# Santalucía Asistencia Global: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-de-decesos-santalucia-asistencia-global.php
- Entidad: SANTA LUCIA, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-de-decesos-santalucia-asistencia-global.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Condiciones generales Asistencia Global](https://santalucia.es/documentos_slw4/1572436038253/asistencia-global---ccgg.pdf), Edición ohne Datum im Text
- Original de la aseguradora (PDF): [Documento de información sobre el producto Asistencia Global v5](https://santalucia.es/documentos_slw4/1572436038312/sl-pid-asistencia-global-v5-previa.pdf), Edición PID v5

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Capital asegurado (prestación por fallecimiento), importe máximo | según las condiciones particulares | La suma asegurada estará constituida por el valor del conjunto de prestaciones funerarias necesarias para la realización del servicio. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Cobertura vitalicia (sin plazo fijo) | sí | A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más, y así sucesivamente | ¿Cómo se puede finalizar el contrato?, página 2 |
| Duración del pago de primas (vitalicia, limitada hasta una edad o años fijos) | no regulado |  |  |
| Prima única disponible | no regulado |  |  |
| Edad mínima de contratación | no regulado |  |  |
| Edad máxima de contratación | sí | No son asegurables las personas que al solicitar el seguro tengan más de cuarenta años o padezcan enfermedad grave en el momento de contratar. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Ámbito mundial (también fallecimiento en el extranjero) | sí | El servicio funerario se garantiza a nivel nacional. | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Revalorización automática del capital sin examen de salud | no regulado |  |  |
| Varios asegurados en una póliza (pareja, familia) | sí | en caso de fallecimiento de cada uno de los Asegurados, el Asegurador garantiza, como prestador único | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Cuestionario de salud o examen médico al contratar | sí | No son asegurables las personas que al solicitar el seguro tengan más de cuarenta años o padezcan enfermedad grave en el momento de contratar. | ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Período de carencia sin prestación completa | sí | La garantía de Decesos no tomará efecto hasta que hayan transcurrido dos meses desde el primer pago realizado por el contratante | Carencia, página 2 |
| Prestación si se fallece durante la carencia (devolución de primas, prestación escalonada) | no regulado |  |  |
| Prestación completa por accidente también durante la carencia | sí | Cuando el fallecimiento del Asegurado sea a causa de accidente. | Carencia, página 2 |
| Carencia reducida o nula tras examen de salud | no regulado |  |  |
| Nueva carencia para aumentos de capital | no regulado |  |  |
| Cobertura provisional desde la solicitud (normalmente solo accidente) | no regulado |  |  |
| Pago en dinero al beneficiario | no | el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Servicio fúnebre prestado por la aseguradora o su red de funerarias | sí | el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización del servicio fúnebre convenido a través de entidades u otros profesionales contratados por el Asegurador para realizar dicho servicio. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Capital adicional por fallecimiento accidental | no regulado |  |  |
| Traslado desde el extranjero (gastos u organización) | sí, hasta la suma asegurada | serán por cuenta del Asegurador las gestiones y gastos necesarios para el traslado de los Asegurados que, encontrándose de viaje, fallezcan en cualquier lugar del mundo | ¿Dónde estoy cubierto?, página 2 |
| Traslado nacional al lugar de inhumación | sí, hasta la suma asegurada | Traslado nacional e internacional por fallecimiento. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Hijos incluidos sin póliza propia | no regulado |  |  |
| Registro de las últimas voluntades sobre el sepelio | no regulado |  |  |
| Asistencia psicológica a familiares | sí | Asistencia psicológica presencial. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gestoría: trámites, pensiones y herencia | sí | Tramitación de pensiones. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Borrado o gestión de la huella digital | sí | Borrado de huella digital. | Legado digital, página 1 |
| Asesoramiento jurídico sobre testamento y herencia | sí | Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Lápida o mantenimiento de sepultura | no regulado |  |  |
| Asistencia en viaje | sí | Asistencia en viaje (en cualquiera de sus tres modalidades, contarán como un solo bloque | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Anticipo de la prestación por enfermedad terminal o dependencia | no regulado |  |  |
| Exención de primas por dependencia | no regulado |  |  |
| Sobrante del capital no consumido para los herederos | no regulado |  |  |
| Participación en beneficios (forma) | no regulado |  |  |
| Prima constante durante todo el pago | sí | A partir de los sesenta y cinco años, el precio permanece constante salvo que se produzca un aumento en el valor del servicio garantizado. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| La aseguradora puede subir la prima o reducir el capital | sí | El precio del seguro aumenta conforme a la edad de los asegurados hasta cierta edad, momento en el cual el precio se nivela. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Valor de rescate | no regulado |  |  |
| Rescisión por el tomador (plazo, consecuencias) | sí | salvo que el contratante del seguro se oponga a la prórroga, en cuyo caso deberá comunicarlo al Asegurador mediante una notificación escrita, efectuada con un plazo de un mes de antelación | ¿Cómo se puede finalizar el contrato?, página 2 |
| Sin derecho de rescisión ordinaria de la aseguradora | no regulado |  |  |
| Reducción (póliza liberada de pago con capital reducido) | no regulado |  |  |
| Aplazamiento de primas | no regulado |  |  |
| Beneficiario (revocable, irrevocable, cesión a funeraria) | no regulado |  |  |
| Exclusión de rescate antes del fallecimiento (protección frente a cómputo como patrimonio) | no regulado |  |  |
| Plazo para alegar inexactitud en la declaración | no regulado |  |  |
| Renuncia a rescindir por inexactitud sin culpa | no regulado |  |  |
| Exclusión por suicidio dentro de un plazo | no regulado |  |  |
| Exclusión por enfermedades preexistentes | no regulado |  |  |
| Riesgo de guerra pasivo | no | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Artículo 10 b), página 20 |
| Terrorismo sin exclusión | no regulado |  |  |
| Exclusión NBQ y destrucción masiva | no regulado |  |  |
| Exclusión por epidemias, pandemias o catástrofes | sí | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Artículo 10 b), página 20 |
| Exclusión por delito doloso del asegurado | no regulado |  |  |
| Gastos de sepelio habituales (art. 159 VersVG) | no regulado |  |  |
| Funeraria colaboradora con facturación directa | no regulado |  |  |
| Pérdida del servicio si el capital es insuficiente | no regulado |  |  |
| Prima natural, nivelada, mixta o única | sí | El precio del seguro aumenta conforme a la edad de los asegurados hasta cierta edad, momento en el cual el precio se nivela. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Actualización anual de capitales | sí | salvo que se produzca un aumento en el valor del servicio garantizado. | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Indemnización a herederos si no se presta el servicio (art. 106 bis LCS) | sí, hasta la suma asegurada | el Asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada a los herederos del Asegurado fallecido | Artículo 8.1, página 13 |
| Libre elección de funeraria | no | como prestador único | ¿En qué consiste este tipo de seguro?, página 1 |
| Recién nacidos incluidos sin carencia ni sobreprima | sí | Asimismo, el Asegurador garantiza, como prestador único, la realización de un servicio fúnebre especial en caso de fallecimiento de los hijos de Asegurados de la presente póliza | Artículo 8.1, página 13 |
| Residentes extranjeros: repatriación al país de origen | sí | Residentes en el extranjero. | ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Inhumación o incineración, nicho incluido | no regulado |  |  |
| Exclusiones y cláusulas limitativas | sí | Cuando el siniestro sea producido por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra, revueltas, motines, insurrecciones o usurpaciones de poder, huelgas, epidemias oficialmente declaradas | Artículo 10 b), página 20 |
| Consorcio de Compensación de Seguros | no regulado |  |  |
| Cambio de aseguradora respetando antigüedad (sin nueva carencia) | sí | Cuando el Contratante reemplace el contrato en el que estaban anteriormente asegurados por otra del ramo de Decesos con el Asegurador. | Carencia, página 2 |

## Texto completo del condicionado: Condiciones generales Asistencia Global

```text
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Asistencia Global


          Bienvenido a santalucía
                        Amapola

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CONDICIONES
GENERALES


    Condiciones Generales del contrato
                            Asistencia Global


                      santalucía
                           SEGUROS

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      CUADRO EXTRACTADO DE LAS GARANTÍAS DE LA PÓLIZA


           CUADRO EXTRACTADO DE LAS GARANTÍAS

                               GARANTÍA BÁSICA
 Decesos:
- Servicio fúnebre
- Atención psicológica
- Traslado nacional por fallecimiento
- Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en España
- Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en España
- Traslado internacional por fallecimiento
- Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en el extranjero
- Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en el extranjero
- Asistencia a los acompañantes del Asegurado fallecido en el extranjero
- Asistencia jurídica en caso de fallecimiento o invalidez
 1. Obtención de documentación
 2. Asesoramiento extrajudicial
 3. Tramitación de pensiones
 4. Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras de aceptación o
 renuncia de herencia e inscripción en el Registro de la Propiedad

                           GARANTÍAS OPCIONALES
Gastos Excepcionales de Sepelio
Residentes en España
Residentes en el Extranjero
Atención Psicológica
Legado Digital
- Borrado de huella digital
- Instrucciones Previas o Voluntades Vitales
- Testamento online
Protección Jurídica Integral
- Asistencia jurídica telefónica especializada
- Reclamación de daños
- Defensa penal
- Derecho Administrativo
- Derecho de Consumo


                                                                                  65

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-   Derecho Laboral y Seguridad Social
-   Vivienda
-   Fiscalidad
-   Derecho de Familia
-   Tramitación de expedientes de jurisdicción voluntaria y actuaciones notariales y
     registrales
- Tramitación de sanciones por circulación de vehículos a motor
- Conexión con Abogados y Procuradores
- Reembolso de Gastos Jurídicos en el Extranjero
- Redacción de documentos legales
- Protección en la red
Médico-Asistencial
- Segunda opinión médica
- Asistencia post-hospitalaria
- Consulta médica telefónica o por Internet
- Consulta psicológica telefónica
- Acceso a la red de Profesionales Médicos y Centros Sanitarios
Bienestar
-    Asesor nutricional online (app)
-    Test de intolerancia alimentaria
-    Bienestar
Asistencia 360
-    Atraco
-    Conexión con Profesionales para el mantenimiento de la vivienda
-    Bricoasistencia
-    Gastos para desamueblar
-    Pérdida de llaves de casa y coche
-    Responsabilidad Civil Privada del Asegurado
Asistencia en Viajes General
-    Servicio de información para viajes al extranjero
-    Localización de equipajes
-    Reembolso de gastos por demora en la entrega de equipajes
-    Envío de documentos y objetos personales olvidados
-    Demora, cancelación del viaje o pérdida de conexiones
-    Anulación de viaje
-    Anticipo de fianza judicial y honorarios de Abogado en el extranjero
-    Envío de un médico especialista y medicamentos al extranjero
Asistencia en Viajes del Asegurado
-    Gastos médicos de urgencia a consecuencia de enfermedad o accidente graves
     en el extranjero
-    Depósito de fianza por hospitalización en el extranjero

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-    Intérprete en caso de hospitalización en el extranjero
-    Repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente graves ocurridos en el
     extranjero
-    Servicio de trámites administrativos para hospitalización
-    Prolongación de estancia en hotel en el extranjero
-    Traslado en ambulancia en caso de enfermedad o accidente ocurridos en España
-    Regreso anticipado de Asegurados que se encuentren de viaje
-    Anticipo de fondos por accidente, enfermedad o robo en el extranjero
Asistencia en Viajes a Acompañantes
-    Desplazamiento de un acompañante junto al Asegurado hospitalizado
-    Gastos de estancia para acompañante en caso de hospitalización del Asegurado
-    Asistencia a los acompañantes del Asegurado hospitalizado en el extranjero
-    Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al Asegurado
     hospitalizado
-    Servicio de información asistencial y mensajes urgentes
-    Asistencia domiciliaria a la familia por fallecimiento
Pequeprotección
-    Servicio de guardería por fallecimiento, enfermedad grave u hospitalización
-    Asistencia a hijos menores de diecisiete años del Asegurado fallecido u
     hospitalizado en viaje
-    Asistencia psicológica del menor asegurado
-    Asistencia médica a menores
-    Programa de formación asistencial
Mascotas
-    Gastos de incineración
-    Gastos de guardería por fallecimiento, enfermedad grave y accidente que
     supongan hospitalización
-    Responsabilidad Civil de la Mascota
Invalidez Absoluta y Permanente por Accidente
Protección de Pagos por Desempleo, IT y Hospitalización


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                         Asistencia Global

   CONDICIONES
DISPOSICIONES      GENERALESPreliminar
              GENERALESArtículo     DEL CONTRATO
                                             - Bases del Contrato
                   Artículo 1 - Definiciones

                      DISPOSICIONES GENERALES

                                          4. En el supuesto de indicación
  Artículo Preliminar                     inexacta de la fecha de nacimiento
  BASES DEL CONTRATO                      del Asegurado, el Asegurador sólo
                                          podrá impugnar el contrato si la
 1. La presente póliza ha sido            verdadera edad del Asegurado en el
 contratada sobre la base de las          momento de la entrada en vigor del
 declaraciones formuladas por el          contrato excede de los límites de
 Tomador del seguro o el Asegurado        admisión establecidos por aquél. En
 en la solicitud-cuestionario que le ha   otro caso, si como consecuencia de
 sido sometido y que motivan la           una declaración inexacta de la edad
 aceptación del riesgo por el             del Asegurado la prima pagada es
 Asegurador, con la asunción, por su      inferior a la que correspondería
 parte, de las obligaciones derivadas     pagar, el Asegurador podrá reclamar
 del contrato a cambio de la prima        a los familiares del Asegurado
 correspondiente.                         fallecido el importe correspondiente
                                          a la parte proporcional de las
 2. La solicitud-cuestionario suscrita    prestaciones realizadas por el
 por el Tomador del seguro o el           Asegurador según la prima que
 Asegurado y esta póliza constituyen      realmente hubiere debido abonar el
 un todo unitario fundamento del          Tomador del seguro.
 seguro que sólo alcanza, dentro de
 los límites pactados, a los riesgos
 especificados en la misma.                Artículo 1.
                                           DEFINICIONES
 3. Si el contenido de la póliza
 difiere de las cláusulas acordadas, el
                                          En este contrato se entiende por:
 Tomador del seguro o el Asegurado
 podrá reclamar al Asegurador, en el      1.   Accidente:
 plazo de un mes a contar desde la
 entrega de la póliza, para que           La lesión corporal que deriva de una
 subsane la divergencia existente.        causa violenta, súbita, externa y
 Transcurrido dicho plazo sin efectuar    ajena a la intencionalidad del
 la reclamación, se estará a lo           Tomador o Asegurado.
 dispuesto en la póliza.


                                                                              69

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Asistencia GlobalP


2.   Atraco o expoliación:              6.   Carencia:
La sustracción o apoderamiento          Es el periodo de tiempo durante el
ilegítimo de los bienes asegurados      cual, en caso de producirse el
contra la voluntad del Asegurado,       siniestro,    no      existirá     la
mediante actos de intimidación o        correspondiente garantía del seguro.
violencia, realizados sobre las
personas que los custodian o vigilan.   7.   Desempleo:
                                        Situación en la que el Tomador, su
3.   Asegurado:
                                        cónyuge o pareja de hecho,
La persona física titular del interés   asegurados en esta póliza, pierden su
objeto del seguro que, en defecto del   relación laboral.
Tomador, asume las obligaciones
derivadas del contrato.                 8.   Domicilio     del     Tomador
                                             del seguro:
4.   Asegurador:
                                        El que figura en la póliza, que se
SANTA LUCÍA, S.A., Compañía de          considerará como el de su residencia
Seguros y Reaseguros, que asume el      habitual a todos los efectos.
riesgo contractualmente pactado.
                                        9.   Enfermedad:
5.   Beneficiario:
                                        Toda alteración del estado de salud,
La persona o personas que tienen        cuyo diagnóstico y confirmación
derecho a percibir del Asegurador las   sean efectuados por un médico
cantidades que éste haya de pagar       legalmente reconocido y cuyas
como consecuencia del fallecimiento     primeras      manifestaciones     se
de los Asegurados, salvo el importe     presenten durante la vigencia de la
de los servicios que hubieren sido      póliza.
prestados con cargo al Asegurador,
                                        10. Franquicia:
que serán abonados por éste
directamente a de entidades u otros     Período de tiempo contado a partir de
profesionales contratados por el        la fecha de ocurrencia del siniestro
Asegurador para realizar el servicio.   durante el que no existe ni se
                                        devenga derecho a cobertura.
En la garantía opcional de Invalidez
Absoluta     y    Permanente     por    11. Hospitalización:
accidente, las indemnizaciones que
se tengan que satisfacer serán          Internamiento     continuado      del
percibidas por el propio Asegurado.     Tomador, su cónyuge o pareja de
                                        hecho, asegurados en esta póliza, por
                                        tiempo superior a 24 horas, en
                                        calidad de paciente residente en un
                                        hospital como consecuencia directa
                                        de un accidente o una enfermedad.


70

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                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                santalucía
                                                                      SEGUROS


12. Incapacidad temporal (para la           15. Joya:
    garantía de Protección de
    pagos):                                 Objeto de oro o platino, con o sin
                                            perlas    o     piedras   preciosas
Situación       física,     originada       engarzadas. Tendrán asimismo esta
independientemente de la voluntad           consideración las monedas de dichos
del Tomador, su cónyuge o pareja de         metales.
hecho, asegurados en esta póliza,
determinante de la total ineptitud de       16. Póliza:
éste para realizar su profesión,
                                            El documento que contiene las
trabajo, ocupación o actividad
                                            condiciones reguladoras del seguro.
remunerada habitual con la duración
y en los términos establecidos en la        Forman parte integrante de la póliza
legislación vigente.                        las Condiciones Generales, las
                                            Particulares  y Especiales      que
13. Invalidez Permanente Absoluta
                                            individualizan el riesgo, y los
    por Accidente:
                                            Suplementos y Apéndices que se
A los efectos de la presente póliza, se     emitan     a   la    misma     para
considerará       como       Invalidez      complementarla o modificarla.
Permanente Absoluta para toda
profesión u oficio, la situación            17. Prima:
irreversible derivada de un accidente       El precio del seguro. El recibo
que inhabilite por completo al              contendrá, además, los recargos e
trabajador para toda profesión u            impuestos de legal aplicación.
oficio.
                                            18. Servicio:
14. Gran Invalidez:
                                            El    conjunto     de    prestaciones
A los efectos de la presente póliza
                                            funerarias y gestiones necesarias para
colectiva se considerará como Gran
                                            efectuar     la     inhumación       o
Invalidez la situación del trabajador
                                            incineración del Asegurado fallecido,
afecto de invalidez permanente
                                            en la localidad que sus familiares
irreversible y que, por consecuencia
                                            designen dentro del territorio
de      pérdidas     anatómicas      o
                                            nacional español.
funcionales, necesite la asistencia de
otra persona para los actos más             El Servicio a realizar se establecerá
esenciales de la vida, tales como           por el Asegurador en función de las
vestirse, desplazarse, comer o              características     y     costumbres
análogos.                                   existentes en la localidad de
                                            fallecimiento y en la localidad de
                                            inhumación o incineración.


                                                                                71

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Asistencia GlobalP


           Artículo 2 - Perfección y toma de efectos del contrato
19. Siniestro:
                                          Artículo 2.
La    ocurrencia     de      cualquier    PERFECCIÓN Y TOMA DE
acontecimiento     que      determine
                                          EFECTOS DEL CONTRATO
alguna prestación a cargo del
Asegurador por aplicación de las
garantías contratadas en la póliza.      El contrato se perfecciona por el
                                         consentimiento manifestado por la
20. Suma asegurada:                      suscripción de la póliza por las partes
                                         contratantes.      La       cobertura
El límite máximo a pagar por el
                                         contratada y sus modificaciones o
Asegurador en cada siniestro.
                                         adiciones no tomarán efecto
21. Tercero o tercera persona:           mientras no haya sido satisfecho el
                                         recibo de prima, salvo pacto en
Será cualquier persona física o          contrario.
jurídica distinta de:
                                         En caso de demora en el
    El Tomador del seguro o el          cumplimiento de cualquiera de
     Asegurado.                          ambos requisitos, las obligaciones
                                         del Asegurador comenzarán a las 0
    Las personas que convivan o
                                         horas del día siguiente en que hayan
     dependan de las enunciadas en
                                         sido cumplimentados.
     el apartado anterior.
                                         La garantía de Decesos no tomará
    El causante del siniestro.          efecto hasta que hayan transcurrido
22. Tomador del seguro:                  dos meses desde el pago de la
                                         primera prima por el Tomador, salvo
La persona que junto con el              en los siguientes supuestos:
Asegurador suscribe este contrato y al
que corresponden las obligaciones        a) Cuando el fallecimiento del
que del mismo se deriven, salvo las      Asegurado sea a causa de accidente.
que, por su naturaleza, deban ser        b) Cuando los Asegurados lo
cumplidas por el Asegurado.              estuviesen inmediatamente antes en
                                         otra póliza del ramo de Decesos del
23. Viaje:                               Asegurador.
El desplazamiento del Asegurado a
                                         c) Cuando el Tomador reemplace la
más de 100 kilómetros de su
                                         póliza   en    la   que   estaban
domicilio habitual o al extranjero y     anteriormente asegurados por otra
por un tiempo inferior a tres meses.     del ramo de Decesos con el
                                         Asegurador.
                                         En estos tres casos, la garantía de
                                         Decesos tomará efecto conforme a lo


72

[Seite 11]
                                          Condiciones Generales del contrato

                                                                 santalucía
                                                                      SEGUROS


señalado en los dos primeros  párrafos3 - Duración
                           Artículo          Anualmente,    y dos meses antes del
                                                      del seguro
de este artículo.                            vencimiento del contrato, el
                      Artículo 4 - Modificaciones del contrato
                                             Asegurador notificará la prima del
        Artículo 5 - Revaloración automática seguro parade    sumas anualidad
                                                          la siguiente  aseguradas
                                                                                 en
  Artículo 3.                                base a la tarifa de primas vigente
  DURACIÓN DEL SEGURO                        para la misma, pudiendo oponerse el
                                             Tomador del seguro a la prórroga del
El presente seguro se contrata por el        contrato hasta un mes antes al
período de un año. A la expiración de        vencimiento del mismo.
dicho período quedará tácitamente
prorrogado un año más, y así                   Artículo 5.
sucesivamente, salvo que el Tomador
                                               REVALORIZACIÓN
del seguro se oponga a la prórroga,
en cuyo caso deberá comunicarlo al             AUTOMÁTICA DE SUMAS
Asegurador         mediante       una          ASEGURADAS
notificación escrita, efectuada con un
plazo de, al menos, un mes de
antelación a la conclusión de la             Se conviene que las sumas
anualidad de seguro en curso.                aseguradas      de     las    garantías
                                             opcionales de Gastos excepcionales
                                             de sepelio, Protección Jurídica
  Artículo 4.                                Integral, Atraco fuera del Hogar,
  MODIFICACIONES DEL                         Gastos        para       desamueblar,
  CONTRATO                                   Sustitución de cerradura de la
                                             vivienda y pérdida de llaves del
                                             coche,     Invalidez     Absoluta     y
Las altas de Asegurados estarán              Permanente por Accidente y
sujetas a lo estipulado en los               Reembolso        de     Gastos     por
Artículos 2 y 3 de estas Condiciones         Incineración de Mascotas, así como
Generales desde el día en que se             sus      primas       correspondientes
hagan constar en el correspondiente          quedarán                   modificadas
suplemento, siempre que éste haya            automáticamente          en       cada
sido firmado por las partes y el             vencimiento anual siguiendo las
Tomador del seguro haya pagado el            fluctuaciones del Índice de Precios
aumento de prima que corresponda,            de Consumo que publica el Instituto
salvo pacto en contrario.                    Nacional de Estadística u organismo
Si el Tomador del seguro cambiara            que le sustituya.
de domicilio, dentro de la localidad
en que resida o a población distinta,
lo deberá comunicar al Asegurador.


                                                                                73

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Asistencia GlobalP


 Artículo 6.               Artículo 6 - Comunicaciones
                                          Artículo 7.
 COMUNICACIONES             Artículo 7 - Ley
                                          LEYaplicable
                                              APLICABLE

Todas las comunicaciones de las         La ley española será la aplicable al
partes que intervienen en el contrato   presente contrato de seguro.
deberán efectuarse por escrito o por
cualquier otro medio indubitado que
permita la verificación de la certeza
de las fechas de envío y recepción,
así como de su contenido.


74

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                                            Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                        SEGUROS


OBJETO Y EXTENSIÓN
           OBJETO YDEL SEGUROArtículo
                    EXTENSIÓN         8 - Garantía básica
                              DEL SEGURO

  Artículo 8.                                causa del fallecimiento, salvo para los
  GARANTÍA BÁSICA                            riesgos excluidos en las condiciones de
                                             la misma.
 Dentro de los límites establecidos en       Salvo pacto en contrario, no son
 las condiciones de esta póliza, el
                                             asegurables las personas que al
 Asegurador garantiza el cumplimiento
 de las prestaciones convenidas en la        solicitar el seguro tengan más de
 misma, en caso de ocurrencia de los         cuarenta años o padezcan enfermedad
 hechos cuya cobertura se especifica a       grave en el momento de contratar la
 continuación:                               póliza.

                                             Asimismo, el Asegurador garantiza,
               DECESOS                       como prestador único, la realización
                                             de un servicio fúnebre especial en caso
    1. Servicio fúnebre
                                             de fallecimiento de los hijos de
 En caso de fallecimiento de cada uno        Asegurados de la presente póliza, si
 de los Asegurados de la presente            ocurriese durante el período de
 póliza, el Asegurador garantiza, como       gestación o antes de cumplir treinta
 prestador único, la realización del         días de edad, a partir de los cuales
 servicio fúnebre convenido a través de
                                             deberán estar asegurados para tener
 entidades u otros profesionales
 contratados por el Asegurador para          derecho al servicio fúnebre que
 realizar dicho servicio.                    corresponda.

 En el supuesto de que el Asegurador no      Dicha prestación comprenderá un
 hubiera podido proporcionar la              servicio fúnebre similar al servicio
 prestación por causas ajenas a su           objeto de prestación de la póliza, pero
 voluntad, fuerza mayor o por haberse        adaptado a las necesidades que
 realizado el servicio a través de otros     requiera o precise un servicio de esta
 medios distintos a los ofrecidos, el
                                             naturaleza.
 Asegurador quedará obligado a
 satisfacer la suma asegurada a los          La inhumación del recién nacido se
 herederos del Asegurado fallecido, no       realizará en una unidad básica de
 siendo responsable de la calidad de los     enterramiento      del   cementerio
 servicios prestados.
                                             municipal o parroquial del lugar en
 Esta garantía se extiende a todos los       donde se haya producido el
 Asegurados de esta póliza cualquiera        fallecimiento o en el de residencia
 que sea su profesión y sea cual fuere la    habitual de sus padres.


                                                                                  75

[Seite 14]
Asistencia GlobalP


Se podrá optar por la incineración, en          parentesco consanguíneo          de
lugar de la inhumación, si en la                primer grado en línea recta.
localidad donde hubiera ocurrido el
fallecimiento del recién nacido                  2.2      Consulta      psicológica:
                                                 Cualquier Asegurado de la póliza
existiera crematorio.
                                                 del fallecido tendrá derecho a
NO HACER USO DEL SERVICIO                        solicitar, dentro de los seis meses
FÚNEBRE ESPECIAL NO DARÁ                         siguientes al fallecimiento, un
DERECHO A    INDEMNIZACIÓN                       servicio        de        consultas
ALGUNA.                                          psicológicas presenciales de una
                                                 hora de duración, teniendo
     2. Atención psicológica                     derecho a solicitar un máximo de
El Asegurador, a petición de los                 cuatro consultas por póliza y
familiares del Asegurado fallecido,              siniestro. Las consultas se
pondrá a su disposición un servicio de           solicitarán con una antelación
atención psicológica en los siguientes           mínima de 24 horas al
supuestos:                                       TELÉFONO DE ASISTENCIA 24
                                                 HORAS.
  a) Cuando el fallecimiento sea
  consecuencia de un accidente. Se             3. Traslado nacional             por
  entenderá por accidente para esta               fallecimiento
  garantía cualquier fallecimiento
  traumático del Asegurado, incluido        Serán por cuenta del Asegurador las
  el suicidio.                              gestiones y gastos necesarios para el
                                            traslado de los Asegurados que
  b) Cuando le sobrevivan Asegurados        fallezcan en cualquier lugar del
  menores de diecisiete años.               territorio español al cementerio
  c) Cuando el Asegurado fallecido          municipal o parroquial o al crematorio
  sea menor de diecisiete años.             en España, que éstos o sus familiares
                                            hayan designado o designen, siempre
La prestación del servicio de atención      que no exista impedimento alguno por
psicológica constará de dos fases:          parte de las autoridades competentes
                                            para efectuar el traslado y éste se
      2.1     Asistencia     psicológica    realice por la empresa de servicios
      presencial, realizada en el lugar     funerarios que el Asegurador indique
      de fallecimiento, velación o          al comunicarse el siniestro.
      inhumación y durante un máximo
      de tres horas. Este servicio se       Asimismo, el Asegurador pondrá a
      prestará al cónyuge o persona con     disposición de los familiares del
      la que conviviese el Asegurado en     Asegurado fallecido en el territorio
      análoga relación de afectividad y     nacional peninsular un vehículo tipo
      a cualquier persona que lo solicite   turismo para el acompañamiento hasta
      y guardase con el fallecido un        el cementerio municipal o parroquial o


76

[Seite 15]
                                           Condiciones Generales del contrato

                                                                  santalucía
                                                                         SEGUROS


al crematorio designado, siempre y          península, sea cual fuere la causa del
cuando el destino sea una localidad         fallecimiento.
distinta a la de residencia habitual del
Asegurado y dentro del territorio              5. Gastos de estancia para
nacional peninsular.                              acompañante en caso
                                                  de fallecimiento
El mismo derecho tendrán los
                                            Si el acompañante debiera permanecer
residentes en las Islas (Baleares o
                                            en el lugar de fallecimiento por
Canarias), respecto al fallecimiento e
                                            trámites relacionados con el traslado
inhumación o cremación dentro del
                                            del Asegurado fallecido, el Asegurador
territorio de la Isla en la que se haya
                                            reintegrará, previa presentación de las
producido el fallecimiento.
                                            facturas originales correspondientes,
                                            los     gastos   de    alojamiento    y
   4. Acompañante en caso de
                                            manutención HASTA 125 EUROS
      traslado por fallecimiento
                                            DIARIOS CON UN MÁXIMO DE
      en España
                                            DIEZ DÍAS.
Los familiares del Asegurado que haya
                                            Sólo podrá utilizarse esta garantía si se
fallecido     en     España      como
                                            hubiera hecho uso de la garantía
consecuencia de un accidente a más
                                            Acompañante en caso de traslado por
de 100 kilómetros de su domicilio
                                            fallecimiento.
podrán designar a una persona, con
residencia en España y que se
                                               6. Traslado internacional
encuentre en España en el momento
                                                  por fallecimiento
del fallecimiento, la cual tendrá
derecho a los billetes necesarios de        Serán por cuenta del Asegurador las
avión (clase turista), ferrocarril (1ª      gestiones y gastos necesarios para el
clase) o transporte público y colectivo     traslado de los Asegurados que,
más idóneo, para que pueda viajar           encontrándose de viaje, fallezcan en
desde su domicilio hasta el lugar           cualquier lugar del mundo hasta el
donde haya ocurrido el siniestro,           cementerio municipal o parroquial o al
trasladándose posteriormente al lugar       crematorio en España que éstos o sus
de inhumación o incineración en             familiares   hayan      designado    o
España acompañando al fallecido y,          designen, siempre que no exista
finalmente, regresar hasta la localidad     impedimento alguno por parte de las
de su domicilio en España.                  autoridades competentes para efectuar
                                            el traslado y éste se realice por las
Existirá el mismo derecho en el caso de     empresas de servicios funerarios que el
los Asegurados residentes en la             Asegurador indique al comunicarse
península que fallezcan en Ceuta,           siniestro.
Melilla, Baleares y Canarias y en el de
los Asegurados residentes en estos
territorios que fallezcan en la


                                                                                   77

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Asistencia GlobalP


     7. Acompañante en caso de                 9. Asistencia a los acompañantes
        traslado por fallecimiento                del Asegurado fallecido
        en el extranjero                          en el extranjero
Los familiares del Asegurado que            Si el Asegurado viajara al extranjero en
encontrándose de viaje hubiere              compañía de otras personas que
fallecido en el extranjero podrán           también tuvieran la condición de
designar a una persona, con residencia      Asegurados y el viaje se interrumpiera
en España y que se encuentre en             por el fallecimiento de aquél, el
España     en     el    momento      del    Asegurador organizará a su cargo el
fallecimiento, la cual tendrá derecho a     regreso del resto de Asegurados hasta
los billetes necesarios de avión (clase     su domicilio en España.
turista), ferrocarril (1ª clase) o
transporte público y colectivo más            10. Asistencia jurídica en caso de
idóneo, para que pueda viajar desde su            fallecimiento o invalidez
domicilio habitual en España hasta el
lugar donde haya ocurrido el siniestro,      10.1. Obtención de documentación
trasladándose posteriormente al lugar         En caso de fallecimiento o invalidez
de inhumación o incineración en               del Asegurado derivado de un
España acompañando al fallecido y,            siniestro amparado en la póliza,
finalmente, regresar hasta la localidad       serán por cuenta del Asegurador las
de su domicilio en España.                    gestiones y gastos necesarios para la
                                              obtención o tramitación de la
     8. Gastos de estancia para               siguiente              documentación
        acompañante en caso de                administrativa, siempre y cuando la
        fallecimiento en el extranjero        misma radique en Registros,
                                              Organismos o Instituciones situadas
Si el acompañante debiera permanecer
                                              en territorio español:
en el lugar de fallecimiento por
trámites relacionados con el traslado           a) Cuando el Asegurado o sus
del Asegurado fallecido, el Asegurador          familiares faciliten la información
reintegrará, previa presentación de las         necesaria, se realizarán los
facturas originales correspondientes,           trámites para la obtención de:
los     gastos   de    alojamiento    y
manutención HASTA 150 EUROS                       1. Certificaciones del Registro
DIARIOS Y CON UN MÁXIMO DE                        Civil, en extracto o literal, de
DIEZ DÍAS.                                        defunción,      nacimiento     y
                                                  matrimonio del Asegurado y de
Sólo podrá utilizarse esta garantía si se         nacimiento de sus hijos o
hubiera hecho uso de la garantía                  cualesquiera otros que se
Acompañante en caso de traslado por               estimen necesarios para la
fallecimiento en el extranjero.                   preparación de la declaración de
                                                  herederos.


78

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                                       Condiciones Generales del contrato

                                                              santalucía
                                                                    SEGUROS


 2. Certificado   del   Registro          La obtención de la documentación
 General de Actos de Última               administrativa        anteriormente
 Voluntad del Asegurado.                  detallada se realizará atendiendo la
                                          petición realizada por el Asegurado
 3. Certificado del Registro de
                                          o sus familiares y será única para
 Contratos    de    Seguros  de
                                          cada siniestro.
 Cobertura de Fallecimiento.
 4. Baja del Asegurado fallecido          10.2. Asesoramiento extrajudicial
 como usuario del Sistema
                                          El Asegurador prestará el servicio de
 Público Sanitario y/o como
                                          información,      orientación       y
 pensionista      del      Instituto
                                          asesoramiento      telefónico     que
 Nacional de la Seguridad Social
                                          pudieran precisar el Asegurado o sus
 o        del     correspondiente
                                          familiares derivado exclusivamente
 Organismo de la Comunidad
                                          de las consultas que se produzcan
 Autónoma, si esta competencia
                                          con relación a las siguientes
 le estuviera transferida, o de la
 Mutualidad de funcionarios o             gestiones y actuaciones:
 Instituto correspondiente.                 a) Sucesiones. Asesoramiento
b) Tras la aportación de la                 para la realización del inventario
documentación necesaria por el              de       bienes,        operaciones
Asegurado o sus familiares, se              particionales,   liquidación     de
                                            obligaciones        fiscales      e
tramitará la obtención de:
                                            inscripciones registrales derivadas
 1. Baja del Asegurado fallecido            de todo ello.
 en el Libro de Familia.
                                            b) Seguros. Asesoramiento para
 2. Certificado municipal de                la reclamación de los derechos y
 convivencia con el Asegurado.              beneficios     que     asistan   al
                                            Asegurado o a sus familiares frente
c) En los casos en que sea
                                            a otras aseguradoras distintas del
imprescindible la presencia de los
                                            Asegurador o Gestoras de Fondos
familiares, el Asegurador limitará
                                            de Pensiones, por contratos que
la prestación al asesoramiento
                                            aquél tuviera suscritos.
necesario para la obtención de la
siguiente documentación:                    c) Productos financieros. Ase-
                                            soramiento para la reclamación de
 1. Certificado de matrimonio
                                            los derechos y beneficios que
 del Archivo Eclesiástico.
                                            asistan a los familiares respecto de
 2. Certificado del Registro de             Bancos, Cajas de Ahorros y otras
 Parejas de Hecho.                          Entidades Financieras por todo
                                            tipo de contratos o activos
 3. Copia       del     testamento          financieros de los que fuera titular
 otorgado     por el    Asegurado
 fallecido.


                                                                              79

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Asistencia GlobalP


     o beneficiario     el   Asegurado        Mutualidad de Funcionarios,
     fallecido.                               siempre que reúnan los requisitos
                                              necesarios en la Legislación
     d) Contratos de arrendamiento.
                                              Española para percibir dicha
     Asesoramiento sobre las gestiones
                                              prestación:
     a realizar para la subrogación de
     los familiares en los contratos de                Viudedad.
     arrendamiento      sobre    bienes
                                                       Orfandad.
     inmuebles formalizados por el
     Asegurado fallecido en calidad de                 Auxilio por defunción.
     arrendador o arrendatario.
                                                       En favor de familiares.
     e) Cambios de titularidad. Ase-
     soramiento para llevar a efecto el                Indemnización especial
     cambio de titularidad de vehículos                 a tanto alzado por
     ante la Dirección General de                       Accidente de Trabajo o
     Tráfico, así como de los contratos                 Enfermedad Profesional.
     de suministro de agua, energía           Será requisito imprescindible que
     eléctrica, teléfono y gas.               la documentación necesaria para
     f) Reclamación a terceros. Ase-          dichas gestiones radique en
     soramiento       para      efectuar      Registros,      Organismos      o
     reclamación de responsabilidad           Instituciones     situadas     en
     por los daños y perjuicios sufridos      territorio español. En otro caso,
     por el Asegurado o sus familiares a      será necesaria la aportación
     consecuencia del hecho que               previa de dicha documentación
     determina un siniestro cubierto          por parte de los familiares del
     por la póliza, cuando el mismo sea       Asegurado.
     imputable a terceros, así como         10.4. Gestión de la declaración de
     respecto de la acción directa que            herederos, de las escrituras de
     pudiera corresponderles frente a la          aceptación o renuncia de
     Entidad Aseguradora del causante             herencia e inscripción en el
     de los daños.                                Registro de la Propiedad

 10.3. Tramitación de pensiones                  El Asegurador prestará a los
                                                 descendientes,     ascendientes
     Mediante      esta    garantía    el        y/o cónyuge del Asegurado
     Asegurador se encargará de la               fallecido el asesoramiento
     gestión necesaria para la solicitud         jurídico necesario en España a
     de las siguientes prestaciones que,         fin de que, mediante acta de
     como        consecuencia        del         notoriedad,     puedan      ser
     fallecimiento de uno de los                 declarados        notarialmente
     asegurados, se puedan otorgar por           únicos herederos ab intestato
     la Seguridad Social o la                    del Asegurado fallecido, así


80

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                                    Condiciones Generales del contrato

                                                         santalucía
                                                               SEGUROS


como para otorgar en España                del Asegurado fallecido en el
ante        Notario          las           extranjero:
correspondientes      escrituras
                                           a) Cuando el Asegurado tenga
públicas de aceptación o
                                           su residencia habitual en el
renuncia de herencia.
                                           extranjero.
Asimismo,     el     Asegurador
                                           b) Cuando       el    Asegurado
prestará la asistencia jurídica
                                           participe en rallyes o practique
que precisen dichas personas
                                           el alpinismo.
para, en su caso, inscribir en el
Registro de la Propiedad que               c) En las operaciones de
corresponda los extremos de                rescate en montaña, simas,
dichos instrumentos públicos               mar o desierto.
que resulten necesarios.
                                           d) Cuando el viaje del
Los honorarios devengados por              Asegurado al extranjero tenga
la intervención de fedatarios              por objeto recibir tratamiento
públicos, así como los tributos            médico.
de los que, en su caso, fueran
sujetos     pasivos      dichos            Para    las    coberturas     de
herederos serán a cargo de los             Obtención de documentación
mismos.                                    y Asesoramiento extrajudicial
                                           incluidas en la garantía de
En ningún caso queda cubierta              Asistencia jurídica en caso de
por la presente garantía la                fallecimiento o invalidez, el
gestión de las correspondientes            asesoramiento       legal     se
escrituras      públicas     de            circunscribe     al    derivado
protocolización              de            exclusivamente               del
operaciones particionales o de             Ordenamiento            Jurídico
adjudicación de la herencia del            español.
Asegurado fallecido.
Salvo pacto en contrario,
quedan        excluidas      las
coberturas aseguradas en las
garantías      de      Traslado
internacional               por
fallecimiento, Acompañante
en caso de traslado por
fallecimiento en el extranjero,
Gastos de estancia para
acompañante en caso de
fallecimiento en el extranjero y
Asistencia a los acompañantes


                                                                         81

[Seite 20]
Asistencia GlobalP


    Artículo 9.        Artículo 9 - Garantías  opcionales
                                        Artículo 10.
            Artículo
    GARANTÍAS        10 - Riesgos excluidos
                 OPCIONALES                  paraEXCLUIDOS
                                        RIESGOS    todas las garantías
                                                              PARA
                                        TODAS LAS GARANTÍAS
Sólo mediante expresa contratación
que debe constar en las Condiciones
                                           Salvo pacto en contrario, quedan
Particulares de esta póliza y pago de la
                                           excluidas las coberturas aseguradas en
prima     correspondiente,      pueden
                                           los siguientes casos:
contratarse las siguientes coberturas:
                                           a) Cuando el siniestro se origine con
     Gastos excepcionales de sepelio      anterioridad a la entrada en vigor de
                                           las garantías de este seguro.
     Residentes en España
                                           b) Cuando el siniestro sea producido
     Residentes en el extranjero          por conflictos armados, aunque no
     Atención Psicológica                 haya precedido la declaración oficial
                                           de    guerra,    revueltas,   motines,
     Legado digital                       insurrecciones o usurpaciones de
                                           poder,        huelgas,       epidemias
     Protección juridica integral         oficialmente        declaradas       y
     Médico-asistencial                   acontecimientos calificados por el
                                           Gobierno      como     "catástrofe   o
     Bienestar                            calamidad nacional".
     Asistencia 360                       c) Cuando el siniestro corresponda a
                                           coberturas opcionales que no se hayan
     Asistencia en viaje:                 contratado expresamente en las
                                           Condiciones      Particulares     y/o
      o   Asistencia general               Especiales.
      o   Asistencia al asegurado
      o   Asistencia a los
          acompañantes
     Protección de pagos
     Invalidez Absoluta y Permanente
      por accidente
     Pequeprotección
     Mascotas


82

[Seite 21]
                                             Condiciones Generales del contrato

                                                                    santalucía
                                                                          SEGUROS


TRAMITACIÓN DE SINIESTROSArtículo
            TRAMITACIÓN           11 - Decesos
                          DE SINIESTROS

                                              5. Si al fallecer un Asegurado
  Artículo 11.
                                              resultase que lo está con el Asegurador
  DECESOS                                     en más de una póliza con cobertura de
                                              Decesos,     el     Asegurador     sólo
 1. En caso de fallecimiento de un            reconocerá          los        derechos
 Asegurado se deberá poner en                 correspondientes a una de ellas,
 conocimiento       inmediato      del        procediéndose al reembolso de las
 Asegurador, llamando a los siguientes        primas pagadas por el Tomador del
 números de teléfono:                         seguro desde la fecha en que se
       Desde España: 900 24 2020              produjo tal duplicidad.

  Desde el extranjero: +34 91 379 7710        6. En caso de siniestros de las
                                              garantías de Atención psicológica,
 2. Asimismo, los familiares del              Traslado nacional por fallecimiento,
 Asegurado fallecido deberán entregar         Acompañante en caso de traslado por
 al Asegurador el certificado médico          fallecimiento en España, Gastos de
 oficial de defunción cumplimentado.          estancia para acompañante en caso de
                                              fallecimiento, Traslado internacional
 3. Cuando un Asegurado fallezca en
                                              por fallecimiento, Acompañante en
 localidad distinta a la del domicilio que
                                              caso de traslado por fallecimiento en el
 figura en la póliza, se efectuará un
                                              extranjero, Gastos de estancia para
 servicio fúnebre de conformidad con
                                              acompañante en caso de fallecimiento
 lo establecido en el Artículo 1 de la
                                              en el extranjero, Asistencia a los
 presente póliza.
                                              acompañantes del Asegurado fallecido
 4. Si el fallecimiento del Asegurado         en el extranjero y Asistencia jurídica
 ocurriese fuera de España y sus              en caso de fallecimiento o invalidez, el
 familiares optasen por su inhumación         Tomador del seguro o el Asegurado
 o incineración en el lugar del siniestro,    deberá ponerlo en conocimiento
 éstos realizarán el servicio por su          inmediato del
 cuenta y presentarán al Asegurador las
                                               TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS
 facturas correspondientes, así como el
 certificado    médico      oficial    de           Desde España: 900 24 2020
 defunción, abonando el Asegurador los
                                              Desde el extranjero: +34 91 379 77 10
 gastos ocasionados a los herederos
 hasta el límite que figura a estos           Este TELÉFONO DE ASISTENCIA
 efectos     en     las     Condiciones       estará atendido permanentemente las
 Particulares.                                24 horas del día.


                                                                                    83

[Seite 22]
Asistencia GlobalP


 Artículo 12.                  Artículo 12 - Asistencia
 ASISTENCIA

En caso de siniestro de las garantías
opcionales de Asistencia en Viaje,
Médico       –      Asistencial     y
Pequeprotección, el Tomador del
seguro o el Asegurado deberá ponerlo
en conocimiento inmediato del
 TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS

     Desde España: 900 24 2020
 Desde el extranjero: +34 91 379 77 10
Este TELÉFONO DE ASISTENCIA
estará atendido permanentemente las
24 horas del día.


84

[Seite 23]
                                      Condiciones Generales del contrato

                                                           santalucía
                                                                SEGUROS


Hecho por duplicado en Madrid, en la fecha que figura en las Condiciones
Particulares.

    Leído y aceptado:

EL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO                   El Asegurador
                                                  santalucía
                                                  Director General


 �������������������
           CP330000823537001

                                                                          85

[Seite 25]
                            Seguros
                            Asistencia
                            Hogar
                            Ahorro e Inversión
                            Vida y Accidentes
                            Salud
                            Empresas
                            Comunidades
                            Mascotas
                            Automóvil*
                            Otros

                            Otros Productos
                            Planes de Pensiones


               *Con la garantía de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros


                "El presente contrato se encuentra sometido a la Ley 50/1980,
                           de 8 de octubre, de Contrato de Seguro"
                       Registro Mercantil de Madrid 679/257 - 3ª/2012
                    Domicilio Social: Plaza de España, 15 - 28008 Madrid


�����������
  180312090200013301
```

## Texto completo del condicionado: Documento de información sobre el producto Asistencia Global v5

```text
[Seite 1]
                                                                                                                                                                          SEGURO DE ASISTENCIA Y DECESOS
                                                                                                                                                                          DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO

                                                                                                                                                                          Empresa: Santa Lucía, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros                     Registro: España C-0174                Producto: Seguro de Asistencia Global


                                                                                                                                                                          La información precontractual y contractual completa relativa al producto se encuentra disponible en la Nota Informativa facilitada antes de la contratación,
                                                                                                                                                                          así como en las Condiciones Generales, Particulares y, en su caso, en las Especiales, facilitadas en el momento de la contratación.

                                                                                                                                                                          ¿En qué consiste este tipo de seguro?
                                                                                                                                                                          Es un seguro de decesos, gracias al cual, en caso de fallecimiento de cada uno de los Asegurados, el Asegurador garantiza, como prestador único, la
                                                                                                                                                                          realización del servicio fúnebre convenido a través de entidades u otros profesionales contratados por el Asegurador para realizar dicho servicio.
SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012


                                                                                                                                                                          El precio del seguro aumenta conforme a la edad de los asegurados hasta cierta edad, momento en el cual el precio se nivela. A partir de los sesenta y
                                                                                                                                                                          cinco años, el precio permanece constante salvo que se produzca un aumento en el valor del servicio garantizado.


                                                                                                                                                                                  ¿Qué se asegura?                                                                Legado digital
                                                                                                                                                                                                                                                                       Borrado de huella digital.
                                                                                                                                                                                  La suma asegurada estará constituida por el valor del conjunto de
                                                                                                                                                                                  prestaciones funerarias necesarias para la realización del servicio.                 Instrucciones previas o Voluntades vitales anticipadas.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Testamento online.
                                                                                                                                                                                  Garantía Básica: Decesos                                                        Protección de pagos
                                                                                                                                                                                     Servicio fúnebre.                                                                 Por desempleo, hospitalización o incapacidad temporal
                                                                                                                                                                                     Traslado nacional e internacional por fallecimiento.                         Asistencia 360
                                                                                                                                                                                     Acompañante en caso de traslado por fallecimiento                                 Atraco fuera del hogar.
                                                                                                                                                                                     en España.                                                                        Conexión con profesionales para el mantenimiento de la
                                                                                                                                                                                     Gastos de estancia para acompañante en caso de                                    vivienda.
                                                                                                                                                                                     fallecimiento.                                                                    Bricoasistencia.
                                                                                                                                                                                     Acompañante en caso de traslado por fallecimiento en                              Reembolso de gastos para desamueblar.
                                                                                                                                                                                     el extranjero.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Sustitución de cerradura de la vivienda y pérdida de llaves
                                                                                                                                                                                     Gastos de estancia para acompañante en caso de                                    del coche.
                                                                                                                                                                                     fallecimiento en el extranjero.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Responsabilidad Civil privada del asegurado.
                                                                                                                                                                                     Asistencia a los acompañantes del Asegurado fallecido en
                                                                                                                                                                                     el extranjero.                                                               Pequeprotección
                                                                                                                                                                                     Asistencia jurídica en caso de fallecimiento o invalidez:                         Guardería por fallecimiento, enfermedad grave u
                                                                                                                                                                                                                                                                       hospitalización.
                                                                                                                                                                                        Obtención de documentación.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Asistencia a hijos menores de 17 años del asegurado
                                                                                                                                                                                        Asesoramiento extrajudicial.
                                                                                                                                                                                                                                                                       fallecido u hospitalizado en viaje.
                                                                                                                                                                                        Tramitación de pensiones.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Segundo diagnóstico psicológico.
                                                                                                                                                                                        Gestión de la declaración de herederos, de las escrituras
                                                                                                                                                                                                                                                                       Asistencia psicológica del menor asegurado.
                                                                                                                                                                                        de aceptación o renuncia de herencia e inscripción en el
                                                                                                                                                                                        Registro de la Propiedad.                                                      Asistencia médica a menores.
                                                                                                                                                                                     Atención psicológica:                                                             Programa de formación asistencial.
                                                                                                                                                                                        Asistencia psicológica presencial.                                        Mascotas
                                                                                                                                                                                        Consulta psicológica.                                                          Reembolso de gastos por incineración.
                                                                                                                                                                                                                                                                       Servicio de guardería por fallecimiento, enfermedad grave u
                                                                                                                                                                                  Junto con la garantía de Decesos se debe elegir un mínimo                            hospitalización.
                                                                                                                                                                                  de tres bloques de protección, los cuales se especifican                             Responsabilidad Civil.
                                                                                                                                                                                  a continuación:
                                                                                                                                                                                                                                                                  Invalidez absoluta y permanente por accidente.
                                                                                                                                                                                  Asistencia en viaje (en cualquiera de sus tres                                  Residentes en España.
                                                                                                                                                                                  modalidades, contarán como un solo bloque, con
                                                                                                                                                                                                                                                                  Residentes en el extranjero.
                                                                                                                                                                                  independencia que se escojan una, dos o tres.):
                                                                                                                                                                                        General.
                                                                                                                                                                                        Del asegurado.                                                            ¿Qué no está asegurado?
                                                                                                                                                                                        A acompañantes.
                                                                                                                                                                                                                                                                    Cuando el fallecimiento se origine con anterioridad a la
                                                                                                                                                                                   Bienestar                                                                        entrada en vigor de las garantías de este seguro.
                                                                                                                                                                                        Asesor nutricional.
                                                                                                                                                                                                                                                                    No son asegurables las personas que al solicitar el seguro
                                                                                                                                                                                        Test de intolerancia alimentaria.                                           tengan más de cuarenta años o padezcan enfermedad grave
                                                                                                                                                                                        Servicios de Bienestar.                                                     en el momento de contratar.
                                                                                                                                                                                   Atención psicológica
                                                                                                                                                                                        Por conflicto familiar, por conflicto laboral, por enfermedades
                                                                                                                                                                                        graves y por fallecimiento de un familiar.
                                                                                                                                                                                   Médico asistencial
                                                                                                                                                                                        Consulta médica y psicológica telefónica.
                                                                                                                                                                                        Segunda opinión médica.
                                                                                                                                                                                        Asistencia post-hospitalaria.
                                                                                                                                                                                        Conexión con servicios sanitarios y servicio dental.

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                                                                                                                                                                          ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?

                                                                                                                                                                           La garantía de Decesos no tomará efecto hasta que hayan transcurrido dos meses desde el primer pago realizado por el contratante, salvo en los
                                                                                                                                                                           siguientes supuestos:
                                                                                                                                                                              Cuando el fallecimiento del Asegurado sea a causa de accidente.
                                                                                                                                                                              Cuando los Asegurados lo estuviesen inmediatamente antes en otro contrato del ramo de Decesos del Asegurador.
                                                                                                                                                                              Cuando el Contratante reemplace el contrato en el que estaban anteriormente asegurados por otra del ramo de Decesos con el Asegurador.
                                                                                                                                                                           Quedan excluidas las coberturas aseguradas en las garantías de Traslado internacional por fallecimiento, Acompañante en caso de traslado por
                                                                                                                                                                           fallecimiento en el extranjero, Gastos de estancia para acompañante en caso de fallecimiento en el extranjero y Asistencia a los acompañantes del
                                                                                                                                                                           Asegurado fallecido en el extranjero:
                                                                                                                                                                              Cuando el Asegurado tenga su residencia habitual en el extranjero.
                                                                                                                                                                              Cuando el Asegurado participe en rallyes o practique el alpinismo.
                                                                                                                                                                              En las operaciones de rescate en montaña, simas, mar o desierto.
SANTA LUCÍA S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros. Plaza de España, 15. 28008 MADRID. Telf.: 915419387. www.santalucia.es - Reg. Merc. Madrid T 679 L 257 – S 3º H 2012


                                                                                                                                                                              Cuando el viaje del Asegurado al extranjero tenga por objeto recibir tratamiento médico.
                                                                                                                                                                           Para las coberturas de Obtención de documentación y Asesoramiento extrajudicial incluidas en la garantía de Asistencia jurídica en caso
                                                                                                                                                                           de fallecimiento o invalidez, el asesoramiento legal se circunscribe al derivado exclusivamente del Ordenamiento Jurídico español.
                                                                                                                                                                           Para el resto de garantías, existen otras restricciones que pueden ser consultadas en las Condiciones Generales de este producto.


                                                                                                                                                                          ¿Dónde estoy cubierto?

                                                                                                                                                                            El servicio funerario se garantiza a nivel nacional.
                                                                                                                                                                            Además, serán por cuenta del Asegurador las gestiones y gastos necesarios para el traslado de los Asegurados que, encontrándose de viaje,
                                                                                                                                                                            fallezcan en cualquier lugar del mundo hasta el cementerio municipal o parroquial o al crematorio en España que éstos o sus familiares hayan
                                                                                                                                                                            designado o designen.


                                                                                                                                                                          ¿Cuáles son mis obligaciones?
                                                                                                                                                                          Indicación exacta de la edad del Asegurado: En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento del Asegurado, el Asegurador sólo
                                                                                                                                                                          podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del Asegurado en el momento de la entrada en vigor del contrato excede de los límites de admisión
                                                                                                                                                                          establecidos por aquél.
                                                                                                                                                                          En caso de fallecimiento, amparado por las coberturas de las garantías contratadas y especificadas en las Condiciones Particulares, se deberá
                                                                                                                                                                          poner en conocimiento inmediato del Asegurador. Los familiares del Asegurado fallecido deberán entregar al Asegurador el certificado médico oficial
                                                                                                                                                                          de defunción cumplimentado.

                                                                                                                                                                          ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?
                                                                                                                                                                          El Contratante del seguro está obligado al pago del precio de su primera anualidad en el momento de formalización del contrato, pudiéndose
                                                                                                                                                                          pactar el pago en plazos inferiores al año. Los sucesivos pagos deberán abonarse al inicio de cada fecha de finalización anual, salvo pacto de
                                                                                                                                                                          pago en plazos inferiores.
                                                                                                                                                                          El pago podrá efectuarse en efectivo, cheque, domiciliación bancaria y tarjeta bancaria.


                                                                                                                                                                          ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?
                                                                                                                                                                          El inicio del seguro será el que figure indicado en las condiciones particulares del contrato.
                                                                                                                                                                          El contrato se perfecciona por el consentimiento manifestado en su formalización. No obstante, el seguro contratado y sus modificaciones no
                                                                                                                                                                          tomarán efecto mientras no haya sido satisfecho su precio.
                                                                                                                                                                          En caso de demora en el cumplimiento del pago del precio del seguro, las obligaciones del asegurador comenzarán a las 00:00 horas del día en
                                                                                                                                                                          que haya sido efectuado el pago.


                                                                                                                                                                          ¿Cómo se puede finalizar el contrato?
                                                                                                                                                                          El presente seguro se contrata por el período de un año. A la expiración de dicho período quedará tácitamente prorrogado un año más, y así
                                                                                                                                                                          sucesivamente, salvo que el contratante del seguro se oponga a la prórroga, en cuyo caso deberá comunicarlo al Asegurador mediante una
                                                                                                                                                                          notificación escrita, efectuada con un plazo de un mes de antelación a la conclusión de la anualidad de seguro en curso.
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