# Europ Assistance Viajero Negocios Negocios Anual Corta Estancia: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-de-viaje-europ-assistance-negocios-anual-corta-estancia.php
- Entidad: Europ Assistance (Generali-Gruppe), spanische Gesellschaft am Text prüfen
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-de-viaje-europ-assistance-negocios-anual-corta-estancia.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones Generales Viajero Negocios](https://europ-assistance.es/hubfs/BIBLIOTECA%20DE%20RECURSOS/CONDICIONADOS%20GENERALES/Condiciones%20Generales%20Viajero%20Negocios.pdf), Edición Mayo 2026

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Modalidad (póliza anual o viaje único) | sí | El seguro Anual Corta Estancia tiene cobertura para desplazamientos profesionales con una duración máxima de 90 días | Condiciones Generales, Duración del seguro y duración del viaje, página 8 |
| Ámbito territorial (Europa, mundial, mundial sin EE. UU. y Canadá) | sí | serán válidas en todos los países del mundo exceptuando la Franquicia kilométrica establecida | Condiciones Generales, Ámbito Territorial, página 8 |
| Precio máximo asegurable por viaje o por persona | no regulado |  |  |
| Definición de familia (pareja de hecho, hijos hasta qué edad, nietos, menores en acogida) | sí | Cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el correspondiente Registro Oficial. Padres, suegros, abuelos, abuelos políticos, hijos, yernos, nueras, nietos, nietos políticos, hermanos y cuñados. | Definiciones, Familiar Directo, página 13 |
| Acompañantes (la causa de anulación de uno vale para el grupo) | no regulado |  |  |
| Edad máxima al contratar o al iniciar el viaje | no regulado |  |  |
| Duración máxima por viaje (póliza anual 42, 56 o 90 días) | sí | El seguro Anual Corta Estancia tiene cobertura para desplazamientos profesionales con una duración máxima de 90 días | Condiciones Generales, página 8 |
| Viajes dentro del país de residencia (distancia mínima o pernoctación) | sí | estará cubierto a partir de 15 km de este | Condiciones Generales, Franquicia kilométrica, página 8 |
| Plazo para contratar tras reservar el viaje (por ejemplo 14 o 30 días) | no regulado |  |  |
| Periodo de carencia antes de la salida si se contrata tarde | no regulado |  |  |
| Inicio de la cobertura (anulación desde la contratación, resto desde la salida) | sí | La cobertura comenzará en la fecha indicada en las Condiciones Particulares de su póliza | Condiciones Generales, Inicio de la cobertura, página 8 |
| Garantía frente al condicionado modelo GDV de seguro de viaje | no regulado |  |  |
| Enfermedad grave imprevista, accidente o fallecimiento | no regulado |  |  |
| Anulación también por enfermedad no grave (basta no poder viajar) | no regulado |  |  |
| Agravamiento de una enfermedad preexistente (imprevisto, aun con diagnóstico conocido) | no regulado |  |  |
| Enfermedad psíquica como causa de anulación | no regulado |  |  |
| Pandemia y epidemia (enfermedad propia, también COVID-19) | no regulado |  |  |
| Cuarentena ordenada antes de la salida | no regulado |  |  |
| Reacción adversa a una vacuna | no regulado |  |  |
| Embarazo conocido tras la reserva y complicaciones del embarazo | no regulado |  |  |
| Fallecimiento o enfermedad grave de familiares (también no viajeros) | no regulado |  |  |
| Pérdida imprevista del empleo por despido objetivo | no regulado |  |  |
| Nuevo empleo tras un periodo de desempleo | no regulado |  |  |
| Revocación de las vacaciones por la empresa | no regulado |  |  |
| Suspenso en un examen (colegio, universidad) y recuperación durante el viaje | no regulado |  |  |
| Separación, divorcio o fin de la pareja de hecho | no regulado |  |  |
| Daños graves en la propiedad (incendio, agua, robo, fenómenos naturales) | no regulado |  |  |
| Robo de la documentación de viaje antes de la salida | no regulado |  |  |
| Avería o accidente del vehículo propio de camino a la salida | no regulado |  |  |
| Aviso oficial contra viajar al destino emitido tras la reserva | no regulado |  |  |
| Reembolso de los gastos de anulación contractuales | no regulado |  |  |
| Franquicia en anulación o interrupción | no regulado |  |  |
| Gastos de cambio de reserva en lugar de anulación | no regulado |  |  |
| Coste adicional por anular tarde (deber de anular sin demora) | no regulado |  |  |
| Gastos adicionales por incorporación tardía al viaje | no regulado |  |  |
| Reembolso de servicios no utilizados por interrupción | no regulado |  |  |
| Gastos adicionales de regreso por interrupción | sí, hasta la suma asegurada | Regreso del asegurado en caso de defunción de un familiar directo | Incidencias 3.3, página 31 |
| Gastos por prolongación de estancia (alojamiento, regreso) | sí, hasta la suma asegurada | Pagaremos los gastos de estancia en hotel hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada | Asistencia médica, Prolongación de estancia, página 22 |
| Retraso del viaje (comida y alojamiento a partir de ciertas horas) | sí, hasta 120 € | El tiempo de demora sea superior a 6 horas | Incidencias 3.1, página 32 |
| Pérdida de conexión (transporte alternativo) | sí, hasta 120 € | Si usted pierde la conexión entre dos vuelos previstos, pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad | Incidencias 3.2, página 33 |
| Gastos médicos ambulatorios y hospitalarios en el extranjero | sí, hasta la suma asegurada | Gastos médicos fuera del país de Domicilio | Tabla coberturas 1.1, página 9 |
| Franquicia en la asistencia sanitaria | no regulado |  |  |
| Repatriación en cuanto sea médicamente conveniente | sí, hasta la suma asegurada | pero se encuentra médicamente estable para viajar según su médico tratante, le trasladaremos a su hospital de referencia cerca de su domicilio | Asistencia médica, Traslado sanitario, página 22 |
| Repatriación solo si es médicamente necesaria | no regulado |  |  |
| Repatriación de restos o sepelio en destino | sí, hasta la suma asegurada | trasladaremos sus restos mortales o cenizas a su país de domicilio habitual | Asistencia médica, Traslado de restos mortales, página 25 |
| Gastos de búsqueda, rescate y salvamento (también en el mar) | no | Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto. | Exclusiones generales, página 55 |
| Tratamiento dental de urgencia, empastes simples y reparación de prótesis | sí, hasta 2.000 € | necesita asistencia odontológica en caso de urgencia pagaremos los gastos de un odontólogo y/o dentista | Asistencia médica, Gastos odontológicos, página 22 |
| Tratamiento de embarazo, parto prematuro y recién nacido en el extranjero | sí, hasta la suma asegurada | excepto cuanto se trate de atención urgente y siempre anterior a la semana 26 de gestación | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Agravamiento agudo de enfermedades crónicas o preexistentes | sí, hasta la suma asegurada | En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente | Asistencia médica 1.23, página 23 |
| Exclusión de tratamientos que motivaron el viaje o eran previsibles | sí | aquellos casos en que el Viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Desplazamiento de un familiar en hospitalización prolongada | sí, hasta la suma asegurada | Si usted está hospitalizado durante más de cinco días y no tiene un familiar directo a su lado | Asistencia médica, Traslado de una persona, página 25 |
| Cuidado y regreso de los menores acompañantes | sí, hasta la suma asegurada | Usted viaja con menores de 14 años o con personas dependientes de usted y no puede ocuparse de ellos | Asistencia médica, Acompañante de menores, página 23 |
| Central de asistencia 24 horas con garantía de pago a hospitales | sí | Asistencia médica 24 Horas | Asistencia médica, trámites, página 20 |
| Suma asegurada de equipaje | sí, hasta 6.500 € | Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad. | Equipajes 4.2, página 35 |
| Franquicia de equipaje | no regulado |  |  |
| Objetos de valor (joyas, relojes, pieles) y su límite | sí, hasta la suma asegurada | Si durante su v iaje sus objetos de valor | Equipajes 4.4, página 37 |
| Electrónica (cámara, portátil, teléfono, dron) | sí, hasta 600 € | Si durante su v iaje sus objetos de valor | Equipajes 4.4, página 37 |
| Equipaje en vehículo estacionado o a bordo de una embarcación | no regulado |  |  |
| Material deportivo (esquís, tabla, bicicleta, equipo de buceo) en uso | no regulado |  |  |
| Retraso de equipaje (compras de primera necesidad) | sí, hasta 1.000 € | Cuando la demora es superior a 12 horas o transcurre una noche de por medio. | Equipajes, Demora de equipaje, página 37 |
| Indemnización a valor de reposición en lugar de valor real | no | Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad. | Equipajes 4.2, página 35 |
| Sin exclusión por negligencia grave | no | Actos de imprudencia temeraria o negligencia grave | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Reposición de documentos (pasaporte, DNI, permiso de conducir) | no regulado |  |  |
| Deportes de riesgo (buceo, escalada, kitesurf, paracaidismo) | no | la práctica de cualquier deporte o actividad recreativa peligrosos o de alto riesgo | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Travesías a vela y viajes en barco cubiertos (sin excluir embarcación propia o fletada) | no regulado |  |  |
| Anulación de un chárter náutico como servicio de viaje cubierto | no regulado |  |  |
| Incapacidad del patrón como causa de anulación para toda la tripulación | no regulado |  |  |
| Protección de la fianza del chárter | no regulado |  |  |
| Límite para navegación de altura (distancia a la costa) | no regulado |  |  |
| Guerra, disturbios y terrorismo (riesgo pasivo, plazo tras el estallido) | sí | Si usted se encontrara en uno de estos países antes de tener lugar estas situaciones | Condiciones Generales, Ámbito Territorial, página 8 |
| Exclusión por viajar a zonas con aviso oficial vigente | sí | si usted viaja a un país, región o área a los que una autoridad gubernamental de su país de domicilio habitual haya recomendado no viajar | Exclusiones generales, página 55 |
| Exclusión general de pandemias | sí | Epidemias; pandemias; enfermedades infecciosas de aparición repentina, a gran escala y propagación rápida en la población. | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Exclusión por alcohol o drogas | sí | Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Póliza anual: límites por viaje o por anualidad | sí, hasta la suma asegurada | Los límites económicos que figuran en cada una de las garantías de esta póliza son las cantidades máximas totales para todo el periodo de vigencia | Condiciones Generales, Límites garantizados, página 9 |
| Asistencia en viaje (ayuda urgente, repatriación, servicios de información) | sí, hasta la suma asegurada | Asistencia médica 24 Horas | Asistencia médica, trámites, página 20 |
| Repatriación sanitaria y de restos mortales ilimitada | sí, hasta la suma asegurada | Traslado sanitario de enfermos y heridos | Asistencia médica, Traslado sanitario, página 6 |
| Cancelación por COVID-19 (positivo propio o de familiares) | no regulado |  |  |
| Gastos médicos por COVID-19 en destino | no | Epidemias; pandemias; enfermedades infecciosas de aparición repentina, a gran escala y propagación rápida en la población. | Asistencia médica, exclusiones, página 19 |
| Cumple los requisitos del visado Schengen (mínimo 30.000 euros, sin franquicia) | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Condiciones Generales Viajero Negocios

```text
[Seite 1]
SEGURO
DE VIAJE
Viajero Negocios
Condiciones generales

[Seite 2]
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ................................                                                           ................................                                .............. 4
  Modalidades de contratación ..................................................................................................................................................... 4

  Cómo leer el condicionado de la póliza                          ..................................................................................................................................... 4

  Su póliza ......................................................................................................................................................................................... 5

  ¿Cómo obtener lo mejor de su seguro?                             ..................................................................................................................................... 5

  Modificación de los datos contenidos en la póliza                                  ................................................................................................................... 5

Cómo contactar con nosotros                                                         ................................                                .........................                         7
Condiciones Generales                                             ................................                                ................................                               .8
  Condiciones importantes respecto a su póliza                                ......................................................................................................................... 8

  Entrada en vigor y duración del seguro                           .................................................................................................................................... 8

  Inicio de la cobertura del seguro                     ............................................................................................................................................... 8

  Duración del seguro y duración del viaje                           .................................................................................................................................. 8

  Franquicia kilométrica ................................................................................................................................................................. 8

  Ámbito Territorial ......................................................................................................................................................................... 8

  Límites garantizados ................................................................................................................................................................... 9

  Enfermedades crónicas o preexistentes                             ................................................................................................................................... 9

  Precauciones ................................................................................................................................................................................ 9

  Subrogación .................................................................................................................................................................................. 9

  Prescripción .................................................................................................................................................................................. 9

  Comunicaciones ........................................................................................................................................................................... 9

  Divergencias ................................................................................................................................................................................ 10

  Sanciones internacionales ......................................................................................................................................................... 10

  Cláusula sobre viajeros estadounidenses                             ................................................................................................................................ 10

Información Previa                                    ................................                                ................................                               ....... 11
Definiciones ................................                                                     ................................                                ................ 12
Trámites en caso de siniestro                                                         ................................                                ...................... 16
  Para solicitar Asistencia / Indemnización / Pago de gastos                                        .................................................................................................. 16

Seguro de viaje                              ................................                               ................................                                ........... 18
  Asistencia médica ....................................................................................................................................................................... 18

  Indemnización por secuestro                      ................................................................................................................................................... 29

  Incidencias en viajes y vuelos                   ................................................................................................................................................... 31

  Equipajes y documentos ........................................................................................................................................................... 34

  Servicios de ayuda en viaje                   ...................................................................................................................................................... 39

  Responsabilidad Civil Privada                    .................................................................................................................................................... 41

  Seguro de accidentes ................................................................................................................................................................ 43

  Gestión del proceso sucesorio                     ................................................................................................................................................. 50

[Seite 3]
Servicio de Reclamación Aérea.                                                                       ................................                             ............. 53
  Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por retraso, cancelación u overbooking con ReclamaTravel                                                                     .................... 53

Exclusiones generales                                          ................................                             ................................                             . 55
Pago y cancelación de la póliza                                                           ................................                             ................... 56
Reclamaciones ................................                                                         ................................                             ............ 57
Legislación, jurisdicción y control                                                            ................................                             ................ 58
Tratamiento de datos personales                                                                ................................                             ................ 59
Tabla coberturas y límites                                                ................................                             ...........................                          62
  Temporal ..................................................................................................................................................................................... 62

  Anual Corta Estancia .................................................................................................................................................................. 65

  Anual Larga Estancia ................................................................................................................................................................. 68

[Seite 4]
INTRODUCCIÓN

     INTRODUCCIÓN
     El objeto de esta póliza es garantizar las coberturas de    asistencia en viaje que se detallan en la misma      a consecu encia
     de un suceso fortuito en los casos y condiciones previstas en        la póliza, siempre y cuando se produzcan:
          •     Durante el desplazamiento profesional        del asegurado .

          •     Fuera de su domicilio habitual .

          •     Dentro del ámbito territorial cubierto .

          •     Durante el período contratado .
     Garantizamos los riesgos incluidos en la modalidad contratada con los límites señalados en la misma.
     Las garantías de la póliza dejarán de tener efecto una vez que        el asegurado ha finalizado el desplazamiento profesional
     y ha regresado a su domicilio habitual (salvo que expresamente indiquemos en la            propia garantía que finaliza en otro
     momento).


     Modalidades de contratación
     Estas Condiciones Generales contienen todos los seguros y opciones que ofrecemos.
     El seguro, opciones contratadas y límites económicos figurarán en         su certificado de seguro, junto con el periodo de
     cobertura y ámbito territorial.
     Rogamos lea atentamente estas       Condiciones Generales junto con      su certificado de seguro.


                                  Seguro de Asistencia
                 Temporal
                 Anual Corta Estancia
                 Anual Larga Estancia


     Cómo leer el condicionado de la póliza
     Las coberturas, exclusiones y trámites en caso de      siniestro se mostrarán de la siguiente forma:


                                                         ¿Qué cubre su póliza?

     En la parte superior indicamos al detalle cuáles son las coberturas de cada garantía.


                                                    ¿Qué NO cubre su póliza?

     En la parte inferior indicamos lo que se excluye en cada garantía.


                                                 Trámites en caso de siniestro

     Después de las coberturas y exclusiones le indicamos cómo contactar con           nosotros en cada situación.

[Seite 5]
INTRODUCCIÓN

     Su póliza

                                                     INFORMACIÓN IMPORTANTE
         Algunas condiciones importantes que aplican a su póliza son:

              •      La duración del seguro, el ámbito territorial de cobertura, así como la modalidad contratada
                     junto con sus garantías y exclusiones; todo lo indicaremos en su            certificado de seguro .

              •      Su póliza está destinada solo a personas residentes en España.

              •      Solo están cubiertos aquellos hechos que tengan lugar dentro del periodo de vigencia del
                     seguro.


     ¿Cómo obtener lo mejor de                                         su seguro?
     Queremos que consiga lo mejor de       su seguro. Para ello le pedimos que:
          •       Lea las condiciones Generales junto con el certificado de seguro y se asegure de que cubre aquellos
                  sucesos que piense    le podrían ocurrir.

          •       Se asegure de que entiende las condiciones y exclusiones de             su póliza porque, si esas condiciones no
                  se cumplen, puede afectar a cualquier solicitud que         nos haga.


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     beneficiosos para su tranquilidad durante todo su viaje.


     Modificación de los datos contenidos en la                                                             póliza
     El tomador de la póliza tiene la obligación de comunicarnos cualquier modificación de los datos que figuran en la
     misma. Debe hacerlo por escrito tan pronto como le sea posible.          Nos reservamos el derecho a suspender las
     garantías aseguradas si no cumple esta obligación.
     Especialmente, debe informarnos de los cambios relacionados con:
          •       Su domicilio .

          •       Destino del viaje .

          •       Fechas de salida o regreso   .
     Alguno de los cambios puede requerir que         usted tenga que pagar una prima adicional antes de poder realizarlos.
     Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con          nuestro servicio de atención al cliente:


                                                              Atención al Cliente

                                                   Desde España 900 299 373
          Teléfono
                                                   Desde el Extranjero: (34) 91 514 37 99


                                                   atencion_cliente@europ - assistance.es
          Email
                                                   (exclusivo para consulta de pólizas y contratación)

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INTRODUCCIÓN


                                                ACLARACIÓN IMPORTANTE

       Este seguro no cubre todo, solo cubre las situaciones tal y como se describen en estas Condiciones
       Generales. Algunos hechos importantes que no están cubiertos son:
          •    Enfermedades crónicas y preexistentes excepto para lo indicado en la cobertura               g astos
               médicos fuera del país de      domicilio habitual y Traslado sanitario de enfermos y heridos           .

          •    Hechos indicados en los apartados Condiciones Generales y Exclusiones Generales               .

          •    Hechos indicados en el apartado “       Qué NO cubre su póliza” de cada garantía        .

          •    Las franquicias que indiquemos en cada apartado          .

          •    Primas de seguros.

          •    Cualquier otro suplemento que no sea cobrado por los proveedores de los servicios
               (compañías aéreas, ferroviarias, por ejemplo).


                         SI NO INDICAMOS QUE ALGO ESTÁ CUBIERTO, DEBE ASUMIR QUE NO LO EST Á

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Cómo contactar con nosotros

      Cómo contactar con nosotro s
      Asegúrese de que tiene el número de     su póliza cuando contacte con      nosotros :


                                                   Asistencia en Viaje 24 Horas

                                            Desde España: 900 299        279
          Teléfono
                                            Desde el Extranjero: (34) 91 514     99 70

          Indíquenos el número de    su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
          Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.


                                                  Gastos de Equipajes , Demoras


          Sitio Web                         https://eacorporate.eclaims.europ     - assistance.com


          Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear          su solicitud de indemnización
          o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de esta.


                                       Solicitud de      Indemnización o           Pago de gasto s

          Sitio Web                           https://eacorporate.eclaims.europ     - assistance.com


          Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear          su solicitud de indemnización
          o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de         esta .

                                              Apdo. Correos 36316
          Dirección postal
                                              28020 MADRID

          Si Le solicitamos documentos originales, tiene que enviarlos a este apartado de correos.


                                                    Servicio de Reclamaciones

          Email                               reclamaciones@europ - assistance.es


                                              EUROP ASSISTANCE , Servicio de Reclamaciones
          Dirección postal
                                              Paseo de la Castellana.     130 28046 MADRID


                                                 Protección de Datos Personales

          Email                               delegadoprotdatos@europ - assistance.es


                                              EUROP ASSISTANCE Att. Delegado de Protección de Datos
          Dirección postal
                                              Paseo de la Castellana, 13 0, 28046 MADRID

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Condiciones Generales

      Condiciones Generales
      Condiciones importantes respecto a                                                     su póliza
               •   La duración del seguro, el ámbito territorial de cobertura, así como la modalidad elegida y sus garantías
                   y exclusiones, serán las indicadas en      el certificado de seguro     de su póliza.

               •   Su seguro está destinado solo a personas residentes en España.

               •   Solo estarán cubiertos aquellos      siniestros que tengan lugar dentro del periodo de vigencia del seguro.

               •   Con carácter general, nos reservamos el derecho a solicitarle los originales de cualquier tipo de
                   documentación requerida si lo consideramos necesario.


      Entrada en vigor y duración del seguro
      Su póliza de seguro ent rará en vigor en la fecha que indicamos         en las Condiciones Particulares siempre que haya
      aceptado los términos y condiciones y pagado la           prima.


      Inicio de la cobertura del seguro
      La cobertura comenzará en la fecha indicada en las Condiciones Particulares de               su póliza, aunque esa fecha sea
      posterior al inicio de su v iaje .


      Duración del seguro                              y duración del viaje
      La duración del seguro     será la reflejada en las Condiciones Particulares de su póliza.


      El seguro Anual Corta Estancia tiene cobertura para desplazamientos profesionales con una duración máxima de 90 días
      consecutivos.


      En la modalidad “Anual Corta Estancia”, la        cobertura seguirá vi gente si prolonga su viaje por motivos privados o
      vacaciones durante un máximo de 15 días antes o después del                v iaje profesional.


      El seguro Anual Larga Estancia tiene cobertura para despla         zamientos profesionales con una duración máxima de          365
      días .


      El seguro Temporal tiene cobertura para desplazamientos profesionales             por días.


      Franquicia kilométrica
      Usted estará cubierto a partir de 35 Km. de      su domicilio habitual.
      Si su domicilio habitual está localizado en una isla estará cubierto a partir de 15 km           de este .


      Ámbito Territorial
      Las garantías aseguradas por est     a Póliza serán válidas en todos los países del mundo exceptuando la Franquicia
      kilométrica establecida    o si en la definición de la garantía indicásemos expresamente algo distinto.
      Este seguro presta sus coberturas en los países o destinos indicados en         su póliza, excepto en los países y territorios
      que estén detallados en cada momento en              : https://www.europ-assistance.es/informacion-legal/Informacion-
      sobre-sanciones-internacionales-y-paises-excluidos.
      . Aunque estén reflejados en el ámbito territorial contratado, no garantizamos que podamos prestar la asistencia en
      aquellos países que estén en estado de guerra, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza,
      actos terroristas, revoluc   iones, disturbios o movimientos tumultuosos populares, aun cuando no hayan sido
      declarados oficialmente. Si usted se encontrara en uno de estos países antes de tener lugar estas situaciones,                 le

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Condiciones Generales

      pagaremos aquellos gastos cubiertos y debidamente justificados mediante             el informe médico, la copia de las facturas
      y el justificante del pago. Nos reservamos el derecho a solicitar los originales si lo consideramos necesario.


                                                       INFORMACIÓN IMPORTANTE
               Solo se beneficiará de la cobertura de      su póliza si ha seguido las recomendaciones oficiales sobre viajes
               publicadas por una autoridad gubernamental de          su país de origen. Estas recomendaciones son las vigentes
               en la fecha de inicio de   su v iaje. Las recomendaciones incluyen las “contraindicaciones de viajes o de
               desplazamientos, salvo si son indispensables”.


      Límites garantizados
      Los límites económicos que figuran en cada una de las garantías de esta            póliza son las cantidades máxima    s totales para
      todo e l periodo de vigencia que figura      en las Condiciones Particulares    excepto que expresamente se indique otra cosa.
      Los límites serán los correspondientes a la modalidad        que haya contratado.


      Enfermedades crónicas o preexistentes
      No estará cubierto por enfermedades crónicas o preexistentes           excepto para lo indicado en la s cobertura s Gastos
      médicos fuera del país de    domicilio habitual y Traslado sanitario de enfermos y heridos.


      Precauciones
      Usted debe hacer lo posible para disminuir el riesgo de cualquier cobertura de          su seguro.
      Si no toma las precauciones adecuadas puede ser que deduzcamos el importe de cualquier solicitud de indemnización o
      de pago de gastos, o recha    zar el pago.


      Subrogación
      Nos subrogamos, hasta el total del coste de los servicios prestados por          nosotros , en los derechos y acciones que     Le
      correspondan contra toda persona responsable de l         os hechos y que hayan motivado nuestra        intervención. Cuando las
      garantías realizadas conforme a la presente póliza       sean cubiertas en todo o en parte por otra entidad       aseguradora, por
      la Seguridad Social o por cualquier otra institución o persona, quedar         emos subrogados en sus derechos y acciones
      frente a la citada compañía o instituci   ón. A estos efectos usted se obliga a colaborar activamente con         nosotros
      prestando cualquier ayuda     o facilitando cualquier documento que pudié         ramos considerar necesario.
      En cualquier caso, tendremos derecho a utilizar o a solicitar le que nos entregue el        título de transporte (billete de tren,
      de avión, etc.) que no haya utilizado , cuando los gastos de regreso hayan corrido a         nuestro cargo.


      Prescripción
      Las acciones a las que   usted tiene derecho que se derivan del contrato de seguro prescriben cuando pasen dos años
      desde que finaliza el seguro (cinco años para seguros de personas, como por ejemplo la garantía de seguro de
      accidentes).


      Comunicaciones
      Debe contactar directamente con       nosotros para cualquier cuestión relacionada con       su póliza. Puede consultar cómo
      hacerlo en el apartado “Cómo contactar con         nosotros”.

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Condiciones Generales

      También serán válidas las comunicaciones que          nos haga llegar un corredor o agente de seguros en nombre del
      tomador.


      Divergencias
      Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el        tomador del seguro podrá
      reclamar a la entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la
      divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la       reclamación se estará a lo dispuesto en la póliza.


      Sanciones internacionales
      No daremos cobertura, ni asumiremos ningún           siniestro, ni tampoco proporcionaremos prestaciones o servicios descritos
      en la póliza que nos pueda exponer a cualquier sanción, prohibición o restricción en virtud de las resoluciones emitidas
      por las Naciones Unidas o de sanciones comerciales o económicas, leyes o regulaciones de la Unión Europea o de los
      Estados Unidos de América.


      Para más detalles, visite, por favor, las páginas:
           •     https://www.un.org/securitycouncil/sanctions/information          ,
           •     https://sanctionsmap.eu/#/main        ,
           •     https://www.treasury.gov/resource         - center/sanctions/Pages/default.aspx


      Cláusula sobre viajeros estadounidenses
      Si usted es ciudadano o residente en los Estados Unidos y viaja a Cuba, será preciso justificar que         su viaje a Cuba se
      produjo según las leyes de los Estados Unidos, a fin de que podamos darle un servicio o realizar un pa           go.

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Información Previa

       Información Previa
       En cumplimiento de lo establecido en el artículo 96.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y
       solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y en el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, por el
       que se aprueba su Regl amento de desarrollo, se hace expresamente constar que la información recogida en esta
       cláusula ha sido comunicada al    tomador del seguro con anterioridad a la celebración del contrato.


            1.    Que el presente contrato de seguro se celebra en régimen de derecho de establecimiento con la
                  Sucursal en España de la entidad aseguradora francesa Europ Assistance, sociedad anónima francesa
                  regulada por el Código de Seguros de Francia, registrada con el          número 451 366 405 RCS París, y
                  domicilio en 89, Rue Taitbout , 75009 Paris, Francia.

            2.    Que Europ Assistance S.A., Sucursal en España se encuentra debidamente inscrita en el Registro
                  Administrativo de las Entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de
                  Pensiones bajo la clave E0243 y tiene su domicilio en Paseo de la Cas          tellana,130, 28046 Madrid.

            3.    Que, sin perjuicio de las facultades de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP),
                  el Estado miembro a quien corresponde el control de la Entidad Aseguradora es Francia y, dentro de
                  dicho Estado, la Autoridad a quien le corresponde el c       ontrol es la Autorité de Contrôle Prudentiel et de
                  Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459, 75436 Paris Cedex 09, Francia.

            4.    Que el presente contrato de seguro se rige por lo convenido en las Condiciones Generales, Particulares
                  y Especiales, si las hubiere, de conformidad con lo establecido en la Ley 50/80 de 8 de octubre, de
                  Contrato de Seguro; la Ley de Ordenación, Supervisión          y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y
                  Reaseguradoras (Ley 20/2015, de 14 de julio) y su Reglamento de desarrollo.

            5.    Que la liquidación de Europ Assistance S.A., Sucursal en España no está sujeta a la legislación española.
                  El informe sobre situación financiera y de solvencia se encuentra disponible en la página web de la
                  entidad aseguradora.

            6.    Que, en caso de queja o reclamación, Europ Assistance S.A., Sucursal en España pone a disposición de
                  los Asegurados un Servicio de Reclamaciones cuyo Reglamento se puede consultar en la página web
                                                .

            •     Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o
                  causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado “Defensa del cliente” de la web, o
                  dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamación:
                            Servicio de Reclamaciones .
                            Paseo de la Castellana, 130. 28046 Madrid.
            •     Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de dos
                  meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004
                  de 11 de marzo y la Ley 44/2002 de 22 de noviembre.

            •     Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de
                  Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es:
                            Paseo de la Castellana, 44.28046 Madrid.
            7.    Que el contrato queda sometido a la jurisdicción española, siendo juez competente el correspondiente
                  al domicilio habitual del asegurado.

            8.    Que en los casos en que la distribución del seguro se lleva a cabo directamente por la              aseguradora, sus
                  empleados perciben por dicha distribución una retribución variable.

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Definiciones

       Definiciones
       Todas las palabras y expresiones definidas a continuación tendrán el mismo significado en la Póliza.
       Las definiciones aparecen en orden alfabético.


       Accidente(s)/accidental
       Lesión corporal o daño material que ocurra durante la validez de la              póliza. Debe ser provocado por una causa
       súbita, externa y no intencionada por el       asegurado.
       También tendrá la consideración de accidente a efectos de la cobertura “Seguro de Accidentes” aquel que tenga
       como resultado el fallecimiento y/o invalidez total o parcial del         asegurado, en los términos expresados en la
       referida garantía.

       Acompañante
       Cualquier persona distinta del      asegurado inscrita dentro de la misma contratación del            v iaje. Esta persona no tiene
       por qué estar asegurada a menos que se indique que debe estarlo.

       Asegurado, Usted, Su, Le
       La persona física que figura como        asegurado en las Condiciones Particulares de la        póliza. Debe tener domicilio
       habitual en España. El asegurado asume las obligaciones que se derivan de la                póliza.


       Asegurador, Nosotros, Nuestro(s), Nos
       Europ Assistance, S.A., Sucursal en España, con domicilio en          Paseo de la Castellana,130 , 280 46 Madrid, que asume
       el riesgo contractualmente pactado. Europ Assistance está Autorizada y regulada por la Autorité de Contrôle
       Prudentiel et de Résolution (ACPR),       con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459 Paris Cedex 09, Francia, y por
       la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de               Asuntos Económicos y Transformación
       Digital , por lo que respecta a conductas de mercado.


       Avería
       Es el daño que se produce en el vehículo o medio de transporte. Este daño tiene que producirse por causas internas,
       normales, imprevistas e inevitables. Este daño debe inmovilizarlo e impedir su uso.


       Catástrofe natural
       Inundación, terremoto, tsunami, corrimiento de tierras, avalancha, huracán, tornado, fuego                  , actividad volcánica ,
       ventisca, tifón, ciclón, olas de frío, sequía y/o cualquier otro fenómeno declarado como catástrofe por las
       autoridades correspondientes . Deben haber sido causados por la naturaleza y no por el hombre.


       Cuarentena
       Aislamiento temporal de personas para impedir la propagación de una enfermedad               infecciosa .


       Deporte/Actividad peligrosos o de alto riesgo
       Deporte/ A ctividad que presenta un peligro real o aparente para la integridad física de quien lo practica, incluso un
       riesgo vital.


       Desplazamiento profesional
       Traslados y estancia realizado s fuera del domicilio habitual del asegurado, desde la salida hasta el regreso por
       motivo de trabajo para los que se ha contratado la presente póliza           .


       Domicilio en Desplazamiento
       El domicilio en el que reside el     asegurado durante su desplazamiento profesional.


       Domicilio Habitual
       El domicilio declarado por el      asegurado desde el que se realiza el     desplazamiento profesional.
       Si el desplazamiento profesional     no comienza o finaliza en el   domicilio habitual, podremos realizar los traslados
       recogidos en esta póliza al lugar de inicio del   desplazamiento , a nuestro criterio.

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Definiciones

       Duración del Viaje/Desplazamiento
       La duración máxima del     v iaje/ desplazamiento será la correspondiente a la modalidad que el      tomador haya contratado .

       Enfermedad Grave / Accidente Grave
       Consideramos como grave una enfermedad o accidente que pueda asociarse a cualquiera de los siguientes puntos:
            1.    Que requiera hospitalización al menos de 24 horas (se considera hospitalización la estancia en urgencias)
            2.    Que la patología justifique el tener que permanecer en cama/reposo o el cese de cualquier actividad, ya sea
                  profesional o privada.
            3.    Diagnóstico de un cáncer (u otra enfermedad) que precise tratamiento activo en las fechas del viaje.
            4.    las enfermedades habituales o leves diagnosticadas y que a juicio de nuestro equipo médico se contraindique
                  viajar.


       Siempre será necesario que tenga lugar después de la contratación de la póliza y que el médico tratante
       contraindique el inicio de viaje en la fecha prevista en el informe médico.
       Será necesaria la aportación de todas aquellas pruebas que permitan documentar y probar fehacientemente el
       proceso médico.


       Enfermedad Imprevista                o crónica
       Se considerará enfermedad preexistente o crónica cualquier patología cuya sintomatología se haya iniciado con
       anterioridad a la contratación de la Póliza, aun no habiéndose alcanzado un diagnóstico definitivo       .


       Enfermedad mental
       Perturbación de las funciones psíquicas y del comportamiento diagnosticado por un médico especialista. Se
       entienden las enfermedades mentales como cualquier otra enfermedad, preexistente o no, siempre y cuando
       respeten las definiciones y acotaciones del se        guro


       Enfermedad Preexistente
       Enfermedad, dolencia o lesión que previamente haya sido diagnosticada o tratada por un médico o que presente
       síntomas antes de comenzar el        desplazamiento profesional . Tiene que manifestarse en el transcurso del viaje y
       necesitar asistencia médica.


       Epidemia
       Cualquier manifestación repentina y a gran escala de una enfermedad que se propaga de forma rápida y que afecta
       simultáneamente a muchas personas en una misma o varias zonas geográficas.


       Equipaje
       La(s) maleta(s), bolsa(s) y similares, y la ropa y artículos de higiene y uso personal que el         asegurado necesita
       durante su Viaje y que se encuentran en su interior.

       Equipaje / Equipo Deportivo
       Artículos que se utilizan para la práctica de un deporte reconocido (por ejemplo, raquetas, balones, palos de golf).


       Estabilización
       Momento en el que se ha asegurado la vía aérea, controlado la hemorragia, tratado el shock e inmovilizado las
       fracturas, interrumpiendo el agravamiento del estado del paciente y manteniendo en el tiempo sus constantes vitales
       (presión arterial, pulso, resp iración y perfusión de los tejidos).


       Extranjero
       El país distinto al del domicilio habitual o de pasaporte .


       Familiar Directo
       Cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita en el correspondiente Registro Oficial. Padres, suegros, abuelos,
       abuelos políticos, hijos, yernos, nueras, nietos, nietos políticos, hermanos y cuñados.

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Definiciones


       Fuerza Mayor
       Suceso que no haya sido causado por la voluntad humana. Este suceso debe ser imprevisible o en caso de que se
       pueda prever debe ser inevitable.


       Huelga
       Cese colectivo en el trabajo por parte de los trabajadores para conseguir algo o presionar sobre determinadas
       situaciones.


       Hurto
       Sustracción de las cosas muebles ajenas, sin que haya violencia o intimidación contra las personas ni fuerza sobre
       las cosas.


       Mascota
       Los perros y los gatos de su propiedad que tengan chip identificador (o documento que acredite la propiedad del
       gato en las Comunidades Autónomas donde no es obligatorio el chip para los gatos). No consideramos Mascota
       los perros catalogados como “perros p      otencialmente peligrosos” en las diferentes comunidades autónomas.


       Medio de Transporte Público
       Transporte colectivo de pasajeros que realiza un servicio de línea regular. Se entiende por línea regular, la
       autorizada por los organismos competentes para el transporte público de viajeros, transporte marítimo                - fluvial,
       transporte público por carretera, t ransporte por ferrocarril y transporte aéreo. En el transporte aéreo en líneas
       regulares se excluyen los aerotaxis, helicópteros y las aeronaves fletadas por el Estado para el transporte de
       militares en acto de servicio.


       Pandemia
       Enfermedad epidémica que se extiende por muchos países o que ataca a casi todos los individuos de una
       localidad o región.


       Póliza
       El documento contractual que contiene las Condiciones Reguladoras del Seguro. Forman parte               de este las
       Condiciones Generales, las Particulares, las Especiales (que personalizan el riesgo) y los suplementos o apéndices
       que se puedan emitir para completarlo o modificarlo.


       Prima
       Es el precio del seguro. El recibo de la prima incluye el precio del seguro, los recargos y los impuestos de legal
       aplicación.


       Prótesis
       Todo elemento que sustituya o restituya la funcionalidad de un órgano o parte del cuerpo.


       Robo
       Sustracción de las cosas muebles ajenas, con violencia o intimidación contra las         personas o con fuerza sobre las
       cosas.


       Sabotaje
       Daño o destrucción que se hace intencionadamente en un servicio, una instalación, un proceso, etc., como forma
       de lucha o protesta contra quien los dirige.


       Secuestro
       Privar de libertad a una persona para exigir que se cumpla alguna condición para liberarla como puede ser pagar un
       rescate.

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Definiciones


       Siniestro
       Hecho súbito, accidental, imprevisto, sin intención por parte del      asegurado y cuyos d años estén asegurados por
       esta póliza. Consideraremos como un único       siniestro cuando se produzcan varios daños por una misma causa.


       Terrorismo
       Utilización real de la fuerza o la violencia por parte de cualquier persona o grupo de personas       , que resulta en
       daños materiales o inmateriales     . Esta persona o grupo de personas pueden actuar de forma aislada o
       relacionados con una organización política, religiosa, ideológica o similar.
       Un acto de terrorismo tiene que ser declarado como tal por el gobierno del lugar donde ha ocurrido.


       Tomador del Seguro
       La persona o entidad que contrata y paga la póliza al asegurador. El tomador asume las obligaciones que           le
       corresponda n y que se derivan de la     póliza . El tomador debe tener domicilio social en España.    En caso de que el
       tomador sea una persona jurídica, debe tener CIF español .


       Viaje
       El desplazamiento profesional realizado fuera del domicilio habitual del asegurado, desde la salida        hasta el
       regreso , y para el cual se ha contratado la presente    póliza .


       En la modalidad “Anual Corta Estancia”, la    cobertura seguirá vi gente si prolonga su viaje por motivos privados o
       vacaciones durante un máximo de 15 días antes o después del           v iaje profesional.

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Trámites en caso de siniestro

       Trámites en caso de siniestro
       Para solicitar Asistencia / Indemnización / Pago de
       gastos
       Nuestro compromiso:
            •    Un experimentado miembro de         nuestro equipo atenderá su solicitud y le informará de los siguientes
                 pasos a seguir;

            •    Le devolverá la llamada cuando       nos hayamos comprometido a ello         .

            •    Le mantendrá informado del proceso de            su solicitud.


       Para presentar Su solicitud:
            •    En cada garantía explicamos los pasos a seguir en caso de necesitar asistencia o de solicitar una
                 indemnización o un pago de gastos.

            •    Busque en la garantía correspondiente a lo que necesite y asegúrese de tener toda la información o
                 documentación que le vamos a pedir.

            •    Guarde copias de toda la documentación y correspondencia que              nos envíe.

            •    Puede ver los datos de contacto en el apartado “Cómo contactar con Nosotros”              .


                                                        AVISO IMPORTANTE
                      Para la presentación y tramitación de su solicitud debe tener el número de su póliza.


       Los gastos que se originen por los documentos justificativos son a         su cargo.


       Información que debe facilitarnos siempre:
       Siempre Le vamos a solicitar:
            •    Número de póliza, asegúrese de tenerlo       .

            •    Nombre y apellidos .

            •    Teléfono de contacto .

            •    Lugar donde se encuentra si necesita asistencia          .

            •    Qué asistencia necesita .


                                                 INFORMACIÓN IMPORTANTE
                   Usted debe hacer lo posible para disminuir el riesgo de cualquier cobertura de         su póliza.

                   Si no toma las precauciones adecuadas puede ser que deduzcamos el importe de cualquier
                   solicitud de indemnización o de pago de gastos, o rechacemos el pago.


       Información y condiciones de               su solicitud
       Su solicitud de asistencia, indemnización y/o pago de gastos implica su autorización para que podamos:
            •    Encargarnos y actuar en     su nombre en la defensa de cualquier solicitud amparada por          su póliza .

            •    Llevar a cabo procesos judiciales en     su nombre, pero a nuestro cargo, para recuperar cualquier cantidad
                 amparada por su seguro que le hayamos pagado .

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Trámites en caso de siniestro

            •     Obtener información sobre      su estado médico (con     su permiso) para gestionar cualquier solicitud de
                  asistencia médica o relacionada con la cancelación de        su viaje. No facilitaremos información personal a
                  terceros sin tener su aprobación por adelantado.

            •     No pagaremos importes superiores a los indicados en las Condiciones Particulares.
       Para que podamos pagarle cualquier gasto será indispensable que            nos presente copia de las facturas y el
       justificante del pago. Nos reservamos el derecho a solicitar los originales si lo consideramos necesario.


                                                       AVISO IMPORTANTE
            Los reembolsos que efectuamos se realizan cumpliendo con lo establecido en las leyes españolas,
            concretamente en lo establecido para pagos en efectivo y salida de capital del territorio nacional.
            Así, en el caso en que   usted hubiera abonado fuera de España costes de contingencias cubiertas por este
            seguro, únicamente reembolsaremos el importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en
            moneda extranjera si se aporta justificante bancario de su retirada de caja fue         ra de España o se   hubiera
            declarado conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de
            capitales.


       Divisa
       Pagaremos las indemnizaciones, costes o servicios siempre en la moneda en la que se produjo el gasto. En caso
       de divisas para las que no exista cruce cambiario en el Banco Central Europeo pagaremos en euros. El tipo de
       cambio será el disponible en cualquie     r institución bancaria de reconocido prestigio que acepte dicho cruce de
       monedas.

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Seguro de viaje

       Seguro de viaje
       Asistencia médica
                                                            ¿Qué cubre su póliza?

       En caso de enfermedad o accidente ocurridos de forma imprevista durante                        su v iaje, pagaremos hasta los límites
       indicados en sus Condiciones Particulares los gastos derivados de:
            1.1 Gastos médicos fuera del país de       domicilio habitual .
            1.2 Gastos odontológicos .
            1.3 Traslado a hospital en caso de urgencia       .
            1.4 Prolongación de estancia en hotel por        enfermedad o accidente .
            1.5 Traslado sanitario de enfermos y heridos          .
            1.6 Regreso de los acompañantes asegurados .
            1.7 Acompañante de menores o de personas dependient                  es .
            1.8 Traslado de l sustituto profesional.
            1.9 Reincorporación del asegurado a su origen.
            1.10 Traslado de una persona para acompañar al                asegurado hospitalizado .
            1.11Gastos de estancia de una persona para acompañar al                 asegurado hospitalizado .
            1.12 Traslado de restos mortales .
            1.13Acompañante de restos mortales         .
            1.14 Olvido de medi camentos.
            1.15 Estancia de acompañante “in situ”.
            1.16 Desplazamiento de acompañante “in situ”              .
            1.17 Orientación psicológica telefónica.
            1.18 Fisioterapia.
            1.19 Material ortopéd ico y prótesis.
            1.20 Orientación médica por chat.
            1.21 Orientación médica por vídeo .
            1.22 Orientación médica telefónica.
            1.23 Gastos médicos por enfermedades preexistentes.
            1.24 Traslado sanitario por enfermedades preexistentes.


                                                   INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Esta póliza es un seguro de asistencia, no es un seguro médico privado. Solo están cubiertos los gastos
          médicos de urgencia en caso de        accidente o enfermedad sobrevenida durante                  su viaje.
          Hay que tener en cuenta las condiciones y exclusiones de la póliza.


                                                           ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                   INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la                      póliza.

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Seguro de viaje

       A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
       aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
              •   Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por                  usted antes de la
                  contratación de la      póliza excepto lo indicado en las coberturas         Gastos médicos fuera del país del
                  domicilio habitual      y Traslado sanitario de enfermos y heridos       .

              •   Revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética y aquellos
                  casos en que el       v iaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica,
                  tratamientos de medicinas alternativas (homeópatas, naturistas, etc.), los gastos derivados de
                  tratamientos fisioterapéuticos y/o rehabilitadores, así como aquellos afines a estos.

              •   Su suicidio, intento de suicidio o autolesiones.

              •   Epidemias; pandemias; enfermedades infecciosas de aparición repentina, a gran escala y
                  propagación rápida en la población. También están excluidas las Cuarentenas derivadas de
                  cualquiera de las causas descritas.

              •   Enfermedades provocadas por la polución y/o contaminación atmosférica.

              •   Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes,
                  drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.

              •   El diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y
                  partos, excepto cuanto se trate de atención urgente y siempre anterior a la semana 26 de
                  gestación.

              •   El traslado sanitario de enfermos o heridos originado por afecciones o lesiones que puedan ser
                  tratadas “in situ”.

              •   Renuncia, retraso o adelanto voluntario por           su parte al traslado sanitario propuesto por       nosotros y
                  acordado por nuestro servicio médic          o.

              •   Los gastos de gafas y lentillas      , así como la adquisición, implantación      - sustitución, extracción y/o
                  reparación de prótesis (entendiendo por prótesis todo elemento que sustituya o restituya la
                  funcionalidad de un órgano o parte del cuerpo), piezas anatómicas, material de osteosíntesis y
                  mat erial ortopédico con un coste superior a 100 euros.

       1.2.                                         Esta exclusión no será de aplicación       en caso de que la sustitución o
                  implantación de dichos elementos haya sido motivada por un siniestro cubierto                  .

              •   Endodoncias, reconstrucciones estéticas de tratamientos dentales anteriores, prótesis, fundas e
                  implantes dentales.

              •   Queda particularmente excluido el reembolso de los gastos médicos quirúrgicos y farmacéuticos
                  cuyo importe sea inferior a 30 euros.

              •   Actos de imprudencia temeraria o negligencia grave; los gastos que se deriven de actos delictivos
                  y de su participación en apuestas, en desafíos, o en riñas, excepto los casos de legítima defensa
                  y/o cuando esté en riesgo         su vida.

              •   Consecuencias derivadas de conducir vehículos por vías no ordinarias o no adecuadas para la
                  circulación.

              •   Está excluida también como aficionado, la práctica de cualquier deporte o actividad recreativa
                  peligroso o de alto riesgo, como los indicados a continuación o similares              , salvo que ese   sea el
                  motivo del desplazamiento profesional             :

                       o       DEPORTES TERRESTRES: Puenting, Barranquismo, montañismo por encima de 4.000m.
                               Descenso de cañones, vía ferrata, rappel, alpinismo, acceso a glaciares, espeleología,
                               escalada, descenso en bicicleta, espeleología, half pipe

                       o       DEPORTES ACUATICOS: surf, windsurf, kitesurf, fly surf, body board, jet ski, esquí acuático,
                               kayak extremo, Descenso / rafting / hidrospeed. piragüismo en aguas bravas, busbob,

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Seguro de viaje

                               hidrobob Embarcaciones a motor sin conductor, psicobloc, saltos desde acantilados,
                               actividades submarinas con inmersión de más de 30 metros de profundidad.

                       o       DEPORTES DE INVIERNO. esquí alpino, snowboard, acceso a glaciares. También que se
                               practique fuera de pistas.

                       o       DEPORTES MOTORIZADOS: salvo en excursiones organizadas con guía/monitor.
                               Conducción de vehículos a motor en carreras o rallies, motos de trial y motocross

                       o       DEPORTES AÉREOS: Globo aerostático, Globo cautivo, Vuelo en helicóptero, Parapente, Ala
                               delta, Paracaidismo, Caída libre, Wingsuit, Sky surfing, Salto BASE, Paramotor, Paratrike,
                               Ultraligero, Vuelo sin motor, Slakline, highline, Slakline, highline, rap jum        ping

                       o       ARTES MARCIALES: Boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases) karate, kickboxing,
                               muay thai, judo, lucha libre, lucha grecorromana, jiu jitsu, wushu, san da, sambo,
                               taekwondo…

                       o       ACTIVIDADES TAURINAS: Toreo, encierro de reses bravas y cualquier participación en
                               espectáculos taurinos;

            •    Caza .
       En general se excluye cualquier deporte o actividad recreativa claramente peligroso o de alto riesgo.


                                                     Trámites en caso de siniestro

       Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
            1.    Debe comunicarnos su enfermedad o accidente tan pronto como sea posible. En caso de               fuerza mayor que
                  no le permita realizar esta comunicación, deberá hacerlo en cuanto finalice la causa que lo impida.
            2.    Debe comunicarnos el suceso en un plazo máximo de 7 días desde el momento en que lo conoció. Si no lo
                  hace así, podremos reclamar los daños y perjuicios que se produzcan por no habernos informado.


       Daremos las instrucciones necesarias para que se Le preste el servicio solicitado.


                                                  INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Si usted actúa de forma contraria a las instrucciones que le demos, los gastos que se originen por dicho
          incumplimiento serán a su cargo.


       Si no acepta nuestras decisiones y/o no quiere ser repatriado de la forma que indicamos, no podremos
       proporcionarle las coberturas incluidas en las garantías:
            •    1 – Asistencia médica .

            •    7 – Seguro de accidentes .


       Tendremos que rechazar las solicitudes relacionadas con estas garantías y coberturas.
       El resto de las coberturas se mantienen durante         su viaje.


       Documentación que debe facilitarnos:
       En todos los casos usted deberá proporcionarnos:
            •    Informe médico lo más completo posible. Debe haber sido emitido en el lugar donde necesitó la
                 asistencia.

            •    Si el informe médico está escrito a mano y/o no lo ha emitido el médico especialista en la enfermedad,
                 y nuestro equipo médico lo solicita, Usted tendrá que enviarnos:

                       o       Copia de la receta de las medicinas que el médico le ha recetado y el justificante del pago de
                               estas medicinas.

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Seguro de viaje

                        o      Copia de la factura de los gastos médicos y justificante del pago.

                        o      Cualquier otro documento que       le solicitemos para poder gestionar          su caso.


                                                         Asistencia En Viaje 24 Horas

                                                Desde España : 900 299 279
            Teléfono
                                                Desde el Extranjero: (34) 91 514 9   9 70


            Indíquenos el número de      su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
            Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.


       Contenido de las coberturas:
       1.1Gastos médicos fuera del país de Domicilio Habitual
       Debe ponerse en contacto con         nosotros tan pronto como pueda para que podamos gestionar la asistencia.
       Le ofreceremos, y siempre que sea posible, que realice        su consulta médica telemáticamente con          nuestro equipo
       médico .


       ¿Qué gastos médicos pagamos?
       Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un         accidente durante su v iaje fuera del país de      su domicilio
       habitual, organizaremos y/o pagaremos:
            •     Los gastos médicos y pruebas diagnósticas necesarios autorizados por                  nuestro equipo médico .

            •     Los gastos de hospitalización      .

            •     Los medicamentos recetados por           el médico que le ha atendido . No pagaremos los gastos de aquellos
                  medicamentos para tratamientos que se prolonguen              una vez finalizado el viaje       o que adquieran un
                  carácter crónico.

            •     Los gastos de ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local                  .

       En casos de urgencia vital pagaremos los gastos que se produzcan por:
                        •      Complicaciones del embarazo en cualquier mes de gestación            .

                        •      El tratamiento de urgencia hasta la estabilización como consecuencia de enfermedades
                               mentales .

                        •      Una complicación imprevisible de una       enfermedad crónica o preexistente, hasta conseguir             su
                               estabilización para que:

                        o      Usted pueda seguir su v iaje.

                        o      O podamos trasladarle hasta      su domicilio habitual u hospital cercano al mismo, según las
                               condiciones indicadas en la cobertura “Traslado sanitario de enfermos o heridos”.
       En caso de que esté     usted a bordo de un crucero, sólo organizaremos y/o pagaremos            su asistencia y su traslado cuando
       esté en tierra firme.

       ¿Qué importe pagamos?
       Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada          por cada asegurado y período contratado, durante la
       validez del seguro.
       Los limites económicos indicados para los diferentes ámbitos territoriales no se pueden acumular.


       ¿Y si le atienden en un centro de la Seguridad Social?
       Dentro del límite indicado, pagaremos la parte de gastos que no asuma la Seguridad Social por los conceptos indicados
       más arriba.

       ¿Qué pasa si no intervenimos directamente?
       Para que podamos pagarle los gastos,        usted deberá presentarnos:

[Seite 22]
Seguro de viaje

              •   Copia de las f acturas y el justificante de l pago .

              •   Informe médico completo emitido por el médico tratante que incluya síntomas, pruebas realizadas,
                  diagnóstico, tratamiento. Nos reservamos el derecho a solicitarle informes médicos con antecedentes si
                  lo consideramos necesario.

              •
       1.2 Gastos odontológicos
       Si usted necesita asistencia odontológica en caso de urgencia pagaremos los gastos de un odontólogo y/o dentista.
       Pagaremos hasta el     límite correspondiente a la modalidad contratada, dentro de            los límite s indicado s en “Gastos
       médicos fuera del país de domicilio habitual         ”.
       Están excluidas: endodoncias, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, prótesis, fundas e implantes.


       1.3 Traslado a hospital en caso de urgencia
       Si durante su v iaje usted se pone enfermo o tiene un         accidente que le impiden desplazarse por sí mismo hasta un
       centro médico. O rganizaremos y pagaremos los gastos de:
              •   Trasladarle ida y vuelta desde el hotel al hospital o clínica más cercanos          .

              •   La atención médica durante el traslado en caso de ser necesaria.
       Realizaremos este traslado según     nuestro criterio médico.

       ¿Qué pasa si no intervenimos directamente?
       Para que podamos pagarle los gastos,      usted deberá presentarnos:
              •   Copia de las f acturas y el justificante de l pago .

              •   Informe médico completo emitido por el médico tratante que incluya síntomas, pruebas realizadas,
                  diagnóstico, tratamiento. Nos reservamos el derecho a solicitarle informes médicos con antecedentes si
                  lo consideramos necesario.


       1.4 Prolongación de estancia en hotel por Enfermedad o Accidente
       Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un           accidente durante su v iaje y:
              •   No necesita estar hospitalizado     .

              •   No puede continuar su v iaje .

              •   Nuestro equipo mé dico recomienda que prolongue               su estancia .
       Pagaremos los gastos de estancia en hotel      hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada y durante un
       máximo de 10 días.     Pagaremos estos gastos cuando no estuvieran          previstos originalmente en Su V   iaje.
       La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
              •
       1.5 Traslado sanitario de enfermos y heridos
       1.3.       ¿Cuándo y dónde le vamos a trasladar?
              •   Si usted se pone enfermo de forma imprevista o tiene un              accidente y en el lugar donde se encuentra
                  no hay medios adecuados para tratarle,            le trasladaremos al hospital más cercano que esté equipado
                  para poder atenderle.

              •   Si usted sufre una urgencia vital por una complicación imprevisible de una enfermedad preexistente o
                  crónica, le trasladaremos al hospital más cercano que esté equipado para poder atenderle.

              •   Si usted ya tiene el alta hospitalaria,        tanto si sufre una enfermedad preexistente o una surgida durante
                  su viaje, pero no está en condiciones de continuar           su v iaje o su viaje programado ya ha finalizado,     le
                  trasladaremos a su domicilio habitual.

              •   Si usted va a estar ingresado por un tiempo prolongado, pero se encuentra médicamente estable para
                  viajar según su médico tratante, le trasladaremos a su hospital de referencia cerca de              su domicilio
                  Habitual.
       Nuestro equipo médico será siempre quien valore y autorice los traslados teniendo en cuenta             exclusivamente criterios
       médicos.

[Seite 23]
Seguro de viaje

       En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una         enfermedad crónica o preexistente , Nos
       encargaremos del traslado del     asegurado cuando esté estabilizado.

       ¿Cómo le vamos a trasladar?
              •   Una vez que nos av ise, n uestros médicos se pondrán e           n contacto con los médicos que l    e estén
                  tratando.

              •   Evaluaremos la gravedad de        su situación para poder autorizar el traslado. Solo tendremos en cuenta
                  razones médicas para el       mismo y siempre respetando las medidas sanitarias internacionales en vigor             .

              •   Realizaremos dicho traslado , siempre a criterio de nuestro equipo médico,            utilizando los siguientes
                  medios:

                       •      Ambulancia

                       •      Avión de línea regular

                       •      Tren

                       •      Avión sanitario

                       •      Helicóptero sanitario

              •   Cualquier otro medio que nuestro equipo médico considere más adecuado en cada caso.

       1.4.       El uso del avión o helicóptero sanitarios queda excluido cuando el siniestro ocurra fuera de Europa
                  o de los países ribereños del Mediterráneo.


       Nuestro equipo médico decidirá cuál es el medio más conveniente         .
              •   Si usted rechaza el traslado en el momento y en las condiciones decididas por             nuestros médicos
                  anularemos todas las garantías y gastos que se produzcan por esta decisión.

              •   Si el traslado no lo organizamos     nosotros únicamente le pagaremos los gastos de dicho traslado             hasta
                  el límite correspondiente a la modalidad contratada.


       1.6 Regreso de los acompañantes asegurados
       Pagaremos el viaje de una persona, asegurada o no, que se haya quedado con             usted o haya retrasado el regreso para
       acompañarle durante su enfermedad, accidente o fallecimiento.
       Si usted viaja con más personas que también están aseguradas y          les es imposible volver a su domicilio porque:
              •   A u sted le hemos tenido que trasladar por       enfermedad imprevista o grave o por accidente .

              •   Usted ha fallecido .
       Organizaremos y pagaremos el viaje de dichos        acompañantes asegurados hasta el lugar donde se inició el       v iaje o hasta
       el hospital donde usted se encuentre .

       ¿Cómo les vamos a trasladar?
       Realizaremos dicho traslado utilizando los siguientes medios:
              •   Avión de línea regular (clase turista)    .

              •   Tren y/o

              •   cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada caso.


       1.7 Acompañante de menores o de personas dependientes
       Usted viaja con menores de 14 años o con personas dependientes de            usted y no puede ocuparse de ellos debido a que
       usted:
              •   Ha tenido un accidente .

              •   Se ha puesto enfermo de manera imprevista            .

       ¿Cómo le ayudamos?

[Seite 24]
Seguro de viaje

       Le ofrecemos la posibilidad de que alguien acompañe a dichos menores o personas dependientes para regresar a                     su
       domicilio habitual, si no hay otra persona con       usted que pueda ocuparse de ellos.
       Usted puede elegir que:
            •     Desplacemos a la persona que          usted o su familia nos indique y que resida en el mismo país que              usted .

            •     Desplacemos a una persona de          nuestra confianza.

       ¿Cómo lo hacemos?
       Organizaremos y pagaremos el viaje de ida y vuelta del acompañante              en:
            •     Avión de línea regular (clase turista)      .

            •     Tren y/o cualquier otro medio de transporte que consideremos adecuado en cada caso.

            •
       1.8 Traslado de l sustituto profesional
       Gestionaremos el traslado de una persona que le sustituya en            su trabajo hasta el lugar donde    usted se encontraba
       desplazado . Pagaremos el traslado desde el país de su domicilio habitual o desde cualquier otro si el coste es menor.
       ¿Cuándo lo gestionamos?
            •     Si usted fallece durante el     viaje .

            •     Si usted se pone enfermo o tiene un             accidente durante el v iaje y le trasladamos a su domicilio habitual
                  o a un hospital cercano a este.
       ¿Cómo lo hacemos?
       Organizaremos y pagaremos:
            •     Billete de tren .

            •     Billete de avión de línea regular clase turista y/o         cualquier otro medio de transporte y/o de conexión
                  que consideremos adecuado.


       1.9 Reincorporación del asegurado a su destino de viaje.
       Gestionaremos el regreso a     su domicilio en desplazamiento cuando le hayamos trasladado según la garantía “Traslado
       sanitario de enfermos y heridos”    o en los casos de su regreso anticipado cubiertos por la          póliza .
       ¿Cuándo lo gestionamos?
            •     Cuando nuestro equipo médico determine que se ha recuperado y puede volver a viajar                      .

            •     Cuando falten al menos 30 días para que termine              su estanci a.

            •     Cuando tenga que realizar un examen esencial para obtener                  su título de estudios.
       ¿Cómo lo hacemos?
       Organizaremos y pagaremos:
            •     Billete de tren .

            •     Billete de avión de línea regular clase turista y/o         cualquier otro medio de transporte y/o de conexión
                  que consideremos adecuado.

            •
       1.10 Traslado de una persona para acompañar al                             asegurado hospitalizado
       Situación A
       Usted está hospitalizado durante más de cinco días y no tiene un           familiar directo a su lado . Organizaremos y pagaremos
       el viaje de una persona desde el país de      su domicilio habitual para que le acompañe.

       Situación B
       Usted está hospitalizado   en un hospital que está a más de 250 kms de su domicilio en             desplazamiento y no tiene un
       familiar directo a su lado . Organizaremos y pagaremos el viaje de una persona             que viva en el mismo domicilio en
       desplazamiento para que le acompañe. En este caso, no es necesario que esté hospitalizado más de 3 días.

       ¿Cómo le vamos a trasladar?
       En ambos casos, e l viaje de ida y vuelta de esta personase hará mediante:
            •     Avión de línea regular (clase turista)      .

[Seite 25]
Seguro de viaje

             •    Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
                  caso.


       1.11Gastos de estancia de una persona para acompañar al                                asegurado hospitalizado
       Si usted está hospitalizado durante más de cinco días y no tiene un         familiar directo a su lado, pagaremos la estancia en
       hotel de una persona desplazad a desde su domicilio habitual para que le acompañe.
       Pagaremos los gastos de estancia en hotel        hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
       La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
       Si no lo gestionamos    nosotros, e s necesario que su acompañante n       os envíe la información médica que lo justifique, la
       copia de las facturas y el justificante de   l pago para que podamos pagarle estos gastos.


       1.12 Traslado de restos mortales
       Si usted fallece por cualquier motivo durante       su v iaje, trasladaremos sus restos mortales o cenizas a   su país de
       domicilio habitual.
       ¿Dónde trasladaremos       sus restos mortales?
       Hasta el lugar de entierro o incineración dentro del término municipal de        su domicilio habitual.


       ¿Qué gastos pagamos?
       Pagaremos los gastos de:
             •    Traslado de los restos mortales      .

             •    Embalsamamiento .

             •    Ataúd mínimo obligatorio .

             •    Gestiones administrativas relacionadas con el traslado          .
       No pagaremos el resto de los gastos relacionados, tales como pompas fúnebres y entierro.

       ¿Y en caso de incineración?
       En caso de incineración en el lugar de fallecimiento pagaremos:
             •    El coste de la incineración .

             •    El traslado de la urna con las cenizas.
       Si por motivos legales o de organización se necesita la presencia de un acompañante para el traslado de la urna hasta
       su domicilio habitual, organizaremos y pagaremos el viaje de una persona desde el país de            su domicilio habitual.
       El viaje de ida y vuelta de esta persona se hará mediante:
             •    Avión de línea regular (clase turista)      .

             •    Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
                  caso.
       Si se rechaza el traslado en el momento y en las condiciones decididas por          nosotros anularemos todas las garantías y
       gastos que se produzcan por esta decisión.
       Si el traslado no se puede realizar por causas distintas a la propia organización de este, pagaremos los gastos por
       custodia durante los quince (15) primeros días.
       Si el traslado no lo organizamos    nosotros únicamente pagaremos los gastos de dicho tras         lado hasta el límite
       correspondiente a la modalidad contratada.


       1.13 Acompañante de restos mortales
       Si usted fallece durante su desplazamiento profesional        y no hay una persona que acompañe       sus restos mortales
       durante el traslado hasta el lugar de inhumación, organizaremos y pagaremos el viaje ida y vuelta de un acompañante
       en:
             •    Avión de línea regular (clase turista)      .

             •    Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
                  caso.
       Cuando el medio de transporte sea el avión, es posible que         su acompañante tenga que viajar en uno distinto al que
       traslade sus restos mortales.

[Seite 26]
Seguro de viaje

       Sus familiares deberán designar a la persona que se desplace desde el país de             su domicilio habitual para acompañar sus
       restos mortales en el viaje de regreso.
       También pagaremos al acompañante los gastos de estancia en un hotel                hasta el límite correspondiente a la
       modalidad contratada.
       La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
       Para que podamos pagar estos gastos es necesario que el acompañante                nos envíe copia de las facturas y el justificante
       del pago.


       1.14 Olvido de medicamentos
       Si d urante su v iaje en el extranjero necesita un medicamento que olvidó en           su domicilio , le pagaremos los gastos de
       envío:
             2.      Si no puede comprarlo en el lugar en que se encuentra porque necesita receta médica, gestionaremos y
                     pagaremos su visita a un médico para que se lo prescriba si lo considera necesario.
             3.      Si no puede comprar otro medicamento con el mismo principio activo en el lugar en que se encuentra,                usted
                     debe gestionar la compra en el país de     su domicilio habitual y el envío.
       Debe cumplir las normas y leyes de los países afectados (autoridades sanitarias y de aduanas)              .
       Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que            usted nos envíe la receta médica del medicamento prescrito
       antes de su viaje, la   copia de las facturas y el justificante del pago. En las facturas o justificantes de pago debe consta          r
       el detalle.


       1.15 Estancia de acompañante “in situ”
       Si usted está hospitalizado durante       su v iaje por una enfermedad imprevista o por un accidente, pagaremos a un
       acompañante asegurado los gastos de estancia en un hotel para que              le acompañe durante su hospitalización.
       Si usted es menor de edad y no está hospitalizado, pero debe quedarse en el alojamiento o prolongar                 su estancia en el
       mismo por prescripción médica pagaremos estos gastos a una persona que se quede acompañándole.
       Pagaremos a su acompañante los gastos de est           ancia en un hotel hasta el límite correspondiente a la modalidad
       contratada.
       La estancia incluye el alojamiento y la manutención.
       Pagaremos estos gastos cuando no estuvieran previstos originalmente en el               v iaje.


       1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ”
       Si usted está hospitalizado por una       enfermedad imprevista o por un accidente, pagaremos los gastos de transporte a un
       acompañante asegurado que esté viajando con            usted.
       Los gastos de transporte serán los necesarios para desplazarse diariamente desde el hotel al hospital donde                 usted se
       encuentre.
       Pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.


       Para que podamos pagar estos gastos a          su acompañante es necesario que        nos envíe copia de las facturas y/o billetes y
       el justificante del pago.


       1.17. Orientación psicológica telefónica
       Le facilitaremos orientación y asesoramiento de tipo psicológico          hasta el límite correspondiente a la modalidad
       contratada. Por periodo contratado.


       ¿En qué situaciones le ayudaremos?
       Cuando se encuentre en situaciones de tensión emocional, o malestar; tenga dudas o preocupaciones relativas a la
       salud, relaciones familiares y/o laborales.


       Nuestro servicio psicológico     le aconsejará y orientará para intentar mejorar      su estado psicológico y/o emocional, pero
       no podrá ordenar tratamientos ni efectuar diagnósticos.


       Cuando su consulta sea por una situación clínica de urgencia activaremos los servicios públicos sanitarios o              le
       dirigiremos a su médico de familia o al especialista correspondiente.


       Horario del servicio:
       De 9:00 a 19:00 todos los días (horario peninsular de España)         .

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Seguro de viaje

       1.18. Fisioterapia
       Pagaremos los gastos del tratamiento de rehabilitación o fisioterapia       hasta el límite correspondiente a la modalidad
       contratada.


       ¿Cuándo pagaremos estos gastos?
       Cuando sean ordenados por un médico o traumatólogo y sean consecuencia de un hecho cubierto por                su seguro .


       1.19. Material ortopédico y prótesis
       ¿Qué gastos cubrimos?
       La adquisición, implantación - sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas, material de
       osteosíntesis y material ortopédico (incluyendo muletas       ) hasta el límite contratado .


       ¿Qué gastos no cubrimos?
       Los gastos correspondientes a prótesis dentales, fundas e implantes dentales           .

       1.20. Orientación médica por chat
       ¿Tiene dudas de tipo médico?
       A través de Chat le resolveremos sus dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos análisis, o
       si necesita información sobre medicamentos.


       Nuestros médicos contestarán a     sus dudas y le aconsejarán, y en determinados casos y dependiendo de su patología,
       podrán prescribirle una serie de recomendaciones para los síntomas que             usted presenta.


       Horario del servicio:
       De 9:00 a 22:00 todos de lunes a domingo (horario peninsular          de España).


       1.21. Orientación médica por vídeo
       ¿Tiene dudas de tipo médico?
       A través de v ideollamada le resolveremos sus dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos
       análisis, o si necesita información sobre medicamentos.


       Nuestros médicos contestarán a     sus dudas y le aconsejarán, y en determinados casos y dependiendo de             su patología,
       podrán prescribirle una serie de recomendaciones para los síntomas que             usted presenta.


       Horario del servicio:
       De 9:00 a 22:00 todos de lunes a domingo (horario         peninsular de España).


       1.22. Orientación médica telefónica
       ¿Tiene dudas de tipo médico?
       Llámenos si tiene dudas de tipo médico como, por ejemplo, entender el resultado de unos análisis, o si necesita
       información sobre medicamentos.


       Nuestros médicos contestarán a     sus dudas y le aconsejarán, pero no podrán ordenar tratamientos ni efectuar
       diagnósticos.


       Horario del servicio:
       De 9:00 a 19:00 todos los días (horario peninsular de España).


       1.23. Gastos médicos por enfermedades preexistentes
       ¿Qué gastos médicos pagamos?
       En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una        enfermedad crónica o preexistente, hasta
       conseguir su estabilización para que:
            •     Usted pueda seguir su v iaje.

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Seguro de viaje

            •     Podamos trasladarle hasta     su domicilio habitual u hospital cercano al mismo, según las condiciones
                  indicadas en la cobertura “Traslado sanitario de enfermos o heridos”.

       ¿Qué importe pagamos?
       Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada por cada         asegurado y período contratado, durante la
       validez del seguro.


       1.24. Traslado sanitario por enfermedades preexistentes
       ¿Qué gastos médicos pagamos?
       En casos de urgencia vital por una complicación imprevisible de una      enfermedad crónica o preexistente, nos
       encargaremos del traslado del    asegurado cuando esté estabilizado medicamente. El traslado se hará según indicamos
       en la garantía traslado sanitario de enfermos o heridos.

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Seguro de viaje

       Indemnización por secuestro
                                                          ¿Qué cubre su póliza?

       Si sufre un secuestro   durante su viaje, L e reembolsaremos, h asta los límites reflejados en su p         óliza, los gastos
       derivados de:

       2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de secuestro     .
       2.2. Indemnización por secuestro.
       2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro.


                                                     ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                 INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.


                                                   Trámites en caso de siniestro

       Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
            •     Se nos debe comunicar el secuestro tan pronto como sea posible. Si             se hace así, podremos reducir la
                  prestación en la proporción que corresponda.

            •     Se d ebe hacer la denuncia del     secuestro ante la policía o autoridad del lugar donde se ha producido tan
                  pronto como sea posible y      se debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.


       Documentación que debe facilitarnos:
            •     Copia de la denuncia hecha ante la policía o autoridades correspondientes en el lugar donde se ha
                  producido el secuestro.

            •     Copia de las facturas de los gastos y el justificante del pago.

            •     Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar             su caso.


                                                                  CONSEJO
                      Es indispensable que los gastos queden justificados en la documentación que le solicitemos.


       Contenido de las coberturas:
       2.1 Gastos de terapia psicológica por secuelas de secuestro
       Si le secuestran durante su desplazamiento profesional , le pagaremos el coste del tratamiento psicológico que necesite
       hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada. El tratamiento deber prescribirlo un médico. Esta
       cobertura es válida solo durante los seis meses siguientes a la finalización del secuestro.
       Para que podamos pagarle estos gastos       usted nos tiene que enviar copia de las facturas y el justificante del pago.


       2.2 Indemnización por secuestro
       Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada              si durante su desplazamiento
       profesional:
            •     Le secuestran .

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Seguro de viaje

            •    Le transportan a otro lugar o       le retienen contra su voluntad .

            •    Le indemnizaremos por los daños físicos y secuelas psicológicas sufridos durante el tiempo que                            le
                 privaron de su libertad.
       Para que podamos indemnizarle         usted nos tiene que enviar copia de la denuncia hecha ante la policía o         autoridades
       correspondientes en el lugar donde se ha producido el        secuestro.
       Quedan excluidos los hechos que ocurran en Chechenia, Colombia, Filipinas, Irak, México, Nigeria, Siria, Sudán,
       Somalia, Venezuela o Yemen, o en aquellos países que se encuentren en situación de conflicto armad                     o o guerra
       declarada en el momento del secuestro.


       2.3 Gastos de consultoría en caso de secuestro
       Si durante su desplazamiento profesional usted sufre un secuestro con petición de rescate, pagaremos los gastos de
       consultoría hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.        Pagaremos estos gastos a quien los haya pagado
       previamente: tomador de la póliza, su familiar o usted mismo.
       ¿Qué son gastos de consultoría?
            •    Las tarifas que cobran los consultores contratados por el           tomador del seguro para dar respuesta a la
                 situación de secuestro con petición de rescate.

            •    Los gastos justificados de estos consultores         .

            •    Costes de viajes, alojamiento y honorarios de intérpretes profesionales              .
       No se considera gasto de consultoría el pago de un rescate.

       Para que podamos pagar estos gastos,        nos tienen que enviar copia de las facturas y el justificante del pago.
       Quedan excluidos secuestros en Chechenia, Colombia, Filipinas, Irak, México, Nigeria, Siria, Sudán, Somalia,
       Venezuela o Yemen, o en aquellos países que se encuentren en situación de conflicto armado o guerra declarada
       en el momento del secuestro       .

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Seguro de viaje

       Incidencias en viajes y vuelos
                                                          ¿Qué cubre su póliza?

       Para las incidencias que pueda sufrir      durante su viaje, l e prestaremos los siguientes servicios y reembolsaremos,
       hasta los límites reflejados en su p    óliza, los gastos derivados de:


            •    3.1 Reembolso de gastos por demora de viaje        .

            •    3.2 Pérdida de conexión de vuelo     .

            •    3.3 Regreso del asegurado en caso de defunción de un            familiar directo .

            •    3.4 Regreso del asegurado en caso de hospitalización de un           familiar directo .


                                                      ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                 INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la            póliza.


       A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
       aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:
            •    Overbooking .

            •    Quedan excluidas las indemnizaciones por demoras producidas en vuelos no regulares.

            •    Cualquier hecho consecuencia de que           usted no haya facturado en el punto de salida cuando
                 debería haberlo hecho.


                                                    Trámites en caso de siniestro

       Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
            1.   Debe comunicarnos el suceso tan pronto como sea posible y siempre en un plazo máximo de 7 días
                 desde el momento en que lo conoció. Si no lo hace así, podremos reclamar los daños y perjuicios que
                 se produzcan por no habernos informado.

            2.   Debe informarnos de la situación en la que se encuentre o se haya encontrado.

            3.   Debe llegar con tiempo al punto de salida y disponer de tiempo suficiente para facturar.


                                                      Asistencia en Viaje 24 Horas

                                               Desde España: 900 299     279
            Teléfono
                                               Desde el Extranjero: (34) 91 514      99 70

            Indíquenos el número de    su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
            Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.

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Seguro de viaje

                                                     Gastos de Demoras, Pérdidas


            Sitio Web                         https://eacorporate.eclaims.europ        - assistance.com


            Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear            su solicitud de indemnización
            o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de         esta .


       Documentación que debe facilitarnos:
            •     Justificante de la cancelación o demora emitido por la compañía aérea                , o para otros transportes, el
                  documento justificativo de la cancelación o demora .

            •     Justificante emitido y sellado por un tercero reconocido que indique la causa del suceso (por ejemplo:
                  informe médico emitido por el médico tratante o certificado de defunción, informe de bomberos,
                  denuncia hecha, informe de la compañía de seguros…). Consi               deramos como “tercero” cualquier
                  persona que no sea usted, ni un familiar directo, acompañante o empleado                   suyos. En el justificante
                  debe figurar el motivo de la cancelación o demora y tiene que aparecer necesariamente la fecha en
                  que se ha producido (por e jemplo: la hospitalización, la defunción, el           siniestro…).

            •     Copia de la factura y/o de los recibos del pago de         su v iaje al proveedor, así como copia del bono de
                  viaje expedido por dicho proveedor.

            •     Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar               su caso.


                                                        AVISO IMPORTANTE
                Cuando recibe nuestra indemnización usted nos está autorizando para presentar reclamaciones a la
                compañía aérea en     su nombre.
                Estas reclamaciones se presentan para recuperar el dinero que             le hemos pagado.
                También nos autoriza a presentar demandas judiciales en            su nombre si es necesario.
                Usted nos autoriza tanto a    nosotros como a las compañías en las que deleguemos esta función.


       Contenido de las coberturas:
       3.1 Reembolso de gastos por demora de viaje
       Si el medio de transporte,    tanto en el viaje de ida como en el de vuelta,         se retrasa en la hora prevista de salida,    o
       se cancela, pagaremos por trayecto hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
       ¿Qué gastos pagaremos?
       Los gastos reales por la compra necesaria de ropa, comida y artículos de higiene imprescindibles. Tiene que realizar las
       compras en el lugar donde se ha producido el retraso.
       Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que:
            •     El tiempo de demora sea superior       a 6 horas.

            •     La demora sea por causas ajenas a        usted .

            •     Las causas sean imputables a la compañía transportista           .
       y n os envíe:
                        o    Copia de las facturas y el justificante de     l pago. En las facturas o justificantes debe constar el
                             detalle , y

                        o    Copia d el justificante de la demora emitido por la compañía transportista              .
       Pagaremos los gastos sólo cuando la demora se produzca en vuelos regulares.
       Solo pagaremos los gastos que no haya asumido la compañía transportista.

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Seguro de viaje

       3.2 Pérdida de conexión de vuelo.
       Si usted pierde la conexión entre dos vuelos previstos, pagaremos             hasta el límite correspondiente a la modalidad
       contratada.
       ¿Qué gastos pagaremos?
       Los gastos reales por la compra necesaria de ropa, comida y artículos de higiene y los gastos de transporte que pueda
       tener que pagar.
       Tiene que realizar las compras/ gastos en el lugar donde se ha producido la pérdida de conexión.
       Para que podamos pagarle estos gastos es necesario que:
             •     El tiempo de espera sea superior          a 6 horas.

             •     La pérdida de conexión sea por causas ajenas a             usted .

             •     Las causas sean imputables a la compañía transportista               .
       y n os envíe:
                           o   Copia de las facturas y el justificante de pago. En las facturas o justificantes debe constar el
                               detalle , y

                           o   Copia d el justificante emitido por la compañía transportista          .
       Pagaremos los gastos sólo cuando la pérdida de conexión se produzca en vuelos regulares.
       Solo pagaremos los gastos que no haya asumido la compañía transportista.

       3.3 Regreso del asegurado en caso de defunción de un                                  familiar directo
       Si durante su desplazamiento profesional          un familiar directo suyo fallece en el país de    su domicilio habitual,
       organizaremos y pagaremos el viaje para que            usted pueda regresar antes a      su domicilio habitual .


       ¿Cómo le vamos a trasladar?
       El viaje se realizará en:
             •     Avión de línea regular (clase turista)        .

             •     Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado en cada
                   caso.


       ¿Cuándo le ayudamos?
       Solo pagaremos su traslado si:
                           o   Su viaje de regreso programado no es al día siguiente al de esta solicitud              .

                           o   El viaje se realiza en los 7 días siguientes al fallecimiento.
       Organizaremos el viaje según          nuestro criterio y teniendo en cuenta la disponibilidad de transportes.

       3.4 Regreso del asegurado en caso de hospitalización de un                                    familiar directo
       Si durante su desplazamiento profesional          un familiar directo suyo es hospitalizado de manera imprevista y no
       programada en el país de       su domicilio habitual, organizaremos y pagaremos un viaje hasta el lugar de hospitalización
       en:
             •     Avión de línea regular (clase turista).
             •     Tren y/o cualquier otro medio de transporte y/o de conexión que consideremos adecuado.
       La hospitalización tiene que haberse producido después de que              usted haya iniciado el v iaje. El motivo de la
       hospitalización debe ser por     accidente o enfermedad grave y debe tener una duración prevista superior a los 5 días         .

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Seguro de viaje

       Equipajes y documentos
                                                         ¿Qué cubre su póliza?
       Le pagaremos h asta los límites reflejados en s   u póliza por las incidencias   que usted pueda sufrir durante s u viaje en
       relación a su equipaje y /o documentación .
            •    4.1 Búsqueda y localización de equipaje.

            •    4.2 Pérdida, daños y robo de e quipaje facturado .

            •    4.3 Robo de e quipaje no facturado .

            •    4.4 Robo de objetos de valor .

            •    4.5 Demora de equipaje .

            •    4.6 Información de trámites para cancelar        tarjetas .

            •    4.7 Envío de objetos personales .


                                                     ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la            póliza.


       A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las garantías
       aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:


            •    El hurto o simple extravío de los objetos, el dinero, las joyas, los documentos que se encuentren en
                 vehículos o tiendas de campaña.

            •    El robo de equipajes u objetos personales            que se encuentren en tiendas de campaña        .

            •    Cualquier hecho consecuencia de que           usted no haya facturado en el punto de salida cuando
                 debería haberlo hecho.

            •    No indemnizaremos de forma independiente las partes que componen un objeto o los accesorios
                 de este.


                                                   Trámites en caso de siniestro

       Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
            1.   Debe cumplimentar el parte de incidencia de equipaje (PIR) con la compañía aérea en el aeropuerto de
                 llegada , o para otros transportes, el documento justificativo de pérdida o daños         .

            2.   Debe denunciar el hecho a la autoridad competente si la incidencia se produce en otro medio de
                 transporte, hotel o alojamiento y debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.

            3.   Debe hacer la denuncia del      robo o de la pérdida ante la policía o autoridad del lugar donde se ha
                 producido tan pronto como sea posible y debe obtener un justificante de la denuncia por escrito.

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Seguro de viaje


                                                    Equipajes, Demoras, Pérdidas


            Sitio Web                         https://ea corporate .eclaims.europ - assistance.com


            Acceda a la página web y regístrese. Una vez que lo haya hecho, podrá crear Su solicitud de indemnización
            o pago de gastos y hacer el seguimiento del estado de        la misma.


                               Búsqueda de Equipaje, Cancelación Tarjetas, Envío Objetos

                                             Desde España: 900 299        279
            Teléfono
                                             Desde el Extranjero: (34) 91 514        99 70

            Indíquenos el número de Su Póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
            Infórmenos de las circunstancias en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.


       Documentación que debe facilitarnos:
            •    En caso de robo, denuncia del robo que incluya listado de los artículos robados y su valoración.

            •    Reclamación a la empresa transportista que incluya listado de los artículos dañados, perdidos o robados
                 y su valoración.

            •    La tarjeta de facturación del    equipaje (si se trata de equipaje facturado)         .

            •    Copia de las facturas de compras y justificante del pago de las mismas.

            •    Cualquier otro documento que           le solicitemos para poder gestionar       su caso.


                                                          AVISO IMPORTANTE
            Cuando recibe     nuestra indemnización         usted nos está autorizando para presentar reclamaciones a la
            compañía transportista en su nombre.
            Estas reclamaciones se presentan para recuperar el dinero que                le hemos pagado.
            También nos autoriza a presentar demandas judiciales en             su nombre si es necesario.
            Usted nos autoriza tanto a    nosotros como a las compañías en las que deleguemos esta función.


       Contenido de las coberturas:
       4.1 Búsqueda y localización de               equipaje
       Si durante su v iaje, la compañía aérea pierde     su equipaje o demora su entrega:
            •    Le ayudaremos en la gestión de búsqueda y localización              .

            •    Le informaremos sobre cómo debe presentar la reclamación a la compañía aérea.


       4.2 Pérdida, daños y robo de equipaje facturado
       Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
       Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad.
       Aplicamos esta reducción como consecuencia del uso y desgaste.


       ¿En qué casos le indemnizaremos?
            •    Cuando la compañía transportista pierde definitivamente                 su equipaje facturado o le produce daños
                 graves.

            •    Cuando le roban su equipaje o parte de este mientras está facturado.

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Seguro de viaje

       Para que podamos indemnizarle nos tiene que enviar:
            •    La relación detallada y valorada de los objetos perdidos, dañados o robados. Tiene que indicarnos
                 también la fecha de compra de estos.

            •    La etiqueta de facturación del      equipaje .

            •    El justificante de la pérdida o daños emitido por la compañía aérea (P.I.R.)         , o para otros transportes, un
                 documento justificativo de pérdida o daños.

            •    El documento que indica la decisión de la compañía         transportista sobre su caso (si le han indemnizado o
                 no y cuanto le han indemnizado) .

            •    En caso de robo, la denuncia hecha ante la policía o autoridades correspondientes en el lugar donde se
                 ha producido.
       Solo indemnizaremos las cantidades que no hayan sido pagadas por la compañía            transportista .
       Le indemnizaremos hasta un máximo del 25% del importe total cubierto por esta garantía, si no nos presenta el
       documento que indica la decisión de la compañía transportista, transcurridos 30 días.


       No indemnizaremos por:
            •    El hurto o simple extravío del equipaje.

            •    El Equipaje no facturado.

            •    Las partes integrantes o los accesorios de un objeto (por ejemplo, la tapa del objetivo de una cámara
                 de fotos).

            •    Los equipos electrónicos y digitales.

            •    Dinero, joyas.

            •    Documentos.


       4.3 Robo de equipaje no facturado
       Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.
       Por cada objeto descontaremos un 10% del precio de compra por cada año de antigüedad.
       Aplicamos esta reducción como consecuencia del uso y desgaste.


       ¿En qué casos le indemnizaremos?
       Cuando durante su v iaje:
            •    Le roban su equipaje .
       Para que podamos indemnizarle       nos tiene que enviar:
            •    La relación detallada y valorada de los objetos robados. Tiene que indicarnos también la fecha de
                 compra de estos .

            •    La denuncia hecha ante la policía o las autoridades correspondientes en el lugar del suceso           .

            •    La reclamación ante el establecimiento público donde se hubiera producido el suceso             .

            •    El documento que indica la decisión de la compañía de seguros del establecimiento público sobre              su
                 caso (si le han indemnizado o no y cuánto         le han indemnizado) .
       Solo indemnizaremos las cantidades que no hayan sido pagadas por un tercero (por ejemplo, la compañía de seguros
       de un hotel o de una empresa de autobuses).
       No indemnizaremos por:
            •    El hurto del equipaje .

            •    El robo del equipaje que esté en un vehículo o en una tienda de campaña             .

            •    Dinero, joyas .

            •    Documentos .

            •     Las partes integrantes o los accesorios de un objeto, de forma independiente (por ejemplo, la tapa de
                 un objetivo de una cámara de fotos).

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Seguro de viaje

       4.4 Robo de objetos de valor
       Le indemnizaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada                .


       ¿En qué casos le indemnizaremos?
       Si durante su v iaje sus objetos de valor :
            •     Son robado s

            •     Son dañados porque intentan robárselos.


       ¿Qué son objetos de valor?
       Teléfono móvil, ordenador portátil o tableta, maletín del asegurado, gafas graduadas, lentillas graduadas             .
       Para que podamos indemnizarle       usted nos tiene que enviar la denuncia hecha ante la policía o autoridades
       correspondientes en el lugar donde haya ocurrido el          robo o el intento de robo. Esta denuncia tiene que incluir el listado
       y el valor aproximado de los objetos robados o dañados.


       No indemnizaremos por:
            •     El hurto o simple extravío.

            •     El robo de los objetos que estén en un vehículo o tienda de campaña.

            •     Las partes integrantes o los accesorios de un objeto, de forma independiente (por ejemplo, el cargador
                  del móvil).

            •     Cualquier perjuicio que se pueda producir por el robo o intento de robo, ni porque terceras personas
                  hagan un uso indebido de los objetos robados.


       4.5 Demora de equipaje
       Si la compañía transportista se retrasa en entregarle        su equipaje facturado, pagaremos        hasta el límite correspondiente
       a la modalidad contratada.


       ¿En qué casos pagaremos?
       Cuando la demora es superior a 12 horas o transcurre una noche de por medio.

       ¿Qué gastos pagaremos?
       Los gastos por la compra necesaria de ropa y artículos de higiene imprescindibles.
       Para que podamos pagar estos gastos       usted nos tiene que enviar:
            •     Copia de las facturas de los gastos y el justificante de        l pago. En las facturas o justificantes de pago debe
                  constar el detalle de los objetos.

            •     La etiqueta de facturación del       equipaje .

            •     El justificante del retraso emitido por la compañía transportista (P.I.R.)          .

            •     El justificante de la compañía transportista que indique que            le han entregado su equipaje. Este
                  documento debe indicar la fecha y la hora en que se lo han entregado.
       Si la compañía transportista declara     su equipaje como perdido definitivamente, restaremos el importe pagado del
       que le indemnicemos por “Pérdida, daños y           robo de equipaje”.
       No pagaremos estos gastos cuando el retraso o las compras son en la provincia donde tiene                     su domicilio habitual.

       4.6 Información de trámites para cancelar tarjetas
       Le informaremos de las gestiones que tiene que hacer para cancelar una tarjeta bancaria o no bancaria si usted la
       pierde o se la roban.

       La tarjeta tiene que haber sido emitida por terceros en España.


       4.7 Envío de objetos personales
       Organizaremos y pagaremos el envío de objetos personales necesarios para               su v iaje cuando:
            •     Los haya olvidado en     su domicilio habitual .

            •     Los haya olvidado en el lugar de       su v iaje .

            •     Se hayan recuperado después de un            robo y usted ya haya regresado a           su domicilio habitual.

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Seguro de viaje

       Los objetos personales necesarios para el viaje son: lentillas, prótesis, gafas, tarjetas de crédito, carnet de conducir,
       D.N.I. y pasaporte.
       Los enviaremos al lugar donde      usted se encuentre (destino de      su v iaje o domicilio habitual según el caso).
       Pagaremos el envío de un paquete de hasta 10 kg.

[Seite 39]
Seguro de viaje

       Servicios de ayuda en viaje
                                                        ¿Qué cubre su póliza?

       Le prestaremos los siguientes servicios en caso de necesitarlos durante            su viaje:
            •     5.1 Servicio de Información .

            •     5.2 Bloqueo del teléfono móvil.

            •     5.3 Adelanto del importe de la fianza penal exigida en el         extranjero .

            •     5.4 Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en el extranjero.

            •     5.5 Gastos de comunicación .


                                                      ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la            póliza.


                                                    Trámites en caso de siniestro

       Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
       Debe seguir las indicaciones que Le hagamos y facilitarnos la información que Le solicitemos.
            •


                                                        Ayuda en Viaje 24 horas

                                             Desde España: 900 299       279
            Teléfono
                                             Desde el Extranjero: (34)    91 514 99 70


            Indíquenos el número de    su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
            Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.


       Documentación que debe facilitarnos:
                  Copia de las facturas de los gastos y el justificante del pago.

            •     Cualquier documento que le solicitemos para poder gestionar            su caso.

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Seguro de viaje

       Contenido de las coberturas:
       5.1 Servicio de Información
       Le ofrecemos un servicio de información durante las 24 horas todos los días del año.

       ¿Qué tipo de información le podemos facilitar?
            •     Información turística .

            •     Información sobre formalidades administrativas             .

            •     Información médica sobre vacunas y requisitos médicos para viajar                 .

            •     Información de condiciones de viaje y de vida local            .

            •     Información de medios de transporte, alojamientos, restaurantes, centros comerciales, centros de ocio
                  y otros similares .

            •     Información relacionada con el vehículo como talleres, gasolineras, compañías aseguradoras                       .


       5.2 Bloqueo del teléfono móvil
       Si usted sufre un robo o pierde su teléfono móvil,         nos pondremos en contacto con         su operador para solicitar el bloqueo
       de este.


       Necesitaremos su autorización y la documentación que estime necesaria el operador telefónico.
       No nos hacemos responsables de ningún gasto, incluyendo el derivado del uso indebido de su teléfono móvil.

       5.3 Adelanto del importe de la fianza penal exigida en el                                 extranjero
       Si durante su v iaje por el extranjero necesita pagar una fianza penal,         le adelantaremos hasta el límite correspondiente
       a la modalidad contratada.


       El motivo para esta fianza tiene que ser porque          usted haya sido encarcelado o procesado por un accidente de
       circulación en el extranjero .


       En todos los casos le solicitaremos algún tipo de aval o garantía de cobro para adelantarle el dinero                   .

       5.4 Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en el                              extranjero
       Si durante su v iaje por el extranjero tiene un accidente de circulación y necesita asistencia jurídica,           le adelantaremos
       hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.


       ¿Para qué es el adelanto?
       Para que usted pueda pagar los honorarios de abogado y procurador que necesite.


       En todos los casos Le solicitaremos algún tipo de aval o garantía de cobro para adelantarle el dinero.


       5.5 Gastos de comunicación
       Le pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada                 por los gastos que usted tenga para ponerse
       en contacto con nosotros cuando necesite asistencia. Estos gastos son los relativos a llamadas telefónicas, faxes o
       trámites similares.


       Para que poda mos pagarle estos gastos usted n           os tiene que enviar   copia de las facturas y el justificante de   l pago. En las
       facturas o justifi cantes debe constar el detalle    .

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Seguro de viaje

       Responsabilidad                            Civil Privada
                                                           ¿Qué cubre su póliza?

       PRESTACIÓN ASEGURADA POR EUROP ASSISTANCE IRISH BRANCH, con sede principal en                         Central Quay, Ground Floor,
       Block B, Riverside IV, Sir John Rogerson      ’s Quay, Dublin 2, D02 RR77, Irlanda, inscrita en el Registro Mercantil de
       Irlanda con el número 907089       .


       Si durante su desplazamiento profesional       usted es responsable de causar daños a un tercero, pagaremos la
       indemnización hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.


       ¿Qué indemnizaciones pagaremos?
       Pagaremos las indemnizaciones económicas según l           o establecido en la ley española (artículos 1902 a 1910 del Código
       Civil) o leyes extranjeras equivalentes.
       Se incluyen las indemnizaciones, el pago de costas y        gastos y las fianzas judiciales   .
       Estas indemnizaciones son las que      usted tenga que pagar como responsable de daños corporales o materiales causados
       de forma involuntaria a personas, animales o cosas.
       No pagaremos cuando los daños se           le causen a usted, al tomador o al resto de        asegurados de esta   póliza.


       Tampoco a las siguientes personas cuya relaci          ón con cualquiera de ellos sea:
            •     Cónyuge o pareja de hecho .

            •     Ascendientes o descendientes        .

            •     Cualquier familiar que conviva en el mismo hogar           .

            •     Socios o asalariados.

            •     Cualquier persona que tenga algún tipo de dependencia de ellos.


                                                          ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                   INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la póliza.


       Queda excluido:

            •     Cualquier responsabilidad que le corresponda a              usted por conducir vehículos a motor, aeronaves o
                  embarcaciones, o por el uso de armas de fuego.

            •     La Responsabilidad Civil por actividades profesionales, sindicales, políticas o asociativas.

            •     Cualquier responsabilidad por la práctica de actividades deportivas peligrosas o de alto riesgo.

            •     Multas o sanciones que le imponga un             tribunal o autoridad.

            •     Los daños a objetos que le hayan confiado a             usted .


                                                     Trámites en caso de siniestro
            Qué debe hacer antes de Su solicitud de asistencia y durante la misma:
            1.    Debe informarnos por escrito de cualquier incidente que pudiera dar lugar a una reclamación tan pronto
                  como le sea posible.

            2.    Debe enviarnos cualquier documento tan pronto como lo reciba.

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Seguro de viaje

                                                     Ayuda en Viaje 24 horas

                                         Desde España: 900 299       279
          Teléfono
                                         Desde el Extranjero: (34)    91 514 99 70


          Indíquenos el número de    su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
          Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.


       Documentación que debe facilitarnos:
                                                       Le solicitaremos el original si lo consideramos necesario.

          •    Justificante que pruebe el suceso (por ejemplo, reclamación de un tercero, denuncia policial, parte del
               accidente o lesiones) .

          •    Cualquier documento que Le solicitemos para poder gestionar           su caso.

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Seguro de viaje


       Seguro de accidentes
                                                           ¿Qué cubre su póliza?

       Seguro de accidentes (fallecimiento e invalidez      ).


       FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE
       Hasta el límite económico correspondiente a la modalidad contratada               .
       El asegurador garantiza el pago de la suma asegurada establecida cuando, como consecuencia de un accidente, se
       produzca el fallecimiento instantáneo del     asegurado o éste sobrevenga, por la evolución de las lesiones sufridas, dentro
       del plazo de un año desde la fecha del siniestro.
       Para los menores de 14 años o incapacitados legalmente, la prestación por fallecimiento se refiere exclusivamente
       a los gastos de sepelio efectivamente justificados, que en ningún caso podrán exceder de la suma asegurada para
       esta cobertura o como máximo l       a cantidad de 3.000 €.
       El importe de las prestaciones satisfechas por invalidez permanente, a con            secuencia del mismo accidente, se
       deduce de las prestaciones a satisfacer por fallecimiento debido al mismo accidente.


       INVALIDEZ PERMANENTE
       Hasta el límite económico correspondiente a la modalidad contratada               .
       El asegurador garantiza el pago de la suma asegurada establecida cuando se produzca la            invalidez permanente absoluta
       del asegurado, que le inhabilite por completo para toda profesión u oficio.
       A estos efectos, el riesgo de Invalidez permanente absoluta solo se entenderá acaecido, previo reconocimiento de               esta
       mediante Resolución del Órgano Administrativo competente de la Seguridad Social o Resolución Judicial firme.


       Limitación a la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta        .
       En caso de accidente cubierto por la póliza y que afecte a la garantía de Invalidez permanente parcial y/o absoluta, se
       reducirá la indemnización en el mismo porcentaje de invalidez que padeciera el Asegurado con anterioridad a la fecha
       de accidente.


        Quedan totalmente excluidos los accidentes producidos como consecuencia directa de dichas invalideces preexistentes.
        Baremo para la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta
              •     Parálisis completa                                                                                                  100%

              •     Enajenación mental incurable                                                                                        100%

              •     Ceguera absoluta                                                                                                    100%

              •     Pérdida total de un ojo o de la visión del mismo                                                                     30%

              •     Pérdida total de un ojo o de la visión del mismo cuando el otro ya estaba
                                                                                                                                         70%
                    perdido
        Baremo para la cobertura de invalidez permanente parcial y/o absoluta (Cont.)
              •     Sordera completa                                                                                                     60%

              •     Sordera completa de un oído                                                                                          15%

              •     Sordera completa de un oído cuando el otro ya estaba perdido                                                         30%

              •     Ablación completa de la mandíbula inferior o pérdida total del maxilar
                                                                                                                                         25%
                    inferior
        Pérdida total o inutilización absoluta de:
                         o     Ambos brazos, manos, piernas o pies                                                                      100%

                         o     Un brazo y una pierna o un pie                                                                           100%

                         o     Una mano y un pie                                                                                        100%

                         o     Un brazo o la mano                                                               60% (dcho.) y 50% (izdo.)

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Seguro de viaje

                           o    Un dedo pulgar                                                                      20% (dcho.) y 16% (izdo.)

                           o    El dedo índice                                                                      16% (dcho.) y 13% (izdo.)

                           o    Uno de los demás dedos de la mano                                                     8% (dcho.) y 7% (izdo.)

                           o    El movimiento del hombro                                                            25% (dcho.) y 20% (izdo.)

                           o    El movimiento del codo                                                              20% (dcho.) y 15% (izdo.)

                           o    El movimiento de la muñeca                                                          20% (dcho.) y 15% (izdo.)

                           o    La pierna por encima de la rodilla                                                                         50%

                           o    La pierna a la altura o por debajo de la rodilla, o del pie completo                                       40%

                           o    El dedo gordo del pie                                                                                      10%

                           o    Uno de los demás dedos del pie                                                                              5%

                           o    El movimiento de la cadera o de la rodilla                                                                 20%

                           o    El movimiento del tobillo                                                                                  20%

                           o    El movimiento de la articulación subastragalina                                                            10%

                           o    El movimiento de la columna cervical, dorsal o lumbar, con o sin                                           33%

                                manifestaciones neurológicas

                •     Acortamiento, no inferior a cinco centímetros, de la pierna                                                          15%

                •     Fractura no consolidada de la pierna o del pie                                                                       25%

                •     Fractura no consolidada de la rótula                                                                                 20%


       Los porcentajes de invalidez considerados para        derecho e izquierdo se han tenido en cuenta para una persona diestra.
       Por lo tanto, si el asegurado es zurdo, lo que deberá probar convenientemente, se intercambiarán los citados
       porcentajes.
       Las limitaciones y pérdidas anatómicas de carácter parcial se indemnizarán proporcionalmente respecto a la pérdida
       absoluta del miembro y órgano afectado. La impotencia funcional absoluta de un miembro u órgano será considerada
       como pérdida total del mismo .
       En los casos d e invalidez no previstos en el baremo, el importe de la prestación se determina por analogía,
       proporcionalmente a su gravedad, según dictamen médico emitido por               especialista en evaluación de daño corporal.
       El grado de invalidez a tomar en cuenta, cuando un mismo accidente cause diversas pérdidas anatómicas o funcionales,
       se calculará sumando los porcentajes correspondientes a cada una de los mismos sin que dicho grado pueda exceder
       del cien por cien (100%).
       Si la invalidez resultante de un accidente se vies     e agravada por defecto, mutilación o limitación funcional preexistente,
       el porcentaje de indemnización será la diferencia entre el de la invalidez preexistente y el que resulte después del
       accidente.
       En caso de invalidez permanente parcial sobrevenida al          asegurado como consecuencia de un accidente garantizado por
       la póliza, que deje lesiones residuales que pre      cisen prótesis ortopédicas, el   asegurador pagará el importe que alcance la
       primera prótesis que se practique al      asegurado, hasta la cantidad de 600 €.


       Indemnización máxima por siniestro en          fallecimiento por accidente y/o        invalidez permanente
       La indemnizac ión máxima por siniestro, en cada póliza colectiva, será la indicada para la              opción contratada, con
       independencia del número de asegurados afectados por el mismo siniestro. En caso de superarse este límite, la
       indemnización se repartirá proporcionalmente en función del capital asegurado por cada afectado y el número de
       asegurados afectados.


       ÁMBITO DE COBERTURA
       El asegurador garantiza hasta la suma fijada, y a reserva de las exclusiones que se indican en las Condiciones Generales,
       el pago de las indemnizaciones que en caso de muerte o de invalidez permanente puedan corresponder a consecuencia
       de los accidentes acaeci dos al asegurado durante los viajes y estancias fuera de su domicilio habitual.
            •

            •       Cobertura 24 horas. El asegurador garantiza el pago de las indemnizaciones previstas derivadas de un

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Seguro de viaje

                    accidente corporal, cubierto por la póliza, ocurrido tanto en la vida privada como en el ejercicio de la
                    profesión.

              •

              •     Cobertura de accidente en      medio de transporte. El asegurador garantiza el pago de un capital adicional
                    al anterior en caso de un accidente corporal cubierto por la póliza, ocurrido mientras el          asegurado viaja
                    como pasajero en un medio público de transporte. La cobertura se extiende a los accidentes ocurridos
                    mientras el mismo sube a o desciende del medio de transporte, así como los ocurridos en las
                    estaciones, aeropuertos o terminales de embarque           en los citados medios de transporte      .

       3.2.


       BENEFICIARIOS
       La condición de Beneficiario corresponderá a las personas físicas en cuyo favor se generen las prestaciones objeto de
       cobertura.
       En caso de incapacidad permanente derivada de un           accidente será beneficiario del seguro el propio   asegurado.
       La designación expresa de       beneficiarios deberá ser comunicada a través de un correo electrónico en la dirección:
       policies_contracts @europ - assistance.es, acreditando siempre la condición de        asegurado junto con el nombre y DNI de
       los beneficiarios designados.
       En caso de fallecimiento por     accidente del asegurado, y en ausencia de designación expresa hecha por el mismo, regirá
       el orden de prelación preferente y excluyente que se establece a continuación:
              •     Cónyuge no separado legalmente o la pareja de hecho.

              •     Hijos o descendientes, naturales o adoptados, así como aquellos menores de edad que se encuentren
                    bajo la protección del asegurado en régimen de acogimiento preadoptivo, todos ellos por partes
                    iguales.

              •     Padres o ascendientes por partes iguales.

              •     Hermanos por partes iguales.

              •     Herederos legales


       CLÁUSULA DE INDEMNIZACIÓN POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS DE LAS PÉRDIDAS DERIVADAS
       DE ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS EN SEGUROS DE PERSONAS
       De conformidad con lo establecido en el texto refundido del Estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros,
       aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el tomador de un contrato de seguro de los que
       deben obligatoriamente in corporar recargo a favor de la citada entidad pública empresarial tiene la faculta          d de convenir
       la cobertura de los riesgos extraordinarios con cualquier entidad aseguradora que reúna las condiciones exigidas por la
       legislación vigente.
       Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España o en
       el extranjero, cuando el asegurado tenga su residencia habitual en España, serán pagadas por el Consorcio de
       Compensación de Seguros cuando          el tomador hubiese satisfecho los correspondientes recargos a su favor y se
       produjera alguna de las    siguientes situaciones:
              •     Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación de Seguros no esté amparado
                    por la póliza de seguro contratada con la entidad aseguradora.

              •     Que, aun estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones de la entidad aseguradora no
                    pudieran ser cumplidas por haber sido declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un
                    procedimiento de liquidación intervenida o asumida por el          Consorcio de Compensación de Seguros.

              •     El Consorcio de Compensación de Seguros ajustará su actuación a lo dispuesto en el mencionado
                    Estatuto legal, en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en el Reglamento del seguro
                    de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 30         0/2004, de 20 de febrero, y en las
                    disposiciones complementarias.

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Seguro de viaje


       Resumen de las normas legales


       ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS CUBIERTOS
       Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias, incluidas las
       producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos
       extraordinarios de rachas superiores a     120 km/h y los tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.


       Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.


       Hechos o actuaciones de las Fuer     zas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
       Los fenómenos atmosféricos y sísmicos, de erupciones volcánicas y la caída de cuerpos siderales se certificarán, a
       instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, mediante informes expedidos por la Agencia Estatal de
       Meteorología (AEMET), el Instituto     Geográfico Nacional y los demás organismos públicos competentes en la materia. En
       los casos de acontecimientos de carácter político o social, así como en el supuesto de daños producido              s por hechos o
       actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el Consorcio de
       Compensación de Seguros podrá recabar de los órganos jurisdiccionales y administrativos competentes información
       sobre los hechos aca ecidos.


       RIESGOS EXCLUIDOS
            •     Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.

            •     Los ocasionados en personas aseguradas por contrato de seguro distinto a aquellos en que es
                  obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros.

            •     Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra.

            •     Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 12/2011, de 27 de
                  mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.

            •     Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados en el apartado 1.a)
                  anterior y, en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas,
                  deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de roca                     s y fenómenos similares, salvo
                  que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia que, a su vez,
                  hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con
                  carácter simultáneo a dicha inundación.

            •     Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones
                  llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del
                  derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas                    legales, salvo que las citadas
                  actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios de los señalados en el
                  apartado 1.b) anterior.

            •     Los causados por mala fe del asegurado.

            •     Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de
                  conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de
                  Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extingu                       ido por falta de pago de
                  las primas.

            •     Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación como
                  de «catástrofe o calamidad nacional».


       EXTENSIÓN DE LA COBERTURA
       La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y sumas aseguradas que se hayan
       establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios.

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Seguro de viaje

       En las pólizas de seguro de vida que, de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa
       reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de
       Seguros se referirá al capita l en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la
       provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe
       correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por        la mencionada entidad aseguradora.


       Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
       La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se
       efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por
       quien actúe por cuenta y no mbre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya
       intervención se hubiera gestionado el seguro.


            •     La comunicación de los daños y la obtención de cualquier información relativa al procedimiento y al
                  estado de tramitación de los siniestros podrá realizarse:

                        o    Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica del Consorcio de Compensación de
                             Seguros (952 367 042      o 902 222 665).

                        o    A través de la página web del Consorcio de Compensación de S             eguros
                             (www.consorseguros .es).


            •     Valoración de los daños: La valoración de los daños que resulten indemnizables con arreglo a la
                  legislación de seguros y al contenido de la póliza de seguro se realizará por el Consorcio de
                  Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valo              raciones que, en su caso, hubiese
                  realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios.

            •     Abono de la indemnización: El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la
                  indemnización al beneficiario del seguro mediante transferencia bancaria.


                                                       ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                  INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la               póliza.


       Con carácter general, el   asegurador no garantizará los siguientes accidentes, enfermedades o lesiones, ni sus
       consecuencias:
            •     Acaecidos antes de la fecha de efecto de la póliza, aun cuando se manifiesten durante su vigencia,
                  ni las manifestadas después de transcurridos 365 días de la fecha del siniestro.

            •     Los daños por hechos o fenómenos que se encuentren cubiertos por el Consorcio de Compensación
                  de Seguros, según la Legislación vigente en cada momento.


       Quedan excluidos los siniestros que sean consecuencia o se deriven de:
            •     Los provocados intencionadamente por el             asegurado o los    beneficiarios de la    póliza. De existir
                  varios beneficiarios, los no intervinientes conservarán íntegro su derecho a la totalidad del capital
                  asegurado.

            •     Imprudencia temeraria, negligencia grave y/o participación del               asegurado en apuestas, desafíos,
                  duelos, riñas o actos delictivos, salvo lo indicado en la letra d) del apartado Consideración de
                  Accidente del Art. PRELIMINAR.

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Seguro de viaje

            •     La práctica profesional de cualquier deporte. Así como la práctica, en calidad de aficionado de:
                  deportes acuáticos a más de 3 km., de la orilla o costa ; Submarinismo a más de 20 metros de
                  profundidad; Actividades aéreas y paracaidismo; Automovilismo, mot                  ociclismo, competiciones de
                  velocidad; Escalada, alpinismo de alta montaña y espeleología; Equitación y polo; Boxeo, lucha y
                  artes marciales; Patinaje y hockey sobre hielo, y esquí; Caza mayor fuera de España; Toreo y
                  encierro de reses bravas; así como cua         lquier otro deporte o actividad cuyo riesgo pueda
                  considerarse similar a los citados.

            •     La conducción de vehículos a motor si el          asegurado no está en posesión de la autorización
                  administrativa correspondiente.

            •     Intoxicaciones alimenticias o medicamentosas.

            •     Lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos que no
                  hayan sido motivados por un accidente.

            •     Reacción o radiación nuclear y contaminación radiactiva, excepto las consecuencias de
                  tratamientos aplicados al      asegurado por un accidente.


       El rescate de personas en montañas, mares, selvas o desiertos. Las insolaciones, congelaciones y otras
       consecuencias de la acción del clima que no hayan sido motivadas por un accidente.
            •     Los accidentes sufridos por el Asegurado que se encuentre en estado de embriaguez, esto es,
                  cuando el grado de alcoholemia sea superior al establecido por la normativa vigente en el
                  momento del accidente o bajo los efectos de drogas tóxicas o estupefacient                  es.

            •     Las lesiones corporales derivadas de un accidente cubierto por la póliza que no se hubiera
                  manifestado ni estuviera acreditado dentro de los 365 días siguientes a la fecha del accidente.

            •     Las lesiones que se produzcan a consecuencia de una enfermedad, afecciones cerebro                      - vasculares,
                  epilepsia, enajenación mental, síncope.

            •     El infarto, salvo que sea declarado como accidente laboral por la autoridad laboral competente.
                  Para poder ser indemnizado como consecuencia de un infarto de miocardio se requiere que éste
                  haya sido la causa única e inmediata del fallecimiento o de la inva             lidez.

            •     La miopía magna.

            •     En caso de agravarse las consecuencias de un accidente, por una enfermedad o estado morboso
                  preexistente o sobrevenido después de ocurrido aquél, pero por causa independiente del mismo, el
                  Asegurador responde sólo de las consecuencias que el accidente hubi                 era tenido sin la influencia
                  agravante de tal enfermedad o estado morboso. Si no fuera posible determinar el grado de
                  incidencias que las lesiones o estados patológicos preexistentes han tenido en la producción de las
                  secuelas, se entenderá que han ocurrid         o al 50% con el accidente.

            •     Los accidentes producidos como consecuencia directa de una invalidez preexistente.


       En ningún caso serán objeto de cobertura, aunque deriven de un accidente, las hernias de cualquier clase, las
       lumbalgias, cervicalgias y dorsalgias de cualquier etiología, las varices, los aneurismas; los accidentes
       cerebrovasculares salvo que sean consecu         encia directa de un accidente cubierto en póliza, y todas las algias cuya
       causa no pueda ser objetivada por los medios de diagnóstico habituales.

       Personas no asegurables
       Salvo pacto expreso en contrario, el seguro será nulo de pleno derecho:
            •     Para las personas aquejadas de ceguera o fuerte miopía (más de 12 dioptrías), sordera completa,
                  parálisis, epilepsia, enajenación mental, alcoholismo, y las que hayan sufrido ataques de apoplejía
                  o de “deliriums tremens”.

                  o    No obstante, el    asegurador podrá aceptar, mediante pacto expreso, la cobertura de las
                       personas afectadas por alguna de las lesiones, enfermedades crónicas o minusvalías físicas o
                       psíquicas indicadas anteriormente.

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Seguro de viaje

                 o     Caso de manifestarse las enfermedades o circunstancias enumeradas en el párrafo anterior
                       con posterioridad a la entrada en vigor de la póliza, el         asegurado deberá ponerlo en
                       conocimiento inmediato del       asegurador, el cual, caso de no aceptar la continuidad de la póliza,
                       reembolsará la parte de prima correspondiente al periodo que no consumido de la anualidad
                       en curso, desde la fecha de la notificación.

            •     Para las personas cuya edad en el momento de ocurrencia del siniestro sea de 70 años o superior.

       Salvo pacto en contrario, al finalizar cada periodo de seguro, causaran baja          como asegurados aquellos que
       durante el mismo hayan cumplido los setenta          años .
       No obstante, el Asegurador, a su criterio, podrá aceptar la permanencia de los asegurados mayores de 70 años, en
       los términos en que su normativa de suscripción le permita. En estos supuestos las primas, coberturas y capitales
       podrán sufrir variación.

       Para las personas   que, a la fecha de efecto de la póliza, se encontrase en situación de incapacidad temporal, o
       tramitando la solicitud de declaración ante cualquier organismo u órgano de la Seguridad social o, en su caso,
       ante el órgano de la comunidad autónoma que resulte com               petente, de la situación de Invalidez permanente
       parcial para la profesión habitual, de Invalidez permanente Total para la profesión habitual o de Invalidez
       permanente Absoluta para todo trabajo o de Gran Invalidez.


                                                  Trámites en caso de siniestro
            Qué debe hacer antes de su solicitud de asistencia y durante la misma:
       Debe ponerse en contacto con nosotros y seguir las indicaciones que Le hagamos. Le indicaremos la documentación
       que necesitamos para poder gestionar      su caso.


                                                        Ayuda en Viaje 24 hor           as

                                           Desde España: 900 299       279
            Teléfono
                                           Desde el Extranjero: (34)    91 514 99 70

            Indíquenos el número de    su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
            Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.

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Seguro de viaje

       Gestión del proceso sucesorio
                                                         ¿Qué cubre su póliza?

       Los abogados y gestores de nuestra red asesorarán y realizarán        la gestión integral del proceso sucesorio extrajudicial
       derivado de su fallecimiento durante un desplazamiento profesional asegurado por esta póliza           .


       ASESORAMIENTO Y GESTIÓN EN SUCESIONES

       Daremos este servicio si    sus herederos nos lo solicitan.


       ¿Qué gestionamos?
            -     Asistencia jurídica telefónica en materia sucesoria.

            -     Obtención de todos los certificados necesarios:

                       o     Defunción.

                       o     Nacimiento.

                       o     Matrimonio o convivencia.

                       o     Fe de vida.

            -     Registro de actos de últimas voluntades.

            -     Trámites en el Instituto Nacional de Seguridad Social:

                       o     Baja.

                       o     Auxilio por defunción.

                       o     Altas del cónyuge.

                       o     Altas de otros beneficiarios.

            -     Anotación del fallecimiento en el Libro de Familia.

            -     Tramitación de las pensiones de viudedad y orfandad.

            -     Solicitud de nombramiento de defensor judicial en caso de incapacitados o menores.

            -     Consulta al Registro de Contratos de Seguro de cobertura de fallecimiento.

            -     Asesoramiento en la tramitación sucesoria no litigiosa:

                       o     Copia del último testamento.

                       o     Declaración de herederos abintestato.

                       o     Apertura del testamento.

                       o     Determinación del caudal hereditario.

                       o     Adjudicación y partición de la herencia.

            -     Liquidación del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía
                  mortis causa).

            -     Liquidación del impuesto de sucesiones.

            -     Gestión de las inscripciones registrales necesarias.
       Así mismo le asesoraremos sobre:
                       o     El otorgamiento de testamento.

                       o     Diseño, redacción, elaboración y, en su caso, intervención en el acto de la firma notarial.
       El horario es de 9:00 a 18:00 de lunes a viernes, excepto festivos de carácter nacional. (Horario peninsular de España)         .

       ¿Qué gastos pagamos?
            -     Honorarios de los abogados.

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Seguro de viaje

            -     Honorarios de gestores administrativos.

            -     Honorarios de procurador.

            -     Tasas por la obtención de certificados.

            -     Gastos de desplazamiento y mensajería.
       Hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada             en caso de libre elección de abogado y procurador.

       Solo tramitaremos los procesos sucesorios que estén sujetos a la legislación española. En aquellos casos en que no sea
       así, gestionaremos:
                        o    El servicio de liquidación del impuesto de sucesiones si se debe tributar en España                 .

                        o    La obtención del certificado de defunción si esta ha sucedido en España                 .


       En caso de asegurados no residentes en España, pagaremos a             sus herederos los gastos que se produzcan por tramitar
       esta garantía en su país de residencia. Pagaremos hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada.

       ¿Qué gastos no pagamos?
            •     Impuestos de todo tipo.

            •     Honorarios de notaría.

            •     Honorarios de registros.

            •     Cualquier otro gasto o tasa no incluido entre los gastos asumidos por                   nosotros.


       RESPONSABILIDAD
       No podemos responder      de la veracidad de los datos       que se nos comuniquen. Por tanto , no asumiremos ninguna
       responsabilidad en caso de inexactitud y/o falta d       e actualización de estos . Si la información no es       exacta y por ese
       motivo se producen perjuicios para nosotros, podremos exigir la reparación de            estos .


       ELECCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR
       Sus herederos tendrá n derecho a elegir libremente al procurador y abogado que hayan de representarle                   s y defenderle s
       en cualquier clase de procedimiento        . Si el abogado elegido no resid e en el partido judicial donde haya de sustanciarse el
       procedimiento base de la prestació     n garantizada, serán a cargo de      sus herederos los gastos de desplazamiento, dietas o
       cualquier otro gasto que dicho profesional incluya en su minuta.


       Sus herederos tendrá n derecho a elegir libremente procur ador y abogado en los casos en que se presente conflicto de
       intereses entre las partes del contrato.
       El abogado y procurador designados por          sus herederos no estarán sujetos, en ningún caso a      nuestra s instrucciones .


       Sus herederos tienen que informarnos de los          nombre s del abogado y procurador elegido      s antes de que los designen       .
       Pagaremos los honorarios del a       bogado según los honorarios orientativos de cada Colegio Profesional.


       Los importes máximos aplicables serán los fijados por las normas orientativas dict          adas por el Colegio Profesional
       correspondiente a efectos de tasaciones de costas y jura de cuentas de los abogados sin que el conjunto de gastos
       sobrepase el lí mite correspondiente a la modalidad contratada.


       Si se produce un conflicto de intereses entre las partes,       lo comunicar emos a Sus herederos para que          pueda n decidir
       sobre la designación del abogado o procurador que estime           n conveniente para la defensa de sus intereses.

       AUTORIZACIÓN EXPRESA
       Sus herederos nos autoriza n a elabor ar, designar el firmante y presentar        en su nombre todos los escritos, solicitudes,
       recursos, consultas de expedientes sancionadores o gestiones            que sean oportunas con el fin    de cumplir con el objeto de
       esta garantía.

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Seguro de viaje

                                                     ¿Qué NO cubre su póliza?


                                                 INFORMACIÓN IMPORTANTE
          Aquí indicamos las exclusiones relativas a esta garantía.
          Debe consultar también las Exclusiones Generales que se refieren a todas las garantías de la            póliza.


       ¿Qué no gestionamos?
           •     Los procesos sucesorios en los que haya un conflicto de intereses entre los herederos.                  En estos
                 casos solo realizaremos el asesoramiento telefónico general.

           •     Aquellos en los que sea necesario un procedimiento judicial, a excepción de la solicitud de
                 nombramiento de defensor judicial, o declaración de herederos colaterales.


                                                  Trámites en caso de siniestro

       Qué se debe hacer antes de la solicitud de asistencia y durante la misma:
           •     Sus herederos deben ponerse en contacto con nosotros y seguir las indicaciones que les hagamos. Les
                 indicaremos la documentación que necesitamos para poder gestionar                 su caso.

           •     Sus herederos se obligan a entregarnos por correo, fax, correo electrónico o directamente en nuestras
                 oficinas las notificaciones que reciban a la mayor brevedad posible y como tarde al menos con cinco
                 días hábiles de antelación al vencimiento del plazo le      gal de presentación del escrito correspondiente,
                 con indicación de la fecha y forma de recepción de la notificación.

           •     Si se trata de una actuación judicial o administrativa de carácter inmediato,          sus herederos deberán
                 comunicarnos de forma inmediata que han recibido dicha comunicación.

           •     También se obligan a colaborar con nosotros en todas las aclaraciones o gestiones necesarias para
                 poder prestarles el servicio.


                                                   Gestión del Proceso Sucesorio

                                            Desde España : 900 299 279
           Teléfono
                                            Desde el Extranjero: (34) 91 514 9    9 70


           Indíquenos el número de     su póliza, nombre y apellidos, lugar donde se encuentra y teléfono de contacto.
           Infórmenos de la situación en que se encuentra y del tipo de asistencia que necesita.

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Seguro de viaje

       Servicio de Reclamación Aérea.
       Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por retraso,
       cancelación u overbooking con ReclamaTravel
       Su póliza le ofrece el acceso a un servicio adicional de ayuda a los viajeros, a través de la empresa ReclamaTravel,
       donde usted podrá gestionar las reclamaciones aéreas relativas a retraso o cancelación de vuelo, o pérdida de
       conexiones amparadas en por l          os Derechos de los pasajeros, recogidos en el Reglamento UE 261/2004.


       ¿Qué incidencias puede gestionar?
            •     ⏱️Retraso del vuelo (más de 3 horas)
            •     ❌Cancelación del vuelo (sin aviso previo o con aviso inferior a 14 días)
            •     🚪Overbooking / Denegación de embarque / Pérdida de enlace


       ¿Cuál es el ámbito de reclamación?
            •     Vuelos dentro de la Unión Europea (cualquier aerol            ínea).
            •     Vuelos que salen de la Unión Europea hacia un país no perteneciente a la Unión Europea (cualquier
                  aerolínea).
            •     Vuelos que llegan a la Unión Europea desde un país no perteneciente a la Unión Europea (solo si la
                  aerolínea es comunitaria).


       ¿Cómo puede acceder a este servicio?
            1.     A través del formulario web, usted puede verificar si su vuelo es reclamable en 3 clics.
             2.       Link: https://reclamatravel.com/colectivos/servicio_reclamacion_aerea.html
             3.       Una vez confirmado que su vuelo es reclamable, tendrá que aportar las Condiciones Particulares de su seguro
                      y firmar la cesión de crédito para autorizar a ReclamaTravel la representación. Las Condiciones Particulares de
                      su póliza están adjuntas en su mail    de bienvenida, cuando compra una de nuestras pólizas.
             4.       ReclamaTravel, a través de su equipo jurídico, gestionará su reclamación por la vía extrajudicial y, si es
                      necesario, también la judicial.
             5.       Desde su área privada podrá ver el estado actual de su reclamación y la cronología de esta            .
             6.       Si su reclamación es favorable, ReclamaTravel le pagará el importe reclamado descontando la comisión de
                      servicio.


       ¿Qué comisiones aplica ReclamaTravel?
             Resolución extrajudicial : 20% + IVA
             Resolución judicial: 30% + IVA


       El derecho de cobro de las reclamaciones es siempre del titular del billete aéreo, independientemente de quién haya
       pagado el vuelo (por ejemplo, si una empresa realiza el pago del vuelo).
       Es posible pagar la reclamación en una cuenta ajena al titular del billete aéreo. Para ello, el titular del billete deberá
       autorizarlo.


                                                             INFORMACIÓN IMPORTANTE

                      No interv enimos en la prestación de       este servicio ni asum imos responsabilidad alguna por su
                      ejecución, resultados o consecuencias, correspondiendo dicha responsabilidad de forma exclusiva
                      a ReclamaTravel.

                      Nuestra actuación se limita a facilitar le el acceso al servicio   en condiciones preferentes     .

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Seguro de viaje


                       Cómo contactar con Reclamatravel para obtener su compensación
                                        https://reclamatravel.com/colectivos/servicio_reclamacion_aerea.html
                                        o escanee el código QR :

          Link:


                                        Desde España 96 020 94 62
          Teléfono
                                        Desde el Extranjero: +34 96 020 94 62

          Email para consultas          reclamacionesaereas@reclamatravel.com

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Exclusiones generales

       Exclusiones generales
                                                         AVISO IMPORTANTE
           No estará cubierto esta     póliza si usted viaja a un país, región o área a los que una autoridad
           gubernamental de su país de          domicilio habitual haya recomendado no viajar o solo          viajará en caso
           indispensable.


       A menos que quede incluido expresamente en la cobertura correspondiente, quedan excluidos de las
       garantías aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivados de:


            •    Hechos ocurridos con anterioridad al inicio de la             póliza.

            •    Actos fraudulentos del      asegurado, tomador y/o beneficiarios de la             póliza.

            •    Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto.

            •    Las consecuencias derivadas de la práctica de deportes de invierno.

            •    Cualquier acto de g    uerra, incluyendo civil, extranjera o invasión, esté o no declarado oficialmente,
                 salvo lo indicado en las garantías correspondientes               y lo indicado en el apartado “Ámbito
                 Territorial”.

            •    Manifestaciones,      disturbios, insurrecciones,       revoluciones,    movimientos tumultuosos populares,           y
                 sabotajes , salvo lo indicado en las garantías correspondientes               y lo indicado en el apartado “Ámbito
                 Territorial”.

            •    Actos de terrorismo     , h uelgas, salvo lo indicado en las garantías correspondientes             y lo indicado en
                 el apartado “Ámbito Territorial”.

            •    La transmutación del núcleo del átomo, así como de las radiaciones provocadas por la aceleración
                 artificial de partículas atómicas.

            •    Catástrofes naturales, m        ovimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general,
                 los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza. Cualquier otro fenómeno
                 de carácter catastrófico extraordinario o acontecimiento que por su magnitud o gravedad                        sean
                 calificados como catástrofe o calamidad.

            •    Cualquier persona que no         se nos haya comunicado           como asegurado.

            •    No cumplir con las leyes o normativas que estén vigentes en el momento en que ocurra el suceso.


                                                      ACLARAC IÓN IMPORTANTE
           El objeto de esta póliza es cubrir únicamente a las personas aseguradas. Compruebe que todas las personas
           que viajan disponen de un seguro que cubra           sus necesidades.
           Esto incluye aquellos casos en que      usted haya pagado por costes adicionales. Por ejemplo,        usted ha pagado sus
           gastos de alojamiento y los de otra persona que no está asegurada. Si tenemos que pagarle estos gastos solo
           Le abonaremos los correspondientes a        usted.
           La única excepción es si   usted sufre un accidente o enfermeda d Imprevista durante el v iaje y nuestro servicio
           médico autoriza que una persona permanezca con             usted.

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Pago y cancelación de la póliza

       Pago y cancelación de la póliza
       Pago de la prima
       El tomador del seguro está obligado al pago de la prima en el momento de la formalización de la póliza.
       Será válido también el pago de la prima si       nos llega a través de un corredor o agente de seguros en nombre del
       Tomador.


       En todo caso, si la prima no ha sido satisfecha antes de que se produzca el Siniestro, quedaríamos liberados de nuestras
       obligaciones.


       Impago de la prima
            •     Exigir el pago .

            •     Cancelar su póliza con efecto inmediato .

            •     Negar el pago de cualquier        siniestro que usted tenga pendiente .

            •     Remitir los datos de su póliza a nuestras agencias de cobro para que puedan recuperar el dinero en
                  nuestro nombre y registrar la deuda pendiente.


       Nuestros derechos para cancelar la                    póliza :
       Nos reservamos el derecho a cancelar         su póliza en cualquiera de los siguientes supuestos:
            •     Si usted hace una solicitud fraudulenta de asistencia, de indemnización o de pago de gastos.

            •     Si usted está implicado o lo ha estado en actividades delictivas o ilegales.

            •     Si su comportamiento hacia nuestros empleados o prestatarios o el lenguaje que utiliza con ellos es
                  amenazador u ofensivo.

            •     Si el tomador no paga la prima.

            •     Si usted actúa intencionadamente con falsedad.
       En ninguno de los casos indicados reembolsaremos la prima.


       Sus derechos para cancelar la                 póliza :
       El tomador puede solicitar la cancelación de la póliza antes de que entre en vigor.
       Una vez que haya entrado en vigor, solo se permite la cancelación si:
            •     El seguro tiene una duración de más de 30 días          .

            •     Si cancela en los 14 primeros días desde la fecha de inicio de la póliza.
       Si el tomador solicita la cancelación de su póliza según se indica anteriormente, una vez que aceptemos la solicitud, la
       póliza quedará cancelada en la fecha en que nos lo solicitó.


       En este caso el tomador tiene derecho a que le devolvamos la prima o la parte proporcional de la prima no consumida.

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Reclamaciones

      Reclamaciones
      Queremos ofrecerle el mejor servicio. Pero, si no está satisfecho, ponemos a           su disposición un Servicio de
      Reclamaciones cuyo Reglamento puede consultar en la página web www.europ                  - assistance.es que cumple con la
      normativa de transparencia y protección del cliente.


      Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de
      cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o escribiendo al Servicio de
      Reclamaciones:


                                                          Servicio de Reclamaciones

           Email                                 reclamaciones@europ - assistance.es


                                                 EUROP ASSISTANCE, Servicio de Reclamaciones
           Dirección postal                      Paseo de la Castellana. 130
                                                 28046 MADRID


      ¿Qué tiene que indicar cuando contacte con           nosotros?
           •       Su nombre, dirección completa, número de teléfono y dirección de e             - mail (si tiene una) .

           •       El número de su póliza o de expediente .

           •       El motivo de su reclamación.

           •       Copia de cualquier documento oportuno              .


      ¿Cómo atenderemos Su reclamación?
      Nos comprometemos a
           •       Acusar recibo de su reclamación lo antes posible .

           •       Hacer las averiguaciones necesarias       .

           •       Resolver su reclamación en el plazo legalmente previsto          .

           •       Utilizar la información contenida en      su reclamación para mejorar      nuestros servicios.


      ¿Y si no queda satisfecho?
      Si usted no queda satisfecho con       nuestra respuesta final, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección
      General de Seguros y Fondos de Pensiones.


      Los datos de contacto son:


                                      Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones
                                   https://dgsfp.mineco.gob.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimien
           Sitio web
                                   to.aspx

                                   DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDO DE PENSIONES
           Dirección
                                   Paseo de la Castellana.       44
           postal
                                   28046 MADRID

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Legislación, jurisdicción y control

       Legislación , jurisdicción y control
       Legislación y jurisdicción
       Usted como asegurado y nosotros como asegurador nos sometemos a la legislación y jurisdicción española a los efectos
       de la presente póliza.


       Será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas de la         póliza el de l domicilio habitual del
       asegurado).


       Control
       Nosotros, Europ Assistance, S.A., Sucursal en España, con domicilio en Paseo de la Castellana, 130, 28046 Madrid, asume
       el riesgo contractualmente pactado; Europ Assistance está Autorizada y regulada por la Autor          ité de Contrôle Prudentiel
       et de Résolution (ACPR), con domicilio en 4, Place de Budapest, CS 92459 Paris Cedex 09, Francia, y por la Dirección
       General de Seguros y Fondos de Pensiones, del Ministerio de        Asuntos Económicos y Transformación Digital         , por lo que
       respecta a conductas de mercado.

[Seite 59]
Tratamiento de datos personales

       Tratamiento de datos personales
       ¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?
       Europ Assistance, S.A., Sucursal en España (en adelante, la “Compañía Aseguradora”)
       NIF: W-2504100 -E
       Domicilio: Paseo de la Castellana, 130, 28046 Madrid.


       ¿Con qué finalidades se tratarán sus datos personales?
       El tratamiento será mixto (tratamientos automatizados y no automatizados) y para las siguientes finalidades:
            •    Llevar a cabo el cumplimiento y desarrollo de la relación contractual derivada de la póliza.

            •    Elaboración de estudios de satisfacción de los clientes.

            •    Preparación, redacción y emisión de la documentación relativa al seguro.

            •    Realización de valoraciones necesarias tras la concurrencia de un siniestro o suceso cubierto por la
                 póliza contratada.

            •    Llevar a cabo cualquier obligación legalmente exigible o contractualmente acordada.

            •    Realización de acciones destinadas a la prevención, detección o persecución del fraude.


       ¿Cuál es la legitimación para el tratamiento?
            •    Ejecución de un contrato entre el     tomador de la póliza, los asegurados y/o beneficiarios y la Compañía
                 Aseguradora.

            •    Interés Legítimo.

            •    Obligación Legal.


       ¿Quiénes son los destinatarios de sus datos?
            •    Las empresas del Grupo de la Compañía Aseguradora, para gestionar la relación contractual que
                 mantenemos con usted.

            •    La entidad bancaria de la Compañía Aseguradora y las empresas de su              grupo y la entidad bancaria del
                 titular de los datos para hacer efectiva la orden de domiciliación bancaria de acuerdo con la normativa
                 vigente.

            •    Las entidades que actúan como mediador o distribuidor de seguros para la gestión de las pólizas de
                 seguros por tal entidad tramitados.

            •    Los proveedores elegidos por la Compañía Aseguradora cuya intervención sea necesaria para la gestión
                 de la asistencia cubiertos por la póliza.

            •    El SEPBLAC, con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos legalmente establecidos.

            •    La Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, de acuerdo a las previsiones establecidas
                 legalmente.

            •    La Administración tributaria con competencia en la materia para el cumplimiento de finalidades
                 estrictamente legales y fiscales.

            •    Las Administraciones Públicas en relación con las competencias que tienen atribuidas.

            •    En el supuesto de seguros de cobertura de fallecimiento, el Registro General de Actos de Última
                 Voluntad, gestionado por la Dirección General de los Registros y del Notariado, de conformidad con la
                 normativa aplicable en la materia.

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Tratamiento de datos personales


       Tratamiento de datos de salud
       La Compañía Aseguradora le informa que, para la gestión de los siniestros derivados de la póliza y de las coberturas en
       ella incluidas, es necesario que se traten datos personales relativos a su salud, ya sean obtenidos a través del
       cuestionario de salud o   cualquier otro que en el futuro pueda aportar durante la vigencia de la relación contractual o
       que la Compañía Aseguradora pueda obtener de terceros (ya provengan de centros sanitarios públicos o privados o de
       otros profesio nales sanitarios, tanto nacionales como internacionales, de exámenes o reconocimientos médicos
       adicionales que puedan exigirse por la Compañía Aseguradora o de otras entidades públicas o privadas).


       Tratamiento de datos de terceros
       En caso de que se faciliten datos relativos a terceras personas, el contratante de la póliza deberá haber obtenido la
       autorización previa de los mismos con relación a la transmisión de los datos a la Compañía Aseguradora para las
       finalidades acordadas en e l presente documento.


       ¿Durante cuánto tiempo conservaremos los datos?
       Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la
       que fueron recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad.
       En este sentido, los criterios que Europ Assistance S.A, Sucursal en España utiliza para fijar los plazos de conservación
       de los datos son determinados de acuerdo con los requisitos establecidos en la legislación y normativas aplicable              s.
       En particular, la legislación de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo           –en caso de ser
       aplicable - establece la obligación de conservar los datos durante un plazo de diez años y la normativa mercantil
       establece un plazo de conser     vación de seis años desde la terminación del contrato celebrado entre las partes.


       Ejercicio de derechos
       El usuario, en cualquier momento y de manera gratuita, puede escribir a la dirección señalada en el encabezado de esta
       Política de Privacidad o al siguiente email    delegadoprotdatos@europ - assistance.es , adjuntando una fotocopia de su
       documento de identidad, para:
            •     Acceder a sus datos personales y obtener confirmación acerca de si en Europ Assistance S.A, Sucursal
                  en España, se están tratando datos personales del usuario.

            •     Rectificar los datos inexactos o incompletos.

            •     Solicitar la supresión de sus datos personales cuando los datos ya no sean necesarios para los fines
                  para los que fueron recogidos, u oponerse al tratamiento.

            •     Obtener de Europ Assistance S.A, Sucursal en España, la limitación del tratamiento de los datos en los
                  supuestos previstos en la normativa.

            •     Solicitar la portabilidad de sus datos.

            •     Revocar, en su caso, el consentimiento prestado.

            •     Obtener intervención humana, expresar su punto de vista e impugnar decisiones individuales
                  automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, que produzcan efectos jurídicos en él o le afecten
                  significativamente.


       Puede también interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, en caso de que considere
       que no se han respetado sus derechos reconocidos por la normativa de protección de datos, situada en la calle Jorge
       Juan 6, 28001, Madrid.


       Para su ejercicio, el interesado podrá con    tactar con el Delegado de Protección de Datos (DPO):

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Tratamiento de datos personales


                            Para contactar con Protección de Datos Personales

         Email                      delegadoprotdatos@europ - assistance.es


                                    EUROP ASSISTANCE,
                                    Att.: Delegado de Protección de Datos
         Dirección postal
                                    Paseo de la Castellana. 130
                                    28046 MADRID

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Tabla coberturas y límites

       Tabla coberturas y límites
       Temporal

                         RIESGOS CUBIERTOS                               SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA

                                                          1. ASISTENCIA MÉDICA

          1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
                                                                                      Ilimitado
          Habitual

          1.2. Gastos Odontológicos                                                   2.000 €

          1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia                                Incluido

          1.4. Prolongación de estancia en hotel por
                                                                                       300 /día
          enfermedad o accidente (máximo 1 0 días)

          1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos                               Incluido
          Si no lo organizamos   nosotros                                              6000€

          1.6. Regreso de los acompañantes asegurados                                 Incluido

          1.7. Acompañante de menores o de personas
                                                                                 Billete + 300 €/día
          dependientes (máximo 10 días)

          1.8. Traslado del sustituto pro fesional                                    Incluido

          1.9. Reincorporación del asegurado a su origen                              Incluido

          1.10. Traslado de una persona para acompañar al
                                                                                      Incluido
          asegurado hospitalizado

          1.11.Gastos de estancia de una persona para
          acompañar al asegurado hospitalizado (máximo        10                     300 €/día
          días)

          1.12. Traslado de restos mortales                                           Incluido
          Si no lo organizamos nosotros                                               6.000 €

          1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.14. Olvido de medicamentos
                                                                                      Incluido


          1.15. Estancia de acompañante     “in situ” (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ”                               Incluido

          1.17.Orientación psicológica telefónica    (máximo 10
                                                                                       1.000 €
          sesiones)

          1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones)                                      1.000 €

          1.19. Mater ial ortopédico y prótesis                                       50.000 €

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Tabla coberturas y límites

          1.20. Orientación médica por chat                       Incluido

          1.21. Orientación médica por vídeo                      Incluido

          1.22. Orientación médica telefónica                     Incluido

          1.23. astos médicos por enfermedades
                                                                  Incluido
          preexistentes

          1.24. Traslado médico por enfermedades
                                                                  Incluido
          preexistentes

          2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO

          2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
                                                                  3.000 €
          secues tro (máximo 180 días)

          2.2. Indemnización por secuestro (máximo 30 días)      200 €/ día

          2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro         3.000 €

          3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS

          3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje             120 €

          3.2. Pérdida de conexión de vuelo                        120 €

          3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
                                                                  Incluido
          de un familiar directo

          3.4 . Regreso del asegurado en caso de
                                                                  Incluido
          hospitalización de un familiar directo

          4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS

          4.1. Búsqueda y localización de     equipaje            Incluido

          4.2. Pérdida, daños y robo de equipaje facturado        6.500 €
          Efectos personales                                      3.000 €
          Material profesional                                    3.500 €

          4.3. Robo de equipaje no fac turado                     3.000 €

          4. 4. Robo de objetos de valor
                       - Teléfono móvil                            600 €
                       - Ordenador o Tablet                        600 €
                       - Maletín                                   200 €
                       - Gafas o lentillas graduadas               200 €

          4.5. Demora de equipaje                                 1.000 €

          4.6. Información de trámi tes para cancelar tarjetas    Incluido

          4.7. Envío de objetos personales                        Incluido

          5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE

          5.1. Servicio de información                            Incluido

          5.2. Bloqueo de teléfono móvil                          Incluido

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Tabla coberturas y límites

          5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exi    gida
                                                                                          12.100 €
          en el extranjero

          5.4. Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
                                                                                           3.000 €
          el extranjero

          5.5. Gastos de comunicación                                                      Incluido

          6. RESPONSABILIDAD CIVIL

          6.1. Responsabilidad civil privada                                             500 .000 €

          7. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO

          7.1. Asesoramiento y gestión    en sucesiones                                  500 €

                                          SERVICIO DE RECLAMACIÓN AÉREA. RECLAMATRAVEL

          Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
          cancelación, retraso u overbooking con                                           Incluido
          ReclamaTravel

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Tabla coberturas y límites


       A nual Corta Estancia
                         RIESGOS CUBIERTOS                               SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA

                                                          1. ASISTENCIA MÉDICA

          1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
                                                                                      Ilimitado
          Habitual

          1.2. Gastos Odontológicos                                                    2.000 €

          1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia                                 Incluido

          1.4. Prolongación de estancia en hotel por
                                                                                       300/día
          enfermedad o accidente (máximo 10 días)

          1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos                                Incluido
          Si no lo organizamos nosotros                                                6000€

          1.6. Regreso de los acompañantes asegurados                                  Incluido

          1.7. Acompañante de menores o de personas
                                                                                 Billete + 300 €/día
          dependientes (máximo      10 días)

          1.8. Traslado del sustituto profesional                                      Incluido

          1.9. Reincorporación del asegurado a su origen                               Incluido

          1.10. Traslado de una persona para acompañar al
                                                                                       Incluido
          asegurado hospitalizado

          1.11. Gastos de estancia de una perso na para
          acompañar al asegurado hospitalizado (máximo 10                            300 €/día
          días)

          1.12. Traslado de restos mortales                                            Incluido
          Si no lo organizamos nosotros                                                6.000 €

          1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.14. Olvido de medicamentos                                                 Incluid o

          1.15. Estancia de acompañante “in situ” (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.16. Desplazamiento de acompañante “in situ”                                Incluido

          1.17. Orientación psicológica telefónica (máximo 10
                                                                                       1.000 €
          sesiones)

          1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones)                                      1.000 €

          1.19. Material ortopédico y prótesis                                        50.000 €

          1.20. Orientación médica por chat                                            Incluido

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Tabla coberturas y límites

          1.21. Orientación médica por vídeo                         Incluido

          1.22. Orientación médica telefónica                        Incluido

          1.23. Gastos médicos por enfermedades
                                                                     Incluido
          preexistentes

          1.24. Traslado médico por enfermedades
                                                                     Incluido
          preexistentes

          2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO

          2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
                                                                     3.000 €
          secues tro (máximo 180 días)

          Indemnización por secuestro (máximo 30 días)              200 €/ día

          2.3. Gastos de consultoría en caso de    secuestro         3.000 €

          3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS

          3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje                120 €

          3.2. Pérdida de conexión de vuelo                           120 €

          3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
                                                                     Incluido
          de un familiar directo

          3.4 . Regreso del asegurado en caso de
                                                                     Incluido
          hospitalización de un familiar directo

          4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS

          4.1. Búsqueda y localización de     equipaje               Incluido

          4.2. Pérdida, daños y robo de Equipaje facturado
                                                                     6.500 €
                       - Efectos personales
                                                                     3.000 €
                       - Material profesional
                                                                     3.500 €


          4.3. Robo de equipaje no fac turado                        3.000 €

          4. 4. Robo de objetos de valor
                       - Teléfono móvil                               600 €
                       - Ordenador o Tablet                           600 €
                       - Maletín                                      200 €
                       - Gafas o lentillas graduadas                  200 €

          4.5. Demora de equipaje                                    1.000 €

          4.6. Información de trámites para cancelar t    arjetas    Incluido

          4.7. Envío de objetos personales                           Incluido

          5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE

          5.1. Servicio de información                               Incluido

          5.2. Bloqueo de teléfono móvil                             Incluido

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Tabla coberturas y límites

          5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exigida
                                                                                              12.100 €
          en el extranjero

          5.4 . Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
                                                                                              3.000 €
          el extranjero

          5.5. Gastos de comunicación                                                         Incluido

          6. RESPONSABILIDAD CIVIL

          6.1. Responsabilidad civil privada                                                 500 .000 €

          7. SEGURO DE ACCIDENTES

          7.1. Seguro de accidentes (fallecimiento e inva     lidez
          permanente absoluta)
          -24 horas                                                                      30.000 €
          -Accidente en medio de transporte público                                      30.000 €
          Indemnización máxima por siniestro                                             5.000.000 €

          8. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO

          8.1. Asesoramiento y gestión de sucesiones                                     500 €

                                          SERVICIO DE RECLAMACIÓN     AÉREA. RECLAMATRAVEL

          Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
          cancelación, retraso u overbooking con                                              Incluido
          ReclamaTravel

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Tabla coberturas y límites


       Anual Larga Estancia
                         RIESGOS CUBIERTOS                               SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA

                                                          1. ASISTENCIA MÉDICA

          1.1. Gastos médicos fuera del país de Domicilio
                                                                                    5.000.000 €
          Habitual

          1.2. Gastos Odontológicos                                                    2.000 €

          1.3. Traslado a hospital en caso de urgencia                                 Incluido

          1.4. Prolongación de estancia en hotel por
                                                                                     300 € /día
          enfermedad o accidente (máximo 10 días)

          1.5. Traslado sanitario de enfermos y heridos                                Incluido
          Si no lo org anizamos nosotros                                               6000€

          1.6. Regreso de los acompañantes asegurados                                  Incluido

          1.7. Acompañante de menores o de personas
                                                                                 Billete + 300 €/día
          dependientes (máximo 10 días)

          1.8. Traslado del sustituto profesional                                      Incluido

          1.9. Reincorporación del asegurado a su origen                               Incluido

          1.10. Traslado de una persona para acompañar al
                                                                                       Incluido
          asegurado hospitalizado

          1.11. Gastos de estancia de una persona para
          acompañar al asegurado hospitalizado (máximo 10                            300 €/día
          días)

          1.12. Traslado de restos mortale s                                           Incluido
          Si no lo organizamos nosotros                                                6.000 €

          1.13. Acompañante de restos mortales (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.14. Olvido de medicamentos
                                                                                       Incluido


          1.15. Estancia de acompañante “in situ” (máximo 10
                                                                                     300 €/día
          días)

          1.16. Desplazamiento de acompañan te “in situ”                               Incluido

          1.17. Orientación psicológica telefónica (máximo 10
                                                                                       1.000 €
          sesiones)

          1.18. Fisioterapia (máximo 10 sesiones)                                      1.000 €

          1.19. Material ortopédico y prótesis                                        50.000 €

          1.20. Orientación médica por chat                                            Incluido

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Tabla coberturas y límites

          1.21. Orientación médi ca por vídeo                     Incluido

          1.22. Orientación médica telefónica                     Incluido

          1.23. Gastos médicos por enfermedades
                                                                  Incluido
          preexistentes

          1.24. Traslado médico por enfermedades
                                                                  Incluido
          preexistentes

          2. IN DEMNIZACIÓN POR SECUESTRO

          2.1. Gastos de terapia psicológica por secuelas de
                                                                  3.000 €
          secues tro (máximo 180 días)

          2.2. Indemnización por secuestro (máximo 30 días)      200 €/ día

          2.3. Gastos de consultoría en caso de secuestro         3.000 €

          3. INCIDENCIAS EN VIAJES Y VUELOS

          3.1. Reembolso de gastos por demora de viaje             120 €

          3.2. Pérdida de conexión de vuelo                        120 €

          3.3. Regreso del asegurado en caso de defunción
                                                                  Incluido
          de un familiar directo

          3.4 . Regreso del asegurado en caso de
                                                                  Incluido
          hospitalización de un familiar directo

          4. EQUIPAJES Y DOCUMENTOS

          4.1. Búsqueda y localización de     equipaje            Incluido

          4.2. Pérdida, daños y robo de equipaje facturado
                                                                  6.500 €
                       - Efectos personales
                                                                  3.000 €
                       - Material profesional
                                                                  3.500 €


          4.3. Robo de equipaje no fac turado                     3.000 €

          4. 4. Robo de objetos de valor
                       - Teléfono móvil                            600 €
                       - Ordenador o Tablet                        600 €
                       - Maletín                                   200 €
                       - Gafas o lentillas graduadas               200 €

          4.5. Demora de equipaje                                 1.000 €

          4.6. Información de trámi tes para cancelar tarjetas    Incluido

          4.7. Envío de objetos personales                        Incluido

          5. SERVICIOS DE AYUDA EN VIAJE

          5.1. Servicio de información                            Incluido

          5.2. Bloqueo de teléfono móvil                          Incluido

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Tabla coberturas y límites

          5.3. Adelanto del importe de la fianza penal exigida
                                                                                           12.100 €
          en el extranjero

          5.4. Adelanto de los gastos de asistencia jurídica en
                                                                                            3.000 €
          el extranjero

          5.5. Gastos de comunicación                                                       Incluido

          6. RESPONSABILIDAD CIVIL

          6.1. Responsabilidad civil privada                                              500 .000 €

          7. SEGURO DE ACCIDENTES

          7.1. Seguro de accidentes (fallecimien to e invalidez
          permanente absoluta)
          -24 horas                                                                       30.000 €
          -Accidente en medio de transporte público                                       30.000 €
          Indemnización máxima por siniestro                                              5.000.000 €

          8. GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO

          8.1. Asesoramiento y gestión de sucesiones                                      500 €

                                          SERVICIO DE RE CLAMACIÓN AÉREA. RECLAMATRAVEL

          Servicio de reclamación aérea a la aerolínea por
          cancelación, retraso u overbooking con                                            Incluido
          ReclamaTravel

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               EUROP ASSISTANCE S.A., Sucursal en España
                  Paseo de la Castellana, 130. 28046 Madrid
W-2504100 - E - Inscripción 1ª en Registro Mercantil de Madrid el 18 - 12-2019.
       Hoja M - 709205. Folio 153. Tomo 39930. Libro de Sociedades


                                                                                  Mayo 2 026
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