# Santalucía Decesos: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-de-decesos-santalucia-afip.php
- Entidad: SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-de-decesos-santalucia-afip.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones generales AFIP](https://santalucia.es/documentos_slw4/1572436031201/condiciones-generales-afip.pdf), Edición N_906130141, ohne Datum

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Capital asegurado (prestación por fallecimiento), importe máximo | según las condiciones particulares | el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido a través de entidades u otros profesionales contratados por el Asegurador para realizar dicho servicio. | Decesos, servicio, página 17 |
| Cobertura vitalicia (sin plazo fijo) | sí | A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más | Artículo 3, página 10 |
| Duración del pago de primas (vitalicia, limitada hasta una edad o años fijos) | no regulado |  |  |
| Prima única disponible | no regulado |  |  |
| Edad mínima de contratación | no regulado |  |  |
| Edad máxima de contratación | sí | no son asegurables las personas que al solicitar el seguro tengan más de setenta y cinco años | Artículo 10, página 17 |
| Ámbito mundial (también fallecimiento en el extranjero) | no regulado |  |  |
| Revalorización automática del capital sin examen de salud | no regulado |  |  |
| Varios asegurados en una póliza (pareja, familia) | sí | En caso de fallecimiento de cada uno de los Asegurados de la presente póliza | Artículo 10.1, página 17 |
| Cuestionario de salud o examen médico al contratar | no regulado |  |  |
| Período de carencia sin prestación completa | sí | La garantía de Decesos no tomará efecto hasta que hayan transcurrido dos meses desde el pago de la primera prima por el Tomador | Carencia, página 10 |
| Prestación si se fallece durante la carencia (devolución de primas, prestación escalonada) | no regulado |  |  |
| Prestación completa por accidente también durante la carencia | sí | Cuando el fallecimiento del Asegurado sea a causa de accidente. | Carencia, página 10 |
| Carencia reducida o nula tras examen de salud | no regulado |  |  |
| Nueva carencia para aumentos de capital | no regulado |  |  |
| Cobertura provisional desde la solicitud (normalmente solo accidente) | no regulado |  |  |
| Pago en dinero al beneficiario | no | el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido | Artículo 10.1, página 17 |
| Servicio fúnebre prestado por la aseguradora o su red de funerarias | sí | el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido | Artículo 10.1, página 17 |
| Capital adicional por fallecimiento accidental | no regulado |  |  |
| Traslado desde el extranjero (gastos u organización) | sí, hasta la suma asegurada | Traslado internacional por fallecimiento | Cuadro de garantías, página 3 |
| Traslado nacional al lugar de inhumación | sí, hasta la suma asegurada | Traslado nacional por fallecimiento | Cuadro de garantías, página 3 |
| Hijos incluidos sin póliza propia | no regulado |  |  |
| Registro de las últimas voluntades sobre el sepelio | no regulado |  |  |
| Asistencia psicológica a familiares | sí | Atención psicológica | Cuadro de garantías, página 8 |
| Gestoría: trámites, pensiones y herencia | sí | Tramitación de pensiones | Cuadro de garantías, página 5 |
| Borrado o gestión de la huella digital | no regulado |  |  |
| Asesoramiento jurídico sobre testamento y herencia | sí | Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad | Cuadro de garantías, página 3 |
| Lápida o mantenimiento de sepultura | no regulado |  |  |
| Asistencia en viaje | no regulado |  |  |
| Anticipo de la prestación por enfermedad terminal o dependencia | no regulado |  |  |
| Exención de primas por dependencia | no regulado |  |  |
| Sobrante del capital no consumido para los herederos | no regulado |  |  |
| Participación en beneficios (forma) | no regulado |  |  |
| Prima constante durante todo el pago | no regulado |  |  |
| La aseguradora puede subir la prima o reducir el capital | sí | el Asegurador notificará la prima del seguro para la siguiente anualidad en base a la tarifa de primas vigente | Artículo 4, página 11 |
| Valor de rescate | no regulado |  |  |
| Rescisión por el tomador (plazo, consecuencias) | sí | salvo que el Tomador del seguro se oponga a la prórroga | Artículo 3, página 10 |
| Sin derecho de rescisión ordinaria de la aseguradora | no regulado |  |  |
| Reducción (póliza liberada de pago con capital reducido) | no regulado |  |  |
| Aplazamiento de primas | no regulado |  |  |
| Beneficiario (revocable, irrevocable, cesión a funeraria) | no regulado |  |  |
| Exclusión de rescate antes del fallecimiento (protección frente a cómputo como patrimonio) | no regulado |  |  |
| Plazo para alegar inexactitud en la declaración | no regulado |  |  |
| Renuncia a rescindir por inexactitud sin culpa | no regulado |  |  |
| Exclusión por suicidio dentro de un plazo | no regulado |  |  |
| Exclusión por enfermedades preexistentes | no regulado |  |  |
| Riesgo de guerra pasivo | no | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51 |
| Terrorismo sin exclusión | no regulado |  |  |
| Exclusión NBQ y destrucción masiva | no regulado |  |  |
| Exclusión por epidemias, pandemias o catástrofes | sí | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51 |
| Exclusión por delito doloso del asegurado | no regulado |  |  |
| Gastos de sepelio habituales (art. 159 VersVG) | no regulado |  |  |
| Funeraria colaboradora con facturación directa | no regulado |  |  |
| Pérdida del servicio si el capital es insuficiente | no regulado |  |  |
| Prima natural, nivelada, mixta o única | sí | el Asegurador notificará la prima del seguro para la siguiente anualidad en base a la tarifa de primas vigente | Artículo 4, página 11 |
| Actualización anual de capitales | no regulado |  |  |
| Indemnización a herederos si no se presta el servicio (art. 106 bis LCS) | sí, hasta la suma asegurada | el Asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los herederos del Asegurado fallecido | Artículo 10.1, página 17 |
| Libre elección de funeraria | no | como prestador único | Artículo 10.1, página 17 |
| Recién nacidos incluidos sin carencia ni sobreprima | sí | Asimismo, el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización de un servicio fúnebre especial en caso de fallecimiento de los hijos de Asegurados de la presente póliza | Artículo 10.1, página 17 |
| Residentes extranjeros: repatriación al país de origen | sí | Asistencia a Residentes en el Extranjero | Garantías opcionales, página 5 |
| Inhumación o incineración, nicho incluido | no regulado |  |  |
| Exclusiones y cláusulas limitativas | sí | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Riesgos excluidos para todas las garantías, página 51 |
| Consorcio de Compensación de Seguros | sí | Se indemnizarán por el Consorcio de Compensación de Seguros los siniestros de carácter extraordinario. | Artículo 8, página 11 |
| Cambio de aseguradora respetando antigüedad (sin nueva carencia) | sí | Cuando los Asegurados lo estuviesen inmediatamente antes en otra póliza del ramo de Decesos del Asegurador. | Carencia, página 10 |

## Texto completo del condicionado: Condiciones generales AFIP

```text
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       Seguro de
Asistencia Familiar iPlus


               Bienvenido a santalucía
                       N_906130141

[Seite 2]
CONDICIONES
GENERALES
SI
N
  VA
     LO
          R
             CO
               N
                      TR
                         A


     Condiciones Generales del contrato
                                 CT


                   Seguro de Asistencia Familiar iPlus
                                        U
                                              AL


                          santalucíaSEGUROS

[Seite 3]
SI

       CUADRO EXTRACTADO DE LAS GARANTÍAS DE LA PÓLIZA
N

               CUADRO EXTRACTADO DE GARANTÍAS
   VA

                                GARANTÍAS BÁSICAS
 A. Decesos
 - Servicio fúnebre
             LO

 - Servicio de guardería por fallecimiento del Asegurado
 - Atención psicológica
 - Traslado nacional por fallecimiento
 - Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en España
                        R

 - Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en España
 - Traslado internacional por fallecimiento
 - Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en el extranjero
                               CO

 - Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en el extranjero
 - Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al Asegurado
    fallecido
 - Asistencia a los acompañantes del Asegurado fallecido en el extranjero
 - Asistencia a los hijos menores de diecisiete años del Asegurado fallecido en viaje
                                 N

 - Asistencia jurídica en caso de fallecimiento o invalidez
 -      1. Obtención de documentación
                                                 TR

 -      2. Asesoramiento extrajudicial
 -      3. Tramitación de pensiones
 -      4. Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o
   renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad
                                                    A


                            GARANTÍAS OPCIONALES
                                                               CT


 A. Accidentes
 - Fallecimiento por Accidente
 - Invalidez Permanente Parcial por Accidente
 - Fallecimiento por Accidente de Circulación
                                                                         U


 B. Asistencia en Viaje
 - Traslado en ambulancia en caso de enfermedad o accidente ocurridos en España
                                                                               AL


 - Anulación de viaje
 - Envío de documentos y objetos personales olvidados
 - Demora, cancelación del viaje o pérdida de conexiones
 - Reembolso de gastos por demora en la entrega de equipajes


                                                                                  27

[Seite 4]
SI
 - Localización de equipajes
 - Desplazamiento de un acompañante junto al Asegurado hospitalizado
 - Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al Asegurado
N

   hospitalizado
 - Gastos de estancia para acompañante en caso de hospitalización del Asegurado
 - Asistencia a hijos menores de diecisiete años del Asegurado hospitalizado en viaje
   VA

 - Regreso anticipado de Asegurados que se encuentren de viaje
 - Servicio de información para viajes al extranjero
 - Gastos médicos de urgencia a consecuencia de enfermedad o accidente graves en
   el extranjero
             LO

 - Prolongación de estancia en hotel en el extranjero
 - Anticipo de fondos por accidente, enfermedad o robo en el extranjero
 - Anticipo de fianza judicial y honorarios de Abogado en el extranjero
 - Depósito de fianza por hospitalización en el extranjero
                        R

 - Intérprete en caso de hospitalización en el extranjero
 - Repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente graves ocurridos en el
   extranjero
                               CO

 - Servicio de trámites administrativos para hospitalización
 - Asistencia a los acompañantes del Asegurado hospitalizado en el extranjero
 - Envío de un médico especialista al extranjero
 - Envío de medicamentos al extranjero
 - Servicio de información asistencial y mensajes urgentes
                                 N

 C. Peque Asistencia
 - Conexión asistencial
                                                TR

 - Premio de natalidad
 - Asistencia médica a menores
 - Segundo diagnóstico psicológico
 - Programa de formación asistencial
                                                   A

 D. Asistencia Senior
 - Evaluación geriátrica integral
 - Servicio de Teleasistencia
                                                               CT


       1. Intervenciones de urgencia y atención inmediata
       2. Vigilancia y atención en desplazamientos
       3. Localización y envío de servicios asistenciales
                                                                        U


       4. Seguimiento personalizado del Asegurado y su entorno
       5. Información familiar en caso de ocurrencia del siniestro, incidencias en la
        prestación del servicio y evolución del estado de salud del Asegurado
                                                                              AL


 - Programa de formación asistencial
 - Descanso familiar
 - Consultas médico - geriátricas
 - Asistencia médica a mayores


 28

[Seite 5]
SI
 - Conexión con Centros Residenciales para la Tercera Edad
 - Asesoramiento patrimonial personalizado
 - Conexión con reparadores
N

 - Inspección Técnica de Viviendas
 - Limpieza de vivienda
 - Ampliación de la garantía de Asistencia post - hospitalaria
   VA

 E. Médico - Asistencial
 - Segunda opinión médica
 - Asistencia post-hospitalaria
 - Consulta médica telefónica
             LO

 - Consulta psicológica telefónica
 - Acceso a la red de Profesionales Médicos y Centros Sanitarios
        1. Servicios sanitarios
        2. Servicio dental
                        R

 F. Gastos Excepcionales de Sepelio
 G. Hospitalización por Intervención Quirúrgica
 H. Nicho o Sepultura Individual a Máxima Temporalidad
                               CO

 I. Asistencia a Residentes en el Extranjero
 J. Asistencia a Residentes en España
 K. Protección Jurídica Integral
 - Asistencia jurídica telefónica especializada
 - Reclamación de daños
                                 N

 - Defensa Penal
 - Derecho Administrativo
                                                TR

 - Derecho de Consumo
 - Derecho Laboral y Seguridad Social
 - Vivienda
 - Fiscalidad
                                                   A


 - Derecho de Familia
 - Tramitación de expedientes de jurisdicción voluntaria y actuaciones notariales y
    registrales
                                                               CT


 - Tramitación de sanciones por circulación de vehículos a motor
 - Conexión con Abogados y Procuradores
                                                                        U
                                                                              AL


                                                                                  29

[Seite 6]
                              AL
                            U
                        ACT
                     TR
                    N
                  CO
              R
           LO
         VA
     N
SI

[Seite 7]
        Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

    CONDICIONES
 DISPOSICIONES      GENERALESPreliminar
               GENERALESArtículo     DEL CONTRATO
                                              - Bases del Contrato
                    Artículo 1 - Definiciones
N

                       DISPOSICIONES GENERALES
   VA

                                            4. En el supuesto de indicación
   Artículo Preliminar                      inexacta de la fecha de nacimiento
             LO

   BASES DEL CONTRATO                       del Asegurado, el Asegurador sólo
                                            podrá impugnar el contrato si la
  1. La presente póliza ha sido             verdadera edad del Asegurado en el
  contratada sobre la base de las           momento de la entrada en vigor del
  declaraciones formuladas por el           contrato excede de los límites de
                        R

  Tomador del seguro o el Asegurado         admisión establecidos por aquél. En
  en la solicitud-cuestionario que le ha    otro caso, si como consecuencia de
  sido sometido y que motivan la            una declaración inexacta de la edad
                               CO

  aceptación del riesgo por el              del Asegurado la prima pagada es
  Asegurador, con la asunción, por su       inferior a la que correspondería pagar,
  parte, de las obligaciones derivadas      el Asegurador podrá reclamar a los
  del contrato a cambio de la prima         familiares del Asegurado fallecido el
  correspondiente.                          importe correspondiente a la parte
                                 N

                                            proporcional de las prestaciones
  2. La solicitud-cuestionario suscrita     realizadas por el Asegurador según la
  por el Tomador del seguro o el
                                              TR

                                            prima que realmente hubiere debido
  Asegurado y esta póliza constituyen       abonar el Tomador del seguro.
  un todo unitario fundamento del
  seguro que sólo alcanza, dentro de los
  límites pactados, a los riesgos            Artículo 1.
                                                 A


  especificados en la misma.                 DEFINICIONES
  3. Si el contenido de la póliza difiere
                                                             CT


                                            En este contrato se entiende por:
  de las cláusulas acordadas, el
  Tomador del seguro o el Asegurado          1. Accidente:
  podrá reclamar al Asegurador, en el
  plazo de un mes a contar desde la         La lesión corporal que deriva de una
                                                                      U


  entrega de la póliza, para que subsane    causa violenta, súbita, externa y ajena
  la divergencia existente. Transcurrido    a la intencionalidad del Asegurado
                                                                            AL


  dicho     plazo    sin    efectuar   la   que produzca invalidez permanente o
  reclamación, se estará a lo dispuesto     muerte.
  en la póliza.


                                                                                31

[Seite 8]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 A estos efectos, se consideran           nula,    la    indemnización      será
 accidentes de circulación aquéllos       satisfecha, por orden preferente y
 que el Asegurado pueda sufrir:           excluyente, a las personas que,
N

 a) Como peatón, causado por un           respecto al Asegurado fallecido, sean:
 vehículo.                                • Sus hijos, a partes iguales. Si alguno
 b) Como conductor o pasajero de un
  VA

                                          hubiera fallecido, su parte la
 vehículo terrestre.                      percibirán los hijos de éste y si no los
 c) Como     usuario   de   transportes   hubiere, será repartida entre los hijos
 públicos.                                vivos del Asegurado.
             LO

  2. Asegurado:                           • Su cónyuge, siempre que no esté
                                          separado legalmente o de hecho.
 La persona física titular del interés
 objeto del seguro que, en defecto del    • Los padres que le sobrevivan.
 Tomador, asume las obligaciones
                       R

                                          • Los abuelos que le sobrevivan.
 derivadas del contrato.
                                          • Los hermanos que le sobrevivan.
  3. Asegurador:
                              CO

                                          • A falta de todos los anteriores, los
 SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de           herederos legales del Asegurado
 Seguros y Reaseguros, que asume el       fallecido.
 riesgo contractualmente pactado.
                                          • En su defecto, la indemnización
  4. Beneficiario:                        formará parte del patrimonio del
                                N


 La persona designada en la póliza        Tomador del seguro.
 para percibir del Asegurador las         En el supuesto de que el Beneficiario
                                            TR

 cantidades que éste haya de pagar        cause dolosamente el siniestro,
 como consecuencia del fallecimiento      quedará nula la designación hecha a
 de los Asegurados, salvo el importe de   su favor.
 los servicios que hubieren sido
                                               A


 prestados con cargo al Asegurador,        5. Dependencia:
 que serán abonados por éste
                                          El estado de carácter permanente en
                                                           CT


 directamente a las entidades que los
                                          que se encuentra el Asegurado mayor
 hayan efectuado.
                                          de sesenta y cinco años que, por
 En la garantía de Accidentes, las        razones derivadas de la edad, la
 indemnizaciones que se tengan que        enfermedad o la discapacidad, y
                                                                     U


 satisfacer por invalidez permanente      ligadas a la falta o a la pérdida de
 serán percibidas por el propio           autonomía física, mental, intelectual o
                                                                            AL


 Asegurado.                               sensorial, precisa de la atención de
                                          otra u otras personas o ayudas
 Si en el momento del fallecimiento no    importantes para realizar actividades
 hubiera Beneficiario concretamente       básicas de la vida diaria o, en el caso
 designado, o su designación fuese


 32

[Seite 9]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS
SI
 de    personas con     discapacidad        11. Servicio:
 intelectual o enfermedad mental, de
 otros apoyos para su autonomía            El conjunto de prestaciones funerarias
N

 personal.                                 y gestiones necesarias para efectuar la
                                           inhumación del Asegurado fallecido
  6. Domicilio del Tomador                 en la unidad básica de enterramiento
  VA

     del seguro:                           en la localidad que sus familiares
                                           designen dentro del territorio nacional
 El que figura en la póliza, que se        español. No obstante, los familiares
 considerará como el de su residencia      pueden optar por la incineración en
 habitual a todos los efectos.             lugar de la inhumación.
            LO

  7. Invalidez Permanente:                 El Servicio a realizar se establecerá
                                           por el Asegurador en función de las
 La    pérdida     anatómica    o    la
                                           características y costumbres existentes
 disminución funcional total o parcial
                                           en la localidad de fallecimiento y en
                      R

 de carácter permanente e irreversible
                                           la localidad de inhumación o
 provocada      por    accidente,   de
                                           incineración.
 cualquier órgano o miembro o de las
                              CO

 facultades del Asegurado.                  12. Siniestro:
  8. Periodo de carencia:                  La     ocurrencia     de      cualquier
                                           acontecimiento que determine alguna
 Tiempo en que, vigente el seguro, si
                                           prestación a cargo del Asegurador por
 se produce un siniestro éste no queda
                                N

                                           aplicación de las garantías contratadas
 cubierto.
                                           en la póliza.
  9. Póliza:
                                             TR

                                            13. Suma asegurada:
 El documento que contiene las
                                           El límite máximo a pagar por el
 condiciones reguladoras del seguro.
                                           Asegurador en cada siniestro.
 Forman parte integrante de la póliza
                                                A


 las Condiciones Generales, las             14. Tomador del seguro:
 Particulares  y    Especiales   que       La persona que junto con el
                                                             CT


 individualizan el riesgo, y los           Asegurador suscribe este contrato y al
 Suplementos y Apéndices que se            que corresponden las obligaciones
 emitan      a   la   misma     para       que del mismo se deriven, salvo las
 complementarla o modificarla.             que, por su naturaleza, deban ser
                                                                     U


                                           cumplidas por el Asegurado.
 10. Prima:
                                                                            AL


 El precio del seguro. El recibo            15. Unidad básica
 contendrá, además, los recargos e              de enterramiento:
 impuestos de legal aplicación.
                                           El nicho o la sepultura con la mínima
                                           temporalidad establecida o los


                                                                                33

[Seite 10]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 derechos deArtículo
               inhumación2 - cuando
                              Perfección
                                       la y c)toma  de efecto
                                                Cuando           del reemplace
                                                         el Tomador    contratola
 unidad     de    enterramiento       sea   póliza     en     la    que    estaban
                           Artículo 3 - Duración del seguro
 propiedad del Asegurado.                   anteriormente asegurados por otra del
N
                     Artículo 4 - Modificaciones          del contrato
                                            ramo de Decesos    con el Asegurador.
 16. Viaje:
                                            En estos tres casos, la garantía de
 El desplazamiento del Asegurado a          Decesos tomará efecto conforme a lo
  VA

 más de 100 kilómetros de su                señalado en los dos primeros párrafos
 domicilio habitual o al extranjero y       de este artículo.
 por un tiempo inferior a tres meses.
            LO

                                              Artículo 3.
   Artículo 2.                                DURACIÓN DEL SEGURO
   PERFECCIÓN Y TOMA DE
   EFECTOS DEL CONTRATO
                                            El presente seguro se contrata por el
                       R

 El contrato se perfecciona por el          período de un año. A la expiración de
 consentimiento manifestado por la          dicho período quedará tácitamente
 suscripción de la póliza por las partes    prorrogado un año más, y así
                              CO

 contratantes. La cobertura contratada      sucesivamente, salvo que el Tomador
 y sus modificaciones o adiciones no        del seguro se oponga a la prórroga, en
 tomarán efecto mientras no haya sido       cuyo caso deberá comunicarlo al
 satisfecho el recibo de prima, salvo       Asegurador mediante una notificación
 pacto en contrario.                        escrita, efectuada con un plazo de un
                                N

                                            mes de antelación a la conclusión de
 En caso de demora en el                    la anualidad de seguro en curso.
 cumplimiento de cualquiera de
                                              TR

 ambos requisitos, las obligaciones del
 Asegurador comenzarán a las 24               Artículo 4.
 horas del día en que hayan sido              MODIFICACIONES DEL
 cumplimentados.                              CONTRATO
                                                 A


 La garantía de Decesos no tomará           Las altas de Asegurados estarán
 efecto hasta que hayan transcurrido        sujetas a lo estipulado en los
                                                            CT


 dos meses desde el pago de la              Artículos 2 y 3 de estas Condiciones
 primera prima por el Tomador, salvo        Generales desde el día en que se
 en los siguientes supuestos:               hagan constar en el correspondiente
                                            suplemento, siempre que éste haya
                                                                      U


 a) Cuando el fallecimiento del
 Asegurado sea a causa de accidente.        sido firmado por las partes y el
                                            Tomador del seguro haya pagado el
                                                                           AL


 b) Cuando      los  Asegurados   lo        aumento de prima que corresponda,
 estuviesen inmediatamente antes en         salvo pacto en contrario.
 otra póliza del ramo de Decesos del
 Asegurador.                                Si el Tomador del seguro cambiara de
                                            domicilio, dentro de la localidad en


 34

[Seite 11]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                       SEGUROS
SI

       Artículo
 que resida      5 - Revalorización
            o a población distinta, lo automática      deenvío
                                        de las fechas de   sumas    aseguradas
                                                               y recepción, así
 deberá comunicar al Asegurador.        como de su contenido.
                            Artículo 6 - Comunicaciones
N
 Anualmente, y dos meses antes  Artículo
                                     del 7 - Ley   aplicable
                                              Artículo 7.
 vencimiento       delArtículo  8 - Riesgos
                          contrato,   el    extraordinarios.
                                              LEY APLICABLE C.C.S.
 Asegurador notificará la prima del
 seguro para la siguiente anualidad en
  VA

                                            La ley española será la aplicable al
 base a la tarifa de primas vigente para    presente contrato de seguro.
 la misma, pudiendo oponerse el
 Tomador del seguro a la prórroga del
 contrato hasta un mes antes al               Artículo 8.
            LO

 vencimiento del mismo.                       RIESGOS EXTRAORDINARIOS.
                                             CONSORCIO DE
                                             COMPENSACIÓN DE
  Artículo 5.                                SEGUROS
  REVALORIZACIÓN
                      R

  AUTOMÁTICA DE SUMAS                      Se indemnizarán por el Consorcio de
  ASEGURADAS                               Compensación       de     Seguros    los
                                           siniestros de carácter extraordinario.
                              CO

 Se conviene que las sumas aseguradas
 de las garantías de Accidentes,           Se incorpora a continuación un
 Hospitalización por Intervención          resumen de las normas que regulan la
 Quirúrgica y Protección Jurídica          cobertura    del   Consorcio     de
 Integral y sus primas correspondientes    Compensación de Seguros:
                                N

 quedarán                   modificadas
 automáticamente         en        cada
                                             TR

 vencimiento anual siguiendo las
 fluctuaciones del Índice de Precios de
 Consumo que publica el Instituto
 Nacional de Estadística u organismo
                                                A

 que le sustituya.
                                                            CT


  Artículo 6.
  COMUNICACIONES

 Todas las comunicaciones de las
                                                                      U


 partes que intervienen en el contrato
 deberán efectuarse por escrito o por
 cualquier otro medio indubitado que
                                                                             AL


 permita la verificación de la certeza


                                                                                 35

[Seite 12]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

                      Cláusula de
        Cláusula de indemnización  porindemnización       por el C.C.S.
                                       el Consorcio de Compensación    de Seguros
      de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros de
N

                                        personas
      (Resolución de 28 de marzo de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
                                  B.O.E. nº 92, de 16 de abril de 2018)
  VA

 De conformidad con lo establecido en                  a) Que el riesgo extraordinario
 el texto refundido del Estatuto legal del                cubierto por el Consorcio de
 Consorcio de Compensación de                             Compensación de Seguros no esté
               LO

 Seguros, aprobado por el Real Decreto                    amparado por la póliza de seguro
 Legislativo 7/2004, de 29 de octubre,                    contratada   con    la   entidad
 el tomador de un contrato de seguro                      aseguradora.
 de los que deben obligatoriamente
 incorporar recargo a favor de la citada               b) Que, aun estando amparado por
                            R

                                                          dicha póliza de seguro, las
 entidad pública empresarial tiene la
                                                          obligaciones     de    la  entidad
 facultad de convenir la cobertura de
 los    riesgos    extraordinarios    con                 aseguradora no pudieran ser
                                     CO

                                                          cumplidas por haber sido declarada
 cualquier entidad aseguradora que
                                                          judicialmente en concurso o por
 reúna las condiciones exigidas por la
                                                          estar sujeta a un procedimiento de
 legislación vigente.
                                                          liquidación intervenida o asumida
 Las indemnizaciones derivadas de                         por el Consorcio de Compensación
 siniestros       producidos        por                   de Seguros.
                                       N

 acontecimientos         extraordinarios
                                                       El Consorcio de Compensación de
 acaecidos en España o en el extranjero,
                                                           TR

                                                       Seguros ajustará su actuación a lo
 cuando el asegurado tenga su
                                                       dispuesto en el mencionado Estatuto
 residencia habitual en España, serán
 pagadas por el Consorcio de                           legal, en la Ley 50/1980, de 8 de
                                                       octubre, de Contrato de Seguro, en el
 Compensación de Seguros cuando el
                                                       Reglamento del seguro de riesgos
                                                              A


 tomador      hubiese  satisfecho    los
 correspondientes recargos a su favor y                extraordinarios, aprobado por el Real
                                                       Decreto 300/2004, de 20 de febrero, y
                                                                            CT


 se produjera alguna de las siguientes
                                                       en las disposiciones complementarias.
 situaciones:
                                                                                       U
                                                                                              AL


 36

[Seite 13]
                                              Condiciones Generales del contrato

                                                                      santalucía
                                                                            SEGUROS
SI

 RESUMEN DE LAS NORMAS LEGALES1. Acontecimientos
             I. RESUMEN
 extraordinarios cubiertos DE LAS NORMAS LEGALES
N
                            2. Riesgos excluidos
          1. Acontecimientos                   Consorcio de Compensación de
                                               Seguros podrá recabar de los órganos
       extraordinarios cubiertos
                                               jurisdiccionales  y   administrativos
   VA

                                               competentes información sobre los
  a) Los siguientes fenómenos de la
                                               hechos acaecidos.
     naturaleza:        terremotos        y
     maremotos;               inundaciones             2. Riesgos excluidos
     extraordinarias,      incluidas    las
              LO

     producidas por embates de mar;            a) Los que no den lugar a
     erupciones volcánicas; tempestad          indemnización según la Ley de
     ciclónica atípica (incluyendo los         Contrato de Seguro.
     vientos extraordinarios de rachas
                         R

     superiores a 120 km/h y los               b) Los ocasionados en personas
     tornados); y caídas de cuerpos            aseguradas por contrato de seguro
     siderales y aerolitos                     distinto a aquellos en que es
                                CO

                                               obligatorio el recargo a favor del
  b) Los ocasionados violentamente             Consorcio de Compensación de
     como consecuencia de terrorismo,          Seguros.
     rebelión, sedición, motín y tumulto
     popular.                                  c) Los producidos por conflictos
                                               armados, aunque no haya precedido la
                                  N

  c) Hechos o actuaciones de las
                                               declaración oficial de guerra.
     Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y
     Cuerpos de Seguridad en tiempo            d) Los derivados de la energía
                                                 TR

     de paz.                                   nuclear, sin perjuicio de lo establecido
                                               en la Ley 12/2011, de 27 de mayo,
  Los      fenómenos     atmosféricos    y
                                               sobre responsabilidad civil por daños
  sísmicos, de erupciones volcánicas y la
                                               nucleares o producidos por materiales
  caída de cuerpos siderales se
                                                    A


  certificarán, a instancia del Consorcio      radiactivos.
  de      Compensación      de     Seguros,    e) Los producidos por fenómenos de
                                                                 CT


  mediante informes expedidos por la           la naturaleza distintos a los señalados
  Agencia Estatal de Meteorología              en el apartado 1.a) anterior y, en
  (AEMET), el Instituto Geográfico             particular,   los    producidos       por
  Nacional y los demás organismos              elevación     del     nivel     freático,
                                                                           U


  públicos competentes en la materia. En       movimiento de laderas, deslizamiento
  los casos de acontecimientos de              o     asentamiento      de     terrenos,
                                                                                  AL


  carácter político o social, así como en      desprendimiento       de     rocas      y
  el supuesto de daños producidos por          fenómenos similares, salvo que estos
  hechos o actuaciones de las Fuerzas          fueran ocasionados manifiestamente
  Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos           por la acción del agua de lluvia que, a
  de Seguridad en tiempo de paz, el


                                                                                      37

[Seite 14]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 su vez, hubiera provocado en3. la
                                Extensión
                                   zona   de3.laExtensión
                                                  coberturade la cobertura
 una     situación    de    inundación
 4. Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros
 extraordinaria y se produjeran con
N
                                         1. La cobertura de los riesgos
 carácter     simultáneo    a      dicha    extraordinarios alcanzará a las
 inundación.                                mismas personas y las mismas
 f) Los causados por actuaciones            sumas aseguradas que se hayan
  VA

 tumultuarias producidas en el curso de     establecido en las pólizas de
 reuniones y manifestaciones llevadas a     seguro a efectos de la cobertura de
 cabo conforme a lo dispuesto en la         los riesgos ordinarios.
 Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio,     2. En las pólizas de seguro de vida
            LO

 reguladora del derecho de reunión, así      que de acuerdo con lo previsto en
 como durante el transcurso de huelgas       el contrato, y de conformidad con
 legales, salvo que las citadas              la normativa reguladora de los
 actuaciones pudieran ser calificadas        seguros       privados,      generen
                      R

 como acontecimientos extraordinarios        provisión matemática, la cobertura
 de los señalados en el apartado 1.b)        del Consorcio de Compensación
 anterior.                                   de Seguros se referirá al capital en
                                             riesgo para cada asegurado, es
                             CO

 g) Los causados por mala fe del
                                             decir, a la diferencia entre la suma
 asegurado.                                  asegurada       y     la    provisión
 h) Los correspondientes a siniestros        matemática       que     la   entidad
 producidos antes del pago de la             aseguradora que la hubiera emitido
                                             deba tener constituida. El importe
                               N

 primera prima o cuando, de
 conformidad con lo establecido en la        correspondiente a la provisión
 Ley de Contrato de Seguro, la               matemática será satisfecho por la
                                            TR

 cobertura    del     Consorcio    de        mencionada entidad aseguradora.
 Compensación de Seguros se halle
 suspendida o el seguro quede                 4. Comunicación de daños al
 extinguido por falta de pago de las         Consorcio de Compensación de
                                               A


 primas.                                                Seguros

 i) Los siniestros que por su magnitud    1. La solicitud de indemnización de
                                                           CT


 y gravedad sean calificados por el          daños cuya cobertura corresponda
 Gobierno de la Nación como de               al Consorcio de Compensación de
 «catástrofe o calamidad nacional».          Seguros, se efectuará mediante
                                             comunicación al mismo por el
                                                                     U


                                             tomador del seguro, el asegurado o
                                             el beneficiario de la póliza, o por
                                                                           AL


                                             quien actúe por cuenta y nombre
                                             de los anteriores, o por la entidad
                                             aseguradora o el mediador de
                                             seguros con cuya intervención se
                                             hubiera gestionado el seguro.


 38

[Seite 15]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS
SI
 2.Procedimiento
     La comunicación de     actuación
                        de los  daños y laen caso   de siniestro
                                                 contenido           indemnizable
                                                            de la póliza  de seguro por el
     obtención de cualquier información          se realizará por el Consorcio de
                                            C.C.S.
     relativa al procedimiento y al              Compensación de Seguros, sin que
N

     estado de tramitación de los                éste    quede vinculado por las
     siniestros podrá realizarse:                valoraciones que, en su caso,
                                                 hubiese realizado la entidad
     − Mediante llamada al Centro de
  VA

                                                 aseguradora que cubriese los
       Atención Telefónica del
                                                 riesgos ordinarios.
       Consorcio de Compensación de
       Seguros (900 222 665 ó                 4. Abono de la indemnización: El
       952 367 042).                             Consorcio de Compensación de
            LO

                                                 Seguros realizará el pago de la
     − A través de la página web del
                                                 indemnización al beneficiario del
       Consorcio de Compensación de
                                                 seguro    mediante     transferencia
       Seguros (www.consorseguros.es).
                                                 bancaria.
 3. Valoración de los daños: La
                      R

     valoración de los daños que
     resulten indemnizables con arreglo
     a la legislación de seguros y al
                             CO
                               N
                                             TR
                                                A           CT
                                                                     U
                                                                            AL


                                                                                39

[Seite 16]
  Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

 ENTRADA    EN VIGOR
      ENTRADA   EN VIGORDE DETERMINADAS
                             DE DETERMINADAS     GARANTÍASArtículo
                                                        GARANTÍAS           9-
 Entrada en vigor de las garantías de Peque Asistencia, Accidentes y
N
 Asistencia Senior                    sustituida por la de Accidentes hasta
    Artículo 9.
                                         el término de la anualidad de seguro
    ENTRADA EN VIGOR DE LAS
                                         en que el Asegurado haya cumplido
    GARANTÍAS DE PEQUE
   VA

                                         sesenta y cinco años, sin perjuicio
    ASISTENCIA, ACCIDENTES Y             de que, previo pacto expreso entre
    ASISTENCIA SENIOR                    Tomador y Asegurador, pueda
                                         prorrogarse la duración de la
  Las partes convienen expresamente
             LO

                                         garantía de Accidentes. En este caso
  que la garantía opcional de Peque      dicha garantía estará en vigor hasta
  Asistencia,   en    caso   de    ser   el fallecimiento del Asegurado o
  contratada, estará en vigor hasta el   hasta el cese de pago de primas.
  vencimiento de la anualidad de
                       R

  seguro en que el Asegurado haya        Al vencimiento de la anualidad de
  cumplido diecisiete años.              seguro en que el Asegurado haya
                                         cumplido la edad de sesenta y cinco
  Al vencimiento de dicha anualidad,
                              CO

                                         años, entrará en vigor la garantía de
  la garantía de Peque Asistencia será   Asistencia Senior.
                                N
                                          TR
                                             A          CT
                                                                 U
                                                                       AL


  40

[Seite 17]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS
SI

 OBJETO Y EXTENSIÓN
            OBJETO YDEL SEGUROArtículo
                     EXTENSIÓN         10 - Garantías Básicas
                               DEL SEGURO
N

   Artículo 10.                              la causa del fallecimiento, salvo para
   GARANTÍAS BÁSICAS                         los   riesgos    excluidos    en   las
   VA

                                             condiciones de la misma.
  Dentro de los límites establecidos en      Salvo pacto en contrario, no son
  las condiciones de esta póliza, el
                                             asegurables las personas que al
  Asegurador garantiza el cumplimiento
  de las prestaciones convenidas en la       solicitar el seguro tengan más de
             LO

  misma, en caso de ocurrencia de los        setenta y cinco años o padezcan
  hechos cuya cobertura se especifica a      enfermedad grave en el momento de
  continuación:                              contratar la póliza.
                        R

                                             Asimismo, el Asegurador garantiza,
               DECESOS                       como prestador único, la realización
                                             de un servicio fúnebre especial en
     1. Servicio fúnebre
                               CO

                                             caso de fallecimiento de los hijos de
  En caso de fallecimiento de cada uno       Asegurados de la presente póliza, si
  de los Asegurados de la presente           ocurriese durante el período de
  póliza, el Asegurador garantiza, como      gestación o antes de cumplir treinta
  prestador único, la realización del        días de edad, a partir de los cuales
                                 N

  servicio fúnebre convenido a través de
                                             deberán estar asegurados para tener
  entidades u otros profesionales
  contratados por el Asegurador para         derecho al servicio fúnebre que
                                               TR


  realizar dicho servicio.                   corresponda.

  En el supuesto de que el Asegurador        Dicha prestación comprenderá un
  no hubiera podido proporcionar la          servicio fúnebre similar al servicio
                                                  A


  prestación por causas ajenas a su          objeto de prestación de la póliza, pero
  voluntad, fuerza mayor o por haberse       adaptado a las necesidades que
                                                             CT


  realizado el servicio a través de otros    requiera o precise un servicio de esta
  medios distintos a los ofrecidos, el
                                             naturaleza.
  Asegurador quedará obligado a
  satisfacer la suma asegurada a los         La inhumación del recién nacido se
                                                                       U


  herederos del Asegurado fallecido, no      realizará en una unidad básica de
  siendo responsable de la calidad de        enterramiento      del   cementerio
  los servicios prestados.
                                                                              AL


                                             municipal o parroquial del lugar en
  Esta garantía se extiende a todos los      donde se haya producido el
  Asegurados de esta póliza cualquiera       fallecimiento o en el de residencia
  que sea su profesión y sea cual fuere      habitual de sus padres.


                                                                                  41

[Seite 18]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 Se podrá optar por la incineración, en      c) Cuando el Asegurado fallecido
 lugar de la inhumación, si en la            sea menor de diecisiete años.
N
 localidad donde hubiera ocurrido el       La prestación del servicio de atención
 fallecimiento del recién nacido           psicológica constará de dos fases:
 existiera crematorio.
  VA

                                             3.1. Asistencia           psicológica
 NO HACER USO DEL SERVICIO
                                           presencial, realizada en el lugar de
 FÚNEBRE ESPECIAL NO DARÁ
                                           fallecimiento, velación o inhumación
 DERECHO A    INDEMNIZACIÓN
                                           y durante un máximo de tres horas.
 ALGUNA.
                                           Este servicio se prestará al cónyuge o
             LO

                                           persona con la que conviviese el
      2. Servicio de guardería por         Asegurado en análoga relación de
         fallecimiento del Asegurado       afectividad y a cualquier persona que
 Cuando se produzca el fallecimiento       lo solicite y guardase con el fallecido
                       R

 de un Asegurado y siempre que haya        un parentesco consanguíneo de
 Asegurados menores de siete años en       primer grado en línea recta.
 la póliza, el Asegurador, a petición de
                                CO

 los familiares del Asegurado fallecido,     3.2. Consulta             psicológica:
 gestionará un servicio de guardería       Cualquier Asegurado de la póliza del
 desde el momento en que se                fallecido tendrá derecho a solicitar,
 produzca el fallecimiento con un          dentro de los quince días siguientes al
 LÍMITE DE 150 EUROS POR                   fallecimiento, un servicio de consultas
                                  N

 SINIESTRO Y UN MÁXIMO DE TRES             psicológicas presenciales de una hora
 DÍAS.                                     de duración, teniendo derecho a
                                           solicitar un máximo de dos consultas
                                             TR


      3. Atención psicológica              por póliza y siniestro. Las consultas se
                                           solicitarán con una antelación
 El Asegurador pondrá a disposición de     mínima de 24 horas al TELÉFONO DE
 los familiares del Asegurado fallecido    ASISTENCIA 24 HORAS.
                                                A


 un servicio de atención psicológica en
 los siguientes supuestos:                    4. Traslado nacional
                                                            CT


   a) Cuando el fallecimiento sea                por fallecimiento
   consecuencia de un accidente. Se        Serán por cuenta del Asegurador las
   entenderá por accidente para esta       gestiones y gastos necesarios para el
   garantía cualquier fallecimiento        traslado de los Asegurados que
                                                                      U


   traumático del Asegurado, incluido      fallezcan en cualquier lugar del
   el suicidio.                            territorio español al cementerio
                                                                            AL


   b) Cuando     le     sobrevivan         municipal o parroquial o al
   Asegurados menores de diecisiete        crematorio en España, que éstos o sus
   años.                                   familiares   hayan    designado     o
                                           designen, siempre que no exista


 42

[Seite 19]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                         SEGUROS
SI
 impedimento alguno por parte de las        de inhumación o incineración en
 autoridades competentes para efectuar      España acompañando al fallecido y,
 el traslado y éste se realice por la       finalmente, regresar hasta la localidad
N

 empresa de servicios funerarios que el     de su domicilio en España.
 Asegurador indique al comunicarse el
 siniestro.                                    6. Gastos de estancia para
  VA

                                                  acompañante en caso
 Asimismo, el Asegurador pondrá a
                                                  de fallecimiento
 disposición de los familiares del
 Asegurado fallecido en el territorio       Si     el     acompañante       debiera
 nacional peninsular un vehículo tipo       permanecer      en     el   lugar    de
            LO

 turismo para el acompañamiento             fallecimiento        por       trámites
 hasta el cementerio municipal o            relacionados con el traslado del
 parroquial o al crematorio designado,      Asegurado fallecido, el Asegurador
 siempre y cuando el destino sea una        reintegrará, previa presentación de las
                       R

 localidad distinta a la de residencia      facturas originales correspondientes,
 habitual del Asegurado y dentro del        los    gastos    de    alojamiento    y
 territorio nacional peninsular. El         manutención HASTA 125 EUROS
 mismo derecho tendrán los residentes
                              CO

                                            DIARIOS CON UN MÁXIMO DE
 en las Islas (Baleares o Canarias),        DIEZ DÍAS.
 respecto      al      fallecimiento   e
 inhumación o cremación dentro del          Sólo podrá utilizarse esta garantía si se
 territorio de la Isla en la que se haya    hubiera hecho uso de la garantía
 producido el fallecimiento.                Acompañante en caso de traslado por
                                N

                                            fallecimiento.
    5. Acompañante en caso de
                                              TR

       traslado por fallecimiento              7. Traslado internacional
       en España                                  por fallecimiento

 Los familiares del Asegurado que haya      Serán por cuenta del Asegurador las
                                            gestiones y gastos necesarios para el
                                                 A

 fallecido     en     España      como
 consecuencia de un accidente a más         traslado de los Asegurados que,
 de 100 kilómetros de su domicilio          encontrándose de viaje, fallezcan en
                                                             CT


 podrán designar a una persona, con         cualquier lugar del mundo hasta el
 residencia en España y que se              cementerio municipal o parroquial o
 encuentre en España en el momento          al crematorio en España que éstos o
 del fallecimiento, la cual tendrá          sus familiares hayan designado o
                                                                       U


 derecho a los billetes necesarios de       designen, siempre que no exista
 avión (clase turista), ferrocarril (1ª     impedimento alguno por parte de las
                                            autoridades competentes para efectuar
                                                                               AL


 clase) o transporte público y colectivo
 más idóneo, para que pueda viajar          el traslado y éste se realice por las
 desde su domicilio hasta el lugar          empresas de servicios funerarios que
 donde haya ocurrido el siniestro,          el Asegurador indique al comunicarse
 trasladándose posteriormente al lugar      siniestro.


                                                                                   43

[Seite 20]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
                                             Acompañante en caso de traslado por
                                             fallecimiento en el extranjero.
      8. Acompañante en caso de
N

         traslado por fallecimiento            10. Asistencia domiciliaria
         en el extranjero                          a la familia en caso de
                                                   desplazamiento junto al
  VA

 Los familiares del Asegurado que
                                                   Asegurado fallecido
 encontrándose de viaje hubiere
 fallecido en el extranjero podrán           Si en el transcurso de un viaje el
 designar a una persona, con                 Asegurado         falleciera      como
 residencia en España y que se               consecuencia de enfermedad o
             LO

 encuentre en España en el momento           accidente graves y su cónyuge no
 del fallecimiento, la cual tendrá           separado legalmente o de hecho o
 derecho a los billetes necesarios de        persona con la que conviviese de
 avión (clase turista), ferrocarril (1ª      forma     permanente       en   análoga
                        R

 clase) o transporte público y colectivo     relación de afectividad se desplazara,
 más idóneo, para que pueda viajar           en     virtud    de      las   garantías
 desde su domicilio habitual en España       Acompañante en caso de traslado por
                                CO

 hasta el lugar donde haya ocurrido el       fallecimiento en España y en el
 siniestro,                trasladándose     extranjero, hasta el lugar de
 posteriormente      al      lugar    de     ocurrencia del siniestro dejando solos
 inhumación o incineración en España         a hijos menores de diecisiete años o
 acompañando        al    fallecido    y,    personas mayores de sesenta y cinco
                                  N

 finalmente, regresar hasta la localidad     con        las     que        conviviese
 de su domicilio en España.                  permanentemente, el Asegurador
                                             reintegrará los gastos ocasionados por
                                               TR

      9. Gastos de estancia para             la contratación de los servicios
         acompañante en caso de              destinados al cuidado de los mismos,
         fallecimiento en el extranjero      con un LÍMITE DE 60 EUROS
                                             DIARIOS Y UN MÁXIMO DE DIEZ
                                                  A


 Si     el     acompañante       debiera     DÍAS.
 permanecer      en     el   lugar    de
 fallecimiento        por       trámites
                                                              CT


                                               11. Asistencia a los acompañantes
 relacionados con el traslado del
                                                   del Asegurado fallecido
 Asegurado fallecido, el Asegurador
                                                   en el extranjero
 reintegrará, previa presentación de las
 facturas originales correspondientes,       Si el Asegurado viajara al extranjero
                                                                        U


 los    gastos    de    alojamiento    y     en compañía de otras personas que
 manutención HASTA 150 EUROS                 también tuvieran la condición de
                                                                              AL


 DIARIOS Y CON UN MÁXIMO DE                  Asegurados y el viaje se interrumpiera
 DIEZ DÍAS.                                  por el fallecimiento de aquél, el
                                             Asegurador organizará a su cargo el
 Sólo podrá utilizarse esta garantía si se
 hubiera hecho uso de la garantía


 44

[Seite 21]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                       SEGUROS
SI
 regreso del resto de Asegurados hasta         cualesquiera otros que se estimen
 su domicilio en España.                       necesarios para la preparación de
                                               la declaración de herederos.
N

   12. Asistencia a los hijos menores
                                               2. Certificado    del   Registro
       de diecisiete años del
                                               General de Actos de Última
       Asegurado fallecido en viaje
                                               Voluntad del Asegurado.
  VA

 Si el Asegurado viajara en compañía
                                               3. Certificado del Registro de
 de hijos menores de diecisiete años y
                                               Contratos de Seguros de Cobertura
 éstos quedasen sin asistencia a causa
                                               de Fallecimiento.
 del fallecimiento del Asegurado con
            LO

 motivo de un riesgo cubierto en la            4. Baja del Asegurado fallecido
 póliza, el Asegurador organizará a su         como usuario del Sistema Público
 cargo el regreso de los menores hasta         Sanitario y/o como pensionista del
 su domicilio en España, con                   Instituto Nacional de la Seguridad
                       R

 acompañamiento que garantice su               Social o del correspondiente
 cuidado si fuera necesario.                   Organismo de la Comunidad
                                               Autónoma, si esta competencia le
                              CO

   13. Asistencia jurídica en caso de          estuviera transferida, o de la
       fallecimiento o invalidez               Mutualidad de funcionarios o
                                               Instituto correspondiente.
 13.1. Obtención de documentación
                                              b) Tras la aportación de la
 En caso de fallecimiento o invalidez         documentación necesaria por el
                                N

 del Asegurado derivado de un                 Asegurado o sus familiares, se
 siniestro amparado en la póliza, serán       tramitará la obtención de:
 por cuenta del Asegurador las
                                              TR


 gestiones y gastos necesarios para la         1. Baja del Asegurado fallecido
 obtención o tramitación de la                 en el Libro de Familia.
 siguiente              documentación
                                               2. Fe de vida.
 administrativa, siempre y cuando la
                                                 A


 misma       radique    en   Registros,        3. Certificado   municipal    de
 Organismos o Instituciones situadas           convivencia con el Asegurado.
                                                            CT


 en territorio español:
                                               4. Certificado      del    Archivo
   a) Cuando el Asegurado o sus                Eclesiástico de     bautismo del
   familiares faciliten la información         Asegurado.
   necesaria, se realizarán los trámites
                                                                      U


                                              c) En los casos en que sea
   para la obtención de:
                                              imprescindible la presencia de los
                                                                             AL


    1. Certificaciones del Registro           familiares, el Asegurador limitará la
    Civil, en extracto o literal, de          prestación      al    asesoramiento
    defunción,      nacimiento     y          necesario para la obtención de la
    matrimonio del Asegurado y de             siguiente documentación:
    nacimiento de sus hijos o


                                                                                 45

[Seite 22]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
      1. Certificado de matrimonio del       los familiares respecto de Bancos,
      Archivo Eclesiástico.                  Cajas de Ahorros y otras Entidades
                                             Financieras por todo tipo de
N
      2. Certificado del Registro de
                                             contratos o activos financieros de
      Parejas de Hecho.
                                             los que fuera titular o beneficiario el
      3. Copia del testamento otorgado       Asegurado fallecido.
  VA

      por el Asegurado fallecido.
                                             d) Contratos de arrendamiento. A-
 La obtención de la documentación            sesoramiento sobre las gestiones a
 administrativa          anteriormente       realizar para la subrogación de los
 detallada se realizará atendiendo la        familiares en los contratos de
             LO

 petición realizada por el Asegurado o       arrendamiento      sobre     bienes
 sus familiares y será única para cada       inmuebles formalizados por el
 siniestro.                                  Asegurado fallecido en calidad de
                                             arrendador o arrendatario.
                       R

 13.2. Asesoramiento extrajudicial           e) Cambios de titularidad. Asesora-
 El Asegurador prestará el servicio de       miento para llevar a efecto el
 información,       orientación      y       cambio de titularidad de vehículos
                              CO

 asesoramiento       telefónico    que       ante la Dirección General de
 pudieran precisar el Asegurado o sus        Tráfico, así como de los contratos
 familiares derivado exclusivamente de       de suministro de agua, energía
 las consultas que se produzcan con          eléctrica, teléfono y gas.
 relación a las siguientes gestiones y
                                N

                                             f) Reclamación a terceros. Asesora-
 actuaciones:                                miento para efectuar reclamación
   a) Sucesiones. Asesoramiento para         de responsabilidad por los daños y
                                            TR


   la realización del inventario de          perjuicios sufridos por el Asegurado
   bienes, operaciones particionales,        o sus familiares a consecuencia del
   liquidación de obligaciones fiscales      hecho que determina un siniestro
   e inscripciones registrales derivadas     cubierto por la póliza, cuando el
                                               A


   de todo ello.                             mismo sea imputable a terceros, así
                                             como respecto de la acción directa
                                                            CT


   b) Seguros. Asesoramiento para la         que pudiera corresponderles frente
   reclamación de los derechos y             a la Entidad Aseguradora del
   beneficios que asistan al Asegurado       causante de los daños.
   o a sus familiares frente a otras
   aseguradoras        distintas    del
                                                                      U


                                           13.3. Tramitación de pensiones
   Asegurador o Gestoras de Fondos
   de Pensiones, por contratos que         El Asegurador, a petición del
                                                                            AL


   aquél tuviera suscritos.                Asegurado o de sus familiares, y una
                                           vez recabados los datos necesarios,
   c) Productos financieros. Asesora-      remitirá               debidamente
   miento para la reclamación de los       cumplimentados a los mismos los
   derechos y beneficios que asistan a


 46

[Seite 23]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                          SEGUROS
SI
 documentos de solicitud de las              En ningún caso queda cubierta por la
 pensiones de viudedad, orfandad,            presente garantía la gestión de las
 invalidez y/o auxilio por defunción,        correspondientes escrituras públicas
N

 con los certificados necesarios para su     de protocolización de operaciones
 obtención, así como las instrucciones       particionales o de adjudicación de la
 y comunicaciones de la oficina de la        herencia del Asegurado fallecido.
  VA

 Seguridad Social o de la Mutualidad
                                             Salvo pacto en contrario, quedan
 de     funcionarios      o     Instituto
                                             excluidas las coberturas aseguradas
 correspondiente más cercano a su
                                             en las garantías de Traslado
 domicilio para su presentación.
                                             internacional      por     fallecimiento,
             LO

                                             Acompañante en caso de traslado por
 13.4. Gestión de la declaración de
                                             fallecimiento en el extranjero, Gastos
       herederos, de las escrituras de
                                             de estancia para acompañante en
       aceptación o renuncia de
                                             caso     de    fallecimiento      en    el
       herencia e inscripción en el
                       R

                                             extranjero, Asistencia domiciliaria a
       Registro de la Propiedad
                                             la familia en caso de desplazamiento
 El Asegurador prestará a los                junto     al    Asegurado       fallecido,
                                             Asistencia a los acompañantes del
                               CO

 descendientes,    ascendientes     y/o
 cónyuge del Asegurado fallecido el          Asegurado fallecido en el extranjero y
 asesoramiento jurídico necesario en         Asistencia a los hijos menores de
 España a fin de que, mediante acta de       diecisiete    años     del     Asegurado
 notoriedad, puedan ser declarados           fallecido en viaje:
                                 N

 notarialmente únicos herederos ab
                                             a) Cuando el Asegurado tenga su
 intestato del Asegurado fallecido, así
                                             residencia habitual en el extranjero.
 como para otorgar en España ante
                                               TR

 Notario       las    correspondientes       b) Cuando el Asegurado participe en
 escrituras públicas de aceptación o         rallyes o practique el alpinismo.
 renuncia de herencia.
                                             c) En las operaciones de rescate en
                                                  A

 Asimismo, el Asegurador prestará la         montaña, simas, mar o desierto.
 asistencia jurídica que precisen dichas
 personas para, en su caso, inscribir en     d) Cuando el viaje del Asegurado al
                                                               CT


 el Registro de la Propiedad que             extranjero tenga por objeto recibir
 corresponda los extremos de dichos          tratamiento médico.
 instrumentos públicos que resulten          Para las coberturas de Obtención de
 necesarios.                                 documentación y Asesoramiento
                                                                         U


 Los honorarios devengados por la            extrajudicial incluidas en la garantía
 intervención de fedatarios públicos,        de Asistencia jurídica en caso de
                                                                                AL


 así como los tributos de los que, en su     fallecimiento     o    invalidez,   el
 caso, fueran sujetos pasivos dichos         asesoramiento legal se circunscribe al
 herederos serán a cargo de los              derivado       exclusivamente      del
 mismos.                                     Ordenamiento Jurídico español.


                                                                                    47

[Seite 24]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

   Artículo 11.  Artículo 11 - Garantías  Opcionales
                                 Salvo pacto en contrario, no tienen
                                 cobertura en la garantía de
   GARANTÍAS OPCIONALES
                                          Accidentes:
N

 Sólo mediante expresa contratación       a) Las enfermedades de toda clase.
 que debe constar en las Condiciones
 Particulares de esta póliza y pago de    b) Las        consecuencias      de
  VA

 la prima correspondiente, pueden         cardiopatías, infartos de miocardio,
 contratarse las siguientes coberturas:   infartos o derrames cerebrales, así
                                          como de operaciones quirúrgicas.

             ACCIDENTES                   c) Las consecuencias del suicidio o
             LO

                                          de su tentativa.
      1. Fallecimiento por Accidente      d) Las consecuencias de actos
 En caso de producirse el fallecimiento   delictivos,               imprudencia
 por accidente del Asegurado, el          manifiestamente temeraria o culpa
                       R

 Asegurador abonará al Beneficiario la    grave del Asegurado, así como los
 suma asegurada establecida en las        debidos a su participación en
 Condiciones Particulares.                desafíos, apuestas, riñas o peleas que
                                 CO

                                          deriven en agresiones físicas, siempre
      2. Invalidez Permanente             y cuando no hubiese actuado en
         Parcial por Accidente            legítima defensa o en tentativa de
                                          salvamento de bienes.
 En caso de que el Asegurado sufra un
                                   N

 accidente cubierto por esta póliza, a    e) Los    daños     cuya    cobertura
 cuya consecuencia se le genere una       corresponda     al   Consorcio      de
                                          Compensación de Seguros o cuando
                                           TR

 situación de invalidez permanente
 parcial, el Asegurador le abonará la     dicho Organismo no admita el
 suma que corresponda según el            derecho a indemnización de los
 baremo de porcentajes y condiciones      Asegurados por incumplimiento de
 establecido en las Condiciones           alguna de las normas establecidas en
                                              A


 Particulares.                            el Reglamento de Circulación, Ley de
                                          Tráfico y Circulación de Vehículos a
                                                          CT


      3. Fallecimiento por Accidente      Motor             y      disposiciones
         de Circulación                   complementarias vigentes en la fecha
                                          de ocurrencia.
 El Asegurador abonará al Beneficiario
                                          f) Las diferencias entre los daños
                                                                   U


 un capital adicional igual al
 establecido para la garantía de          producidos      y    las   cantidades
 Fallecimiento por Accidente, siempre     indemnizadas por el Consorcio de
                                                                         AL


 que el fallecimiento del Asegurado       Compensación de Seguros, en razón
 sobrevenga a causa de un accidente       de la aplicación de franquicias,
 de circulación.                          detracciones, reglas proporcionales u
                                          otras limitaciones.


 48

[Seite 25]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                      SEGUROS
SI
                                            primer grado o colaterales en segundo
       ASISTENCIA EN VIAJE
                                            grado por consanguinidad, o a causa
                                            de un deber público de inexcusable
N
    1. Traslado en ambulancia en
       caso de enfermedad o                 cumplimiento,      el      Asegurador
       accidente ocurridos en España        reembolsará     al    Asegurado     o
                                            Beneficiarios, previa justificación
  VA

 El Asegurador abonará los gastos de        documental, los gastos originados por
 ambulancia precisos para trasladar al      la anulación HASTA UN MÁXIMO
 Asegurado enfermo o accidentado en         DE 600 EUROS.
 España, desde el lugar de ocurrencia
 del siniestro hasta el centro sanitario
            LO

                                               3. Envío de documentos y
 más próximo que cuente con los                   objetos personales olvidados
 medios      idóneos    para    atender
 debidamente la enfermedad o lesiones       Si en el transcurso de un viaje el
 sufridas.                                  Asegurado hubiese olvidado en su
                       R

                                            domicilio      algún      documento
 Asimismo, y en caso de gravedad, el        imprescindible para el transcurso del
 Asegurador se hará cargo de los gastos     mismo, el Asegurador organizará y
 para el traslado en ambulancia del
                              CO

                                            asumirá los gastos de su envío a la
 Asegurado enfermo o accidentado            dirección que al efecto señale el
 hasta el centro sanitario más próximo      Asegurado.
 a su domicilio cuando los médicos
 que      asistan     al    Asegurado,      Asimismo, en caso de que el
 conjuntamente con los servicios            Asegurado hubiera olvidado en el
                                N

 médicos del Asegurador, lo autoricen       lugar en que hubiese residido durante
 en función de su estado y aptitud para     su viaje algún objeto o documento o
                                              TR

 viajar.                                    éstos    hubiesen    sido   sustraídos
                                            ilegítimamente al Asegurado en dicho
 Esta cobertura solamente surtirá           lugar y posteriormente recuperados, el
 efecto cuando la enfermedad o el           Asegurador se encargará del envío a
 accidente hayan ocurrido a más de
                                                 A

                                            su domicilio.
 20 kilómetros del domicilio del
 Asegurado.                                 El Asegurador únicamente asumirá la
                                                            CT


                                            organización del envío con un LÍMITE
    2. Anulación de viaje                   DE 150 EUROS POR Asegurado Y
                                            450 EUROS POR SINIESTRO O
 Si se anulara el viaje ya concertado       UNIDAD FAMILIAR.
                                                                     U


 por el Asegurado por su fallecimiento
 u hospitalización, el de su cónyuge no        4. Demora, cancelación del viaje
 separado legalmente o de hecho o                 o pérdida de conexiones
                                                                            AL


 persona con la que conviviese de
 forma    permanente       en    análoga    Si el Asegurado estuviese en posesión
 relación     de     afectividad,    sus    de un billete confirmado de avión o
 ascendientes o descendientes de            barco de línea regular (siempre que la


                                                                                49

[Seite 26]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 singladura tenga su origen o destino           7. Desplazamiento de un
 en un puerto extranjero) y se                     acompañante junto al
 produjese el día del embarque un                  Asegurado hospitalizado
N

 retraso, cancelación o falta de
                                             Si el Asegurado viajara solo y fuera
 conexión     entre     dos     trayectos
                                             hospitalizado, con motivo de un
 previamente concertados, por un
                                             riesgo cubierto por la póliza, siendo la
  VA

 tiempo superior a 12 horas o con una
                                             previsión       del      tiempo        de
 noche por medio, por causa
                                             hospitalización       SUPERIOR          A
 imputable     al    transportista,     el
                                             CUATRO DÍAS, el Asegurador pondrá
 Asegurador indemnizará al Asegurado
                                             a disposición de la persona que aquél
             LO

 por los gastos ocasionados por tal
                                             designe, con residencia en España y
 imprevisto,     previa     justificación
                                             que se encuentre en España en el
 documental, con un LÍMITE DE 200
                                             momento de ocurrencia del siniestro,
 EUROS.
                                             un billete de ida y vuelta en avión
                        R

                                             (clase turista), ferrocarril (1ª clase) o
      5. Reembolso de gastos por
                                             transporte público y colectivo más
         demora en la entrega
                                             idóneo para que pueda viajar desde
         de equipajes
                                             su domicilio hasta el lugar donde se
                                CO

 El    Asegurador     reembolsará    al      encuentre el Asegurado hospitalizado.
 Asegurado el importe de los artículos
 necesarios, previa presentación de las         8. Asistencia domiciliaria
 facturas originales correspondientes,             a la familia en caso de
                                  N

 como consecuencia de la demora de                 desplazamiento junto al
 más de 24 horas en la entrega del                 Asegurado hospitalizado
 equipaje facturado por el Asegurado
                                               TR

                                             Si en virtud de la garantía
 en transporte público, excepto en el
                                             Desplazamiento de un acompañante
 viaje de regreso al domicilio del
                                             junto al Asegurado hospitalizado su
 Asegurado, HASTA EL LÍMITE DE 300
                                             cónyuge no separado legalmente o de
 EUROS POR PERSONA Y 1.200
                                                  A

                                             hecho o persona con la que
 EUROS POR SINIESTRO.
                                             conviviese de forma permanente en
                                             análoga relación de afectividad se
                                                              CT


      6. Localización de equipajes
                                             desplazara hasta el lugar de
 Siempre que el transporte sea en            ocurrencia del siniestro, dejando solos
 avión o en barco, el Asegurador             a hijos menores de diecisiete años o
 prestará su colaboración en las             personas mayores de sesenta y cinco
                                                                        U


 gestiones de búsqueda y localización        con       las      que       conviviese
 en caso de pérdida total o parcial de       permanentemente, el Asegurador
                                                                              AL


 los equipajes y efectos personales          reintegrará los gastos ocasionados por
 previamente    facturados   por     el      la contratación de los servicios
 Asegurado.                                  destinados al cuidado de los mismos,
                                             con un LÍMITE DE 60 EUROS


 50

[Seite 27]
                                             Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                           SEGUROS
SI
 DIARIOS Y UN MÁXIMO DE DIEZ                  organizará a su cargo el regreso de los
 DÍAS.                                        menores hasta su domicilio en
                                              España, con acompañamiento que
N
 Sólo podrá utilizarse esta garantía si se
                                              garantice su cuidado si fuera
 hubiera hecho uso de la garantía de
                                              necesario.
 Desplazamiento de un acompañante
 junto al Asegurado hospitalizado.
  VA

                                                11. Regreso anticipado de
                                                    Asegurados que se
    9. Gastos de estancia para
                                                    encuentren de viaje
       acompañante en caso de
       hospitalización del Asegurado          Si el Asegurado tuviese que
             LO

                                              interrumpir su viaje por fallecimiento
 El     Asegurador     reintegrará    al
                                              de su cónyuge no separado
 acompañante       designado,     previa
                                              legalmente o de hecho o persona con
 presentación de las facturas originales
                                              la    que     conviviese     de     forma
 correspondientes, los gastos de
                        R

                                              permanente en análoga relación de
 alojamiento        y      manutención
                                              afectividad,        ascendientes        o
 ocasionados en el lugar donde el
                                              descendientes hasta segundo grado o
 Asegurado se encuentre hospitalizado
                                CO

                                              colaterales de segundo grado por
 HASTA 125 EUROS DIARIOS EN
                                              consanguinidad, el Asegurador le
 ESPAÑA Y 150 EUROS DIARIOS EN
                                              reembolsará los gastos que se le
 EL EXTRANJERO, CON UN MÁXIMO
                                              originen por desplazamiento en avión
 DE DIEZ DÍAS, en cuyo cómputo se
                                              (clase turista), ferrocarril (1ª clase) o
 incluirán los días durante los que, por
                                  N

                                              transporte público y colectivo más
 prescripción facultativa, el Asegurado
                                              idóneo por su regreso desde el lugar
 hospitalizado deba prolongar su
                                              en donde se encuentre en ese
                                                TR

 estancia en hotel antes de regresar a
                                              momento hasta el de inhumación o
 su domicilio.
                                              incineración en España.
 Sólo podrá utilizarse esta garantía si se
                                              Existirá el mismo derecho en caso de
 hubiera hecho uso de la garantía
                                                   A

                                              siniestro grave producido en el
 Desplazamiento de un acompañante
                                              inmueble en que radique el domicilio
 junto al Asegurado hospitalizado.            particular o profesional propiedad del
                                                               CT


                                              Asegurado, siempre que éste se vea
   10. Asistencia a hijos menores de          obligado a interrumpir su viaje en el
       diecisiete años del Asegurado          extranjero para regresar hasta su
       hospitalizado en viaje                 domicilio España.
                                                                         U


 Si el Asegurado viajara en compañía
 de hijos menores de diecisiete años y          12. Servicio de información
                                                                                 AL


 éstos quedasen sin asistencia por                  para viajes al extranjero
 causa de la hospitalización del              A través del TELÉFONO DE
 Asegurado por TIEMPO SUPERIOR A
                                              ASISTENCIA     24    HORAS,       el
 CUATRO DÍAS, el Asegurador                   Asegurado podrá obtener información


                                                                                     51

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 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 importante de orden administrativo o      dolencias o lesiones por accidente
 médico antes de iniciar su viaje al       previamente diagnosticadas o por las
 extranjero, tal como pasaportes,          que el Asegurado se encuentre en
N

 visados de entrada en el país de          tratamiento médico.
 destino, vacunas exigibles, aduanas,
                                           b) Los procedentes de enfermedad
 moneda, tipos de cambio y otros
                                           mental.
  VA

 servicios.
                                           c) Los de curas termales.
   13. Gastos médicos de urgencia a
                                           d) Los derivados del seguimiento del
       consecuencia de enfermedad
                                           embarazo, incluso parto y puerperio,
            LO

       o accidente graves en el
                                           excepto las alteraciones patológicas
       extranjero
                                           agudas e imprevisibles de este estado.
 Si el Asegurado se encontrara de viaje
                                           e) Los derivados de la adquisición,
 por el extranjero y sufriera una
                                           implantación, sustitución, extracción
                       R

 enfermedad o accidente graves, el
                                           y/o reparación de prótesis en general.
 Asegurador le reembolsará, previa
 presentación de las facturas originales   f) Los producidos por movimientos
                              CO

 y         certificados        médicos     telúricos, inundaciones o erupciones
 correspondientes, los gastos médicos      volcánicas.
 de urgencia que se le hubieran
 ocasionado en el país de ocurrencia       g) Los que tengan su origen en la
 del siniestro (honorarios médicos,        ingestión o consumo intencionado de
                                           bebidas alcohólicas, estupefacientes,
                                N

 medicamentos recetados por un
 médico o cirujano, hospitalización y      drogas o medicamentos, salvo que
 ambulancia para un trayecto local por     estos últimos hubieran sido prescritos
                                             TR

 prescripción facultativa) HASTA UN        por un facultativo.
 LÍMITE DE 15.000 EUROS POR
 ASEGURADO Y SINIESTRO.                      14. Prolongación de estancia
                                                 en hotel en el extranjero
                                                A

 Los arreglos dentales de urgencia
 precisados por el Asegurado durante       Cuando por prescripción facultativa el
 su viaje en el extranjero quedan          Asegurado       hospitalizado       por
                                                            CT


 cubiertos HASTA UN LÍMITE DE 500          enfermedad o accidente graves
 EUROS      POR    ASEGURADO      Y        ocurridos en el extranjero por siniestro
 SINIESTRO.                                amparado por la cobertura Gastos
                                           médicos de urgencia a consecuencia
                                                                       U


 Salvo pacto en contrario, no quedan       de enfermedad o accidente graves en
 cubiertos los siguientes gastos           el extranjero debiera prolongar su
 médicos:
                                                                            AL


                                           estancia en el lugar en que se
 a) Los derivados de cualquier             encontrase de viaje y donde se
 enfermedad    preexistente     y/o        produjo dicho siniestro tras finalizar
 congénita, afecciones     crónicas,       su hospitalización y hasta recibir el
                                           alta médica para poder viajar, el


 52

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                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                         SEGUROS
SI
 Asegurador le reintegrará, previa           un accidente de circulación en el
 presentación de las facturas originales     extranjero se le exigiese al Asegurado
 correspondientes, los gastos de             el depósito de una fianza, el
N

 alojamiento y manutención HASTA             Asegurador le concederá un anticipo
 150 EUROS DIARIOS Y UN                      equivalente al importe de la fianza
 MÁXIMO DE DIEZ DÍAS.                        exigida HASTA 15.000 EUROS POR
  VA

                                             ASEGURADO. Asimismo, y en este
   15. Anticipo de fondos por                supuesto, el Asegurador le anticipará
       accidente, enfermedad                 los honorarios de Abogado HASTA
       o robo en el extranjero               UN LÍMITE DE 7.500 EUROS.
             LO

 Si como consecuencia de accidente,
                                             En ambos casos, el Asegurador podrá
 enfermedad o robo de bienes
                                             solicitar del Asegurado algún tipo de
 ocurridos en el extranjero el
                                             aval o garantía que le asegure el
 Asegurado quedara sin recursos
                                             cobro del anticipo.
                       R

 económicos y no tuviera medios para
 obtenerlos, el Asegurador le anticipará       17. Depósito de fianza
 la cantidad necesaria para hacer                  por hospitalización
                               CO

 frente a sus necesidades urgentes                 en el extranjero
 HASTA UN MÁXIMO DE 1.000
                                             Si el Asegurado precisase ser
 EUROS.
                                             hospitalizado en el extranjero, el
 El Asegurado se obliga a la                 Asegurador hará el depósito de la
 devolución del importe prestado en          fianza que la administración del
                                 N

 cuanto regrese a su domicilio habitual      hospital le solicite HASTA 15.000
 y, como máximo, en el plazo de              EUROS      POR     ASEGURADO    Y
                                               TR

 sesenta días. Si transcurrido ese plazo     SINIESTRO.
 no se hubiera efectuado la devolución
                                             Para esta cobertura son de aplicación
 de la cantidad prestada, el Asegurador
                                             las mismas exclusiones que para
 podrá reclamarla incrementada en el
                                             Gastos médicos de urgencia a
                                                  A

 interés legal del dinero aplicable en el
                                             consecuencia de enfermedad o
 momento de su reclamación.
                                             accidente graves en el extranjero.
                                                             CT


 En todos los casos, el Asegurador
                                             Siempre que el riesgo esté cubierto
 podrá solicitar del Asegurado algún
                                             en    la    póliza,    las cantidades
 tipo de aval o garantía que le asegure
                                             entregadas en concepto de depósito
 el cobro del anticipo.
                                             de la fianza por hospitalización se
                                                                      U


                                             entenderán como anticipos de la
   16. Anticipo de fianza judicial
                                             suma a pagar por Gastos médicos de
       y honorarios de Abogado
                                                                               AL


                                             urgencia     a      consecuencia   de
       en el extranjero
                                             enfermedad o accidente graves en el
 Si como consecuencia de un                  extranjero.
 procedimiento judicial instruido por


                                                                                   53

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 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
   18. Intérprete en caso                  en camilla y, cuando el caso lo
       de hospitalización                  requiera, con vigilancia médica.
       en el extranjero
N
                                           La decisión de repatriar será tomada
 Si con motivo de un riesgo cubierto       conjuntamente por el médico que
 en la póliza el Asegurado fuera           trate al Asegurado en el lugar del
 hospitalizado en el extranjero por        siniestro y los servicios médicos del
  VA

 TIEMPO SUPERIOR A CUATRO DÍAS             Asegurador. Todos los servicios serán
 y fuera necesaria la prestación de un     realizados bajo constante control
 servicio de intérprete para cubrir las    médico.
 necesidades médico - sanitarias que la
            LO

                                           En caso de recibir el alta médica en el
 hospitalización     del     Asegurado
                                           lugar del siniestro y no tratándose, por
 requiriese, el Asegurador lo pondrá a
                                           tanto, de una enfermedad o accidente
 disposición del Asegurado con la
                                           graves cubiertos por esta garantía, si el
 mayor urgencia posible. Los gastos
                                           Asegurado hubiera perdido los medios
                       R

 cubiertos por el Asegurador quedan
                                           previstos para regresar a España o no
 limitados a 60 EUROS DIARIOS CON
                                           pudiera continuar su viaje por
 UN MÁXIMO POR SINIESTRO DE
                                           imposibilidad física o material, el
 DIEZ DÍAS.
                              CO

                                           Asegurador organizará a su cargo el
                                           regreso a España en avión de línea
   19. Repatriación sanitaria en
                                           regular o en el medio de transporte
       caso de enfermedad o
                                           público y colectivo más idóneo
       accidente graves ocurridos
                                           HASTA UN LÍMITE DE 1.500 EUROS.
                                N

       en el extranjero
                                           Salvo pacto en contrario, esta
 Si el Asegurado se encontrara de viaje
                                           cobertura no tendrá efecto cuando
                                             TR

 por el extranjero y sufriera una
                                           las heridas o la enfermedad sufridas
 enfermedad o accidente graves que
                                           por     el   Asegurado      no   sean
 impliquen un riesgo vital, el
                                           consideradas graves por el personal
 Asegurador organizará, cuando los
                                           facultativo que le asista y puedan ser
                                                A

 médicos lo aconsejen, la repatriación
                                           curadas en el lugar en que se
 del Asegurado. Sólo las circunstancias
                                           encuentre sin imposibilitarle para
 de índole médica tales como
                                                            CT


                                           continuar el viaje. Sin embargo, en
 urgencia, estado del Asegurado y
                                           este caso, se prestará la asistencia
 aptitud para viajar, determinarán si el
                                           prevista por la cobertura Gastos
 transporte debe efectuarse y por qué
                                           médicos de urgencia a consecuencia
 medio (avión sanitario especial,
                                                                      U


                                           de enfermedad o accidente graves en
 helicóptero, avión de línea regular,
                                           el extranjero.
 coche - cama o ambulancia). Para los
                                                                            AL


 países que estén fuera del área de
 Europa y del Mediterráneo, la
 repatriación    del    Asegurado     se
 efectuará por avión de línea regular


 54

[Seite 31]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                       SEGUROS
SI
   20. Servicio de trámites                  23. Envío de medicamentos
       administrativos para                      al extranjero
       hospitalización
N
                                           Cuando el Asegurado, por un riesgo
 En caso de producirse la repatriación     cubierto en la póliza, precise algún
 sanitaria   del   Asegurado      como     medicamento de interés vital que no
 consecuencia de enfermedad o              pueda ser obtenido en el lugar en
  VA

 accidente graves ocurridos en el          donde se encuentre, el Asegurador
 extranjero, el Asegurador colaborará      organizará a su cargo su envío desde
 en la gestión de cuantos trámites         España o desde el país más próximo
 administrativos sean necesarios para      en donde pueda ser obtenido.
            LO

 formalizar la admisión del Asegurado
 en el hospital que le corresponda en        24. Servicio de información
 función de su domicilio habitual.               asistencial y mensajes
                                                 urgentes
                      R

   21. Asistencia a los acompañantes
                                           El    Asegurador,    a   través    del
       del Asegurado hospitalizado
                                           TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
       en el extranjero
                                           HORAS, informará a la familia del
                              CO

 Si el Asegurado viajara al extranjero     Asegurado, si fuera necesario, de toda
 en compañía de otras personas que         solicitud de asistencia y de las
 también tuvieran la condición de          operaciones de socorro desarrolladas.
 Asegurados y el viaje se interrumpiera    El Asegurador tendrá a disposición de
 por la hospitalización o traslado de      sus Asegurados el servicio permanente
                                N

 aquél hasta España a causa de una         del TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
 enfermedad o accidente graves, el         HORAS para transmitir los mensajes
                                             TR

 Asegurador organizará a su cargo el       urgentes relativos a las incidencias
 regreso del resto de Asegurados hasta     sobre riesgos cubiertos por la presente
 su domicilio en España.                   garantía.
                                           Salvo pacto en contrario, quedan
                                                A


   22. Envío de un médico
       especialista al extranjero          excluidas las coberturas aseguradas
                                           de Asistencia en Viaje en los
                                                            CT


 Cuando el Asegurado presente, por un      siguientes casos:
 riesgo cubierto en la póliza, un          a) Cuando el Asegurado tenga su
 cuadro clínico muy grave que no le        residencia habitual en el extranjero.
 permita ser trasladado y la asistencia    b) Cuando las lesiones sufridas se
                                                                      U


 médica que se le pueda prestar en el      hayan producido por intento de
 extranjero no sea la adecuada para su     suicidio.
 estado, el Asegurador enviará un
                                                                             AL


                                           c) Cuando      las heridas      o     la
 médico especialista al lugar donde se     enfermedad se hayan producido
 encuentre.                                como      consecuencia     directa     o


                                                                                 55

[Seite 32]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 indirecta de la reacción o radiación      el plazo de seis meses desde su
 nuclear o contaminación radiactiva.       nacimiento.
 d) Cuando el Asegurado participe en
N
                                           Dicha suma asegurada se destinará
 rallyes o practique el alpinismo.
                                           por el Asegurado que obre en
 e) En las operaciones de rescate en
                                           representación del menor al pago de
 montaña, simas, mar o desierto.
                                           la prima de un seguro de vida –
  VA

 f) Cuando el viaje del Asegurado al
                                           ahorro denominado “Mi Primer
 extranjero tenga por objeto recibir
                                           Ahorro” cuyo Tomador (debidamente
 tratamiento médico.
                                           representado) y Asegurado será el
 NO    HACER   USO   DE   LAS              menor y que se regirá por las
             LO

 COBERTURAS DE LA GARANTÍA DE              Condiciones Generales, Particulares y
 ASISTENCIA EN VIAJE NO DA                 Especiales específicas de dicho
 DERECHO A     INDEMNIZACIÓN               seguro.
 ALGUNA.
                                           Esta garantía no producirá efectos en
                       R

                                           aquellos casos en que el Asegurado
          PEQUE ASISTENCIA                 que obre en representación del
                                           menor no estuviese asegurado
                                CO

      1. Conexión Asistencial              durante un periodo previo superior a
 El Asegurador, a petición del             diez meses.
 Asegurado, le pondrá en contacto con
 los profesionales necesarios, tales          3. Asistencia médica
 como personal de enfermería o para
                                  N

                                           Mediante esta garantía, y para el caso
 el cuidado de menores, así como           de que estuviere contratada la
 profesores particulares, para cualquier   Médico - Asistencial, el Asegurador, a
                                            TR

 necesidad que requiera el Asegurado,      petición de alguno de los Asegurados
 a fin de que le faciliten los             en esta garantía y a través del
 presupuestos oportunos y, en su caso,     TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
 realicen los servicios solicitados,       HORAS pondrá a su disposición un
                                               A


 siendo siempre a cargo del Asegurado      amplio cuadro de especialistas
 el importe correspondiente a la           médico-sanitarios, teniendo derecho
                                                           CT


 ejecución de tales servicios.             el Asegurado menor de diecisiete años
                                           a los siguientes servicios sin coste
      2. Premio de natalidad               adicional alguno:
 Con motivo del nacimiento de un hijo       • Dos consultas pediátricas anuales.
                                                                     U


 de un Asegurado, el Asegurador
 entregará al Asegurado que obre en         • Una consulta oftalmológica anual.
                                                                          AL


 representación del menor la suma
                                            • Una revisión de prótesis auditivas.
 asegurada     establecida  en    las
 Condiciones Particulares de esta           • Una consulta logopédica anual.
 póliza, siempre y cuando dicho
 menor sea asegurado en la misma en         • Una consulta psicológica anual.


 56

[Seite 33]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS
SI
  • Una consulta al         dietista   o    e) Trastornos alimenticios: anorexia
  nutricionista anual.                      y bulimia.
N
 No quedan cubiertos por la presenta        f) Asma.
 garantía los honorarios o gastos
 derivados    de   las   pruebas   o
                                                   ASISTENCIA SENIOR
  VA

 tratamientos que, en su caso, deban
 realizarse.                                   1. Evaluación geriátrica integral

    4. Segundo diagnóstico                  El Asegurador, mediante la gestión de
       psicológico                          equipos              multidisciplinares,
            LO

                                            proporcionará al Asegurado, previa
 El Asegurador pondrá a disposición de      petición por el mismo, una evaluación
 los Asegurados de esta garantía un         médico-psicológica integral anual con
 segundo diagnóstico en caso de que         la finalidad de detectar posibles
 se emitiera un dictamen psicológico
                       R

                                            patologías, facilitar un diagnóstico
 por parte del centro de enseñanza en       específico     y     establecer      las
 el que estuviera matriculado el menor      necesidades asistenciales que pudiera
 que evidenciase dificultades de            requerir de acuerdo con su situación.
                              CO

 seguimiento del curso calificadas
 como fracaso escolar. Dicho segundo        Los gastos por desplazamiento del
 diagnóstico ratificará, en su caso, el     Asegurado para la realización de la
 primer dictamen y, si procede,             evaluación médico-psicológica serán
 propondrá las acciones correctoras         a cargo del Asegurado.
                                N

 que se estimen necesarias.
                                               2. Servicio de Teleasistencia
                                              TR

    5. Programa de formación                Asimismo,         el      Asegurador
       asistencial                          proporcionará al Asegurado, siempre
 El Asegurador organizará y tramitará       que el resultado de la Evaluación
 la asistencia de los Asegurados, previa    geriátrica integral establezca su
                                                 A


 petición expresa de los mismos, a          necesidad, un transmisor de asistencia
 programas especiales de formación          fijo o móvil que estará conectado vía
                                                             CT


 para aquellas familias con menores de      telefónica y permanentemente con el
 diecisiete    años    que    requieran     TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
 cuidados especiales por padecer las        HORAS.
 siguientes enfermedades:                   El Asegurador quedará exonerado de
                                                                       U


 a) Diabetes.                               toda responsabilidad si no pudiera
                                            realizar esta prestación a causa de
                                                                              AL


 b) Alergias      a    medicamentos,        inexistencia o fallos de la red
 alimentos y/o picaduras de insectos.       eléctrica o telefónica, fija o móvil, o
 c) Eneuresis nocturna.                     en caso de fuerza mayor.

 d) Hiperactividad.


                                                                                  57

[Seite 34]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 El coste derivado de las llamadas que    comunicación al Asegurador, realice
 efectúe el Asegurado será a cargo del    el Asegurado.
 mismo.
N

                                           2.3. Localización y envío de
  2.1. Intervenciones de urgencia
                                                servicios asistenciales
       y atención inmediata
  VA

                                          Ante una necesidad médica, el
 Si el Asegurado realizara una llamada
                                          Asegurador enviará al domicilio del
 a través del transmisor de asistencia
                                          Asegurado los médicos, servicios de
 domiciliaria y el TELÉFONO DE
                                          ambulancia     u    otros    servicios
 ASISTENCIA 24 HORAS no pudiere
                                          asistenciales que el Asegurado
            LO

 contactar con él adecuadamente al
                                          pudiere precisar, en función de los
 objeto de valorar la situación
                                          servicios públicos de emergencia
 presentada, el Asegurador organizará
                                          médica existentes en la zona
 inmediatamente la ayuda de urgencia
                                          geográfica    del    domicilio     del
 necesaria para solventar dicha
                      R

                                          Asegurado.
 eventualidad, poniéndose en contacto
 con los familiares o personas
 designadas en la ficha personal o que     2.4. Seguimiento personalizado
                               CO

 consten en la misma y tengan acceso            del Asegurado y su entorno
 a la vivienda y, en caso estrictamente   El    Asegurador,    a    través   del
 necesario, se avisará a los servicios    TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
 públicos de emergencia oportunos         HORAS, se pondrá en contacto con el
 (bomberos, policía local,…).             Asegurado durante las 24 horas del
                                 N

 El Asegurado y/o el Beneficiario de      día y los 365 días del año y conforme
 las intervenciones de urgencia           al programa personalizado que se
                                           TR

 eximen expresamente al Asegurador        defina en cada caso, a fin de conocer
 de cualquier responsabilidad por los     su estado, avisarle de la toma de
 daños o deterioros que se pudieran       medicamentos, recordarle las visitas
 producir por terceros para poder         médicas que tenga concertadas, así
                                              A


 acceder a la vivienda.                   como       para     cualquier     otra
                                          circunstancia que requiera según su
                                          ficha de seguimiento personalizado.
                                                          CT


  2.2. Vigilancia y atención
       en desplazamientos                 Asimismo, el Asegurado tendrá a su
                                          disposición   el   TELÉFONO       DE
 El Asegurador, previa petición por el
                                          ASISTENCIA 24 HORAS al que podrá
 Asegurado que tenga instalado el
                                                                   U


                                          llamar en situaciones de soledad las
 Servicio de Teleasistencia móvil, se
                                          24 horas del día y todos los días del
 pondrá en contacto con el mismo a
                                          año, el cual le proporcionará un
                                                                          AL


 través     del    TELÉFONO        DE
                                          servicio     de     acompañamiento
 ASISTENCIA 24 HORAS a los efectos
                                          telefónico.
 de realizar el adecuado seguimiento
 en los desplazamientos que, previa


 58

[Seite 35]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS
SI
  2.5. Información familiar sobre           el Asegurador resarcirá los gastos
       ocurrencia del siniestro,            ocasionados hasta el límite de 600
       incidencias en la prestación         euros y previa presentación de las
N

       del servicio y evolución del         facturas correspondientes, a quien
       estado de salud del Asegurado        acredite     suficientemente     haber
                                            satisfecho los gastos originados por el
 A petición expresa del Asegurado y
  VA

                                            internamiento del Asegurado.
 con su autorización, el TELÉFONO
 DE ASISTENCIA 24 HORAS informará           La presente garantía no será de
 a sus familiares o a las personas          aplicación     hasta    que     hayan
 designadas en la ficha personal sobre      transcurrido seis meses desde la toma
            LO

 cualquier enfermedad o accidente           de efecto de la garantía de Asistencia
 corporal sufridos por el Asegurado, así    Senior.
 como de las incidencias que sobre la
 prestación del servicio tuvieran lugar,       5. Consultas médico-geriátricas
                       R

 informándoles periódicamente de la
 evolución del estado de salud del          El Asegurador, a petición de alguno
 Asegurado.                                 de los Asegurados de esta garantía a
                                            los que se les haya instalado el
                              CO

                                            Servicio de Teleasistencia o que
    3. Programa de formación
                                            presenten       algún      grado     de
       asistencial
                                            discapacidad, pondrá a disposición un
 El Asegurador, ante una situación de       amplio       cuadro      de     médicos
 discapacidad de un Asegurado de esta       especialistas en geriatría, teniendo
                                N

 garantía y a petición expresa del          derecho a dos consultas médico-
 mismo, organizará y tramitará para su      geriátricas anuales sin coste adicional.
                                              TR

 cuidador habitual un programa
 formativo     sobre    cuidados     a         6. Asistencia médica
 proporcionar     a   personas    con
 discapacidad.                              Mediante esta garantía, y para el caso
                                            de que estuviera contratada la
                                                 A


 Cualquier gasto necesario para la          Médico - Asistencial, el Asegurador, a
 realización del programa formativo         petición de alguno de los Asegurados,
                                                             CT


 distinto del coste del propio              pondrá a su disposición un amplio
 programa será a cargo del Asegurado.       cuadro de especialistas médico-
                                            sanitarios, teniendo derecho a los
    4. Descanso familiar                    siguientes servicios sin coste adicional
                                                                       U


                                            alguno:
 Si el Asegurado padeciese una
 situación de dependencia de grado III,       • Una consulta     médico-geriátrica
                                                                              AL


 podrá ser ingresado en un Complejo           anual.
 Residencial geriátrico durante DIEZ
                                              • Una consulta oftalmológica anual.
 DÍAS al año. Si la prestación
 asegurada no pudiere ser satisfecha,         • Una revisión de prótesis auditivas
                                              anual.


                                                                                  59

[Seite 36]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
  • Una consulta psicológica anual.        cargo del Asegurado el importe
                                           correspondiente a la ejecución de
 No quedan cubiertos por la presenta       tales trabajos y servicios, asumiendo
N
 garantía los honorarios o gastos          el Asegurador el coste de la
 derivados    de   las   pruebas   o       realización    y presentación      del
 tratamientos que, en su caso, deban       presupuesto por el profesional.
  VA

 realizarse.
                                           A título orientativo, se indican algunos
      7. Conexión con Centros              de los servicios de reparación que se
         Residenciales para la             pueden solicitar:
         Tercera Edad
             LO

                                            • Albañilería
 El Asegurador, a petición de alguno        • Antenas
 de los Asegurados de esta garantía,
 tendrá acceso a una amplia red de          • Electrodomésticos
 Centros Residenciales específicos para     • Carpintería
                       R

 la Tercera Edad.
                                            • Cristalería
 El importe correspondiente a la
                                            • Jardinería
 prestación de los servicios que
                              CO

 contrate el Asegurado será siempre a       • Instalaciones eléctricas
 cargo del mismo.                           • Moquetas y sintasol
                                            • Toldos
      8. Asesoramiento patrimonial
         personalizado                      • Mármoles
                                N


 El Asegurador prestará al Asegurado        • Parquet
                                            • Reparación de tejados y azoteas
                                             TR

 asesoramiento personalizado por
 medio de profesionales especialistas       • Pintura y papel pintado
 en materia de gestión y optimización
 de su patrimonio inmobiliario y            • Reformas
 financiero, a fin de facilitarle su        • Cerrajería
                                                A


 acceso a un Centro Residencial para        • Tapicería
 la Tercera Edad.
                                                            CT


                                            • Carpintería metálica
      9. Conexión con reparadores           • Fontanería
 El Asegurador, a petición del              • Climatización
                                                                      U


 Asegurado, pondrá a su disposición         • Escayola
 los profesionales necesarios para
                                            • Visión y sonido
 realizar cualquier reparación o
                                                                            AL


 reforma en su vivienda, de modo que        • Informática
 le faciliten los presupuestos oportunos    • Persianas
 y, en su caso, realicen las obras o
                                            • Personal de seguridad
 servicios solicitados, siendo siempre a


 60

[Seite 37]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                       SEGUROS
SI
  • Calderas e instalaciones de gas            12. Ampliación de la cobertura de
                                                   Asistencia post-hospitalaria
 Asimismo, el Asegurador prestará el
N
 asesoramiento necesario para la             Mediante esta garantía, y para el caso
 adaptación geriátrica de la vivienda        de que estuviera contratada la
 del Asegurado (cuartos de baño,...), el     Médico - Asistencial, se amplía la
                                             suma asegurada por siniestro y
  VA

 uso      de       material     sanitario
 especializado        (grúas,     camas      Asegurado de la garantía de
 articuladas, sillas,…) y la gestión del     Asistencia post-hospitalaria hasta
 alquiler o compra de dicho material.        1.200 EUROS POR SINIESTRO Y
                                             AÑO. En este caso, el Asegurador, en
             LO

   10. Inspección Técnica                    coordinación con el Asegurado,
       de Viviendas                          elaborará un plan asistencial que
                                             incluirá la posibilidad de permanecer
 A petición del Asegurado, el                en un Complejo Residencial para la
 Asegurador pondrá a su disposición
                       R

                                             Tercera Edad con asistencia médico -
 un profesional que realice un               sanitaria por un período máximo de
 diagnóstico    preventivo    de    las      QUINCE DÍAS.
 instalaciones de su vivienda y realice
                               CO

 un presupuesto de todas aquellas
 reparaciones       que      considere            MÉDICO - ASISTENCIAL
 necesarias.
                                                1. Segunda opinión médica
 El servicio se realizará cuando el
                                             La presente garantía incluye la
                                 N

 Asegurado lo solicite y como máximo
 una vez al año. Será a cargo del            obtención de una segunda opinión
 Asegurado           el        importe       médica, en el caso de que el
                                               TR


 correspondiente a la ejecución de las       Asegurado padezca alguna de las
 reparaciones que fuesen necesarias,         enfermedades        descritas     a
 asumiendo el Asegurador el coste de         continuación,    así     como    el
 la elaboración del presupuesto.             asesoramiento y gestión para que el
                                                  A


                                             Asegurado pueda participar en
                                             ensayos clínicos relativos a la
   11. Limpieza de la vivienda
                                                             CT


                                             enfermedad que padece.
 El Asegurador, a petición del
 Asegurado, le pondrá en conexión              1.1 Segunda Opinión Médica
 con profesionales especializados en
                                             El Asegurador pondrá a disposición
                                                                      U


 limpiezas generales para que le
 faciliten los presupuestos oportunos y,     del Asegurado los medios necesarios
 en su caso, realicen una limpieza a         para que, en caso de padecimiento de
                                                                             AL


 fondo de la vivienda, siendo siempre        una enfermedad grave, se efectúe un
 a cargo del Asegurado el importe            segundo diagnóstico a fin de
 correspondiente a la ejecución de           confirmar o modificar el primer
 tales servicios.                            diagnóstico, se indique cuál es el
                                             tratamiento más adecuado, así como


                                                                                 61

[Seite 38]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 los hospitales y los facultativos más     QUE TENGAN IMPACTO SOBRE LA
 prestigiosos a nivel nacional e           ESPERANZA O CALIDAD DE VIDA
 internacional que lo realicen.            DEL ASEGURADO.
N

 A estos efectos, se entiende por          Las exploraciones complementarias
 enfermedades       graves  para    la     adicionales que en su caso fueran
 realización     de     una   segunda      necesarias para poder realizar la
  VA

 valoración las siguientes:                segunda      valoración      quedarán
                                           cubiertas hasta un límite de 1.500 €.
   a) Enfermedades cardiovasculares.
                                           Quedan excluidos los gastos de
   b) Infarto de miocardio.
              LO

                                           desplazamiento para la realización de
   c) Cirugía de revascularización         las pruebas complementarias. En caso
   coronaria (Bypass).                     de existir alternativa, el Asegurado
                                           decidirá si el tratamiento se llevará a
   d) Enfermedades neurológicas        y   cabo en España o en el extranjero.
                        R

   neuroquirúrgicas.
                                           Si el Asegurado decidiese viajar al
   e) Esclerosis múltiple.                 extranjero para iniciar el tratamiento
                              CO

   f) Parálisis.                           médico, el Asegurador se encargará
                                           de la prestación de un servicio de
   g) Afección oftalmológica con el fin    atención personalizada que incluirá la
   de salvar la vista.                     coordinación de las citas médicas, la
   h) Derrame, hemorragia o infarto        reserva de hotel y transporte del
                                N

   cerebral.                               Asegurado y/o sus familiares, la
                                           contratación de intérpretes y las
   i) Cáncer.                              gestiones previas a la admisión en el
                                             TR

                                           hospital. Los gastos de alojamiento,
   j) Insuficiencia renal.
                                           transporte y servicios de intérprete y
   k) SIDA.                                hospitalarios anteriormente referidos
                                           serán a cargo del Asegurado, siendo a
                                                A

   l) Enfermedades inmunológicas.
                                           cargo del Asegurador el coste del
   m) Trasplante de órganos (corazón,      servicio de asesoramiento y gestión de
                                                            CT


   pulmones, hígado, páncreas, riñón       los trámites necesarios para el traslado
   y médula ósea).                         del Asegurado y su ingreso en el
                                           hospital designado. Las reservas de
   n) Parkinson.                           hotel y transporte requerirán la
                                                                      U


   o) Alzheimer.                           garantía de una tarjeta de crédito del
                                           Asegurado.
   p) Segunda valoración sobre inter-
                                                                            AL


   venciones quirúrgicas.                  El    Asegurador       realizará    un
                                           seguimiento mensual del Asegurado,
 Asimismo, también podrán ser objeto       que se efectuará vía telefónica, en el
 de una segunda opinión médica las         que se valorará la técnica terapéutica,
 enfermedades congénitas, SIEMPRE          el estado general en función del


 62

[Seite 39]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                   santalucía
                                                                         SEGUROS
SI
 tratamiento y se aconsejará, aclarará y     hotel y transporte la garantía de una
 ampliará la información que reciba el       tarjeta de crédito del Asegurado.
 Asegurado y/o sus familiares y se
N

 realizará     una    valoración     del     En ningún caso el Asegurador será
 pronóstico a medio y largo plazo            responsable de la no aceptación del
 según el tratamiento.                       Asegurado en la participación en el
  VA

                                             ensayo clínico por parte del promotor
  1.2 Participación en ensayos               del mismo.
      clínicos
                                             Tanto la segunda opinión médica
 Si el Asegurado padeciera una de las
             LO

                                             como la participación en ensayos
 enfermedades descritas anteriormente
                                             clínicos serán de aplicación cuando
 y decidiese participar en un ensayo
                                             hayan transcurrido TRES MESES
 clínico aprobado por las Autoridades
                                             desde la entrada en vigor de la
 Sanitarias de Europa o de los Estados
                                             cobertura, salvo para caso de
                       R

 Unidos relativo a dicha enfermedad,
                                             accidente en que no se aplicará
 el Asegurador se encargará de todas
                                             período de carencia alguno.
 las gestiones y trámites necesarios
                               CO

 para que el Asegurado pueda
 intervenir en dicho ensayo, siempre            2. Asistencia post-hospitalaria
 que se cumplan los requisitos               Cuando       el     Asegurado       haya
 exigidos por el organizador del             permanecido ingresado en un hospital
 ensayo clínico.                             y le haya sido prescrita una
                                 N

 A estos efectos, se entiende por            inmovilización en su domicilio
 ensayo clínico toda evaluación              habitual de MÁS DE CUATRO DÍAS,
                                             el Asegurador, en coordinación con el
                                               TR

 experimental     de     un    producto,
 sustancia     medicamento,       técnica    Asegurado,      elaborará    un     plan
 diagnóstica o terapéutica que, en su        asistencial acorde con las necesidades
 aplicación a seres humanos, pretende        inmediatas y necesarias que la
                                             inmovilización       del     Asegurado
                                                  A

 valorar su eficacia y seguridad.
                                             requiera y durante el tiempo que dure
 Si el ensayo clínico se celebrase en el     la misma, tales como profesores
                                                              CT


 extranjero, el Asegurado disfrutará de      particulares, asistencia en su vivienda,
 un servicio de atención personalizada       asistencia geriátrica o instalación de
 en el idioma de sus nacionalidad, que       un transmisor de teleasistencia, con
 incluirá la reserva de hotel y              un LÍMITE POR ASEGURADO Y
                                                                        U


 transporte del Asegurado y/o sus            SINIESTRO DE 600 EUROS.
 familiares,    la    contratación    de
 intérpretes y las gestiones previas que     Asimismo, y con motivo del
                                                                               AL


 sean necesarias para la participación       nacimiento de un hijo de un
 en el ensayo clínico, siendo a cargo        Asegurado o la adopción de un menor
 del Asegurado el coste de estos             de doce meses, el Asegurado podrá
 servicios y requiriendo las reservas de     solicitar el servicio descrito en el


                                                                                   63

[Seite 40]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 párrafo anterior sin que sea necesaria       5. Acceso a la red de
 la prescripción de una inmovilización           Profesionales Médicos
 en el domicilio habitual, con un                y Centros Sanitarios
N

 LÍMITE POR UNIDAD FAMILIAR Y
                                            5.1. Servicios sanitarios
 SINIESTRO DE 600 EUROS Y
 DURANTE        UN     MÁXIMO       DE     El Asegurador, a petición de alguno
  VA

 TREINTA DÍAS.                             de los Asegurados, pondrá a su
                                           disposición un amplio cuadro médico
 Este servicio deberá solicitarse dentro
                                           incluyendo todas las especialidades.
 de los quince días inmediatamente
 posteriores al parto o a la llegada al    Los honorarios devengados por la
             LO

 domicilio del adoptado.                   contratación de los servicios médicos
                                           serán siempre a cargo del Asegurado.
 En caso de parto, esta garantía tiene
 un periodo de carencia de diez
 meses.                                     5.2. Servicio dental
                       R

                                           El Asegurador, a petición de los
      3. Consulta médica telefónica        Asegurados, pondrá a su disposición
                                           un amplio cuadro de clínicas
                                CO

 Si el Asegurado precisara información
                                           dentales, teniendo derecho a las
 de carácter médico, podrá solicitarla
                                           siguientes prestaciones:
 llamando     al    TELÉFONO       DE
 ASISTENCIA 24 HORAS.                       • Una revisión        dental   anual,
 La información facilitada tendrá           incluyendo el diagnóstico clínico y
                                  N

 carácter orientativo, sin que pueda        el presupuesto del tratamiento.
 establecerse diagnóstico a causa de        • Radiografías intra bucales.
                                            TR

 ella.                                      • Educación en materia de higiene
                                            bucal.
      4. Consulta psicológica
                                            • Tratamiento de fluoración.
         telefónica
                                               A


                                            • Retirada de puntos de sutura
 Si el Asegurado precisara información      bucales.
 de carácter psicológico, podrá
                                                             CT


 solicitarla a través del TELÉFONO DE       • Pulido de amalgama.
 ASISTENCIA 24 HORAS.                       • Periodoncia:     diagnóstico     y
                                            sondaje.
 La información telefónica facilitada
                                            • Una limpieza bucal anual por
                                                                     U


 tendrá carácter orientativo, sin que
 pueda establecerse diagnóstico a           Asegurado.
 causa de ella.
                                                                            AL


                                           El    importe    correspondiente    a
                                           cualquier prestación dental distinta
                                           de las enumeradas con anterioridad
                                           será siempre a cargo del Asegurado.


 64

[Seite 41]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS
SI
 NO   HACER   USO    DE   LAS              quirúrgica se efectúen, siempre que el
 COBERTURAS DE LA GARANTÍA                 Asegurado se encuentre internado en
 MÉDICO - ASISTENCIAL NO DA                un sanatorio, hospital, clínica o
N

 DERECHO A     INDEMNIZACIÓN               centro sanitario análogo.
 ALGUNA.
                                           Solamente podrán ser Asegurados en
                                           esta garantía los que tuviesen una
  VA

   GASTOS EXCEPCIONALES DE                 edad comprendida entre los dieciséis
           SEPELIO                         y los sesenta y cinco años en la fecha
                                           de contratación de la misma.
 Con ocasión del fallecimiento del
            LO

                                           PERIODO DE INDEMNIZACIÓN
 Asegurado, el Asegurador abonará al
 Beneficiario    designado    en    las    El subsidio diario se abonará desde el
 Condiciones Particulares la suma          día del ingreso del Asegurado en el
 asegurada que figura en dichas            centro sanitario y hasta que reciba el
                      R

 Condiciones para hacer frente a todos     alta hospitalaria con el LÍMITE
 aquellos     gastos    extraordinarios    MÁXIMO DE UN AÑO.
 derivados del sepelio.
                                           PLAZO DE CARENCIA
                              CO

 La presente garantía no será de
 aplicación     hasta    que     hayan     La cobertura de la presente garantía
 transcurrido DOS MESES desde la           no será de aplicación hasta que hayan
 toma de efectos de la misma. No           transcurrido TRES MESES desde la
 obstante, si el fallecimiento del         toma de efectos de la misma, salvo si
                                N

 Asegurado fuese a causa de accidente,     el siniestro fuese a causa de
 esta garantía tomará efecto conforme      accidente, en cuyo caso tomará
                                           conforme a lo dispuesto en el artículo
                                             TR

 a lo dispuesto en el artículo 2 de las
 presentes Condiciones Generales.          2 de las presentes Condiciones
                                           Generales.    Los    siniestros    que
                                           pudieran tener su origen en un parto
     HOSPITALIZACIÓN POR                   no     tendrán     cobertura     hasta
                                                A


        INTERVENCIÓN                       transcurridos DIEZ MESES desde la
         QUIRÚRGICA                        toma de efectos de esta garantía.
                                                           CT


 El Asegurador satisfará el pago del
 subsidio diario (incluidos los días             NICHO O SEPULTURA
 festivos) señalado en las Condiciones          INDIVIDUAL A MÁXIMA
                                                   TEMPORALIDAD
                                                                     U


 Particulares en caso de que el
 Asegurado         sea      intervenido
 quirúrgicamente a consecuencia de         El Asegurador garantiza, como
                                                                            AL


 una enfermedad o accidente.               prestador único, la realización del
                                           servicio contratado al fallecimiento de
 Serán      indemnizables   cuantas        cada uno de los Asegurados que
 hospitalizaciones por intervención        figuran en la póliza, sustituyendo la


                                                                                65

[Seite 42]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 unidad básica de enterramiento por
                                              ASISTENCIA A RESIDENTES
 un nicho o sepultura a máxima
                                                     EN ESPAÑA
 temporalidad en la localidad de
N

 residencia del Asegurado.
                                           La presente garantía será aplicable
 PLAZO DE CARENCIA                         exclusivamente a los Asegurados para
                                           los    que     expresamente    figure
  VA

 La presente garantía no será de           contratada en esta póliza, que sean
 aplicación      hasta     que    hayan    residentes en España, con una
 transcurrido dos meses desde la toma      antigüedad mínima de TRES MESES, y
 de efectos de la misma. No obstante,      que a su vez sean de cualquier
            LO

 si el fallecimiento del Asegurado fuese   nacionalidad distinta de la española,
 a causa de accidente, esta garantía       debiendo figurar en las Condiciones
 tomará efecto conforme a lo dispuesto     Particulares o Suplementos las siglas
 en el artículo 2 de las presentes         SLA-GB/E.
 Condiciones Generales.
                       R

                                           Las condiciones y extensión de las
                                           coberturas de la presente garantía
      ASISTENCIA A RESIDENTES              serán las que figuren en las
                              CO

         EN EL EXTRANJERO                  correspondientes       Condiciones
                                           Especiales.

 La presente garantía será aplicable
 exclusivamente a los Asegurados para           PROTECCIÓN JURÍDICA
                                                     INTEGRAL
                                N

 los    que     expresamente    figure
 contratada en esta póliza, que sean
 residentes, con una antigüedad               1. Delimitación de la garantía
                                             TR


 mínima de TRES MESES, en cualquier        El Asegurador se obliga, dentro de los
 país del mundo, excluyendo España, y      límites y con las condiciones
 cuya nacionalidad sea española,           establecidas en la Ley y a
 debiendo figurar en las Condiciones
                                                A

                                           continuación, a hacerse cargo de los
 Particulares o Suplementos las siglas     gastos en que pueda incurrir el
 SLA-GB/R.                                 Asegurado como consecuencia de su
                                                             CT


 Las condiciones y extensión de las        intervención en un procedimiento
 coberturas de la presente garantía        administrativo, de mediación, judicial
 serán las que figuren en las              o arbitral, y a prestarle los servicios de
                                           asistencia      jurídica     judicial    y
                                                                       U


 correspondientes       Condiciones
 Especiales.                               extrajudicial derivados de la cobertura
                                           del seguro y que seguidamente se
                                                                             AL


                                           describen:


 66

[Seite 43]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                     SEGUROS
SI
  1.1. Asistencia jurídica telefónica      Si en vía amistosa el Asegurador
       especializada                       llegara a un acuerdo sobre la
                                           indemnización a satisfacer por el
N
 El Asegurado tendrá a su disposición,
                                           tercero presunto responsable, lo
 sin necesidad de pedir cita previa, un
                                           pondrá      en     conocimiento    del
 equipo especializado de Abogados
                                           Asegurado al objeto de que manifieste
 ejercientes en distintas disciplinas
  VA

                                           su conformidad. Si el Asegurado se
 jurídicas        que        atenderán
                                           mostrara disconforme con el acuerdo
 telefónicamente, de lunes a viernes en
                                           alcanzado       y      el  Asegurador
 horario de 9 a 21 horas y los sábados
                                           considerase que no es factible obtener
 de 9 a 14 horas, excepto los días
            LO

                                           mejores resultados formulando una
 festivos de ámbito nacional, todas sus
                                           reclamación judicial, quedará el
 consultas, dudas o problemas sobre
                                           Asegurado en libertad de iniciar por
 cualquier materia jurídica de índole
                                           su cuenta las acciones legales que
 particular y privada. Se exceptúan las
                                           estime convenientes. El Asegurador
                      R

 que versen sobre la aplicación de
                                           vendrá obligado a resarcirle de los
 Derecho extranjero.
                                           gastos      judiciales    debidamente
 No obstante, para casos de urgencia       justificados en que hubiera incurrido
                              CO

 jurídica el servicio será las 24 horas    en la reclamación, tales como
 del día y todos los días del año.         honorarios de Abogado, Procurador y
                                           demás costas, siempre que el
 El servicio de asistencia jurídica        perjudicado hubiese obtenido un
 especializada se circunscribe a la        resultado más favorable que el
                                N

 orientación telefónica respecto de la     ofrecido por el Asegurador y con el
 cuestión planteada, sin que proceda       límite máximo de los gastos jurídicos
 la emisión de dictamen por escrito.       garantizados.
                                             TR


 Las consultas serán atendidas a través
 del número de teléfono 900 24 2020          1.3. Defensa penal
 (desde España) y +34 91 379 77 10
                                           El Asegurador asumirá la defensa de la
                                                A

 (desde el extranjero).
                                           responsabilidad penal del Asegurado
                                           en cualquier proceso que se instruya
  1.2. Reclamación de daños
                                                           CT


                                           por       hechos      no      causados
 Comprende la reclamación amistosa y       voluntariamente por él o en los que
 judicial ante los Tribunales españoles    no concurra dolo o culpa grave por su
 de los daños materiales a los bienes      parte. Asimismo, queda cubierta la
                                                                    U


 propiedad del Asegurado, los daños        defensa jurídica ante el orden
 personales y los perjuicios derivados     jurisdiccional penal en aquellos casos
 de éstos, causados por actos u            en que el Asegurado o sus familiares
                                                                           AL


 omisiones de carácter extracontractual    sean perjudicados por el delito.
 de un tercero.


                                                                               67

[Seite 44]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
  1.4. Derecho administrativo                 1.5. Derecho de consumo
   a) Defensa ante la Administración:        El Asegurador asumirá la presentación
N
                                             de reclamaciones en nombre del
 Comprende la defensa en vía
                                             Asegurado ante la Oficina Municipal
 administrativa     frente    a     los
                                             de Información al Consumidor
 procedimientos        incoados      al
                                             (O.M.I.C.) o ante el Organismo de
  VA

 Asegurado por la comisión de
                                             consumo autonómico, así como la
 presuntas infracciones administrativas
                                             presentación de solicitudes de
 como funcionario público o relativas
                                             arbitraje de consumo relativas a
 a su vivienda.
                                             adquisiciones de bienes o servicios
             LO

   b) Reclamaciones a la Administra-         SUPERIORES A 150 EUROS pagados
   ción:                                     con tarjeta por compras a distancia y
                                             por adquisiciones realizadas fuera de
 Comprende la reclamación de                 los establecimientos mercantiles.
 responsabilidad patrimonial a las
                        R

 Administraciones      Públicas     por      Asimismo, comprende la reclamación
 accidentes    de    circulación      en     amistosa     y      judicial    por
 vehículos a motor, sufridos por el          incumplimiento de contratos de:
                                CO

 Asegurado,     que      hayan     sido       • Compraventa y depósito de
 ocasionados       por       defectuosa       objetos de decoración y mobiliario,
 señalización o mal estado de la vía          aparatos electrodomésticos, ajuar
 pública. Asimismo, queda cubierta la         personal y animales de compañía
 reclamación     de     responsabilidad       cuyo valor unitario no supere los
                                  N

 patrimonial a la Administración              18.000 EUROS.
 Pública competente por accidentes
                                              • Prestación
                                              TR

 sufridos por el Asegurado como                                de      servicios     de
 peatón originados en la vía pública.         profesionales                   titulados,
                                              hospitalarios,      viajes     turísticos,
 También       queda     cubierta       la    hostelería, enseñanza, transporte
 reclamación de la responsabilidad            escolar, tintorería y reparación de
                                                 A


 civil en que pueda incurrir el titular de    objetos de uso personal, de los que
 un servicio de transporte público en         el    Asegurado       sea    titular    y
                                                               CT


 supuestos de caídas y lesiones del           destinatario final.
 Asegurado en el interior de dicho
 transporte.                                  • Suministro      de    agua,    gas,
                                              electricidad, teléfono o Internet, de
 Como         funcionario   público,
                                                                         U


                                              los que el Asegurado sea titular y
 comprende la reclamación en vía              destinatario final.
 administrativa de los derechos del
                                                                                AL


 Asegurado relativos a su situación          El Asegurador también reclamará
 administrativa     frente  a     la         amistosa y judicialmente frente al
 Administración en que preste sus            fabricante de un vehículo nuevo
 servicios.                                  adquirido por el Asegurado por


 68

[Seite 45]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS
SI
 incumplimiento de la garantía, por los        1.7. Vivienda
 daños causados cuando el vehículo
                                             El Asegurador reclamará los daños y
 del Asegurado se encuentre en
N
                                             perjuicios ocasionados al mobiliario
 depósito y por la reparación
                                             con motivo del transporte o depósito,
 defectuosa del mismo en taller
                                             llevado a cabo por empresas de
 autorizado, quedando incluidos los
                                             mudanzas.
  VA

 gastos de peritación.
                                             Si el Asegurado fuese propietario de
  1.6. Derecho Laboral y                     vivienda, comprende:
       Seguridad Social
                                               a) La reclamación amistosa y
             LO

 Como empleado, la defensa del                 judicial contra el vendedor y
 Asegurado ante organismos de                  cualquier conflicto derivado de
 conciliación y la jurisdicción social en      contratos de arrendamiento de
 conflictos individuales, no plurales,         vivienda.
                       R

 con el empresario u organismo
                                               b) La reclamación judicial y
 público en que trabaje, así como la
                                               extrajudicial por incumplimiento de
 reclamación de prestaciones sociales.
                                               contratos de arrendamiento de
                               CO

 Como perceptor de pensiones                   obras o servicios de reforma,
 públicas, la reclamación a la                 reparación,      conservación       y
 Seguridad Social (incluyendo las              mantenimiento de instalaciones en
 reclamaciones a la Mutualidad de              la vivienda, cuando el pago de los
 funcionarios     o    Instituto   que         mismos      corresponda      en    su
                                 N

 corresponda) de los derechos relativos        totalidad y haya sido satisfecho por
 a la pensión correspondiente, una vez         el    Asegurado      y    la    parte
                                               TR

 que se haya denegado la solicitada            incumplidora estuviese legalmente
 inicialmente por el Asegurado.                autorizada para el ejercicio de la
                                               actividad.
 Como empleador, la defensa ante
 organismos de conciliación y la               c) La defensa y reclamación en los
                                                  A


 jurisdicción    social    en      las         conflictos con sus inmediatos
 reclamaciones de su personal al               vecinos     por    cuestiones    de
                                                               CT


 servicio doméstico, siempre que éste          servidumbres de paso, luces, vistas,
 se encuentre en situación de alta en          distancias, lindes, medianerías o
 el Régimen correspondiente de la              plantaciones.
 Seguridad Social.
                                               d) La defensa y reclamación de sus
                                                                       U


 Asimismo, el Asegurador gestionará la         intereses frente a la Comunidad de
 obtención      de    certificados   de        Propietarios, siempre que estuviese
                                                                              AL


 cotización a la Seguridad Social              al corriente de pago de las cuotas
 relativos al Asegurado y a petición del       legalmente acordadas.
 mismo.
                                               e) La revisión o redacción de
                                               documentos contractuales, cartas y


                                                                                  69

[Seite 46]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
   escritos  análogos relativos a            1.9. Derecho de Familia
   compraventa o arrendamiento de
                                            Exclusivamente a petición de mutuo
   vivienda.
N
                                            acuerdo por ambos cónyuges, o de
 Si el Asegurado fuese arrendatario de      uno con el consentimiento del otro,
 vivienda, la defensa y reclamación         esta garantía comprende la redacción
 amistosa y judicial al arrendador por      y presentación ante el Juzgado
  VA

 cualquier conflicto derivado del           español      competente       de     la
 contrato de arrendamiento, excepto         correspondiente      demanda         de
 en los procedimientos de desahucio         separación matrimonial o divorcio,
 por impago.                                incluida la propuesta de convenio
             LO

                                            regulador, previo acuerdo entre sí de
  1.8. Fiscalidad                           los cónyuges, y las certificaciones del
                                            Registro Civil necesarias, cualquiera
 El Asegurador asumirá la defensa de        que sea la forma en que se hubiera
 los intereses del Asegurado como
                       R

                                            celebrado el matrimonio.
 obligado tributario, hasta agotar la vía
 económico-administrativa, en los           Para la prestación de esta garantía
 procedimientos tributarios iniciados       será imprescindible el acuerdo de los
                               CO

 por la Administración y relativos al:      cónyuges en todos los términos de la
                                            separación o el divorcio. En caso
  • Impuesto sobre la Renta de las          contrario, la cobertura de esta
  Personas Físicas (IRPF).                  garantía cesará para ambos cónyuges
  • Impuesto sobre el Patrimonio.           desde el mismo momento en que
                                 N

                                            exista cualquier tipo de divergencia
  • Impuesto sobre       Sucesiones    y    irresoluble entre ellos relativa a algún
                                              TR

  Donaciones.                               aspecto de la separación o el
                                            divorcio.
  • Impuesto sobre Transmisiones
  Patrimoniales y Actos Jurídicos
                                            1.10. Tramitación de expedientes
  Documentados.
                                                 A

                                                  de jurisdicción voluntaria
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles               y actuaciones notariales
  (IBI o contribución urbana).                    y registrales.
                                                             CT


  • Impuesto sobre el Incremento de         Comprende la asistencia jurídica
  Valor de los Terrenos de Naturaleza       necesaria para la tramitación de los
  Urbana (plusvalía municipal).             siguientes     procedimientos      y
                                                                       U


                                            actuaciones, siempre y cuando sean
 Asimismo, el Asegurador se encargará       instados por un Asegurado y, en su
 de la obtención de duplicados de los       caso, se refieran a la vivienda
                                                                             AL


 recibos del Impuesto sobre Bienes          propiedad de alguno de los
 Inmuebles (IBI o contribución urbana).     Asegurados:


 70

[Seite 47]
                                              Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                          SEGUROS
SI
 • Declaración judicial de ausencia            infracciones a la Ley sobre Tráfico,
 legal    y    de     fallecimiento     del    Circulación de Vehículos a Motor y
 Asegurado.                                    Seguridad Vial o a la Ordenanza
N

 • Nombramiento          de      tutor    y    municipal sobre la materia, incluidas
 tramitación judicial de adopción,             las de aparcamiento, incoado al
 siempre y cuando el adoptante                 Asegurado      por     las    Jefaturas
  VA

 ostentara previamente la tutela del           Provinciales de Tráfico, Organismos
 adoptando.                                    de Comunidades Autónomas con
 • Protocolización       del    testamento     competencias transferidas en materia
 ológrafo o cerrado otorgado por el            de tráfico y Ayuntamientos, así como
             LO

 Asegurado fallecido.                          la interposición de los recursos a que
 • Escrituras públicas de declaración          legalmente haya lugar (incluida la vía
 de obra nueva.                                ejecutiva), hasta agotar la vía
 • Expedientes de dominio o actas de           administrativa    y,   posteriormente,
 notoriedad para la inmatriculación de         previo estudio de la viabilidad y
                         R

 fincas, la reanudación del tracto             posibilidades de éxito, en la vía
 sucesivo interrumpido y la inscripción        contencioso - administrativa sólo en
 en el Registro de la Propiedad de la          el caso de que la sanción consista en
                                 CO

 mayor cabida de fincas ya inscritas.          la suspensión o retirada del permiso
                                               de conducción, implique su falta de
 • Localización de la escritura pública
                                               vigencia por pérdida de los puntos
 que documente el título de propiedad
                                               asignados o siendo de índole
 de la vivienda del Asegurado.
                                               económica,           que        supere
 • Obtención        de      certificaciones
                                   N

                                               individualmente 100 EUROS.
 literales de dominio y cargas del
 Registro de la Propiedad, así como de         Se     entenderá     que    concurren
                                                 TR

 notas simples informativas por titular y      posibilidades de éxito cuando exista
 finca relativas a la vivienda propiedad       prueba      objetiva   que     permita
 del Asegurado.                                fundamentar el recurso contencioso -
 • Solicitudes de consignación judicial        administrativo. No constituye prueba
                                                    A


 relativas al arrendamiento de la              suficiente la simple versión, contraria
 vivienda en que habite el Asegurado.          a la denunciada, sustentada por el
                                                               CT


                                               Asegurado.
 Los honorarios devengados por la
 intervención de fedatarios público            A estos efectos será imprescindible
 serán a cargo del Asegurado.                  que el vehículo de motor en relación
                                               al cual se haya incoado el
                                                                         U


 1.11. Tramitación de sanciones                procedimiento sancionador figure
       por circulación de vehículos            inscrito     en      el      registro
                                                                                AL


       a motor                                 correspondiente a nombre de alguno
                                               de los Asegurados.
 Comprende la presentación de
 alegaciones      en       cualquier
 procedimiento sancionador relativo a


                                                                                    71

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 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 1.12. Conexión con Abogados               materias no comprendidas en esta
       y Procuradores                      garantía.
N
 En los supuestos no amparados por la
                                              4. Plazos de carencia
 presente garantía de Protección
 Jurídica Integral, el Asegurador, a       Salvo para la cobertura de Asistencia
 petición de alguno de los Asegurados,
  VA

                                           Jurídica telefónica especializada y de
 pondrá a su disposición un Abogado        Tramitación     de    sanciones    por
 y/o Procurador, sin coste adicional en    circulación de vehículos a motor, el
 la primera      consulta, para la         plazo de carencia será de TRES
 realización de cualquier cometido         MESES a contar desde la fecha en que
              LO

 propio de estos profesionales, siendo     entró en vigor la garantía. La
 siempre a cargo del Asegurado los         cobertura de Derecho de Familia
 honorarios    devengados      por    la   tiene un plazo de carencia de NUEVE
 prestación     de     los     servicios   MESES.
                        R

 profesionales requeridos.
                                           No habrá cobertura si en el momento
                                           de formalizar esta garantía o durante
      2. Extensión Territorial
                                           el plazo de carencia, se resuelve por
                                 CO

 Se garantizan los eventos asegurados      alguna de las partes el contrato
 producidos en territorio español que      origen de litigio o se solicita su
 sean competencia de los Juzgados y        resolución, anulación o modificación.
 Tribunales españoles.
                                              5. Colaboración del Asegurado
                                   N

      3. Gastos jurídicos garantizados
                                           El Asegurado o sus familiares se
 La cuantía máxima garantizada para        obligan expresamente a prestar la
                                             TR


 los gastos que implique la defensa        colaboración debida en orden a
 jurídica del Asegurado y el máximo        otorgar      la       representación
 de los depósitos, cauciones y fianzas     correspondiente    y    facilitar  la
 judiciales civiles y penales a prestar    dirección    jurídica     para     la
                                                A


 por cada siniestro se establece en        consecución de las prestaciones
 3.500 EUROS para las garantías            aseguradas.
                                                            CT


 descritas, fijándose una cuantía
 mínima litigiosa genérica de 180          Asimismo, y en los supuestos en que
 EUROS.                                    sea necesario, el Asegurado o sus
                                           familiares harán llegar al Asegurador
 No       están     cubiertas      las     el texto íntegro de la documentación
                                                                      U


 indemnizaciones, multas o sanciones       pertinente por fax, carta certificada o
 económicas a que fuere condenado el       personalmente, siendo imprescindible
                                                                            AL


 Asegurado, los tributos de los que        indicar    en    el   caso     de    las
 fuera sujeto pasivo y los gastos que      notificaciones, la fecha en que se
 procedan     por   acumulación      o     hayan recibido y un teléfono de
 reconvención cuando se refieran a


 72

[Seite 49]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                   santalucía
                                                                         SEGUROS
SI
 contacto en caso de           necesitar     Colegios de Abogados a los exclusivos
 información adicional.                      efectos de la tasación de costas y de la
                                             jura de cuentas de los Abogados.
N

    6. Elección de abogado                   Dichos criterios serán considerados
       y procurador                          como límite máximo de la obligación
                                             del Asegurador, siempre que no
  VA

 El Asegurado o sus familiares tendrán       superen      la    cantidad    máxima
 derecho a elegir libremente el              establecida para Gastos Jurídicos
 Procurador y Abogado que hayan de           Garantizados.
 representarles y defenderles en
 cualquier clase de procedimiento            Las     discrepancias   sobre   la
             LO

 relacionado con las coberturas de esta      interpretación de dichas normas
 garantía, pero en el supuesto de que        serán sometidas a la Comisión
 el Abogado elegido no resida en el          competente del Colegio de Abogados
 partido judicial donde haya de              correspondiente.
                       R

 sustanciarse el procedimiento base de
                                             Los derechos del Procurador, cuando
 la prestación garantizada, serán a
                                             su intervención sea preceptiva, serán
 cargo del Asegurado o de sus
                                             abonados conforme a arancel.
                               CO

 familiares los gastos y honorarios por
 desplazamientos        que       dicho
                                                8. Conflicto de intereses
 profesional incluya en su minuta.
                                             En caso de conflicto de intereses o de
 Antes    de     proceder    a      su
                                             desavenencia sobre el modo de tratar
 nombramiento,      el    Asegurado
                                 N

                                             una cuestión litigiosa, el Asegurador
 comunicará al Asegurador el nombre
                                             deberá informar inmediatamente al
 del Abogado y Procurador elegidos.
                                             Asegurado o a sus familiares de la
                                               TR

 El Asegurado o sus familiares tendrán,      facultad que les compete de ejercer
 asimismo, derecho a la libre elección       los     derechos       del     artículo
 de Abogado y Procurador en los casos        correspondiente a la libre elección de
 en que se presente conflicto de             Abogado y Procurador.
                                                  A


 intereses entre las partes del contrato.
                                                9. Definición de siniestro
 El Abogado y Procurador designados
                                                              CT


 por el Asegurado o sus familiares no        A los efectos de la presente garantía,
 estarán sujetos, en ningún caso, a las      se entiende por siniestro todo hecho o
 instrucciones del Asegurador.
                                             acontecimiento imprevisto que cause
                                                                        U


                                             lesión en los intereses del Asegurado
    7. Pago de honorarios
                                             o modifique su situación jurídica y
                                                                               AL


 El Asegurador satisfará los honorarios      determine la necesidad de asistencia
 del Abogado que actúe en defensa del        jurídica por parte de los profesionales
 Asegurado o de sus familiares, con          correspondientes.
 sujeción a los criterios orientativos
 elaborados por los respectivos


                                                                                   73

[Seite 50]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 En las infracciones o reclamaciones       con independencia del momento en
 penales     y     administrativas, se     que el Asegurador deba satisfacer los
                                           honorarios devengados por los
N
 considerará producido el siniestro en
                                           profesionales que hayan prestado la
 el momento en que se haya realizado
                                           asistencia legal.
 o se pretenda que se realizó el hecho
                                           Salvo pacto en contrario, no son
  VA

 punible o cuando se produjeron los
 hechos      determinantes      de   la    objeto de cobertura en esta garantía:
 reclamación, con independencia del        a) Los siniestros amparados por el
 momento en que el Asegurador deba         resto de garantías de la póliza.
            LO

 satisfacer los honorarios devengados      b) Las reclamaciones de cualquier
 por los profesionales que hayan           tipo que puedan formularse entre sí
 prestado la asistencia legal.             los Asegurados en esta póliza, o
                                           cualquiera de éstos contra Santa
 En los supuestos de reclamación por       Lucia S.A. Cia. de Seguros y
                       R

 culpa no contractual, se producirá el     Reaseguros, sus agentes de seguros
 siniestro en el momento mismo en          exclusivos, las sociedades a las que el
 que el daño haya sido causado, con        Asegurador haya encomendado la
                              CO

                                           tramitación de los siniestros o
 independencia del momento en que
                                           cualesquiera de las personas que,
 el Asegurador deba satisfacer los         directa o indirectamente, estén
 honorarios devengados por los             vinculadas con el Asegurador por
 profesionales que hayan prestado la       formar parte de la misma unidad de
                                N

 asistencia legal.                         decisión.
 En los litigios sobre materia             c) Los litigios sobre cuestiones de
                                            TR

                                           propiedad intelectual e industrial o
 contractual o relativos a vivienda, se
                                           de sociedades, así como los
 considerará producido el siniestro en
                                           procedimientos     judiciales    sobre
 el momento en que el Asegurado, el        concentración               parcelaria,
                                               A

 contrario o el tercero cometieron, o se   expropiación o que dimanen de
 pretende     que      cometieron,    la   contratos sobre cesión de derechos a
                                           favor del Asegurado.
                                                           CT


 infracción    de     las   obligaciones
 contractuales, con independencia del      d) La defensa en los procedimientos
 momento en que el Asegurador deba         dirigidos contra el Asegurado por
 satisfacer los honorarios devengados      morosidad en el pago de deudas.
                                                                     U


 por los profesionales que hayan           e) Los siniestros que se declaren
 prestado la asistencia legal.             después de transcurrir DOS AÑOS
                                                                           AL


                                           desde la fecha de rescisión o
 En    materia de        fiscalidad,  se   anulación de esta garantía.
 considerará producido el siniestro en
 el momento en que el Asegurado
 reciba la notificación correspondiente,


 74

[Seite 51]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                              santalucía
                                                                   SEGUROS
SI

            Artículo judiciales
 f) Las actuaciones   12 - Riesgos
                                 cuya exluídos para todas las garantías
 resolución comporte la aplicación de
 Derecho extranjero.
N

 De conformidad con lo dispuesto en
 el punto 17 a) del Anexo de la Ley
 20/2015, de 14 de julio, de
  VA

 ordenación, supervisión y solvencia
 de las entidades aseguradoras y
 reaseguradoras (BOE de 15 de Julio),
 la gestión de los siniestros de este
            LO

 Seguro de Defensa Jurídica queda
 confiada a la sociedad especializada
 SOS Seguros y Reaseguros S.A.
                      R

  Artículo 12.
  RIESGOS EXCLUIDOS PARA
  TODAS LAS GARANTÍAS
                              CO

 Salvo pacto en contrario, quedan
 excluidas las coberturas aseguradas
 en los siguientes casos:
                                N

 a) Cuando el siniestro se origine con
 anterioridad a la entrada en vigor de
 las garantías de este seguro.
                                             TR


 b) Cuando el siniestro sea producido
 por conflictos armados, aunque no
 haya precedido la declaración oficial
                                                A

 de    guerra,    revueltas,   motines,
 insurrecciones o usurpaciones de
 poder,        huelgas,       epidemias
                                                          CT


 oficialmente        declaradas       y
 acontecimientos calificados por el
 Gobierno      como     "catástrofe   o
 calamidad nacional".
                                                                  U


 c) Cuando el siniestro corresponda a
 coberturas opcionales que no se
                                                                         AL


 hayan contratado expresamente en
 las Condiciones Particulares y/o
 Especiales.


                                                                             75

[Seite 52]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

 TRAMITACIÓN DE SINIESTROSArtículo 13 - Decesos
             TRAMITACIÓN DE SINIESTROS
N

                                           5. Si al fallecer un Asegurado
   Artículo 13.
   VA

                                           resultase que lo está con el
   DECESOS                                 Asegurador en más de una póliza con
                                           cobertura de Decesos, el Asegurador
  1. En caso de fallecimiento de un        sólo    reconocerá     los derechos
  Asegurado se deberá poner en             correspondientes a una de ellas,
             LO

  conocimiento      inmediato       del    procediéndose al reembolso de las
  Asegurador, llamando a los siguientes    primas pagadas por el Tomador del
  números de teléfono:                     seguro desde la fecha en que se
       Desde España: 900 24 2020           produjo tal duplicidad.
                       R

  Desde el extranjero: +34 91 379 7710     6. En caso de siniestros de las
                                           garantías de Servicio de guardería por
  2. Asimismo, los familiares del          fallecimiento        del       Asegurado,
                               CO

  Asegurado fallecido deberán entregar     Atención       psicológica,       Traslado
  al Asegurador el certificado médico      nacional         por        fallecimiento,
  oficial de defunción cumplimentado.      Acompañante en caso de traslado por
                                           fallecimiento en España, Gastos de
  3. Cuando un Asegurado fallezca en
                                           estancia para acompañante en caso
                                 N

  localidad distinta a la del domicilio
                                           de        fallecimiento,          Traslado
  que figura en la póliza, se efectuará
                                           internacional       por     fallecimiento,
  un servicio fúnebre de conformidad
                                             TR

                                           Acompañante en caso de traslado por
  con lo establecido en el Artículo 1 de
                                           fallecimiento en el extranjero, Gastos
  la presente póliza.
                                           de estancia para acompañante en
  4. Si el fallecimiento del Asegurado     caso     de     fallecimiento      en    el
                                                A

  ocurriese fuera de España y sus          extranjero, Asistencia domiciliaria a
  familiares optasen por su inhumación     la familia en caso de desplazamiento
  en el lugar del siniestro, éstos         junto     al     Asegurado       fallecido,
                                                             CT


  realizarán el servicio por su cuenta y   Asistencia a los acompañantes del
  presentarán     al   Asegurador    las   Asegurado fallecido en el extranjero,
  facturas correspondientes, así como      Asistencia a hijos menores de
  el certificado médico oficial de         diecisiete     años     del     Asegurado
                                                                        U


  defunción, abonando el Asegurador        fallecido en viaje y Asistencia jurídica
  los gastos ocasionados a los             en caso de fallecimiento o invalidez,
                                                                              AL


  herederos hasta el límite que figura a   el Tomador del seguro o el Asegurado
  estos efectos en las Condiciones         deberá ponerlo en conocimiento
  Particulares.                            inmediato del


  76

[Seite 53]
                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                   santalucía
                                                                         SEGUROS
SI
  TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS
                            Artículo 142.- Accidentes
                                           En   caso  de          INVALIDEZ
                                             PERMANENTE del Asegurado:
       Desde España: 900 24 2020
N
                                               a) Informe o certificado del médico
 Desde el extranjero: +34 91 379 77 10
                                               que le trate o haya tratado,
 Este TELÉFONO DE ASISTENCIA                   indicando           las       secuelas
 estará atendido permanentemente las           permanentes, así como el origen
  VA

 24 horas del día.                             (fecha y causa accidental) de las
                                               mismas. En tanto no se produzca el
 Las conferencias telefónicas desde el
                                               alta     definitiva,    informes     o
 extranjero se solicitarán por el sistema
                                               certificados médicos sobre el curso
             LO

 de COBRO REVERTIDO, es decir, sin
                                               de     las    lesiones,    con    una
 coste alguno para el Asegurado o sus
                                               periodicidad no superior a treinta
 familiares.
                                               días.
                                             Los gastos de los certificados médicos
                       R

  Artículo 14.                               serán a cargo del Asegurado.
  ACCIDENTES
                                               b) La documentación legal exigible
                               CO

 En caso de siniestro, el Tomador del          en ese momento a efectos
 seguro, el Asegurado o el Beneficiario        tributarios.
 deberán entregar al Asegurador, para
                                               c) Si se produjera el fallecimiento
 obtener el pago de la indemnización,
                                               del Asegurado, deberá ponerse en
 los documentos justificativos que,
                                               conocimiento       del   Asegurador
                                 N

 según correspondan, se indican a
                                               dentro de un plazo no superior a
 continuación:
                                               siete días desde el conocimiento de
                                               TR

 1. En caso de FALLECIMIENTO del               tal circunstancia.
 Asegurado:
                                             3. En caso de producirse el accidente
   a) Certificado del médico que le          fuera del territorio comunitario de los
   haya asistido en el que se detallen       Estados miembros de la Unión
                                                  A


   las circunstancias y causas del           Europea, la documentación deberá
   fallecimiento, auto del Juzgado de        estar legalizada por el consulado o
                                                              CT


   Instrucción    o   certificado   de       embajada española en el país
   defunción del Registro Civil que          correspondiente.
   acrediten como accidental la causa
                                             4. El fallecimiento o la invalidez
   del fallecimiento.
                                             deberá producirse inmediatamente o
                                                                        U


   b) Los documentos que acrediten la        dentro del plazo de un año desde que
   condición y personalidad de los           se produjo el accidente y a
                                                                               AL


   Beneficiarios.                            consecuencia de éste, salvo que se
                                             demuestre debidamente que el
   c) La documentación legal exigible        fallecimiento o la situación de
   en ese momento a efectos                  invalidez     se    ha     producido
   tributarios.


                                                                                   77

[Seite 54]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
 transcurrido el año, sin excederArtículo
                                      de  15de-laAsistencia
                                                  declaración del siniestro, el pago
 cinco, como consecuencia directa del       del importe mínimo de lo que pueda
 accidente.                                 deber, según las circunstancias por él
N

                                            conocidas.
 5. La determinación del grado de
 invalidez que derive del accidente se      7. Todos      los    pagos     que     el
 efectuará después de la presentación       Asegurador tenga efectuados por un
  VA

 del      certificado     médico      de    mismo      siniestro    por    invalidez
 incapacidad. El Asegurador notificará      permanente se considerarán como
 por escrito al Asegurado la cuantía de     anticipos sobre la suma a pagar en
 la indemnización que corresponda, de       caso de fallecimiento del Asegurado a
            LO

 acuerdo con el grado de invalidez que      consecuencia del mismo siniestro y,
 derive del certificado médico y del        por tanto, se deducirán del mismo.
 baremo fijado en las Condiciones
 Particulares de esta póliza. Si el
                                              Artículo 15.
                       R

 Asegurado no aceptase la proposición
 del Asegurador en lo referente al            ASISTENCIA
 grado de invalidez, las partes se
 someterán a la decisión de Peritos         En caso de siniestro de las garantías
                              CO

 Médicos.                                   de Asistencia en Viaje, Peque
                                            Asistencia, Asistencia Senior, Médico
 6. La indemnización que tenga que
                                            - Asistencial, Asistencia a Residentes
 pagar el Asegurador en cumplimiento
                                            en Europa o países ribereños del
 de este contrato de seguro será hecha
                                            Mediterráneo       o     Asistencia     a
                                N

 efectiva en el plazo siguiente:
                                            Residentes en España, el Tomador del
    a) En caso de fallecimiento del         seguro o el Asegurado deberá ponerlo
                                                TR

    Asegurado, dentro de los cinco días     en conocimiento inmediato del
    siguientes a la fecha en que se           TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS
    reciban los documentos que
    acrediten que el fallecimiento ha             Desde España: 900 24 2020
                                                   A


    ocurrido por un accidente cubierto       Desde el extranjero: +34 91 379 77 10
    por esta póliza.
                                            Este TELÉFONO DE ASISTENCIA
                                                              CT


    b) En caso de invalidez, dentro de      estará atendido permanentemente las
    los cinco días siguientes a la fecha    24 horas del día.
    en que se reciba la conformidad del
                                            Las conferencias telefónicas desde el
    Asegurado a la proposición del
                                                                        U


                                            extranjero se solicitarán por el sistema
    Asegurador sobre el grado de
                                            de COBRO REVERTIDO, es decir, sin
    invalidez o desde la fecha en que el
                                            coste alguno para el Asegurado o sus
                                                                              AL


    dictamen pericial sea inatacable.
                                            familiares.
 En cualquier caso, el Asegurador
                                            Únicamente para las coberturas de
 deberá efectuar, dentro de los
                                            Servicio de Teleasistencia, Programa
 cuarenta días a partir de la recepción


 78

[Seite 55]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                      SEGUROS
SI
 de formación asistencial, Descanso           quiera el apoyo permanente de un
 familiar y Consultas médico –                cuidador o tenga necesidades de
 geriátricas de la garantía de                apoyo extenso para su autonomía
N

 Asistencia Senior, el Asegurado              personal.
 deberá      aportar   la    resolución
                                              c) Grado III. Gran dependencia:
 administrativa que determine su grado
                                              cuando el Asegurado necesite
  VA

 de dependencia o, en su defecto,
                                              ayuda para realizar actividades
 deberá someterse a una evaluación
                                              básicas de la vida diaria varias
 médica previa (Evaluación geriátrica
                                              veces al día y, por su pérdida total
 integral), determinándose a partir de
                                              de autonomía física, mental,
            LO

 dicha resolución o evaluación su
                                              intelectual o sensorial, necesite el
 grado de dependencia y las
                                              apoyo indispensable y continuo de
 prestaciones a las que tendrá derecho.
                                              otra persona o tenga necesidades de
 Para la Evaluación geriátrica integral       apoyo     generalizado    para    su
                       R

 el    Asegurado     deberá   devolver        autonomía personal.
 cumplimentado el “Impreso de
                                            En función del grado de dependencia,
 Solicitud    Asistencial”   que     el
                                            el Asegurado tendrá derecho a las
 Asegurador le remitirá, acompañado
                              CO

                                            siguientes prestaciones:
 de una fotocopia de su Documento
 Nacional de Identidad, en el que
 detalle su estado de salud actual, así
 como la causa de solicitud de dicha
 evaluación, debiéndose hacer constar
                                N

 el principio de pérdida de autonomía
 personal que será objeto de
                                              TR

 valoración en dicha evaluación.
 La situación de dependencia se
 clasificará en los siguientes grados:
                                                 A


   a) Grado I. Dependencia moderada:
   cuando el Asegurado necesite
                                                            CT


   ayuda     para     realizar    varias
   actividades básicas de la vida diaria
   al menos una vez al día o tenga
   necesidades de apoyo intermitente
                                                                     U


   o limitado para su autonomía
   personal.
                                                                            AL


   b) Grado II. Dependencia severa:
   cuando el Asegurado necesite
   ayuda     para     realizar    varias
   actividades básicas de la vida diaria
   dos o tres veces al día, pero no


                                                                                79

[Seite 56]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI

          Grado de dependencia                           Prestaciones
N

                    I y II                        Servicio de Teleasistencia
  VA

                      III                    Programa de formación asistencial

                      III                             Descanso familiar
            LO

                  I, II y III                   Consultas médico-geriátricas


                                            dictamen pericial se emitirá en el
 Si no hubiera acuerdo sobre el grado
                                            plazo que señalen las partes o, en su
                            R

 de dependencia entre el Asegurador y
                                            defecto, en el de treinta días a partir de
 el Asegurado, la determinación se
                                            la aceptación de su nombramiento por
 someterá a la decisión de peritos
                                            el perito tercero.
                                CO

 médicos nombrados uno por cada
 parte con la aceptación escrita de         El dictamen de los peritos, por
 éstos. Si una de las partes no hubiera     unanimidad o por mayoría, se
 hecho la designación, estará obligada      notificará a las partes de manera
 a realizarla en los ocho días siguientes   inmediata y de forma indubitada,
                                  N

 a la fecha en que sea requerida por la     siendo vinculante para éstas, salvo que
 que hubiere designado el suyo y de no      se impugne por alguna de las partes,
 hacerlo en este último plazo, se           dentro del plazo de treinta días, en el
                                              TR

 entenderá que acepta el dictamen que       caso del Asegurador, y ciento ochenta
 emita el perito de la otra parte,          en el del Asegurado, computados
 quedando vinculada por el mismo.           ambos desde la fecha de su
                                            notificación. Si no se interpusiese en
                                                 A

 Si los peritos médicos llegan a un
                                            dichos plazos la correspondiente
 acuerdo, lo harán constar en acta
                                            acción, el dictamen pericial devendrá
 conjunta en la que se especificarán el
                                                              CT


                                            inatacable.
 grado de dependencia del Asegurado y
 las prestaciones a las que tendrá          Cada parte satisfará los honorarios de
 derecho.                                   su perito médico. Los del tercero y
                                            demás gastos que ocasione la
                                                                        U


 Si no hay acuerdo, ambas partes
                                            intervención pericial, serán de cuenta
 designarán un tercer perito de
                                            y cargo por mitad del Asegurado y del
 conformidad y, de no existir ésta, se
                                                                               AL


                                            Asegurador. No obstante, si cualquiera
 podrá promover expediente en la
                                            de las partes hubiera hecho necesaria
 forma prevista en la Ley de la
                                            la peritación por haber mantenido un
 Jurisdicción Voluntaria o en la
                                            grado          de          dependencia
 legislación notarial. En este caso, el
                                            manifiestamente     desproporcionado,


 80

[Seite 57]
                                             Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                          SEGUROS
SI

                Artículo
 será ella la única       16 - Gastos
                     responsable de   excepcionales
                                       Artículo 16. de sepelio
 dichos gastos.
          Artículo 17 - HospitalizaciónGASTOS
                                        por intervención quirúrgica
                                               EXCEPCIONALES DE
N
 Para cualquier siniestro que afecte a la      SEPELIO
 garantía opcional de Segunda opinión
 médica, en caso de que el Asegurado          El Beneficiario deberá entregar al
 sea diagnosticado de una de las              Asegurador, para obtener el pago de la
  VA

 enfermedades graves contempladas en          indemnización, el Certificado de
 esta garantía, el Tomador del seguro o       defunción del Asegurado fallecido,
 el Asegurado deberá ponerse en               salvo que ya hubiese sido aportado.
 contacto con el Asegurador en el
            LO

 número de teléfono 900242020 y
                                               Artículo 17.
 deberá      aportar     la    siguiente
                                               HOSPITALIZACIÓN POR
 documentación:
                                               INTERVENCIÓN
 1)   Informe del primer diagnóstico           QUIRÚRGICA
                       R

      con las exploraciones realizadas.
      Dicho       informe     debe     ser    El Asegurado o sus familiares
      suficiente,      preciso,    fiable,    comunicarán al Asegurador el ingreso
                               CO

      concreto, significativo y válido        del mismo al centro sanitario donde
      en el tiempo.                           será intervenido, dentro del plazo
                                              máximo de siete días desde que se
 2)   Análisis clínicos.
                                              produzca el ingreso.
 3)   Cualquier otra documentación
                                 N

                                              Las indemnizaciones se abonarán al
      que indique que el Asegurado
                                              Asegurado o persona que le represente
      padece una de las enfermedades
                                              mediante     la    presentación     del
                                                TR

      anteriormente descritas.
                                              documento expedido por el centro
 4)   Cualquier otro documento que            sanitario donde haya sido internado,
      exija el promotor del ensayo            en el que necesariamente deberán
      clínico y que sea necesario para        constar la causa de la intervención, así
                                                   A


      la participación del Asegurado          como las fechas de ingreso, la de la
      en el mismo.                            propia intervención efectuada y la de
                                                               CT


                                              alta.
 5)   En caso de que el Asegurado
      decida recibir tratamiento en el
      extranjero, deberá remitir los
      materiales clínicos, así como
                                                                         U


      facilitar la información adicional
      que le sea requerida.
                                                                                AL


 Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones
 Particulares.


                                                                                    81

[Seite 58]
 Seguro de Asistencia Familiar iPlus
SI
N

      Leído y aceptado:

 EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO        El Asegurador
  VA

                                        santalucía
                                        Director General
            LO
                      R
                            CO
                              N
                                       TR
                                          A  CT
                                                      U
                                                           AL


  �������������������
             CP330001630692001

 82

[Seite 59]
                            Seguros
                            Asistencia
                            Hogar
                            Ahorro e Inversión
                            Vida y Accidentes
                            Salud
                            Empresas
                            Comunidades
                            Mascotas
                            Automóvil*
                            Otros

                            Otros Productos
                            Planes de Pensiones


               *Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros


                "El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980,
                           de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
                       Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012
                    Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid


�����������
  191204110400013301
```

