# BBVA Seguros BBVA Seguro RC Pyme: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-rc-productos-bbva-seguros-rc-pyme.php
- Entidad: BBVA Allianz, Seguros y Reaseguros, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-rc-productos-bbva-seguros-rc-pyme.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Documento de información sobre el producto de seguro, Seguro RC Pyme](https://www.bbva.es/content/dam/public-web/bbvaes/documents/productos/seguros/ipid/seguro-rc-pyme.pdf), Edición IPID, Druck 06-08-2021

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada por siniestro para daños personales y materiales causados por productos | según las condiciones particulares | Suma asegurada: desde 300.000€ hasta 2.000.000€ | Parámetros de contratación, página 1 |
| Límite agregado anual (máximo por anualidad de seguro) | sí, hasta la suma asegurada | Agregado anual: Triple, hasta 6.000.000€ | Parámetros de contratación, página 1 |
| Franquicia en siniestros de responsabilidad civil de productos | no regulado |  |  |
| Forma del contrato: póliza autónoma de RC de productos o garantía dentro de la RC general | no | Responsabilidad Civil por Productos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Condiciones aseguradas: fabricante, cuasi fabricante (marca propia), distribuidor, importador | no regulado |  |  |
| Hecho generador: ocurrencia, acto o reclamación (claims made) | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial de los productos suministrados (nacional, Europa, mundial) | sí | España, Andorra, Unión Europea y siempre que así se establezca en la póliza. | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Suministros a EE. UU. y Canadá (directos o indirectos) cubiertos | no regulado |  |  |
| Daños personales y materiales causados por productos fabricados o suministrados | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil por Productos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Responsabilidad objetiva legal por productos defectuosos (Texto refundido de consumidores) sin culpa | no regulado |  |  |
| Defectos de diseño, fabricación e información (instrucciones, advertencias) | no regulado |  |  |
| Riesgo de desarrollo: defectos no detectables según el estado de la técnica al ponerse en circulación | no regulado |  |  |
| Mercancía de reventa y piezas compradas a otros fabricantes | no regulado |  |  |
| Marcas propias (cuasi fabricante) e importación desde fuera de la UE | no regulado |  |  |
| Daños por trabajos y servicios terminados (montaje, mantenimiento, reparación) | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil Post-Trabajos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Venta a distancia y online, también en marketplaces | no regulado |  |  |
| Defensa frente a reclamaciones infundadas y costes fuera de la suma asegurada | no regulado |  |  |
| RC de productos ampliada para perjuicios económicos puros de los clientes cubierta | no regulado |  |  |
| Falta de cualidades pactadas (sin necesidad de daño personal o material) | no regulado |  |  |
| Daños por unión, mezcla o transformación (producto defectuoso combinado con otros) | sí, hasta la suma asegurada | Gastos Sustitución y Unión y Mezcla: 50% de suma asegurada en productos. | ¿Existen restricciones?, página 1 |
| Daños por transformación o elaboración posterior en el cliente | no regulado |  |  |
| Gastos de desmontaje y montaje (retirar productos defectuosos e instalar productos sin defecto) | sí, hasta la suma asegurada | Gastos Sustitución y Unión y Mezcla: 50% de suma asegurada en productos. | ¿Existen restricciones?, página 1 |
| Gastos de desmontaje y montaje que el vendedor debe al comprador (subsanación según el art. 439.3 BGB o norma equivalente) | no regulado |  |  |
| Gastos de transporte de productos defectuosos y sin defecto en el desmontaje y montaje | no regulado |  |  |
| Gastos de comprobación y selección (revisar productos en busca de defectos) | no regulado |  |  |
| Daños por productos fabricados con máquinas suministradas por el tomador | no regulado |  |  |
| Lucro cesante y paralización de la producción del cliente | no regulado |  |  |
| Franquicia en la RC de productos ampliada | no regulado |  |  |
| Gastos de retirada de productos cubiertos (garantía propia o módulo) | no regulado |  |  |
| Retirada frente a consumidores para evitar daños personales | no regulado |  |  |
| Retirada ordenada por la autoridad (vigilancia del mercado) y retirada voluntaria | no regulado |  |  |
| Retirada frente a clientes empresariales y distribuidores de la cadena | no regulado |  |  |
| Gastos de avisos de retirada (medios, cartas, línea de atención) y destrucción | no regulado |  |  |
| Gastos de consultores de crisis y comunicación en una retirada | no regulado |  |  |
| Retirada tras manipulación maliciosa del producto y extorsión | no regulado |  |  |
| Exclusión: retirada de piezas y accesorios de vehículos (requiere cobertura propia de automoción) | no regulado |  |  |
| Exclusión: aeronaves, naves espaciales y sus piezas | no regulado |  |  |
| Exclusión: piezas y accesorios de vehículos en la RC de productos ampliada | no regulado |  |  |
| Exclusión: medicamentos (cobertura obligatoria) y productos sanitarios | no regulado |  |  |
| Exclusión: productos no ensayados según el estado de la técnica | no regulado |  |  |
| Exclusión: desviación consciente de leyes, normas o especificaciones del cliente | no regulado |  |  |
| Exclusión: daños al propio producto suministrado y pretensiones de cumplimiento | no regulado |  |  |
| Exclusión: garantías contractuales y ampliaciones de responsabilidad más allá de la ley | no regulado |  |  |
| Exclusión: daños punitivos y ejemplarizantes | no regulado |  |  |
| Exclusión: amianto, organismos modificados genéticamente y sustancias similares | no regulado |  |  |
| Exclusión: errores de software y datos integrados en productos | no regulado |  |  |
| Exigencia de un sistema de calidad o control de entrada de mercancías | no regulado |  |  |
| Exigencia de seguimiento del producto y documentación (lotes, trazabilidad) | no regulado |  |  |
| Declaración de facturación como base de prima y consecuencias de errores | no regulado |  |  |
| Cobertura provisional de nuevos productos y riesgos tras el inicio | no regulado |  |  |
| Acuerdos contractuales de indemnidad, calidad y responsabilidad con clientes cubiertos | no regulado |  |  |
| Renuncia a la inspección de entrada por el cliente (deber de examen mercantil) cubierta | no regulado |  |  |
| Plazo para comunicar un siniestro o una retirada inminente | sí | Comunicar la ocurrencia del siniestro, sus circunstancias y consecuencias inmediatamente y, como máximo, en el plazo de 7 días. | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Cobertura retroactiva de productos entregados antes del inicio | no regulado |  |  |
| Cobertura posterior para productos entregados tras el cese o fin del contrato | no regulado |  |  |
| Duración del contrato y plazos de rescisión | sí | Cada año, salvo casos especiales, la póliza vence y se prorroga de forma automática. | ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2 |
| Base de la prima (facturación, masa salarial, tanto alzado) | no regulado |  |  |
| Derecho del asegurador a rescindir tras un siniestro | no regulado |  |  |
| Garantía de cumplir las condiciones modelo de la asociación o mejores | no regulado |  |  |
| Cláusula de actualización (mejoras futuras se aplican automáticamente) | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Documento de información sobre el producto de seguro, Seguro RC Pyme

```text
[Seite 1]
                                                           Seguro de Responsabilidad Civil
                                                           DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO


                                                           Compañía: BBVA Allianz Seguros y Reaseguros, S.A. Entidad española sometida a la regulación de la Dirección General de Seguros y Fondos
                                                           de Pensiones inscrita en el Registro de Entidades Aseguradoras con número C0807.

                                                           Producto: BBVA Allianz RC Pyme


                                                           La información precontractual y contractual completa relativa al producto se facilita en otros documentos.

                                                           ¿EN QUÉ CONSISTE ESTE TIPO DE SEGURO?

                                                           A través de este contrato de seguro el asegurador se obliga , dentro de los límites establecidos por la Ley y por la póliza, a cubrir el riesgo del
                                                           nacimiento, a cargo del asegurado, de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato
                                                           cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado.


                                                                       ¿QUÉ SE ASEGURA?                                                              ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
                                                                                                                                                     ˚ Actividades consideradas como ilegales según
                                                                       En función de la actividad y riesgo declarado, las coberturas                   legislación local y regulaciones aplicables a las distintas
                                                                       garantizadas podrán ser:                                                        entidades operativas.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Explotación.                                          ˚ Actividades en conflicto con sanciones legales.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Inmobiliaria.                                         ˚ Protección contra multas o penalizaciones resultantes de
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Subsidiaria.                                            actos criminales e impuestas por el derecho criminal.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Patronal.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Cruzada.
                                                                                                                                                     ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil por Productos.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Post-Trabajos.                                        LA COBERTURA?
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Profesional.
                                                                                                                                                    ! RC Explotación: Hasta 2.000.000€ /siniestro.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Locativa.
                                                                                                                                                    ! RC Locativa, Contaminación: 50% de suma asegurada en
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Trabajos en Caliente.
                                                                                                                                                      explotación.
                                                                       ¸ Gastos Sustitución y Unión y Mezcla.
                                                                                                                                                    ! RC Trabajos en Caliente: 50% de suma asegurada en
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Daños a Bienes de Terceros.
                                                                                                                                                      explotación.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Daños a Bienes de Empleados.
                                                                                                                                                    ! RC Daños a Vehículos: 50% de suma asegurada en
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Daños Colindantes /Conducciones.
                                                                                                                                                      explotación.
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Daños a Vehículos.
                                                                                                                                                    ! Gastos Sustitución y Unión y Mezcla: 50% de suma asegurada
                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Probadores.
                                                                                                                                                      en productos.
06-08-2021 08:54:24 09012010143031drry04 E558923 0010001


                                                                       ¸ Responsabilidad Civil Contaminación Accidental.
                                                                                                                                                    Parámetros de contratación:
                                                                       En función de la actividad asegurada las garantías enunciadas
                                                                       podrán ser:                                                                  · Suma asegurada: desde 300.000€ hasta 2.000.000€
                                                                                                                                                    · Agregado anual: Triple, hasta 6.000.000€
                                                                       · De contratación opcional.                                                  · Sublímite víctima general: Sin sublímite
                                                                       · De contratación no disponible.                                             · Sublímite víctima en RC Patronal y RC Cruzada: Desde
                                                                                                                                                    150.000€ hasta 600.000€

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¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
¸ España, Andorra, Unión Europea y siempre que así se establezca en la póliza.


¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
• Facilitar los datos necesarios para la emisión de la póliza, éstos deberán ser actuales, correctos y veraces a fin de poder asegurar
  correctamente el riesgo.
• Leer y comprobar atentamente los términos y condiciones de la póliza y, en caso de errores, pedir en el plazo de un mes la rectificación de
  los mismos.
• Pagar las primas. Sólo si se ha pagado la prima, el contrato estará debidamente formalizado y en vigor y los siniestros que se produzcan a
  partir de ese momento tendrán cobertura.
• Comunicar a la mayor brevedad cualquier modificación que se produzca en el contenido de las respuestas y adaptar la póliza a la nueva
  situación mediante las acciones correspondientes.
• Comunicar la ocurrencia del siniestro, sus circunstancias y consecuencias inmediatamente y, como máximo, en el plazo de 7 días. Además,
  deberán poner todos los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo, cooperando al salvamento de personas y bienes.


¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?

• El pago se realizará mediante cualquiera de los medios de pago disponibles de la compañía el día de la formalización del contrato y del
  mismo modo en los sucesivos vencimientos y/o fracciones de pago.


¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
• La cobertura empieza el día de la formalización del contrato. La duración del contrato se determina en las Condiciones Particulares de la
  póliza. Cada año, salvo casos especiales, la póliza vence y se prorroga de forma automática. Si el Tomador se opone a dicha prórroga
  deberá notificarlo al Asegurador al menos con un mes de anticipación al vencimiento. Si el Asegurador se opone a la renovación deberá
  notificarlo al Tomador del seguro al menos con dos meses de antelación.


¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?

• Mediante comunicación escrita a la Aseguradora, al menos, con un mes de anticipación al vencimiento.
• Derecho de desistimiento, plazo de 14 días desde la firma del contrato en el caso de que la contratación sea a distancia.
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