# AMV Moto Legend: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-coche-clasico-amv-moto-legend.php
- Entidad: AMV Hispania, Correduría de Seguros, S.L.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-coche-clasico-amv-moto-legend.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [AMV Moto Legend, condicionado](https://www.amv.es/content/pdf/legend/AMV-MOTO-LEGEND-GEN%C3%89RICO.pdf), Edición DIPS versión julio 2024

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Antigüedad mínima del vehículo (años desde la primera matriculación o fabricación) | sí | Vehículos con antigüedad inferior a 20 años. | ¿Qué no se asegura?, página 1 |
| Matrícula histórica obligatoria (placa H, inscripción como vehículo histórico) | no regulado |  |  |
| Asegurable con matrícula ordinaria o de temporada | no regulado |  |  |
| Placa roja de colección (07) o matrícula intercambiable asegurable | no regulado |  |  |
| Youngtimers asegurables (más jóvenes que el límite de clásico) | no | Vehículos con antigüedad inferior a 20 años. | ¿Qué no se asegura?, página 1 |
| Motos clásicas asegurables | sí | Moto hasta 6.000 €. | Accidentes del conductor, página 1 |
| Vehículos especiales asegurables (tractores, industriales, caravanas, réplicas) | no regulado |  |  |
| Varios vehículos o una colección en una sola póliza | no regulado |  |  |
| Vehículo de uso diario obligatorio (segundo vehículo para el día a día) | no regulado |  |  |
| Edad mínima del tomador o de los conductores | no regulado |  |  |
| Valor mínimo del vehículo | sí, hasta 5.000 € | Garantías de Robo, Incendio y Daños Propios exclusivamente para vehículos con valor pericial superior a 5.000 €. | Principales restricciones, página 1 |
| Estado mínimo exigido (nota de estado, originalidad, apto para circular) | no regulado |  |  |
| Límite de kilometraje anual | sí | El vehículo asegurado no puede recorrer más de 5.000 km durante el periodo de cobertura vigente. | Principales restricciones, página 1 |
| Consecuencias de superar el kilometraje (sobreprima en lugar de reducción) | no regulado |  |  |
| Uso restringido (sin desplazamientos al trabajo ni uso profesional, solo afición) | sí | Los vehículos destinados al transporte remunerado de personas y/o mercancías. | ¿Qué no se asegura?, página 1 |
| Garaje cerrado o local cerrado obligatorio | no regulado |  |  |
| Circulación en invierno o uso todo el año permitido | no regulado |  |  |
| Rallyes de clásicos, salidas y pruebas de regularidad cubiertos | no regulado |  |  |
| Conductores libres o ampliables sin recargo | no | se aplicará una penalización de 1.000 € sobre las garantías complementarias al seguro obligatorio cuando el conductor accidentado no esté designado en la póliza. | Principales restricciones, página 1 |
| Valor acordado (agreed value) en lugar de valor venal | no regulado |  |  |
| Peritación de valor obligatoria | no regulado |  |  |
| Antigüedad máxima de la peritación y obligación de renovarla | no regulado |  |  |
| Declaración de valor sin peritación (autovaloración, fotos) hasta un límite | no regulado |  |  |
| Gastos de peritación cubiertos | no regulado |  |  |
| Previsión por revalorización (sobre el valor peritado) | no regulado |  |  |
| Renuncia a la regla proporcional (infraseguro) | no regulado |  |  |
| Indemnización por siniestro total o robo (valor peritado, de mercado o acordado) | no regulado |  |  |
| Reparación pagada por encima del valor o en taller especializado | no regulado |  |  |
| Piezas originales o refabricadas y trabajos de restauración | no regulado |  |  |
| Sin deducción de nuevo por viejo | no regulado |  |  |
| El asegurado conserva o puede recomprar los restos | no regulado |  |  |
| Suma asegurada de responsabilidad civil (combinada) | sí, hasta 50 millones € | Amplía el límite de la RCO hasta 50.000.000 €. | Responsabilidad civil voluntaria, página 1 |
| Límite por persona lesionada | sí, hasta 70 millones € | Hasta 70.000.000 € daños corporales. | Responsabilidad civil obligatoria, página 1 |
| Remolque cubierto | no regulado |  |  |
| Sin bonus malus o sin recargo tras siniestro | no regulado |  |  |
| Daños parciales (incendio, robo, lunas) disponibles | sí, hasta la suma asegurada | Robo e Incendio (La contratación de esta modalidad incluye la garantía de Lunas) | Garantías opcionales, página 1 |
| Todo riesgo disponible | sí, hasta la suma asegurada | Daños producidos por una causa exterior, violenta e instantánea, hallándose el vehículo asegurado tanto en circulación como en reposo. | Daños propios, página 1 |
| Cobertura a todo riesgo de verdad (todo lo no excluido) | no regulado |  |  |
| Incendio, explosión, robo y hurto | sí, hasta la suma asegurada | Reparación o indemnización de los daños derivados de incendio o de sustracción ilegítima por terceros, o su tentativa. | Robo e Incendio, página 1 |
| Tormenta, granizo, rayo, inundación, aludes y corrimientos | no | Causas extraordinarias previstas en las Condiciones Generales y atribuidas al Consorcio de Compensación de Seguros. | Principales exclusiones, página 1 |
| Colisión con animales de cualquier tipo | no regulado |  |  |
| Mordeduras de animales con daños consecuenciales | no regulado |  |  |
| Cortocircuito en el cableado con daños consecuenciales | no regulado |  |  |
| Rotura de lunas incluidos faros y espejos | sí, hasta la suma asegurada | Reparación o sustitución de lunas de coche. Con el límite indemnizable por anualidad de 150€, 450€ o 750€. | Rotura de lunas, página 1 |
| Actos vandálicos de terceros | no regulado |  |  |
| Avería de motor, caja de cambios y daños de funcionamiento | no regulado |  |  |
| Transporte en remolque o camión y carga | no regulado |  |  |
| Estancia en taller, exposición, feria o museo | no regulado |  |  |
| Piezas desmontadas, recambios, accesorios y herramientas | no regulado |  |  |
| Cobertura en reposo o de garaje con el vehículo de baja | no regulado |  |  |
| Vehículo cubierto durante la restauración | no regulado |  |  |
| Renuncia a alegar culpa grave | no regulado |  |  |
| Asistencia en carretera y remolque para clásicos | sí, hasta la suma asegurada | Asistencias ilimitadas 24 horas, 365 días del año. Libre elección de taller. | Asistencia en viaje, página 1 |
| Traslado al taller especializado o al domicilio | sí, hasta la suma asegurada | Libre elección de taller. | Asistencia en viaje, página 1 |
| Seguro del conductor o de ocupantes | sí, hasta la suma asegurada | Siempre que se produzca en los 365 días siguientes a la fecha de ocurrencia del siniestro | Accidentes del conductor, página 1 |
| Ámbito territorial (Europa, Europa geográfica, mundial) | sí | Los países que integren el Espacio Económico Europeo. | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Franquicia en daños parciales | sí, hasta la suma asegurada, franquicia 150 € | Garantías de Robo, Incendio y Daños Propios: franquicia del 5 % del valor de reparación (o valor de tasación en caso de pérdida total) con un límite mínimo de 150 € y máximo de 1.500 €. | Principales restricciones, página 1 |
| Franquicia en todo riesgo | sí, hasta la suma asegurada, franquicia 150 € | Garantías de Robo, Incendio y Daños Propios: franquicia del 5 % del valor de reparación (o valor de tasación en caso de pérdida total) con un límite mínimo de 150 € y máximo de 1.500 €. | Principales restricciones, página 1 |
| Exclusión de carreras de velocidad | sí | Participación del vehículo asegurado en apuestas, desafíos, carreras, concursos, pruebas deportivas o en las pruebas preparatorias para las mismas. | Principales exclusiones, página 1 |
| Exclusión de desgaste, óxido, fatiga y envejecimiento | no regulado |  |  |
| Exclusión sin ITV o homologación vigente | no regulado |  |  |
| Obligación de comunicar cambios de valor (restauración, reforma) | no regulado |  |  |
| Obligación de mantener el estado y custodiar el vehículo | no regulado |  |  |
| Solo pago anual | sin franquicia | Podrá pactarse el fraccionamiento del pago de la prima anual | ¿Cuándo y cómo efectuar los pagos?, página 2 |
| Duración y plazos de rescisión | sí | El contrato tiene una duración de un año y se renueva tácitamente de forma anual en la fecha de su vencimiento principal | ¿Cuándo comienza la cobertura?, página 2 |
| Derecho del asegurador a rescindir tras siniestro | no regulado |  |  |
| Austria: límite de 120 días para vehículos históricos y libro de viajes | no regulado |  |  |
| España: matriculación como vehículo histórico (Reglamento de Vehículos Históricos, catalogación) | no regulado |  |  |
| España: Consorcio de Compensación de Seguros para riesgos extraordinarios | sí | atribuidas al Consorcio de Compensación de Seguros. | Principales exclusiones, página 1 |

## Texto completo del condicionado: AMV Moto Legend, condicionado

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[Seite 1]
      SEGURO DE VEHÍCULO CLÁSICO - Documento de Información de Producto de Seguro (DIPS)

      L´ÉQUITÉ - Compañía Aseguradora, París. NIF N0015966E. Operada en España con Clave L-376 en régimen de
               LPS por: Assurances Moto Verte Agencia de Suscripción SL. – Registro DGS Clave AS42.
      AMV Hispania – Correduría de Seguros SLU, NIF B-83204586. Registro DGS J2169.

    Siendo nuestro objetivo que usted comprenda perfectamente las principales garantías y exclusiones del contrato, le presentamos este
    Documento de Información de Producto de Seguro (DIPS). Se trata de un documento informativo genérico que no recoge sus necesidades y
    demandas particulares. Encontrará información completa y específica sobre este producto en la documentación precontractual y contractual.
    El conductor de un vehículo es responsable de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación. El seguro Legend
    tiene por objeto primordial que, para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, la Compañía L´Équité asuma,
    dentro de los límites pactados, la indemnización de esos daños y perjuicios.
    Asimismo, el seguro Legend puede incluir, en función de las modalidades del contrato de seguro suscrito, garantías complementarias dando
    cobertura, por ejemplo, a los daños materiales sufridos por el vehículo asegurado y los daños corporales del conductor, así como a servicios de
    asistencia a vehículos y personas. La descripción exhaustiva de cada garantía viene detallada en las Condiciones Generales.

           ¿Qué se asegura?                                                                  ¿Qué no se asegura?

LAS GARANTÍAS PREVISTAS (Las garantías precedidas de un ✓ se                         Los vehículos destinados al transporte remunerado de personas
encuentran sistemáticamente previstas en el contrato):                                y/o mercancías.
                                                                                     Los vehículos cuyo titular sea una persona distinta al tomador y
✓ Responsabilidad civil obligatoria:                                                  asegurado o, en su defecto, sus padres o cónyuge.
  Daños y perjuicios causados a terceros por el vehículo:                            Los vehículos matriculados en el extranjero.
    o Hasta 70.000.000 € daños corporales.                                           Vehículos con antigüedad inferior a 20 años.
    o Hasta 15.000.000 € daños materiales.
✓ Responsabilidad civil voluntaria:                                                          ¿Cuáles son las principales limitaciones?
  Amplía el límite de la RCO hasta 50.000.000 €.
  Amplia la cobertura de la RCO a la actuación del asegurado como                     Principales exclusiones:
  peatón hasta 150.000 €.                                                           - Dolo del Tomador, Propietario, Asegurado o Conductor.
✓ Protección jurídica: Dirección jurídica por profesionales de L´Équité en          - Causas extraordinarias previstas en las Condiciones Generales y
  siniestros de responsabilidad. Límite según cuantía de indemnización.               atribuidas al Consorcio de Compensación de Seguros.
    o Defensa penal cuando el asegurado sea responsable de un                       - Pago de multas y sanciones (penales y administrativas).
       accidente.                                                                   - Estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o
    o Constitución de fianza en causa criminal.                                       estupefacientes del conductor.
✓ Reclamación de daños: Dirección jurídica por profesionales de L´Équité            - Ausencia de la correspondiente licencia de conducir o permiso
  en siniestros de reclamación. Límite según cuantía de indemnización.                anulado, suspendido o retirado.
    o Reclamaciones amistosas y judiciales a terceros cuando el                     - Conductor del vehículo asegurado causante del accidente sea
       asegurado no sea responsable.                                                  condenado como autor del delito de “omisión del deber de
✓ Garantía de casco y chaleco Airbag homologado:                                      socorro”.
    o Casco Homologado: Hasta 250 €.                                                - Los que se produzcan con ocasión del robo/hurto del vehículo
    o Guantes Homologados: Hasta 70 €.                                                asegurado. Excepto lo dispuesto en la garantía de Robo.
    o Chaleco Airbag Homologado: Hasta 500 €.                                       - Infracción por superar número de personas transportadas y
                                                                                      requisitos.
LAS GARANTÍAS OPCIONALES (podrán ser contratadas adicionalmente y                   - Daños que no sean consecuencia directa de la circulación del
solo tendrán validez si están expresamente recogidas en las Condiciones               vehículo.
Particulares):                                                                      - Falsedad intencionada o simulación en la declaración del
                                                                                      siniestro, o incumplimiento doloso de las obligaciones del
-    Rotura de lunas: Reparación o sustitución de lunas de coche.                     Asegurado en caso de siniestro.
     Con el límite indemnizable por anualidad de 150€, 450€ o 750€.                 - Participación del vehículo asegurado en apuestas, desafíos,
-    Robo e Incendio (La contratación de esta modalidad incluye la garantía           carreras, concursos, pruebas deportivas o en las pruebas
     de Lunas):                                                                       preparatorias para las mismas.
     Reparación o indemnización de los daños derivados de incendio o de             - Transporte de mercancías peligrosas.
     sustracción ilegítima por terceros, o su tentativa.                            - Declaración del riesgo asegurado incongruente con la realidad
-    Daños propios (La contratación de esta modalidad incluye la garantía             del siniestro acaecido.
     de Robo e Incendio):
     Daños producidos por una causa exterior, violenta e instantánea,                  Principales restricciones:
     hallándose el vehículo asegurado tanto en circulación como en reposo.          - El vehículo asegurado no puede recorrer más de 5.000 km
-    Asistencia en viaje por Redion, S.A., sucursal en España.                        durante el periodo de cobertura vigente.
     Asistencias ilimitadas 24 horas, 365 días del año. Libre elección de taller.   - Garantías de Robo, Incendio y Daños Propios exclusivamente
-    Accidentes del conductor: Siempre que se produzca en los 365 días                para vehículos con valor pericial superior a 5.000 €.
     siguientes a la fecha de ocurrencia del siniestro:                             - Garantías de Robo, Incendio y Daños Propios: franquicia del 5 %
       o Fallecimiento:                                                               del valor de reparación (o valor de tasación en caso de pérdida
             -      Moto hasta 6.000 €.                                               total) con un límite mínimo de 150 € y máximo de 1.500 €.
             -      Auto hasta 50.000€.                                             - En caso de siniestro, se aplicará una penalización de 1.000 €
       o Invalidez Permanente:                                                        sobre las garantías complementarias al seguro obligatorio
             -      Moto hasta 12.000 €.                                              cuando el conductor accidentado no esté designado en la póliza.
             -      Auto hasta 50.000€.                                             - En la garantía opcional de Accidentes del Conductor: franquicia
       o Gastos médicos y farmacéuticos:                                              relativa de los 10 primeros puntos, cubriéndose el total de la
             -      Moto y Auto Ilimitado en Centros concertados públicos             indemnización a partir del undécimo.
             -      Moto y Auto hasta 6.000 € en centros de libre elección del      - Posibles límites según contrato en la cobertura de asistencia en
                    asegurado                                                         viaje (radio, número de asistencias por averías o pinchazos).
                                                                                                                                 Versión julio 2024

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     ¿Dónde estoy cubierto?

 ✓    Las garantías tienen validez en los siguientes territorios:
           o Los países que integren el Espacio Económico Europeo.
           o Los Estados adheridos al Convenio Multilateral de Garantía.
           o Andorra, Gibraltar, Liechtenstein, Mónaco, San Marino y la Ciudad del Vaticano.

 ✓    Adicionalmente, la cobertura de responsabilidad civil obligatoria tendrá validez en todos los países adheridos al Convenio
      Interbureaux que constan en la Carta verde adjunta a esta póliza.


     ¿Cuáles son mis obligaciones?

✓ Obligación principal:
    Realizar el pago de la primera prima o de la prima única en el momento de la perfección del contrato y las sucesivas en sus
    correspondientes vencimientos.
✓ Obligación de informar:
    Facilitar toda la información necesaria para la valoración del riesgo antes de la conclusión del contrato y durante toda su vigencia
    a declarar todas y cada una de las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo.
✓ Modificación del riesgo:
    Comunicar si durante la vigencia del contrato se produce una circunstancia que agrave el riesgo asegurado.
✓ Comunicación e información en caso de siniestro.
    Comunicar a la Compañía Aseguradora lo más rápidamente posible, y, en todo caso, dentro del plazo máximo:
           - La ocurrencia del siniestro, y toda la información relativa a sus circunstancias y consecuencias.
           - Cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento relacionada con el siniestro.
✓ Deber de colaboración:
    Prestar la cooperación y ayuda necesaria a la Compañía en todos los asuntos relacionados con este seguro. Se incluyen, entre
    otras:
           - La asistencia a audiencias y juicios,
           - Asegurar y entregar pruebas.
           - Conseguir la asistencia de testigos.
           - La cooperación para alcanzar acuerdos, en el desarrollo de un litigio, arbitraje u otros procedimientos.
✓ En caso de sustracción del vehículo:
    El Asegurado deberá denunciar inmediatamente la sustracción a las autoridades competentes, declarando en ese acto la
    existencia del seguro.


     ¿Cuándo y cómo efectuar los pagos?

      El pago de la prima se realizará en el momento de la contratación a través de tarjeta bancaria.

     Podrá pactarse el fraccionamiento del pago de la prima anual en los plazos y con los vencimientos y las condiciones que se
     establezcan en las Condiciones Particulares, y con el recargo correspondiente.


     ¿Cuándo comienza la cobertura y cuándo finaliza?

     El contrato entra en vigor en la fecha indicada en las Disposiciones Particulares.
     El contrato tiene una duración de un año y se renueva tácitamente de forma anual en la fecha de su vencimiento principal salvo
     resolución por una de las Partes en los casos y condiciones fijadas en el contrato.


     ¿Cómo puedo resolver el contrato?

     Cualquiera de las partes podrá oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada
     en el plazo de al menos un mes de anticipación a la conclusión del periodo en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el
     tomador, y de dos meses cuando sea el Asegurador.


                                                                                                                      Versión julio 2024
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