# Reale Responsabilidad Civil General: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-rc-productos-reale-rc-general.php
- Entidad: REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-rc-productos-reale-rc-general.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Documento de información sobre el producto de seguro, Responsabilidad Civil General](https://www.reale.es/Documents/IPID%20RC%20GENERAL%2005.22.pdf), Edición IPID Póliza 133, ohne Datum

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada por siniestro para daños personales y materiales causados por productos | según las condiciones particulares | Con posibilidad de contratar capitales hasta el límite establecido para la Garantía Básica | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Límite agregado anual (máximo por anualidad de seguro) | no regulado |  |  |
| Franquicia en siniestros de responsabilidad civil de productos | no regulado |  |  |
| Forma del contrato: póliza autónoma de RC de productos o garantía dentro de la RC general | no | Responsabilidad Civil de Productos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Condiciones aseguradas: fabricante, cuasi fabricante (marca propia), distribuidor, importador | no regulado |  |  |
| Hecho generador: ocurrencia, acto o reclamación (claims made) | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial de los productos suministrados (nacional, Europa, mundial) | no regulado |  |  |
| Suministros a EE. UU. y Canadá (directos o indirectos) cubiertos | sí, hasta la suma asegurada | Exportaciones a USA/Canadá | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Daños personales y materiales causados por productos fabricados o suministrados | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil de Productos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Responsabilidad objetiva legal por productos defectuosos (Texto refundido de consumidores) sin culpa | no regulado |  |  |
| Defectos de diseño, fabricación e información (instrucciones, advertencias) | no regulado |  |  |
| Riesgo de desarrollo: defectos no detectables según el estado de la técnica al ponerse en circulación | no regulado |  |  |
| Mercancía de reventa y piezas compradas a otros fabricantes | no regulado |  |  |
| Marcas propias (cuasi fabricante) e importación desde fuera de la UE | no regulado |  |  |
| Daños por trabajos y servicios terminados (montaje, mantenimiento, reparación) | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil Post-Trabajos | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Venta a distancia y online, también en marketplaces | no regulado |  |  |
| Defensa frente a reclamaciones infundadas y costes fuera de la suma asegurada | no regulado |  |  |
| RC de productos ampliada para perjuicios económicos puros de los clientes cubierta | sí, hasta la suma asegurada | Coberturas Ampliadas: Unión y mezcla (*) Sustitución (*) Embalaje y reembalaje (*) Transformación | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Falta de cualidades pactadas (sin necesidad de daño personal o material) | no regulado |  |  |
| Daños por unión, mezcla o transformación (producto defectuoso combinado con otros) | sí, hasta la suma asegurada | Coberturas Ampliadas: Unión y mezcla (*) Sustitución (*) Embalaje y reembalaje (*) Transformación | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Daños por transformación o elaboración posterior en el cliente | sí, hasta la suma asegurada | Coberturas Ampliadas: Unión y mezcla (*) Sustitución (*) Embalaje y reembalaje (*) Transformación | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de desmontaje y montaje (retirar productos defectuosos e instalar productos sin defecto) | sí, hasta la suma asegurada | Coberturas Ampliadas: Unión y mezcla (*) Sustitución (*) Embalaje y reembalaje (*) Transformación | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de desmontaje y montaje que el vendedor debe al comprador (subsanación según el art. 439.3 BGB o norma equivalente) | no regulado |  |  |
| Gastos de transporte de productos defectuosos y sin defecto en el desmontaje y montaje | no regulado |  |  |
| Gastos de comprobación y selección (revisar productos en busca de defectos) | no regulado |  |  |
| Daños por productos fabricados con máquinas suministradas por el tomador | no regulado |  |  |
| Lucro cesante y paralización de la producción del cliente | no regulado |  |  |
| Franquicia en la RC de productos ampliada | no regulado |  |  |
| Gastos de retirada de productos cubiertos (garantía propia o módulo) | sí, hasta 600.000 € | Gastos de Retirada de Productos (hasta 600.000€) | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Retirada frente a consumidores para evitar daños personales | no regulado |  |  |
| Retirada ordenada por la autoridad (vigilancia del mercado) y retirada voluntaria | no regulado |  |  |
| Retirada frente a clientes empresariales y distribuidores de la cadena | no regulado |  |  |
| Gastos de avisos de retirada (medios, cartas, línea de atención) y destrucción | no regulado |  |  |
| Gastos de consultores de crisis y comunicación en una retirada | no regulado |  |  |
| Retirada tras manipulación maliciosa del producto y extorsión | no regulado |  |  |
| Exclusión: retirada de piezas y accesorios de vehículos (requiere cobertura propia de automoción) | no regulado |  |  |
| Exclusión: aeronaves, naves espaciales y sus piezas | sí | Construcción, distribución y comercialización de aviones, así como de aparatos de precisión que regulen el tráfico aéreo. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión: piezas y accesorios de vehículos en la RC de productos ampliada | no regulado |  |  |
| Exclusión: medicamentos (cobertura obligatoria) y productos sanitarios | no regulado |  |  |
| Exclusión: productos no ensayados según el estado de la técnica | no regulado |  |  |
| Exclusión: desviación consciente de leyes, normas o especificaciones del cliente | no regulado |  |  |
| Exclusión: daños al propio producto suministrado y pretensiones de cumplimiento | no regulado |  |  |
| Exclusión: garantías contractuales y ampliaciones de responsabilidad más allá de la ley | no regulado |  |  |
| Exclusión: daños punitivos y ejemplarizantes | no regulado |  |  |
| Exclusión: amianto, organismos modificados genéticamente y sustancias similares | no regulado |  |  |
| Exclusión: errores de software y datos integrados en productos | no regulado |  |  |
| Exigencia de un sistema de calidad o control de entrada de mercancías | no regulado |  |  |
| Exigencia de seguimiento del producto y documentación (lotes, trazabilidad) | no regulado |  |  |
| Declaración de facturación como base de prima y consecuencias de errores | no regulado |  |  |
| Cobertura provisional de nuevos productos y riesgos tras el inicio | no regulado |  |  |
| Acuerdos contractuales de indemnidad, calidad y responsabilidad con clientes cubiertos | no regulado |  |  |
| Renuncia a la inspección de entrada por el cliente (deber de examen mercantil) cubierta | no regulado |  |  |
| Plazo para comunicar un siniestro o una retirada inminente | sí | Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días. | ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Cobertura retroactiva de productos entregados antes del inicio | no regulado |  |  |
| Cobertura posterior para productos entregados tras el cese o fin del contrato | no regulado |  |  |
| Duración del contrato y plazos de rescisión | sí | se prorrogará automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad. | ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2 |
| Base de la prima (facturación, masa salarial, tanto alzado) | no regulado |  |  |
| Derecho del asegurador a rescindir tras un siniestro | no regulado |  |  |
| Garantía de cumplir las condiciones modelo de la asociación o mejores | no regulado |  |  |
| Cláusula de actualización (mejoras futuras se aplican automáticamente) | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Documento de información sobre el producto de seguro, Responsabilidad Civil General

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REALE SEGUROS

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL

                 DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
 EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España
                       (Nº autorización: C-0613)
         PRODUCTO: Póliza Responsabilidad Civil General (133)

El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información
precontractual o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más
información, puede consultarla en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.

¿En qué consiste este tipo de seguro?

Este seguro se ofrece como una solución para proteger al asegurado contra el nacimiento de una deuda que
pueda gravar su patrimonio, al tener que indemnizar el daño causado a un tercero por actos u omisiones de
los que sea responsable, o relativos a personas de las cuales deba responder.

        ¿Qué se asegura?                                             ¿Qué no está asegurado?

Principales garantías aseguradas (suma asegurada              Los principales riesgos excluidos son:
según lo acordado en condiciones contractuales):               La prestación de servicios médicos, sanitarios,
 Garantía Básica y de Contratación Obligatoria                   incluyendo la responsabilidad derivada de
                                                                  daños ocasionados por las instalaciones,
   Responsabilidad Civil de la Explotación
                                                                  aparatos y materias utilizados, por
     (hasta 6.000.000 €). Quedan incluidas
                                                                  tratamientos, prescripciones o actos
     dentro de esta garantía:                                     profesionales de personal médico y sanitarios.
     RC Inmobiliaria                                          Responsabilidades que deban ser objeto de
     RC Cruzada                                                  cobertura por un Seguro Obligatorio y la
     RC Subsidiaria                                              Responsabilidad Civil derivada del uso y
     RC de la Carga                                              circulación de vehículos a motor.
                                                               La navegación aérea, así como la construcción,
Las principales garantías opcionales son:
                                                                  reparación, mantenimiento y gestión técnico-
  Responsabilidad Civil por Accidentes de Trabajo                administrativa de aeropuertos y el
     (hasta 750.000 €)                                            abastecimiento y suministro de combustible a
  Responsabilidad Civil Trabajos fuera de las                    aeronaves. Construcción, distribución y
     Instalaciones del Asegurado (*)                              comercialización de aviones, así como de
  Responsabilidad Civil Contaminación Accidental                 aparatos de precisión que regulen el tráfico
  Responsabilidad Civil Cruzada por Daños                        aéreo.
     Materiales (en RC de la Explotación) y hasta 25
     % de SA, con un máximo de 150.000 €.
  Responsabilidad Civil Post-Trabajos (*)                           ¿Existen restricciones en lo que respecta a
  Responsabilidad Civil Locativa (*)                                la cobertura?
  Responsabilidad Civil de Productos (*)
                                                               Las principales restricciones son:
     Coberturas Ampliadas:
                                                               ! Responsabilidad derivada de establecimientos
        Unión y mezcla (*)
                                                                   situados en USA, Canadá y Méjico y/o
        Sustitución (*)
                                                                   actividades desarrolladas en dichos países.
        Embalaje y reembalaje (*)
        Transformación (*)
        Gastos de Retirada de Productos (hasta
          600.000€)
        Exportaciones a USA/Canadá (*)
(*) Con posibilidad de contratar capitales hasta el límite
establecido para la Garantía Básica

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        ¿Dónde estoy cubierto?

 Empresas del sector de la construcción, montajes e instalaciones
   Ampara la Responsabilidad Civil derivada de las reclamaciones de las que pueda ser responsable el
      Asegurado como consecuencia de hechos o circunstancias que tengan lugar en el desarrollo de los
      trabajos de Construcción, Instalaciones y/o Montajes.
 Empresas con actividades agrícolas y ganaderas
   Ampara la Responsabilidad Civil derivada de las reclamaciones de las que pueda ser responsable el
      Asegurado como consecuencia de hechos o circunstancias que tengan lugar en el desarrollo de los
      trabajos propios de empresas que operan en el sector agropecuario.
 Sector Industrial
   Ampara la Responsabilidad Civil derivada de aquellas reclamaciones de las que pueda ser
      responsable el Asegurado como consecuencia de hechos o circunstancias que tengan lugar en el
      desarrollo de procesos industriales.
 Sector Servicios
   Ampara la Responsabilidad Civil derivada de las reclamaciones de las que pueda ser responsable el
      Asegurado como consecuencia de hechos o circunstancias que tengan lugar en el desarrollo de
      actividades empresariales encuadradas en el sector servicios.

        ¿Cuáles son mis obligaciones?

    Declaración, incluso durante la vigencia del contrato, de todas las circunstancias conocidas, que puedan
     influir en la valoración del riesgo.
    Firma del contrato.
    Pago del precio del seguro.
    Comunicación al asegurador de la ocurrencia del accidente/daño en el plazo máximo de 7 días.


        ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

    El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar
     atendiendo a las circunstancias convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el
     precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
    El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
    El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se
     indiquen en el contrato.

        ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

    El contrato se perfecciona mediante su firma.
    El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer
     recibo del precio pagado.
    El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará
     automáticamente por el plazo de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.


        ¿Cómo puedo rescindir el contrato?

    El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación
    escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación.


El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni
suponiendo la emisión de oferta contractual alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del
Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293
                                                                                                                                                            www.reale.es
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