# Legálitas Seguro Protección Familiar: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-defensa-juridica-legalitas-proteccion-familiar.php
- Entidad: LEGÁLITAS Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-defensa-juridica-legalitas-proteccion-familiar.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Legálitas Seguro Protección Familiar, Condiciones Generales (Fassung Oney)](https://www.legalitas.com/sites/default/files/documentos/WEB_CCGG_Seguro_Proteccion_Familiar_Oney.pdf), Edición CGSPFPF_202201

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada por siniestro | sí, hasta 3.000 € | En los casos en los que la defensa jurídica sea asumida directamente por la aseguradora, la suma asegurada para cubrir los gastos garantizados tendrá un límite máximo de 3.000,00 € por anualidad de seguro. Esta suma asegurada será ilimitada a partir de la segunda anualidad de seguro. | Art. 5, página 1 |
| Límite anual por todos los siniestros | sí, hasta 3.000 € | La suma asegurada constituye la indemnización máxima por anualidad a cargo de la entidad aseguradora. | Art. 1.4, página 1 |
| Préstamo para fianza penal | sí, hasta 3.000 € | La constitución, en procesos penales, de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del asegurado | Art. 4.8, página 1 |
| Franquicia por siniestro | no regulado |  |  |
| Franquicia que aumenta tras siniestros | no regulado |  |  |
| Franquicia reducida o suprimida tras años sin siniestros | no regulado |  |  |
| Sin franquicia en asesoramiento, mediación o acuerdo temprano | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial y fuero competente | sí | Las coberturas contratadas serán de aplicación para hechos ocurridos dentro del territorio español, con sujeción al derecho y Tribunales españoles | Art. 3, página 1 |
| Garantía frente al condicionado modelo (ARB alemán o austriaco) | no regulado |  |  |
| Plazo de carencia general | sin franquicia | Es el período de tiempo, contado a partir de la fecha de efecto del seguro, durante el cual no entran en vigor las garantías de la póliza. | Art. 1.8, página 1 |
| Carencia en derecho laboral | no regulado |  |  |
| Carencia en arrendamientos e inmuebles | sí | Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos meses. | Art. 6.9, página 4 |
| Carencia en derecho contractual | sí | Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos meses. | Art. 6.7, página 4 |
| Sin carencia en daños, penal, infracciones y tráfico | sí | Quedan cubiertos los gastos de defensa judicial en procesos penales en que pudiera verse incurso el asegurado | Art. 6.14, página 5 |
| Cómputo del seguro anterior en la carencia | no regulado |  |  |
| Renuncia a la objeción de causa anterior | no | antes de la fecha de efecto de este seguro, para las coberturas de defensa judicial; | Art. 7.5, página 5 |
| Reclamación de daños | no | Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación legal o contractual distinta de las expresamente aseguradas en esta póliza. | Art. 7.6, página 5 |
| Derecho laboral | sí, hasta la suma asegurada | Asesoramiento sobre la relación laboral del trabajador por cuenta ajena | Art. 6.1, página 2 |
| Arrendamientos como inquilino de la vivienda habitual | sí, hasta la suma asegurada | Queda cubierta la defensa del tomador, ante la jurisdicción civil y para la tramitación en primera instancia, en procedimientos de reclamación por obras realizadas por el arrendatario | Art. 6.9, página 4 |
| Inmuebles como propietario de la vivienda habitual | sí, hasta la suma asegurada | en procedimientos de reclamación contra el vendedor de la que vaya a ser vivienda habitual propiedad del tomador | Art. 6.11, página 4 |
| Inmuebles arrendados a terceros (arrendador) | no regulado |  |  |
| Derecho contractual (compras, reparaciones, viajes, seguros) | sí, hasta la suma asegurada | Se garantiza la defensa de los intereses del asegurado, como demandante o demandado, en procesos relacionados con sus compras o adquisiciones realizadas en calidad de consumidor. | Art. 6.7, página 4 |
| Derecho tributario ante tribunales | sí, hasta la suma asegurada | Queda cubierta la defensa jurisdiccional del tomador en primera instancia en procedimientos iniciados por la Administración Tributaria por procedimientos fiscales derivados de la liquidación de la sociedad de gananciales | Art. 6.13, página 5 |
| Tributario ya en vía de reclamación administrativa | sí, hasta la suma asegurada | incluye la impugnación de la resolución tributaria en vía judicial y extrajudicial. | Art. 6.13, página 5 |
| Seguridad social ante tribunales | no regulado |  |  |
| Seguridad social ya en vía administrativa | sí, hasta la suma asegurada | Escritos de reclamación previa por retirada de prestaciones o devolución de cobros indebidos. | Art. 6.3, página 4 |
| Derecho administrativo (enseñanza, administraciones) | sí, hasta la suma asegurada | Escritos de alegaciones en procedimientos administrativos sancionadores no fiscales seguidos contra el asegurado | Art. 6.3, página 3 |
| Procedimientos disciplinarios y deontológicos | no regulado |  |  |
| Defensa penal | sí, hasta la suma asegurada | Quedan cubiertos los gastos de defensa judicial en procesos penales en que pudiera verse incurso el asegurado, seguidos contra él como denunciado o querellado | Art. 6.14, página 5 |
| Defensa en infracciones administrativas | no regulado |  |  |
| Protección de víctimas (acusación particular) | sí, hasta la suma asegurada | En calidad de denunciante o perjudicado, en caso de ser víctima de delito de robo o hurto o delito leve de hurto, lesiones, malos tratos en el ámbito doméstico o violencia de género. | Art. 6.8, página 4 |
| Protección de datos (RGPD) | sí, hasta la suma asegurada | Protección de datos personales: procedimientos, asesoramiento sobre ejercicio de derechos; ficheros de impagados. | Art. 6.1, página 2 |
| Asesoramiento en derecho de familia y sucesiones | sí, hasta la suma asegurada | Matrimonio: régimen económico matrimonial, capitulaciones matrimoniales; separación y divorcio, convenio regulador. | Art. 6.1, página 2 |
| Familia más allá de la consulta (alimentos, custodia) | no | Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación legal o contractual distinta de las expresamente aseguradas en esta póliza. | Art. 7.6, página 5 |
| Sucesiones más allá de la consulta | no | Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación legal o contractual distinta de las expresamente aseguradas en esta póliza. | Art. 7.6, página 5 |
| Reclamación de daños por accidente de tráfico | no | Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación legal o contractual distinta de las expresamente aseguradas en esta póliza. | Art. 7.6, página 5 |
| Contratos del vehículo (compra, reparación, leasing) | no regulado |  |  |
| Defensa penal en tráfico | sí, hasta la suma asegurada | Quedan cubiertos los gastos de defensa judicial en procesos penales en que pudiera verse incurso el asegurado | Art. 6.14, página 5 |
| Recurso de multas de tráfico | no | Queda expresamente excluida la redacción de escritos y gestión de sanciones de tráfico y transportes. | Art. 6.3, página 4 |
| Defensa del permiso de conducir (retirada, puntos) | no regulado |  |  |
| Cobertura como peatón, ciclista y pasajero | no regulado |  |  |
| Embarcaciones (motor, vela, motos de agua) cubiertas como vehículos | no regulado |  |  |
| Vehículos eléctricos ligeros y bicicletas eléctricas | no regulado |  |  |
| Defensa penal especial (delitos dolosos) | no regulado |  |  |
| Usurpación de identidad en internet | sí, hasta la suma asegurada | El asegurador satisfará al tomador las cantidades en que se viera defraudado por sufrir un delito de estafa. | Art. 6.15, página 5 |
| Derecho al honor y ciberacoso, con costes de borrado | no | Los hechos, difundidos en Internet y redes sociales que afecten al honor, intimidad y propia imagen del asegurado | Art. 7.11, página 5 |
| Propiedad intelectual (defensa ante requerimientos) | no regulado |  |  |
| Litigios de inversión (valores, fondos) | no regulado |  |  |
| Litigios de construcción (proyecto, obra, reforma) | no regulado |  |  |
| Mediación | no regulado |  |  |
| Asistencia jurídica telefónica | sí | consiste en el asesoramiento jurídico telefónico prestado por abogados colegiados sobre los asuntos descritos en cada uno de los módulos siguientes | Art. 6.1, página 2 |
| Asesoramiento preventivo | sí, hasta la suma asegurada | La cobertura incluye la redacción y la revisión de los documentos y la redacción de los escritos y contratos siguientes | Art. 6.3, página 3 |
| Gastos de peritos | sí, hasta 500 € | Los honorarios de los peritos cuyo dictamen sea necesario, en vía judicial, en apoyo de las pretensiones del asegurado, con un límite anual de 500 euros. | Art. 4.3, página 1 |
| Gastos de viaje a un tribunal extranjero | no regulado |  |  |
| Gastos de traducción e intérprete | no regulado |  |  |
| Ejecución forzosa | no | Los gastos derivados de la ejecución de sentencias, así como cualesquiera actuaciones judiciales distintas a la tramitación del procedimiento en primera instancia | Art. 7.10, página 5 |
| Gastos en acuerdo sin reducción proporcional | no regulado |  |  |
| Honorarios por encima de la tarifa legal | no | Las normas orientativas de los honorarios serán consideradas como límite máximo de la obligación del asegurador. | Art. 13, página 6 |
| Cobertura en Europa y países mediterráneos | no | Cualquier pleito o instancia a sustanciar ante Autoridad o Tribunal no sujetos al Estado Español. | Art. 7.8, página 5 |
| Cobertura mundial (límite) | no | Cualquier pleito o instancia a sustanciar ante Autoridad o Tribunal no sujetos al Estado Español. | Art. 7.8, página 5 |
| Libre elección de abogado | sí | tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle en los procedimientos objeto de cobertura. | Art. 13, página 6 |
| Límite de honorarios del abogado de libre elección | sí, hasta 1.000 € | la suma asegurada para cubrir la totalidad de los gastos garantizados tiene un límite máximo de 1.000,00 € para la primera anualidad de seguro, y de 2.000 para la segunda y sucesivas. | Art. 5, página 2 |
| Dictamen vinculante del abogado sobre la viabilidad | no | lo comunicará al asegurado, quedando éste en libertad de actuar por su exclusiva cuenta, corriendo con los gastos que ello suponga. | Art. 12, página 6 |
| Arbitraje en lugar de dictamen del abogado | sí | El asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el asegurador sobre el contrato de seguro. | Art. 15, página 6 |
| Modalidad individual | no regulado |  |  |
| Modalidad familiar con cónyuge o pareja | sí | Su cónyuge o, en su caso, persona que viva permanentemente con análoga relación de afectividad en el domicilio del tomador | Art. 1.3, página 1 |
| Hijos asegurados (edad límite, estudios) | sí | Convivan con el tomador, o vivan temporalmente fuera del domicilio del tomador por razones de salud, estudios o similares. Sean menores de edad. | Art. 1.3, página 1 |
| Modalidad sénior para jubilados | no regulado |  |  |
| Cláusula de autónomos: exclusión de litigios profesionales | sí | Los que se produzcan fuera del ámbito de la vida particular o familiar del tomador o asegurado. | Art. 7.2, página 5 |
| Actividad autónoma secundaria hasta un límite de facturación | no | Los que se produzcan fuera del ámbito de la vida particular o familiar del tomador o asegurado. | Art. 7.2, página 5 |
| Exclusión: riesgo de construcción | no regulado |  |  |
| Exclusión: juego y apuestas | no regulado |  |  |
| Exclusión: inversiones y especulación | no regulado |  |  |
| Exclusión: divorcio más allá de la consulta | no regulado |  |  |
| Exclusión: litigios entre asegurados | sí | Las reclamaciones que pueda formular el asegurado contra el tomador, el asegurador o cualquier asegurado de éste. | Art. 7.9, página 5 |
| Exclusión: siniestros causados dolosamente | sí | Los hechos deliberadamente causados por el tomador, asegurado o beneficiario o aquellos en los que concurra dolo o culpa grave por su parte, según sentencia judicial firme | Art. 7.3, página 5 |
| Derecho de rescisión de la aseguradora tras siniestros | no regulado |  |  |
| Cobertura posterior para siniestros comunicados tras la extinción | no regulado |  |  |
| Exención de prima por desempleo, incapacidad o dependencia | no regulado |  |  |
| Continuación sin prima para los supervivientes | no regulado |  |  |
| Cuantía mínima del litigio | sí, hasta 700 € | Es aquella cuantía objeto de litigio por debajo de la cual no se garantiza el trámite judicial de un siniestro. | Art. 1.9, página 1 |
| Defensa jurídica en contrato independiente o capítulo separado (art. 76c LCS) | sí | Seguro de Defensa Jurídica LEGÁLITAS SEGURO PROTECCIÓN FAMILIAR CONDICIONES GENERALES | Kopf, página 1 |

## Texto completo del condicionado: Legálitas Seguro Protección Familiar, Condiciones Generales (Fassung Oney)

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Seguro de Defensa Jurídica
LEGÁLITAS SEGURO PROTECCIÓN FAMILIAR

CONDICIONES GENERALES

El presente contrato de seguro está sometido a la Ley 50/1980, de 8 de             1.5. Póliza. Es el documento contractual que contiene las condiciones reguladoras
octubre, de Contrato de Seguro, a la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,   del seguro. Forman parte integrante del contrato las condiciones generales,
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y           las particulares que individualizan el riesgo, las especiales y los suplementos o
su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1060/2015, de 20 de         apéndices que se emitan al mismo para complementarlo o modificarlo.
noviembre, así como a las normas que desarrollen, modifiquen o sustituyan a
las mencionadas.                                                                   1.6. Siniestro. Se considera siniestro todo hecho cuyas consecuencias están
                                                                                   garantizadas por la cobertura objeto de este seguro. Se considerará que
De conformidad con el Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación,      constituye un solo y único siniestro el conjunto de asistencias jurídicas
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,            derivadas de un mismo hecho.
la prestación del presente seguro de defensa jurídica será realizada por
LEGÁLITAS Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., sociedad unipersonal (en         1.7. Prima. El precio del seguro en contraprestación a la cobertura del seguro y
adelante LEGÁLITAS Seguros), con sus propios medios, garantizándose que            de acuerdo con las condiciones estipuladas en la póliza. El recibo contendrá,
ningún miembro del personal que se ocupe de la gestión de asesoramiento            además, los recargos o impuestos legalmente repercutibles.
jurídico relativo a dicha gestión ejerce al tiempo una actividad parecida en
otro amo o para otra entidad que opere en algún ramo distinto del de vida, con     1.8. Periodo de carencia. Es el período de tiempo, contado a partir de la fecha de
la que se mantenga vínculos financieros, comerciales o administrativos, con        efecto del seguro, durante el cual no entran en vigor las garantías de la póliza.
independencia de que esté o no especializada en dicho ramo.                        Sólo tendrán cobertura los procedimientos que tuvieran por objeto hechos o
                                                                                   circunstancias producidos una vez finalizado el periodo de carencia pactado.
Las coberturas contratadas, de entre las previstas en estas condiciones
generales, serán aquellas suscritas por el asegurado y así recogidas en sus        1.9. Mínimo litigioso. Es aquella cuantía objeto de litigio por debajo de la cual
condiciones particulares. El inicio de cada cobertura será el de la fecha de       no se garantiza el trámite judicial de un siniestro.
efecto indicada en las condiciones particulares que pude ser distinta a la
fecha de inicio del contrato.                                                      ARTÍCULO DOS. OBJETO DEL SEGURO Y ÁMBITO GENERAL DE LA COBERTURA.
                                                                                   LEGÁLITAS Seguros asume, dentro de las condiciones y límites establecidos
ARTÍCULO UNO. DEFINICIONES.                                                        en la ley y en el presente contrato de seguro, a hacerse cargo de los gastos
1.1. Asegurador. LEGÁLITAS Seguros es la entidad que, mediante el cobro de la      en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención
prima, asume el riesgo contractualmente pactado en este contrato. El domicilio     en los procedimientos administrativos o judiciales objeto de cobertura y a
social radica en Avda. Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, 6 de Pozuelo de Alarcón      prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados
(28224 MADRID); y su actividad está sometida al control de la Dirección General    de la cobertura de seguro.
de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía.
                                                                                   Únicamente serán objeto de cobertura y hasta la suma correspondiente,
1.2. Tomador del seguro. La persona física o jurídica que, conjuntamente           los gastos garantizados en aquellos procedimientos judiciales o
con el asegurador, suscribe este contrato, y a la que corresponden las             administrativos derivados de la vida privada del asegurado, quedando
obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban       excluidos todos los demás.
ser cumplidas por el asegurado.
                                                                                   ARTÍCULO TRES. ÁMBITO TERRITORIAL.
1.3. Asegurado. La persona física, titular del interés asegurado que, en defecto   Las coberturas contratadas serán de aplicación para hechos ocurridos
del tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato.                        dentro del territorio español, con sujeción al derecho y Tribunales españoles,
                                                                                   salvo que en la póliza se pacte diferente extensión.
A los efectos de esta póliza sólo se considerará asegurado el tomador de
la póliza. También se considerarán asegurados y exclusivamente para las            ARTÍCULO CUATRO. GASTOS GARANTIZADOS.
coberturas 6.1 a 6.3; 6.4, en cuanto a las coberturas de asesoramiento, y 6.5:     Son gastos garantizados objeto del presente seguro, dentro de los límites
                                                                                   establecidos en la suma asegurada:
1.   El tomador del seguro.
2.   Su cónyuge o, en su caso, persona que viva permanentemente con                1.   Los honorarios y gastos de abogado, dentro de los límites establecidos
     análoga relación de afectividad en el domicilio del tomador designado              en el artículo cinco.
     en las condiciones particulares.                                              2.   Derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea
3.   Ascendientes de ambos que convivan en el domicilio del tomador.                    preceptiva.
4.   Los hijos del tomador y de su cónyuge o persona que como tal viva             3.   Los honorarios de los peritos cuyo dictamen sea necesario, en vía judicial,
     permanentemente en el domicilio del tomador designado en las                       en apoyo de las pretensiones del asegurado, con un límite anual de 500
     condiciones particulares siempre que:                                              euros.
                                                                                   4.   Las tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los
     - Convivan con el tomador, o vivan temporalmente fuera del domicilio               procedimientos establecidos en esta póliza, con un límite anual de 300
       del tomador por razones de salud, estudios o similares.                          euros.
     - Sean menores de edad.                                                       5.   Los gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así
                                                                                        como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la
Si el tomador del seguro y el asegurado son personas distintas, las obligaciones        defensa judicial de los intereses del asegurado.
y los deberes que derivan del contrato corresponden al tomador del seguro,         6.   Los depósitos necesarios para la presentación de recursos.
salvo aquellos que por su naturaleza deban ser cumplidos por el asegurado.         7.   La inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban
No obstante, el asegurador no podrá rechazar el cumplimiento por parte del              publicarse en el curso del proceso.
asegurado de las obligaciones y deberes que correspondan al tomador del            8.   La constitución, en procesos penales, de las fianzas exigidas para
seguro.                                                                                 conseguir la libertad provisional del asegurado, avalar su presencia al
                                                                                        acto del juicio, así como para responder del pago de las costas judiciales,
1.4. Suma asegurada. Representa la cuantía máxima de gastos jurídicos que,              con un límite por siniestro y anualidad de seguro de 3.000 euros.
en cualquier caso y por todos los conceptos, asume el asegurador en cada
anualidad del seguro.                                                              ARTÍCULO CINCO. SUMA ASEGURADA.
                                                                                   Sin perjuicio de lo dispuesto en cada garantía en particular, se establecen
La suma asegurada constituye la indemnización máxima por anualidad                 los siguientes límites a la suma asegurada:
a cargo de la entidad aseguradora. No queda prevista en el contrato la
reposición de la cobertura mediante el pago de una nueva prima.                    En los casos en los que la defensa jurídica sea asumida directamente por
                                                                                   la aseguradora, la suma asegurada para cubrir los gastos garantizados

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tendrá un límite máximo de 3.000,00 € por anualidad de seguro. Esta suma               residencia en régimen de propiedad horizontal.
asegurada será ilimitada a partir de la segunda anualidad de seguro.               -   Fiscalidad de la vivienda: arrendamiento de la vivienda; deducciones,
                                                                                       bonificaciones e incentivos fiscales derivados del arrendamiento de
Cuando el tomador, en los casos que proceda, nombre abogado y                          vivienda.
procurador de su elección en ejercicio de su derecho a la libre elección de
abogado y procurador, la suma asegurada para cubrir la totalidad de los            COMPRAVENTA DE VIVIENDA.
gastos garantizados tiene un límite máximo de 1.000,00 € para la primera           - Contratación: Tipos de contrato de señal y consecuencias de cada
anualidad de seguro, y de 2.000 para la segunda y sucesivas.                         tipología. Contrato de compraventa. Cláusulas más favorables al vendedor
                                                                                     y al comprador.
En todo caso, se establece un límite de 500 € por anualidad de seguro para         - Compra de vivienda sobre plano: demora en la entrega, defectos, avales y
gastos derivados de intervenciones de peritos, de 300 € para los derivados           seguros de caución, indemnizaciones, procedimiento de reclamación.
de tasas judiciales y costas judiciales conjuntamente, y de 3.000 € por            - Vivienda de protección oficial: convocatoria, plazos, requisitos,
siniestro y anualidad de seguro para fianzas penales.                                reclamaciones, contratación.
                                                                                   - Préstamos hipotecarios: condiciones del préstamo, otorgamiento,
Para determinar la cuantía a indemnizar de los honorarios del abogado y              subrogaciones, inscripción, impago, embargos.
derechos y suplidos del procurador que interviniere en los procedimientos          - Trámites a seguir antes y después de la compraventa: información registral,
objeto de la cobertura, se tendrán en cuenta los importes de las normas              otorgamiento de escrituras, inscripción en el Registro de la Propiedad.
legales u orientadoras del correspondiente colegio profesional, los cuales
tendrán el carácter de indemnización máxima.                                       Comunidad de propietarios (propiedad horizontal).
                                                                                   -  Juntas de propietarios: orden del día, votaciones, mayorías necesarias
ARTÍCULO SEIS. DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS.                                             para cada tipo de acuerdo, unanimidad, impugnación de acuerdos, actas.
Las coberturas objeto del presente contrato de seguro son las descritas            -  Obligaciones y derechos de los propietarios: contribución a gastos
en los números siguientes, en los términos y con los límites previstos en las         comunes, disfrute de elementos comunes, servidumbres. Órganos
condiciones particulares de la póliza:                                                de administración de la comunidad: nombramiento, obligaciones,
                                                                                      aceptación de cargos.
6.1. Asesoramiento jurídico telefónico. La cobertura se prestará en horario        -  Reclamación de cuotas o derramas impagadas: trámites previos,
peninsular de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes no festivos de ámbito            asesoramiento sobre el procedimiento judicial. Reclamación a la
nacional y consiste en el asesoramiento jurídico telefónico prestado por              comunidad por desperfectos causados por elementos comunes o a un
abogados colegiados sobre los asuntos descritos en cada uno de los módulos            vecino por desperfectos causados a otro vecino o a la comunidad.
siguientes:
                                                                                   Obras en la vivienda.
FAMILIA.                                                                           -  Licencias y permisos a solicitar a la comunidad de propietarios y a la
-  Matrimonio:     régimen     económico        matrimonial,    capitulaciones        Administración pública, sanciones administrativas, instalación de aire
   matrimoniales; separación y divorcio, convenio regulador. Impago de                acondicionado, toldos o elementos fijos en fachada, cerramiento de terrazas
   pensiones. Nulidad eclesiástica.                                                   y balcones.
-  Familia numerosa: fiscalidad del régimen económico matrimonial.
   Disolución. Actividades empresariales y operaciones entre cónyuges.             Otros asuntos relacionados con la vivienda.
-  Menores: responsabilidad civil por los hijos menores e incapacitados;           -   Fiscalidad de la vivienda: arrendamiento de la vivienda; cuentas ahorro
   incidencias en guarderías y colegios; adopción y acogimiento.                       vivienda; préstamos hipotecarios; deducciones por vivienda habitual;
-  Parejas de hecho: registros municipales y uniones de hecho, ordenación de           deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales; comunidades
   régimen económico de la pareja, posibilidad de obtención de pensiones               de propietarios; permutas; transmisión de inmuebles; obligaciones
   públicas (viudedad).                                                                formales; escrituras públicas e inscripciones regístrales; IVA; impuesto de
-  Ruptura de la pareja: liquidación económica, Fallecimiento: derechos                transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
   económicos del sobreviviente.                                                   -   Servicio doméstico: contratación de extranjeros; condiciones y requisitos;
-  Herencia: modalidades de testamento; pasos a seguir tras un fallecimiento;          permiso de trabajo; cotización a la seguridad social; salario; extinción del
   partición de la herencia; desheredación; legitimarios.                              contrato.
-  Fiscalidad de la herencia: obligados al pago, reducciones y bonificaciones,
   usufructos y derechos reales; liquidación, pago y aplazamiento del              LABORAL.
   impuesto.                                                                       -  Asesoramiento sobre la relación laboral del trabajador por cuenta ajena;
-  Procedimiento penal y delitos o delitos leves que afecten al asegurado ya          asesoramiento a funcionarios públicos y trabajadores de la administración
   sea como denunciante, acusación particular o querellante, ya sea como              pública (interinos, régimen estatutario) en su relación funcionarial o laboral.
   denunciado, querellado, investigado o encausado, en asuntos penales             -  Contrato de trabajo: tipos de contrato, nóminas, prórrogas. Convenio
   derivados de relaciones de familia.                                                colectivo aplicable. Contratos de alta dirección. Vacaciones, horario,
-  Solicitudes presentadas a las diversas Administraciones públicas,                  movilidad geográfica y funcional.
   procedimiento, requisitos, plazos, etc. en asuntos administrativos derivados    -  Extinción del contrato: dimisión del trabajador; despido (improcedente,
   de relaciones de familia.                                                          procedente y nulo), procedimiento ante el SMAC.
-  Asuntos fiscales relacionados con la tributación y fiscalidad de la unidad      -  Asesoramiento sobre el procedimiento judicial. Indemnizaciones.
   familiar.                                                                          Liquidación o finiquito.
                                                                                   -  Reclamación judicial de cantidades (asesoramiento): salarios de
CONSUMO.                                                                              tramitación; quiebra de la empresa; reclamación ante el FOGASA; jubilación
-  Información sobre derechos del consumidor. Cláusulas abusivas. Defectos            anticipada.
   en productos: productos en garantía. Reparaciones defectuosas.                  -  Sanciones al trabajador y al empresario: procedimiento de reclamación;
-  Procedimientos de reclamación: empresas de telecomunicaciones,                     infracciones; suspensión de empleo y sueldo; despido disciplinario;
   tintorerías, talleres, compañías de seguros, hoteles, agencias de viaje,           sanciones económicas.
   canales de televisión de pago, suministros (luz, agua, gas), servicios          -  Expedientes de regulación de empleo: procedimiento; intervención de los
   financieros.                                                                       representantes sindicales (delegados de personal o comité de empresa);
-  Protección de datos personales: procedimientos, asesoramiento sobre                intervención de la Autoridad Laboral.
   ejercicio de derechos; ficheros de impagados. Contratación a distancia.         -  Accidente de trabajo y enfermedad profesional: accidentes ocurridos
-  Aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles de uso turístico.                   en el centro de trabajo o en desplazamientos por motivos laborales;
-  Asesoramiento sobre asuntos relacionados con entidades de crédito y                incapacidad e invalidez laboral; asesoramiento sobre el procedimiento
   entidades aseguradoras.                                                            judicial.
                                                                                   -  Prestaciones de la Seguridad Social: jubilación, desempleo, maternidad,
ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA.                                                            incapacidad temporal, invalidez permanente, etc.; procedimiento para su
-  Contrato de arrendamiento: derechos y obligaciones de las partes,                  solicitud; cuantía; duración; extinción.
   cláusulas más favorables al arrendador, cláusulas más favorables al             -  Fiscalidad de la relación laboral: retenciones; salario en especie
   arrendatario, duración mínima del contrato de alquiler, fianza, inventario de      (vehículo, opciones sobre acciones, etc.); rendimientos irregulares del
   muebles, obras en la vivienda alquilada. Contrato de alquiler de vivienda          trabajo; desplazamientos, dietas; planes de pensiones; tributación de las
   de temporada.                                                                      indemnizaciones.
-  Actualización de la renta.
-  Impago de la renta: desahucio (falta de pago, incumplimientos,                  FISCAL.
   finalización del plazo, precario). Obligaciones y derechos derivados de la      -   Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Exenciones, deducciones y

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    bonificaciones disponibles.                                                         y centros de estética
-   Declaración conjunta o individual: requisitos de la unidad familiar; ventajas   -   Escrito de reclamación o propuestas de negociación en contrataciones
    e inconvenientes.                                                                   a distancia (a través del teléfono o de Internet) por cobros indebidos,
-   Rendimientos de trabajo personal: relaciones laborales especiales;                  devolución del producto, falta de entrega del producto y defectos del
    retribuciones en especie; reducciones; dietas, gastos de locomoción,                producto adquirido.
    manutención y estancia.                                                         -   Escrito de reclamación o propuesta de negociación a entidades de crédito por
-   Rendimientos del capital inmobiliario: arrendamientos; gastos deducibles;           cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato o cláusulas
    imputación de rentas.                                                               abusivas.
-   Rendimientos de capital mobiliario: clases de activos financieros; fondos       -   Escrito de reclamación ante el Defensor del Cliente en entidades de crédito
    garantizados; dividendos y asimilados; deuda pública; contratos de seguro       -   Escrito de reclamación ante el servicio de reclamaciones del Banco de
    de vida e invalidez; gastos deducibles y reducciones.                               España.
-   Ganancias y pérdidas patrimoniales: concepto; régimen general; régimen          -   Escrito de denuncia ante Oficinas Municipales y Direcciones Generales con
    transitorio; determinación del valor de adquisición y valor de transmisión.         competencia en materia de consumo (no quedan incluidas las solicitudes
-   Deducciones estatales y autonómicas: cuenta vivienda, vivienda habitual,            de arbitraje, institucional o no).
    donativos, planes de pensiones. Impuesto de transmisiones patrimoniales         -   Escritos de ejercicio de derechos ante ficheros de impagados.
    y actos jurídicos documentados.                                                 -   Escrito de reclamación a las entidades aseguradoras.
-   Tributación según Comunidades Autónomas. Tarifas, exenciones y                  -   Escrito de reclamación ante el defensor del cliente de entidades
    bonificaciones. Comprobaciones de valor. Impuesto de sucesiones y                   aseguradoras.
    donaciones.                                                                     -   Escrito de reclamación ante el Servicio de reclamaciones de la Dirección
-   Normativa autonómica aplicable. Tarifa, bonificaciones. Entorno tributario,         General de Seguros y Fondos de Pensiones.
    impuestos periféricos asociados.                                                -   Contratos de refinanciación.
-   Impuestos locales. Impuesto de bienes inmuebles. Tasa de basuras. Vados.
-   Cuestiones formales de los impuestos: obligaciones formales, contables y        VIVIENDA:
    regístrales; sanciones tributarias. Pago de tributos y devolución de ingresos   -   Contrato de arrendamiento.
    indebidos; pago aplazado de la deuda.                                           -   Escrito de contestación a reclamaciones del arrendador por obras no
                                                                                        consentidas, falta de pago de la renta o subarriendos.
RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN.                                                   -   Escritos de reclamación al arrendador para la ejecución de obras
-  Solicitudes presentadas a las diversas Administraciones; procedimiento,              necesarias.
   requisitos, plazos, etc. Procedimientos sancionadores; medios de defensa.        -   Escritos al arrendador relacionados con la actualización de las rentas.
-  Empleados públicos.                                                              -   Escritos al arrendador relacionados con la duración del arrendamiento.
-  Reclamaciones por el incorrecto funcionamiento de la Administración.             -   Escritos al arrendador relacionados con la devolución de la fianza.
   Incidencias con agentes de la autoridad.                                         -   Escrito de reclamación a la comunidad o a otros propietarios por la
-  Incumplimiento de obligaciones administrativas. Extranjería.                         realización de actividades molestas, insalubres o peligrosas (ruidos,
                                                                                        humos). Contrato de compraventa de vivienda.
6.2. Asesoramiento jurídico telefónico 24 h. para casos urgentes. La cobertura      -   Escritos de reclamación por retrasos en la entrega de la vivienda o por
consiste en el asesoramiento jurídico telefónico prestado por abogados                  defectos o vicios ocultos en la misma
colegiados sobre alguno de los asuntos relacionados en el número anterior.          -   Examen de las notas simples del Registro de la Propiedad y de otra
                                                                                        documentación facilitada por el cliente a fin de verificar el estado de
Se entenderá por situaciones de urgencia aquellas cuyas consecuencias                   cargas y embargos del inmueble, así como su titularidad.
jurídicas más favorables o menos desfavorables para el asegurado                    -   Revisión de la minuta de la escritura de compraventa con carácter previo
dependan de un consejo legal especializado inmediato.                                   a su otorgamiento ante Notario.
                                                                                    -   Revisión de la minuta de la escritura de constitución de hipoteca,
La cobertura se prestará 24 horas al día todos los días del año. La valoración          subrogación o novación con carácter previo a su otorgamiento ante
jurídica de la urgencia será determinada por el abogado asesor, en función              Notario.
de la realidad jurídica y las previsiones legales.                                  -   Contrato de alquiler de un elemento común de la comunidad de
                                                                                        propietarios (vivienda del servicio de conserjería, local propiedad de la
6.3. Redacción y revisión de documentos en vía extrajudicial. La cobertura              comunidad, etc.).
incluye la redacción y la revisión de los documentos y la redacción de los          -   Contrato de compraventa de un elemento común de la comunidad de
escritos y contratos siguientes, sin que se amplíe a ningún otro contrato o             propietarios (vivienda del servicio de conserjería, local propiedad de la
escrito distinto de los enumerados a continuación:                                      comunidad, etc.).
                                                                                    -   Escrito de reclamación a la comunidad o a otros propietarios por la
FAMILIA:                                                                                realización de actividades molestas, insalubres o peligrosas (ruidos,
-  Carta de reclamación personalizada relativa a alimentos entre parientes,             humos).
   partición de herencias o división de copropiedad.                                -   Escrito al presidente de la comunidad solicitando la inclusión de un
-  Redacción de contratos entre familiares.                                             determinado punto en el orden del día de una junta.
-  Escritos de alegaciones en procedimientos administrativos sancionadores          -   Escrito al presidente de la comunidad manifestando su oposición a un
   no fiscales seguidos contra el asegurado en el marco de las materias del             acuerdo tomado en junta de propietarios.
   número 1 anterior.                                                               -   Escrito al secretario de la comunidad solicitando documentación de la
-  Pre-redacción de denuncia policial vía web por bullying o acoso escolar.             comunidad (estatutos, normas de régimen interno, acta de alguna junta).
-  Pre-redacción de denuncia policial vía web por ciberacoso.                       -   Escrito de reclamación o propuesta de negociación frente a la entidad
-  Escrito instando la retirada de imágenes de menores en Internet.                     aseguradora por la póliza de seguro de hogar o del seguro de la comunidad
-  Carta de reclamación personalizada instando a acuerdo y términos                     de propietarios.
   de disolución del vínculo matrimonial, liquidación de la sociedad de             -   Escrito de reclamación ante el defensor del cliente en entidades
   gananciales, cumplimiento de resoluciones judiciales dictadas en materia             aseguradoras por la póliza de seguro del hogar o del seguro de
   de familia y modificación de medidas.                                                comunidades de propietarios.
-  Escritos de alegaciones ante la Administración tributaria por                    -   Escritos de reclamación ante el servicio de reclamaciones de la Dirección
   procedimientos fiscales derivados de la disolución del régimen económico             General de Seguros y Fondos de Pensiones por la póliza de seguro del
   matrimonial.                                                                         hogar o del seguro de la comunidad de propietarios.

CONSUMO:                                                                            LABORAL:
-  Escrito de reclamación o propuestas de negociación por cobros indebidos          -  Contrato de trabajo, clausulado adicional, periodo de prueba, jornada,
   o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a: empresas          remuneración, convenio colectivo aplicable; movilidad geográfica;
   constructoras o promotoras, empresas de reformas, empresas de                       cláusulas de permanencia y de no concurrencia.
   reparación de electrodomésticos o de otros bienes, canales de televisión         -  Escritos extrajudiciales de reclamación de derechos del trabajador,
   de pago, empresas de telefonía, empresas suministradoras de electricidad,           ante empresas privadas o administraciones públicas, relacionados con
   gas, y agua, tintorerías, talleres de reparación de vehículos, concesionarios       remuneración, estructura salarial, rendimientos en especie, pagas extras,
   de vehículos.                                                                       bonos; jornada, turnos; desarrollo funcional, grupo profesional; vacaciones;
-  Escrito de baja en empresas de telefonía.                                           maternidad y paternidad; excedencias; otros requerimientos o solicitudes al
-  Escrito de reclamación o propuestas de negociación a agencias de viaje,             empleador.
   alojamientos, restauración y compañías aéreas.                                   -  Denuncia ante la Inspección de Trabajo y comunicación a superiores ante
-  Escrito de reclamación o propuestas de negociación a grandes almacenes              situaciones de acoso laboral.

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-   Escritos de reclamación previa por retirada de prestaciones o devolución             naturaleza y viabilidad del asunto, éste deba ser planteado personalmente
    de cobros indebidos.                                                                 por el asegurado. La presente cobertura será de aplicación incluso en los
                                                                                         litigios que no alcancen el mínimo litigioso.
FISCAL:
-   Escrito de solicitud de ingresos indebidos en la Hacienda pública.                   Serán por cuenta del asegurado, quedando por tanto fuera de la garantía,
-   Escrito de solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento de deudas                   los gastos derivados del encargo que en su caso formalice el asegurado
    tributarias u otras deudas administrativas.                                          con el despacho colaborador, encargo que será una relación jurídica
                                                                                         ajena a la presente póliza y sobre la que la aseguradora no extiende su
PENAL:                                                                                   responsabilidad.
Escritos de denuncia cuando proceda por razón de los hechos y el
procedimiento de que se trate.                                                           6.6. Redacción de la demanda de conciliación sobre los asuntos en los que el
                                                                                         tomador ostente la condición de consumidor. Queda cubierta la redacción
La cobertura se prestará de acuerdo con los datos proporcionados por el cliente,         de la demanda de conciliación en aquellos asuntos en los que el tomador
y se facilitarán al asegurado por fax, e- mail, o correo ordinario. El plazo máximo de   ostente la condición de consumidor; no queda incluida la presentación de la
elaboración de los documentos será de 72 horas hábiles desde que el asegurado            demanda ni el acompañamiento al acto de conciliación.
haya facilitado los datos necesarios para la realización de los mismos. No está
incluida la firma, presentación y subsiguiente tramitación de los escritos, que          6.7. Defensa judicial de los derechos del asegurado en litigios derivados de
será por cuenta del asegurado. Queda expresamente excluida la redacción                  compras como consumidor. Se garantiza la defensa de los intereses del
de escritos y gestión de sanciones de tráfico y transportes.                             asegurado, como demandante o demandado, en procesos relacionados
                                                                                         con sus compras o adquisiciones realizadas en calidad de consumidor. El
LEGÁLITAS Seguros no responde de la veracidad de los datos facilitados por               mínimo litigioso queda fijado en 700 € para la presente cobertura.
el asegurado, no asumiendo, en consecuencia, responsabilidad alguna en
caso de inexactitud o falta de actualización de los mismos.                              Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos
                                                                                         meses.
6.4. Asistencia específica en relación con el acoso escolar y ciberbullying.
a) Asesoramiento jurídico.                                                               6.8. Defensa penal en delitos de robo, hurto, apropiación indebida, injurias,
     Consiste en un servicio de atención telefónica, 24 horas, 365 días,                 calumnias, amenazas, insolvencia punible, denuncia falsa y simulación de
     prestado por abogados especializados, dirigido a padres o tutores                   delito. Queda cubierta la defensa penal del tomador en primera instancia en
     de víctimas de acoso escolar o malos tratos, producidos en centros                  los siguientes delitos:
     escolares o instituciones docentes, y ciberbullyng, entendido como el uso
     de Internet o cualquier otra forma de comunicación electrónica como                 1.   En calidad de denunciante o perjudicado, en caso de ser víctima de
     medio de acoso, sufridos por alumnos de seis a dieciocho años.                           delito o delito leve de estafa o transferencia no consentida de activos
                                                                                              patrimoniales, en todo caso mediante manipulación informática o artificio
El asesoramiento consistirá básicamente en la resolución de consultas sobre                   semejante (art.248.2 del Código penal), con o sin usurpación del estado
cobertura legal del acoso relativas a:                                                        civil.
                                                                                         2.   En calidad de denunciante o perjudicado, en caso de ser víctima de delito
•   Protección de la víctima. Participación de la víctima en el proceso;                      de robo o hurto o delito leve de hurto, lesiones, malos tratos en el ámbito
    declaraciones, manifestaciones etc.; asesoramiento sobre la adopción de                   doméstico o violencia de género.
    medidas cautelares protectoras, si así lo aconsejasen las circunstancias, tales           Las anteriores coberturas incluyen:
    como el alejamiento mayor o menor del victimario e incluso el internamiento          •    La redacción y presentación de la denuncia penal y la asistencia a la
    del mismo, cuando se aprecie un peligro grave para la víctima.                            vista, en caso de que el tomador intervenga en calidad de denunciante.
•   Respuesta sancionadora al acosador. Responsabilidad penal específica                 •    La ejecución de la sentencia, siempre que la misma haya sido dictada
    recogida en la Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Penal de                     en el marco de un procedimiento judicial seguido en aplicación y bajo la
    los Menores, solicitud de medidas reparadoras urgentes en sede judicial                   presente cobertura.
•   Reparación de daños y perjuicios. Responsabilidad civil de los                       3.   La asistencia al detenido, denunciado y/o investigado y defensa durante
    responsables del acoso y responsabilidad civil subsidiaria del Centro                     todo el procedimiento hasta la sentencia, en caso de que el tomador se
    o Establecimiento docente, de acuerdo con el art. 1903.5 del Código                       encuentre en alguna de dichas situaciones.
    Civil, y de los arts. 120.3 y 121 del Código Penal, supletoriamente. Culpa “in            La presente cobertura incluye:
    vigilando” de los padres en el ciberbullyng.                                         •    La constitución de la fianza, con exclusión de indemnizaciones y multas.

b) Servicios de asistencia psicológica                                                   Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos
   Consiste en proporcionar a los padres o tutores de víctimas de acoso                  meses.
   escolar o ciberbullyng un servicio de consulta telefónica con psicólogos
   para el diagnóstico y tratamiento de dichas situaciones.                              6.9. Defensa como demandado por obras no autorizadas. Queda cubierta
                                                                                         la defensa del tomador, ante la jurisdicción civil y para la tramitación en
La presente cobertura tendrá un límite anual de diez (10) consultas anuales.             primera instancia, en procedimientos de reclamación por obras realizadas
                                                                                         por el arrendatario en la vivienda objeto de arrendamiento e identificada en
Igualmente se pondrá a disposición de los asegurados el acceso a otros                   las condiciones particulares.
servicios de asistencia psicológica tales como:
                                                                                         El mínimo litigioso establecido para la presente cobertura queda fijado en
•   Evaluación y Psicodiagnóstico de una situación de Acoso Escolar                      1.000 €, salvo cuantía distinta fijada en las condiciones particulares.
•   Diagnóstico de los daños psicológicos derivados
•   Tratamiento psicológico de la víctima de Acoso Escolar                               Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos
•   Dictamen experto pericial que evalúe la existencia del Acoso y/o de los              meses.
    daños que aparecen asociados
•   Asesoramiento en protocolo de actuación                                              6.10. Redacción de la demanda de conciliación sobre los asuntos en los que el
                                                                                         tomador ostente la condición de arrendatario. Queda cubierta la redacción
Estos servicios se prestarán bajo demanda del asegurado, y conforme a                    de la demanda de conciliación en aquellos asuntos en los que el tomador
prescripción del psicólogo. Serán por cuenta del asegurado, quedando por                 ostente la condición de arrendatario; no queda incluida la presentación de la
tanto fuera de la garantía, los gastos derivados de los servicios específicos            demanda ni el acompañamiento al acto de conciliación.
listados anteriormente y solicitados por éste. El encargo de los mismos
será una relación jurídica distinta a la presente póliza y sobre cuyas                   6.11. Reclamaciones en relación con la compra de vivienda. Queda cubierta
prestaciones la Aseguradora no extiende su responsabilidad.                              la defensa del tomador, ante la jurisdicción civil y para su tramitación en
                                                                                         primera instancia, en procedimientos de reclamación contra el vendedor de
No obstante, quedará incluida en la cobertura la prueba pericial que, al                 la que vaya a ser vivienda habitual propiedad del tomador en los siguientes
amparo de lo previsto en la Cláusula CUATRO, punto 3, se revele necesaria                supuestos:
para la defensa en juicio de situaciones de acoso escolar o ciberbullyng.
                                                                                         6.11.A. Reclamación de daños y perjuicios por retrasos en la entrega de la
6.5. Asistencia jurídica en Despachos para litigios no cubiertos. En los supuestos       vivienda superiores a treinta días, contados desde la fecha prevista en el
no cubiertos por la presente póliza, la aseguradora pone a disposición de los            contrato. El mínimo litigioso para esta cobertura queda fijado en 1.000 €.
asegurados una red de despachos de abogados para el caso de que, por la

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6.11.B. Reclamación por diferencia de cabida de la vivienda, respecto de la        el acreedor tenga carácter público o privado, y sin limitaciones sobre el
oferta comercial o contrato suscrito. El mínimo litigioso para esta cobertura      importe total pendiente de pago o el número de acreedores.
queda fijado en 1.000 €.
                                                                                   6.17. Abogado de cabecera. Solo mediante expresa contratación y pago de la
6.11.C. Reclamación por incumplimiento del contrato en materia de calidades de     correspondiente prima adicional, lo cual se hará constar en las condiciones
la vivienda. El mínimo litigioso para esta cobertura queda fijado en 2.000,00 €.   particulares de la póliza, se podrá incluir la garantía abogado de cabecera,
                                                                                   mediante la cual las consultas del asegurado serán controladas por un
Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos              único abogado, identificado en la contratación, quien las atenderá por sí
meses.                                                                             mismo o en coordinación con otros abogados especializados.

6.12. Defensa en caso de usurpación de vivienda. Queda cubierta la defensa         La presente cobertura se prestará exclusivamente en días laborables
penal del tomador, para su tramitación durante la primera instancia, en            de 9:00 a 14:00, y de 16:00 a 19:00 h. Fuera de este horario, la cobertura se
procedimientos penales en los que sea víctima de un delito de usurpación de        prestará por miembros del equipo del abogado de cabecera contratado.
vivienda de los definidos en el ARTÍCULO 245 del Código penal.
                                                                                   ARTÍCULO SIETE. EXCLUSIONES GENERALES.
Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos              No quedan garantizados los acontecimientos y gastos no definidos en los
meses.                                                                             anteriores ARTÍCULOS y en ningún caso, los siguientes:

6.13. Defensa tributaria en la liquidación de la sociedad de gananciales. Queda    1.  Cualquier clase de actuaciones que dimanen, en forma directa o
cubierta la defensa jurisdiccional del tomador en primera instancia en                 indirecta, de hechos producidos por energía nuclear, alteraciones
procedimientos iniciados por la Administración Tributaria por procedimientos           genéticas, emisiones radiactivas, catástrofes naturales, acciones
fiscales derivados de la liquidación de la sociedad de gananciales; incluye            bélicas, disturbios y actos terroristas.
la impugnación de la resolución tributaria en vía judicial y extrajudicial. El     2. Los que se produzcan fuera del ámbito de la vida particular o familiar
mínimo litigioso para esta cobertura queda fijado en 300,00 €.                         del tomador o asegurado.
                                                                                   3. Los hechos deliberadamente causados por el tomador, asegurado o
Para la presente cobertura se establece un periodo de carencia de dos                  beneficiario o aquellos en los que concurra dolo o culpa grave por su
meses.                                                                                 parte, según sentencia judicial firme, con independencia del derecho
                                                                                       de repetición que corresponda al asegurador por los desembolsos
6.14. Defensa penal. Quedan cubiertos los gastos de defensa judicial en                satisfechos hasta ese momento y salvo lo dispuesto en relación a la
procesos penales en que pudiera verse incurso el asegurado, seguidos                   defensa penal del asegurado.
contra él como denunciado o querellado por denuncia o querella penal,              4. Los hechos derivados de la participación del asegurado o beneficiario
tramitada y seguida ante Tribunales Españoles.                                         en competiciones o pruebas deportivas no amparadas expresamente
                                                                                       por condición particular.
La cobertura alcanza únicamente a la tramitación del procedimiento en              5. Los hechos cuyo origen se haya producido:
primera instancia y siempre que se trate de procesos en que sea preceptiva         - antes de la fecha de efecto de este seguro, para las coberturas de
la asistencia de abogado.                                                              defensa judicial;
                                                                                   - durante el periodo de carencia, para las coberturas de defensa judicial;
Quedan expresamente excluidos los procedimientos en los que cualquiera             - después de la terminación del contrato por cualquier motivo, para
de las víctimas sea menor de edad.                                                     todas las coberturas.
                                                                                   6. Los conflictos derivados del incumplimiento de cualquier obligación
6.15. Pérdidas pecuniarias derivadas de delitos de estafa sufridos por el              legal o contractual distinta de las expresamente aseguradas en esta
tomador. El asegurador satisfará al tomador las cantidades en que se viera             póliza.
defraudado por sufrir un delito de estafa. La pérdida pecuniaria así sufrida       7. La emisión de informes y dictámenes por escrito, así como la redacción
será indemnizada al tomador siempre y cuando se cumplan todas las                      de cualquier tipo de contrato no previsto expresamente en la póliza, o
siguientes condiciones:                                                                la cumplimentación de impresos o declaraciones oficiales de carácter
                                                                                       periódico u obligacional, singularmente los servicios de gestoría y
Que el tomador haya interpuesto la correspondiente denuncia policial                   asesoramiento contable, salvo previsión expresa en contrario en la
o judicial por los hechos que hayan dado objeto a la pérdida pecuniaria                presente póliza.
y, cuando proceda, haya notificado sin demora indebida a las entidades             8. Cualquier pleito o instancia a sustanciar ante Autoridad o Tribunal no
financieras en su caso relacionadas con la comisión del fraude la existencia           sujetos al Estado Español.
de la incidencia con la consecuente cancelación o medida equivalente de            9. Las reclamaciones que pueda formular el asegurado contra el tomador,
todos los medios de pago implicados.                                                   el asegurador o cualquier asegurado de éste.
                                                                                   10. Los gastos derivados de la ejecución de sentencias, así como
Que el tomador autorice al asegurador la subrogación en todos sus                      cualesquiera actuaciones judiciales distintas a la tramitación del
derechos derivados de la responsabilidad civil derivada del delito.                    procedimiento en primera instancia, incluso en procedimientos
Que los hechos denunciados hayan sido objeto de diligencias judiciales                 judiciales cubiertos, u otros actos no expresamente cubiertos por la
penales con, en su caso, sentencia condenatoria en primera instancia que               presente póliza.
declare la existencia del perjuicio económico sobre el tomador                     11. Los hechos, difundidos en Internet y redes sociales que afecten al
                                                                                       honor, intimidad y propia imagen del asegurado, salvo que dichos
El asegurador queda subrogado hasta el total de las indemnizaciones                    hechos se hallen cubiertos en ésta póliza y afecten a hijos asegurados
satisfechas en los derechos y acciones del tomador frente a cualquier                  del tomador, según se definen en el Artículo 1.3.4 de esta póliza.
tercero responsable. A estos efectos, el tomador se obliga a colaborar
activamente con el asegurador prestando cualquier ayuda u otorgando                ARTÍCULO OCHO. PAGOS EXCLUIDOS.
cualquier documento que se pudiera considerar necesario, siempre que               En ningún caso estarán cubiertos por la póliza:
ello no genere gasto al tomador o bien dicho gasto sea asumido por la
aseguradora.                                                                       •    El pago de multas y la indemnización de cualquier gasto originado por
El tomador deberá remitir al asegurador cuanta documentación                            sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas
pertinente sea requerida al efecto de verificación del siniestro, entre las             o judiciales.
que se encontrará, al menos, la de la sentencia, movimientos de liquidación        •    Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, dimanantes de la
bancarios y acreditación de cargos y operaciones relacionadas con el                    presentación de documentos públicos o privados ante los Organismos
siniestro, y justificantes de operaciones en función de las circunstancias              Oficiales.
del siniestro.                                                                     •    Los gastos que procedan de una acumulación o reconvención judicial,
                                                                                        cuando se refieran a materias no comprendidas en las coberturas
A los efectos de esta póliza el concepto de estafa será de conformidad con              garantizadas.
las normas penales vigentes.
                                                                                   ARTÍCULO NUEVE. PAGO DE LAS PRIMAS.
6.16. Asistencia para la gestión de deudas. LEGÁLITAS Seguros prestará             El tomador está obligado al pago de la primera prima en el momento de la firma
al asegurado asesoramiento para el análisis de la procedencia de las               del contrato. El pago de las primas sucesivas se hará efectivo en el momento de
deudas que se le reclamen y, en su caso, de la cuantía legalmente debida           su vencimiento.
por ellas; negociación sobre términos de pago y comprobación de límites
embargables. La presente asistencia se prestará sobre deudas en las que            En el caso de impago de la primera prima o de una parte de ella si fuera

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fraccionada, no comenzarán los efectos de la cobertura, y el asegurador podrá        ARTÍCULO TRECE. DERECHO DE LIBRE ELECCIÓN DE PROFESIONALES.
resolver el contrato o exigir el pago de la prima debida. Si la prima no ha sido     El asegurado, en las condiciones y con los límites previstos en la póliza,
pagada antes de que se produzca el siniestro el asegurador quedará liberado          tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de
de su obligación.                                                                    representarle y defenderle en los procedimientos objeto de cobertura.

En caso de impago de las primas siguientes o de una parte de ella si fuera           El abogado y procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en
fraccionada, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después             ningún caso, a las instrucciones del asegurador.
del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los
seis meses siguientes al vencimiento de la prima, se entenderá que el contrato       En ningún caso correrán a cargo del asegurador los gastos de colegiación,
queda extinguido.                                                                    viaje, hospedaje y dietas correspondientes al abogado que intervenga en
                                                                                     el procedimiento, ni a ninguna otra persona.
En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato esté en suspenso, sólo
podrá exigir el pago de la prima del período en curso o, en su caso, el de las       Como exigencia necesaria para la justificación y determinación de los
primas fraccionadas del periodo de vigencia que resten por abonar, las cuales        honorarios y gastos de abogado y procurador, deberán haber informado
se entenderán exigibles si el impago obedeciera a causa imputable al tomador.        al asegurador desde el inicio del procedimiento judicial garantizado sobre
Si el contrato no hubiere sido resuelto o extinguido conforme a lo indicado          las actuaciones desplegadas.
anteriormente, la cobertura vuelve a tener efecto a las veinticuatro horas del día
en que el tomador pagó toda la prima pendiente.                                      El asegurador satisfará los honorarios del abogado y procurador que actúen
                                                                                     en defensa del asegurado en cualquier clase de procedimiento, dentro del
Se acuerda expresamente la revalorización de la prima de cada anualidad              capital asegurado para cada garantía y con la franquicia pactada en cada
de seguro en base a la variación experimentada por el índice de precios al           caso.
consumo.
                                                                                     Los honorarios de abogados se abonarán conforme a las normas fijadas a
ARTÍCULO DIEZ. INFORMACIÓN CONCERNIENTE AL RIESGO.                                   tal efecto por el correspondiente colegio profesional. Las normas orientativas
El tomador del seguro tiene el deber de declarar al asegurador, antes de la          de los honorarios serán consideradas como límite máximo de la obligación
formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan            del asegurador. Las discrepancias sobre la interpretación de dichas normas
influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el            serán sometidas a la comisión competente del colegio de abogados
asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate          correspondiente.
de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén
comprendidas en él.                                                                  Los derechos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva, serán
                                                                                     abonados conforme a arancel o baremo.
El asegurador puede resolver el contrato en el plazo de un mes, a contar
desde el momento en que llegue a su conocimiento la reserva o inexactitud            ARTÍCULO CATORCE. CONFLICTO DE INTERESES Y DESAVENENCIAS.
de la declaración del tomador.                                                       En caso de conflicto de intereses en las coberturas de defensa judicial o de
                                                                                     desavenencia sobre el modo de tratar una cuestión litigiosa, el asegurador
Durante la vigencia del contrato, el asegurado debe comunicar al asegurador,         informará inmediatamente al asegurado de la facultad que le compete de
tan pronto como le sea posible, todas las circunstancias modificativas del riesgo.   designar Abogado y Procurador, en cuyo caso se actuará conforme a las
                                                                                     normas, límites de cobertura y franquicias establecidas en la presenta póliza
Conocida una agravación del riesgo, el asegurador puede, en el plazo de un           para los supuestos de libre elección de abogado.
mes, proponer la modificación del contrato o proceder a su rescisión.
                                                                                     ARTÍCULO QUINCE. ARBITRAJE.
Si se produce una disminución del riesgo, el asegurado tiene derecho, a              El asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que
partir de la próxima anualidad, a la reducción del importe de la prima en            pueda surgir entre él y el asegurador sobre el contrato de seguro.
la proporción correspondiente, siendo indispensable para ello la previa              La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión
comunicación fehaciente del asegurado dirigida a la compañía, dándole a              disputada.
conocer la modificación.
                                                                                     ARTÍCULO DIECISÉIS. SUBROGACIÓN.
ARTÍCULO ONCE. DECLARACIÓN DEL SINIESTRO.                                            El asegurador queda subrogado en los derechos y acciones que
El tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al           correspondan al asegurado o a los beneficiarios de la póliza frente a los
asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete            terceros responsables, por los gastos y pagos de cualquier clase, que haya
días de haberlo conocido. En caso de incumplimiento, el asegurador podrá             efectuado, incluido el cobro de costas judiciales si se estableciese e incluso
reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.                por el costo de las coberturas atendidas e indemnizaciones satisfechas.

Este efecto no se producirá si se prueba que el asegurador ha tenido                 ARTÍCULO DIECISIETE. DURACIÓN DEL SEGURO.
conocimiento del siniestro por otro medio.                                           Salvo estipulación en contrario, el seguro tiene una duración inicial de dos
                                                                                     años y entra en vigor siempre y cuando el asegurado haya pagado el recibo
El tomador del seguro o el asegurado deberá, además, dar al asegurador toda          de la primera prima, en el día y hora indicados en las condiciones particulares
clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro.       de la póliza.
En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización
sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave.       El contrato se prorrogará de manera automática por años, salvo que
                                                                                     cualquiera de las partes se oponga a su prórroga mediante una notificación
El siniestro se entenderá producido:                                                 escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de
                                                                                     anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien
•   En litigios sobre materia contractual, en el momento en que se firmó el          se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el
    contrato.                                                                        asegurador.
•   En las infracciones penales, en el momento en que se haya realizado o            El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de
    que pretende que se haya realizado el hecho punible.                             antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del
•   En los supuestos de reclamación por responsabilidad no contractual, en           contrato de seguro.
    el momento mismo en el que el daño ha sido causado.
                                                                                     ARTÍCULO DIECIOCHO. JURISDICCIÓN.
ARTÍCULO DOCE. CLAUSULA DE VIABILIDAD.                                               Será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del
Si el asegurador estima que no existen posibilidades razonables de éxito o           contrato de seguro el del domicilio del asegurado, siendo nulo cualquier
estima improcedente la iniciación o defensa de un procedimiento judicial o           pacto en contrario.
la interposición de un recurso, lo comunicará al asegurado, quedando éste
en libertad de actuar por su exclusiva cuenta, corriendo con los gastos que          Si el asegurado residiera en el extranjero deberá designar domicilio en España.
ello suponga. Si en tal supuesto el asegurado hubiera obtenido un resultado
no amparado por una eventual condena en costas y más beneficioso que el              ARTÍCULO DIECINUEVE. PRESCRIPCIÓN.
inicialmente valorado por la aseguradora, la compañía le reembolsará los             Las acciones derivadas del contrato de seguro prescriben en el plazo de dos
gastos en los que haya incurrido dentro de los límites estipulados en esta           años, a contar desde el momento en que pudieron ejercitarse.
póliza para el supuesto de libre elección de abogado y procurador.

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ARTÍCULO VEINTE. INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN.                                              d. Control de calidad del servicio, gestión web y envío de
En caso de existir discrepancias o reclamaciones del asegurado contra el                    comunicaciones basadas en los perfiles de los usuarios.
Asegurador referentes a este seguro, el tomador y/o el asegurado podrá
dirigirse mediante escrito o por teléfono al Departamento de Atención al            - LEGITIMACIÓN
Cliente de LEGÁLITAS Seguros (Avda. Leopoldo Calvo Sotelo Bustelo, 6, Pozuelo           a. Ejecución de contrato o aplicación de medidas precontractuales
de Alarcón, 28224 de Madrid, España, tlf: 91 185 52 56). En el escrito debe                o la intención de concluir un contrato (art. 6.1.b RGPD).
indicarse:                                                                              b. Cumplimiento de las obligaciones legales aplicables (art. 6.1.c
                                                                                           RGPD).
1.   Nombre y apellidos.                                                                c. Consentimiento del interesado (art. 6.1.a RGPD).
2.   Dirección, población y nº de teléfono.                                             d. Interés legítimo (art. 6.1.f RGPD).
3.   Nº de NIF.
4.   Nº de póliza.                                                                  - DESTINATARIOS
5.   Tipo de reclamación, importe y hechos en que se fundamenta.                          Los datos de clientes podrán ser comunicados, siempre que
                                                                                          exista una obligación legal, a administraciones y organismos
El Departamento de Atención al Cliente, que funciona de forma autónoma                    públicos para el cumplimiento de obligaciones directamente
e independiente, acusará recibo de la reclamación y deberá resolver, de                   exigibles a LEGÁLITAS. Serán también destinatarios ficheros
forma motivada, en el plazo máximo de dos meses en aplicación de lo                       comunes de siniestralidad y de solvencia patrimonial.
establecido en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma                  De la misma manera, sus datos podrán ser comunicados a las
del Sistema Financiero, y en la Orden ECO/723/2004, de 11 de marzo, que regula            empresas pertenecientes al Grupo LEGÁLITAS, a su empresa
los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente            adherida al Grupo (ACM Legal Asistencia Jurídica Especializada
de las entidades financieras.                                                             SLP) y a la Fundación Legálitas, cuyos datos figuran a continuación,
                                                                                          cuando: (i) sea necesaria para la gestión administrativa interna
Las decisiones del Departamento de Atención al Cliente tendrán fuerza                     del Grupo. (ii) la petición del usuario vaya dirigida o se ajuste
vinculante para LEGÁLITAS Seguros.                                                        mejor a alguna de esas entidades. Más información sobre el
                                                                                          Grupo Legálitas en la información adicional.
En caso de no estar de acuerdo con la decisión del Departamento de                        Encargados de tratamiento necesarios para la ejecución de la
Atención al Cliente, los interesados podrán presentar su reclamación ante el              relación contractual o precontractual.
Defensor del Cliente, cuya dirección es: D.A. Defensor, S.L. C/ Velázquez, 80, 1º
Dcha. 28001 MADRID.                                                                 - TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES
                                                                                          No se realizan sobre datos personales de clientes, salvo lo
Si el interesado no estuviese de acuerdo con la decisión adoptada por las                 indicado respecto al seguro de asistencia en viaje en la
instancias anteriores o si no hubiese recibido respuesta en el plazo de dos               información adicional.
meses desde la presentación de su queja o reclamación podrá plantearlas
ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y              - DERECHOS
Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Paseo de la Castellana, 44, 28046                  Puede ejercer gratuitamente sus derechos a Acceder, Rectificar,
MADRID y su web www.dgsfp.meh.es/reclamaciones. Todo ello sin perjuicio                    Suprimir, Oposición, Limitación y Olvido en el correo electrónico
del derecho del tomador y asegurado de recurrir a la tutela de los jueces y                saclopd@legalitas.es o mediante correo postal dirigido a
tribunales competentes.                                                                    LEGÁLITAS, Av. Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo nº 6 3º 28224 Pozuelo
                                                                                           de Alarcón Madrid.
ARTÍCULO VEINTIUNO. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.                                 - PERFILADO
A los efectos de lo previsto en la normativa de protección de datos de carácter         a. Ofrecer al Usuario productos y servicios o contenidos
personal que resulta de aplicación, LEGÁLITAS, informa a los Usuarios y/o                  personalizados mediante la obtención de perfiles y labores de
Clientes que contraten productos y/o servicios de LEGÁLITAS de los siguientes              segmentación, ampliando o mejorando aquellos con los que
aspectos en materia de protección de datos personales:                                     el Cliente cuente al amparo del artículo 21.2 de la Ley 34/2011,
                                                                                           de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio
- RESPONSABLE                                                                              Electrónico (LSSI).
      LEGÁLITAS ASISTENCIA LEGAL, S.L.                                                  b. Ofrecer al usuario pago fraccionado o aplazado, en los casos
      LEGÁLITAS COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A                                      en los que así esté previsto en la promoción o producto/servicio
                                                                                           contratado, mediante la consulta a ficheros de solvencia.
- DATO CONTACTO
                                                                                    INFORMACIÓN ADICIONAL
      DPO dpo@legalitas.es
                                                                                    Consulte la Información Adicional sobre la política de privacidad.
- FINALIDAD
     a. (i) La tramitación y gestión de la solicitud de información y/o             La información adicional puede ser consultada en anexo a estas
        asesoramiento y la posterior prestación de los servicios ofrecidos          condiciones.
        por Legálitas o de los seguros contratados. (ii) Gestión del área
        privada del cliente.                                                        ARTÍCULO VEINTIDOS. SUBSANACIÓN.
     b. Cumplimiento de obligaciones legales, principalmente en las                 Si el contenido de la póliza difiere de la proposición del seguro o de las
        siguientes áreas: (i) contractual. (ii) extrajudicial y judicial. (iii)     cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar al asegurador en
        seguros y operaciones conexas. (iv) atender sus derechos.                   el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la
     c. Envío de comunicaciones comerciales.                                        divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación,se
                                                                                    estará a lo dispuesto en la póliza.


        LEGÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.U.

                                                                                                    Consultas por la web: www.legalitas.com
               sociedad unipersonal, inscrita en RM Madrid,
                 tomo 24660, sección 8, hoja M-443838.
                                                                                           Para acceder al servicio el usuario deberá proporcionar
                                                                                           los datos que le sean requeridos para su identificación.
         N.I.F. A-85180289, con número de registro DGSyFP C-0771.                                          consultas@legalitas.es
                                                                                                                                                                     CGSPFPF_202201


                                                                                                Llámenos de 9:00h. a 20:00h. De lunes a viernes.
             Avenida de Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, nº 6,
                      Pozuelo de Alarcón (Madrid).
                                                                                                             91 112 04 05

[Seite 8]
ANEXO
INFORMACIÓN ADICIONAL EN MATERIA DE PRIVACIDAD


1. RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO:                                               •   Prestación del servicio jurídico y de la cobertura de defensa
                                                                                   jurídica.
Actúan como Responsables del Tratamiento, en los términos                      •   Prestación del servicio de defensa ante sanciones de tráfico
indicados en el presente apartado y en el apartado “3. Finalidad                   que conlleva, además del asesoramiento y gestiones
del Tratamiento y base de legitimación”, las siguientes sociedades:                administrativas correspondientes, la localización en nombre
                                                                                   del cliente de sanciones de tráfico en boletines oficiales y
LEGÁLITAS COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., sociedad                         gestión de cursos de recuperación de carnet de conducir y
unipersonal, NIF A85180289, con número de registro en la                           subsidios de retirada de carnet.
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones C0771 inscrita              •   Asistencia en pólizas de seguros de asistencia en viaje que
en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 24660, folio 193, sección                 puede incluir tratamientos relativos a la anulación del viaje,
8, hoja M 443838, es responsable del tratamiento de los datos                      indemnizaciones relacionadas con el mismo (tales como
para la atención de solicitudes relacionadas con la prestación                     demoras o anulaciones de vuelos), asistencia médica en
de servicios y cumplimiento de obligaciones contractuales en                       viaje, pérdidas pecuniarias, repatriación, localización de
contratos realizados con esta entidad, así como de los tratamientos                equipajes.
relacionados con la prospección comercial y cumplimiento de
actividades precontractuales de los mismos.                                  -- Gestión del área privada de la web y en su caso la activación y
                                                                                administración del alta como Usuario en el área reservada del
LEGÁLITAS ASISTENCIA LEGAL, S.L. con NIF B82305848 inscrita en el               Sitio Web.
Registro Mercantil de Madrid, tomo 15770, folio 187, sección 8, hoja
M 232821, es responsable del tratamiento de los datos personales             -- Gestión de los sistemas de LEGÁLITAS necesarios para la
para la atención de solicitudes relacionadas con la prestación de               prestación del servicio.
servicios y cumplimiento de obligaciones contractuales en contratos
realizados con esta entidad, así como para los tratamientos                  Se informa a los interesados de que estos tratamientos, en
relacionados con la prospección comercial y cumplimiento de                  ejecución del contrato, pueden incluir categorías especiales de
actividades precontractuales de los mismos.                                  datos personales (salud, afiliación sindical, infracciones penales
                                                                             o administrativas, origen étnico o racial, opiniones políticas,
Además, ambas son CORRESPONSABLES DE TRATAMIENTO en                          convicciones religiosas o filosóficas...). La habilitación para que
lo referido a los tratamientos relacionados con la prospección               LEGÁLITAS pueda tratarlos viene establecida en el apartado 2 del
comercial y cumplimiento de actividades precontractuales y                   artículo 9. Como ejemplo, trataremos sus datos para la defensa de
contractuales de contratos con LEGÁLITAS ASISTENCIA LEGAL, SL en los         nuestros clientes con la excepción del artículo 9.2.f del RGPD y del
casos en los que el producto o servicio contenga alguna cobertura            el artículo 10 de la LOPDGDD, que lo permite cuando sea necesario
de seguros contratada a través de póliza individual o colectiva              para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o
asegurada por LEGÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, SA.                cuando los tribunales actúen en ejercicio de su función judicial.
                                                                             Asimismo, también se tendrá en cuenta lo recogido en el artículo
En adelante, esta política se referirá a ambas empresas como                 9.3 del RGPD.
LEGÁLITAS para cuanto sea común a las mismas.
                                                                             iii. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una
2. DATOS DE CONTACTO DPO:                                                         obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (art.
                                                                                  6.1c RGPD):
El domicilio social de LEGÁLITAS se encuentra en Pozuelo de Alarcón,
Avenida Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, 6, 28224 de Madrid y la               -- Dar cumplimiento con las obligaciones fiscales, contables,
dirección de correo electrónico de contacto del Delegado de                     normativa de seguros y aplicables a sector.
Protección de Datos es dpo@legalitas.es.
                                                                             -- La ejecución del contrato puede incluir datos de terceros
3. FINALIDAD DEL TRATAMIENTO Y BASE DE LEGITIMACIÓN:                            (contraparte) del expediente extrajudicial o judicial, facilitados
                                                                                por el cliente, como parte de la tutela judicial efectiva, por el
Los datos personales aportados por los Usuarios y/o Clientes                    artículo 24.2 de la Constitución.
de LEGÁLITAS serán incorporados en un Registro de Tratamientos
titularidad de LEGÁLITAS y serán tratados con las siguientes finalidades:    -- La ejecución del contrato puede incluir el tratamiento de datos
                                                                                penales o contenidos en sentencias dictadas en el orden penal.
i. En aplicación de medidas precontractuales o la intención de
   concluir un contrato (art. 6.1.b RGPD):                                   -- Atender los ejercicios de derechos de los interesados en
                                                                                relación con la privacidad ante la empresa.
-- La tramitación y gestión de la solicitud de información y/o
   asesoramiento, precontrato o contrato realizada por el Usuario            iv. Consentimiento del interesado:
   y/o Cliente a través de internet, el teléfono, el correo electrónico, o
   a través de terceros con los que Legálitas tiene contratos, que lo        -- Envío de comunicaciones no relacionadas con el producto
   ofrecen con o sin coste a su propia cartera de clientes.                     contratado o de terceros.

-- Gestión de cobro del importe de los servicios o productos                 v. Con base en el interés legítimo (art. 6.1.f del RGPD):
   contratados.
                                                                             -- Ofrecer al Usuario productos y servicios o contenidos
ii. Por ser un tratamiento necesario para la ejecución de contrato              personalizados mediante la obtención de perfiles y labores de
    en el que el interesado es parte (art. 6.1.b RGPD):                         segmentación, ampliando o mejorando aquellos con los que
                                                                                el Cliente cuente al amparo del artículo 21.2 de la Ley 34/2011,
-- Prestación del servicio o seguro contratado por cualquiera de los            de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio
   medios de acceso elegidos por el cliente (teléfono, email, correo            Electrónico (LSSI), ofreciendo al destinatario la posibilidad de
   postal o área privada), que puede incluir las siguientes, en función         oponerse a este tratamiento en el momento de recogida de sus
   de cada contrato:                                                            datos y en cada una de las comunicaciones comerciales que
                                                                                LEGÁLITAS le dirija. De igual forma, LEGÁLITAS enviará a

[Seite 9]
-- sus clientes documentación de bienvenida, notificaciones                     tomador, asegurado, beneficiario o tercero perjudicado.
   de interés, información de producto y otras comunicaciones
   relacionadas con el uso de los mismos.                                     -- Entidades Financieras con las que las Sociedades del Grupo
                                                                                 LEGÁLITAS tengan acuerdos de colaboración para posibilitar la
-- Control de calidad del servicio prestado a través de los datos                ejecución y el correcto cumplimiento del contrato.
   registrados en los expedientes y de la grabación de parte de las
   llamadas de servicio.                                                      -- Administraciones y Organismos Públicos, para el cumplimiento de
-- Ofrecer al usuario pago aplazado, en los casos en los que así                 obligaciones directamente exigibles a LEGÁLITAS y/o cuando exista
   esté previsto en la promoción o producto/servicio contratado,                 la habilitación legal correspondiente.
   mediante la consulta a ficheros de solvencia.
                                                                              -- Si su relación con LEGÁLITAS es a través de un contrato de seguro,
4. DATOS PERSONALES DE TERCEROS:                                                 de conformidad con el art. 99.7 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
                                                                                 y demás normas concordantes a ficheros comunes para la
En caso de que los datos personales aportados por persona                        liquidación de siniestros, colaboración estadístico actuarial y
distinta del usuario o titular de los datos que actúe en calidad                 elaboración de estudios de técnica aseguradora.
de representante de éste, dicho representante garantiza que
ha informado al titular de los datos que facilita esta Política de            -- La red de colaboradores del Grupo, respecto de los datos de
Privacidad y ha obtenido su autorización para facilitar sus datos                carácter identificativo del Usuario y/o Cliente de LEGÁLITAS como,
a LEGÁLITAS para las finalidades señaladas, o de quien deba                      por ejemplo, nombre, apellidos y teléfono de contacto, así como
prestarlo en su nombre en caso de que este sea menor de 16 años                  la información y/o documentación necesaria relacionada con el
o tenga medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad                       servicio contratado, para el cumplimiento de las finalidades del
jurídica.                                                                        mismo, y cuya negativa imposibilitaría su prestación.

                                                                              Por otra parte, podrán tener acceso a sus datos personales
Igualmente garantiza que los datos aportados son exactos y
                                                                              los encargados del tratamiento de LEGÁLITAS que tengan que
actualizados, siendo responsable de cualquier daño o perjuicio,
                                                                              acceder a sus datos personales para el desarrollo de sus funciones
directo o indirecto, que pudiera ocasionarse como consecuencia
                                                                              (despachos, empresas y softwares informáticos, gestorías,
del incumplimiento de tal obligación.
                                                                              recepción de llamadas…).
En cuanto a los datos de la contraparte aportados por el
                                                                              7. TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES:
cliente, igualmente este es responsable de que sean veraces y
actualizados.
                                                                              LEGÁLITAS no realiza transferencias internacionales de datos
                                                                              personales de clientes, en el marco de la ejecución del contrato,
5. PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES:
                                                                              salvo para las pólizas de seguro con cobertura de asistencia en
                                                                              viaje. En esos supuestos, las transferencias internacionales se
Los datos personales proporcionados se conservarán:
                                                                              realizan para los siguientes tratamientos: cancelación de viajes,
                                                                              abono de indemnizaciones relacionadas con el viaje tales como
-- Mientras que se mantenga la relación contractual. Expresamente
                                                                              demoras de vuelo, asistencia médica, pérdidas pecuniarias,
   se informa al interesado que en caso de que el contrato haya
                                                                              repatriación y localización de equipajes.
   finalizado pero el cliente tenga aún derecho a seguir utilizando
   el servicio por quedar alguna gestión pendiente o esté en plazo
   para declarar un siniestro ocurrido durante el plazo en que                8. DERECHOS DE LOS INTERESADOS:
   la póliza estaba en vigor, la relación contractual se mantiene,
   en su beneficio, para que pueda ejercer los derechos que le                El Usuario y/o Cliente podrá ejercitar ante LEGÁLITAS los derechos
   correspondan recogidos en el contrato o póliza, en los casos               de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento,
   previstos, hasta la finalización del plazo correspondiente.                oposición y/o portabilidad, y a oponerse a decisiones individuales
                                                                              automatizadas. Asimismo, podrán revocar su consentimiento en
-- Finalizada la relación contractual, los datos personales se                caso de que lo hayan otorgado para alguna finalidad específica,
   conservarán siempre que exista una obligación legal de                     pudiendo modificar sus preferencias en todo momento.
   conservación para la formulación, ejercicio y defensa de
   reclamaciones, si bien éstos permanecerán bloqueados hasta                 Podrá ejercitar cualquiera de los derechos, mediante el envío
   la finalización del plazo en el que pueden ejercerse, o plazo de           de un correo electrónico indicando el derecho que ejercita a
   prescripción.                                                              saclopd@legalitas.es, o bien mediante el envío de una carta
                                                                              firmada dirigida a LEGÁLITAS, Av. Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo
-- Mientras exista consentimiento del interesado para recibir                 nº 6 3º 28224 Pozuelo de Alarcón Madrid, adjuntando, siempre y
   comunicaciones con finalidad comercial o promocional, en                   cuando fuese necesario, una copia del DNI, N.I.E o pasaporte y la
   productos de LEGÁLITAS o de terceros que pudieran resultar                 documentación que, en su caso, fundamente la petición.
   de su interés, durante el plazo para el que haya prestado su
   consentimiento para ello, pudiendo retirarlo en cualquier                  Adicionalmente, en caso de no ser correctamente atendida su
   momento por el procedimiento sencillo y gratuito que se indica             solicitud o por cualquier otra causa, se informa que puede dirigir
   más adelante.                                                              cualquier tipo de reclamación ante la Agencia Española de
                                                                              Protección de Datos www.aepd.es. Para cualquier otra cuestión
6. CATEGORÍAS DE DESTINATARIOS:                                               puede usted dirigirse a saclopd@legalitas.es así como interponer
                                                                              reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos
Los datos personales de Usuarios y/o Clientes de LEGÁLITAS podrán             (www.aepd.es).
ser comunicados a:
                                                                              La política de privacidad de Legálitas se encuentra publicada en
-- Empresas pertenecientes al Grupo Legálitas para la gestión                 www.legalitas.com.
   administrativa interna: Legálitas Salud, S.A., Servigestion 2012, S.L.U.
   y Fundación Legálitas cuando: (i) sea necesaria para la gestión
   administrativa interna del Grupo,o (ii) la petición del usuario vaya
   dirigida o se ajuste mejor a otra entidad perteneciente al Grupo.

-- Administraciones públicas competentes para el cumplimiento de
   obligaciones legales, administración de justicia, abogados, peritos,
   red de médicos o gestorías, entre otros, para el cumplimiento del
   contrato y de los deberes de defensa.
                                                                                                                                                      AXRGPD_ 202111


-- Entidades reaseguradoras como tratamiento necesario para el
   cumplimiento del contrato de seguro, respecto de los datos del

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                                  INFORMACIÓN DEL MEDIADOR DE SEGUROS PREVIA
                                    A LA CELEBRACION DEL CONTRATO DE SEGURO

1. Identidad y datos de contacto del mediador:                             Fondos de Pensiones, regulado en el artículo 30 de la Ley 44/2002, de
ONEY SERVICIOS FINANCIEROS E.F.C., S.A.U., OPERADOR DE BANCA               22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero,
SEGUROS VINCULADO (en adelante ONEY), con CIF A83113324 y con              deberá ajustarse a las siguientes reglas:
domicilio en Parque Empresarial Alvento, Calle Vía de los Poblados, 1,
Edificio A, planta 2ª, 28033, Madrid. Actúa en nombre y por cuenta de      A.   Para la admisión y tramitación de reclamaciones será
la aseguradora LEGÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.,                imprescindible acreditar haberlas formulado previamente,
Sociedad Unipersonal.                                                           por escrito, dirigido al departamento o servicio de atención
                                                                                al cliente o, en su caso, al Defensor del Cliente de la entidad
2. Registro en el que está inscrito el mediador:                                contra la que se reclame. Éstos deberán acusar recibo por
Registro administrativo especial de mediadores de seguros,                      escrito de las reclamaciones que se les presenten y resolverlas o
corredores de reaseguros y de sus altos cargos de la Dirección                  denegarlas igualmente por escrito y motivadamente. Asimismo,
General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) con la clave                   el reclamante deberá acreditar que ha transcurrido el plazo de
OV0007. La inscripción podrá comprobarse en la propia Dirección                 un mes desde la fecha de presentación de la reclamación sin
General de Seguros y Fondos de Pensiones. (Pº. de la Castellana 44,             que haya sido resuelta o que ha sido denegada la admisión de
20846 Madrid, www.dgsfp.meh.es).                                                la reclamación o desestimada su petición.

3. Información sobre la actividad del mediador:                            B.   Recibida la reclamación por el servicio de reclamaciones
ONEY declara:                                                                   competente por razón de la materia se verificará la concurrencia
                                                                                de las circunstancias previstas en los apartados anteriores
• Que la información prestada se facilita con la finalidad de contratar         y, si se cumplen los requisitos necesarios, se procederá a la
  un seguro y no cualquier otro producto que pudiera comercializar              apertura de un expediente por cada reclamación, en el que se
  el establecimiento financiero de crédito.                                     incluirán todas las actuaciones relacionadas con la misma; en
                                                                                caso contrario, se requerirá al reclamante para completar la
• Que, en relación con los productos de seguros comercializados, no             información en el plazo de diez días, con apercibimiento de que
  proporciona ninguna recomendación personalizada.                              si así no lo hiciese se le tendrá por desistido de su reclamación.

• Que asume el compromiso de informar al cliente de forma clara y          C.   Formulado el correspondiente informe y, si éste fuera
  comprensible sobre el producto de seguro mediado.                             desfavorable a la entidad reclamada, ésta estará obligada
                                                                                a informar al servicio de reclamaciones competente si ha
• Que satisface el requerimiento de capacidad financiera y                      procedido a la rectificación voluntaria en un plazo no superior a
  cobertura de responsabilidad civil establecido por la Ley.                    un mes desde su notificación.

• Que no posee participación superior al 10% en el capital social o en     7. Tratamiento de los datos de carácter personal del cliente:
  los derechos de voto de ninguna entidad aseguradora.                     Los datos del Tomador/Asegurado serán tratados por ONEY para
                                                                           permitir el desarrollo y cumplimiento del Contrato de Seguro en el que
• Que Oney Bank, S.A., sociedad francesa, matriz de las entidades          está interesado. ONEY actúa respecto de sus datos como encargado
  aseguradoras maltesas Oney Life (PCC) Limited y Oney Insurance           del tratamiento, por cuenta y en cumplimiento de las instrucciones
  (PCC) Limited, posee una participación indirecta superior al 10% del     recibidas de la entidad aseguradora responsable del tratamiento.
  capital de ONEY.                                                         ONEY, en su condición de encargado del tratamiento, queda sujeto
                                                                           a la obligación de confidencialidad y al deber de secreto respecto
4. Información sobre la remuneración del mediador:                         de los datos de los asegurados, y los tratará con arreglo a las
La remuneración de ONEY consiste en una comisión incluida en la            instrucciones de la aseguradora y al objeto exclusivo de cumplir con
prima de seguro.                                                           la finalidad para la que fueron recabados, sin poder tratarlos para
                                                                           finalidad distinta, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a
5. Información sobre el contrato ofrecido:                                 ningún tercero. La base legitimadora para llevar a cabo el tratamiento
ONEY declara:                                                              de sus datos tanto por ONEY como por la entidad aseguradora
                                                                           es el consentimiento del titular a la contratación del producto
• Que no está contractualmente obligado a realizar actividades de          de seguro. El interesado podrá ejercer los derechos de acceso,
  distribución de seguros exclusivamente con una o varias entidades        rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de
  aseguradoras.                                                            los datos y oposición, mediante carta dirigida al domicilio social de
                                                                           la aseguradora indicado en su póliza o al domicilio de ONEY, sito en
• Que no facilita asesoramiento con arreglo a la obligación de llevar      Calle Vía de los Poblados, 1, Edificio A, planta 2ª, 28033, Madrid. Puede
  a cabo un análisis objetivo y personalizado que se impone a los          consultar la información adicional y detallada sobre la política de
  corredores de seguros.                                                   protección de datos de ONEY en la siguiente sección de nuestra
                                                                           página web: https://www.oney.es/docs/proteccion-datos.pdf.
La lista actualizada de las aseguradoras por las que ONEY distribuye
el producto de seguro ofertado se encuentra en la web: www.oney.es.

6. Procedimiento de quejas y reclamaciones:
En caso de queja o reclamación respecto de la actuación de ONEY,
podrá dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora en
su domicilio social, o, en su caso, al Defensor del Cliente de la misma.
Una vez celebrado el Contrato, podrá dirigir su reclamación al Servicio
de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones. El procedimiento de presentación de reclamaciones ante
los servicios de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y
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