# MGS Seguro de Automóviles: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-de-coche-mgs-mgs-autos.php
- Entidad: MGS SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-de-coche-mgs-mgs-autos.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [PID MGS Autos 11/2024](https://mgs.es/wps/documents/61065/87460249/PID+MGS+Autos+112024/0414d2a1-5e99-4857-5f57-5209548764e8), Edición PID MGS Autos 11/2024

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Coberturas incluidas (terceros, terceros ampliado, todo riesgo, asistencia) | sí | Es un seguro obligatorio que cubre la responsabilidad civil obligatoria del conductor, complementado con otras coberturas para el vehículo asegurado, conductor y ocupantes. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Ámbito territorial (Europa, territorios extraeuropeos de la UE, carta verde) | sí | El Espacio Económico Europeo. Los Estados adheridos al Convenio Multilateral de Garantía. Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano. Puede extenderse la cobertura a los Estados adheridos al Convenio Inter-Bureaux (Convenio Carta Verde). | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV (AKB) | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejor cobertura o diferencia de condiciones | no regulado |  |  |
| Cumple los estándares mínimos del grupo de trabajo alemán de corredores (AK) | no regulado |  |  |
| Culpa grave: sin reducción de la indemnización de daños propios | no regulado |  |  |
| Excepción a la renuncia por culpa grave: alcohol, drogas, medicamentos | sí | La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Excepción a la renuncia por culpa grave: robo (llave dentro o junto al vehículo) | no regulado |  |  |
| Límite por siniestro (combinado) | sí, hasta 50 millones € | Responsabilidad civil de suscripción obligatoria hasta el límite que prevea la legislación vigente. Responsabilidad civil voluntaria hasta 50.000.000 €. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Límite por daños personales (por víctima) | no regulado |  |  |
| Límite por daños materiales | no regulado |  |  |
| Límite por perjuicios patrimoniales puros | no regulado |  |  |
| Ampliación de la RC para coches de alquiler en el extranjero hasta el límite propio (Mallorca-Police) | no regulado |  |  |
| Protección en siniestros en el extranjero causados por un vehículo extranjero | no regulado |  |  |
| Daños propios a otro vehículo o bien del tomador causados con el vehículo asegurado | no | Los daños causados a otros bienes de los que resulten titulares el Tomador, el Asegurado, el Propietario o el Conductor | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Remolques: RC de remolques y caravanas arrastrados | no regulado |  |  |
| Defensa jurídica y reclamación de daños | sí, hasta 1.000 € | Protección jurídica, incluida la reclamación de daños, ilimitada. Hasta 1.000 € por siniestro y anualidad en caso de libre designa. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Franquicia en terceros ampliado | no regulado |  |  |
| Incendio y explosión | sí, hasta la suma asegurada | Robo e Incendio. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Robo, hurto y uso no autorizado del vehículo completo | sí, hasta la suma asegurada | Robo e Incendio. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Robo de piezas y accesorios (incluidos daños por intento de robo) | no regulado |  |  |
| Pérdida o robo de las llaves (cambio de cerraduras) | no regulado |  |  |
| Rotura de lunas (cristales, faros, techo de cristal) | sí, hasta la suma asegurada | Rotura de lunas. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Reparación de impacto en la luna sin franquicia | no regulado |  |  |
| Cortocircuito en el cableado | no regulado |  |  |
| Daños consecuenciales del cortocircuito en componentes conectados (límite) | no regulado |  |  |
| Tormenta, granizo, rayo | sí, hasta la suma asegurada | Daños al vehículo por pedrisco y granizo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Inundación, lluvia torrencial, crecidas | no regulado |  |  |
| Riesgos extraordinarios a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros | sí | Los riesgos extraordinarios cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Alud, corrimiento de tierras, caída de piedras, terremoto | no regulado |  |  |
| Nieve y hielo que caen de un tejado sobre el vehículo | no regulado |  |  |
| Colisión con animales de cualquier tipo (no solo caza mayor) | sí, hasta la suma asegurada | Daños al vehículo por atropello de animales. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Maniobra para esquivar un animal sin colisión | no regulado |  |  |
| Mordeduras de animales (garduñas) en cables, manguitos y aislamiento | no regulado |  |  |
| Daños consecuenciales tras mordedura (por ejemplo avería del motor), límite | no regulado |  |  |
| Franquicia en todo riesgo | sí, hasta la suma asegurada | Si se ha elegido la modalidad de Daños propios con franquicia se deducirá el importe de ésta en la indemnización de cada siniestro ocurrido con cobertura por esta garantía. | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2 |
| Daños propios por accidente, también con culpa propia | sí, hasta la suma asegurada | Daños propios. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Actos vandálicos de terceros | no regulado |  |  |
| Daños de funcionamiento, frenado y rotura | no regulado |  |  |
| Daños en neumáticos sin otros daños al vehículo | no regulado |  |  |
| Daños durante el transporte en ferry, tren o grúa | no regulado |  |  |
| Cursos de conducción segura y tandas en circuito | no | La participación del vehículo asegurado en carreras, desafíos y/o apuestas. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Indemnización a valor de nuevo en siniestro total o robo (hasta cuántos meses desde la matriculación) | sí | La indemnización correspondiente en caso de pérdida total ocurrida durante los dos primeros años desde la fecha de primera matriculación será el precio de venta del vehículo, si el vehículo no fue transferido con anterioridad. | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2 |
| Indemnización por precio de compra en vehículos de ocasión (meses desde la compra) | no regulado |  |  |
| Valor venal, valor de restos y deducción de nuevo por viejo | sí | será el valor tasado de un vehículo de las mismas características, uso, estado y antigüedad. Si se ha contratado Auto Pack, este valor se mejorará en un 30%. | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2 |
| Cobertura GAP: diferencia entre valor venal y deuda pendiente de leasing o préstamo | no regulado |  |  |
| Vehículos en leasing o financiados (beneficiario, pago a la entidad) | no regulado |  |  |
| Gastos de perito en daños propios | no regulado |  |  |
| Gastos de remolque y rescate en daños propios | no regulado |  |  |
| Accesorios y equipamiento opcional incluidos sin sobreprima (límite) | no | Los accesorios instalados posteriormente a que el vehículo salga de fábrica que no hayan sido declarados por el Tomador expresamente. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Taller concertado obligatorio | sí | Si se ha elegido la modalidad talleres concertados y el Asegurado opta por utilizar un taller no concertado, se deducirá del importe del siniestro la franquicia estipulada a tal efecto en el contrato del seguro. | ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?, página 2 |
| Asistencia en carretera por avería o accidente | sí, hasta la suma asegurada | Asistencia en viaje para el vehículo y para las personas. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Asistencia desde el km 0 o solo a partir de una distancia | sí | Para asistencia en viaje a las personas tanto en España, como en el resto del mundo. En España a más de 25 kms. del domicilio del Asegurado (10 kms. en las Islas Baleares y Canarias). | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Remolque del vehículo (límite o distancia) | no regulado |  |  |
| Vehículo de sustitución (días e importe diario) | sí, hasta la suma asegurada | Asistencia en viaje con vehículo de sustitución, para vehículos asegurados de uso privado, con un límite de 7 días/siniestro en caso de reparación y 20 días en caso de robo o pérdida total del vehículo. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Repatriación del vehículo desde el extranjero | no regulado |  |  |
| Gastos de hotel tras avería o accidente | no regulado |  |  |
| Continuación o regreso de los ocupantes | no regulado |  |  |
| Repatriación sanitaria de los ocupantes | no regulado |  |  |
| Conductor profesional si el conductor no puede seguir | no regulado |  |  |
| Seguro del conductor: lesiones del propio conductor en accidente culpable | sí, hasta 100.000 € | Accidentes del conductor y los ocupantes con capitales contratables desde 5.000 € hasta 100.000 € | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Protección de la bonificación: sin pérdida tras un siniestro | no regulado |  |  |
| Un siniestro al año sin pérdida de bonificación a partir de cierta clase | no regulado |  |  |
| Traspaso de la bonificación (segundo coche, pareja, familia) | no regulado |  |  |
| Conductores: único, pareja, cualquiera, conductor ocasional | no regulado |  |  |
| Edad del conductor: edad mínima, conductores jóvenes y noveles | no | Conductores menores de 25 años, salvo que estén declarados en la póliza. Conductores con menos de 2 años de antigüedad en el permiso de conducir, salvo que estén declarados en la póliza. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Consecuencia de un conductor no declarado (penalización, sobreprima, franquicia) | sí, hasta la suma asegurada | Conductores menores de 25 años, salvo que estén declarados en la póliza. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Kilometraje anual y consecuencia de superarlo | no regulado |  |  |
| Matrícula de temporada y cobertura en reposo fuera de temporada | no regulado |  |  |
| Uso del vehículo (particular, profesional, alquiler, coche compartido, VTC) | no regulado |  |  |
| Batería de alto voltaje frente a todos los riesgos, también errores de manejo y cortocircuito | no regulado |  |  |
| Batería: valor a nuevo en lugar de valor real (hasta cuántos años) | no regulado |  |  |
| Mordeduras en la batería y cables de alto voltaje, incluidos daños consecuenciales | no regulado |  |  |
| Sobretensión y cortocircuito durante la carga | no regulado |  |  |
| Cable de carga y cargador portátil (robo, daños, mordeduras) | sí, hasta 2.000 € | Daños al cargador en vehículos eléctricos e híbridos enchufables hasta 2.000 €. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Punto de recarga doméstico (wallbox) | no regulado |  |  |
| RC durante la carga (por ejemplo tropiezo con el cable) | no regulado |  |  |
| Remolque al punto de carga más cercano por batería agotada | no regulado |  |  |
| Obligaciones antes del siniestro (permiso de conducir, alcohol, uso) | sí | Informar verazmente y con exactitud los datos que figurarán en el contrato de seguro, así como comunicar la variación que pudiera existir en los mismos. | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Obligaciones tras el siniestro (plazo de aviso, denuncia en robo y animales, abandono) | sí | deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Derecho de repetición contra el conductor por incumplimiento (límite) | no regulado |  |  |
| Rescisión (preaviso antes del vencimiento, tras siniestro, por subida de prima) | sí | Mediante una notificación escrita al Asegurador, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del periodo del seguro. | ¿Cómo puedo rescindir el contrato?, página 2 |
| Exclusiones destacadas (carreras, guerra, energía nuclear, incautación) | sí | Los daños que se produzcan por el transporte, carga o descarga de materias tóxicas, inflamables, explosivas o corrosivas. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |

## Texto completo del condicionado: PID MGS Autos 11/2024

```text
[Seite 1]
  Seguro de Automóviles
  Documento de información sobre el producto de seguro
  Empresa: MGS, Seguros y Reaseguros S.A.
  Registro Mercantil de Zaragoza, Tomo 4284, Folio 109,
  Hoja Z 62788, Inscripción 2, NIF A-08171373,                                            Producto: MGS Autos
  con código en la DGSFP C0794

Este documento proporciona información general sobre el producto. La información precontractual y contractual completa
relativa al producto se facilita en otros documentos.

¿En qué consiste este tipo de seguro?
Es un seguro obligatorio que cubre la responsabilidad civil obligatoria del conductor, complementado con otras
coberturas para el vehículo asegurado, conductor y ocupantes.


          ¿Qué se asegura?                                               ¿Qué no está asegurado?


 Las siguientes tipologías de vehículos:                             Conductores menores de 25 años, salvo que estén
                                                                     declarados en la póliza.
       Turismos.                                                     Conductores con menos de 2 años de antigüedad
       Monovolúmenes.                                                en el permiso de conducir, salvo que estén
       Todo terrenos.                                                declarados en la póliza.
                                                                     Los accesorios instalados posteriormente a que el
 Con las siguientes coberturas básicas:                              vehículo salga de fábrica que no hayan sido
                                                                     declarados por el Tomador expresamente.
       Responsabilidad civil de suscripción obligatoria hasta        Los daños derivados de hechos que no tengan la
       el límite que prevea la legislación vigente.                  consideración legal o reglamentaria de hechos de
       Responsabilidad civil voluntaria hasta 50.000.000 €.          la circulación.
       Protección jurídica, incluida la reclamación de daños,        Los daños causados a otros bienes de los que
       ilimitada. Hasta 1.000 € por siniestro y anualidad en         resulten titulares el Tomador, el Asegurado, el
       caso de libre designa.                                        Propietario o el Conductor, así como los del
       Asistencia en viaje para el vehículo y para las               cónyuge o los parientes hasta el tercer grado de
       personas.                                                     consanguinidad.
       Asistencia informática doméstica.                             Los riesgos extraordinarios cubiertos por el
       Asistencia jurídica telefónica.                               Consorcio de Compensación de Seguros.
       Asesoramiento y gestión de sanciones de tráfico.              La conducción bajo la influencia de bebidas
       Indemnización de gastos de recuperación del permiso           alcohólicas o drogas.
       de conducir hasta 500 €.                                      La participación del vehículo asegurado en
                                                                     carreras, desafíos y/o apuestas.
Y las siguientes coberturas opcionales:                              Los objetos, equipaje y mercancías transportados
       Accidentes del conductor y los ocupantes con                  en el vehículo asegurado salvo en caso de
       capitales contratables desde 5.000 € hasta 100.000 €          contratación de Auto pack y hasta un máximo de
       para:                                                         600 euros.
                                                                     La circulación por puertos y aeropuertos.
           -    Fallecimiento.                                       Los causados intencionalmente con el vehículo
           -    Invalidez permanente.                                asegurado.
           -    Asistencia sanitaria.                                Los daños que hayan sobrevenido a consecuencia
       Rotura de lunas.                                              del incumplimiento de obligaciones legales sobre
       Robo e Incendio.                                              seguridad del vehículo asegurado, sobre el número
       Daños propios.                                                de personas transportadas, o sobre el peso,
       Asistencia en viaje con vehículo de sustitución, para         medidas o acondicionamiento de las cosas o
       vehículos asegurados de uso privado, con un límite de         animales transportados.
       7 días/siniestro en caso de reparación y 20 días en           Los daños que se produzcan por el transporte,
       caso de robo o pérdida total del vehículo.                    carga o descarga de materias tóxicas, inflamables,
       Subsidio por privación temporal del permiso de                explosivas o corrosivas.
       conducir desde 300 € hasta 1.500 € mensual, con un
       máximo de indemnización de 12 meses.
       Daños al vehículo por atropello de animales.
       Auto pack, que amplía el alcance de las garantías de
       daños e incluye:
           -    Daños al vehículo por pedrisco y granizo.
           -    Daños al cargador en vehículos eléctricos e
                híbridos enchufables hasta 2.000 €.
       Responsabilidad civil privada hasta 300.000 €.

[Seite 2]
¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?
    Si se ha elegido la modalidad talleres concertados y el Asegurado opta por utilizar un taller no concertado, se
    deducirá del importe del siniestro la franquicia estipulada a tal efecto en el contrato del seguro.
    Si se ha elegido la modalidad de Daños propios con franquicia se deducirá el importe de ésta en la indemnización
    de cada siniestro ocurrido con cobertura por esta garantía.
    Cuando el importe de reparación exceda el valor tasado de un vehículo de las mismas características, uso, estado
    y antigüedad, se considerará pérdida total.
    La indemnización correspondiente en caso de pérdida total ocurrida durante los dos primeros años desde la fecha
    de primera matriculación será el precio de venta del vehículo, si el vehículo no fue transferido con anterioridad.
    La indemnización correspondiente en caso de pérdida total ocurrida después de los dos primeros años desde la
    fecha de primera matriculación, será el valor tasado de un vehículo de las mismas características, uso, estado
    y antigüedad. Si se ha contratado Auto Pack, este valor se mejorará en un 30%.


¿Dónde estoy cubierto?
     El Espacio Económico Europeo.

     Los Estados adheridos al Convenio Multilateral de Garantía.
     Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano.
     Puede extenderse la cobertura a los Estados adheridos al Convenio Inter-Bureaux (Convenio Carta Verde).
     Para asistencia en viaje a las personas tanto en España, como en el resto del mundo. En España a más de 25
     kms. del domicilio del Asegurado (10 kms. en las Islas Baleares y Canarias).


¿Cuáles son mis obligaciones?
   Informar verazmente y con exactitud los datos que figurarán en el contrato de seguro, así como comunicar la
   variación que pudiera existir en los mismos.
   El pago del seguro.
   En caso de siniestro, el Tomador, el Asegurado o el Beneficiario deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento
   del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un
   plazo más amplio. El Tomador o el Asegurado deberán, además, facilitar al Asegurador cuanta información posean
   sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. Asimismo, deberán facilitarle el ejercicio de las acciones de
   subrogación o repetición que le pudieran corresponder.


¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?
El pago del seguro se hará en el momento en que la póliza tome efecto, en las fracciones de pago pactadas, si las
hubiera, y al inicio de las sucesivas renovaciones.
El pago se realizará por domiciliación bancaria.


¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?
La duración del contrato será la determinada en la póliza. Sin embargo, y según se disponga en el contrato de seguro,
podrá prorrogarse una o más veces por un periodo no superior a un año cada vez.


¿Cómo puedo rescindir el contrato?
Mediante una notificación escrita al Asegurador, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la
conclusión del periodo del seguro.
```

