# Sanitas Seguro de salud Accede: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-de-reembolso-sanitas-accede.php
- Entidad: SANITAS, S.A. DE SEGUROS (Rechtsform am Dokument prüfen)
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-de-reembolso-sanitas-accede.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones generales de Sanitas Accede](https://www.sanitas.es/media/sanp/documento/cg-accede-id3376/3376-accede.pdf), Edición Condiciones generales, edición octubre de 2026

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Tipo de plan (modular, completo, reembolso o cuadro médico) | sí | pone a disposición de sus asegurados un amplio cuadro concertado de profesionales | Cláusula I, página 13 |
| Personas asegurables (solo afiliados públicos o también funcionarios y autónomos) | sí | Por traslado de residencia al extranjero o por no residir un mínimo de seis (6) meses al año en territorio nacional. | Cláusula VI 3.3 b), página 29 |
| La prestación exige el pago previo de la sanidad pública | no regulado |  |  |
| Libre elección de médico, naturópata y terapeuta (sin médico de cabecera obligatorio) | sí | Los Asegurados podrán acudir libremente a las consultas de los facultativos especialistas | Cláusula V, página 23 |
| Franquicia anual | no regulado |  |  |
| Pago directo al hospital o médico (tarjeta, sin adelantar el gasto) | sí | asumiendo su coste mediante el pago directo a los profesionales o centros concertados | Cláusula I, página 13 |
| Alojamiento en habitación doble | no | prestada en régimen asistencial de hospitalización | Cláusula III, página 8 |
| Alojamiento en habitación individual | no | prestada en régimen asistencial de hospitalización | Cláusula III, página 8 |
| Tratamiento privado por el jefe de servicio o médico elegido en el hospital | no regulado |  |  |
| Reembolso por encima del baremo máximo alemán de honorarios (3,5 veces) con pacto de honorarios | no regulado |  |  |
| Libre elección de hospital (sobrecoste de un hospital distinto del más cercano adecuado) | no regulado |  |  |
| Tratamiento en clínicas privadas sin concierto público | no regulado |  |  |
| Indemnización diaria por hospitalización | no regulado |  |  |
| Indemnización diaria sustitutiva si no se usan las prestaciones privadas | no regulado |  |  |
| Alojamiento de un acompañante durante la hospitalización de un niño | no | prestada en régimen asistencial de hospitalización | Cláusula III, página 8 |
| Cubre el copago legal por día de hospital (10 euros diarios) | no regulado |  |  |
| Cirugía ambulatoria con honorarios privados | no | como cualquier intervención quirúrgica que se realice en cualquier tipo de régimen asistencial | Cláusula III, página 22 |
| Prestaciones privadas en tratamiento psiquiátrico y psicosomático hospitalario | no | prestada en régimen asistencial de hospitalización | Cláusula III, página 8 |
| Tratamiento por naturópata | no regulado |  |  |
| Límite anual para naturópatas y terapias naturales | no regulado |  |  |
| Reembolso hasta las tarifas máximas del baremo alemán de naturópatas (GebüH) | no regulado |  |  |
| Métodos reconocidos (lista Hufeland, también no convencionales) | no regulado |  |  |
| Osteopatía | no regulado |  |  |
| Cristales, monturas y lentillas | no | productos anatómicos, gafas, lentillas, aparatos auditivos | Cláusula III, página 23 |
| Periodo en el que se paga una vez el importe de gafas (por ejemplo cada dos años) | no regulado |  |  |
| Basta la graduación del óptico, sin receta del oftalmólogo | no regulado |  |  |
| Cirugía láser ocular para corregir la vista (LASIK, LASEK, lente intraocular) | no regulado |  |  |
| Audífonos más allá de la parte pública | no | productos anatómicos, gafas, lentillas, aparatos auditivos | Cláusula III, página 23 |
| Chequeos más allá de los programas públicos de cribado | no regulado |  |  |
| Servicios de salud a cargo del paciente (IGeL) como ecografía, glaucoma y cribado de piel | no regulado |  |  |
| Vacunas de viaje y profilaxis de malaria | no regulado |  |  |
| Medicamentos que no paga la sanidad pública (sin receta, naturales, homeopáticos) | no regulado |  |  |
| Ayudas técnicas más allá de lo público (plantillas, vendajes, medias de compresión) | no | productos anatómicos, gafas, lentillas, aparatos auditivos | Cláusula III, página 23 |
| Cubre los copagos legales de fármacos, terapias y ayudas | no regulado |  |  |
| Tratamiento ambulatorio privado (facturado como paciente privado) | no regulado |  |  |
| Psicoterapia ambulatoria más allá de la cobertura pública | sí, hasta la suma asegurada | Comprende hasta un máximo de 15 sesiones | Cláusula II Psicología, página 15 |
| Seguro médico de viaje incluido | no regulado |  |  |
| Duración máxima por viaje | no regulado |  |  |
| Repatriación sanitaria médicamente razonable | no regulado |  |  |
| Periodo de carencia general | no regulado |  |  |
| Carencia especial (parto, psicoterapia, cirugía láser, audífonos) | no regulado |  |  |
| Sin carencia por accidente o computando el seguro anterior | no regulado |  |  |
| Cuestionario de salud en la solicitud | sí | en el cuestionario de salud contenido en la Solicitud del Seguro | Cláusula VI 1.1, página 22 |
| Periodo al que se refiere el cuestionario de salud | no regulado |  |  |
| Exclusión de tratamientos en curso o recomendados | sí | preexistentes a la fecha de alta de cada Asegurado en la póliza | Cláusula III A, página 22 |
| Límite anual para todas las prestaciones | no regulado |  |  |
| Límite de prestación en el primer año | no regulado |  |  |
| Límite de prestación en el segundo año | no regulado |  |  |
| Límite de prestación en el tercer año | no regulado |  |  |
| Año de póliza desde el que desaparece el límite inicial | no regulado |  |  |
| Consecuencias de accidente fuera del límite inicial | no regulado |  |  |
| Edad máxima de contratación | sí | La edad máxima de contratación es 59 años. | Cláusula VI 2, página 29 |
| Fin de la cobertura al alcanzar una edad máxima | no regulado |  |  |
| Niños asegurables desde el nacimiento | no regulado |  |  |
| Provisiones por envejecimiento (prima según edad de entrada) | no | Las primas a satisfacer por el Tomador, variarán en función de la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados | Cláusula VI 4.7, página 31 |
| Subidas de prima por tramos de edad | sí | Las primas a satisfacer por el Tomador, variarán en función de la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados | Cláusula VI 4.7, página 31 |
| Reglas de revisión de prima (factor desencadenante, fiduciario, límite) | sí | En cada renovación del Contrato el Asegurador podrá modificar la prima anual | Cláusula VI 4.7, página 31 |
| La aseguradora renuncia a su derecho ordinario de rescisión | no | cualquiera de las partes podrá oponerse a la prórroga mediante notificación escrita a la otra parte | Cláusula VI 3.1, página 30 |
| Cambio a planes superiores sin nueva valoración de salud | no regulado |  |  |
| Duración mínima del contrato | sí | se prorrogará tácitamente por periodos de una anualidad. | Cláusula VI 3.1, página 30 |
| Devolución de prima o bonificación sin siniestros | no regulado |  |  |
| Clase especial en el hospital austriaco (habitación doble o individual y honorarios) | no regulado |  |  |
| Ámbito de la clase especial (región, toda Austria, hospitales privados, extranjero) | no regulado |  |  |
| Reembolso de médicos de libre elección sin concierto público | no regulado |  |  |
| Porcentaje de reembolso del médico elegido sobre la factura tras el reintegro público | no regulado |  |  |
| Franquicia por ingreso o por año en la clase especial | no regulado |  |  |
| Indemnización diaria si se ingresa en sala general | no regulado |  |  |
| Cuadro médico con amplitud y cobertura regional | sí | pone a disposición de sus asegurados un amplio cuadro concertado de profesionales | Cláusula I, página 13 |
| Porcentaje de reembolso fuera del cuadro médico | no regulado |  |  |
| Límite anual de reembolso fuera del cuadro médico | no regulado |  |  |
| Copago por consulta o acto médico | sí, hasta la suma asegurada | abonará en concepto de participación en el coste de dicho servicio, la cantidad que figure en las Condiciones Particulares | Cláusula V 1, página 25 |
| Carencias para cirugía, parto y pruebas diagnósticas | no regulado |  |  |
| Hospitalización en habitación individual con cama de acompañante | no | prestada en régimen asistencial de hospitalización | Cláusula III, página 8 |
| Exclusión de enfermedades preexistentes | sí | preexistentes a la fecha de alta de cada Asegurado en la póliza | Cláusula III A, página 22 |

## Texto completo del condicionado: Condiciones generales de Sanitas Accede

```text
[Seite 1]
CONDICIONES
GENERALES

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Sanitas Sociedad Anónima de Seguros

Inscrita el 10 de febrero de 1958 con la clave C-320 en
el Registro Especial de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones.

Entidad domiciliada en España, Ribera del Loira, 52 –
28042 Madrid.

Registro Mercantil de Madrid, hoja 4.530, tomo 1.241,
libro 721, secc. 3ª, Insc. 1.

N.I.F. A-28037042

[Seite 3]
  ÍNDICE


Condiciones generales
Cláusula preliminar.......................................................................................................6
Glosario de términos....................................................................................................7
Cláusula I: Objeto del seguro.................................................................................... 13
Cláusula II: Coberturas...............................................................................................13
   COBERTURAS PRINCIPALES DE LA PÓLIZA................................................................................................13

   1. Asistencia primaria..................................................................................................................................... 13
   1.1. Medicina Familiar....................................................................................................................................... 13
   1.2. Pediatría y Puericultura..............................................................................................................................13
   1.3. Servicio de Enfermería...............................................................................................................................14

   2. Urgencias.....................................................................................................................................................14

   3.    Especialidades médicas............................................................................................................................14
   3.1. Alergología................................................................................................................................................. 14
   3.2. Análisis Clínicos.........................................................................................................................................14
   3.3. Anatomía Patológica..................................................................................................................................14
   3.4. Angiología y cirugía vascular......................................................................................................................14
   3.5. Aparato Digestivo.......................................................................................................................................14
   3.6. Cardiología.................................................................................................................................................14
   3.7. Cirugía Cardiovascular...............................................................................................................................14
   3.8. Cirugía General y del Aparato Digestivo....................................................................................................14
   3.9. Cirugía Maxilofacial....................................................................................................................................14
   3.10. Cirugía Ortopédica y Traumatología.........................................................................................................14
   3.11. Cirugía Pediátrica.....................................................................................................................................14
   3.12. Cirugía Reparadora.................................................................................................................................14
   3.13. Cirugía Torácica.......................................................................................................................................14
   3.14. Dermatología............................................................................................................................................14
   3.15. Endocrinología..........................................................................................................................................14
   3.16. Geriatría....................................................................................................................................................14
   3.17. Ginecología y Obstetricia..........................................................................................................................14
   3.18. Hematología y Hemoterapia.....................................................................................................................15


                                                                              3 - 42

[Seite 4]
  3.19. Medicina Interna.......................................................................................................................................15
  3.20. Nefrología.................................................................................................................................................15
  3.21. Neumología..............................................................................................................................................15
  3.22. Neurocirugía.............................................................................................................................................15
  3.23. Neurofisiología Clínica..............................................................................................................................15
  3.24. Neurología................................................................................................................................................15
  3.25. Oftalmología.............................................................................................................................................15
  3.26. Oncología Médica.....................................................................................................................................15
  3.27. Otorrinolaringología..................................................................................................................................15
  3.28. Psiquiatría.................................................................................................................................................15
  3.29. Radiodiagnóstico-Diagnóstico por Imagen...............................................................................................15
  3.30. Rehabilitación...........................................................................................................................................15
  3.31. Reumatología...........................................................................................................................................15
  3.32. Urología....................................................................................................................................................15

  4. Otros servicios asistenciales.......................................................................................................................15
  4.1. Fisioterapia.................................................................................................................................................15
  4.2. Logopedia y foniatría..................................................................................................................................16
  4.3. Nutrición..................................................................................................................................................... 16
  4.4. Podología (exclusivamente Quiropodia).....................................................................................................16
  4.5. Psicología...................................................................................................................................................16
  4.6. Terapias respiratorias domiciliarias............................................................................................................16
  4.7. Tratamiento del Dolor.................................................................................................................................16

  COBERTURAS ADICIONALES DE LA PÓLIZA...............................................................................................17

  Dental Básico.....................................................................................................................................................18

  Videoconsulta de Urgencias............................................................................................................................ 18

  Blua.....................................................................................................................................................................18

Cláusula III: Coberturas excluidas............................................................................ 22
Cláusula V: Forma de prestar los servicios..............................................................25
Cláusula VI: Otros aspectos del seguro...................................................................29

  1. Bases y pérdida de derechos del contrato.............................................................................................. 29

  2. Edad máxima de contratación....................................................................................................................30

  3. Duración del seguro....................................................................................................................................30

  4. Primas del seguro.......................................................................................................................................30

  5. Aportación de informes..............................................................................................................................32

  6. Reclamaciones............................................................................................................................................ 32


                                                                               4 - 42                                                                             Índice

[Seite 5]
7. Otros aspectos legales a tener en cuenta.................................................................................................32

8. Cláusula de protección de datos...............................................................................................................33

9. Jurisdicción................................................................................................................................................. 41

10. Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.........................................41

11. Cómo contactar con nosotros................................................................................................................. 41


                                                                          5 - 42                                                                         Índice

[Seite 6]
Cláusula preliminar
El presente contrato se rige, por lo
dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de
octubre de Contrato de Seguro (B.O.E.
de 17 de Octubre de 1980); por la Ley
20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras, y su
Reglamento de Desarrollo (Real Decreto
1060/2015, de 20 de noviembre, de
ordenación, supervisión y solvencia de
las     entidades     aseguradoras     y
reaseguradoras), por la Ley 22/2007 de
11 de julio, sobre comercialización a
distancia de servicios financieros
destinados a los consumidores, por la
normativa sobre distribución de seguros,
y por lo convenido en las presentes
Condiciones Generales y en las
Particulares.

Serán de aplicación las cláusulas
limitativas de los derechos de los
Asegurados que están resaltadas en
negrita y que sean específicamente
aceptadas.


                                     6 - 42   Condiciones Generales

[Seite 7]
Glosario de términos

A los efectos del presente documento del Producto Sanitas Accede se entiende por:


TÉRMINOS ASEGURADORES                            u obtener un beneficio         afectando    los
                                                 intereses de un tercero.
ACCIDENTE
Lesión corporal sufrida durante la vigencia de   DOMICILIO DEL ASEGURADO
la póliza, que derive de una causa violenta,     Es aquel donde resida el Asegurado y que
súbita, externa y ajena a la intencionalidad     conste expresamente mencionado en las
del Asegurado.                                   Condiciones Particulares de la póliza.
ANTIGÜEDAD                                       ENTIDAD ASEGURADORA
Supone el reconocimiento al Asegurado de         SANITAS, Sociedad Anónima de Seguros,
determinados derechos por permanencia en         persona jurídica que asume el riesgo
SANITAS, que se especificarán en las             contractualmente pactado.
Condiciones Particulares.
                                                 FRANQUICIA
ASEGURADO
                                                 Cuantía de los gastos médicos y/u
Cada persona incluida en la póliza y
                                                 hospitalarios no incluidos en la cobertura del
especificada en las Condiciones Particulares,
                                                 seguro que, conforme a lo establecido en las
con derecho a percibir las prestaciones del
                                                 correspondientes garantías, son abonados
seguro, y que puede o no coincidir con la
                                                 por el propio Tomador del Seguro o
persona del Tomador.
                                                 Asegurado al proveedor médico.
BENEFICIARIO                                     PARTICIPACIÓN EN GASTOS
Persona a quien el Tomador del seguro
                                                 Con carácter previo al acceso a determinadas
reconoce el derecho a percibir, en la cuantía
                                                 coberturas, el Asegurado deberá abonar en
que corresponda, la indemnización o
                                                 un único pago a SANITAS, una cuantía
prestación derivada de este contrato.
                                                 específica en función del grado de dificultad
                                                 de las mismas.
COPAGO
Participación del Asegurado en la cuantía del    PLAZOS DE CARENCIA
coste del acto médico o serie de actos, según
                                                 Periodo de tiempo (computado por meses
el servicio médico requerido, recibido de los
                                                 transcurridos a partir de la fecha de efecto de
profesionales o centros que presten el
                                                 alta de cada Asegurado en la póliza) durante
mismo, y que se abonará directamente a
                                                 el cual no entran en vigor algunas de las
SANITAS.
                                                 coberturas incluidas dentro de las garantías
                                                 que recoja la misma.
CUESTIONARIO DE SALUD
Declaración que debe realizar de forma veraz     PÓLIZA
y completa y firmar el Tomador o Asegurado
                                                 Documento escrito que contiene las
antes de la formalización de la póliza, que
                                                 condiciones reguladoras del seguro, así como
sirve a SANITAS para la valoración del riesgo
                                                 los derechos y deberes de las partes y que
que es objeto del seguro.
                                                 sirve de prueba de la existencia del mismo.
                                                 Forman parte integrante de la póliza: la
DOLO                                             solicitud de seguro, el Cuestionario de Salud,
Acción u omisión cometida con fraude o           las Condiciones Generales, las Particulares,
engaño con la intención de producir un daño      las Adicionales y Complementarias o


                                             7 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 8]
Apéndices que se añadan a la misma, para          ASISTENCIA        SANITARIA
completarla o modificarla.                        H O S PI T AL AR I A/   C O N
                                                  HOSPITALIZACIÓN EN RÉGIMEN DE
PREEXISTENCIA                                     INGRESO
Estado o condición de la salud (enfermedad,
                                                  Es la asistencia prestada en un centro
lesión o defecto) no necesariamente
                                                  médico u hospitalario en régimen de
patológicos sufridos por el Asegurado con
                                                  internamiento, con registro de entrada y
anterioridad a la fecha de la firma del
                                                  permanencia del Asegurado como paciente,
cuestionario de salud.
                                                  con una pernocta al menos, para el
                                                  tratamiento médico, diagnóstico, quirúrgico o
PRESTACIÓN                                        terapéutico del mismo.
Aceptación del pago del servicio asistencial
por    SANITAS      de      las   garantías       ASISTENCIA EXTRAHOSPITALARIA
comprometidas en la póliza.                       Asistencia realizada sin ingreso hospitalario o
                                                  pernocta, incluye tanto las asistencias
PRIMA                                             ambulatorias como las realizadas en Hosp.
Es el precio del seguro, es decir, la cantidad    De Día. No significa que la asistencia en un
que el Tomador del seguro o Asegurado debe        centro hospitalario.
abonar a SANITAS. Contendrá, además, los
recargos, tasas e impuestos que sean de           ASISTENCIA    SANITARIA                    EN
legal aplicación.                                 RÉGIMEN DE HOSPITAL DE DÍA
                                                  Es la asistencia médica, diagnóstica,
SINIESTRO                                         quirúrgica o terapéutica prestada en un centro
Todo hecho cuyas consecuencias estén total        médico u hospitalario que requiere cuidados
o parcialmente cubiertas por la póliza y que      poco intensivos y de corta duración por lo que
formen parte del objeto del seguro. Se            no precisa que el paciente pernocte en el
considera que constituye un sólo y único          centro.
siniestro el conjunto de servicios derivados de
una misma causa.                                  En caso de un tratamiento quirúrgico en
                                                  régimen de hospital de día, este tratamiento
SOBREPRIMA                                        se realiza en quirófano, con anestesia
Es una prima complementaria que se                general, local, regional o sedación, que
establece, mediante pacto expreso reflejado       requiere de cuidados postoperatorios poco
en las Condiciones Particulares de la póliza,     intensivos y de corta duración por lo que no
con el fin de asumir un riesgo adicional que      precisa la pernocta del paciente en el centro.
no sería objeto de cobertura asegurada si no
existiera dicho pacto.                            ASISTENCIA AMBULATORIA                 /   EN
                                                  RÉGIMEN AMBULANTE
TOMADOR DEL SEGURO                                Es la asistencia médica, diagnóstica,
Es la persona, física o jurídica que junto con    quirúrgica o terapéutica prestada en el
SANITAS suscribe este contrato y que puede        hospital que no suponga hospitalización en
ser igual o distinta que el Asegurado, y a la     régimen de ingreso u hospital de día.
que corresponden las obligaciones que del
mismo se derivan, especialmente el pago de        En caso de un tratamiento quirúrgico en
la prima, salvo las que por su naturaleza         régimen ambulante, éste se realiza en
deban ser cumplidas por el Asegurado.             consulta, sobre tejidos superficiales y precisa
                                                  generalmente anestesia local.
TÉRMINOS SANITARIOS
                                                  ASISTENCIA POR MOTIVOS DE TIPO
ASISTENCIA SANITARIA                              SOCIAL
Acto de atender o cuidar la salud de una          El ingreso médico se convierte en ingreso
persona.                                          social cuando un paciente con deterioro
                                                  funcional o afectado por procesos crónicos


                                              8 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 9]
y/o patologías asociadas al envejecimiento ha   bien ser descubierta más tarde, en cualquier
superado la fase aguda de su enfermedad, y      periodo de la vida del individuo.
precisa cuidados sanitarios pero no en
régimen de ingreso hospitalario.                ENFERMEDAD O PROCESO AGUDO
                                                Es aquella enfermedad/proceso que presenta
CITOSTÁTICO                                     una evolución hasta 3 meses desde la fecha
Medicamento citotóxico que se emplea en         de inicio de los síntomas.
quimioterapia oncológica y que es capaz de
detener el desarrollo del cáncer actuando       ENFERM EDAD             O       PROCESO
directamente sobre la integridad de las         CRÓNICO
cadenas de ácido desoxirribonucleico (ADN)      Es aquella enfermedad/proceso que presenta
y la      mitosis   celular,  inhibiendo la     una evolución mayor o igual a 6 meses desde
multiplicación celular normal, tanto de las     el inicio de los síntomas.
células sanas como de las tumorales. Son un
conjunto de sustancias heterogéneas que se      FÓRMULA MAGISTRAL
emplean en el tratamiento antineoplásico.       La fórmula magistral es el medicamento
                                                destinado a un paciente individualizado,
CONSULTA                                        preparado por un farmacéutico, o bajo su
Acción de atender y examinar el médico a un     dirección, y que es dispensado tanto en las
enfermo realizando las exploraciones y          oficinas de farmacia como en los servicios
pruebas médicas necesarias para obtener un      farmacéuticos hospitalarios. Este tipo de
diagnóstico o un pronóstico y prescribir un     medicamento debe estar prescrito por un
tratamiento.                                    profesional sanitario que debe detallar los
                                                principios activos que incluye.
DIAGNÓSTICO
Juicio médico sobre la naturaleza de la         GUÍA ORIENTADORA DE MÉDICOS Y
enfermedad o lesión de un paciente, basado      SERVICIOS
en la valoración de sus síntomas y signos y     Profesionales     y      centros    sanitarios
en la realización de pruebas complementarias    pertenecientes      al      cuadro     médico
correspondientes.                               correspondiente     a      esta    póliza    y
                                                recomendados por SANITAS para la
ENFERMERO                                       prestación de los servicios objeto del seguro.
Diplomado Universitario en Enfermería,          La Guía puede sufrir modificaciones durante
legalmente capacitado y autorizado para         la vigencia de la póliza. Los asegurados
desarrollar la actividad de enfermería.         tienen a su disposición en las oficinas de
                                                SANITAS      una     relación    completa    y
ENFERMEDAD                                      actualizada de los facultativos y entidades
Toda alteración del estado de salud, que no     que conforman el cuadro médico de esta
sea consecuencia de accidente o lesión, y       póliza.
cuyo diagnóstico y confirmación sea
efectuado por un profesional sanitario          HABITACIÓN CONVENCIONAL
legalmente reconocido, y que haga precisa la    Habitación de una sola estancia o habitáculo,
asistencia facultativa.                         dotada de los equipamientos necesarios para
                                                la asistencia sanitaria. No se entienden como
ENFERMEDAD CONGÉNITA                            convencionales las suites o habitaciones con
Es aquella que existe en el momento del         antesala.
nacimiento, como consecuencia de factores
hereditarios o afecciones adquiridas durante    HOSPITAL
la gestación hasta el mismo momento del         Todo establecimiento público o privado
nacimiento. Una afección congénita puede        legalmente autorizado para el tratamiento de
m anifestars e     y    ser     reconocida      enfermedades o lesiones o accidentes,
inmediatamente después del nacimiento, o        provisto de presencia médica permanente y
                                                de los medios necesarios para efectuar


                                            9 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 10]
diagnósticos,    tratamientos  médicos   e          MATERIAL ORTOPÉDICO
intervenciones quirúrgicas y que permita el         Piezas anatómicas externas de cualquier
ingreso del paciente.                               naturaleza utilizadas para prevenir o corregir
                                                    las deformidades del cuerpo, como por
A los efectos de la póliza, no se consideran        ejemplo corsés, arneses o muletas.
hospitales los hoteles, casas de reposo,
balnearios,    instalaciones      dedicadas         MEDICAMENTO
principalmente      al    tratamiento     de        Toda sustancia o combinación de sustancias
enfermedades crónicas e instituciones               que se presente como poseedora de
similares.                                          propiedades para el tratamiento o prevención
                                                    de enfermedades en seres humanos, o que
Los centros, servicios y establecimientos, de       pueda usarse, o administrarse a seres
cualquier titularidad, autorizados por las          humanos con el fin de restaurar, corregir o
administraciones       sanitarias     de     las    modificar las funciones fisiológicas ejerciendo
comunidades autónomas y ciudades con                una acción farmacológica, inmunológica o
Estatuto de Autonomía aparecen recogidos            metabólica, o de establecer un diagnóstico
en el Registro General de centros,                  médico.
servicios y establecimientos sanitarios, del
Ministerio de Sanidad. En caso de centros,          La cobertura por parte de la aseguradora
servicios y establecimientos, de cualquier          estará supeditada a la prescripción de la
titularidad fuera del territorio nacional deben     terapia más eficiente disponible en el
aparecer acreditados como establecimiento           momento, por principio activo y utilizando
sanitario según la legislación de cada país.        siempre el fármaco genérico o biosimilar si
                                                    este estuviera autorizado por la Agencia
INTERVENCIÓN                                        Española del Medicamento y comercializado
Acción de someter a una persona con una             en España.
enfermedad, al control o examen necesario,
con las pruebas pertinentes, ya sean con            MÉDICO
efectos de diagnóstico o terapéutico,               Doctor o Licenciado en Medicina legalmente
referentes a los síntomas o alteraciones            capacitado y autorizado para tratar médica o
referidos en la consulta del profesional            quirúrgicamente    las   enfermedades      o
sanitario. Existen diferentes tipos de              lesiones.
intervenciones: quirúrgicas, terapéuticas,
diagnósticas. Deben ser efectuadas en todo          MÉTODO TERAPÉUTICO COMPLEJO
caso por un médico especialista competente          Se define como método terapéutico complejo
en un centro autorizado (hospitalario o extra       todo aquel que precisa para su realización un
hospitalario) y que requiere normalmente la         medio     sanitario    u    hospitalario  con
utilización de una sala específica dotada del       equipamiento       tecnológico,    sala    y/o
equipamiento necesario.                             profesional sanitario especializados.

LESIÓN                                              Asimismo, en los invasivos la infraestructura
Todo cambio patológico que se produce en            sanitaria donde es llevado a cabo debe contar
un tejido o en un órgano sano y que comporta        con personal y equipamiento suficientes para
un daño anatómico o fisiológico, es decir, una      hacer frente a cualquier complicación que
perturbación en la integridad física o en el        pueda sufrir el paciente como consecuencia
equilibrio funcional.                               directa o indirecta del mismo.

MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS                           Indicar a título de ejemplo que estarían
Piezas de cualquier naturaleza empleadas            comprendidos todos los procedimientos de
para la unión de los extremos de un hueso           litotricia,  radioterapia,   quimioterapia,
fracturado o para soldar extremos articulares.      radiología intervencionista, hemodinamia,
                                                    endoscopia,      aquellos    procedimientos


                                               10 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 11]
cubiertos que precisen láser, ondas de             de ejemplo, tienen esa consideración las
choque, rehabilitación de suelo pélvico.           prótesis articulares, lentes intraoculares,
                                                   reservorios de medicamentos, prótesis
MÉTODOS       TERAPEUTICOS                         vasculares, etc.
COMPLEJOS EN CONSULTA
Se define como método complejo en consulta         PRUEBA DIAGNÓSTICA BÁSICA
aquel método terapéutico complejo que              Es aquella prueba fundamental para poder
realiza el propio médico/ profesional sanitario    realizar el diagnóstico de una patología,
responsable de la atención al paciente en el       independientemente de que esta prueba sea
mismo acto de la consulta para el tratamiento      simple o compleja (ej: sangre oculta en
de su patología. Indicar a título de ejemplo       heces,       ci tología    gineco lógica,
que estarían incluidos entre otros los             colonoscopia,....).
siguientes métodos: los procedimientos de
rehabilitación del lenguaje y/o logopedia,         PRUEBA DIAGNÓSTICA COMPLEJA
electrocoagulación      de      lesiones     en    Se define como prueba diagnóstica compleja
dermatología, sondaje y cateterismo lacrimal,      toda aquella prueba que precisa para su
cuerpo extraño extraído en consulta en             realización un medio sanitario u hospitalario
otorrinolaringología, controles terapéuticos en    con equipamiento tecnológico y profesional
consulta de alergia, infiltraciones articulares    sanitario    especializado    y/o    para    la
realizadas en consulta,…                           interpretación de los resultados por su
                                                   complejidad. Asimismo la infraestructura
MÉTODO TERAPÉUTICO SIMPLE                          sanitaria donde es llevada a cabo debe contar
Se define como método terapéutico simple           con personal y equipamiento suficientes para
toda aquel prescrito por un médico del cuadro      hacer frente a cualquier complicación que
durante el acto de la consulta y para cuya         pueda sufrir el paciente como consecuencia
realización no se precisa de un equipo de alta     directa o indirecta de la realización de dicha
complejidad ni de personal médico, es              prueba. Indicar a título de ejemplo que
realizado por personal sanitario no médico.        estarían incluidas todas las pruebas: TAC/TC,
Dentro de este epígrafe estarían incluidos las     resonancia, neurofisiología, medicina nuclear,
curas, los inyectables, algunos tipos de           genética, biología molecular, endoscopia,
fisioterapia,...                                   hemodinamia, radiología intervencionista, etc.

PARTO                                              PRUEBAS       DIAGNOSTICAS
Se define como la salida de uno (o más)            COMPLEJAS EN CONSULTA
recién nacidos y la(s) placenta desde el           Se define como prueba diagnóstica compleja
interior de la cavidad uterina al exterior. El     en consulta aquella prueba diagnóstica
parto normal o a término es aquél que se           compleja que realiza el propio médico/
produce entre la 37ª y la 42ª semana desde         profesional sanitario     responsable de la
la fecha de la última menstruación. Los            atención al paciente en el mismo acto de la
partos ocurridos antes de las 37 semanas se        consulta para ayudar a establecer un
consideran partos prematuros y los que             diagnóstico. Indicar a título de ejemplo que
ocurren después de las 42 semanas se               estarían incluidas entre otras las siguientes
consideran partos post-término.                    pruebas: ecografias, eco-doppler, pruebas
                                                   alergicas en prick (prick test), pruebas de
PATOLOGÍA ORGÁNICA                                 contacto (test del parche/epicutáneas).
Lesión estructural en tejidos u órganos del
cuerpo humano                                      PRUEBA DIAGNÓSTICA SIMPLE
                                                   Se define como prueba diagnóstica simple
PRÓTESIS                                           toda aquella prueba prescrita por un médico
Todo elemento de cualquier naturaleza, que         del cuadro durante el acto de la consulta y
reemplaza temporal o permanentemente la            para cuya realización no se precise de equipo
ausencia de un órgano, tejido, fluido orgánico,    de alta complejidad ni interpretación
miembro o parte de alguno de éstos. A título       específica por un especialista. Dentro de este


                                              11 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 12]
epígrafe estarían incluidas la analítica simple    que ya se ha llevado al diagnóstico de las
de sangre y orina y la radiología simple.          mismas.

PSICOLOGÍA                                         URGENCIA
Disciplina   sanitaria    que   estudia    el      Se considera “Urgencia” a toda situación
comportamiento humano y los procesos               clínica que no lleve asociado un compromiso
mentales y que aplica dicho conocimiento           vital o daño irreparable en la integridad física
para la promoción del bienestar mental, así        del paciente y que precise una pronta
como para la prevención, evaluación y              atención sanitaria.
tratamiento de alteraciones psicológicas, de
conformidad con lo establecido por la              URGENCIA VITAL            /   EMERGENCIA
Organización Mundial de la Salud y la              MÉDICA
regulación profesional vigente.                    Es aquella situación clínica que requiere
                                                   atención médica inmediata, dado que un
RADIOFÁRMACOS                                      retraso en la misma puede derivar un
Se trata de medicamentos que incorporan            compromiso vital o daño irreparable en la
una pequeña cantidad de principio activo,          integridad física del paciente que pueda
conocido como trazador, marcado con un             suponer la pérdida o deterioro significativo de
radionúclido, lo que permite la emisión de una     una función, miembro, órgano del cuerpo de
dosis     de     radiación     empleada     en     la misma.
procedimientos diagnósticos y terapéuticos.

RECIÉN NACIDO
Persona en la etapa de la vida que se
extiende durante las cuatro primeras
semanas desde su nacimiento.

SERVICIOS A DOMICILIO
Visita en el domicilio del Asegurado y a
solicitud del Asegurado por parte de médico
de familia, pediatra/puericultor o enfermero,
en aquellos casos en que el Asegurado se
encuentre, por razón de su enfermedad,
incapacitado para trasladarse al consultorio,
siempre que SANITAS tenga concertada la
prestación de este servicio en dicho lugar.

SERVICIOS           DE       ASISTENCIA
URGENTE
Asistencia en caso justificado tanto en el
domicilio del Asegurado, como en cualquier
otro lugar del territorio nacional donde se
encuentre el Asegurado, siempre que
SANITAS tenga concertada la prestación de
este servicio en dicho lugar. El servicio será
prestado por médico de familia y/o enfermero.

TRATAMIENTO
Conjunto de medios de cualquier tipo
(higiénicos, farmacológicos, quirúrgicos o
bien físicos), los cuales tendrán como
finalidad primaria la curación o el alivio de
enfermedades o algunas de estas, una vez


                                              12 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 13]
Cláusula          I:     Objeto          del     COBERTURAS                PRINCIPALES
seguro                                           DE LA PÓLIZA
                                                 La acreditación de los actos y servicios
Dentro de los límites y condiciones              correspondientes a una especialidad médica,
estipuladas en la Póliza, y previo pago por el   es decir los servicios que puede realizar un
Tomador      del   seguro     de    la  prima    profesional sanitario de dicha especialidad,
correspondiente, copagos y franquicias que       está basada en la Clasificación Terminológica
en su caso corresponda y una vez firmada la      y Codificación de Actos y Técnicas Médicas
póliza por el Tomador, SANITAS pone a            (Nomenclátor) de la Organización Médica
disposición de sus asegurados un amplio          Colegial de España.
cuadro concertado de profesionales, clínicas
y hospitales para su asistencia médica,          Son objeto de cobertura asegurada, con
quirúrgica y hospitalaria en toda clase de       las limitaciones y exclusiones resaltadas
enfermedades o lesiones comprendidas,            en el condicionado de esta póliza, las
según la práctica médica habitual, en            consultas,     videoconsultas,    pruebas
aquellas especialidades y modalidades            diagnósticas       simples,      métodos
comprendidas en la cobertura de esta Póliza,     terapéuticos simples correspondientes a
asumiendo su coste mediante el pago directo      las     especialidades     indicadas    a
a los profesionales o centros concertados que    continuación.
hubieren realizado la prestación asegurada,
así como el pago al cliente en el caso de        Las pruebas diagnósticas complejas no
hacer uso de la modalidad de reembolso           son objeto de cobertura asegurada con la
siempre que sea objeto de la presente póliza     única excepción de la ecografía y
dicha modalidad de aseguramiento. En todo        ecocardiograma realizado en consulta.
caso, dichas prestaciones deberán ser
realizadas por aquellos profesionales y
centros médicos y hospitales que cumplan
con todos los requisitos legales para el         1.    Asistencia primaria
desarrollo de su actividad profesional en
                                                 1.1. Medicina Familiar
el territorio nacional y dentro de su
respectiva especialidad definido según el
                                                 Comprende la asistencia médica en consulta,
plan de formación aceptado según el
                                                 indicación y prescripción de las pruebas y
organismo competente en la actividad
                                                 medios diagnósticos simples durante los
correspondiente.                                 días y horas establecidos al efecto por el
                                                 facultativo, y la asistencia médica a domicilio
Cláusula II: Coberturas                          cuando por motivos que dependan sólo de la
                                                 enfermedad que aqueje al Asegurado se
Las prestaciones que son objeto de esta          encuentre impedido para trasladarse a la
póliza     están    condicionadas     al         consulta del médico.
cumplimiento de los periodos de carencia
indicados más adelante y siempre y               En los casos urgentes, el Asegurado deberá
cuando sean patologías posteriores a la          acudir a los servicios permanentes de
                                                 urgencia, o bien ponerse en contacto con el
contratación de la póliza y no conocidas
                                                 servicio telefónico de SANITAS.
por el Asegurado o, siendo anteriores y
conocidas por el Asegurado, hayan sido           1.2. Pediatría y Puericultura
declaradas por éste a la Aseguradora sin
que la Aseguradora haya excluido las             Comprende la asistencia de niños hasta
mismas en el momento de la contratación          cumplir los 15 años de edad, en consultorio
de la póliza.                                    y a domicilio, la indicación y prescripción de
                                                 las pruebas y medios diagnósticos simples


                                            13 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 14]
aplicándose las mismas normas ya citadas
para la cobertura de Medicina Familiar.          3.3.   Anatomía Patológica

1.3. Servicio de Enfermería                      3.4.   Angiología y cirugía vascular

Comprende la asistencia en consulta y a          3.5.   Aparato Digestivo
domicilio por el personal de enfermería.
                                                 3.6.   Cardiología

2. Urgencias                                     3.7.   Cirugía Cardiovascular

Comprende la asistencia sanitaria de las         3.8. Cirugía      General     y   del   Aparato
consultas, pruebas diagnósticas y métodos        Digestivo
terapéuticos básicos que puedan ser
requeridos por el Asegurado en casos de          3.9.   Cirugía Maxilofacial
urgencia que se prestará en los centros de
urgencia permanente que estén concertados        Comprende     el   diagnóstico   de    las
con SANITAS       e indicados en la Guía         enfermedades y traumatismos que involucren
Orientadora de Médicos y Servicios               exclusivamente a la mandíbula y maxilar
correspondiente a este producto.                 superior.

En caso justificado, se atenderá al              No son por tanto objeto de cobertura
Asegurado, en el lugar donde se encuentre,       asegurada ningún tratamiento distinto de los
por los servicios permanentes de guardia,        mencionados en el párrafo anterior como por
únicamente en aquellas poblaciones en            ejemplo los tratamientos propios de la
las que SANITAS tenga concertada la              especialidad de Odontología, así como
prestación de dicho servicio.                    tratamientos estéticos y/o que tengan
                                                 finalidad funcional del área bucodental del
                                                 paciente,    entre    otros   las    cirugías
                                                 ortognáticas,      preimplantológicas       y
3. Especialidades médicas                        preprotésicas.
Quedan cubiertas las consultas, pruebas          3.10. Cirugía Ortopédica y Traumatología
diagnósticas    simples    y   métodos
terapéuticos      sim ples   única    y          3.11. Cirugía Pediátrica
exclusivamente mencionados en las
siguientes especialidades:                       3.12. Cirugía Reparadora

Las pruebas diagnósticas complejas no            3.13. Cirugía Torácica
son objeto de cobertura asegurada con la
única excepción de la ecografía y                3.14. Dermatología
ecocardiograma realizado en consulta.
                                                 3.15. Endocrinología
3.1.   Alergología
                                                 3.16. Geriatría
Incluye la determinación de IgE específica en
análisis de sangre frente a alérgenos            3.17. Ginecología y Obstetricia
completos (extractos naturales) incluyendo
recombinantes. No es objeto de cobertura         Incluye para el diagnóstico de la infertilidad y
el IgG4, el test cualitativo de anticuerpos      esterilidad       exclusivamente             las
lgE y el diagnóstico molecular de la             determinaciones analíticas hormonales
alergia (microarrays).                           basales (excepto hormona antimulleriana).

3.2.   Análisis Clínicos


                                            14 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 15]
La Asegurada podrá acceder al plan de            bacteriológicos de semen. Solamente
recuperación del suelo pélvico a través del      hasta el diagnóstico, es decir, una vez
programa telefónico (917 522 904),               empiece el tratamiento no se cubrirá
proporcionado        exclusivamente     por      ningún servicio más relacionado con el
nuestra        plataforma       telefónica       mismo.
especializada Sanitas Responde, formada
por un equipo multidisciplinar, para
recuperar el tono muscular apropiado y           4. Otros servicios asistenciales
prevenir o tratar disfunciones o patologías
secundarias.                                     En el caso de que estos servicios sean
                                                 prestados por profesionales sanitarios, estos
3.18. Hematología y Hemoterapia                  deberán de estar correctamente titulados y
                                                 colegiados.
3.19. Medicina Interna
                                                 4.1.   Fisioterapia
3.20. Nefrología
                                                 Está comprendida únicamente con carácter
3.21. Neumología                                 ambulatorio y exclusivamente para las
                                                 afecciones de origen en el aparato
3.22. Neurocirugía                               locomotor,    considerando     como      tales
                                                 exclusivamente aquellas estructuras del
3.23. Neurofisiología Clínica                    cuerpo humano que realizan la función de
                                                 locomoción o desplazamiento, no aquellas
3.24. Neurología                                 por     tanto    como     la     articulación
                                                 temporo-mandibular o la pared/musculatura
3.25. Oftalmología                               abdominal que no realizan dicha función, y
                                                 siempre que no se trate de un proceso
3.26. Oncología Médica                           crónico o degenerativo, hasta la mayor
                                                 recuperación funcional posible del paciente,
3.27. Otorrinolaringología
                                                 determinada por su médico rehabilitador.
3.28. Psiquiatría
                                                 Requiere autorización previa de SANITAS
3.29. Radiodiagnóstico-Diagnóstico       por     tras valoración de informe médico.
Imagen
                                                 Se incluyen los tratamientos de fisioterapia y
                                                 rehabilitación hasta que se haya conseguido
Se cubre sólo radiología básica y ecografía
                                                 la recuperación funcional, o el máximo
realizada en consulta.
                                                 posible de ésta, o cuando se convierta en
3.30. Rehabilitación                             terapia de mantenimiento. Por lo tanto,
                                                 tampoco es objeto de cobertura la
Comprende las consultas encaminadas al           rehabilitación neuropsicológica o estimulación
diagnóstico, valoración y prescripción de los    cognitiva.
tratamientos de fisioterapia contemplados en
la cobertura de Fisioterapia.                    Aunque no es objeto de cobertura los
                                                 métodos      terapéuticos        complejos,
3.31. Reumatología                               excepcionalmente sí es objeto de cobertura el
                                                 tratamiento con láser en fisioterapia
3.32. Urología                                   músculo-esquelética.

Incluye para el diagnóstico de infertilidad y    Queda excluida la rehabilitación de origen
esterilidad exclusivamente las siguientes        neurológico, la atención temprana, la
pruebas: determinaciones hormonales              terapia    ocupacional,      rehabilitación
basales, seminograma básico y cultivos           cardíaca   en    régimen      ambulatorio,


                                            15 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 16]
rehabilitación respiratoria, rehabilitación       finalidad sea el tratamiento de patologías
de la articulación temporomandibular, la          susceptibles de intervención psicológica.
rehabilitación vestibular, rehabilitación en
medios       acuáticos,      rehabilitación       Los test psicométricos, serán por cuenta
oftalmológica o aquellas que usen                 del Asegurado.
equipamiento robótico.
                                                  Comprende hasta un máximo de 15
Queda excluido cualquier tipo de                  sesiones por Asegurado y anualidad del
tratamiento de fisioterapia a domicilio.          seguro.

Quedan excluidos los tratamientos de              Queda excluido el psicoanálisis, la terapia
fisioterapia y rehabilitación cuando hayan        psicoanalítica, la hipnosis, tratamiento de
conseguido la recuperación funcional, o el        la narcolepsia, terapias con animales y los
máximo posible de ésta, o cuando se               servicios de rehabilitación psicosocial o
convierta en terapia de mantenimiento.            neuropsiquiatría.

4.2.   Logopedia y foniatría                      4.6.   Terapias respiratorias domiciliarias

No es objeto de cobertura la rehabilitación       Comprende únicamente          los   siguientes
del lenguaje y logopedia por ser un               tratamientos:
método terapéutico complejo.
                                                  a)    Oxigenoterapia:        líquida,     con
4.3. Nutrición                                    concentrador y gaseosa.

El acceso a esta especialidad tendrá que ser      La oxigenoterapia líquida deberá estar
prescrito     por     especialistas      en       prescrita para administrarse durante al
endocrinología,     oncología,     medicina       menos 15 horas diarias. SANITAS solo se
interna, geriatría, pediatría, digestivo o        hará cargo de un tipo de tratamiento de
ginecología y obstetricia autorizados por         oxigenoterapia.
SANITAS. Se cubre cuando existe una
patología médica (pacientes oncológicos,          Excluye el    concentrador de oxígenos
diabetes, problemas de obesidad con               portátil.
IMC>30 o trastorno alimentario severo).
                                                  b)    Generación de presión positiva en la
4.4. Podología           (exclusivam ente         vía aérea con CPAP o autoCPAP para
Quiropodia)                                       trata m iento     del  Sin drom e      de
                                                  Apnea-Hipopnea del Sueño. Por lo tanto,
Se      cubre    únicamente    quiropodia         no es objeto de cobertura el autoCPAP
entendiendo como tal el tratamiento para          para este tratamiento.
la    eliminación    de  callosidades   y
alteraciones en las uñas de los pies              c)    Ventiloterapia parcial con BIPAP y
practicado por un podólogo.                       Aerosolterapia.

Se cubre hasta un máximo de 12 sesiones           4.7.   Tratamiento del Dolor
al año por Asegurado.

4.5.   Psicología

Comprende la atención psicológica de
carácter individual prescrita por Psiquiatras,
Médicos Asesores de Salud Familiar,
Pediatras u Oncólogos Médicos y cuya


                                             16 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 17]
COBERTURAS
ADICIONALES DE LA
PÓLIZA

[Seite 18]
Dental Básico                                         • Esta cobertura corresponde en exclusiva
                                                        al Asegurado y es personal e
Comprende       exclusivamente     consultas,           intransferible.
extracciones, y limpiezas de boca, realizados         • El servicio de videoconsulta se prestará
en consulta.                                            en aquellos casos en los que SANITAS
                                                        lo establezca y siempre con cita previa.
                                                      • Los servicios objeto de esta cobertura
                                                        son prestados por Sanitas Emisión S.L.,
 Videoconsulta de                                       empresa del Grupo Sanitas.
 Urgencias                                            • Si el Asegurado es menor de 18 años la
                                                        interlocución se efectuará con el
 Aquellos asegurados que deseen utilizar el             representante legal del menor.
 servicio de urgencias a través de
 videoconsulta deberán:                               3. PROCEDIMIENTO

 • Registrarse en el área reservada a los             • El Asegurado podrá solicitar este
   clientes denominada "MI SANITAS" a la                servicio a través de Mi Sanitas en
   cual puede acceder a través de la App o              www.sanitas.es o a través de la App
   el sitio web www.sanitas.es.                         móvil para establecer contacto mediante
                                                        chat, citación por videoconsulta o en el
 • A través del servicio de videoconsulta el            teléfono 91 752 29 04 dentro del horario
   Asegurado no podrá elegir el facultativo             establecido.
   sino que éste será el disponible en el             • Se ofrecerán recomendaciones para
   momento en que se solicite la consulta.              cada programa digital, así como
                                                        resolución de dudas por parte del asesor
 • La videoconsulta no sustituye en ningún              y seguimiento personalizado de cada
   caso a la consulta presencial sino que               Asegurado.
   sirve exclusivamente como herramienta              • Los objetivos y planes de acción con
   auxiliar en el proceso de diagnóstico y              cada Asegurado serán individualizados y
   tratamiento del paciente, motivo por el              se consensuarán conjuntamente con el
   cual el facultativo puede requerir al                mismo.
   Asegurado para que acuda a consulta                • Se programará con el Asegurado la
   presencial en aquellos casos que lo                  periodicidad y tipo de contactos de
   considere oportuno.                                  seguimiento de cada programa (vía
                                                        telefónica, chat y videoconsulta).
 Blua                                                 • El Asegurado también podrá pedir cita
                                                        con su asesor de salud siempre que lo
                                                        necesite para tener consulta a través del
 Programas de salud                                     teléfono, chat o videoconsulta dentro del
                                                        horario establecido.
 1. OBJETO DE LA COBERTURA                            • Los servicios objeto de cobertura serán
                                                        prestados siempre que la presente
 Facilitar   al    Asegurado     información,           cobertura y la póliza de la cual forma
 orientación y atención profesional y                   parte se encuentren en vigor y al
 personalizada, exclusivamente mediante                 corriente de pago de la prima.
 técnicas de comunicación a distancia (vía
 telefónica, chat y videoconsulta).                   4. HORARIO DE ATENCIÓN

 2. ALCANCE DE LA COBERTURA                           El horario de atención es de lunes a
                                                      viernes de 8.00h a 22.00h, excepto
                                                      festivos nacionales y locales en Madrid.

                                                      5. DURACIÓN


                                                18 - 42                      Condiciones Generales

[Seite 19]
Esta cobertura complementaria entrará en               en función del perfil y la situación de salud
vigor en la fecha expresamente indicada                del Asegurado.
en las Condiciones Particulares de la
póliza y su extinción coincidirá con la fecha          Este programa permite realizar un
de     vencimiento      de      la    misma ,          seguimiento más visual de los objetivos y
prorrogándose por anualidades sucesivas                el progreso alcanzado a través de la App
en los mismos términos y condiciones                   de Mi Sanitas.
establecidos para la garantía principal en
las Condiciones Generales de esta póliza .
                                                       Nutrición
6. RIESGOS EXCLUIDOS
                                                       1. OBJETO DE LA COBERTURA
Sin    perjuicio    de     las    exclusiones
establecidas     en     estas     Condiciones          Facilitar   al  Asegurado      información,
Generales       de     la     póliza    serán          orientación y atención profesional y
específicamente      aplicables      a    esta         personalizada en materia de nutrición para
cobertura las siguientes exclusiones:                  servir de apoyo a la consecución de
                                                       hábitos alimentarios saludables.
• Consultas o atenciones que requieran
  la presencia física del facultativo.                 Servicio ofrecido por especialistas titulados
• Diagnóstico de enfermedades o                        en nutrición y dietética que trabajan con
  prescripción de pruebas diagnósticas                 protocolos médicos y planes de atención
  o tratamientos médicos.                              específicos en función del perfil y la
• La atención a cualquier patología                    situación de salud del Asegurado.
  congénita o adquirida que a juicio del
  especialista sea un impedimento para                 Este programa permite realizar un
  la realización del plan.                             seguimiento más visual de los objetivos y
                                                       el progreso alcanzado a través de la App
• Las coberturas excluidas en las
                                                       de Mi Sanitas.
  Condiciones Generales y Particulares
  de la póliza.
                                                       2. R I E S G O S       ESPECÍFICOS
A continuación se detallan los programas
disponibles:                                           EXCLUIDOS

Entrenador Personal y                                  Sin perjuicio de las exclusiones detalladas
                                                       anteriormente,     serán   específicamente
Fisioterapia                                           aplicables a esta cobertura las siguientes
                                                       exclusiones:
1. OBJETO DE LA COBERTURA
                                                       • La atención por los siguientes
Facilitar   al    Asegurado información,                 trastornos: bajo peso (Índice de Masa
orientación y atención profesional y                     Corporal menor a 17), trastornos de la
personalizada en materia de actividad                    alimentación (anorexia, bulimia, etc.)
física con el objetivo de mejorar su                     o      cualquier         patología
condición física.                                        médica/pluripatología seria que el
                                                         profesional sanitario considere que
Servicio ofrecido por fisioterapeutas                    debe ser seguida en consultas de
especializados y entrenadores personales                 modo presencial.
específicamente designados por SANITAS                 • El seguimiento de la obesidad
en cada caso, que trabajan con protocolos                mórbida (Índice de Masa Corporal)
médicos y planes de atención específicos
                                                         mayor a 40 o mayor de 35 con
                                                         comorbilidades asociadas (DBT,HTA,


                                                 19 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 20]
  cardiopatía, SAOS...) queda excluido              Facilitar  al   Asegurado   información,
  porque se deberá efectuar según el                orientación y atención profesional y
  protocolo     establecido   por    la             personalizada en relación al embarazo,
  compañía, una vez se confirme que el              postparto y primeros meses de vida del
  Asegurado cumple los requisitos                   bebé con el objetivo de ayudar a la
  establecidos por SANITAS.                         Asegurada a disfrutar de un embarazo y
                                                    postparto saludable, así como aportar
Psicología                                          consejos para los primeros cuidados del
                                                    bebé.
1. OBJETO DE LA COBERTURA
                                                    Servicio   ofrecido      por matronas       y
                                                    enfermeras especializadas en maternidad
Facilitar   al   Asegurado   información,
                                                    específicamente designadas por SANITAS
orientación y atención profesional y
                                                    en cada caso, que trabajan con protocolos
personalizada en materia de psicología,
                                                    médicos y planes de atención específicos
para servir de apoyo a la consecución del
                                                    en función del perfil y la situación de salud
bienestar psicológico.
                                                    de la Asegurada.
Servicio ofrecido por psicólogos que
                                                    Este programa permite realizar un
trabajan con protocolos médicos y planes
                                                    seguimiento más visual de los objetivos y
de atención específicos en función del
                                                    el progreso alcanzado a través de La App
perfil y la situación de salud del cliente.
                                                    de Mi Sanitas.


2. R I E S G O S      ESPECÍFICOS
                                                    Salud Infantil
EXCLUIDOS
                                                    1. OBJETO DE LA COBERTURA
Sin perjuicio de las exclusiones detalladas
                                                    Facilitar   al    Asegurado     información,
anteriormente,     serán   específicamente
                                                    orientación y atención profesional y
aplicables a esta cobertura las siguientes
                                                    personalizada en relación a la salud y
exclusiones:
                                                    desarrollo de los niños hasta los 14 años
                                                    con el objetivo de completar la información
• La atención por los siguientes
                                                    facilitada por el pediatra en las consultas
  trastornos: psicóticos, depresión
                                                    presenciales así como para solucionar
  grave, trastornos de la alimentación              dudas.
  (anorexia, bulimia, etc) trastornos de
  la personalidad (esquizoide, evitativo,           Servicio     ofrecido     por   enfermeros
  dependiente, histriónico, límite, etc);           pediátricos específicamente designados
  demencias y deterioro cognitivo;                  por SANITAS en cada caso, que trabajan
  obesidad mórbida (este seguimiento                con protocolos médicos y planes de
  se deberá efectuar según el protocolo             atención específicos en función del perfil y
  establecido por la compañía, una vez              la situación de salud del Asegurado.
  se confirme que el Asegurado cumple
  los requisitos establecidos por                   Este programa permite realizar un
  SANITAS).                                         seguimiento más visual de los objetivos y
                                                    el progreso alcanzado a través de La App
Embarazo                                            de Mi Sanitas.

1. OBJETO DE LA COBERTURA
                                                    Cuidado del suelo pélvico


                                              20 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 21]
1. OBJETO DE LA COBERTURA                             Urgencias por
Facilitar    al  Asegurado    información,            videoconsulta
orientación y atención profesional y
personalizada en relación al cuidado y                Aquellos asegurados que deseen utilizar el
rehabilitación del suelo pélvico con el               servicio de urgencias a través de
objetivo de ayudar al Asegurado a prevenir            videoconsulta deberán:
o mejorar los problemas de suelo pélvico.
                                                      • Registrarse en el área reservada a los
Servicio ofrecido por fisioterapeutas                   clientes denominada "MI SANITAS" a la
específicamente designados por SANITAS                  cual puede acceder a través de la App o
en cada caso, que trabajan con protocolos               el sitio web www.sanitas.es.
médicos y planes de atención específicos
en función del perfil y la situación de salud         • A través del servicio de videoconsulta el
del Asegurado.                                          Asegurado no podrá elegir el facultativo
                                                        sino que éste será el disponible en el
                                                        momento en que se solicite la consulta.
Deshabituación tabáquica
                                                      • La videoconsulta no sustituye en ningún
1.OBJETO DE LA COBERTURA                                caso a la consulta presencial sino que
                                                        sirve exclusivamente como herramienta
Facilitar  al   Asegurado      información,             auxiliar en el proceso de diagnóstico y
orientación y atención profesional y                    tratamiento del paciente, motivo por el
pers onalizada     en      m ate ria     de             cual el facultativo puede requerir al
deshabituación tabáquica con el objetivo                Asegurado para que acuda a consulta
de ayudar al Asegurado en su propósito de               presencial en aquellos casos que lo
abandonar o disminuir el hábito del tabaco.             considere oportuno.

Servicio ofrecido por enfermeros y
psicólogos       especializados        en
deshabituación tabáquica específicamente
designados por SANITAS en cada caso,
que trabajan con protocolos médicos y
planes de atención específicos en función
del perfil y la situación de salud del
Asegurado.


Otras ventajas digitales
SANITAS podrá poner a disposición del
Asegurado sin coste adicional, coberturas
digitales relacionadas con el cuidado de la
salud adicionales o en sustitución de las
que son objeto de esta póliza. El alcance
de cobertura asegurada de las mismas con
sus límites y exclusiones constará
reflejada en el área privada Mi Sanitas en
www.sanitas.es o a través de la app móvil
debiendo los asegurados proceder a la
aceptación de dichas condiciones con
anterioridad a su utilización.


                                                21 - 42                      Condiciones Generales

[Seite 22]
Cláusula          III:     Coberturas            asistenciales    de   medicina     nuclear,
excluidas                                        radioterapia, radiología intervencionista o
                                                 hemodinamia.

Quedan excluidas de todas las coberturas de      D. Todas las pruebas diagnósticas
esta póliza, sin perjuicio de cualquier otra     complejas    excepto       ecografía    y
exclusión debidamente resaltada que figure       ecocardiograma realizado en consulta.
en el condicionado de esta póliza, las           Para mayor claridad, diríjase al glosario
asistencias sanitarias derivadas de los          de términos.
riesgos indicados a continuación:
                                                 E. Todos los métodos terapéuticos
A. Toda clase de enfermedades, lesiones,         complejos sin excepción. Para mayor
dolencias, defectos constitucionales o           claridad, diríjase al glosario de términos.
congénitos, deformaciones, estado o
situación médica preexistentes a la fecha        F. La asistencia sanitaria relacionada con
de alta de cada Asegurado en la póliza y/o       enfermedades,     accidentes,     lesiones,
los que sean consecuencia de accidentes          malformaciones o defectos:
o enfermedades y sus secuelas que sean
de origen anterior a la fecha de inclusión       • Producidos como consecuencia de
de cada asegurado en la póliza.                    guerras civiles, internacionales, actos
                                                   de carácter terrorista en cualquiera de
El Tomador del seguro, en su nombre y              sus     formas     (química,   biológica,
en el de los asegurados, debe hacer                nuclear, etc.), revoluciones y maniobras
constar en el cuestionario de salud                militares, aún en tiempo de paz, y
incluido     en      la     solicitud     de       epidemias declaradas oficialmente.
seguro,cualquier tipo de lesión, patología
congénita,     enfermedades,         pruebas     • Que guarden relación directa o
diagnósticas,     tratamientos        y    la      indirecta con radiación nuclear o
sintomatología que pudiera considerarse            contaminación radiactiva, así como los
como el inicio de alguna patología. En             que provengan de fenómenos naturales
caso de ocultación, quedará excluida               como      terremotos,     inundaciones,
cualquier cobertura asegurada que                  erupciones     volcánicas     y   otros
guarde relación directa o indirecta con la         fenómenos sísmicos o meteorológicos.
declaración    no     realizada.    SANITAS
valorará la información facilitada por el        • Los derivados de accidentes laborales
Tomador y en base a la misma podrá                 y profesionales.
aceptar o rechazar la contratación del
seguro o bien aceptarlo excluyendo               • Queda excluido de cobertura asegurada
determinadas coberturas aseguradas.                cualquier    prestación   que guarde
                                                   relación con accidentes de tráfico,
B. Cualquier tipo de asistencia sanitaria          hayan ocurrido en España o en el
prestada en régimen asistencial de                 Extranjero, excepto las necesarias
hospitalización u hospitalización de día           asistencias de carácter urgente o salvo
según se definen éstas en el glosario, así         que haya contratado el complemento de
como cualquier intervención quirúrgica             accidentes de tráfico.
que se realice en cualquier tipo de
régimen asistencial.                             • Los     producidos     practicando    el
                                                   Asegurado, como aficionado, deportes
C. Cualquier servicio asistencial, prueba          de    riesgo,   como     por    ejemplo
diagnóstica   o    método     terapéutico          actividades    aéreas,    pruebas    de
prescrito   o     realizado    por     las         velocidad con vehículos a motor,
especialidades médicas o unidades                  submarinismo, esquí fuera de pista o
                                                   con saltos de trampolín, el bobsleigh,


                                            22 - 42                     Condiciones Generales

[Seite 23]
  escalada, boxeo, lucha en cualquiera de         Lo previsto en este apartado se entiende sin
  sus modalidades, toreo y encierro de            perjuicio de las restantes exclusiones
  reses bravas, artes marciales, rugby,           contenidas en esta póliza.
  quad, espeleología, actividades de
  navegación o en aguas bravas, rafting,          I. Cualquier tipo de servicio relacionado
  puenting, hidrospeed, barranquismo,             con:
  paracaidismo, parapente, aerostación,
  vuelo libre, vuelo sin motor, caza,             • Patologías o tratamientos no incluidos
  hípica, o cualquier otra actividad de             en la cobertura de la póliza o cualquier
  riesgo análogo, así como los derivados            otra prestación médica que guarde
  de las competiciones deportivas,                  relación directa con un tratamiento que
  incluidos los entrenamientos.                     no haya sido realizado bajo la cobertura
                                                    asegurada por la póliza al no ser objeto
G. La asistencia sanitaria prestada en:             de la misma.

• Centros o servicios de la Seguridad             • El diagnóstico y tratamientos, inclusive
  Social o integrados en el Sistema                 la cirugía, encaminados a solventar la
  Nacional de Salud. Queda igualmente               esterilidad o infertilidad en ambos
  excluida    la  Asistencia sanitaria              sexos, excepto las pruebas detalladas
  Trasfronteriza.                                   en el apartado correspondiente de
                                                    ginecología y urología, o de la
H. La asistencia sanitaria derivada de              impotencia y la disfunción eréctil,
alcoholismo     crónico,     drogadicción,          incluida la cirugía de cambio de sexo.
intoxicaciones debidas al abuso del
alcohol,       de       psicofármacos,            • Tratamientos con plasma rico en
estupefacientes o alucinógenos, intento             plaquetas, factores de crecimiento y
de    suicidio    y    autolesiones,    de          células madre.
enfermedades o accidentes sufridos por
dolo o culpa grave del Asegurado.                 • El ácido hialurónico, tanto si está
                                                    comercializado como medicamento o
Igualmente queda excluido cualquier                 como producto sanitario.
método terapéutico o prueba diagnóstica
realizada dentro de un ensayo clínico o           • Órtesis,    productos       ortopédicos,
que por su falta de seguridad o eficacia            productos anatómicos, gafas, lentillas,
no sean empleados en la práctica clínica            aparatos auditivos entre otros.
habitual,   considerando    como   tales
aquellos que no consten aprobados por la          • Radiofármacos con fines terapéuticos
Agencia Europea del Medicamento y/o la              (itrio   (90Y)    cloruro,  ibritumomab
Agencia Española de Medicamentos y                  tiuxetán (90Y), radio (223) dicloruro,
Productos Sanitarios, así como por las              lutecio      (177Lu)     oxodotreotida…)
Agencias     de    Evaluación   de   las            excepto los mencionados en Oncología
tecnologías Sanitarias dependientes de              Médica como el Ioduro (131I) de sodio
los servicios de salud de las CCAA o del            para el tratamiento del hipertiroidismo y
Ministerio de Sanidad.                              del cáncer de tiroides, así como el uso
                                                    de Citrato de ytrio (90Y) para la
Las Técnicas cuya inclusión en la póliza            sinoviortesis radioisotópica.
SANITAS comunique al Tomador, quedarán
incluidas sólo en los términos y dentro de los    • Se    excluyen   las   técnicas  de
límites de dicha comunicación.                      transferencia celular adoptiva (por
                                                    ejemplo CAR T, transferencia celular


                                             23 - 42                      Condiciones Generales

[Seite 24]
adoptiva de linfocitos T infiltrantes de
tumor (TIL)).


                                       24 - 42   Condiciones Generales

[Seite 25]
Cláusula V: Forma                        de       Los Asegurados podrán acudir libremente a
prestar los servicios                             las consultas de los facultativos especialistas,
                                                  así como a los centros de urgencias que
                                                  forman parte del cuadro médico concertado
1. A través del cuadro médico                     con SANITAS para este producto. Consulte
                                                  en la guía Orientadora de Médicos y
concertado                                        Servicios aquellos especialistas para los
                                                  que      es     necesario        prescripción/
La asistencia se prestará de conformidad con      autorización.
la normativa sanitaria que resulte de
aplicación por profesionales con suficiente
                                                  1.2. Prescripción previa para la realización
titulación para cada servicio específico
                                                  del servicio.
pertenecientes al cuadro médico concertado
                                                  Las pruebas diagnósticas básicas, métodos
correspondiente a este producto asegurador.
                                                  terapéuticos básicos y determinados servicios
Cuando en la población donde se encuentre
                                                  asistenciales requerirán prescripción escrita
el Asegurado no exista alguno de los
                                                  de un médico concertado de SANITAS para
servicios que son objeto de cobertura por
                                                  su realización.
esta póliza, serán facilitados en la provincia
donde los mismos puedan realizarse, a
                                                  En particular, las consultas de Psicología
elección del Asegurado. Cuando un
                                                  deben ser prescritas por un Psiquiatra,
determinado      tratamiento     o    técnica
                                                  Médico de Familia, Oncólogo o Pediatra.
diagnostica no sea objeto de cobertura
asegurada      los     servicios     médicos
                                                  1.3. Prescripción y autorización previa
asistenciales, que necesariamente deban
                                                  para la realización del servicio.
prestarse como consecuencia de la
                                                  Con carácter general, será necesaria la
realización del citado tratamiento o
                                                  previa autorización expresa de SANITAS tras
técnica, tampoco serán objeto de                  la prescripción escrita de los facultativos de la
cobertura asegurada.                              Entidad     para     determinados       métodos
                                                  terapéuticos, pruebas diagnósticas y otros
Al recibir los servicios que procedan, el         servicios asistenciales siempre que así se
Asegurado deberá exhibir la tarjeta de            indique en el condicionado de la póliza y
SANITAS. Igualmente, el Asegurado estará          teniendo en todo caso consideración que
obligado a exhibir su Documento Nacional          únicamente son objeto de cobertura aquéllos
de Identidad, si le fuese requerido. Cada         que tengan la consideración de simples y de
vez que el Asegurado reciba un servicio           los complejos exclusivamente ecografía y
cubierto por la póliza, abonará en                ecocardiograma en consulta, conforme a la
concepto de participación en el coste de          definición de los mismos ya realizada en el
dicho servicio, la cantidad que figure en         apartado denominado glosario de términos.
las Condiciones Particulares.                     El volante de autorización carecerá de validez
                                                  si en el momento de la realización del
SANITAS está obligada a prestar cobertura         servicio, el Asegurado no cumple con todos
aseguradora en los términos establecidos en       los     requisitos    establecidos       en    el
la póliza, no quedando vinculada por las          Condicionado de su Póliza de seguro para
decisiones que puedan adoptar profesionales       contar con plena cobertura aseguradora en
pertenecientes o no a su cuadro médico y          relación con el servicio que es objeto de
que no sean objeto de dicha cobertura             dicha autorización (Por ejemplo, no estar al
asegurada.                                        corriente en el pago de la prima, enfermedad
                                                  preexistente no declarada, si la póliza no se
La asistencia puede llevarse a cabo de            encuentra en vigor en el momento de
diferentes maneras, dependiendo del servicio      prestación del servicio, etc.).
a prestar:
                                                  1.4. Autorización previa para la realización
1.1. Libre acceso.                                del     servicio     por    profesionales
                                                  expresamente acreditados.


                                             25 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 26]
Ciertos servicios tendrán que ser realizados       Oficina de las Entidades concertadas
por los      profesionales    específicamente      aceptando los trámites administrativos de
concertados y acreditados por SANITAS para         dichas Entidades.
realizar esas técnicas concretas bajo una
autorización    previa    que    habilite  el      1.7. Urgencias.
procedimiento.                                     Según dispone el artículo 103 de la Ley de
                                                   Contrato de Seguro, SANITAS asume las
1.5. Servicios al Domicilio del Asegurado.         necesarias asistencias de carácter urgente
SANITAS se obliga a prestar los servicios a        de acuerdo con lo previsto en las Condiciones
domicilio en aquellas poblaciones en las que       de la Póliza y que en todo caso serán
SANITAS tenga concertado la prestación de          prestadas a través de los medios concertados
dicho servicio. Cualquier cambio de                por SANITAS específicamente indicados en
domicilio del Asegurado deberá ser                 la Guía Orientadora de Médicos y Servicios
notificado de manera fehaciente con una            para este producto.
antelación mínima de ocho días al
requerimiento de cualquier servicio.               1.8. Asistencia en medios no concertados
                                                   con SANITAS. SANITAS únicamente
Los servicios prestados en el domicilio del        asumirá la cobertura de asistencias
Asegurado son los relativos a las                  prestadas al Asegurado en centros no
especialidades    de    Medicina   Familiar,       concertados, siempre que se trate de una
Pediatría, Urgencias, Enfermería, Atención         urgencia vital de una de las prestaciones
Especial a Domicilio, Ambulancia y Terapias        médicas cubiertas por esta póliza.
Respiratorias.   Todos     ellos  requieren
prescripción de un médico salvo Medicina           2. Consultas médicas a distancia
Familiar y Pediatría. SANITAS se reserva el
derecho a no prestar dicho servicio cuando
                                                   El Asegurado podrá acceder a determinados
bajo criterios médicos no lo considere
                                                   facultativos y especialidades del cuadro
necesario.
                                                   médico concertado para recibir una atención
                                                   médica personalizada a través de los
En particular, los tratamientos de las terapias
                                                   servicios de videoconsulta y de consulta
respiratorias deben ser prescriptos por un
                                                   telefónica, en adelante "Las consultas
médico      especialista     concertado     con
                                                   médicas a distancia".
SANITAS. En todos los tratamientos el
Asegurado deberá renovar la prescripción y la
                                                   Además, el Asegurado podrá acceder a un
autorización del servicio por parte de
                                                   servicio de Urgencias 24 horas a través de
SANITAS con una periodicidad variable
                                                   videoconsulta.
según el tipo de dispositivo y las sesiones
autorizadas en cada caso, excepto para el
                                                   2.1. Descripción:
CPAP y el concentrador de oxígeno de los
pacientes ya catalogados como crónicos cuya
                                                   • El servicio será prestado por especialistas
autorización es indefinida y no precisa
                                                     médicos seleccionados por SANITAS
renovación      salvo    algunas    situaciones
                                                     dentro del Cuadro Médico concertado de
excepcionales (cambio de provincia de
                                                     SANITAS.
residencia, cambio de póliza).
                                                   • SANITAS informará en cada momento en
1.6. Asistencia en caso de desplazamiento
                                                     www.sanitas.es de las especialidades y
temporal a Cantabria y Navarra.
                                                     profesionales a los que se podrá acceder a
En caso de desplazamiento temporal del
                                                     través de las consultas médicas a
Asegurado a las Comunidades Autónomas
                                                     distancia.
citadas el servicio objeto de cobertura se
prestará a través de los cuadros médicos de
                                                   • Estos servicios se prestarán siempre a
las Entidades expresamente concertadas con
                                                     través de cita previa y estarán sujetos a los
SANITAS para tal efecto. El Asegurado
                                                     horarios de atención del médico, estos
deberá presentar su tarjeta SANITAS en la


                                              26 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 27]
  horarios podrán ser consultados por el                 la póliza. Con la única excepción de la
  Asegurado en Mi Sanitas. Como excepción                consulta médica a distancia en Urgencias
  a lo anteriormente indicado, aquellas                  24 horas. La consulta médica a distancia
  atenciones de Urgencia que puedan ser                  deberá ser individual para cada Asegurado.
  prestadas a través del servicio de
  videoconsulta no requerirán de cita previa.       • Si el Asegurado es menor de 18 años la
  Para aquellas urgencias que por su                  consulta médica a distancia únicamente se
  naturaleza no puedan ser atendidas a                realizará   previa      autorización  del
  través de los servicios ya indicados, el            representante legal del menor.
  Asegurado tiene a su disposición los
  servicios de Urgencia del cuadro médico           • El Asegurado deberá disponer y será
  concertado por SANITAS.                             responsable de todos los medios técnicos
                                                      (hardware y software) y de comunicación a
• Servicio acompañado de la funcionalidad             distancia necesarios para garantizar el
  de mensajería online durante las consultas          correcto desarrollo de la consulta médica a
  médicas a distancia y de forma posterior en         distancia. SANITAS no es responsable de
  caso de que el médico lo considere                  ningún perjuicio que pueda ocasionarse por
  oportuno.                                           fallos de los dispositivos electrónicos, de la
                                                      conexión o de las carencias de estos
• Durante las consultas médicas a distancia           medios por parte del Asegurado.
  se    puede   realizar  intercambio   de
  documentación médica que podrá ser                • Esta modalidad de consulta solo constituye
  archivada en la Carpeta de Salud de Mi              una ayuda en la toma de decisiones por
  Sanitas en www.sanitas.es.                          parte del facultativo, no sustituye a la
                                                      consulta médica presencial y no permite
• SANITAS ha adoptado los medios técnicos             realizar el diagnóstico de enfermedades o
  legalmente exigidos para garantizar la              la prescripción de pruebas diagnósticas o
  debida confidencialidad de la información           tratamientos médicos en todos los casos
  intercambiada mediante esta modalidad.              que precisen, según el criterio del médico,
                                                      de la presencia del Asegurado en la
• Con la finalidad de garantizar dicha                consulta para su evaluación personal y
  confidencialidad se prohíbe la grabación o          directa incluyendo la exploración física del
  fijación en cualquier soporte de la                 Asegurado por el especialista. Los
  captación de imágenes y sonido de las               resultados de la consulta presencial
  consultas médicas a distancia. Queda                prevalecerán en        todo caso sobre
  igualmente prohibido copiar, reproducir,            cualesquiera valoraciones y criterios
  distribuir, difundir, poner a disposición de        realizados en la consulta médica a
  terceros o de cualquier otra forma                  distancia.
  comunicar públicamente, transformar o
  modificar, total o parcialmente y por             • No son objeto de cobertura aquellas
  cualquier medio ya sea electrónico o                consultas realizadas a través de
  cualquier otro, la imagen o sonido                  consultas médicas a distancia por
  obtenidos o producidos durante dichas               profesionales que no hayan sido
  consultas sin consentimiento expreso y              expresamente autorizados por SANITAS
  escrito del propio facultativo interviniente o      para atender a los Asegurados por
  de Sanitas S.A. de Hospitales. No obstante          consultas médicas a distancia y ello con
  lo anterior, el facultativo podrá conservar         independencia de que pertenezcan o no
  copia de la consulta médica a distancia a           al cuadro médico concertado por
  los efectos de conservarla con la                   SANITAS para este producto.
  documentación clínica.

• El servicio será prestado exclusivamente a        2.2. Procedimiento:
  aquellos     Asegurados     que     figuren
  expresamente dados de alta como tales en


                                               27 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 28]
• Con la única excepción de la consulta
  médica a distancia en Urgencias 24 horas,
  el Asegurado solicitará cita en este servicio
  a través de Mi Sanitas en www.sanitas.es o
  a través de la App móvil.

• En la fecha y hora de la cita el Asegurado
  deberá conectarse a Mi Sanitas para
  establecer contacto con el médico e iniciar
  la consulta médica a distancia siguiendo
  las demás instrucciones facilitadas por
  SANITAS en cada momento.


                                              28 - 42   Condiciones Generales

[Seite 29]
Cláusula VI: Otros aspectos                        se hubiese aplicado de haberse conocido la
del seguro                                         verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o
                                                   culpa grave del Tomador del Seguro quedará
                                                   SANITAS liberada del pago de la prestación
1. Bases y pérdida de derechos                     (Art. 10 de la Ley de Contrato de Seguro).
del contrato
                                                   1.3. Sin perjuicio de lo anterior, el
1.1. El presente contrato ha sido concertado       Asegurado pierde también el derecho a la
sobre las bases de las declaraciones               prestación garantizada, si el siniestro
efectuadas por el Tomador del Seguro y el          sobreviene antes de que se haya pagado
Asegurado en el cuestionario de salud              la prima, (o, en su caso la prima única)
contenido en la Solicitud del Seguro,              salvo pacto en contrario (Art. 15 de la Ley
donde se le realizan preguntas relativas a         del Contrato del Seguro).
su estado de salud, profesión, prácticas
de deporte del Asegurado y en general              1.4. El Tomador podrá rescindir el contrato
aquellos hábitos de vida que puedan tener          cuando se varíe el cuadro facultativo,
relevancia para una correcta valoración            siempre que afecte al 50% de los
del riesgo que es objeto de aseguramiento          especialistas que integren el cuadro médico
por esta póliza siendo esencial que el             nacional de SANITAS, quien tendrá a
Tomador/Asegurado            facilite     una      disposición del Asegurado en todo momento
información veraz y completa sobre las             en sus oficinas la relación completa y
                                                   actualizada de dichos especialistas, para su
cuestiones planteadas al constituir éstas
                                                   consulta.
la base para la aceptación del riesgo del
presente contrato, del cual la citada Solicitud
                                                   1.5. En el supuesto de indicación inexacta de
de Seguro forma parte integrante.
                                                   la fecha de nacimiento del Asegurado,
                                                   SANITAS sólo podrá impugnar el contrato si
1.2. El Tomador del seguro tiene el deber,
                                                   la verdadera edad del Asegurado, en el
antes de la conclusión del contrato, de
                                                   momento de la entrada en vigor del contrato,
declarar a SANITAS, de acuerdo con el
                                                   excede de los límites de admisión
cuestionario que ésta le someta, todas las
                                                   establecidos por aquél.
circunstancias por él conocidas que puedan
influir en la valoración del riesgo. Quedará
                                                   1.6. Contratación a distancia del Seguro:
exonerado de tal deber si SANITAS no le
                                                   De conformidad con el artículo 10 de la Ley
somete      cuestionario o     cuando,     aun
                                                   22/2007, de 11 de julio de Comercialización a
sometiéndoselo, se trate de circunstancias
                                                   Distancia de Servicios Financieros, el
que puedan influir en la valoración del riesgo
                                                   Tomador dispondrá de un plazo de
y que no estén comprendidas en él.
                                                   catorce días naturales para desistir del
SANITAS podrá rescindir el contrato                contrato a distancia, sin indicación de los
mediante declaración dirigida al Tomador           motivos y sin penalización alguna salvo el
del Seguro en el plazo de un mes, a contar         coste de los servicios, en su caso,
del conocimiento de la reserva o                   efectivamente prestados.
inexactitud del Tomador del Seguro.
                                                   El plazo para ejercer el derecho de
Corresponderán a SANITAS, salvo que
                                                   desistimiento empezará a correr desde el día
concurra dolo o culpa grave por su parte, las
                                                   de la celebración del Contrato de Seguro. No
primas relativas al período en curso en el
                                                   obstante, si el Tomador no hubiera recibido el
momento que haga esta declaración.
                                                   Condicionado de la Póliza y la nota
                                                   informativa previa a la contratación del
Si el siniestro sobreviene antes de que
                                                   Seguro el plazo para ejercer el derecho de
SANITAS haga la declaración a la que se
                                                   desistimiento comenzará a contar el día en
refiere el párrafo anterior, la prestación de
                                                   que reciba la citada información.
ésta se reducirá proporcionalmente a la
diferencia entre la prima convenida y la que


                                              29 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 30]
2. Edad máxima de contratación                    incluso aunque sea derivado de un siniestro
                                                  ocurrido durante la vigencia del Seguro.
La edad máxima de contratación es 59
años. Tan solo podrán incluirse en concepto       3.3. Respecto a cada Asegurado, el Seguro
de Asegurados en la póliza quienes a la fecha     se extingue:
de inclusión tengan una edad por debajo de
los 59 años, salvo pacto en contrario y sin       a) Por fallecimiento.
perjuicio de la edades máximas que se
puedan fijar en su caso para las distintas        b) Por traslado de residencia al extranjero
coberturas adicionales o complementarias de       o por no residir un mínimo de seis (6)
esta Póliza.                                      meses al año en territorio nacional. La
                                                  prima corresponderá a SANITAS hasta la
3. Duración del seguro                            fecha en la que el Asegurado comunique y
                                                  acredite dicha circunstancia. SANITAS
3.1. La fecha de extinción del Contrato de        podrá requerir al Asegurado aquella
Seguro será la establecida en sus                 documentación       expedida      por   las
Condiciones Particulares y, a su vencimiento,     autoridades españolas competentes que
de conformidad con el artículo 22 de la Ley       considere necesaria para acreditar su
de Contrato de Seguro, se prorrogará              residencia en España como por ejemplo
tácitamente por periodos de una anualidad.        un certificado de residencia fiscal.
No obstante, cualquiera de las partes podrá
oponerse a la prórroga mediante notificación      c) Por cualquier actuación del Asegurado
escrita a la otra parte, efectuada con            frente   al    personal    asistencial  o
antelación no inferior a dos meses respecto       administrativo que pueda atentar contra el
de la fecha de conclusión del periodo en          derecho al honor y dignidad personal o
curso, si es SANITAS quien realiza dicha          pueda ser constitutiva de delito.
notificación y de un mes si es el Tomador
quien la realiza.                                 3.4. Las personas menores de 14 años,
                                                  sólo podrán incluirse dentro del Seguro en el
3.2. En el caso de que la póliza del Seguro       caso de estar igualmente aseguradas la
sea resuelta por voluntad unilateral de           persona o personas que ostenten su patria
SANITAS, no podrá suspender la prestación         potestad o tutela, salvo pacto en contrario.
de la garantía cuando el Asegurado se halle
en tratamiento en régimen hospitalario, hasta     4. Primas del seguro
el alta hospitalaria, salvo renuncia del
Asegurado a continuar el tratamiento o salvo      4.1. El Tomador del Seguro está obligado
que la extinción de la póliza sea motivada        al pago de la prima en el momento de la
por dolo o culpa grave del Asegurado.             aceptación del contrato. Las coberturas
                                                  contratadas no tomarán efecto mientras
En caso de que la póliza del Seguro sea
                                                  no se haya firmado el Contrato y
resuelta por parte del Asegurado, las
                                                  satisfecho el primer recibo de prima.
coberturas cesarán en todo caso en la fecha
de     vencimiento     establecida    en    las
                                                  4.2. La primera prima será exigible, una
Condiciones Particulares de la póliza, sin que
                                                  vez firmado el contrato. Las primas
resulte de aplicación lo establecido en el
párrafo anterior. Por tanto si el Asegurado se    sucesivas serán exigibles en sus
encontrara recibiendo algún tipo de               respectivas fechas de vencimiento.
prestación asegurada en el momento del
vencimiento de la póliza, la cobertura            4.3. El Tomador del Seguro puede solicitar el
asegurada de SANITAS cesará en la citada          fraccionamiento de pago de las primas
fecha de vencimiento sin tener obligación de      anuales en periodos semestrales, trimestrales
asumir ningún coste a partir de dicha fecha,      o mensuales.


                                             30 - 42                      Condiciones Generales

[Seite 31]
En estos casos se aplicará el recargo que        prestaciones aseguradas por esta póliza, los
corresponda. El fraccionamiento de la            importes correspondientes a dichos copagos
prima no exime al Tomador de su                  serán los específicamente establecidos en las
obligación de abonar la prima anual              Condiciones Particulares de la Póliza. Su
completa.                                        importe se fijará anualmente por SANITAS.
                                                 Lo establecido en la presente Cláusula para
4.4. Si por culpa del Tomador, la primera        el caso de falta de pago de la segunda y
prima no ha sido pagada, SANITAS tiene           sucesivas primas o fracciones de ella, será
derecho a resolver el contrato o a exigir el     de aplicación en caso de impago del importe
pago en vía ejecutiva con base en la Póliza, y   del copago.
si no hubiera sido pagada antes de que se
produzca el siniestro, SANITAS quedará           4.6. Salvo que en las Condiciones
liberada de su obligación, salvo pacto en        Particulares se especifique otra cosa, el lugar
contrario debidamente reflejado en las           de pago de la prima y copagos en su caso,
Condiciones Particulares de la Póliza.           será el que figure en la domiciliación
                                                 bancaria.
En caso de impago de la segunda o
sucesivas primas, o sus fraccionamientos,        Con este fin, el Tomador del Seguro
la   cobertura   de    SANITAS     queda         entregará a SANITAS los datos de la cuenta
suspendida un mes después del día del            bancaria en la que se domiciliará el pago de
vencimiento.                                     los recibos de este Seguro y autorizará a la
                                                 entidad financiera a hacerlos efectivos.
Si SANITAS no reclama el pago dentro de
                                                 4.7. En cada renovación del Contrato el
los seis meses siguientes a dicho
                                                 Asegurador podrá modificar la prima anual
vencimiento, se entenderá que el contrato
                                                 y el importe de la participación del
queda extinguido.
                                                 Asegurado en el coste de los servicios, de
                                                 acuerdo a los cálculos técnico-actuariales
Si el contrato no se resuelve o extingue
                                                 realizados y basados en la variación del
conforme a las condiciones anteriores, la
                                                 coste de los servicios sanitarios, el tipo, la
cobertura vuelve a tener efecto a las
                                                 frecuencia de la utilización de las
veinticuatro horas siguientes al día en el
                                                 prestaciones garantizadas y la inclusión
que el Tomador se pusiera al corriente en
                                                 de innovaciones tecnológicas médicas
el pago de la prima o en su caso
                                                 que no estuvieran cubiertas en la fecha de
fracciones de la misma, adeudadas.
                                                 efecto inicial de la póliza.
El Tomador del Seguro perderá el derecho
                                                 Las primas a satisfacer por el Tomador,
al fraccionamiento de la prima que se
                                                 variarán en función de la edad alcanzada por
hubiere convenido en caso de impago de           cada uno de los Asegurados, la zona
cualquier recibo, siendo exigible desde          geográfica correspondiente al lugar de
ese momento la prima total acordada para         prestación de los servicios, aplicando las
el periodo de Seguro que reste.                  tarifas establecidas por SANITAS en la fecha
                                                 de renovación de cada póliza. Dicha
En el caso de primas fraccionadas, si            actualización de primas será comunicada por
ocurriere algún siniestro, SANITAS podrá         escrito por SANITAS al Tomador con al
deducir de las cantidades a pagar o              menos dos meses de antelación a la fecha de
rembolsar al Tomador del Seguro o al             renovación.
Asegurado, las fracciones de prima del
Seguro de la anualidad en curso que aún no       4.8. El Tomador del Seguro, recibida la
se hubiesen cobrado por SANITAS.                 comunicación de SANITAS relativa a la
                                                 variación de la prima para la siguiente
                                                 anualidad, podrá optar entre aceptar la
4.5. En caso de estipularse por las partes la    prórroga del Contrato de Seguro por el
aplicación de copagos a determinadas


                                            31 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 32]
importe de prima propuesto por el                electrónico     reclamaciones@sanitas.es,
Asegurador o la extinción del mismo al           quien acusará recibo por escrito y resolverá
vencimiento del periodo del Seguro en            igualmente mediante escrito motivado en el
curso, debiendo en este último caso              plazo máximo legal de dos meses desde la
comunicar por escrito a SANITAS, con al          fecha de presentación de la reclamación,
menos un mes de antelación a dicha fecha         siempre que la misma reúna los requisitos
de vencimiento, su voluntad de darlo por         exigidos,    conforme      a     la     Orden
terminado.                                       ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los
                                                 departamentos y servicios de atención al
4.9. El pago del importe de la prima efectuado   cliente de las entidades financieras y el
por el Tomador del Seguro al corredor de         Reglamento por la Defensa del Cliente que se
Seguros no se entenderá realizado a              encuentran a su disposición en las oficinas.
SANITAS, salvo que, a cambio, el corredor
entregue al Tomador del Seguro el recibo de      2. Una vez agotada dicha vía interna y en
prima de dicho Asegurador.                       caso de no estar conformes con la resolución
                                                 de SANITAS, podrán formular su reclamación
5. Aportación de informes                        mediante escrito firmado facilitando el DNI o
                                                 documento que acredite la identidad del
El Tomador y Asegurado tienen la obligación      reclamante,    ante    el     Servicio    de
de facilitar a SANITAS, en aquellos casos        Reclamaciones de la Dirección General de
que lo requiera expresamente, los informes       Seguros y Fondos de Pensiones, en
médicos y /o presupuestos del prestador que      soporte papel o por vía telemática con
permitan a aquélla determinar si la prestación   firma electrónica, a través de la página
asistencial requerida es objeto de cobertura     web de ese organismo. Para ello, el
por la póliza. SANITAS no tendrá que             reclamante deberá acreditar que ha
garantizar la prestación solicitada, mientras    transcurrido el plazo establecido para la
no le sean facilitados los citados informes y    resolución de la reclamación por parte del
presupuestos en los casos en que así haya        departamento     de     reclamaciones      de
sido expresamente requerido al Asegurado.        SANITAS, que ha sido denegada la admisión
                                                 de la reclamación o desestimada su petición
6. Reclamaciones                                 por éste.

6.1. Control e instancias de reclamación         3. Le informamos que SANITAS no está
                                                 adherida a ninguna junta arbitral de consumo,
a) El control de la actividad de SANITAS         sin perjuicio de poder acudir el Asegurado a
corresponde al Estado Español, ejerciéndose      las instancias administrativas y judiciales
éste a través de la Dirección General de         previstas     en   el    procedimiento     de
Seguros y Fondos de Pensiones del                reclamaciones que figura en las Condiciones
Ministerio de Economía, Comercio y               Generales de su póliza.
Empresa.
                                                 4. En cualquier caso podrá acudir a los
                                                 Juzgados y Tribunales competentes.
b) En caso de cualquier tipo de reclamación
sobre el Contrato de Seguro, el Tomador,
                                                 6.2. Las acciones que se deriven de este
Asegurado, Beneficiario, Tercero perjudicado
                                                 Contrato de Seguro prescribirán en el término
o Derechohabientes de cualquiera de ellos,
                                                 de cinco años (artículo 23 de la ley de
deberán dirigirse para su resolución:
                                                 Contrato de Seguro).
1. Al Departamento de Reclamaciones de
SANITAS,       mediante     escrito    firmado   7. Otros aspectos             legales      a
facilitando el DNI o documento que acredite      tener en cuenta
la identidad del reclamante, a la calle Ribera
del Loira Nº 52 (28042 Madrid) o al fax 91       7.1. Subrogación
585 24 68 o a la dirección de correo


                                            32 - 42                      Condiciones Generales

[Seite 33]
Una vez asumido el pago de la prestación         del seguro, mientras éstos no comuniquen un
garantizada SANITAS podrá ejercer los            cambio de la misma. El Tomador autoriza a
derechos y acciones que, debido al siniestro     SANITAS a que le pueda remitir cualquier
causado, correspondan al Asegurado frente a      comunicación por medios electrónicos
las personas responsables del mismo, hasta       siempre que la ley lo permita.
el límite de la indemnización pagada.
                                                 7.3.3. El Tomador autoriza a SANITAS a que
El Asegurado está obligado a suscribir a favor   utilice su nº de teléfono móvil y su dirección
de SANITAS los documentos necesarios para        de correo electrónico para remitirle las
facilitar la subrogación.                        notificaciones, comunicaciones e información
                                                 relacionada con su póliza, y solicitar su
7.2. Forma      de    aceptación     de   las    consentimiento/autorización               para
Condiciones                                      determinadas prestaciones médicas, siempre
                                                 que la ley lo permita, por medios electrónicos.
SANITAS remitirá un correo electrónico al
Tomador a su dirección facilitada en la          7.3.4. El Tomador acepta la plena validez y
solicitud, en el que figurará un enlace que le   eficacia de cualquier notificación remitida por
permitirá registrarse en la Web y elegir una     SANITAS a su domicilio, correo electrónico o
Clave identificativa de seguridad.               teléfono facilitados en la solicitud de seguro,
                                                 mientras no comunique su cambio.
Las comunicaciones efectuadas por un
corredor de seguros en nombre del Tomador,       7.3.5. El Tomador acepta los anteriores
surtirán los mismos efectos que si las           términos en su nombre y en el de los
realizara el propio Tomador, salvo indicación    asegurados de la póliza.
en contrario de éste último.
                                                 7.4. SANITAS garantiza a los asegurados la
Obtenida su Clave identificativa, el Tomador     libertad de elección del prestador del servicio,
deberá acceder a www.sanitas.es, donde           dentro de los límites y condiciones
estarán     disponibles    las    Condiciones    establecidos en la Póliza. En este sentido,
Generales y Particulares de su póliza, que       SANITAS pone a disposición del Asegurado
deberá aceptar mediante un código que            una amplia relación de prestadores de
recibirá en el teléfono móvil cuyo número        servicios que garantice una efectiva libertad
haya facilitado en la solicitud de seguro. A     de elección.
todos los efectos, la utilización del código
equivaldrá jurídicamente a la firma autógrafa    SANITAS responde de la efectiva cobertura
del Tomador. SANITAS podrá denegar la            asegurada de la Póliza, en los términos y
cobertura asegurada en caso de no                dentro de los límites pactados en la misma,
aceptar el Tomador las condiciones de la         correspondiendo a los profesionales o centros
Póliza.                                          sanitarios prestadores del servicio, libremente
                                                 seleccionados por el Asegurado, responder,
7.3. Comunicaciones                              frente a éste, de la correcta realización de los
                                                 actos médicos efectuados bajo dicha
7.3.1. Las comunicaciones a SANITAS por          cobertura asegurada.
parte del Tomador del Seguro, del Asegurado
o Beneficiario se realizarán en el domicilio     8. Cláusula de protección de
social de aquella señalado en la Póliza.
                                                 datos
7.3.2. Las comunicaciones de SANITAS al          Se van a tratar los datos de carácter
Tomador del Seguro, al Asegurado o               personal, entre otros, datos identificativos y
Beneficiario, se realizarán a la dirección       de salud (en adelante, “Datos Personales”)
física, electrónica o al número de teléfono      del Solicitante, el Tomador y los Asegurados
facilitado por el Tomador para cada uno de
                                                 (en adelante “Interesados”), proporcionados
ellos en el momento de realizar la solicitud
                                                 a través de la solicitud del seguro, además de


                                            33 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 34]
aquellos recogidos y proporcionados durante       deba ser aplicada. La entidad cliente de
la vigencia del contrato. Los Datos               Sanitas se hace responsable de comunicar
Personales son confidenciales y están             esta circunstancia a todos los Asegurados.
adecuadamente protegidos. El Solicitante y/o      Dicho tratamiento de datos resulta necesario
Tomador garantiza que toda la información         para la correcta ejecución y desarrollo del
relativa al Tomador y Asegurado(s) que            contrato de seguro.
facilite a SANITAS es cierta y no ha omitido
dato alguno sobre el estado de salud de cada      8.1. Responsable del tratamiento de sus
uno de los Asegurados. El Solicitante será el     Datos Personales
único responsable de cualquier daño o
perjuicio, directo o indirecto, que pudiera       El responsable del tratamiento de los Datos
ocasionar a Sanitas o a cualquier tercero a       Personales     es    SANITAS,    SOCIEDAD
causa de documentación facilitada a               ANÓNIMA DE SEGUROS, con domicilio
SANITAS con datos falsos, inexactos,              social en la C/ Ribera del Loira, 52, 28042,
incompletos y/o no actualizados.                  Madrid, España (en adelante, "Sanitas"). Los
                                                  Interesados podrán ponerse en contacto con
El Tomador se hace responsable de                 el Delegado de Protección de Datos (en
comunicar a todos los Asegurados incluidos        adelante, "DPO") del Grupo Sanitas a través
en la póliza la información contenida en la       del correo electrónico “dpo@sanitas.es” o en
presente cláusula de tratamiento de Datos         la referida dirección postal para cualquier
Personales para que puedan ejercitar tanto el     duda o necesidad que tuvieren en materia de
propio Tomador como los Asegurados los            protección de datos personales.
derechos que se describen en el apartado
“Derechos del Tomador/Asegurado”.                 8.2. Finalidades principales y legitimación
Asimismo, el Solicitante/Tomador declara          del tratamiento de los Datos Personales
actuar en su nombre y en el de los
Asegurados cuando consiente a los                 (a) Formalización, desarrollo y ejecución
tratamientos descritos en la presente                 del contrato de seguro. El tratamiento
cláusula. Asimismo, el Solicitante/Tomador            de los Datos Personales es necesario
declara que los Asegurados entienden y                para la celebración del contrato entre el
aceptan que éste haya proporcionado o                 Solicitante/Tomador/Asegurado y Sanitas,
proporcione sus Datos Personales a Sanitas,           así como, para el mantenimiento,
como        que     Sanitas      facilite   al        desarrollo y ejecución de la relación
Solicitante/Tomador        la     información         contractual, consistente, entre otros, en
identificativa sobre los servicios médicos de         gestionar y dar apoyo en el cuidado de la
los Asegurados cubiertos por la póliza, salvo         salud de los Interesados. Así, Sanitas
que por parte del Tomador se libere por               tratará los Datos Personales, de los
escrito a Sanitas de su deber legal de                Interesados, entre otros, para gestionar la
informarle o sea solicitado por cualquiera de         relación con éstos, gestionar la póliza etc.
los Asegurados.                                       pudiendo, en determinados casos llegar a
                                                      tomar decisiones automatizadas con base
En caso de tratarse de una póliza colectiva, la       únicamente en los procedimientos de
entidad cliente de Sanitas (que podrá                 análisis para tales fines. En estos
coincidir en algunos casos con la figura del          supuestos, los Interesados tendrán
Tomador) y Sanitas podrán comunicarse, de             derecho a la revisión e impugnación de la
forma puntual y cuando resulte estrictamente          decisión, así como a solicitar intervención
necesario, los datos identificativos de los           humana, a través de los canales referidos
Asegurados mínimos e imprescindibles para,            en     el    apartado     “Derechos      de
exclusivamente, verificar que éstos ostentan          Tomador/Asegurado”. Sanitas podrá tratar
las características que les permiten                  los Datos Personales, incluidos datos de
beneficiarse de la póliza acordada entre la           salud, para realizar encuestas de
entidad cliente de Sanitas y Sanitas, y/o             satisfacción sobre servicios recibidos
controlar   la   siniestralidad  y    acordar         como consecuencia de la relación
consecuentemente la prima de seguro que


                                             34 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 35]
   contractual así como la gestión del                 adecuado abono o reintegro de los
   coaseguro en su caso. Esta finalidad se             servicios prestados. Asimismo, como
   basa en la necesidad del tratamiento para           parte de la gestión de la prestación y
   la ejecución de las presentes condiciones           cobertura del servicio asistencial objeto
   y para la gestión de los sistemas y                 del contrato consistente, entre otros, en
   servicios de asistencia sanitaria y social.         apoyar al Tomador/Asegurado en el
                                                       cuidado de su salud, Sanitas podrá
(b) Análisis de la solvencia económica.                elaborar perfiles con base en sus Datos
    Sanitas podrá tratar los Datos Personales          Personales, incluidos datos de salud, para
    identificativos del Solicitante/Tomador            hacer llegar información personalizada
    para consultar sistemas de ficheros de             como por ejemplo, indicaciones y
    información crediticia como medida para            consejos          que     ayuden        al
    analizar su solvencia económica, así               Tomador/Asegurado a cuidar de su salud.
    como para prevenir y detectar posibles             Esta finalidad se basa en la necesidad del
    conductas fraudulentas, en base al interés         tratamiento para la ejecución de las
    legítimo de Sanitas en adoptar las                 presentes condiciones y para la gestión
    medidas necesarias para identificar y              de los sistemas y servicios de asistencia
    gestionar lo anterior.                             sanitaria y social.

(c) Análisis técnicos. Sanitas podrá tratar       (e) Investigación para el diseño de
    Datos Personales para llevar a cabo               modelos asistenciales objeto del
    análisis     estadísticos    sobre     el         contrato de seguro. Sanitas podrá tratar
    funcionamiento de la tecnología que da            los Datos Personales, incluyendo datos
    soporte a los servicios prestados, para           de salud, del Tomador/Asegurado para
    poder realizar mejoras técnicas, de               elaborar perfiles que permitan a Sanitas
    seguridad, etc. Para ello, Sanitas podrá          diseñar     modelos     asistenciales  de
    usar la información que generes al usar           conformidad con dichos perfiles a efectos
    los recursos tecnológicos que ponemos a           de      prevención     de      salud   del
    tu alcance para poder mejorar la calidad,         Tomador/Asegurado como parte del
    corregir errores, mejorar la usabilidad,          objeto del contrato de seguro.        Esta
    etc., en base al interés legítimo de              finalidad se basa en la necesidad del
    Sanitas en mejorar la calidad de los              tratamiento para la ejecución de las
    recursos tecnológicos.                            presentes condiciones y para la gestión
                                                      de la prestación de asistencia o
(d) Gestión de la prestación y cobertura              tratamiento de tipo sanitario.
    del servicio asistencial objeto del
    contrato de seguro, pudiendo a tal fin        (f) Ofrecimiento y gestión de programas
    solicitar y obtener de los profesionales          asistenciales y de prevención objeto
    sanitarios información referente a su             del contrato de seguro. Sanitas, como
    salud.    Sanitas    tratará    los   Datos       parte de su apoyo al cuidado de la salud
    Personales del Tomador/Asegurado para             del Tomador/Asegurado y gracias a los
    gestionar la prestación de los servicios          análisis y perfiles llevados a cabo,
    objeto del contrato consistentes entre            ofrecerá al Tomador/Asegurado los
    otros, en el adecuado abono a los                 programas asistenciales y de prevención
    prestadores sanitarios o el reintegro al          diseñados de conformidad con lo descrito
    asegurado o sus beneficiarios de los              en el apartado anterior. El ofrecimiento y
    gastos de asistencia sanitaria. Con tal           gestión de los programas asistenciales y
    finalidad    podrá       compartir    Datos       de prevención se llevará a cabo teniendo
    Personales, incluidos datos de salud, con         en     cuenta    las   características   y
    los profesionales sanitarios que presten el       necesidades          específicas       del
    servicio    asistencial,    solicitando   y       Tomador/Asegurado. Por tanto, Sanitas
    obteniendo de dichos profesionales                necesitará tratar los Datos Personales de
    información referente a su salud, en              éstos, incluyendo sus datos de salud, con
    particular para valorar las coberturas y el       el fin de poder ofrecer y gestionar


                                             35 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 36]
   distintos modelos asistenciales que se               necesidad del tratamiento para la
   adapten         específicamente           al         ejecución de las presentes condiciones y
   Tomador/Asegurado. Esta finalidad se                 para la gestión de los sistemas y servicios
   basa en la necesidad del tratamiento para            de asistencia sanitaria y social. Además,
   la ejecución de las presentes condiciones            Sanitas    pone     a     disposición   del
   y para la gestión de la prestación de                Tomador/Asegurado un servicio de
   asistencia o tratamiento de tipo sanitario.          “Carpeta de Salud” (accesible a través de
                                                        “MiSanitas”) para que pueda solicitar la
(g) Gestionar la prestación del servicio de             cesión y archivo de Datos Personales,
    promoción de salud objeto del contrato              incluyendo datos de salud, (p.ej. informes
    de seguro. Como parte del apoyo al                  médicos o pruebas diagnósticas) en una
    cuidado de la salud que da Sanitas en               herramienta para el uso exclusivo del
    virtud de la relación contractual existente,        Tomador/Asegurado. No obstante, si el
    Sanitas necesita tratar los Datos                   Tomador/Asegurado decide utilizar este
    Personales del Tomador/Asegurado con                servicio, se le proporcionará información
    el fin de gestionar el diseño de planes de          de privacidad de manera separada.
    gestión de salud específicos para cada
    Tomador/Asegurado. Para tal fin, Sanitas,      (i) Gestionar la prestación del servicio de
    como       consecuencia     del    perfilado       video consulta por parte de Sanitas.
    realizado con base en los Datos                    Sanitas tratará, y en su caso cederá a
    Personales      del   Tomador/Asegurado,           t e r c er o s d e s i g n a do s    por    el
    gestiona la elaboración de planes de               Tomador/Asegurado,               sus     Datos
    salud personalizados y programas de                Personales para prestar el servicio de
    seguimiento proactivos, apoya la gestión           video consulta, chat u otros puesto a
    de     los    casos    complejos     (como         disposición por Sanitas en la medida en
    enfermedades graves u hospitalizaciones            que forme parte de las prestaciones del
    prolongadas), gestiona la prestación de            seguro del Tomador/Asegurado. De esta
    asistencia a pacientes crónicos y gestiona         manera, Tomador/Asegurado podrá, a
    también la atención de urgencias. Esta             través de los programas y aplicaciones
    finalidad se basa en la necesidad del              descargadas al efecto, comunicarse con
    tratamiento para la ejecución de las               el personal sanitario de manera no
    presentes condiciones y para la gestión            presencial y aportar documentación con el
    de la prestación de asistencia o                   fin de resolver cualquier duda que pudiera
    tratamiento de tipo sanitario.                     surgir al Tomador/Asegurado en el
                                                       contexto de los servicios de asistencia
(h) Gestionar el acceso y uso de la                    médica prestados por Sanitas. Esta
    herramienta "Mi Sanitas" puesta a                  finalidad se basa en la necesidad del
    disposición como consecuencia del                  tratamiento para la ejecución de las
    contrato de seguro. Sanitas podrá tratar           presentes condiciones y para la gestión
    lo s     Da tos       P er so nal es    d el       de los sistemas y servicios de asistencia
    Tomador/Asegurado con el fin de                    sanitaria y social.
    gestionar y proporcionarle acceso, así
    como       asegurar         el     correcto         Asimismo, Sanitas podrá gestionar la
    funcionamiento, de "Mi Sanitas" (portal de          grabación de las video consultas que
    gestión del seguro), ya sea a través de la          tengan lugar como consecuencia del uso
    web o de la aplicación desarrollada a tal           del servicio de “Urgencias 24 horas” con
    efecto. Sanitas, en el contexto del uso de          la finalidad de poder gestionar eventuales
    "Mi Sanitas", tratará los Datos Personales          reclamaciones en relación al servicio
    para,     entre     otros,     ofrecer    le        recibido a través de la video consulta por
    recomendaciones de salud, poner a                   el Tomador/Asegurado, en base a la
    disposición del Tomador/Asegurado los               necesidad del tratamiento para la finalidad
    recibos y reembolsos, gestionar sus citas,          referida y para la satisfacción del interés
    etc. Esta finalidad se basa en la                   legítimo de Sanitas en conservar la
                                                        documentación que permita atender las


                                              36 - 42                         Condiciones Generales

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   consultas y eventuales reclamaciones del              conversaciones grabadas entre ambos a
   Tomador/Asegurado.      Sanitas    podrá              través de los canales indicados en el
   igualmente gestionar la grabación de las              apartado “Derechos de los Interesados”.
   video consultas que no se realicen en el
   marco del servicio de “Urgencias 24             (l) Cumplimiento de obligaciones que le
   horas” con la finalidad de mejorar la               correspondan a Sanitas por mandato
   calidad del servicio prestado, siempre y            legal. En determinadas ocasiones,
   cuando cuente con su consentimiento.                Sanitas necesitará tratar los Datos
                                                       Personales       del      Solicitante  y/o
(j) Gestión del riesgo actuarial. Sanitas              Tomador/Asegurado para cumplir con
    necesitará tratar los Datos Personales del         determinadas obligaciones establecidas
    Tomador/Asegurado, incluyendo datos de             legalmente. Entre otras, Sanitas tratará
    salud, con el fin de llevar a cabo un              los Datos Personales con el fin de cumplir
    análisis estadístico-actuarial tanto para la       con las obligaciones establecidas en la
    determinación del riesgo asociado como             normativa relativa a seguros, leyes
    para la tarificación de las pólizas de los         tributarias y la normativa en materia de
    clientes y potenciales clientes ya sea con         protección de datos de carácter personal
    carácter previo a la suscripción del               vigente. Esta finalidad es lícita al ser
    contrato de seguro o durante la vigencia           necesario el        tratamiento para el
    del mismo en atención a las nuevas                 cumplimiento de obligaciones legales
    circunstancias del Asegurado o al cambio           aplicables a Sanitas; y para la gestión de
    de la base actuarial. Esta finalidad es            los sistemas y servicios de asistencia
    lícita al ser necesario el tratamiento para        sanitaria y social.
    el cumplimiento de una obligación legal,
    que impone la normativa reguladora de          (m) Elaboración de perfiles con fines de
    las       entidades     aseguradoras       y      mercadotecnia y mejora comercial de
    reaseguradoras; y para la gestión de los          los servicios prestados por Sanitas.
    sistemas y servicios de asistencia                Para poder ofrecer al Solicitante y/o
    sanitaria y social.                               Tomador/Asegurado los productos y
                                                      servicios que mejor se adapten a sus
(k) Grabar las conversaciones telefónicas             intereses y necesidades, Sanitas podrá
    que mantengan los Interesados con                 elaborar perfiles con base en los Datos
    Sanitas en relación con la presente               Personales       del    Solicitante    y/o
    póliza. Dicha grabación se llevará a cabo         Tomador/Asegurado,       incluyendo    sus
    para su utilización en los procesos de            datos de salud, con el objetivo de que su
    control de calidad de Sanitas, con la             experiencia con Sanitas esté lo más
    finalidad de mejorar la calidad del servicio      orientada posible a ellos y poder seguir
    prestado a los Interesados, en base al            personalizándola durante la prestación del
    interés legítimo de Sanitas mantener              servicio objeto del contrato de seguro.
    procesos de control de calidad y para la          Estos perfiles se definirán en función de
    gestión de los sistemas y servicios de            los Datos Personales de los Interesados
    asistencia sanitaria y social. Asimismo,          de los que dispone Sanitas, por ejemplo
    Sanitas podrá utilizar estas grabaciones,         el tipo de seguro contratado, que
    en su caso, como medio de prueba para             permitirán a Sanitas seleccionar los
    cualquier reclamación que pudiera surgir          productos o servicios que se adapten al
    entre ambas partes, preservando en todo           Interesado, y pudiendo así personalizar su
    caso     la   confidencialidad    de     las      experiencia. En particular, lo anterior se
    conversaciones mantenidas, en base al             llevará a cabo para:
    interés legítimo de Sanitas en formular,
    ejercer y/o asegurar la defensa de                  • La gestión y envío de comunicaciones
    reclamaciones, y a la necesidad del                   comerciales basadas en el perfil del
    tratamiento para asegurar lo anterior. El             Solicitante y/o Tomador/Asegurado por
    Interesado podrá solicitar a Sanitas copia            cualquier canal, incluido por vía
    o trascripción escrita del contenido de las           electrónica sobre productos y servicios


                                              37 - 42                        Condiciones Generales

[Seite 38]
    similares al contrato de seguro. Esta                con el Tomador/Asegurado, y de
    finalidad es lícita en base al interés               investigación científica y/o estadística.
    legítimo de Sanitas en informar de los               En ocasiones, Sanitas podrá aplicar
    servicios, novedades, promociones, etc.              ciertos procedimientos sobre los Datos
    que mejor se adaptan al perfil del                   Personales del Tomador/Asegurado de
    Solicitante    y/o     Tomador/Asegurado,            manera que o bien no sea posible
    relacionadas       con     los      servicios        encontrar una relación entre una persona
    contratados y para la gestión de los                 física identificada o identificable y los
    sistemas y servicios de asistencia                   Datos Personales tratados o bien, dichos
    sanitaria y social. En caso de que no se             Datos Personales no puedan atribuirse a
    haya contratado un seguro con Sanitas,               una persona determinada sin utilizar
    la finalidad es lícita en base al                    información adicional que figure por
    consentimiento del interesado, ya que el             separado. Dichos procedimientos se
    tratamiento se realizará con autorización            aplicarán para poder tratar los datos
    previa.                                              anonimizados o seudoanonimizados con
  • El envío de comunicaciones comerciales               fines de investigación científica o
    basadas en el perfil del Solicitante y/o             estadística, o con el fin de poder conocer
    Tomador/Asegurado por cualquier canal                las tendencias del estado de salud de los
    incluido por vía electrónica sobre nuevos            individuos,    establecer     patrones     de
    productos y servicios. La finalidad es               enfermedades, etc., así como para
    lícita en base al consentimiento del                 entender qué servicios pueden encajar
    interesado, ya que el tratamiento se                 mejor a determinados colectivos y poder
    realizará con autorización previa.                   ponerlo en su conocimiento. Este
  • El envío por parte de Sanitas de                     tratamiento es lícito en base al interés
    comunicaciones comerciales basadas en                legítimo de Sanitas y su necesidad para la
    el     perfil    del      Solicitante     y/o        gestión de los sistemas y servicios de
    Tomador/Asegurado por cualquier canal,               asistencia sanitaria y social, así como en
    incluido por vía electrónica sobre                   base a su necesidad para fines de
    productos y servicios de terceros. La                investigación científicas y/o estadística.
    finalidad es       lícita   en base al
    consentimiento del interesado, ya que el        (o) Ceder los Datos Personales de los
    tratamiento se realizará con autorización           Interesados a Empresas del Grupo,
    previa.                                             para:
  • La anticipación a las necesidades de
    salud del Tomador/Asegurado, para                    • El envío de comunicaciones comerciales
    mejorar los servicios que se le prestan y              sobre productos y servicios de dichas
    ofrecen, incluyendo por ejemplo la                     empresas del grupo basadas en el perfil
    detección del momento en que es                        del Solicitante y/o Tomador/Asegurado
    necesario aumentar los recursos para la                por cualquier vía, incluyendo vía
    atención         personalizada            del          electrónica, en base al consentimiento
    Tomador/Asegurado. Esta finalidad es                   otorgado por el Interesado.
    lícita en base al interés legítimo de                • La anticipación a las necesidades de
    Sanitas en ofrecer los mejores servicios               salud      del     Tomador/Asegurado,
    posibles             apoyando              al          elaborando las empresas del Grupo
    Tomador/Asegurado en el cuidado de su                  perfiles y llevando a cabo análisis
    salud, y la necesidad del tratamiento la               estadísticos con el fin de mejorar los
    gestión de los sistemas y servicios de                 servicios prestados por las entidades del
    asistencia sanitaria y social.                         Grupo     y    poder    ofrecérselos   al
                                                           Tomador/Asegurado, en función de sus
(n) Llevar a cabo procedimientos de                        características particulares, en base al
    anonimización y seudoanonimización                     consentimiento      otorgado     por   el
    de sus Datos Personales, incluyendo                    Interesado.
    datos personales de salud, con fines de              • Fines administrativos internos, en base
    mercadotecnia, de mejora de la relación                al interés legítimo de Sanitas en


                                               38 - 42                          Condiciones Generales

[Seite 39]
     transmitir datos personales dentro de su        8.4. Tiempo de conservación de los Datos
     grupo empresarial con este fin, que             Personales
     incluye el tratamiento de Datos
     Personales.                                     Sanitas tratará los Datos Personales de los
                                                     Interesados y los conservará por el tiempo
(p) Ceder Datos Personales a terceras                que dure la relación contractual entre Sanitas
    empresas. Sanitas podrá ceder los Datos          y el Tomador y/o Asegurado y/o hasta que
    Personales del Interesado a cualquier otra       expiren las obligaciones legales que resulten
    entidad con la que establezcan vínculos          aplicables. Para aquellas finalidades que el
    de colaboración para la efectividad de las       Interesado haya consentido al tratamiento de
    relaciones contractuales con el Interesado.      sus Datos Personales o para las que exista la
    En      particular,   las     categorías   de    posibilidad de oponerse, Sanitas dejará de
    destinatarios,      identificadas     en    la   tratar, para esa finalidad en particular, los
    Información Adicional, que podrán recibir        Datos Personales inmediatamente después
    los Datos Personales serán, entre otras,         de la retirada de consentimiento u ejercicio de
    entidades           co/aseguradoras          y   oposición. Todo lo anterior se entiende sin
    reaseguradoras, corredores de seguros,           perjuicio de la conservación posterior que
    entidades con las que se establezca un           resulte necesaria para la formulación, el
    vínculo       comercial,        profesionales    ejercicio o la defensa de potenciales
    sanitarios, centros médicos y hospitales.        reclamaciones, para cumplir con obligaciones
    Las cesiones se realizarán para:                 de conservación de documentación clínica,
    • Fines de reaseguro de riesgo, en base          siempre que lo permitiese la legislación
        al interés legítimo de Sanitas en            aplicable o para poner los Datos Personales a
        gestionar el riesgo asumido, y a la          disposición de jueces y tribunales, el
        necesidad del tratamiento para la            Ministerio Fiscal o las Administraciones
        gestión de los sistemas y servicios de       Públicas. Durante este periodo adicional,
        asistencia sanitaria y social.               Sanitas conservará los Datos Personales de
    • El       envío      de      comunicaciones     forma bloqueada. Una vez finalizado el
        comerciales basadas en el perfil del         mencionado plazo, Sanitas se compromete a
        Solicitante y/o Tomador/Asegurado por        cesar el tratamiento de todos los datos
        cualquier canal, incluido por vía            personales. No obstante todo lo anterior, los
        electrónica sobre productos y servicios      Datos Personales podrán conservarse
        de terceros, en base al consentimiento       cuando resultase necesario durante periodos
        otorgado por el Interesado.                  más largos siempre que se traten
    • Analizar el uso de las páginas webs y          exclusivamente con fines de asistencia
        aplicaciones de Sanitas, en base al          sanitaria, fines médicos, de investigación
        consentimiento      otorgado      por   el   científica y/o estadística y atendiendo al caso
        Interesado.                                  concreto.

8.3. Procedencia de los Datos Personales             8.5. Acceso a los Datos Personales

El origen de los Datos Personales tratados           Una óptima prestación del servicio que
por Sanitas puede variar en cada caso. En            Sanitas ofrece puede requerir que otros
particular, Sanitas podrá tratar los Datos           terceros prestadores de servicios de
Personales, incluyendo datos de salud que (i)        Sanitas accedan a los Datos Personales de
el Solicitante/Tomador y/o Asegurado(s)              los Interesado como encargados del
facilite a través de los formularios                 tratamiento. Los Interesados entienden que
correspondientes; (ii) se hayan generado             algunos de dichos prestadores de servicios
como consecuencia de la prestación del               se encuentran en países situados fuera del
servicio de Sanitas y; (iii) Sanitas haya            Espacio Económico Europeo o que no
obtenido a través de corredores, agentes de          ofrecen un nivel de seguridad equivalente al
seguros o terceros colaboradores.                    español. Para asegurar que los Datos
                                                     Personales se tratan con un nivel de
                                                     protección equivalente al que ya existe,


                                                39 - 42                       Condiciones Generales

[Seite 40]
Sanitas    ha    adoptado      las    garantías    al Tomador/Asegurado de los gastos de
apropiadas.       Dichas        transferencias     asistencia sanitaria y para la atención de las
internacionales se realizan al amparo de una       reclamaciones presentadas por los propios
decisión de adecuación de la Comisión              Tomadores/Asegurados.
Europea,      de      garantías     adecuadas
reconocidas por la normativa (como cláusulas       8.6. Derechos de los Interesados
contractuales tipo), o de la autorización de la
Agencia Española de Protección de Datos,           Sanitas informa a los Interesados sobre la
cumpliendo con las medidas de seguridad            posibilidad que les asiste de ejercitar los
adecuadas. Puede consultar más información         derechos      de     acceso,      rectificación,
en el apartado Transferencias Internacionales      oposición, supresión, portabilidad y
de datos de la Información Adicional. Para         limitación del tratamiento así como a
obtener una copia de dicha autorización,           rechazar el tratamiento automatizado de los
puede ponerse en contacto con Sanitas por          Datos Personales recogidos por Sanitas.
los medios establecidos en el apartado             Dichos derechos        podrán ser ejercitados
“Derechos de los Asegurados”.                      gratuitamente por los Interesados, y en su
                                                   caso por quien los represente, mediante
Además de los accesos que terceros                 solicitud escrita y firmada, pudiendo serle
proveedores puedan tener a los Datos               solicitada copia de su DNI o documento
Personales responsabilidad de Sanitas en           equivalente que acredite su identidad, dirigida
calidad de encargados de tratamiento,              a la siguiente dirección: Calle Ribera del Loira
nacionales o internacionales, en el marco de       nº 52, 28042, Madrid, España, Att. LOPD
la prestación de un servicio, Sanitas realizará    Seguros. El Tomador/Asegurado podrá
cesiones de Datos Personales a otras               ejercer sus derechos también a través de Mi
entidades, tal y como se ha especificado en        Sanitas        http://www.sanitas.es/RGPD.
el apartado “Finalidades principales y             También pueden los Interesados ejercitar sus
legitimación del tratamiento de los Datos          derechos a través de los formularios
Personales”.                                       habilitados para ello en la Información
                                                   Adicional, en el apartado “Derechos ARCO”.
Además de lo anterior los Interesados              En este apartado también podrán encontrar
entienden que Sanitas podrá realizar               una explicación más detallada de los
cesiones o comunicaciones de Datos                 derechos. En el caso de representación,
Personales para atender sus obligaciones           deberá probarse la misma mediante
con las Administraciones Públicas en los           documento escrito y acompañando copia del
casos que así se requiera de acuerdo con la        DNI o documento equivalente que acredite su
legislación vigente en cada momento y, en su       identidad     del    representado      u    otra
caso, igualmente a otros órganos como              documentación acreditativa que se indique en
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y        el apartado “Derechos” en la Información
a los Órganos Judiciales. Asimismo, el             Adicional.
Tomador/Asegurado entiende que Sanitas
puede solicitar, requerir y compartir sus Datos    Además de los anteriores derechos, los
Personales y de salud a los profesionales o        Interesados tendrán derecho a retirar el
centros sanitarios, hospitales y, por otro lado,   consentimiento otorgado en cualquier
con entidades con las que se mantenga              momento mediante el procedimiento antes
relación de co/reaseguro o colaboración, y         descrito, sin que dicha retirada de
por tanto entiende que será necesario que se       consentimiento afecte a la licitud del
faciliten    recíprocamente       sus      Datos   tratamiento anterior a la retirada del mismo.
Personales, para la gestión del reaseguro,         Sanitas podrá continuar tratando los Datos
coaseguro, gestión de los programas                Personales de los Interesados en la medida
integrales      asistenciales,     el      mejor   en que la ley aplicable lo permita. Sanitas
conocimiento y valoración de los riesgos a         recuerda a los Interesados que tienen
cubrir,    para    prevención     del    fraude,   derecho a presentar una reclamación ante
determinación de la asistencia sanitaria,          la autoridad de control pertinente.
abono a los prestadores sanitarios o reintegro


                                              40 - 42                        Condiciones Generales

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No obstante lo anterior, Sanitas informa al       sobre el tratamiento de sus Datos Personales
Interesado que tiene a su disposición un          en www.sanitas.es/RGPD, en el apartado
sistema de resoluciones de conflicto interno      “Sanitas Seguros”, y les invita a consultarla.
en el que el Delegado de Protección de Datos
adopta un rol activo como mediador tratando       8.10. Modificación      de   la   Política   de
de gestionar de la manera más ágil posible,       Privacidad
cualquier reclamación que el Interesado envíe
a la dirección postal o de correo electrónica     Sanitas podrá modificar su Política de
indicada en el apartado “Responsable del          Privacidad de acuerdo con la legislación
Tratamiento de los Datos Personales”.             aplicable en cada momento. En todo caso,
Sanitas anima al Interesado a ponerse en          cualquier modificación de la Política de
contacto con el Delegado de Protección de         Privacidad le será debidamente notificada al
Datos con carácter previo a presentar una         Interesado para que quede informado de los
reclamación ante la autoridad de control          cambios realizados en el tratamiento de sus
pertinente.                                       Datos Personales y, en caso de que la
                                                  normativa aplicable así lo exija, el Interesado
8.7. Baja en el servicio del envío de             pueda otorgar su consentimiento.
comunicaciones comerciales
                                                  9. Jurisdicción
Tal y como se ha mencionado en el apartado
anterior, el Interesado tiene derecho a           Será    Juez    competente    para    el
revocar     en    cualquier     momento      el   conocimiento de las acciones derivadas
consentimiento prestado para el envío de          del Contrato del Seguro el del domicilio
comunicaciones comerciales notificando a          del Asegurado.
Sanitas que no desea seguir recibiendo las
mismas. Para ello, el Interesado podrá o bien
revocar su consentimiento en la forma             10. Prevención del blanqueo de
descrita en el apartado anterior o bien pinchar   capitales y de la financiación del
en el enlace incluido en cada comunicación        terrorismo
comercial cancelando por tanto, el envío de
comunicaciones comerciales electrónicas.          SANITAS no asumirá ninguna prestación bajo
                                                  la cobertura asegurada de esta póliza si ello
8.8. Menores de edad                              supone una infracción de la normativa
                                                  española, del Reino Unido, de la Unión
Con carácter general, Sanitas solamente           Europea, de los Estados Unidos de América,
tratará los Datos Personales de menores de        o en general de las leyes internacionales,
dieciocho años cuando sus padres o tutores        reservándose el derecho, en los casos que
legales hayan prestado su consentimiento          proceda, a dar de baja al Asegurado afectado
para dicho tratamiento, sea necesario para la     por dicha infracción . Del mismo modo, podrá
ejecución del contrato de seguro o para el        rechazar el alta de un nuevo Asegurado, si
cumplimiento de una obligación legal y/o para     ello puede llegar a suponer la infracción de
la satisfacción de un interés legítimo de         alguna de dichas normativas.
Sanitas.
No obstante, de acuerdo con la normativa
vigente, los mayores de 14 años (o aquella
                                                  11. Cómo contactar con nosotros
edad que pueda fijarse legalmente a estos
efectos) tendrán derecho de acceso a su           Servicio de Atención al Cliente
propia información médica y aquellos
derechos que les reconozca la ley.
                                                  91 752 28 52 / 93 362 34 49 / 900 906 210
8.9. Información Adicional

Sanitas pone a disposición del Solicitante,
Tomador y Asegurados Información Adicional


                                             41 - 42                       Condiciones Generales

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Hecho por duplicado en Madrid a 02 de
octubre de 2026
Por el Asegurado /   Por SANITAS
Tomador del seguro


                                    42 - 42   Condiciones Generales
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