# ARAG Familia 12 meses: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-defensa-juridica-arag-familia-12-meses.php
- Entidad: ARAG SE, Sucursal en España
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-defensa-juridica-arag-familia-12-meses.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [ARAG Familia 12 meses, Condiciones Generales](https://www.arag.es/medien/pdf/ccgg_arag_familia_12_meses.pdf), Edición Mod. 02252 (0524)
- Original de la aseguradora (PDF): [ARAG Familia 12 meses, Documento de información (IPID)](https://www.arag.es/medien/pdf/ipid/ipid_familia12meses.pdf), Edición IPID02252 (0923)

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada por siniestro | según las condiciones particulares | ARAG asumirá los gastos descritos dentro de los límites y hasta la cifra máxima contratada para cada siniestro, que se determinan en estas Condiciones Generales y en las Condiciones Particulares de este seguro. | Art. 5, página 23 |
| Límite anual por todos los siniestros | no regulado |  |  |
| Préstamo para fianza penal | sí, hasta la suma asegurada | ARAG constituirá, en los mismos supuestos y hasta el límite expresado en las Condiciones Particulares, la fianza que en el procedimiento penal se exija al Asegurado | Art. 3.5.1 b), página 11 |
| Franquicia por siniestro | no regulado |  |  |
| Franquicia que aumenta tras siniestros | no regulado |  |  |
| Franquicia reducida o suprimida tras años sin siniestros | no regulado |  |  |
| Sin franquicia en asesoramiento, mediación o acuerdo temprano | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial y fuero competente | sí | Las garantías de Reclamación extracontractual, Defensa penal y civil suplementaria y Consumo, de los artículos 3.4., 3.5 y 3.7, serán de aplicación a los siniestros producidos tanto en territorio español, como en los demás países de la Unión Europea. | Art. 19, página 29 |
| Garantía frente al condicionado modelo (ARB alemán o austriaco) | no regulado |  |  |
| Plazo de carencia general | sí | En este seguro y para los supuestos contractuales y administrativos, podrá existir un plazo de carencia que se especificará en las Condiciones Particulares | Art. 11, página 26 |
| Carencia en derecho laboral | no regulado |  |  |
| Carencia en arrendamientos e inmuebles | sí | para los supuestos contractuales y administrativos, podrá existir un plazo de carencia que se especificará en las Condiciones Particulares | Art. 11, página 26 |
| Carencia en derecho contractual | sí | para los supuestos contractuales y administrativos, podrá existir un plazo de carencia que se especificará en las Condiciones Particulares | Art. 11, página 26 |
| Sin carencia en daños, penal, infracciones y tráfico | sí | salvo para la cobertura de protección ante infracciones de las disposiciones reguladoras de la circulación o la navegación | Art. 11, página 26 |
| Cómputo del seguro anterior en la carencia | sí | No se aplicará la carencia cuando la póliza se emita en sustitución de otro seguro ARAG, que hubiera garantizado el siniestro. | Art. 11, página 25 |
| Renuncia a la objeción de causa anterior | no | Los hechos cuyo origen o primera manifestación se haya producido antes de la fecha de efecto de la póliza | Art. 12.10, página 27 |
| Reclamación de daños | sí, hasta la suma asegurada | ARAG garantiza la reclamación al tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes al Asegurado por los daños y perjuicios que se le causen | Art. 3.4, página 9 |
| Derecho laboral | sí, hasta la suma asegurada | ARAG garantiza la defensa y reclamación de los derechos del Asegurado derivados del desempeño de su trabajo por cuenta ajena, tanto por vía amistosa como judicial | Art. 3.8, página 15 |
| Arrendamientos como inquilino de la vivienda habitual | sí, hasta la suma asegurada | Defensa y reclamación como inquilino en los conflictos derivados del contrato de alquiler de la vivienda, excepto en los juicios de desahucio por falta de pago. | Art. 3.6.6, página 13 |
| Inmuebles como propietario de la vivienda habitual | sí, hasta la suma asegurada | como propietario, usufructuario o inquilino de la vivienda urbana situada en territorio español y designada en las Condiciones Particulares de la póliza | Art. 3.6, página 11 |
| Inmuebles arrendados a terceros (arrendador) | no regulado |  |  |
| Derecho contractual (compras, reparaciones, viajes, seguros) | sí, hasta la suma asegurada | ARAG garantiza la reclamación de los derechos del Asegurado como consumidor y usuario, tanto por vía amistosa como judicial, por incumplimiento de los contratos sobre bienes y servicios | Art. 3.7, página 13 |
| Derecho tributario ante tribunales | sí, hasta la suma asegurada | en los litigios del Asegurado con la administración de la hacienda pública, directamente relacionados con la declaración de los impuestos de la renta de las personas físicas y del patrimonio. | Art. 3.9.2, página 16 |
| Tributario ya en vía de reclamación administrativa | sí, hasta la suma asegurada | Esta cobertura comprenderá siempre la interposición de los recursos que procedan en vía administrativa. | Art. 3.9.2, página 17 |
| Seguridad social ante tribunales | sí, hasta la suma asegurada | Reclamación de prestaciones sociales: en litigios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y Mutualidades de Previsión Social. | Art. 3.8.4, página 15 |
| Seguridad social ya en vía administrativa | no regulado |  |  |
| Derecho administrativo (enseñanza, administraciones) | sí, hasta la suma asegurada | Administrativa: ante las sanciones que se le impongan por presuntas infracciones administrativas. | Art. 3.9.1, página 16 |
| Procedimientos disciplinarios y deontológicos | no regulado |  |  |
| Defensa penal | sí, hasta la suma asegurada | En los procesos que se le sigan por hechos de los que presuntamentese derive su responsabilidad penal. | Art. 3.5.1, página 11 |
| Defensa en infracciones administrativas | sí, hasta la suma asegurada | Administrativa: ante las sanciones que se le impongan por presuntas infracciones administrativas. | Art. 3.9.1, página 16 |
| Protección de víctimas (acusación particular) | sí, hasta la suma asegurada | se garantiza la reclamación al tercero responsable en la jurisdicción penal por acciones constitutivas de delito de amenaza, coacción | Art. 3.4.2, página 10 |
| Protección de datos (RGPD) | no regulado |  |  |
| Asesoramiento en derecho de familia y sucesiones | sí, hasta la suma asegurada | Matrimonio. Régimen económico matrimonial, Capitulaciones matrimoniales, Separación y divorcio | Anexo 1, página 31 |
| Familia más allá de la consulta (alimentos, custodia) | sí, hasta la suma asegurada | Reembolso de gastos jurídicos: previa justificación, del importe de los honorarios y gastos que hayan satisfecho derivados del procedimiento judicial de separación o divorcio | Art. 3.10.1, página 17 |
| Sucesiones más allá de la consulta | sí, hasta la suma asegurada | ARAG garantiza la asistencia al Asegurado para la redacción de testamento abierto notarial. | Art. 3.12.1, página 22 |
| Reclamación de daños por accidente de tráfico | sí, hasta la suma asegurada | la reclamación al tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes a los Asegurados por los daños y perjuicios que se le causen, por imprudencia o dolosamente, a los vehículos terrestres a motor | Art. 3.11.3, página 19 |
| Contratos del vehículo (compra, reparación, leasing) | sí, hasta la suma asegurada | La reclamación por incumplimiento de la cláusula de garantía inserta en el contrato de compraventa. | Art. 3.11.7, página 20 |
| Defensa penal en tráfico | sí, hasta la suma asegurada | la defensa penal del Asegurado, de exigírsele responsabilidades en el ámbito de la vida particular, en los procedimientos que se les sigan como conductores de vehículos terrestres a motor de uso particular. | Art. 3.11.1, página 17 |
| Recurso de multas de tráfico | sí, hasta la suma asegurada | ARAG, garantiza la defensa de los Asegurados ante las sanciones que se les impongan en el ámbito de su vida particular en relación con los vehículos terrestres a motor | Art. 3.11.6, página 20 |
| Defensa del permiso de conducir (retirada, puntos) | sí, hasta la suma asegurada | siempre que la sanción impuesta sea de un importe superior al indicado en las Condiciones Particulares y comporte pérdida de puntos | Art. 3.11.6, página 20 |
| Cobertura como peatón, ciclista y pasajero | sí | pasajero de cualquier medio de transporte | Art. 3.4.1, página 10 |
| Embarcaciones (motor, vela, motos de agua) cubiertas como vehículos | no | Los siniestros relacionados con vehículos, embarcaciones o aeronaves, con motor y sus remolques, siempre que dichos medios de locomoción sean propiedad del Asegurado o estén conducidos o pilotados por el mismo | Art. 12.6, página 26 |
| Vehículos eléctricos ligeros y bicicletas eléctricas | sí | conductor de vehículos de movilidad personal, bicicletas eléctricas y sillas de ruedas eléctricas propiedad del Asegurado, siempre que los mismos no precisen de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria | Art. 3.4.1, página 9 |
| Defensa penal especial (delitos dolosos) | no | No comprende esta cobertura los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme. | Art. 3.5.1, página 10 |
| Usurpación de identidad en internet | no regulado |  |  |
| Derecho al honor y ciberacoso, con costes de borrado | no regulado |  |  |
| Propiedad intelectual (defensa ante requerimientos) | no | Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial | Art. 12.7, página 26 |
| Litigios de inversión (valores, fondos) | no | sobre cuestiones financieras y bancarias | Art. 12.7, página 27 |
| Litigios de construcción (proyecto, obra, reforma) | no | Los siniestros que tengan su origen o estén relacionados con la transformación de la vivienda amparada por el seguro o bien con el proyecto, construcción y derribo del inmueble en que la misma esté situada. | Art. 12.5, página 26 |
| Mediación | sí, hasta la suma asegurada | Los gastos en que puedan incurrir los Asegurados como consecuencia de su intervención en un procedimiento de mediación | Art. 4.2, página 8 |
| Asistencia jurídica telefónica | sí | ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado, para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio | Art. 3.1, página 8 |
| Asesoramiento preventivo | sí, hasta la suma asegurada | en prevención de cualquier litigio, en el marco de la legislación y jurisdicción española | Art. 3.1, página 8 |
| Gastos de peritos | sí, hasta la suma asegurada | Los honorarios y gastos de peritos necesarios. | Art. 4.6, página 24 |
| Gastos de viaje a un tribunal extranjero | no | a cargo del Asegurado los gastos y honorarios por los desplazamientos que el profesional incluya en su minuta. | Art. 16, página 28 |
| Gastos de traducción e intérprete | no regulado |  |  |
| Ejecución forzosa | no regulado |  |  |
| Gastos en acuerdo sin reducción proporcional | no regulado |  |  |
| Honorarios por encima de la tarifa legal | no | Los criterios orientativos en materia de tasación de costas y jura de cuentas serán consideradas como límite máximo de la obligación del Asegurador. | Art. 17, página 29 |
| Cobertura en Europa y países mediterráneos | sí, hasta la suma asegurada | serán de aplicación a los siniestros producidos tanto en territorio español, como en los demás países de la Unión Europea. | Art. 19, página 29 |
| Cobertura mundial (límite) | no | El resto de garantías serán aplicables a los siniestros que tengan lugar en territorio español. | Art. 19, página 29 |
| Libre elección de abogado | sí | El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle | Art. 16, página 28 |
| Límite de honorarios del abogado de libre elección | sí, hasta la suma asegurada | ARAG reintegrará al Asegurado los honorarios devengados por el profesional que libremente haya elegido, con el límite establecido en las Condiciones Particulares | Art. 17, página 29 |
| Dictamen vinculante del abogado sobre la viabilidad | no regulado |  |  |
| Arbitraje en lugar de dictamen del abogado | sí | En caso de desavenencia, podrán las partes acogerse al arbitraje previsto en el artículo 21 | Art. 15, página 27 |
| Modalidad individual | no regulado |  |  |
| Modalidad familiar con cónyuge o pareja | sí | Su cónyuge o pareja estable. | Art. 1.2, página 8 |
| Hijos asegurados (edad límite, estudios) | sí | Sus hijos solteros. | Art. 1.4, página 8 |
| Modalidad sénior para jubilados | no regulado |  |  |
| Cláusula de autónomos: exclusión de litigios profesionales | sí | Los conflictos derivados de cualquier actividad del Asegurado ajena al ámbito de su vida particular, salvo las coberturas de índole laboral previstas en artículo 3.8 | Art. 12.4, página 26 |
| Actividad autónoma secundaria hasta un límite de facturación | no regulado |  |  |
| Exclusión: riesgo de construcción | sí | con el proyecto, construcción y derribo del inmueble en que la misma esté situada. | Art. 12.5, página 26 |
| Exclusión: juego y apuestas | no regulado |  |  |
| Exclusión: inversiones y especulación | sí | sobre cuestiones financieras y bancarias | Art. 12.7, página 27 |
| Exclusión: divorcio más allá de la consulta | sin franquicia | Reembolso de gastos jurídicos: previa justificación, del importe de los honorarios y gastos que hayan satisfecho derivados del procedimiento judicial de separación o divorcio | Art. 3.10.1, página 17 |
| Exclusión: litigios entre asegurados | sí | Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los Asegurados en esta póliza | Art. 12.8, página 26 |
| Exclusión: siniestros causados dolosamente | sí | Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme. | Art. 12.3, página 10 |
| Derecho de rescisión de la aseguradora tras siniestros | no regulado |  |  |
| Cobertura posterior para siniestros comunicados tras la extinción | sí | que se declaren después de transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o extinción de las garantías contratadas, salvo en materia fiscal en que el plazo será de cuatro años. | Art. 12.10, página 26 |
| Exención de prima por desempleo, incapacidad o dependencia | no regulado |  |  |
| Continuación sin prima para los supervivientes | no regulado |  |  |
| Cuantía mínima del litigio | sí, hasta la suma asegurada | Es la cuantía mínima objeto de litigio en este seguro, por debajo de la cual no se garantiza el trámite judicial de un siniestro. | Definiciones, Mínimo Litigioso, página 5 |
| Defensa jurídica en contrato independiente o capítulo separado (art. 76c LCS) | sí | El presente contrato de seguro se rige por lo convenido en estas Condiciones Generales y en las Particulares de la póliza | Condiciones generales, página 3 |

## Texto completo del condicionado: ARAG Familia 12 meses, Condiciones Generales

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Conozca su seguro
ARAG Familia 12 meses

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             Condiciones Generales


Condiciones generales
                 El presente contrato de seguro se rige
                 por lo convenido en estas Condiciones
                 Generales y en las Particulares de la
                 póliza, de conformidad con lo estable-
                 cido en la Ley 50/1980, de 8 de octu-
                 bre, de Contrato de Seguro, y en la Ley
                 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,
                 supervisión y solvencia de las entidades
                 aseguradoras y reaseguradoras.


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                                       Condiciones Generales


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Definiciones que interesa conocer
                                                       Es la cuantía mínima objeto de litigio en este
                                                       seguro, por debajo de la cual no se garantiza el
Asegurador
                                                       trámite judicial de un siniestro.
ARAG SE, Sucursal en España que asume el
                                                       Franquicia
riesgo definido en la póliza.
                                                       Es la cantidad que se deduce de los gastos a
Tomador del seguro
                                                       pagar por el Asegurador, cuando expresamente
                                                       se establece en la póliza, como contribución del
La persona física o jurídica que con el Asegu-
                                                       Asegurado.
rador suscribe este contrato, y a la que corre-
sponden las obligaciones que del mismo deri-
ven, salvo las que por su naturaleza deban ser
cumplidas por el Asegurado.

Asegurado

La persona titular del interés asegurado que, en
defecto del Tomador, asume las obligaciones
derivadas del contrato.

Póliza

El documento contractual que contiene las con-
diciones reguladoras del seguro, formado por
estas Condiciones Generales, por las Condicio-
nes Particulares que individualizan el riesgo y
por los suplementos o apéndices que se emitan
al contrato para completarlo o modificarlo.

Prima

El precio del seguro. El recibo contendrá, ade-
más, los recargos e impuestos de legal aplica-
ción.

Plazo carencia

Es el período de tiempo en que, con posteriori-
dad a la fecha de inicio de una garantía, si se
produce un siniestro no está garantizado.


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                                   Guía
                                    Condiciones
                                        práctica de
                                                  Generales
                                                    su seguro


Índice
Condiciones Generales


1. ¿A quién se asegura por esta póliza?            7. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué se
                                                   debe informar sobre el riesgo?
2. ¿Cuál es el objeto del seguro?
                                                   8. ¿Cuándo se abonan las primas?
3. ¿Qué garantiza el seguro?
                                                   9. ¿Qué debe entenderse por siniestro?
3. 1 Asistencia jurídica telefónica
                                                   10. ¿Cuándo se entenderá producido un
3.2 Revisión y redacción de documentos             siniestro?
y contratos
                                                   11. ¿Existe plazo de carencia?
3.3 Servicios jurídicos “online”
                                                   12. ¿Qué siniestros no están cubiertos?
3.4 Reclamación extracontractual.
                                                   13. ¿Cuándo y cómo debe declararse el
3.5 Defensa penal y civil suplementaria            siniestro?
3.6 Defensa de derechos relativos a la             14. ¿Cómo se tramita el siniestro?
vivienda
                                                   15. ¿Qué hacer en caso de desavenencia
3.7 Consumo                                        sobre la tramitación?
3.8 Trabajo                                        16. ¿Cómo se efectúa la elección de
                                                   abogado y procurador?
3.9 Protección administrativa y fiscal
                                                   17. ¿Cuál es el límite para el pago de
3.10 Prestaciones por separación o                 honorarios profesionales?
divorcio
                                                   18. ¿Puede el asegurado aceptar trans-
3.11 Vehículos a motor                             acciones?
3.12 Testamento                                    19. ¿Cuál es la extensión territorial del
                                                   seguro?
4. ¿Qué alcance tiene el seguro?
                                                   20. ¿Cuál es la duración del seguro?
5. ¿Cuáles son los límites del seguro?
                                                   21. ¿Cómo se solucionan los conflictos
6. ¿Qué pagos no están cubiertos?                  entre las partes?

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                               Condiciones Generales


22. ¿Existe subrogación?


23. ¿Cómo se efectúan las comunicacio-
nes entre las partes?
24. ¿Cuándo prescriben las acciones
derivadas del seguro?
25. Quejas y reclamaciones


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[Seite 8]
                                        Condiciones Generales


        Condiciones generales
1. ¿A quién se asegura por esta póliza?                 También puede ser objeto del seguro la presta-
                                                        ción de determinados servicios o el pago de los
A la unidad familiar, que conviva en el mismo           mismos, relacionados con las coberturas de la
domicilio y formada por:                                póliza.

1. El Asegurado, persona física y residente en
España.
                                                        3. ¿Qué garantiza el seguro?
                                                        Esta póliza ARAG garantiza la defensa jurídica
2. Su cónyuge o pareja estable.
                                                        de la unidad familiar, prestándole sus cobertu-
                                                        ras en los ámbitos siguientes y según se indica
3. Los padres de ambos.
                                                        expresamente en cada garantía:
4. Sus hijos solteros.
                                                        - la VIDA PARTICULAR
Todas las personas amparadas por el seguro
                                                        - los VEHÍCULOS SIN MOTOR, ya sean terres-
deberán convivir de forma permanente en el
                                                        tres, aéreos o marítimos y siempre de uso par-
domicilio habitual del Asegurado y designado
                                                        ticular.
en la póliza.
                                                        - la VIVIENDA
2. ¿Cuál es el objeto del seguro?                       - el CONSUMO
Por el presente Contrato de Seguro, ARAG se
                                                        - el TRABAJO
obliga dentro de los límites establecidos en la
Ley y en el propio contrato, a prestar a los Ase-
                                                        - los VEHÍCULOS TERRESTRES CON MOTOR de
gurados los servicios de asistencia extrajudicial
                                                        uso particular y sus remolques
y a hacerse cargo de los gastos en que pue-
dan incurrir los mismos, como consecuencia de
                                                        Las garantías del seguro se relacionan en los
su intervención en un procedimiento judicial,
                                                        artículos siguientes y las efectivamente con-
administrativo o arbitral, derivados de la cober-
                                                        tratadas se indicarán en las Condiciones Par-
tura del seguro.
                                                        ticulares de la póliza.
Asimismo y dentro de los límites establecidos
en el contrato, ARAG también se hará cargo de           3.1. Asistencia jurídica telefónica
los gastos en que puedan incurrir los Asegu-
rados como consecuencia de su intervención              ARAG pondrá a disposición del Asegurado un
en un procedimiento de mediación, siempre               abogado, para que le informe telefónicamente,
que dicho procedimiento derive de un hecho              en prevención de cualquier litigio, en el marco
garantizado en la póliza y se encuentre com-            de la legislación y jurisdicción española, sobre
prendido dentro del ámbito de aplicación de             el alcance de los derechos que, con carácter
la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en           general, le asistan en el ámbito de su vida par-
asuntos civiles y mercantiles.                          ticular, así como de la forma en que mejor pue-


                                                    8

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                                          Condiciones Generales


dan defenderse.                                            convenientemente revisado o redactado, ARAG
                                                           hará entrega del mismo al Asegurado para que
Esta información jurídica se prestará a través             proceda a su presentación ante el destinatario.
del número de teléfono que, a tal efecto, se               Los documentos y contratos objeto de esta
facilitará al Asegurado.                                   cobertura tienen el carácter de “numerus
                                                           clausus”, por lo que vienen expresamente rela-
Las materias que, entre otras, pueden ser                  cionados en el anexo 2 del presente contrato
objeto de consulta telefónica, se especifican en           de seguro.
el anexo 1 del presente contrato de seguro.

Si con motivo de la dificultad de la consulta o            3.3. Servicios jurídicos “online”
por la especificidad de la materia objeto de la
misma, ARAG considerase conveniente que la                 Como cliente de ARAG podrá beneficiarse de los
información jurídica se facilitara al Asegurado            servicios jurídicos online en la página web de
de manera presencial, podrá organizar una                  ARAG consistente en la consulta de determin-
entrevista personal con uno de sus abogados                ados modelos de escritos jurídicos. Para acce-
para que el asegurado sea asesorado verbal-                der a dicho servicio deberá registrarse en el
mente.                                                     área privada Mi ARAG.


3.2. Revisión y redacción de                               3.4. Reclamación extracontractual
documentos y contratos
                                                           ARAG garantiza la reclamación al tercero res-
ARAG prestará también al Asegurado el mismo                ponsable identificable, tanto por vía amistosa
servicio del artículo anterior, siempre que solicite       como judicial, de las indemnizaciones cor-
telefónicamente la asistencia de un abogado                respondientes al Asegurado por los daños y
para la revisión y redacción de determinados               perjuicios que se le causen, por imprudencia o
escritos y contratos, de los que puedan deri-              dolosamente, en el ámbito de la vida particular
varse para aquél consecuencias legales, sobre              y que se relacionan a continuación:
las materias siguientes:
                                                           3.4.1. Daños corporales.
- Compraventa y alquiler de vivienda
                                                           Comprende, entre otros supuestos, las lesiones
- Reclamaciones a la Comunidad de Propietarios             o daños corporales causados como:

- Reclamaciones de consumo                                 - peatón

- Reclamaciones o recursos por sanciones                   - conductor de vehículos terrestres sin motor y
administrativas, con excepción de la gestión               de uso particular
de sanciones de tráfico viario o navegación de
embarcaciones y aeronaves                                  - conductor de vehículos de movilidad personal,
                                                           bicicletas eléctricas y sillas de ruedas eléctricas
- Servicio doméstico                                       propiedad del Asegurado, siempre que los mis-
                                                           mos no precisen de seguro de responsabilidad
Una vez el contrato o documento haya sido                  civil de suscripción obligatoria y que sean de


                                                       9

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                                       Condiciones Generales


uso personal,
                                                        Evaluación médica de accidentados: en los
- patrón de embarcaciones o piloto de aerona-           supuestos previstos en los anteriores apartados
ves, sin motor y de uso particular                      1 y 2, en los que se causen lesiones al Asegu-
                                                        rado y siempre que fueran precisos más de
- pasajero de cualquier medio de transporte             treinta días para su curación, ARAG efectuará,
                                                        a través de su equipo médico especializado, el
- residente en su vivienda                              seguimiento y oportuno informe, tanto de la
                                                        evaluación de las lesiones, como de las posibles
- practicante de deportes, de forma no profe-           secuelas que se pudieran producir, en defensa
sional y que no tengan relación con vehículos           de los intereses jurídicos del Asegurado.
a motor, incluyendo expresamente la caza.
                                                        3.4.3. Daños materiales
En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán
ejercitar la reclamación sus familiares, herede-        1. A los bienes muebles: propiedad del Asegu-
ros o beneficiarios.                                    rado.

Así mismo, queda amparada la reclamación al             Se considerarán bienes muebles, a los efectos
tercero responsable identificable, las lesiones         de esta cobertura, los siguientes:
sufridas por los animales de compañía propie-
dad del asegurado que convivan en el domici-            - objetos de decoración y mobiliario,
lio designado en la presente póliza, siempre y
cuando el Asegurado haya cumplido con la                - aparatos electrodomésticos
normativa municipal, autonómica o estatal
que resulte de aplicación para su tenencia.             - ordenador personal y sus periféricos;

3.4.2. Agresiones físicas.                              - ajuar personal y alimentos;

Por cualquier causa y especialmente las de              2. A los vehículos, embarcaciones y aeronaves,
carácter sexual, incluyendo el acoso o abusos           todos ellos sin motor: Comprende la reclama-
sexuales y también el “bullying” o acoso esco-          ción al tercero responsable por los daños cau-
lar cuando del mismo resulten daños físicos.            sados a vehículos, embarcaciones y aerona-
                                                        ves, todos ellos sin motor, de uso particular y
Así mismo, aunque no existan lesiones físicas,          propiedad del Asegurado, siempre que dichos
también se garantiza la reclamación al tercero          vehículos no precisen de un seguro de respon-
responsable en la jurisdicción penal por accio-         sabilidad civil de suscripción obligatoria.
nes constitutivas de delito de amenaza, coac-
ción o acoso que pudiera sufrir el Asegurado en         Asimismo, se incluye la reclamación al tercero
el ámbito de su vida particular, siempre que la         responsable por los daños causados a los sigui-
denuncia del asegurado dé lugar a un proce-             entes vehículos propiedad del asegurado: vehí-
dimiento penal.                                         culos de movilidad personal, bicicletas eléctri-
                                                        cas y sillas de ruedas eléctricas, siempre que
No se garantiza la participación del Asegu-             los mismos no precisen de seguro de respon-
rado en riñas o peleas por él iniciadas, ni en          sabilidad civil de suscripción obligatoria y que
riñas tumultuarias en cualquier caso.                   sean de uso particular.


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                                       Condiciones Generales


                                                        - la conducción de vehículos sin motor y de uso
No incluye la presente garantía de Reclama-             particular,
ción extracontractual, artículo 3.4 de estas
Condiciones Generales, la reclamación de                - la conducción de vehículos de movilidad per-
los daños que sean consecuencia del incum-              sonal, bicicletas eléctricas y sillas de ruedas
plimiento de una relación contractual especí-           eléctricas propiedad del Asegurado, siem-
fica entre el Asegurado y el responsable de los         pre que los mismos no precisen de seguro de
mismos, sin perjuicio de otras expresas garan-          responsabilidad civil de suscripción obligato-
tías contractuales.                                     ria y que sean de uso personal.

Tampoco incluye esta garantía de Reclama-               - la navegación con embarcaciones o aerona-
ción extracontractual, artículo 3.4 de estas            ves, sin motor y de uso particular,
Condiciones Generales, los hechos produci-
dos en el desempeño por parte del Asegurado             - el desplazamiento como pasajero de cualquier
de cualquier actividad como asalariado, autó-           medio de transporte,
nomo o empresario.
                                                        - la práctica de deportes de forma no profe-
                                                        sional, siempre que no tengan relación con
3.5. Defensa penal y civil suplementaria                vehículos a motor, incluyendo expresamente la
                                                        caza.
ARAG garantiza la defensa del Asegurado, tanto
por vía amistosa como judicial, de exigírsele           No comprende esta cobertura los hechos
responsabilidades en el ámbito de la vida parti-        voluntariamente causados por el Asegurado o
cular, ya sean de orden:                                aquellos en que concurra dolo o culpa grave
                                                        por parte de éste, según sentencia judicial
3.5.1. Penal                                            firme.

En los procesos que se le sigan por hechos de           Asistencia al detenido y constitución de fianzas:
los que presuntamentese derive su responsabi-
lidad penal.                                            a) Si se produjera la detención del Asegurado
                                                        por cualquier hecho garantizado en el anterior
Comprende, entre otros supuestos, la defensa            apartado 1, ARAG pondrá a su disposición un
penal del Asegurado en relación con:                    abogado a fin de que le asista e informe de sus
                                                        derechos.
- la vivienda en que resida,
                                                        b) ARAG constituirá, en los mismos supuestos y
- sus animales de compañía, propiedad del               hasta el límite expresado en las Condiciones
Asegurado, que convivan con él en el domici-            Particulares, la fianza que en el procedimiento
lio designado en la presente póliza, siempre y          penal se exija al Asegurado, para:
cuando, el Asegurado haya cumplido con la
normativa municipal, autonómica o estatal               - obtener su libertad provisional.
que resulte de aplicación para su tenencia.
                                                        - avalar su presentación al acto del juicio.
- la circulación como peatón,
                                                        - responder del pago de las costas judiciales,


                                                   11

[Seite 12]
                                       Condiciones Generales


con exclusión de indemnizaciones y multas.              3.6. Defensa de derechos relativos a la
3.5.2. Civil:
                                                        vivienda
                                                        ARAG garantiza la defensa y reclamación de los
Por hechos con resultado de daños a terceros
                                                        derechos del Asegurado, tanto por vía amistosa
y de los que el Asegurado pueda ser responsa-
                                                        como judicial, como propietario, usufructuario
ble civil por imprudencia, impericia o negligen-
                                                        o inquilino de la vivienda urbana situada en ter-
cia, no sólo en los supuestos relacionados en el
                                                        ritorio español y designada en las Condiciones
anterior apartado 1, sino también en cualquier
                                                        Particulares de la póliza, como:
otro que pueda producirse en el ámbito de la
vida particular, si bien la defensa garantizada
                                                        - VIVIENDA PRINCIPAL: aquella que utiliza el
tendrá siempre carácter suplementario por:
                                                        Asegurado como su domicilio habitual.
- no existir Seguro de Responsabilidad Civil;
                                                        - VIVIENDA SECUNDARIA: aquella que utilice el
                                                        Asegurado sólo de forma ocasional.
- existiendo Seguro de Responsabilidad Civil,
carecer éste de efectos por encontrarse en
                                                        El concepto asegurado de vivienda incluye, en
situación de descubierto, rechace o insolven-
                                                        su caso, el parking o garaje, así como el tras-
cia de su Aseguradora, o por ser la cuantía de
                                                        tero de que la misma disponga, siempre que se
la reclamación inferior a la franquicia estable-
                                                        hallen situados en la misma finca.
cida en dicho seguro.
                                                        Para ambos tipos de vivienda, principal y
Todo ello, siempre que la responsabilidad civil
                                                        secundaria, la garantía comprende:
no dimane del incumplimiento de una relación
contractual específica entre el Asegurado y el
                                                        3.6.1. Reclamación de los daños materiales
demandante.
                                                        Reclamación de los daños materiales causa-
Incluye esta cobertura la defensa del Asegu-
                                                        dos por terceros a la vivienda, por impruden-
rado, ante la reclamación contra el mismo por
                                                        cia o dolosamente, siempre que no sean con-
parte de la Aseguradora de Responsabilidad
                                                        secuencia del incumplimiento de una relación
Civil, en ejercicio de su derecho de repetición,
                                                        contractual específica entre el Asegurado y el
de las indemnizaciones pagadas al perjudicado
                                                        responsable de los daños, sin perjuicio de otras
o a sus herederos.
                                                        coberturas contractuales del presente artículo.
En los supuestos en que exista obligación legal
                                                        3.6.2. Reclamación por incumplimiento de
de asegurar la responsabilidad civil, sólo se
                                                        contratos
prestará esta garantía si el Asegurado acre-
dita disponer de seguro obligatorio en vigor.
                                                        Reclamación por incumplimiento de los contra-
                                                        tos de obras de reforma, reparación, conserva-
No incluye la presente garantía de Defensa
                                                        ción o mantenimiento de la vivienda y de sus
Penal y civil suplementaria, artículo 3.5 de
                                                        instalaciones, siempre que el pago de los gas-
estas las Condiciones Generales, los hechos
                                                        tos devengados corresponda íntegramente al
producidos en el desempeño por parte del
                                                        Asegurado.
Asegurado de cualquier actividad como asa-
lariado, autónomo o empresario.


                                                   12

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                                         Condiciones Generales


3.6.3. Reclamación a los vecinos por infrac-            3.6.8. “Mobbing” o acoso inmobiliario
ción de normas legales
                                                        Defensa y reclamación por “mobbing” o acoso
Reclamación a los vecinos por infracción de             inmobiliario, entendiendo que este se produce
normas legales, relativas a emanaciones de              cuando, mediante actos ilícitos, se intenta con-
humos o gases, higiene, rui dos persistentes y          seguir que el Asegurado desaloje la vivienda.
actividades molestas, nocivas o peligrosas. A
estos efectos los vecinos deberán estar situa-          3.6.9. Incumplimiento del contrato de compra
dos a una distancia no superior a 100 metros            de la vivienda
de la vivienda del Asegurado.
                                                        Reclamación contra el vendedor por incumpli-
3.6.4. Defensa y reclamación en los conflictos          miento del contrato de compra de la vivienda,
con los vecinos                                         excepto por defectos en la construcción,
                                                        siempre que tal incumplimiento se produzca
Defensa y reclamación en los conflictos con             durante la vigencia de esta garantía y tenga
los vecinos por cuestiones de servidumbres de           relación, única y exclusivamente, con hechos
paso, luces, vistas, distancias, lindes y media-        ocurridos con posterioridad a la fecha de
nerías. Asimismo los vecinos deberán estar              efecto de la misma.
situados a una distancia no superior a 100
metros de la vivienda del Asegurado.                    Las coberturas incluidas en esta garan-
                                                        tía Defensa de los derechos relativos a la
3.6.5. Defensa y reclamación frente a la comu-          vivienda, no amparan los hechos voluntaria-
nidad de propietarios                                   mente causados por el Asegurado o aquellos
                                                        en que concurra dolo o culpa grave por parte
Defensa y reclamación ante la comunidad de              de éste, según sentencia judicial firme.
propietarios del inmueble en que se halle la
vivienda, siempre que el Asegurado esté al
corriente de pago de las cuotas legalmente              3.7. Consumo
acordadas.
                                                        ARAG garantiza la reclamación de los dere-
3.6.6. Defensa y reclamación como inquilino             chos del Asegurado como consumidor y usua-
                                                        rio, tanto por vía amistosa como judicial, por
Defensa y reclamación como inquilino en los             incumplimiento de los contratos sobre bienes y
conflictos derivados del contrato de alquiler de        servicios concertados por el mismo en el ámbito
la vivienda, excepto en los juicios de desahucio        de la vida particular, siguientes:
por falta de pago.
                                                        3.7.1. Contratos de compra y depósito:
3.6.7. Ocupación ilegal de la vivienda
                                                        1. De bienes muebles. Se entenderán exclusiva-
Reclamación en el supuesto de ocupación ile-            mente como bienes muebles:
gal de la vivienda. siempre que no sean con-
secuencia del incumplimiento de una relación            - los objetos de decoración y mobiliario
contractual específica entre el Asegurado y el
responsable de la ocupación.                            - los aparatos electrodomésticos


                                                   13

[Seite 14]
                                       Condiciones Generales


- el ordenador personal y sus periféricos               mantenimiento de aparatos electrodomésticos.
- el ajuar personal y los alimentos                     - servicios técnicos oficiales de repara ción o
                                                        mantenimiento del ordenador personal y sus
No incluye esta cobertura las antigüeda-                periféricos, así como de sus programas opera-
des colecciones filatélicas o numismáticas, y           tivos.
las joyas u obras de arte cuyo valor unitario
exceda de 3.000 euros.                                  3.7.3 Contratos de suministros, de los que el
2. De vehículos, embarcaciones y aeronaves,             Asegurado sea titular y destinatario final, de:
todos ellos sin motor, de uso particular y pro-
piedad del Asegurado.                                   - agua

3. De animales de compañía que convivan o               - gas
vayan a convivir con el asegurado en el domi-
cilio designado en la presente póliza y sean de         - gasoil
su propiedad, siempre y cuando el Asegurado
haya cumplido con la normativa municipal,               - electricidad
autonómica o estatal que resulte de aplicación
para su tenencia.                                       - telefonía: fija o móvil y ADSL

4. De vehículos de movilidad personal, bicic-           - canales privados de televisión
letas eléctricas y sillas de ruedas eléctricas
de uso particular y propiedad del Asegurado,            Para los supuestos de reclamación judicial
siempre que los mismos no precisen de seguro            amparados por esta garantía Contratos de
de responsabilidad civil de suscripción obliga-         suministros puede existe un mínimo litigioso
toria.                                                  por siniestro, cuya cantidad se indica en la
                                                        Condiciones Particulares.
3.7.2. Contratos de arrendamiento de servicios,
de los que el Asegurado sea titular y destinata-        3.7.4. Contratos de seguros, de los que el Ase-
rio final y que se enumeran a continuación:             gurado sea tomador o beneficiario y en rela-
                                                        ción con:
- profesionales titulados
                                                        - su persona,
- industriales acreditados, tales como fontane-
ros, electricistas, carpinteros y pintores.             - la vivienda principal o secundaria en que
                                                        resida, así como su contenido,
- médicos y hospitalarios
                                                        - los vehículos, embarcaciones y aeronaves,
- viajes, turísticos y de hostelería                    todos ellos sin motor y de uso particular, que
                                                        utilice o de los que sea propietario.
- enseñanza y transporte escolar
                                                        - los vehículos de movilidad personal, bicicletas
- limpieza, lavandería y tintorería                     eléctricas y sillas de ruedas eléctricas de uso
                                                        particular y propiedad del Asegurado, siem-
- mudanzas                                              pre que los mismos no precisen de seguro de
                                                        responsabilidad civil de suscripción obligatoria.
- servicios técnicos oficiales de reparación o


                                                   14

[Seite 15]
                                         Condiciones Generales


Esta cobertura comprende la reclamación por               competente la jurisdicción social, la cober-
incumplimiento contractual de otras Asegura-              tura comprenderá el trámite de instrucción del
doras privadas y del Consorcio de Compensa-               expediente administrativo y posteriores recur-
ción de Seguros.                                          sos a resolver en vía administrativa.

El incumplimiento contractual garantizado se              Sin perjuicio de la contratación de otra garan-
produce no sólo por la actuación expresa de               tía de la presente póliza, quedan expresamente
la Aseguradora, sino también por la omisión               excluidos de esta cobertura la vía contencioso-
tácita de su obligación de reparar el daño o              administrativa Comprende esta cobertura la
indemnizar su valor, en el plazo máximo de tres           defensa y reclamación del trabajador asegu-
meses desde la producción del siniestro. En este          rado en los supuestos de “mobbing” o acoso
último supuesto ARAG garantiza también la rec-            laboral, así como de acoso sexual en el ámbito
lamación, previa justificación documental por             laboral y del que pueda ser responsable el
el Asegurado de haber declarado el siniestro              empresario.
dentro de plazo y haber reclamado, de forma
fehaciente y sin resultado satisfactorio, sus             3.8.2. Defensa de la responsabilidad penal:
daños.                                                    en los procesos penales que puedan segu-
                                                          irse al Asegurado por hechos producidos en
Incluye la cobertura el pago de los honorarios            el desempeño de su trabajo por cuenta ajena.
por los peritajes contradictorios previstos en las        Quedan excluidos los hechos voluntariamente
antes indicadas pólizas de seguro, en la parte            causados por el Asegurado o aquellos en que
que en ellas se fije a cargo del Asegurado.               concurra dolo o culpa grave por parte de éste,
                                                          según sentencia judicial firme.
Quedan expresamente incluidos en todos los
apartados de este esta garantía Consumo,                  Asistencia al detenido y constitución de fianzas:
artículo 3.7 de estas Condiciones Generales,
los contratos formalizados por el Asegurado a             a) Si se produjera la detención del Asegurado
través de internet y online.                              por cualquier hecho garantizado en el anterior
                                                          apartado 2, ARAG pondrá a su disposición un
                                                          abogado a fin de que le asista e informe de sus
3.8. Trabajo                                              derechos.

ARAG garantiza la defensa y reclamación de los            b) ARAG constituirá, en los mismos supuestos y
derechos del Asegurado derivados del desem-               hasta el límite expresado en las Condiciones
peño de su trabajo por cuenta ajena, tanto por            Particulares, la fianza que en el procedimiento
vía amistosa como judicial, en los supuestos              penal se exija al Asegurado, para:
siguientes:
                                                          - obtener su libertad provisional.
3.8.1. Conflictos individuales de trabajo: con
la empresa privada u organismo público donde              - avalar su presentación al acto del juicio.
preste sus servicios, por incumplimiento de las
normas contractuales o legales de trabajo, a              - responder del pago de las costas judiciales,
dirimir ante los organismos de conciliación y la          con exclusión de indemnizaciones y multas.
jurisdicción social.
                                                          3.8.3. Reclamación de daños corporales: que
Para los funcionarios públicos, cuando no sea             se causen al Asegurado por un tercero respon-


                                                     15

[Seite 16]
                                         Condiciones Generales


sable identificable en el desempeño de su tra-             Comprende, entre otras, las sanciones admi-
bajo por cuenta ajena. No será de aplicación               nistrativas impuestas al Asegurado en relación
para esta cobertura la exclusión prevista en el            con:
artículo 12.6 ¿Qué siniestros no están cubiertos?
de estas Condiciones Generales.                            - la vivienda en que resida

Evaluación médica de accidentados: en los                  - sus animales de compañía que convivan con
supuestos previstos en el anterior apartado 3,             el asegurado en el domicilio designado en la
en los que se causen lesiones al Asegurado y               presente póliza y sean de su propiedad, siem-
siempre que fueran precisos más de treinta                 pre y cuando el Asegurado haya cumplido con
días para su curación, ARAG efectuará, a través            la normativa municipal, autonómica o estatal
de su equipo médico especializado, el segui-               que resulte de aplicación para su tenencia.
miento y oportuno informe, tanto de la eva-
luación de las lesiones, como de las posibles              - la circulación como peatón
secuelas que se pudieran producir, en defensa
de los intereses jurídicos del Asegurado.                  - la conducción de vehículos sin motor y de uso
                                                           particular
3.8.4. Reclamación de prestaciones sociales:
en litigios con el Instituto Nacional de la Seguri-        - la conducción de los vehículos de movilidad
dad Social, Montepíos y Mutualidades de Pre-               personal, bicicletas eléctricas y sillas de rue-
visión Social.                                             das eléctricas de uso particular y propiedad
                                                           del Asegurado, siempre que los mismos no
3.8.5. Reclamación de derechos derivados de                precisen de seguro de responsabilidad civil de
pensiones: de jubilación, viudedad e invalidez,            suscripción obligatoria.
también en litigios con el Instituto Nacional de
la Seguridad Social.                                       - la navegación con embarcaciones o aerona-
                                                           ves, sin motor y de uso particular,
3.8.6. Ampliación al contencioso administra-
tivo para los funcionarios. La garantía de con-            - el desplazamiento como pasajero de cualquier
flictos individuales de trabajo del apartado 1 de          medio de transporte,
este artículo, se amplía expresamente para los
funcionarios públicos asegurados a la vía con-             - la práctica de deportes de forma no profe-
tencioso-administrativa, si bien puede existir             sional, siempre que no tengan relación con
una franquicia por siniestro, cuya cantidad se             vehículos a motor, incluyendo expresamente la
indica en la Condiciones Particulares.                     caza.

                                                           Así mismo, se extiende la cobertura tanto las
3.9. Protección administrativa y fiscal                    sanciones impuestas al Asegurado personal-
                                                           mente, como en relación con los vehículos,
ARAG garantiza la protección de los derechos               embarcaciones y aeronaves, todos ellos sin
del Asegurado como particular, en los proce-               motor y de uso particular, que utilice o de los
dimientos que se le sigan por la administración            que sea propietario, por presuntas infracciones
pública, en materia:                                       de las disposiciones reguladoras de la circula-
                                                           ción o navegación de dichos medios de loco-
3.9.1. Administrativa: ante las sanciones que se           moción.
le impongan por presuntas infracciones admi-
nistrativas.

                                                      16

[Seite 17]
                                         Condiciones Generales


Incluye la cobertura tanto de las sanciones                Esta cobertura comprenderá siempre la inter-
impuestas al Asegurado personalmente, como                 posición de los recursos que procedan en vía
en relación con los vehículos de movilidad per-            administrativa. Incluirá también la vía conten-
sonal, bicicletas eléctricas y sillas de ruedas            cioso-administrativa, cuando la cuantía del
eléctricas de uso particular y propiedad del               litigio no sea inferior al importe indicado en las
Asegurado, siempre que los mismos no pre-                  Condiciones Particulares.
cisen de seguro de responsabilidad civil de
suscripción obligatoria, que utilice o de los que
sea propietario, por presuntas infracciones de             3.10. Prestaciones por separación o
las disposiciones reguladoras de la circulación            divorcio
de dichos medios de locomoción.
                                                           Cuando por sentencia firme o resolución judi-
Esta cobertura comprenderá siempre la redac-               cial definitiva dictadas en un procedimiento
ción y presentación de los escritos de descargo            civil, instado con posterioridad al efecto de
y recursos que procedan en vía administrativa.             esta garantía y transcurrido el plazo de caren-
Incluirá también la vía contencioso-administra-            cia, se conceda la separación o el divorcio del
tiva, cuando la cuantía de la sanción no sea               Asegurado designado en las Condiciones Par-
inferior al importe indicado en las Condiciones            ticulares y su cónyuge, ARAG efectuará en su
Particulares.                                              favor las prestaciones siguientes:

El pago de la sanción definitiva corresponde               3.10.1. Reembolso de gastos jurídicos: previa
siempre al Asegurado. Si éste lo solicita y efec-          justificación, del importe de los honorarios y
túa la necesaria provisión de fondos, ARAG cui-            gastos que hayan satisfecho derivados del
dará de la liquidación de la sanción.                      procedimiento judicial de separación o divor-
                                                           cio, hasta el límite establecido en las Condi-
3.9.2. Fiscal: en los litigios del Asegurado con la        ciones Particulares, de cuya cifra total cor-
administración de la hacienda pública, directa-            responderá, como máximo, la mitad a cada
mente relacionados con la declaración de los               cónyuge.
impuestos de la renta de las personas físicas y
del patrimonio.                                            No se realizará la prestación cuando exista
                                                           ya una separación de hecho de los cónyuges,
Esta cobertura comprenderá siempre la inter-               con anterioridad a la fecha de efecto de la
posición de los recursos que procedan en vía               presente garantía.
administrativa. Incluirá tam bién la vía conten-
cioso-administrativa, cuando la cuantía del                3.10.2. Ayuda para el pago de la pensión: si
litigio no sea inferior al importe indicado en las         el Asegurado obligado judicialmente, a resul-
Condiciones Particulares.                                  tas de un procedimiento judicial de separación
                                                           o divorcio, al pago de pensión compensatoria
3.9.3. Valoración catastral de la vivienda:                y/o de alimentos, viera disminuidos sus ingresos
podrá impugnarse por el Asegurado el valor                 habituales por causa de hallarse en situación de
catastral asignado a la vivienda amparada por              incapacidad laboral transitoria (si es autónomo)
el seguro, siempre que la notificación adminis-            o por encontrarse en situación de desempleo (si
trativa de la valoración catastral se produzca             es asalariado), ARAG le prestará una ayuda eco-
durante la vigencia de la póliza y una vez                 nómica equivalente al importe de las pensiones
transcurrido el plazo de carencia.                         debidas, hasta el límite de 1.000 Euros men-


                                                      17

[Seite 18]
                                       Condiciones Generales


suales (para el conjunto de ambas pensiones)            Se excluye expresamente los siniestros que
y durante un periodo máximo de 12 meses.                se produzca en ámbito laboral, profesional o
                                                        la participación en competiciones o pruebas
Para tener derecho a esta prestación, el Asegu-         deportivas.
rado deberá acreditar documentalmente:                  3.11.1. Defensa penal

- la sentencia o resolución judicial por la que         ARAG garantiza, hasta el límite indicado en las
se disponga el pago a su cargo de la pensión            Condiciones Particulares, la defensa penal del
compensatoria y/o de alimentos y su cuantía.            Asegurado, de exigírsele responsabilidades en
                                                        el ámbito de la vida particular, en los procedi-
- de ser autónomo, además de acreditar tal              mientos que se les sigan como conductores de
condición, deberá aportar los justificantes de          vehículos terrestres a motor de uso particular.
su incapacidad laboral transitoria.
                                                        La cobertura del apartado anterior se extiende
- de ser asalariado, deberá justificar su situa-        expresamente a la defensa penal de los Asegu-
ción de desempleo.                                      rados en los procedimientos seguidos por:

En caso de que la situación de desempleo o de           - delitos de omisión de socorro
incapacidad laboral transitoria se prolongue
por más de un mes, la ayuda económica será              - delitos contra la seguridad del tráfi co, ya sea
abonada, en lo que corresponda a cada men-              por conducción temeraria, por exceso de velo-
sualidad, dentro de los 5 primeros días del mes         cidad, por conducir bajo la influencia de bebi-
siguiente.                                              das alcohólicas, drogas o estupefacientes

Cuando dicha situación de desempleo o inca-             - Procedimientos que se le sigan por delito o
pacidad laboral transitoria sea inferior al mes,        falta que ocasionen los objetos o mercancías
la ayuda económica será proporcional a los              transportadas en el vehículo
días en que el Asegurado haya permanecido
en dicha situación y también será abonada               - Colocación en la vía de obstáculos imprevisi-
dentro de los 5 primeros días del mes siguiente.        bles, derramamiento de sustancias deslizantes
                                                        o inflamables y mutación o daño de la señali-
                                                        zación.
3.11. Vehículos a motor
                                                        3.11.2. Defensa suplementaria de la responsa-
ARAG garantiza la defensa de los derechos del           bilidad civil
Asegurado, en el ámbito de su vida particular
y hasta el límite indicado en las Condiciones           En el caso de accidente de circulación, ARAG
Particulares, como propietario o, en su caso            garantiza, hasta el límite indicado en las
como conductor, de los vehículos terrestres a           Condiciones Particulares, la defensa de la
motor con PMA no superior a 3.500 kg y de               responsabilidad civil derivada de imprudencia,
las caravanas o remolques de dichos vehículos,          impericia o negligencia, en los procedimientos
tal como se describe en las siguientes garan-           seguidos contra el Asegurado, a consecuencia
tías, siempre que las mismas consten efectiva-          de hechos producidos en el ámbito de la vida
mente contratadas en las Condiciones Parti-             particular y relacionados con los vehículos a
culares de la póliza.                                   motor terrestres de su propiedad y de uso par-
                                                        ticular, siempre y cuando el seguro de Respon-


                                                   18

[Seite 19]
                                       Condiciones Generales


sabilidad Civil del vehículo, carezca de efectos        plimiento de una relación contractual especí-
por encontrarse en situación de descubierto,            fica entre el Asegurado y el responsable de los
rechace o insolvencia de su Aseguradora, o              mismos, sin perjuicio de otras expresas garan-
por ser la cuantía de la reclamación inferior a         tías contractuales.
la franquicia establecida en dicho seguro.
                                                        En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán
Sólo se prestará esta garantía si el Asegurado          ejercitar la reclamación sus familiares, herede-
acredita disponer de seguro obligatorio en              ros o beneficiarios.
vigor.
                                                        3.11.4 Reclamación de daños corporales
Todo ello, siempre que la responsabilidad civil         ARAG garantiza, hasta el límite indicado en la
no dimane del incumplimiento de una relación            Condiciones Particulares, la reclamación al
contractual específica entre el Asegurado y el          tercero responsable identificable, tanto por vía
demandante.                                             amistosa como judicial, de las indemnizacio-
                                                        nes correspondientes a los Asegurados por las
Asimismo, ARAG asumirá la defensa del Asegu-            lesiones y daños corporales que se le causen,
rado cuando la Compañía de Responsabilidad              por imprudencia o dolosamente, como conduc-
Civil ejecutara su derecho de repetición recla-         tor de vehículos terrestres a motor, caravanas,
mando contra su propio Asegurado, las indem-            remolques de uso particular.
nizaciones pagadas al perjudicado o a sus her-
ederos.                                                 No incluye esta garantía la reclamación de los
                                                        daños que sean consecuencia del incumpli-
En ninguno de los supuestos quedan garanti-             miento de una relación contractual específica
zadas las costas judiciales del adverso.                entre el Asegurado y el responsable de los mis-
                                                        mos, sin perjuicio de otras expresas garantías
En ningún caso el Asegurador responderá del             contractuales.
pago de las sanciones, indemnizaciones o
intereses a que pudiera ser condenado el Ase-           En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán
gurado, ni al depósito de fianzas para garanti-         ejercitar la reclamación sus familiares, herede-
zar la responsabilidad civil.                           ros o beneficiarios.

3.11.3 Reclamación de daños materiales                  3.11.5. Reclamación en contratos de seguros

ARAG garantiza, hasta el límite indicado en la          ARAG garantiza, hasta el límite indicado en
Condiciones Particulares, la reclamación al             las Condiciones Particulares, la reclamación,
tercero responsable identificable, tanto por vía        tanto en vía amistosa como judicial, frente a
amistosa como judicial, de las indemnizacio-            otras Aseguradoras privadas o frente al Con-
nes correspondientes a los Asegurados por los           sorcio de Compensación de Seguros, al objeto
daños y perjuicios que se le causen, por impru-         de hacer efectivos los derechos que en general
dencia o dolosamente, a los vehículos terrestres        se deriven de las pólizas de seguro que tenga
a motor, caravanas, remolques de uso particu-           concertadas o de las que sea beneficiario el
lar y propiedad de los Asegurados.                      Asegurado en el ámbito de su vida particular
                                                        y en relación a los vehículos terrestres a motor,
No incluye esta garantía la reclamación de              caravanas o remolques de uso particular.
los daños que sean consecuencia del incum-


                                                   19

[Seite 20]
                                       Condiciones Generales


La cobertura se extiende expresamente a la              Para tener derecho a esta prestación el cliente
reclamación por indebida aplicación de los sis-         deberá aportar la documentación necesaria a
temas de bonificaciones o de bonificaciones y           ARAG al menos 5 días laborables antes del ven-
recargos por siniestralidad (bonus/malus).              cimiento del plazo para recurrir, al objeto de
El incumplimiento contractual garantizado se            que el Servicio de Asesoramiento y Tramitación
produce no sólo por la actuación expresa de             de ARAG cuente con el tiempo suficiente para
la Aseguradora, sino también por la omisión             impugnar la sanción correspondiente. Es impre-
tácita de su obligación de reparar el daño o            scindible que el Asegurado acredite a ARAG la
indemnizar su valor, en el plazo máximo de tres         fecha de recepción de la sanción impuesta.
meses desde la producción del siniestro. En este        Las prestaciones del Asegurador, a través de
último supuesto ARAG garantiza también la rec-          sus Servicio de Asesoramiento y Tramitación de
lamación, previa justificación documental por           Sanciones, consistirán en la redacción y pre-
el Asegurado de haber declarado el siniestro            sentación de los escritos de descargo y recur-
dentro de plazo y haber reclamado, de forma             sos que procedan en vía administrativa.
fehaciente y sin resultado satisfactorio, sus
daños.                                                  Una vez agotada la vía administrativa y siem-
                                                        pre que la sanción impuesta sea de un importe
Para que surta efecto la presente cobertura,            superior al indicado en las Condiciones Par-
el incumplimiento contractual, tal y como ha            ticulares y comporte pérdida de puntos, ARAG
sido definido en el párrafo anterior, debe pro-         asumirá, hasta el límite fijado en las Condicio-
ducirse con posterioridad a la entrada en vigor         nes Particulares del seguro, la interposición del
de esta garantía.                                       oportuno recurso contencioso-administrativo,
                                                        cuando fuera procedente.
Incluye esta cobertura el pago de los honora-
rios por los peritajes contradictorios previstos        En ningún caso ARAG responderá del importe
en dichas pólizas de seguro, en la parte que en         económico de estas sanciones.
ellas se fije a cargo del Asegurado.
                                                        3.11.7. Reclamación por incumplimiento con-
3.11.6 Defensa infracciones administrativas de          tractual
tráfico
                                                        ARAG garantiza, hasta el límite indicado en las
ARAG, garantiza la defensa de los Asegurados            Condiciones Particulares, la reclamación de
ante las sanciones que se les impongan en el            los derechos del Asegurado como consumidor
ámbito de su vida particular en relación con            y usuario, tanto por vía amistosa como judicial,
los vehículos terrestres a motor que conduzcan          por incumplimiento de los contratos sobre bie-
o de los que sean propietarios, por presuntas           nes y servicios concertados por el mismo en el
infracciones de la Ley sobre Tráfico, Circula-          ámbito de la vida particular, relacionados con
ción de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en          los vehículos terrestres a motor, sus remolques,
vía administrativa.                                     de uso particular y propiedad de los Asegura-
                                                        dos, exclusivamente en las siguientes supues-
ARAG, a través de su Servicio de Asesoramiento          tos:
y Tramitación de Sanciones, cuidará de los
descargos de denuncias y recursos ordinarios            - La reclamación por incumplimiento de la cláu-
contra las sanciones impuestas.                         sula de garantía inserta en el contrato de com-
                                                        praventa.


                                                   20

[Seite 21]
                                      Condiciones Generales


- La reclamación de los daños causados cuando          Como complemento a las coberturas de defensa
se hallen bajo custodia o depósito de terceros,        jurídica de la garantía de Vehículo a motor, en
así como durante y con ocasión de su trans-            caso de Insolvencia del Tercero reclamado judi-
porte por terceros con carácter contractual.           cialmente, ARAG garantiza al asegurado, hasta
                                                       el límite indicado en las Condiciones Particula-
- La reclamación de los daños y perjuicios cau-        res, la cobertura que a continuación se detalla.
sados por resultar defectuosa, según informe
pericial, la reparación efectuada por un tal-          En el supuesto de que una sentencia firme, dic-
ler autorizado, a consecuencia de accidente o          tada en un proceso seguido como consecuen-
avería.                                                cia de un accidente de circulación, no pudiera
                                                       llegar a ejecutarse totalmente por declaración
3.11.8 Adelanto de Indemnizaciones                     de insolvencia del tercero condenado, de su
                                                       Asegurador y del responsable civil subsidiario,
Como complemento a las coberturas de                   ARAG garantiza al Asegurado, la indemnización
defensa jurídica de las garantías de Vehículo a        que por daños materiales se le hubiese conce-
motor, ARAG garantiza al asegurado, hasta el           dido en la sentencia.
límite indicado en las Condiciones Particula-
res, el adelanto de indemnización de los daños         Si el tercero condenado, su Asegurador y el
reclamados.                                            responsable civil subsidiario, tuvieran bienes
                                                       embargables, pero insuficientes para cubrir el
Dicho adelanto se dará únicamente en asun-             total importe de la indemnización reconocida
tos relacionados con los vehículos terrestres a        por daños materiales, ARAG garantiza el pago
motor y sus remolques propiedad del Asegu-             de la diferencia.
rado y de uso particular, cuando a raíz de las
reclamaciones extrajudiciales efectuadas por           Asimismo, si la indemnización fijada en senten-
ARAG en nombre del Asegurado, se obtenga               cia excediese del límite máximo cubierto por el
formalmente de la entidad aseguradora del              Asegurador del responsable insolvente o por
responsable, la conformidad al pago de una             el Consorcio de Compensación de Seguros,
indemnización y esta sea aceptada por el inte-         cuando el mismo resulte obligado, ARAG garan-
resado. ARAG anticipará el importe de la misma,        tiza el pago de la diferencia por los daños
siempre y cuando dicha entidad aseguradora             materiales.
no se encuentre en situación de intervención o
liquidación.                                           Se entenderán por daños materiales a los efec-
                                                       tos de esta cobertura, los ocasionados al vehí-
El Asegurado queda obligado a reintegrar a             culo terrestre a motor de uso particular y pro-
ARAG la suma en su día adelantada tan pronto           piedad de los asegurados, no comprendiendo
como sea indemnizado, aunque la cuantía per-           la misma ni los daños causados a los objetos
cibida difiera del importe anticipado o cuando         y mercancías transportados, ni cualesquiera
se conozca la imposibilidad de recobrar dicho          otros perjuicios reconocidos en la sentencia.
importe si la aseguradora obligada al pago
resultara intervenida o liquidada, o por cual-         La aplicación de la garantía de Insolvencia de
quier otro motivo justificado.                         Terceros, se extiende a las sentencias firmes y
                                                       ejecutivas pronunciadas por juzgados o tribu-
3.11.9. Insolvencia de Terceros                        nales de los países de la Unión Europea, por
                                                       accidentes ocurridos en dichos países.


                                                  21

[Seite 22]
                                        Condiciones Generales


3.11.10 Gastos de peritaje                               En caso de que el asegurado fuera dependiente
                                                         o tuviera algún problema físico que le impidiera
Cuando a consecuencia de un hecho produ-                 la movilidad, la firma notarial se concertará en
cido durante la vigente anualidad de seguro,             la residencia en España del asegurado de acu-
el vehículo terrestre a motor o su remolque, de          erdo con la normativa aplicable.
uso particular y propiedad de los asegurados,
haya sufrido daños y precise de una valora-              La prestación se circunscribe a la realización
ción de reparación cuyo valor presupuestado              de Testamentos y asesoramiento jurídico suje-
exceda de la cantidad de 300 euros, el Ase-              tos a la legislación española, efectuados en
gurado podrá solicitar a ARAG la designa de un           Notarias ubicadas en territorio español. Así
perito para que efectúe la valoración pericial de        mismo, sólo queda amparada la redacción del
los daños, siendo a cargo del Asegurador los             Testamento en un único idioma y en las len-
gastos y honorarios de la peritación, hasta el           guas oficiales de España.
límite máximo por anualidad expresado en las
Condiciones Particulares de la póliza.                   Quedan amparados por esta garantía los
                                                         siguientes documentos:
El número máximo de peritajes garantizados
por la presente cobertura será de dos en cada            3.12.1. Testamento abierto notarial
anualidad de seguro.
                                                         ARAG garantiza la asistencia al Asegurado para
3.12. Testamento                                         la redacción de testamento abierto notarial. Se
                                                         trata del documento en el que determinará cuál
Como complemento a las garantías de defensa              es el contenido de su voluntad sobre la herencia
jurídica de la presente póliza, ARAG garantiza la        en caso de fallecimiento.
asistencia al Asegurado para la redacción de
los documentos testamentarios que a conti-               El Asegurador se hará cargo del asesoramiento
nuación se detallan, siempre y cuando consten            jurídico y de los gastos de Notario (incluyendo
expresamente contratados en las Condiciones              las tasas notariales), la elevación a público del
Particulares.                                            Testamento Abierto y la expedición de una
                                                         copia simple. Será por cuenta del asegurado
El Asegurado solicitará el asesoramiento y la            cualquier otro gasto que pudiera producirse.
prestación de la garantía a través del teléfono
que se proporcionará a tal efecto Deberá apor-           No está incluido el coste de expedición de
tar la información que se le solicitará para la          copia autorizada del testamento, necesaria
gestión, y podrá consultar cualquier cuestión            para que los herederos puedan aceptar la her-
relativa a la redacción del testamento.                  encia tras el fallecimiento del testador.

Para la formalización del Testamento, el Asegu-          El asegurado tendrá derecho a una emisión o
rador pondrá en contacto al Asegurado con la             modificación anual del testamento otorgado,
una Notaría A su vez, el Asegurado concertará            no siendo posible dicha modificación dentro
con dicha Notaría la fecha de la cita para per-          de la misma anualidad de póliza en que el tes-
sonarse ante la misma y así acabar de concre-            tamento fue otorgado de acuerdo con esta
tar con el Notario la redacción y otorgamiento           garantía. Así mismo la modificación será posi-
definitivos.                                             ble si ocurre alguna de las siguientes circuns-


                                                    22

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                                         Condiciones Generales


tancias: variación en la composición o valora-            - Baja en redes sociales.
ción económica del patrimonio del asegurado,
modificación de la situación de convivencia o             - Baja de cuentas de correo electrónico.
familiar, alteración de su salud o de alguno de
los parientes cercanos, cambio de residencia              - Baja de blogs o webs, perfiles de foros y chats.
o vecindad civil, cambio de estatus laboral o
profesional.                                              - Cancelación de cuentas de servicios digita-
                                                          les personales, tipo plataformas de almacena-
3.12.2. Testamento vital                                  miento en la nube o de mensajería.

ARAG garantiza la asistencia al Asegurado para            - Solicitud de eliminación de datos o perfiles en
la elaboración del testamento vital. Se trata del         servicios de suscripción online.
documento en el que se recoge la voluntad de
forma anticipada, acerca de los tratamientos              En caso de resultar necesario, enviare¬mos
médicos que quiere o no recibir, así como del             un técnico a su domicilio, sin cos¬te adicional,
destino de su cuerpo y órganos en caso de fal-            para la realización de estas tareas, en horario
lecimiento.                                               laborable y con un lí¬mite de 5 horas.

El Asegurador se hará cargo del asesoramiento             La gestión consistirá en efectuar la comuni-
jurídico y de los gastos de Notario, incluyendo           cación al responsable de los ficheros sobre
las tasas notariales y la expedición de una               la ocurrencia del fallecimiento del asegurado
copia simple. Será por cuenta del asegurado               para que se proceda a la cancelación. Caso
cualquier otro gasto que pudiera producirse.              de no producirse dicha cancelación, no queda
                                                          amparada la acción judicial. Tampoco quedan
El asegurado tendrá derecho a una emisión o               amparados los gastos de intervención de pro-
modificación anual del testamento otorgado,               fesionales no designados por el asegurador.
no siendo posible dicha modificación dentro
de la misma anualidad de póliza en que el tes-            La prestación de la garantía resulta imposible
tamento fue otorgado de acuerdo con esta                  si los familiares no disponen de las claves de
garantía.                                                 acceso a correos electrónicos, páginas webs,
                                                          redes sociales o foros de cualquier tipo. Tam-
El Asegurador declina cualquier responsabili-             poco se podrá gestionar si no es posible iden-
dad sobre el tipo de información almacenada               tificar el responsable ante el que solicitar la
o recuperada, así como de la pérdida de infor-            cancelación.
mación por causas ajenas a nuestro control.
                                                          La prestación de esta garantía no queda
3.13 Gestión del final de la vida digital                 amparada en caso de conflicto entre los her-
                                                          ederos legales del Asegurado. Así mismo, se
Como complemento a las garantías de defensa               excluye todo servicio que haya de prestarse
jurídica de la presente póliza, a solicitud de los        fuera del ámbito geográfico del territorio
herederos, cuando sea posible, ARAG procederá             español.
a la realización de la gestión para la finaliza-
ción de la presencia en Internet del Asegurado            El Asegurador declina cualquier responsabili-
fallecido. Se incluyen únicamente las siguientes          dad sobre el tipo de información almacenada
actuaciones por control remoto:                           o recuperada, así como de la pérdida de infor-


                                                     23

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                                        Condiciones Generales


mación por causas ajenas a nuestro control.              5. ¿Cuáles son los límites del seguro?
4. ¿Qué alcance tiene el seguro?                         ARAG asumirá los gastos descritos dentro de
                                                         los límites y hasta la cifra máxima contratada
ARAG garantiza los gastos siguientes:
                                                         para cada siniestro, que se determinan en
                                                         estas Condiciones Generales y en las Condi-
1. Las tasas, derechos y costas judiciales deri-
                                                         ciones Particulares de este seguro.
vadas de la tramitación de los procedimientos
cubiertos.
                                                         En caso de que en un procedimiento de media-
                                                         ción no se llegue a un acuerdo entre las par-
2. Los gastos en que puedan incurrir los Ase-
                                                         tes y, debido a ello, el Asegurado acuda a un
gurados como consecuencia de su intervención
                                                         procedimiento judicial, los gastos de los profe-
en un procedimiento de mediación, siempre
                                                         sionales que hayan intervenido en el procedi-
que dicho procedimiento derive de un hecho
                                                         miento de mediación se deducirán del límite de
garantizado en la póliza y se encuentre com-
                                                         gastos previsto en las Condiciones Generales
prendido dentro del ámbito de aplicación de
                                                         y Particulares de este seguro para el resto de
la Ley 5/2012 de 6 de julio, de mediación en
                                                         procedimientos cubiertos.
asuntos civiles y mercantiles.
                                                         Tratándose de hechos que tengan una misma
3. Los honorarios y gastos de abogado.
                                                         causa serán considerados, a los efectos del
                                                         seguro, como un siniestro único.
4. Los derechos y suplidos de procurador,
cuando su intervención sea preceptiva.

5. Los gastos notariales y de otorgamiento
                                                         6. ¿Qué pagos no están cubiertos?
de poderes para pleitos, así como las actas,
                                                         La póliza no cubre:
requerimientos y demás actos necesarios para
                                                         1. Las indemnizaciones y sus intereses, así
la defensa de los intereses del Asegurado.
                                                         como las multas o sanciones que pudieran
                                                         imponerse al Asegurado.
6. Los honorarios y gastos de peritos necesarios.
                                                         2. Los impuestos u otros pagos de carácter
                                                         fiscal dimanantes de la presentación de docu-
7. Cualquier otra prestación garantizada expre-
                                                         mentos públicos o privados ante los organis-
samente por la póliza.
                                                         mos oficiales.
                                                         3. Los gastos que procedan de una acumula-
Asimismo, se garantiza la constitución, en los
                                                         ción o reconvención judicial, cuando se refie-
procesos penales amparados por la póliza, de
                                                         ran a materias no comprendidas en las cober-
las fianzas exigidas al Asegurado, para:
                                                         turas garantizadas.
1. Obtener su libertad provisional.

2. Avalar su presentación al acto del juicio.            7. ¿Cómo se formaliza el seguro y qué
                                                         se debe informar sobre el riesgo?
3. Responder del pago de las costas judiciales,
con exclusión de indemnizaciones y multas.               Los datos que el Tomador haya facilitado en la
                                                         solicitud del seguro constituyen la base de este
                                                         contrato.


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                                         Condiciones Generales


Si el contenido de la presente póliza difiere de la        8. ¿Cuándo se abonan las primas?
solicitud del seguro o de las cláusulas acorda-
das, el Tomador podrá reclamar al Asegurador               El Tomador del seguro está obligado al pago
en el plazo de un mes a contar desde la entrega            de la prima en el momento de la perfección
de la póliza, para que subsane la divergencia              del contrato. Las sucesivas primas deberán
existente. Transcurrido este plazo sin efectuarse          hacerse efectivas a sus vencimientos. Salvo
la reclamación, se estará a lo dispuesto en la             pacto en contra, el abono de la prima se efec-
póliza.                                                    tuará en el domicilio del Tomador del seguro.

El Tomador del seguro tiene el deber de declarar           En caso de impago de la primera prima, no
a ARAG, antes de la formalización del contrato y           comenzarán los efectos de la cobertura y el
de acuerdo con el cuestionario que se le faci-             Asegurador podrá resolver el contrato o exigir
lite, todas las circunstancias por él conocidas            su pago. El impago de las anualidades suce-
que puedan influir en la valoración del riesgo.            sivas producirá, una vez transcurrido un mes
Quedará exonerado de tal deber si el Asegu-                desde su vencimiento, la suspensión de las
rador no le somete cuestionario o cuando, aun              garantías de la póliza. En todo caso, la cober-
sometiéndoselo, se trate de circunstancias que             tura tomará efecto a las 24 horas del día en
puedan influir en la valoración del riesgo y que           que el Tomador pague la prima.
no estén comprendidas en él.
                                                           El Asegurador puede reclamar el pago de la
El Asegurador podrá rescindir el contrato en el            prima pendiente en el plazo de seis meses, a
plazo de un mes, a contar desde el momento                 contar desde la fecha de su vencimiento. Trans-
en que conozca la reserva o inexactitud de la              currido dicho plazo sin producirse la reclama-
declaración del Tomador.                                   ción, la póliza queda anulada desde la fecha
                                                           del vencimiento.
Durante la vigencia del contrato, el Asegurado
debe comunicar al Asegurador, tan pronto
como le sea posible, la alteración de los facto-           9. ¿Qué debe entenderse por siniestro?
res y las circunstancias declaradas en el cues-
tionario al que se hace mención en este artículo           Se entiende por siniestro todo hecho o aconte-
que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza             cimiento imprevisto, que caus lesión en los inter-
que si hubieran sido conocidas por el Asegu-               eses del Asegurado o modifique su situación
rador en el momento de la perfección del con-              jurídica, producido estando en vigor la póliza.
trato, no lo habría concluido o lo habría hecho
en condiciones más gravosas.
                                                           10. ¿Cuándo se entenderá producido
Conocida una agravación del riesgo, ARAG                   un siniestro?
puede proponer, en el plazo de dos meses, la
modificación del contrato u optar por su resci-            Depende del caso de que se trate. Así:
sión en el plazo de un mes.
                                                           En las defensas penales y administrativas, se
Si se produce una disminución del riesgo, el               entenderá producido el siniestro en el momento
Tomador tiene derecho, a partir de la siguiente            en que se haya realizado o se pretenda que se
anualidad, a la reducción del importe de la                ha realizado el hecho punible o sancionable.
prima en la proporción correspondiente.


                                                      25

[Seite 26]
                                       Condiciones Generales


En las reclamaciones por culpa no contractual,          No se aplicará la carencia cuando la póliza se
en el momento mismo en que el daño ha sido              emita en sustitución de otro seguro ARAG, que
causado.                                                hubiera garantizado el siniestro.

En litigios sobre materia contractual, en el
momento en que se inició o se pretende que se           12. ¿Qué siniestros no están cubiertos?
inició, el incumplimiento de las normas contrac-
tuales.                                                 Este seguro no cubre:

Por último y para la garantía Prestaciones por          1. Cualquier clase de actuaciones que deri-
separación o divorcio del artículo 3.10 de estas        ven, en forma directa o indirecta, de hechos
Condiciones Generales, se entenderá produ-              producidos por energía nuclear, alteraciones
cido el siniestro en el momento en que se for-          genéticas, radiaciones radiactivas, catástro-
muló la correspondiente demanda judicial                fes naturales, acciones bélicas, disturbios y
(apartado 3.10.1 Reembolso de gastos jurídicos)         actos terroristas.
o en el momento en que se inició la situación
de incapacidad laboral transitoria o de desem-          2. Los litigios que se deriven o tengan su ori-
pleo (apartado 3.10.2 Ayuda para el pago de la          gen en huelgas, cierres patronales, conflictos
pensión).                                               colectivos de trabajo o regulaciones de emp-
                                                        leo.

11. ¿Existe plazo de carencia?                          3. Los hechos voluntariamente causados por
                                                        el Asegurado o aquellos en que concurra dolo
Definamos, en primer lugar, qué es un plazo de          o culpa grave por parte de éste, según senten-
carencia: es el tiempo en que, con posteriori-          cia judicial firme.
dad a la fecha de efecto de una garantía, si se
produce un siniestro no está garantizado.               4. Los conflictos derivados de cualquier activi-
                                                        dad del Asegurado ajena al ámbito de su vida
En este seguro y para los supuestos contrac-            particular, salvo las coberturas de índole labo-
tuales y administrativos, podrá existir un plazo        ral previstas en artículo 3.8, Trabajo de estas
de carencia que se especificará en las Con-             Condiciones Generales.
diciones Particulares, salvo para la cobertura
de protección ante infracciones de las dis-             5. Los siniestros que tengan su origen o estén
posiciones reguladoras de la circulación o la           relacionados con la transformación de la
navegación incluida en el artículo 3.9 Protec-          vivienda amparada por el seguro o bien con el
ción Administrativa y fiscal y 3.11.6 Defensa           proyecto, construcción y derribo del inmueble
en infracciones administrativas de tráfico de           en que la misma esté situada.
estas Condiciones Generales, que no tendrá
carencia.                                               6. Los siniestros relacionados con vehícu-
                                                        los, embarcaciones o aeronaves, con motor
Así mismo, para las prestaciones por separa-            y sus remolques, siempre que dichos medios
ción o divorcio del artículo 3.10. de las Con-          de locomoción sean propiedad del Asegurado
diciones Generales, se recoge en las Con-               o estén conducidos o pilotados por el mismo,
diciones Particulares el plazo de carencia              salvo lo previsto expresamente en las garan-
correspondiente.                                        tías de estas Condiciones Generales.


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7. Los litigios sobre propiedad intelectual o           encias del siniestro. En caso de violación de
industrial, de derecho de sociedades y sobre            este deber, la pérdida del derecho a la indemni-
cuestiones financieras y bancarias, así como            zación sólo se producirá en el supuesto de que
los procedimientos administrativos o judiciales         hubiese concurrido dolo o culpa grave.
en materia de urbanismo, concentración par-
celaria y expropiación.
                                                        14. ¿Cómo se tramita el siniestro?
8. Las reclamaciones que puedan formularse
entre sí los Asegurados en esta póliza, salvo lo        Una vez declarado y aceptado el siniestro, ARAG
previsto en la garantía de Reembolso de gas-            prestará las garantías y asumirá los gastos cor-
tos judiciales de la Prestación por separación          respondientes, de acuerdo con la naturaleza y
o divorcio artículo 3.10.1 de estas Condiciones         circunstancias del siniestro.
Generales.
                                                        En cumplimiento de las coberturas contrata-
9. La reclamación del Asegurado contra el               das en la póliza, siempre que fuera posible el
Asegurador de la misma.                                 Asegurador llevará a cabo la gestión de un
                                                        arreglo transaccional en vía amistosa o extra-
10. Los hechos cuyo origen o primera mani-              judicial que reconozca las pretensiones o dere-
festación se haya producido antes de la fecha           chos del Asegurado. La reclamación por dicha
de efecto de la póliza y aquellos que se decla-         vía amistosa o extrajudicial, la acción nego-
ren después de transcurrir dos años desde la            ciadora previa a la acción judicial o cualquier
fecha de rescisión o extinción de las garantías         Medio Adecuado de Solución de Controver-
contratadas, salvo en materia fiscal en que el          sias, corresponderá exclusivamente al Asegu-
plazo será de cuatro años.                              rador será llevado a cabo de manera exclusiva
                                                        por ARAG.

13. ¿Cuándo y cómo debe declararse                      Si la vía amistosa o extrajudicial no ofreciese
el siniestro?                                           resultado positivo aceptable por el Asegurado,
                                                        de conformidad con las expresas coberturas
El Tomador del seguro o el Asegurado deberán            contratadas se procederá a la tramitación por
comunicar al Asegurador el acaecimiento del             vía judicial, siempre que lo solicite el interes-
siniestro dentro del plazo máximo de siete días         ado y no sea temeraria su pretensión, de una
de haberlo conocido, salvo que se haya fijado           de las dos formas siguientes:
en la póliza un plazo más amplio. En caso de
incumplimiento, el Asegurador podrá reclamar            a) A partir del momento en que el Asegurado
los daños y perjuicios causados por la falta de         se vea afectado por cualquier procedimiento
declaración.                                            judicial, administrativo o arbitral, podrá ejerci-
                                                        tar el derecho a la libre elección de profesio-
Este efecto no se producirá si se prueba que el         nales que le representen y defiendan en el cor-
Asegurador ha tenido conocimiento del sinies-           respondiente litigio, acordando con los mismos
tro por otro medio.                                     las circunstancias de su actuación profesional
                                                        e informando de todo ello al Asegurador.
El Tomador del seguro o el Asegurado deberá,
además, dar al Asegurador toda clase de infor-          b) En el supuesto de que el Asegurado no ejer-
maciones sobre las circunstancias y consecu-            citara su derecho a la libre elección de profe-


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sionales y el trámite del procedimiento exigiera         estime que no procede la iniciación de un
su intervención, ARAG los designará en su lugar,         pleito o la tramitación de un recurso, deberá
siempre de conformidad con el Asegurado.                 comunicarlo al Asegurado.

Si el Asegurado decidiese acudir a la media-             En caso de desavenencia, podrán las partes
ción prevista en la Ley 5/2012, de 6 de julio,           acogerse al arbitraje previsto en el artículo
de mediación en asuntos civiles y mercantiles            21 ¿Cómo se solucionan los conflictos entre
como método alternativo para la resolución               las partes?, de estas Condiciones Generales.
del conflicto que le afecta, deberá comuni-              El Asegurado tendrá derecho, dentro de los
carlo a ARAG con anterioridad a la realización           límitesmde la cobertura concertada, al reem-
de la solicitud de inicio.                               bolsomde los gastos habidos en losmpleitos
                                                         y recursos tramitados en discrepancia con el
ARAG se hará cargo de todos los gastos y hono-           Asegurador, o incluso con el arbitraje, cuando,
rarios debidamente acreditados que deriven               por su propia cuenta, haya obtenido un resul-
de la prestación de las coberturas contrata-             tado más beneficioso.
das, hasta el límite cuantitativo establecido
en las Condiciones Particulares, con sujeción,
en todo caso, a los criterios orientativos en            16. ¿Cómo se efectúa la elección de
materia de tasación de costas y jura de cuen-            abogado y procurador?
tas mencionados en el artículo 17. ¿Cuál es el
límite para el pago de honorarios profesiona-            El Asegurado tendrá derecho a elegir libre-
les? de estas Condiciones Generales.                     mente el procurador y abogado que hayan
                                                         de representarle y defenderle, a partir del
El seguro no puede suponer un enriqueci-                 momento en que se vea afectado por cualquier
miento injusto para el Asegurado. Por ello, éste         procedimiento judicial, administrativo o arbitral
tiene la obligación de devolver a ARAG todos             amparado por la cobertura del seguro.
aquellos gastos que hayan sido asumidos por
ARAG en nombre del Asegurado, en virtud de               Antes de proceder a su nombramiento, el
las garantías suscritas si, judicial o extrajudi-        Asegurado comunicará a ARAG el nombre del
cialmente, le son satisfechos por el causante            abogado y procurador elegidos.
de los mismos o por cualquier otra persona en
nombre de éste.                                          Si el abogado o procurador elegido por el Ase-
                                                         gurado no reside en el partido judicial donde
Ningún miembro del personal de ARAG que se               haya de sustanciarse el procedimiento, serán
ocupe de la gestión de siniestros de Defensa             a cargo del Asegurado los gastos y honora-
Jurídica, realizará actividades parecidas en             rios por los desplazamientos que el profesional
otros ramos o en otras entidades que operen en           incluya en su minuta.
ramos distintos del de Vida.
                                                         El abogado y procurador designados por el
                                                         Asegurado, gozarán de la más amplia libertad
15. ¿Qué hacer en caso de                                en la dirección técnica de los asuntos enco-
desavenencia sobre la tramitación?                       mendados, sin estar sujetos, en ningún caso,
                                                         a las instrucciones del Asegurador, el cual no
Cuando el Asegurador, por considerar que                 responde de la actuación de tales profesiona-
no existen posibilidades razonables de éxito,            les ni del resultado del asunto o procedimiento.


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Cuando deban intervenir con carácter urgente              párrafo anterior cuando se trate de honorarios
abogado o procurador antes de la comunica-                de abogado. Para hacer efectivo el reintegro de
ción del siniestro, ARAG satisfará igualmente los         estos gastos el Asegurado deberá acreditar el
honorarios y gastos derivados de su actuación.            pago por él efectuado con las correspondien-
                                                          tes facturas y recibos.
En caso de conflicto de intereses entre las par-
tes del contrato, ARAG informará inmediata-               Si por elección del Asegurado, interviniera en
mente al Asegurado, a fin de que éste pueda               el siniestro más de un abogado, el Asegurador
decidir sobre la designación del abogado y                satisfará como máximo los honorarios equiva-
procurador que estime conveniente para la                 lentes a la intervención de uno solo de ellos,
defensa de sus intereses, conforme a la liber-            para la completa defensa de los intereses del
tad de elección reconocida en este artículo.              Asegurado, y ello sujeto siempre a las normas
                                                          de honorarios citadas anteriormente.

17. ¿Cuál es el límite para el pago de                    Cuando el profesional haya sido designado
honorarios profesionales?                                 por el Asegurador de conformidad con el Ase-
                                                          gurado, de acuerdo con lo establecido en el
Sin perjuicio del límite cuantitativo de la póliza        apartado B) del artículo 14. ¿Cómo se tramita el
que se establece en el artículo 5 .¿Cuáles son            siniestro? de estas Condiciones Generales, ARAG
los límites del seguro?, de estas Condiciones             asumirá los honorarios derivados de su actua-
Generales, ARAG satisfará los honorarios del              ción, satisfaciéndolos directamente al profesio-
abogado que haya intervenido en un procedi-               nal, sin cargo alguno para el Asegurado.
miento judicial, administrativo o arbitral en el
que se haya visto afectado el Asegura do, con             Los derechos del procurador, cuando su inter-
sujeción a las normas fijadas a tal efecto por            vención sea preceptiva, serán abonados con-
el Consejo General de la Abogacía Española,               forme arancel o baremo.
y de no existir estas normas se estará a lo
dispuesto por las de los respectivos colegios.            18. ¿Puede el asegurado aceptar
Los criterios orientativos en materia de tasa-
ción de costas y jura de cuentas serán consi-             transacciones?
deradas como límite máximo de la obligación
del Asegurador. Las discrepancias sobre la                El Asegurado puede transigir los asuntos en trá-
interpretación de dichas normas serán someti-             mite, pero si ello produce obligaciones o pagos
das a la comisión competente del Colegio de               a cargo del Asegurador, ambos deberán actuar
Abogados correspondiente.                                 siempre y previamente de común acuerdo.

En el supuesto de que el siniestro se haya tra-           19. ¿Cuál es la extensión territorial del
mitado de acuerdo con lo establecido en el
apartado A) del artículo 14. ¿Cómo se tramita             seguro?
el siniestro? de estas Condiciones Generales,
ARAG reintegrará al Asegurado los honorarios              Las garantías de Reclamación extracontrac-
devengados por el profesional que libremente              tual, Defensa penal y civil suplementaria y
haya elegido, con el límite establecido en las            Consumo, de los artículos 3.4., 3.5 y 3.7, serán
Condiciones Particulares, y siempre con suje-             de aplicación a los siniestros producidos tanto
ción a las normas colegiales referidas en el              en territorio español, como en los demás paí-


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                                            Condiciones Generales


ses de la Unión Europea.                                      21. ¿Cómo se solucionan los conflictos
Así mismo las coberturas de Defensa Penal,
                                                              entre las partes?
Reclamación daños materiales, Reclamación
                                                              El Asegurado tendrá derecho a someter a arbi-
de daños corporales, Reclamación en contra-
                                                              traje cualquier diferencia que pueda surgir entre
tos de seguros e Insolvencia de Terceros (artí-
                                                              él y el Asegurador sobre el presente contrato de
culos 3.11.1, 3.11.3, 3.11.4, 3.11.5 y 3.11.9) inclui-
                                                              seguro.
dos en la garantía de Vehículos a motor, serán
de aplicación a los siniestros producidos tanto
                                                              La designación de árbitros no podrá hacerse
en territorio español, como en los demás paí-
                                                              antes de que surja la cuestión disputada.
ses de la Unión Europea.
                                                              Si cualquiera de las partes decidiese ejercitar
El resto de garantías serán aplicables a los
                                                              sus acciones ante los organismos jurisdiccio-
siniestros que tengan lugar en territorio español.
                                                              nales, deberá acudirse al juez del domicilio del
                                                              Asegurado, único competente por imperativo
Andorra se asimilará a España a los efectos de
                                                              legal.
las garantías contratadas.


20. ¿Cuál es la duración del seguro?                          22. ¿Existe subrogación?
                                                              ARAG se subroga automáticamente en los dere-
El seguro entra en vigor en el día y hora indica-
                                                              chos y acciones que correspondan al Asegu-
dos en las Condiciones Particulares de la póliza,
                                                              rado contra terceras personas, a consecuencia
siempre y cuando se haya satisfecho la prima
                                                              del hecho que originó la prestación garanti-
correspondiente, y terminará a la misma hora
                                                              zada, para intentar recuperar el importe de los
del día en que se cumpla el tiempo estipulado.
                                                              pagos efectuados.
A su vencimiento, el seguro se entenderá pror-
rogado por un nuevo período de un año y así
sucesivamente.
                                                              23. ¿Cómo se efectúan las
Las partes pueden oponerse a la prórroga del                  comunicaciones entre las partes?
contrato de seguro mediante una notificación
escrita a la otra parte, efectuada con un plazo               Las comunicaciones a ARAG se realizarán en la
de, al menos, un mes de anticipación a la con-                dirección del Asegurador, sucursal o agente
clusión del período del seguro en curso cuando                autorizado por aquél.
quien se oponga a la prórroga sea el Tomador,
y de dos meses cuando sea el Asegurador.                      Las comunicaciones al Tomador del seguro
                                                              o Asegurado se realizarán en el domicilio que
El asegurador deberá comunicar al Tomador, al                 conste en la póliza. El Tomador deberá notifi-
menos con dos meses de antelación a la con-                   car cualquier cambio de domicilio que se pro-
clusión del período en curso, cualquier modifi-               duzca.
cación del contrato de seguro.


                                                         30

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                                       Condiciones Generales


24. ¿Cuándo prescriben las acciones                     miento, Actualización de la renta, Procedi-
                                                        miento judicial de desahucio.
derivadas del seguro?
                                                        Servicio doméstico. Contratación. Condiciones
Las acciones derivadas de este contrato de
                                                        y requisitos. Cotización a la seguridad social.
seguro prescriben en el plazo de dos años, a
                                                        Salario. Extinción del contrato. Contratación de
contar desde el momento en que pudieron
                                                        extranjeros. El permiso de trabajo.
ejercitarse.
                                                        Comunidad de vecinos. Juntas de vecinos,
25. Quejas y reclamaciones                              Obligaciones y derechos de los propietarios,
                                                        Órganos de administración de la Comunidad,
ARAG S.E., Sucursal en España dispone de un             Reclamación a propietarios, Reclamación a la
Departamento de Atención al Cliente (c/ Roger           comunidad, Obras en la vivienda, Fiscalidad de
de Flor, 16, 08018 - Barcelona, e-mail: dac@            la vivienda, Impuestos a liquidar por transmi-
ARAG.es, web: www.ARAG.es) para atender y               sión de vivienda.
resolver las quejas y reclamaciones que sus
asegurados les presenten, relacionadas con
sus intereses y derechos legalmente reconoci-           Familia
dos, que serán atendidas y resueltas en el plazo
máximo de un mes desde su presentación.                 Matrimonio. Régimen económico matrimonial,
                                                        Capitulaciones matrimoniales, Separación y
En caso de disconformidad con la resolución             divorcio, La familia numerosa, Fiscalidad del
adoptada por el Departamento de Atención al             régimen económico matrimonial.
Cliente, o si ha transcurrido el plazo de un mes
sin haber obtenido respuesta, el reclamante             Derechos de los menores. Responsabilidad civil
podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de         por los hijos menores e incapacitados. Adop-
la Dirección General de Seguros y Fondos de             ción y acogimiento. Instituto del Defensor del
Pensiones (Paseo de la Castellana, 44, 28046 -          Menor. Testamento en nombre del hijo menor
Madrid, web: www.dgsfp.mineco.es).                      o incapaz. Emancipación, tutela, desamparo.
                                                        Defensor judicial. Venta de bienes de menores.

Anexo 1: Materias objeto de consulta                    Parejas de hecho. Registros Municipales de
telefónica                                              uniones de hecho. Ordenación de régimen eco-
                                                        nómico de la pareja. Liquidación económica
                                                        por ruptura de la pareja. Posibilidad de solicitar
Vivienda                                                pensión en caso de separación. Fallecimiento
                                                        de uno de sus miembros. Derechos económicos
Compraventa de vivienda. Contratación,                  del sobreviviente. Posibilidad de obtención de
Compra de vivienda sobre planos, Vivienda de            pensión de viudedad.
protección oficial, Créditos hipotecarios, Trá-
mites a seguir antes y después de la compra-            La herencia
venta.
                                                        Modalidades de testamento. Pasos a seguir
Alquiler de vivienda. Contrato de arrenda-              fallecida una persona. La partición de la her-


                                                   31

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                                        Condiciones Generales


encia con y sin testamento. Desheredación.               Prestaciones de la Seguridad Social
Legitimarios. Derechos forales. Fiscalidad de la
herencia.                                                Fiscalidad.


Asuntos penales                                          Declaración de la renta
Delitos o faltas que le afecten ya sea como              Exenciones. Declaración conjunta o individual.
denunciante/acusación particular/querellante,            Rendimientos de trabajo personal. Rendimien-
ya sea como imputado. La denuncia. La que-               tos del capital inmobiliario. Rendimientos de
rella. El arresto. La detención. El procedimiento        capital mobiliario. Rendimientos de Actividades
judicial.                                                Económicas. Ganancias y perdidas patrimo-
                                                         niales. Deducciones estatales y autonómicas.
                                                         Planes de pensiones. Cuestiones formales de
Trabajo                                                  los impuestos.

El contrato de trabajo. Tipos de contrato. Nómi-
nas. Prórroga. El Convenio Colectivo aplicable.          Automóvil
El contrato de alta dirección. Vacaciones. Hora-
rio. Traslado geográfico y traslado funcional.           Formalidades administrativas. Permisos y
Extinción del contrato. Dimisión del trabajador.         autorizaciones, bajas y altas del vehículo. La
Despido (improcedente, procedente y nulo),               I.T.V.
procedimiento ante el SMAC. Procedimiento
judicial.                                                Compañías aseguradoras. Obligaciones que
                                                         asumen, reclamaciones. El contrato de seguro.
Indemnizaciones. Liquidación o finiquito. Rec-           Cláusulas abusivas. El defensor del asegurado.
lamación judicial de cantidades. Salarios de
tramitación. Quiebra de la empresa. Reclama-             Accidentes de tráfico. Precauciones a tomar
ción ante el FOGASA. Jubilación anticipada.              ante un accidente. El parte de ac cidente. Tra-
                                                         mitación del siniestro. Procedimiento judicial.
Sanciones al trabajador. Procedimiento de rec-           Indemnizaciones por daños en vehículo y lesio-
lamación. infracciones. Suspensión de empleo             nes. Posibilidad de exigir la reparación cuando
y sueldo. Despido disciplinario. Sanciones eco-          la compañía quiere declarar siniestro el vehí-
nómicas.                                                 culo.

Expedientes de regulación de empleo. Proce-              Alcoholemia. Obligatoriedad del sometimiento
dimiento. Intervención de los representantes             a la prueba de alcoholemia. La prueba de aire
sindicales (delegados de personal o comité de            expirado. Tiempo que debe transcurrir entre
empresa). Intervención de la Autoridad Laboral.          ambas pruebas. Posibilidad de solicitar control
                                                         en sangre. Casos en que procede detención e
Accidente de trabajo y enfermedad profesio-              inmovilización del vehículo. Procedimiento judi-
nal. Accidentes ocurridos en el centro de trabajo        cial. Sanciones penales y administrativas.
o en desplazamientos con motivos laborales.
Incapacidad e invalidez laboral. Procedimiento           Fiscalidad. Impuesto de matriculación. Obliga-
judicial para su declaración.                            ciones fiscales de la transmisión.


                                                    32

[Seite 33]
                                       Condiciones Generales


Quedan expresamente excluidas del asesora-              Una vez el documento haya sido redactado, se
miento las sanciones de tráfico.                        entregará al solicitante del servicio para que
                                                        cuide de su presentación ante el destinatario
                                                        del mismo.
Reclamaciones como consumidor
Información derechos del consumidor. Cláusu-            Compraventa de vivienda
las abusivas.
                                                        Contratos de señal y compraventa.
Defecto del producto. Productos en garantía.
Reparaciones defectuosas. Cómo reclamar.                Cartas de reclamación por retrasos en la ent-
                                                        rega de la vivienda o por defectos o vicios ocul-
Reclamaciones a empresas de telefonía, tinto-           tos en la vivienda entregada.
rerías, talleres, compañías de seguros, hoteles,
agencias de viajes, canales de televisión de            Examen de las notas simples del Registro de la
pago, por cobros indebidos o por incumpli-              Propiedad y otra documentación facilitada por
miento de contrato.                                     el cliente a fin de verificar el estado de cargas
                                                        y embargos del inmueble y el dueño del mismo.
Reclamaciones a bancos por cobro de comi-
siones indebidas, por incumplimiento de con-            Revisión de la minuta preparatoria de la Escri-
trato, cláusulas abusivas.                              tura de Compraventa con carácter previo a su
                                                        otorgamiento ante Notario.
Protección de datos personales. Como rec-
lamar por uso indebido de los datos persona-            Revisión de la minuta preparatoria de la Escri-
les. Denuncias a la Agencia de Protección de            tura de Constitución de Hipoteca, subrogación,
Datos. Derecho de acceso, cancelación y rec-            cancelación, con carácter previo a su otorga-
tificación. Registros de morosos. RAI, ASNEF.           miento ante Notario.
Cómo reclamar por inclusión indebida. Cómo
cancelar sus datos.                                     Defectos constructivos: Plazos de garantía.
                                                        Plazos de prescripción. Responsabilidades de
Telecompra. Compra por teléfono y a través              los diversos intervinientes en la obra. Seguro
de Internet. Cobros indebidos. Plazos de devo-          decenal. Procedimientos de reclamación. Docu-
lución. Entrega del producto. Defectos del pro-         mentación de la obra nueva. Libro del Edificio.
ducto adquirido. Cómo reclamar

                                                        Alquiler de vivienda
Anexo 2: Materias abordadas en la
redacción y revisión de documentos                      Contrato de arrendamiento. Cartas de
                                                        reclamación del arrendador al arrendatario
El servicio incluye la redacción o revisión de          por realización de obras inconsentidas, falta de
los documentos que se enumeran, que tienen              pago de la renta, subarriendo inconsentido.
carácter de numerus clausus. Queda expresa-
mente excluida la gestión de sanciones de trá-          Cartas de reclamación del arrendatario al
fico.                                                   arrendador para que realice obras necesarias
                                                        en la vivienda.


                                                   33

[Seite 34]
                                         Condiciones Generales


Cartas de comunicación del arrendador de                  producto, falta de entrega del producto, defec-
actualización de la renta, de prórroga, y del             tos del producto adquirido.
arrendatario de oposición a la actualización,
de prórroga.
                                                          Recursos y otros escritos frente a la
                                                          Administración Pública relacionados
Comunidad de propietarios
                                                          con la vivienda
Cartas de reclamación a la comunidad o a
otros propietarios por la realización de activi-          Escrito de alegaciones frente a una sanción
dades molestas, insalubres o peligrosas (ruidos,          administrativa por no tener licencia para el cer-
humos).                                                   ramiento de una terraza o por la realización de
                                                          obra mayor en la vivienda.
Carta al Presidente de la Comunidad solici-
tando la inclusión de un determinado punto en             Actos comunicados al Ayuntamiento por reali-
el orden del día de una Junta.                            zación de obra menor en la vivienda.

Carta al Presidente de la Comunidad mani-
festando su oposición a un acuerdo tomado en              Recursos por sanciones
Junta de Propietarios.                                    administrativas. Reclamaciones a la
                                                          Administración
Carta al Secretario de la Comunidad solici-
tando documentación de la comunidad (esta-                Escrito de reclamación a la Administración,
tutos, normas de régimen interno, acta de                 para solicitar indemnizaciones cuando la Admi-
alguna Junta).                                            nistración causa daños en bienes y derechos
                                                          de los particulares (lesión que el ciudadano no
Reclamaciones de consumo                                  tiene el deber jurídico de soportar).

                                                          Recurso contra la notificación de embargo en
Cartas de reclamación por cobros indebidos o              los bienes o cuentas bancarias.
por incumplimiento de contrato o de los perio-
dos de garantía a: Empresa constructora o                 Recurso contra procedimiento de apremio por
promotora. Empresas de reformas. Empresas                 una deuda impagada.
de reparación de electrodomésticos o de otros
bienes. Canales de televisión de pago. Empre-             Recursos frente a una sanción administrativa
sas de telefonía. Tintorerías. Talleres de repara-        (reposición y alzada)
ción de vehículos. Concesionarios de vehículos.
                                                          Reclamación económico-administrativa de una
Cartas de reclamación a bancos por cobro de               deuda tributaria.
comisiones indebidas, por incumplimiento de
contrato, cláusulas abusivas, ...
                                                          Servicio doméstico no perteneciente a
Cartas de reclamación por adquisición de bie-
nes por telecompra (a través del teléfono o de            la Unión Europea
Internet) por cobros indebidos, devolución del


                                                     34

[Seite 35]
                                       Condiciones Generales


Carta de invitación, oferta de trabajo, contrato
de trabajo.


                                                   35

[Seite 36]
Mod. 02252 (0524) ARAG SE, Sucursal en España. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775, Folio 116, Sección 8, Hoja
M-658809, Inscripción 2. NIF W0049001A.
```

## Texto completo del condicionado: ARAG Familia 12 meses, Documento de información (IPID)

```text
[Seite 1]
 Seguro de Defensa Jurídica
 Hoja de información de producto de seguros


 ARAG SE, SUCURSAL EN ESPAÑA (DGSFP E0210)                            Producto: ARAG FAMILIA 12 MESES

Esta hoja de información es una breve descripción del seguro, por lo que no está completa. La información precontractual
y contractual completa se facilitará en otros documentos tales como la solicitud de seguro o las condiciones generales y
particulares de la póliza.. Para estar completamente informado, lea atentamente todos los documentos que se le faciliten.

¿En qué consiste este tipo de seguro?
Prestar al asegurado los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial, y hacerse cargo de los gastos en que pueda incu-
rrir el mismo, como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial, administrativo, arbitral o de mediación, deriva-
dos de la cobertura del seguro.

        ¿Qué se asegura?                                                   ¿Qué no está asegurado?

        Los principales supuestos asegurables son:
                                                                           x    Las indemnizaciones y sus intereses, las multas y las
                                                                                sanciones que se le impongan al asegurado.
                                                                           x    Los impuestos y otros pagos de carácter fiscal.
        ✓ Asistencia Jurídica Telefónica.                                  x    Los gastos procedentes de una acumulación o reconven-
        ✓ Revisión y redacción de documentos y contratos.                       ción judicial referida a materias no comprendidas en las
        ✓ Reclamación extracontractual.                                         garantías del seguro.
        ✓ Defensa Penal y Civil Suplementaria.
        ✓ Vivienda.                                                        ¿Existen restricciones en lo que respecta a la
        ✓ Consumo:                                                         cobertura? Cabe destacar las siguientes:
              . Contratos compra y depósito.
              . Contratos de servicios.                                    !    Carencia (Período en el que todavía no se puede disfru-
              . Contrato de suministros.                                        tar de la cobertura): indicado en Condiciones particulares
              . Contrato de seguros.                                            de las garantías afectadas.
        ✓ Protección Administrativa y Fiscal.                              !    Mínimo litigioso (Cuantía mínima reclamable judicial-
        ✓ Protección Laboral                                                    mente): indicado en Condiciones Particulares de las ga-
                                                                                rantías afectadas.
        ✓ Prestación por separación o divorcio:
                                                                           !    Los litigios que deriven o tengan su origen en huelgas,
            . Reembolso de gastos jurídicos                                     cierres patronales, conflictos colectivos de trabajo o re-
            . Ayuda para el pago de la pensión.                                 gulaciones de empleo.
                                                                           !    Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado
        ¿Cuál es la suma asegurada?                                             o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte
                                                                                de éste, según sentencia judicial firme.
        ✓ Existen diversas sumas aseguradas para cada una de               !    Los siniestros que tengan su origen o estén relacionados
            las garantías contratadas cuyo detalle se recoge en las
                                                                                con la transformación de la vivienda amparada por el se-
            correspondientes condiciones particulares de la póliza.             guro o bien con el proyecto, construcción y derribo del in-
                                                                                mueble en que la misma esté situada.

        ¿Qué costes asumimos?                                              !    Los siniestros relacionados con vehículos, aeronaves o
                                                                                aeronaves, con motor y sus remolques, siempre que di-
                                                                                chos medios de locomoción sean propiedad del Asegu-
        Los principales costes que se asumen:
                                                                                rado o estén conducidos o pilotados por el mismo.
        ✓ Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la
            tramitación de los procedimientos cubiertos.                   !    Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial, de de-
                                                                                recho de sociedades y sobre cuestiones financieras y
        ✓    Los honorarios de profesionales intervinientes
                                                                                bancarias, así como los procedimientos administrativos o
            (abogados, peritos, procuradores)
                                                                                judiciales en materia de urbanismo, concentración parce-
        ✓ Gastos notariales y de otorgamiento de poderes                        laria y expropiación.
        ✓ Constitución de fianzas.                                         !    Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los
                                                                                Asegurados en esta póliza, salvo lo previsto en la presta-
                                                                                ción por separación o divorcio y la reclamación del Ase-
                                                                                gurado contra el Asegurador de la misma.
                                                                           !    Los hechos cuyo origen o primera manifestación se haya
                                                                                producido antes de la fecha de efecto de la póliza y
                                                                                aquellos que se declaren después de transcurrir dos
                                                                                años desde la fecha de rescisión o extinción de las ga-
                                                                                rantías contratadas.


Seguro de Defensa Jurídica IPID02252 (0923)                                                                                              1/2

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       ¿Dónde estoy cubierto?

       ✓    Las garantías de Reclamación extracontractual, Defensa penal y civil y Consumo, serán de aplicación a los siniestros produci-
            dos tanto en territorio español, como en los demás países de la Unión Europea.
       ✓    El resto de las garantías serán aplicables a los siniestros que tengan lugar en territorio español.
       ✓    Andorra asimilarán a España a los efectos de las garantías contratadas.


       ¿Cuáles son mis obligaciones?

       Las obligaciones del asegurado son las siguientes:
       . Pagar la prima en las condiciones estipuladas en la póliza.
       . Declarar a ARAG, antes de la formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del
       riesgo.
       . Comunicar durante la vigencia del contrato a ARAG la alteración de las circunstancias que agraven el riesgo.
       . Comunicar a ARAG la ocurrencia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado
       en la póliza un plazo más amplio.
       . Dar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencia del siniestro, y emplear los medios a su alcance para ami-
       norar las consecuencia del mismo.


       ¿Cuándo y cómo tengo que hacer mis pagos?

       El contratante del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la formalización del contrato. Las sucesivas primas
       deberán hacerse efectivas según lo indicado en las cláusulas particulares en los correspondientes vencimientos. En función del
       acuerdo con la compañía, el pago de la prima podrá ser anual o fraccionado y realizarse mediante domiciliación bancaria, transferen-
       cia o tarjeta.


      ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?

      La duración temporal de la cobertura del seguro es la indicada en las Condiciones Particulares.


       ¿Cómo puedo rescindir el contrato?

       Si en las Condiciones Generales se establece que el contrato se renueva cada año, usted podrá oponerse comunicándonoslo por
       escrito al menos un mes antes de la fecha de renovación.
       Caso especial: Si usted ha contratado su seguro a distancia, puede anularlo durante los primeros 14 días enviándonos una comuni-
       cación escrita. Sin embargo, no podrá anularlo si es un seguro de viaje o equipaje y dura menos de un mes o si es cualquier otro tipo
       de seguro y dura menos de 14 días.


Seguro de Defensa Jurídica IPID02252 (0923)                                                                                              2/2
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