por agua al inmueble asegurado, localización, reposición,                 decoración y electrodomésticos.
     corrosión y atascos.                                                           Por filtraciones de agua subterránea o estancada, aguas superficiales,
    Inhabitabilidad y desalojo forzoso.                                             goteras, por humedades, falta de conservación y congelación de
                                                                                     tuberías en los casos detallados en el condicionado general.
    Rotura de cristales, lunas, espejos, loza sanitaria, vitrocerámica.
    Sustitución de cerraduras.                                                     Gastos de localización y reparación de averías de agua debidos al
                                                                                     deterioro normal o a la falta de mantenimiento, así como aquellos
    Gastos razonables de traslado de Mobiliario y alquiler de vivienda
                                                                                     daños indirectos consecuencia de cualquier clase.
     similar a la afectada.
                                                                                    Sufridos por tubos, válvulas de instalaciones de aparatos de R-X,
 Daños al mobiliario y objetos:
                                                                                     radioterapia, tv, radio y similares.
    Localización de averías, reparación y reposición de tuberías siempre
                                                                                    Consecuencia del deterioro y falta de mantenimiento y o conservación,
     que sean privativas de la vivienda asegurada.
                                                                                     desgaste normal, defectuosa conservación, vicio propio, instalación
    Gastos de obtención de duplicados de títulos y valores.
                                                                                     incorrecta, y daños durante procesos de reparación.
    Daños a bienes refrigerados.
                                                                                    Por pérdida indirecta de cualquier clase.
 Otras coberturas contratables:                                                     Consecuencia de trabajos de construcción o reparación de cualquier
  Robo y hurto:                                                                     clase de la vivienda asegurada.
    Robo y hurto del mobiliario excepto joyas, alhajas y dinero en                 Producidos por acción continuada de humo.
      efectivo.                                                                     Ocasionados por incidentes y cuando se produzca concurrencia
    Daños producidos por robo y hurto dinero en efectivo propiedad                  de seguros, es decir que haya más de un seguro para cubrir lo
      de las personas que viven en ella, del personal de la Residencia y/o           mismo, en este caso la Mutua responderá proporcionalmente a
      visitantes; efectivo en caja fuerte, efectivo transportado.                    las sumas aseguradas.
  Responsabilidad Civil gener                                                      Por choque de vehículos propiedad o conducidos por el Tomador,
  Bienes y mobiliario,                                                              Asegurado o persona dependiente de ellos y caída de aeronaves sobre
  Extensión de garantías y ampliación de capitales.                                 bienes.
                                                                                    Se excluyen de las coberturas adicionales contratables de
 *Hasta los límites y capitales indicados en el Contrato.                            Responsabilidad Civil, Robo y otras extensiones, aquellas/os garantías/
                                                                                     supuestos/condiciones indicadas en el Contrato.


                                                                                                                                              PID - HOG001

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             ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

Puede haber restricciones en lo que respecta a la cobertura en los siguientes casos:
! Los riesgos, coberturas y garantías no recogidos expresamente en el Contrato, o los que aún recogidos en el mismo se produzcan fuera del ámbito
  territorial cubierto.
! Límite máximo de indemnización indicado en el Contrato.
! Limites de las extensiones y coberturas adicionales indicados en el Contrato.
! Las actividades no comunicadas previamente a la Mutua, o no se les haya concedido la autorización correspondiente.
! No comunicación de modificaciones del estado y/o propiedad del Riesgo.
! Las actuaciones del Contratante y/o Asegurado del Contrato contrarias a las instrucciones de la Aseguradora.
! La cantidad establecida en el Contrato que soportará el Asegurado y/o Contratante en caso de incidente.


             ¿Dónde estoy cubierto?

• Territorio Nacional


             ¿Cuáles son mis obligaciones?

� El pago del Seguro.
� Antes de la firma del contrato compartir con UMAS toda la información necesaria para la correcta valoración del riesgo.
� Una vez comience la cobertura, comunicar a UMAS cualquier cambio en la información facilitada antes de la contratación del seguro.
� Comunicar a UMAS cualquier hecho ocurrido que pueda dar lugar a indemnización u otra prestación dentro de los siete días desde su conocimiento
  y aportar toda la información sobre el mismo.
� Utilizar los medios a mi alcance para reducir las consecuencias del hecho que pueda dar lugar a indemnización u otra prestación.


             ¿Cómo y cuándo tengo que efectuar los pagos?

€ En el momento de la contratación, y en los plazos indicados en las Condiciones Particulares.
€ El pago es anual salvo que se establezcan plazos en el contrato, pudiendo realizarse mediante domiciliación bancaria o transferencia.


             ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

� El Contrato entra en vigor y finaliza, en las fechas indicadas en las Condiciones Particulares del Contrato salvo prórroga.


             ¿Cómo puedo finalizar el contrato?

� El Contratante podrá oponerse a la prórroga del Contrato comunicando por escrito con un mes de antelación a la conclusión del periodo del seguro
  en curso, sin alegar ninguna causa.


                                                                                                                                          PID - HOG001
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