# Barkibu Responsabilidad Civil perros: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-rc-perros-caballos-barkibu-rc-perros.php
- Entidad: Barkibu Pets Agencia de Seguros, S.L. (Vertrieb), Great Lakes Insurance SE (Risikoträger der RC)
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-rc-perros-caballos-barkibu-rc-perros.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Seguro de Responsabilidad Civil para dueños de perros, Condiciones Generales y Especiales (Great Lakes Insurance SE)](https://barkibu.com/condicionado-rc.pdf), Edición IPID Stand 01/2026

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada única para daños personales, materiales y perjuicios económicos | sí, hasta 200.000 € | Indemnizaciones por la responsabilidad civil del asegurado, hasta el límite de 200.000€ por Siniestro y Período de seguro. | Condiciones Particulares, Coberturas y suma asegurada, página 2 |
| Perjuicios económicos puros (sin daño personal o material previo) | no | Pérdidas económicas que no sean consecuencia de un Daño cubierto por la Póliza. | Condiciones Especiales 4 g), página 6 |
| Límite máximo por anualidad de seguro para todos los siniestros | sí, hasta 200.000 € | El importe máximo detallado en las Condiciones Particulares que el Asegurador se compromete a pagar por la suma de todas las Prestaciones derivadas del Siniestro o Siniestros acaecidos durante el Período de seguro. | Condiciones Especiales 1, Suma asegurada, página 3 |
| Franquicia por siniestro | 200 € | 200€ por siniestro | Condiciones Particulares, Franquicia, página 2 |
| Personas aseguradas además del tomador (cónyuge o pareja, hijos y demás convivientes como titulares o paseadores del perro) | sí | Asegurado: El propietario del Perro y a su vez el tomador del seguro que suscribe esta Póliza (ambos deben ser la misma persona). | Condiciones Especiales 1, Definiciones, página 3 |
| Ámbito territorial (país de residencia, Europa, todo el mundo) | sí | La cobertura se circunscribe a Reclamaciones formuladas en España por Siniestros ocurridos en España. | Condiciones Especiales 2.2 Ámbito Geográfico, página 4 |
| Estancias temporales en el extranjero con el perro: duración máxima y países incluidos | no | La cobertura se circunscribe a Reclamaciones formuladas en España por Siniestros ocurridos en España. | Condiciones Especiales 2.2 Ámbito Geográfico, página 4 |
| Cobertura automática de nuevos riesgos (por ejemplo, un perro más) hasta su comunicación | no regulado |  |  |
| Garantía de coberturas anteriores: se mantienen las condiciones mejores de la póliza previa | no regulado |  |  |
| Garantía de mejor cobertura: se aplican las condiciones más favorables de otra aseguradora | no regulado |  |  |
| Actualización automática: las mejoras futuras de las condiciones se aplican sin sobreprima a las pólizas vigentes | no regulado |  |  |
| Exención de prima por desempleo, incapacidad laboral o fallecimiento del tomador | no regulado |  |  |
| Varios perros en una misma póliza y descuento a partir del segundo | no regulado |  |  |
| Cachorros de camadas propias incluidos sin sobreprima, hasta qué edad | no regulado |  |  |
| Razas catalogadas como peligrosas asegurables (perros potencialmente peligrosos, PPP) | no regulado |  |  |
| Perros que ya han mordido o han sido declarados peligrosos por la autoridad | no regulado |  |  |
| Edad mínima y máxima del perro al contratar | no regulado |  |  |
| Perros en acogida de protectoras y perros a prueba | no | El Asegurado debe ser dueño/propietario del Perro y convivir con él en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares. | Condiciones Especiales 2.3 III, página 4 |
| Perros de asistencia, perros guía y otros perros de apoyo a personas con discapacidad | sí | Esta Póliza únicamente puede ser contratada por dueños de Perros que sean meros animales de compañía o perros de asistencia | Condiciones Especiales 2.3 I, página 4 |
| Perros de terapia y de visita (colegios, residencias, consultas) | no regulado |  |  |
| Perros de rescate y búsqueda en servicio y en formación | no regulado |  |  |
| Perros de caza en cacerías y en adiestramiento cinegético | no | no se asegurarán perros usados para la caza, perros guardianes o perros de vigilancia | Condiciones Especiales 2.3 I, página 4 |
| Perros de defensa, trabajo de protección y adiestramiento de mordida | no | no se asegurarán perros usados para la caza, perros guardianes o perros de vigilancia | Condiciones Especiales 2.3 I, página 4 |
| Responsabilidad de cuidadores no profesionales (amigos, vecinos, familiares) incluida | sí | incluso cuando el Perro haya sido confiado a un Tercero para su cuidado, que no recibe remuneración por ello. | Condiciones Especiales 3.1, página 5 |
| Cuidadores profesionales, paseadores y residencias caninas | no | Daños ocasionados cuando el Perro estaba confiado a un Tercero que recibía un pago por este servicio. | Condiciones Especiales 4 b), página 6 |
| Daños personales al propio cuidador (el perro muerde a quien lo cuida) | no regulado |  |  |
| Reclamaciones entre familiares y asegurados (daños personales dentro de la familia) | no | Daños causados al Asegurado, a su familia, a cualquier persona que viva con él y a todos aquellos que no tengan la condición de Terceros. | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Paseo del perro por menores y responsabilidad por deber de vigilancia | no regulado |  |  |
| Mordeduras a personas, con daño moral y gastos de curación | sí | Los Daños Corporales, Materiales y Perjuicios causados involuntariamente por el Perro a Terceros | Condiciones Especiales 3.1, página 5 |
| Daños a animales de terceros (por ejemplo, en una pelea entre perros) | sí | Materiales: El daño, deterioro o destrucción de una cosa, así como el daño ocasionado a los animales. | Condiciones Especiales 1, Daños, página 4 |
| Gastos veterinarios de animales ajenos heridos | no regulado |  |  |
| Monta no deseada (gastos derivados para la perra de un tercero) | no regulado |  |  |
| Monta acordada (daños durante el cruce pactado) | no regulado |  |  |
| Daños en campos, prados y cultivos | no regulado |  |  |
| Accidentes de tráfico causados por el perro (daños a vehículos y personas) | no regulado |  |  |
| Daños del perro en vehículos prestados o alquilados (coches, autocaravanas, barcos) | no | Igualmente se excluyen los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros). | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Daños medioambientales según la Ley de Responsabilidad Medioambiental (especies protegidas, aguas) | no regulado |  |  |
| Daños a la vivienda alquilada (puertas, suelos, paredes) | no | Igualmente se excluyen los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros). | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Daños a habitaciones de hotel y su mobiliario durante viajes | no | Igualmente se excluyen los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros). | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Daños a apartamentos y casas vacacionales, incluido el mobiliario | no | Igualmente se excluyen los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros). | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Daños a bienes muebles alquilados, prestados o en leasing | no | Igualmente se excluyen los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros). | Condiciones Especiales 4 a), página 6 |
| Daños graduales por arañazos, mordisqueo u orina | no regulado |  |  |
| Escuela canina y adiestramiento (también curso obligatorio de formación del tenedor) | no | Daños causados por el Perro en el ámbito de una actividad de comercio, reproducción, custodia, cría o adiestramiento | Condiciones Especiales 4 f), página 6 |
| Deporte canino, agility, competiciones, exposiciones y pruebas | no | Daños causados por la participación del Perro en peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o exposiciones. | Condiciones Especiales 4 e), página 6 |
| Incumplimiento de la obligación de llevar correa (el siniestro sigue cubierto) | no | Los Daños que tengan su origen en la infracción de las normas legales. | Condiciones Especiales 4 k), página 6 |
| Incumplimiento de la obligación de bozal (el siniestro sigue cubierto) | no | Los Daños que tengan su origen en la infracción de las normas legales. | Condiciones Especiales 4 k), página 6 |
| Uso profesional o comercial del perro (por ejemplo, perro guardián, perro de oficina) | no | Daños causados por el Perro en el ámbito de una actividad de comercio, reproducción, custodia, cría o adiestramiento | Condiciones Especiales 4 f), página 6 |
| Cría de perros (aficionada y profesional) | no | ni perros usados para la cría (en este contexto, cría significa el uso para la cría más de 2 veces durante la vida de su animal). | Condiciones Especiales 2.3 I, página 4 |
| Insolvencia del causante: indemnización si el dueño de otro perro no puede pagar el daño sufrido por el asegurado | no regulado |  |  |
| Defensa frente a reclamaciones infundadas (defensa jurídica pasiva), con costas judiciales y de abogado | sí | El Asegurador asumirá la defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en su condición de demandado en procedimientos civiles o penales a consecuencia de las Reclamaciones por hechos cubiertos por esta Póliza. | Condiciones Especiales 3.2, página 5 |
| Gastos de defensa en procedimientos penales o sancionadores tras un incidente con el perro | sí | El Asegurador asumirá la defensa de la responsabilidad civil del Asegurado en su condición de demandado en procedimientos civiles o penales | Condiciones Especiales 3.2, página 5 |
| Cumple el seguro obligatorio según la Ley 7/2023 de bienestar animal y la normativa de perros potencialmente peligrosos | no regulado |  |  |
| Certificado de seguro para el ayuntamiento o la administración | no regulado |  |  |
| Obligación de registrar al perro, identificarlo con microchip e inscribirlo en el registro | sí | El Perro debe ser claramente identificable mediante un microchip que se inyecta bajo su piel. | Condiciones Especiales 2.3 II, página 4 |
| Obligación de test de carácter o certificado de aptitud del tenedor | no regulado |  |  |
| Obligación de licencia administrativa para perros potencialmente peligrosos (licencia PPP) | sí | Daños causados por el Perro asegurado cuando el Asegurado no cumpla los requisitos legales para su propiedad, tenencia o desplazamiento por la vía pública. | Condiciones Especiales 4 j), página 6 |
| Obligaciones en caso de siniestro (plazo de comunicación, no reconocer responsabilidad sin consentimiento) | sí | En caso de Siniestro, el Asegurado deberá comunicárselo al Asegurador dentro del plazo máximo de 7 días desde la fecha en la que fue conocida su ocurrencia. | Condiciones Generales 8, página 8 |
| Fallecimiento, cesión o cambio del perro (fin del contrato o sustitución) | sí | La Póliza también se extinguirá automáticamente en caso de fallecimiento del Perro. | Condiciones Generales 2.3, página 7 |
| Duración y rescisión (plazo de preaviso, rescisión en cualquier momento, tras siniestro) | sí | la Póliza se prorrogará automáticamente en las mismas condiciones en las que fue suscrita por un período de igual duración | Condiciones Generales 4.2, página 8 |
| Exclusiones especiales (por ejemplo, dolo, ciertas razas, peleas de perros, daños a bienes propios) | no | Actos realizados de mala fe por el Asegurado o por cualquier persona de quien él sea responsable. | Condiciones Especiales 4 d), página 6 |

## Texto completo del condicionado: Seguro de Responsabilidad Civil para dueños de perros, Condiciones Generales y Especiales (Great Lakes Insurance SE)

```text
[Seite 2]
​   CONDICIONES PARTICULARES
       PÓLIZA


                                       NORDIC GUARANTEE FÖRSÄKRINGSAKTIEBOLAG, con domicilio en Färögatan 33 (Kista Science Tower), 164 51 Kista, Suecia, operando en
     ASEGURADOR
                                       LPS en España con clave administrativa de la DGSFP E0249
                                       BARKIBU GERMANY GMBH - SUCURSAL EN ESPAÑA AGENTE DE Nordic Guarantee Försäkringsaktiebolag, con domicilio social en calle
     DISTRIBUIDOR                      Zapa 12 36380 Gondomar (Pontevedra) mediador de seguros del espacio económico europeo con número de registro
                                       D-IB2Q-O6ANO-65 con autorización conforme al artículo 34d (1) GewO en el registro de corredores (www.vermittlerregister.info).

     TOMADOR Y ASEGURADO*                                                                                                             NIF / NIE


     DOMICILIO


                                       (*) El tomador y el asegurado son la misma persona


           R
     OBJETO DE SEGURO: LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ASEGURADO COMO PROPIETARIO DEL PERRO CON EL QUE CONVIVE EN EL DOMICILIO INDICADO ARRIBA


                                       Especie:
                                                                                                                      Animal de compañía que no se dedica al pastoreo, ni a la
                                       Nombre del Perro:
                                                                                                                      caza mayor, ni a actividades deportivas o actividades
                                       Núm. de Microchip:
                                                                                                                      profesionales de vigilancia y/o seguridad ni otras


          O
                                       Raza principal:
                                                                                                                      actividades análogas.
                                       Sexo:


     COBERTURAS Y SUMA ASEGURADA

     Sección 1                         Indemnizaciones por la responsabilidad civil del asegurado, hasta el límite de 200.000€ por Siniestro y Período de seguro.
        AD
                                       Prestación accesoria de defensa jurídica, fianzas y costas judiciales, sujetas al límite de suma asegurada en Sección 1 (y, por tanto, no
     Sección 2
                                       adicionales a aquel) y sublimitadas a 6.000€ en caso de conflicto de intereses entre asegurado y asegurador.


     Sección 3                         Servicio de información y orientación jurídica telefónica.

     FRANQUICIA                        200€ por siniestro

     Son de aplicación las Definiciones, Exclusiones y restricciones de cobertura indicadas en Condiciones Especiales y Generales de la Póliza, convenientemente destacadas y
     aceptadas por el Tomador/Asegurado.
       R

     ÁMBITO GEOGRÁFICO DEL CONTRATO

     La responsabilidad civil por Siniestros ocurridos en España y reclamada ante tribunales españoles según ley española.

     ÁMBITO TEMPORAL DEL CONTRATO: PERÍODO DE SEGURO
      R


     FECHA DE INICIO                   Desde las 00:00 horas del

     FECHA DE TERMINACIÓN              A las 00:00 horas del
                                       Anualidades sucesivas de forma automática salvo oposición en plazo de 1 mes antes de terminación (si se opone asegurado) o en plazo
     PRORROGABLE POR
                                       de 2 meses (si se opone asegurador).
     COBERTURA​                        Siniestros ocurridos durante el Período de seguro (en vigencia de la Póliza), siempre que la Reclamación se formule durante la vigencia
    BO


                                       del seguro o en el plazo máximo de 12 meses a partir de la fecha de extinción de la Póliza.

     PRIMA Y FORMA DE PAGO

     FORMA DE PAGO                                                                   VENCIMIENTO DE LA PRIMA                          A LA FIRMA DEL CONTRATO


                                       PRIMA NETA ANUAL                              IMPUESTOS ANUALES                RECARGOS ANUALES                  PRIMA TOTAL ANUAL

     DESGLOSE DE LA PRIMA
     ANUAL DE RESP. CIVIL
    El Tomador del Seguro, PRESTA SU CONFORMIDAD a las presentes Condiciones, así como al resto de documentos que integran el Contrato de Seguro
    (Cuestionario/propuesta de seguro, Condiciones Especiales, Condiciones Generales e IPID; en su conjunto, “Póliza”) que el Tomador declara haber recibido y aceptado;
    aceptando expresamente todas las condiciones que puedan considerarse limitativas de los derechos del asegurado, las cuales figuran destacadas en la Póliza.
    Asimismo el Tomador del Seguro, DECLARA haber recibido con anterioridad a la suscripción de la misma, la información que suministrada por escrito por medio del
    documento Nota de Información Previa.
    En a

           EL TOMADOR/ASEGURADO​                                                       ​            EL ASEGURADOR


                                                                                                                                      María González
                                                                                                           Administradora de Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España
                                                                                                                              (por delegación de Nordic Guarantee)​

[Seite 3]
Información importante                                       Condiciones especiales
Configuración de la Póliza                                       1.​   DEFINICIONES

En este documento figuran las Condiciones Especiales         Se aplicarán las siguientes definiciones en todo el texto
y Generales del Seguro de Responsabilidad Civil para         del contrato de seguro. Siempre que se utilicen en la
dueños de Perros, suscrito por Nordic Guarantee              Póliza –con independencia de que se use el género
                                                             masculino o femenino, o el singular o plural- tendrán el
Försäkringsaktiebolag y distribuido por Barkibu
                                                             significado fijado a continuación:
Germany GmbH - Sucursal en España (en adelante,
"Barkibu Seguros") en calidad de agente de Nordic            Asegurador: Nordic Guarantee Försäkringsaktiebolag
Guarantee Försäkringsaktiebolag. Las demás partes del        (Nordic Guarantee , en adelante), con domicilio social
contrato de seguro son el Cuestionario de seguro, las        en Kista Science Tower, 164 51 Kista, SWEDEN que, como
                                                             entidad aseguradora, asume el riesgo pactado en este
Condiciones Particulares, el documento de Información
                                                             contrato.
Previa y el Documento de Información sobre el
Producto de Seguro. Las Condiciones Especiales y             Asegurado: El propietario del Perro y a su vez el
Particulares prevalecen sobre las Condiciones                tomador del seguro que suscribe esta Póliza (ambos
Generales en caso de contradicción entre ellas. Para         deben ser la misma persona).
entender exactamente lo que cubre el contrato de             Tercero: Cualquier persona física o jurídica distinta de:
seguro es necesario leer todos los documentos en su           ●​ el Asegurado;
conjunto. Este contrato se rige por la Ley 50/1980, de 8      ●​ los familiares de cualquier grado y/o personas que
de Octubre, de Contrato de Seguro y por lo pactado                convivan habitualmente con el Asegurado;
expresamente entre las partes –que se refleja en este         ●​ los socios, directivos, asalariados y personas que
                                                                  mantengan una relación laboral con el Asegurado,
documento y el resto de los citados en el párrafo
                                                                  o mantengan una relación análoga de
anterior–.
                                                                  dependencia, cuando el Siniestro se produzca en
                                                                  el ámbito de dicha relación.
Derecho de Rectificación
                                                             Perro o Perro asegurado: El perro cuya propiedad por
Si el contenido de la Póliza difiriese del Cuestionario de   parte del Asegurado configura el riesgo de nacimiento
seguro o en cualquier otro modo, de las cláusulas y          de responsabilidad civil a su cargo. Dicho perro es el
                                                             identificado en las Condiciones Particulares conforme a
condiciones acordadas, el tomador podrá reclamar al
                                                             una     serie  de     características   por las que
Asegurador en el plazo de un mes desde la entrega de
                                                             específicamente se le ha preguntado al Asegurado en el
la Póliza para que subsane la divergencia existente.         Cuestionario de seguro.
Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se
estará a lo dispuesto en la Póliza.                          Perros de asistencia: Es un perro especialmente
                                                             entrenado para ayudar a una persona con una
                                                             discapacidad en sus tareas diarias, interactuando
                                                             específicamente con su dueño para proporcionar
                                                             apoyo esencial, como guiar, alertar, recuperar objetos o
                                                             proporcionar asistencia física.

                                                             Póliza: El conjunto de documentos que contienen los
                                                             términos y condiciones que regulan este contrato: i) el
                                                             Cuestionario de Seguro, ii) las Condiciones Particulares,
                                                             iii) las Condiciones Especiales, iv) las Condiciones
                                                             Generales y sus Suplementos, v) el documento de
                                                             Información Previa y vi) el Documento de Información
                                                             sobre el Producto de Seguro.

                                                             Período de seguro: El período comprendido entre la
                                                             fecha de efecto del seguro y la fecha de terminación
                                                             establecidas en las Condiciones Particulares que, salvo
                                                             que se disponga otro distinto en las Condiciones
                                                             Particulares, será de un año.

                                                             Prima: El precio del seguro, sin incluir los recargos e
                                                             impuestos que sean legalmente aplicables.

                                                             Suma asegurada / Capital Asegurado / Límite: El
                                                             importe máximo detallado en las Condiciones
                                                             Particulares que el Asegurador se compromete a pagar
                                                             por la suma de todas las Prestaciones derivadas del
                                                             Siniestro o Siniestros acaecidos durante el Período de
                                                             seguro.

[Seite 4]
Condiciones especiales
Franquicia: La cantidad detallada en las Condiciones       Las definiciones de las Prestaciones arriba descritas
Particulares que el Asegurado debe asumir a su cargo       son un breve resumen de la información más detallada
en cada Siniestro y que, por lo tanto, no es objeto de     y precisa que consta en la sección “Coberturas del
seguro.                                                    Seguro" dentro de las Condiciones Especiales.
Siniestro: Todo hecho que haya producido un Daño           2. OBJETO DEL SEGURO
Personal, Material o un Perjuicio Consecuencial del que
pueda resultar civilmente responsable el Asegurado y       Con sujeción al resto de términos y condiciones de la
que se derive del riesgo objeto de seguro.                 Póliza, el Asegurador garantiza la responsabilidad civil
                                                           extracontractual del Asegurado, en su condición de
Constituye un único Siniestro el acontecimiento o          dueño del Perro asegurado, por los Daños causados
acontecimientos dañosos debidos a una misma causa,         involuntariamente a Terceros por hechos que deriven
con independencia del número de reclamantes o              del riesgo especificado en la Póliza.
Reclamaciones formuladas. La fecha del Siniestro será
la del momento en que se produjo el primer Daño.           2.1. Ámbito Temporal
Notificación     o   Comunicación     del    Siniestro:    Esta Póliza sólo cubre los Siniestros ocurridos durante
Comunicación del Asegurado al Asegurador (o a su           el Período de seguro (en vigencia de la Póliza), siempre
agente de seguros exclusivo Barkibu Seguros) de            que la Reclamación se formule durante la vigencia de
cualquier     hecho   del   que pudiera derivarse          la póliza o en el plazo máximo de 12 meses a partir de
responsabilidad civil potencialmente cubierta por esta     la fecha de extinción de la Póliza.
Póliza, con independencia de que el Asegurado aún no
hubiese recibido una Reclamación.                          2.2 Ámbito Geográfico

Reclamación: Requerimiento judicial o extrajudicial        La cobertura se circunscribe a Reclamaciones
formulado contra el Asegurado en su condición de           formuladas en España por Siniestros ocurridos en
dueño del Perro asegurado, como presunto responsable       España.
de un Daño cubierto por esta Póliza, así como el
                                                           3.3 Ámbito Material
formulado directamente contra el Asegurador por los
mismos motivos.                                            Como específicamente se indica en el Cuestionario de
                                                           Seguro que el Asegurado ha rellenado antes de
Daños: Sólo serán indemnizables por esta Póliza los
                                                           suscribir la Póliza, son condiciones esenciales para que
daños causados a Terceros del siguiente tipo:
                                                           se activen las Prestaciones o Coberturas contratadas
●​    Corporales: Las lesiones corporales,                 las siguientes premisas:
      enfermedades o fallecimiento causado a personas
                                                              I.​    Esta Póliza únicamente puede ser contratada
      físicas.
                                                                     por dueños de Perros que sean meros
●​    Materiales: El daño, deterioro o destrucción de                animales de compañía o perros de
      una cosa, así como el daño ocasionado a los                    asistencia, y por tanto no se empleen para
      animales.                                                      obtener ningún tipo de rendimiento comercial.
                                                                     A título de ejemplo, sin carácter exhaustivo,
●​    Perjuicios Consecuenciales: La pérdida                         no se asegurarán perros usados para la
      económica que sea consecuencia directa de los                  caza, perros guardianes o perros de
      daños corporales o materiales cubiertos por la                 vigilancia; perros usados para carreras o en
      Póliza y sufridos por el mismo tercero reclamante.             conexión con cualquier comercio o negocio
Prestaciones: Los importes que sean a cargo del                      ni perros usados para la cría (en este
Asegurador, de acuerdo al Límite y Franquicia fijados en             contexto, cría significa el uso para la cría más
las Condiciones Particulares, y dentro del resto de                  de 2 veces durante la vida de su animal).
términos y condiciones de la Póliza, en concepto de:          II.​   El Perro debe ser claramente identificable
1.​   Indemnizaciones: El abono a los terceros                       mediante un microchip que se inyecta bajo su
      perjudicados de aquellos importes a que dé lugar               piel. El Asegurado es responsable de que el
      la responsabilidad civil del Asegurado a                       microchip funcione y de que se pueda leer.
      consecuencia de las Reclamaciones por hechos                   No se cubrirán aquellos Siniestros
      cubiertos por esta Póliza.                                     causados por Perros que no dispongan de
                                                                     microchip o éste no funcione y/o sea
2.​   Prestación accesoria de defensa jurídica: La                   ilegible.
      defensa de la responsabilidad civil del Asegurado
      en su condición de demandado en                        III.​   El Asegurado debe ser dueño/propietario del
      procedimientos civiles o penales a consecuencia                Perro y convivir con él en el domicilio
      de las Reclamaciones por hechos cubiertos por                  indicado en las Condiciones Particulares.
      esta Póliza.

[Seite 5]
Condiciones especiales
3. COBERTURAS DEL SEGURO                                     II.​   El Asegurado podrá optar por mantener la
De acuerdo al resto de términos y condiciones de la                 dirección jurídica en manos del Asegurador o
Póliza, este seguro garantizará las siguientes                      confiar su propia defensa a los profesionales que
Prestaciones, cuyos importes irán erosionando la Suma               considere oportunos. En este último caso, el
asegurada o Límite indicado en las Condiciones                      Asegurador abonará los gastos de defensa
Particulares.                                                       hasta el límite de 6.000 euros.

                                                              Cuando la indemnización determinada por un tribunal
3.1. Indemnizaciones por la Responsabilidad
                                                              que el Asegurado deba pagar al Tercero sea superior a
Civil del Asegurado​                                          la indemnización cubierta por la Póliza, el Asegurador
El pago a los Terceros perjudicados de las                    cubrirá los gastos de defensa en la misma proporción
indemnizaciones a que dé lugar la responsabilidad civil       existente entre la indemnización cubierta por la Póliza y
del Asegurado, derivada de:                                   la indemnización fijada por el tribunal, pero siempre
 ●​   Los Daños Corporales, Materiales y Perjuicios           sujeto al Límite de la Póliza, que se consumirá por la
      causados involuntariamente por el Perro a               suma de todas las Prestaciones derivadas del Siniestro
      Terceros –esto es, sin que medie orden o                o Siniestros acaecidos durante el Período de seguro
      instigación del Dueño–, incluso cuando el Perro         (esto es, no hay liberación de gastos).
      haya sido confiado a un Tercero para su cuidado,        Fianzas Judiciales
      que no recibe remuneración por ello.
                                                              El Asegurador asumirá a su cargo la constitución de las
 ●​   Los Daños Corporales, Materiales y Perjuicios           fianzas judiciales exigidas para garantizar la
      causados por el Perro durante la asistencia a           responsabilidad civil en un procedimiento judicial, en la
      exposiciones y ferias, con exclusión de los Daños
                                                              misma proporción en que la responsabilidad civil
      causados durante el transporte del Perro.
                                                              exigida por el tribunal resulte cubierta por la Póliza. Sin
3.2. Prestación Accesoria de Defensa Jurídica,                liberación de gastos.
Fianzas y Costas Judiciales                                   Costas Judiciales
Defensa Jurídica                                              El Asegurador asumirá a su cargo las costas judiciales,
Esta garantía no constituye un seguro independiente de        que se abonarán, al igual que las fianzas judiciales y los
defensa jurídica, sino que se trata de una garantía           gastos de defensa, en la misma proporción existente
accesoria a la responsabilidad civil en los términos del      entre la indemnización cubierta por la Póliza y el
artículo 74 de la Ley del Contrato de Seguro.                 importe total de la indemnización que el Asegurado
                                                              deba satisfacer al Tercero conforme haya sido fijada
El Asegurador asumirá la defensa de la responsabilidad        por el tribunal. Sin liberación de gastos.
civil del Asegurado en su condición de demandado en
procedimientos civiles o penales a consecuencia de las        3.3. Servicio de Información y Orientación
Reclamaciones por hechos cubiertos por esta Póliza.           Jurídica
Salvo pacto en contrario –lo que requerirá la previa          El Asegurado podrá solicitar información sobre:
autorización escrita del Asegurador al Asegurado– el
                                                               ●​   Seguro obligatorio y registro de perros de razas
Asegurador asumirá la dirección jurídica frente a la
                                                                    potencialmente peligrosas.
Reclamación     del    perjudicado  designando     los
procuradores, abogados u otros profesionales técnicos          ●​   Legislación específica relativa a la tenencia de
como peritos o investigadores que sean necesarios                   mascotas.
para dicha defensa, siendo por cuenta del Asegurador
dichos gastos de defensa. El Asegurado deberá prestar         Servicio de Asistencia Jurídica
la colaboración necesaria en orden a la dirección             El Asegurado podrá formular consultas de carácter
jurídica asumida por el Asegurador.                           jurídico o legal circunscritas a la legislación española,
Si el Asegurado designa su propia defensa sin contar          siempre que estén relacionadas con el objeto de este
con la autorización previa escrita del Asegurador, los        seguro. No incluye la redacción de informes o
gastos de defensa que se originen serán de su exclusiva       dictámenes legales.
cuenta.                                                       Cómo contactar para solicitar los servicios de
En caso de que, una vez asumida la defensa por el             Información y Asistencia
Asegurador, se ponga de manifiesto un conflicto de            La información o asistencia será solicitada por el
intereses –esto es, intereses contrarios en el Siniestro      Asegurado      a    través   del   correo electrónico
entre el Asegurado y el Asegurador–:                          siniestros@barkibu.com, indicando su nombre y
I.​   El Asegurador lo pondrá en conocimiento del             apellidos, la naturaleza de su consulta y un teléfono de
      Asegurado, sin perjuicio de realizar las diligencias    contacto.
      urgentes necesarias para la defensa.

[Seite 6]
Condiciones especiales                                    Condiciones Generales
4. EXCLUSIONES APLICABLES A TODAS LAS                     1. BASES DEL SEGURO Y RIESGO
COBERTURAS                                                DECLARADO ANTES DE CONTRATAR LA
Se excluyen de este seguro las Reclamaciones por
                                                          PÓLIZA
los siguientes Daños o circunstancias:                    El Asegurado tiene el deber, antes de la conclusión del
a) Daños causados al Asegurado, a su familia, a           contrato, de declarar al Asegurador, de acuerdo con el
cualquier persona que viva con él y a todos aquellos      Cuestionario de seguro al que éste le someta, todas las
que no tengan la condición de Terceros. Igualmente        circunstancias por él conocidas que puedan influir en la
se excluyen los Daños a bienes que estén en poder         valoración del riesgo asegurado.
de estas personas por cualquier motivo (depósito,         En caso de este seguro de responsabilidad civil del
uso, manipulación, transporte u otros).                   propietario del Perro, son ejemplo de ello aquellas
b) Daños ocasionados cuando el Perro estaba               características intrínsecas del animal (sexo, raza, edad,
confiado a un Tercero que recibía un pago por este        etc...) o extrínsecas (el lugar y personas con quienes
servicio.                                                 convive).

c) Daños sufridos por el propio Perro.                    Esta Póliza se ha concertado sobre la base de la
                                                          veracidad de las declaraciones formuladas por el
d) Actos realizados de mala fe por el Asegurado o por     tomador del seguro y sus respuestas a las cuestiones
cualquier persona de quien él sea responsable.            esenciales que figuran en el Cuestionario de seguro.
                                                          Precisamente dichas declaraciones son las que han
e) Daños causados por la participación del Perro en
                                                          determinado la aceptación del riesgo por la
peleas organizadas, carreras o competiciones, salvo
                                                          Aseguradora y el cálculo de la prima correspondiente.
lo dispuesto en cuanto a su asistencia a ferias o
exposiciones.                                             En caso de la reserva o inexactitud del tomador del
                                                          seguro acerca de las circunstancias que puedan influir
f) Daños causados por el Perro en el ámbito de una
                                                          en la valoración del riesgo asegurado, el Asegurador
actividad de comercio, reproducción, custodia, cría
                                                          podrá rescindir el contrato mediante declaración
o adiestramiento y, con carácter general, cuando el
                                                          dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes a
Perro se utilice para cualquier actividad distinta a la
                                                          contar del conocimiento de dicha reserva o inexactitud.
de mero animal de compañía o perros de asistencia.
                                                          Corresponderá al Asegurador, salvo dolo o culpa grave
g) Pérdidas económicas que no sean consecuencia
                                                          por su parte, la parte proporcional de prima devengada
de un Daño cubierto por la Póliza.
                                                          hasta el momento en que haga esta declaración.
h) Daños causados por un Perro que no disponga de
                                                          Si el Siniestro sobreviene antes de que el Asegurador
microchip, cuyo microchip no funcione y/o sea
                                                          haga la declaración a la que se refiere el párrafo
ilegible.
                                                          anterior, la Prestación de éste se reducirá
i) Daños por la transmisión de enfermedades en el         proporcionalmente a la diferencia entre la prima
caso de que el Asegurado haya incumplido la               convenida y la que se hubiese aplicado de haberse
legislación vigente respecto a la prevención y            conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo
consecuencias de dichas enfermedades.                     o culpa grave del tomador del seguro quedará el
                                                          Asegurador liberado del pago de la Prestación.
j) Daños causados por el Perro asegurado cuando el
Asegurado no cumpla los requisitos legales para su        2. CAMBIO EN LAS CIRCUNSTANCIAS DEL
propiedad, tenencia o desplazamiento por la vía
                                                          RIESGO DECLARADO
pública.
                                                          2.1 Agravación del Riesgo Asegurado
k) Los Daños que tengan su origen en la infracción de
las normas legales.                                        El Asegurado deberá, durante el curso del contrato,
                                                          comunicar al Asegurador, tan pronto como sea posible,
l) El pago de sanciones y multas de cualquier tipo,
                                                          todas las circunstancias que agraven el riesgo y sean de
así como las consecuencias de su impago.
                                                          tal naturaleza que, si hubieran sido conocidas por éste
m) Las consecuencias económicas resultado de              en el momento de la perfección del contrato, no lo
pactos que modifiquen lo legalmente exigible o que        habría celebrado o lo habría concluido en condiciones
vayan más allá del ámbito de la responsabilidad civil.    más gravosas.

[Seite 7]
Condiciones Generales
                                                             La Póliza también se extinguirá automáticamente en
                                                             caso de fallecimiento del Perro.

El Asegurador puede, en un plazo de dos meses a              El Asegurado está obligado a comunicar por escrito
contar del día en que la agravación le ha sido declarada,    al Asegurador cuanto antes, y en todo caso, en el
proponer una modificación del contrato. En tal caso, el      plazo máximo de 1 mes, dicha transmisión,
Asegurado dispone de quince días a contar desde la           desaparición o fallecimiento. El Asegurador tiene
recepción de esta proposición para aceptarla o               derecho a percibir el importe de la prima hasta el día
rechazarla. En caso de rechazo, o de silencio por parte      de la transmisión, desaparición o fallecimiento, y no
del Asegurado, el Asegurador puede, transcurrido dicho       estará obligado a reembolsar la prima no consumida
plazo, rescindir el contrato previa advertencia al           del Período de seguro en curso. No obstante, si el
Asegurado, dándole para que conteste un nuevo plazo          Asegurado no ha tenido ningún Siniestro durante esa
de quince días, transcurridos los cuales y dentro de los     anualidad, el Asegurador le reembolsará el importe
ocho siguientes comunicará al tomador la rescisión           de la prima restante.
definitiva.

El Asegurador igualmente podrá rescindir el contrato
                                                             2.4. Otros Supuestos de Extinción Automática
comunicándolo por escrito al Asegurado dentro de un
mes, a partir del día en que tuvo conocimiento de la         de la Póliza
agravación del riesgo.                                        Es condición esencial para la suscripción de este
En el caso de que el Asegurado no haya efectuado su          seguro por parte del Asegurador –y así se le ha
declaración y sobreviniere un Siniestro, el Asegurador       indicado en el Cuestionario de Seguro– que el Perro
queda liberado de su prestación si el Asegurado ha           sea un mero animal de compañía y, por tanto, no se
actuado con mala fe. En otro caso, la Prestación del         destine a carreras, fines de seguridad o guarda, o de
Asegurador se reducirá proporcionalmente a la                cualquier otro modo se emplee para ganar dinero o
diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera      en conexión con cualquier comercio o negocio, como
aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del        por ejemplo la cría (en este contexto, cría significa el
riesgo.                                                      uso para la cría más de 2 veces durante la vida de su
                                                             animal).
2.2 Disminución del Riesgo Asegurado
                                                             Por lo tanto, si se produce un Siniestro y se verifica el
El Asegurado podrá, durante el curso del contrato,           uso del Perro para las finalidades citadas, no sólo
poner en conocimiento del Asegurador las                     dicho Siniestro estará excluido de cobertura, sino
circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal        que además supondrá la extinción automática de la
naturaleza que, si hubieran sido conocidas por éste en       Póliza sin que el Asegurado tenga derecho al
el momento de la perfección del contrato, lo habría          reembolso de la Prima.
concluido en condiciones más favorables.
                                                             3. PAGO DE LA PRIMA
En tal caso, al finalizar el período en curso cubierto por
la prima, deberá reducirse el importe de la prima futura      El Asegurado está obligado a pagar la prima en las
en la proporción correspondiente, teniendo derecho el        condiciones establecidas en la Póliza y con la
Asegurado, en caso contrario, a la resolución del            periodicidad indicada en las Condiciones Particulares.
contrato y a la devolución de la diferencia entre la         La prima será exigible a la firma del contrato de seguro.
prima satisfecha y la que le hubiera correspondido
                                                             Si la prima no ha sido pagada a su vencimiento, el
pagar, desde el momento de la puesta en conocimiento
                                                             Asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a
de la disminución del riesgo.
                                                             exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con
El cambio de residencia del Asegurado y su perro             base en la Póliza. Se pacta expresamente que si la
constituye un posible supuesto de agravamiento o             prima no ha sido pagada antes de que se produzca el
disminución del riesgo, por tanto, lo deberá notificar       Siniestro, el Asegurador quedará liberado de sus
al Asegurador lo antes posible de acuerdo con lo             obligaciones bajo la Póliza.
señalado anteriormente.

2.3. Transmisión o Desaparición del Riesgo
Asegurado: Extinción Automática de la Póliza
La propiedad del Perro resulta esencial en la
valoración del riesgo asegurado.

En caso de que el Perro (cuyo dueño es el Asegurado
bajo esta Póliza) pase a manos de otra persona (por
cualquier título, oneroso o gratuito) o desaparezca, se
pacta expresamente que la persona a cuya posesión
pase el Perro no se subrogará en los derechos y
obligaciones que correspondían al Asegurado y
anterior titular del Perro, sino que el seguro
terminará en ese mismo momento, extinguiéndose la
Póliza a todos los efectos legales.

[Seite 8]
Condiciones Generales
4. DURACIÓN, PRÓRROGA Y RENOVACIÓN                           Asegurada, sin exceder la cuantía del Daño y dentro de
DEL SEGURO                                                   los términos y condiciones de la Póliza. Dentro de ese
                                                             límite, puede solicitar de cada compañía aseguradora la
4.1. Duración                                                compensación adecuada de acuerdo con la póliza de
Esta Póliza se suscribe para un Período de seguro de un      seguro respectiva.
año, salvo que se indique otro plazo distinto en sus         El Asegurador no puede pagar indemnización al
Condiciones Particulares.                                    perjudicado si ya ha recibido la compensación
                                                             completa bajo otra póliza de seguro. Si esto ya ha
4.2. Prórroga Automática​
                                                             ocurrido, el Asegurador podrá obtener una
 Tras este período, y a excepción de lo previsto en la
                                                             recuperación de parte o de todos sus costes de otra
sección 4.3 inferior, la Póliza se prorrogará
                                                             aseguradora. El Asegurado debe facilitar cualquier
automáticamente en las mismas condiciones en las que
                                                             apoyo que pueda necesitar el Asegurador
fue suscrita por un período de igual duración si el
                                                             razonablemente para ayudarle respecto a esta
Asegurado no ha notificado un cambio en las
                                                             recuperación.
circunstancias del riesgo asegurado (si este fuese el
caso, el Asegurador deberá analizar si el riesgo             6. PLAZO DE DESISTIMIENTO
asegurado ha variado de tal forma que requiera la
modificación de las condiciones para el siguiente             El Asegurado tiene derecho, dentro de los 30 días
período de seguro o si se trata de cambios esenciales        siguientes a partir del día que contrató la Póliza, a
que supongan que el Asegurador no desee prorrogar la         desistir del contrato.
Póliza).
                                                             Esto significa que el Asegurado puede decidir cancelar
No obstante, esta prórroga automática no tendrá lugar        su Póliza durante este período y el Asegurador le
cuando:                                                      reembolsará la Prima que haya pagado, a no ser que en
                                                             ese período ya haya realizado una Notificación de
a) el Asegurado se haya opuesto a dicha prórroga             Siniestro, en cuyo caso ya no se reembolsará la Prima.
comunicándoselo por escrito al Asegurador en el plazo
mínimo de un mes antes de la conclusión del período          7. DERECHO APLICABLE Y JURISDICCIÓN​
en curso, o                                                  Esta Póliza se rige por las leyes de España y será juez
b) el Asegurador se haya opuesto a dicha prórroga            competente el del domicilio del Asegurado.
comunicándoselo por escrito al Asegurado en el plazo
                                                             8. CÓMO NOTIFICAR UN SINIESTRO​
mínimo de dos meses antes de la conclusión del
                                                             En caso de Siniestro, el Asegurado deberá
período en curso.
                                                             comunicárselo al Asegurador dentro del plazo máximo
4.3. Posibles Modificaciones en la Renovación​               de 7 días desde la fecha en la que fue conocida su
 Si el Asegurador desease introducir modificaciones a        ocurrencia.
las condiciones de la Póliza en vigor para el siguiente      Para ello, tiene que enviar al Asegurador un formulario
Período de seguro (como lo sería el importe de la Prima,     de Notificación de Siniestro debidamente
la Franquicia, las Prestaciones u otras condiciones) que     cumplimentado junto con la documentación
no viniesen motivadas por una agravación del riesgo          acreditativa. Puede encontrar dicho formulario en la
–en cuyo caso aplicaría lo dispuesto en la sección 2.1       página web del agente de seguro exclusivo:​
de la Póliza– se lo comunicará por escrito al Asegurado      https://seguros.barkibu.com
dos meses antes de la conclusión del período en curso.
                                                             También podrá comunicar el siniestro enviando una
Si el Asegurado no está de acuerdo con las                   notificación por escrito a la dirección de email
modificaciones propuestas por el Asegurador para el          siniestros@barkibu.com, que contenga, como mínimo,
siguiente período de seguro, habrá de comunicárselo al       la siguiente información:
Asegurador por escrito un mes antes de la conclusión
del período en curso.                                        Datos del Causante:

5. DEBER DE COMUNICACIÓN DE OTROS                                 ●​   Número de microchip del Perro

SEGUROS                                                           ●​   Nombre, domicilio y teléfono del Dueño del
                                                                       Perro
 El Asegurado debe informar al Asegurador si existen
otras pólizas de seguro con distintas compañías                   ●​   Número de Póliza
aseguradoras que puedan cubrir la responsabilidad civil
objeto de seguro de esta Póliza. Si se omitiera esta
comunicación de forma intencionada, y en caso de
sobreseguro se produjera el Siniestro, ni el Asegurador
ni las otras compañías aseguradoras estarán obligadas
a pagar la indemnización.

Si el Asegurado ha comunicado al Asegurador la
existencia de otra/s pólizas, el Asegurador contribuirá al
pago de la compensación en proporción a la Suma

[Seite 9]
Condiciones Generales
Datos de Siniestro:
                                                                   ●​   Nombre completo, dirección y código postal.
    ●​   Fecha, lugar y hora.
                                                                   ●​   Número de póliza.
    ●​   Causas y circunstancias.​
                                                                   ●​   Teléfono/email y detalles de contacto.
         Descripción de los daños aparentes
         causados.                                                 ●​   Descripción detallada del motivo de queja.

    ●​   Datos personales de los terceros                          ●​   Resolución deseada de la queja.
         perjudicados.
                                                             El Asegurador tiene la obligación de atender y
    ●​   Otras pólizas de seguro (compañía y número          resolver las quejas y reclamaciones en el plazo
         de la póliza) suscritas por el Asegurado            máximo de dos meses.
         dentro de cuyas garantías se encuentre
         incluida la de la responsabilidad civil.            10.2. Presentación de Quejas ante el Regulador:
                                                             DGSFP / BaFin
También se podrá comunicar el Siniestro notificándolo a
través de la aplicación móvil de Barkibu, que se puede        Denegada la admisión de las reclamaciones o quejas, o
descargar en: https://app.barkibu.com                        desestimada total o parcialmente la petición del
                                                             Asegurado, o transcurridos dos meses desde su
En ningún caso se cubrirán los costes de cumplimentar        presentación al Asegurador sin que haya sido resuelta,
los formularios de notificación o los costes de cualquier    el Asegurado podrá presentar su queja ante el Servicio
documentación acreditativa requerida (p.ej.,                 de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y
traducciones) como parte de la tramitación del               Fondos de Pensiones, quien atiende las consultas,
Siniestro.                                                   quejas y reclamaciones a través del procedimiento
                                                             recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de
9. OBLIGACIONES DEL ASEGURADO
                                                             noviembre.
 El Asegurado adoptará todas las medidas que
                                                             Este procedimiento es escrito y las consultas, quejas y
favorezcan su defensa frente a reclamaciones de
                                                             reclamaciones se pueden presentar de dos formas:
responsabilidad. No deberá negociar, admitir o rechazar
ninguna reclamación sin la autorización expresa del         I.​    en soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio
asegurador.                                                        de Reclamaciones de la Dirección General de
                                                                   Seguros y Fondos de Pensiones, Paseo de la
El Asegurado deberá comunicar al asegurador a la
                                                                   Castellana 44, 28046 Madrid, o
mayor brevedad posible cualquier Reclamación
relacionada con el Siniestro que llegue a su                II.​   por vía telemática con firma electrónica, a través
conocimiento.                                                      de la página web de la Dirección General de
                                                                   Seguros y Fondos de Pensiones.
El incumplimiento del Asegurado de estos deberes
facultará al Asegurador para reducir la prestación en la     Asimismo, se pone a disposición de los ciudadanos el
medida en que con su comportamiento haya                     teléfono 952 249982, con el siguiente horario: de lunes
perjudicado las posibilidades de defensa o agravado las      a viernes laborables de 9:30 a 14:30 h.
consecuencias económicas del siniestro. En su caso, el
                                                             Para mayor información, el Asegurado puede dirigirse a
Asegurador podrá reclamarle daños y perjuicios.
                                                             las siguientes direcciones web:
Si el incumplimiento del Asegurado se produjera con la
                                                              ●​   http://www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Recla
manifiesta intención de perjudicar o de engañar al
                                                                   maciones/Paginas/InformacionProcedimiento.asp
Asegurador, o si obrara intencionadamente de acuerdo
                                                                   x
con los reclamantes o damnificados, el Asegurador
quedará liberado de toda prestación derivada del              ●​   http://apps.dgsfp.mineco.es/sgsapp/GuiaPresenta
Siniestro.                                                         cionReclamaciones.asp

10. CÓMO PRESENTAR UNA QUEJA                                 También podrá el Asegurado plantear su queja ante el
                                                             órgano supervisor de seguros alemán Bundesanstalt
10.1. Presentación de Quejas ante el                         für Finanzdienstleistungsaufsicht (BaFin) encargado
Asegurador                                                   de supervisar la actividad del Asegurador de esta Póliza:
Es intención del Asegurador ofrecer unos estándares de       También podrá el Asegurado plantear su queja ante el
servicio de primer orden.                                    órgano supervisor de seguros sueco
                                                             Finansinspektionen (Autoridad Sueca de Supervisión
Sin embargo, si el Asegurado tiene alguna queja o
                                                             Financiera) encargado de supervisar la actividad del
reclamación, deberá dirigirse al Asegurador, poniéndose
                                                             Asegurador de esta Póliza:
en contacto con el mismo a través de su agente de
seguros exclusivo Barkibu Seguros en el email
                                                              ●​   Box 7821, 103 97 Stockholm, Suecia
reclamaciones@barkibu.com, y aportando la
                                                              ●​   Correo electrónico: fi@fi.se
siguiente información:
                                                              ●​   Teléfono: +46 8 408 980 00
                                                              ●​   Web: https://www.fi.se

[Seite 10]
Condiciones Generales                                        Legitimación
                                                             Ejecución del contrato de seguro, de forma principal, u
10.3. Otras Instancias de Resolución de                      otras bases en determinadas circunstancias, como se
Conflictos                                                   explica con detalle en la sección de “Información
                                                             Adicional”. Para el tratamiento de datos especialmente
 Sin perjuicio de las instancias internas y externas         protegidos, se podrá necesitar el consentimiento
mencionadas en los apartados precedentes, en caso de         explícito del Asegurado si el Asegurador no cuenta con
disputa el Asegurado podrá reclamar, en virtud del           otra base de legitimación adecuada.
Artículo 24 de la Ley del Contrato de Seguro, ante el
Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su            Destinatarios
domicilio.                                                   El adecuado desenvolvimiento del contrato y el
                                                             cumplimiento de las obligaciones legales y
Asimismo, podrá someter sus divergencias a decisión
                                                             administrativas internas del Asegurador hace necesario
arbitral en los términos previstos en el artículo 57 y
                                                             que éste pueda comunicar sus datos a otras empresas
siguientes de la Ley General para la Defensa de los
                                                             del grupo de Nordic Guarantee , organismos
Consumidores y Usuarios y otras leyes
                                                             reguladores, agencias crediticias, organismos de
complementarias si cumple con los requisitos
                                                             prevención del fraude o terceras partes que presten
establecidos en la misma.
                                                             servicios relacionados con el contrato de seguro, tales
En cualquier caso, y salvo aquellos supuestos en que la      como mediadores de seguros, agencias de suscripción,
legislación de protección de los consumidores y              otros aseguradores o reaseguradores, proveedores de
usuarios lo impida, también podrán someter a arbitraje       servicios informáticos, peritos o abogados. Algunos de
las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir,     ellos podrán estar situados fuera del espacio europeo,
en materia de libre disposición conforme a derecho, en       pero se tomarán medidas para garantizar la adecuada
los términos de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de       protección de sus datos.
Arbitraje.                                                   En concreto, este contrato de seguro ha sido
                                                             distribuido por BARKIBU GERMANY GMBH - Sucursal
Igualmente, podrán someter sus divergencias a un
                                                             en España, mediador de seguros de Nordic Guarantee ,
mediador en los términos previstos en la Ley 5/2012, de
                                                             quien tiene la condición de Encargado de protección de
6 de julio, de mediación en asuntos civiles y
                                                             datos respecto a los datos personales facilitados en
mercantiles.
                                                             relación con este seguro, que trata en nombre y por
11. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES                           cuenta de Nordic Guarantee y de los que Nordic
                                                             Guarantee es Responsable. Asimismo, los datos
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE)        personales serán compartidos con BARKIBU SL,
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27         propietaria de la app a través de la cual se
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas   proporcionarán al Asegurado servicios de tramitación
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos           de siniestros relacionados con este seguro. Más
personales y a la libre circulación de estos datos y por     información sobre la política de protección de datos
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento           personales de BARKIBU GERMANY GMBH y de BARKIBU
general de protección de datos) y normativa nacional         SL en:
aplicable, el Asegurador comunica lo siguiente:              https://www.barkibu.com/es/politica-de-privacidad
Responsable                                                  https://www.barkibu.com/politica-de-privacidad/
El Responsable es Nordic Guarantee                           Derechos
Försäkringsaktiebolag (“Nordic Guarantee ”), entidad         El Asegurado tiene derecho a acceder, rectificar y
aseguradora alemana autorizada y regulada por el             suprimir sus datos. Asimismo, puede ejercitar el resto
supervisor alemán de seguros Finansinspektionen, con         de derechos garantizados por la normativa europea y
domicilio en Kista Science Tower, 164 51 Kista, SWEDEN.      nacional aplicable en materia de protección de datos
Nordic Guarantee está autorizada para operar en              personales (limitación de tratamiento, oposición,
España en libre prestación de servicios con número de        retirada de consentimiento, portabilidad, etc.), como se
autorización de la DGSFP E0249.                              explica con detalle en la sección inferior de Información
Finalidad                                                    adicional.
Los datos de carácter personal facilitados se incluirán      Información Adicional
en ficheros titularidad de Nordic Guarantee , quien los      El Asegurado encontrará información detallada sobre
tratará de acuerdo con los términos del RGPD y la            todas estas cuestiones relacionadas con el tratamiento
normativa nacional en materia de protección de datos,        y uso de sus datos personales en:
al objeto de la suscripción, celebración y gestión de        https://www.nordicguarantee.com/about-us/privacy-po
contratos de seguro y, en especial, para la prestación       licy/
de servicios, tramitación de propuestas, tramitación de      Si tuviese alguna duda respecto a la protección de sus
reclamaciones y pago de prestaciones relacionadas            datos personales, o quisiese ejercitar alguno de sus
con el pleno desenvolvimiento del contrato de seguro         derechos en materia de protección de datos, nos
en todas sus fases y el cumplimiento de obligaciones         puede remitir su consulta a la atención del Delegado de
legales y regulatorias aplicables a aseguradoras. Nordic     Protección de Datos (“DPD”) de Nordic Guarantee en el
Guarantee no elaborará perfiles con los datos                email info@nordg.se o en la dirección:
personales del Asegurado. Ver la sección de                  Nordic Guarantee Insurance Ltd, Kista Science
“Información Adicional” para más detalle.                    Tower, 164 51 Kista, SWEDEN.

[Seite 11]
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA MASCOTAS
  Documento de información sobre el producto de seguro
  Asegurador: Nordic Guarantee försäkringsaktiebolag
  Distribuidor: Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España
  Producto: Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para dueños de Perros


En este documento le facilitamos un resumen de este seguro. La información precontractual y contractual completa relativa al mismo
se facilita en otros documentos, que son los que regulan la relación entre las partes.


¿En qué consiste este tipo de seguro?
El objeto del seguro es cubrir la Responsabilidad Civil que pueda derivarse para el Asegurado como consecuencia de los daños y perjuicios
causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven de la actuación de su perro .


         ¿Qué se asegura?                                                         ¿Qué no está asegurado?
  ✓​ El pago de las indemnizaciones que puedan derivarse para el           ✗​ Los Daños ocasionados por un perro cuyas características sean distintas
      Asegurado por daños personales, materiales y perjuicios                 a las declaradas en el Cuestionario de seguro, como son:
      económicos consecuencia de aquellos, causados
      involuntariamente a terceros por el perro, hasta el límite de             ●​    Perros sin microchip o con microchip dañado o ilegible
      125.000€ o 200.000 € anuales (suma asegurada), a elegir por el            ●​    Perros de caza, perros guardianes, de vigilancia, perros usados
      cliente.                                                                        para la cría o que realicen o se utilicen para cualquier otra
                                                                                      actividad o finalidad distinta a la de mero animal de compañía
  ✓   La asunción de la defensa del Asegurado frente a la                       ●​    Perros cuya propiedad no ostente el Asegurado y/o no convivan
      reclamación de tercero a consecuencia de un siniestro cubierto                  con él
      por la Póliza –prestación accesoria de defensa conforme al art.74    ✗​ Los Daños causados al Asegurado, a su familia, a cualquier persona que
      Ley del Contrato de seguro–, incluyendo fianzas y costes y              viva con él, y a todos aquello que no tengan condición de terceros bajo la
      gastos judiciales o extrajudiciales derivados de la defensa de un       Póliza, o los Daños a bienes que estén en poder de estas personas por
      siniestro asegurado, hasta el límite de la suma asegurada y en          cualquier motivo (depósito, uso, manipulación, transporte u otros).
      proporción a la misma.                                               ✗​ Los Daños cuando el animal estaba confiado a un tercero que recibía un
                                                                              pago por este servicio.
  ✓ Prestación de un servicio de información y orientación jurídica        ✗​ Los Daños sufridos por el propio perro “asegurado” por esta Póliza.
      exclusivamente por vía telefónica relacionada con el objeto de
                                                                           ✗​ Actos realizados de mala fe por el Asegurado, valiéndose o no del Perro, o
      seguro.
                                                                              por cualquier persona de quien él sea responsable.
                                                                           ✗​ Daños causados por la participación del Perro en peleas organizadas,
                                                                              carreras o competiciones, salvo lo dispuesto en cuanto a su asistencia a
                                                                              ferias o exposiciones.
                                                                           ✗​ Pérdidas económicas que no sean consecuencia de un Daño cubierto por
                                                                              la Póliza.
                                                                           ✗​ Daños por la transmisión de enfermedades en el caso de que el
                                                                              Asegurado haya incumplido la legislación vigente respecto a la
                                                                              prevención y consecuencias de dichas enfermedades.
                                                                           ✗​ Daños causados por el Perro asegurado cuando el Asegurado no cumpla
                                                                              los requisitos legales para su propiedad, tenencia o desplazamiento por la
                                                                              vía pública.
                                                                           ✗​ Daños que tengan su origen en la infracción de las normas legales.
                                                                           ✗​ El pago de sanciones y multas de cualquier tipo, así como de las
                                                                              consecuencias de su impago.
                                                                           ✗​ Las consecuencias económicas resultado de promesas o pactos que
                                                                              modifiquen lo legalmente exigible o que vayan más allá del ámbito de la
                                                                              responsabilidad civil extracontractual.
                                                                           ✗​ Los costes/gastos de abogados y/o procuradores u otros profesionales
                                                                              que el Asegurado designe por su propia voluntad. No obstante, y sólo en
                                                                              caso de conflicto de intereses entre Asegurado y Asegurador, aquel
                                                                              podrá designar su propia defensa, estando a partir de dicho momento los
                                                                              gastos limitados a 6.000€ por siniestro.
                                                                           ✗​ La realización de informes o dictámenes jurídicos escritos.


Stand 01/2026​                                                         ​                                                             ​

[Seite 12]
          ¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?
  Por favor, revise la sección superior “¿Qué no está asegurado?” para verificar las Exclusiones aplicables al contrato de seguro. Adicionalmente, tenga en
  cuenta que:
  !   Esta Póliza sólo cubre los siniestros ocurridos durante el Período de seguro (en vigencia de la Póliza), siempre que la Reclamación del tercero perjudicado
  se formule durante la vigencia del seguro o en el plazo máximo de 12 meses a partir de la fecha de extinción de la Póliza.
  !   Se considera que constituye un solo y único siniestro el acontecimiento o serie de acontecimientos Dañosos debidos a una misma causa, con
  independencia del número de reclamantes o reclamaciones formuladas. La fecha del siniestro será la del momento en que se produjo el primer daño.
  !   Existe una franquicia, que es la cantidad detallada en las Condiciones Particulares que el Asegurado debe asumir a su cargo en cada siniestro y que por
  lo tanto, no es objeto de seguro. La franquicia es de 200€ por siniestro


         ¿Dónde estoy cubierto?
  ✓ ​ La cobertura de esta Póliza se circunscribe a reclamaciones de terceros formuladas en España –ante tribunales españoles y bajo legislación española–
      por siniestros ocurridos en España.


          ¿Cuáles son mis obligaciones?
  Esta lista no es completa; consulte las condiciones del seguro. Por ejemplo, algunas obligaciones clave son:
  ✓ Deberá satisfacer la prima
  ✓ En caso de siniestro:
        ●​    El Asegurado deberá comunicarlo al Asegurador en el plazo máximo de 7 días desde que conoció de su ocurrencia acompañando toda la
              información y documentación que se le indica en la Póliza.
        ●​    El Asegurado adoptará todas las medidas que favorezcan su defensa frente a reclamaciones de responsabilidad. No deberá negociar, admitir o
              rechazar ninguna reclamación sin la autorización expresa del asegurador.
        ●​    El Asegurado deberá comunicar al asegurador a la mayor brevedad posible cualquier notificación judicial o extrajudicial relacionada con el
              siniestro que llegue a su conocimiento.
        ●​    El Asegurado asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, y serán de su cuenta los gastos de defensa que se ocasionen. El
              Asegurado deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por el Asegurador.


  ✓ Deberá informar al Asegurador si existen otras pólizas de seguro que puedan cubrir la responsabilidad civil objeto de seguro de esta Póliza.
  ✓ Deberá mantener informado al Asegurador sobre la naturaleza y circunstancias del riesgo, lo que incluye el deber de comunicar cualquier cambio de
  residencia, desaparición del perro, transmisión de la propiedad del perro por cualquier motivo, fallecimiento del perro y, en definitiva, cualquier circunstancia
  relevante al objeto del riesgo asegurado.


          ¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?
  El pago de la Prima se hará en el momento de contratación. Las siguientes y sucesivas primas se deberán hacer efectivas en los correspondientes
  vencimientos. Por favor, consulte las Condiciones Particulares de su Póliza para mayor información.


          ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?
  Esta Póliza cubre desde la fecha de efecto indicada en las Condiciones Particulares de la Póliza, siempre que se haya satisfecho la prima correspondiente.
  Salvo que en las Condiciones Particulares de su Póliza se haya indicado otro plazo distinto, el Período de seguro es de un año, renovable automáticamente
  por igual período salvo oposición previa y salvo que la Póliza se extinga por otros motivos especificados en ella.


          ¿Cómo puedo rescindir el contrato?
  Puede rescindir el contrato de seguro en el plazo de 14 días desde su celebración.
  Las partes pueden oponerse a la prórroga/renovación automática del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con, al menos,
  un mes de anticipación a la conclusión del período en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el Tomador/Asegurado, y de dos meses cuando
  sea el Asegurador.
  La transmisión, desaparición o fallecimiento del perro supondrá automáticamente la extinción de la Póliza.


Stand 01/2026​                                                        ​                                                                      ​

[Seite 13]
CONSTANCIA DE RECIBO DE INFORMACIÓN
El Tomador/Asegurado reconoce expresamente que ha recibido la propuesta/ Cuestionario de seguro, las Condiciones
Particulares, Especiales, Generales y, en su caso, los Suplementos que integran esta Póliza, así como el IPID, manifestando
su conocimiento y conformidad con su contenido.

Igualmente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de la ley 50/80 de 8 de Octubre, del Contrato de Seguro, el
tomador del seguro manifiesta que ha leído, examinado y entendido el contenido y alcance de todas las cláusulas del
presente contrato y, especialmente, aquellas que, debidamente resaltadas, pudieran ser limitativas de derechos.
Por medio de la firma de este documento manifiesta la aceptación de todas ellas.

Asimismo, reconoce expresamente haber recibido de la aseguradora, por escrito y a la fecha de firma del Cuestionario de
solicitud de seguro, la información previa exigida de conformidad a lo dispuesto en la LOSSEAR y ROSSEAR relativa a la
legislación aplicable al contrato de seguro, las diferentes instancias de reclamación, el estado miembro del domicilio de la
aseguradora y su autoridad de control, la denominación social, dirección y forma jurídica de la aseguradora, la
información pertinente sobre la solvencia de la aseguradora y la inaplicabilidad de la normativa española en caso de
liquidación de la entidad aseguradora.


EL TOMADOR DEL SEGURO / ASEGURADO                                                                 EL ASEGURADOR


[firmado digitalmente]                                                                              María González

                                                         Administradora de Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España
                                                   (por delegación de NORDIC GUARANTEE FÖRSÄKRINGSAKTIEBOLAG)

[Seite 14]
Nota Previa
La información que se indica a continuación ha sido comunicada al Tomador del Seguro/Asegurado con anterioridad a la
contratación del seguro.
De conformidad con los artículos 96, 97, 99 de la Ley 20/2015, de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras ("LOSSEAR" en adelante), artículos concordantes del Real Decreto 1060/2015,
de 20 de noviembre, que aprueba el Reglamento de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras ("ROSSEAR" en adelante) y artículo 173 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero por el que se
aprueba la Ley de distribución de seguros, la Aseguradora informa sobre las siguientes cuestiones:


LEGISLACIÓN APLICABLE

1. La legislación aplicable a este contrato de seguro es:
- Ley de 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro;
- Ley 20/2015 “LOSSEAR",- Real Decreto 1060/2015 “ROSSEAR”,
- Artículo 173 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero por el que se aprueba la Ley de distribución de seguros,
- Normativa de consumidores y usuarios.


LA ASEGURADORA

2. Este contrato de seguro se celebra en régimen de libre prestación de servicios por parte de la Aseguradora NORDIC
GUARANTEE FÖRSÄKRINGSAKTIEBOLAG (“Nordic Guarantee”) , con domicilio en Färögatan 33 (Kista Science Tower), 164 51
Kista, Suecia, , debidamente inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones y autorizada para operar en España conforme a la normativa aplicable.

Autoridad de supervisión y control de la aseguradora
3. El Estado miembro a quien corresponde el control de la Entidad Aseguradora es Suecia y, la Autoridad a quien
corresponde dicho control es Finansinspektionen (Autoridad Sueca de Supervisión Financiera), con domicilio en Box
7821, 103 97 Estocolmo, Suecia. .

Normativa en caso de liquidación de la aseguradora
4. Conforme al art. 123 del ROSSEAR, se hace constar expresamente la no aplicación de la normativa española en materia
de liquidación de entidades aseguradoras, de manera que la liquidación de la Aseguradora está sujeta a la legislación
alemana. La autoridad competente para el caso de liquidación de dicha entidad en Suecia es Finansinspektionen.

Situación financiera y de solvencia de la aseguradora
5. La Aseguradora cumple con todos los requisitos reflejados en el informe sobre situación financiera y de solvencia
referido en el artículo 80 de la LOSSEAR y el artículo 122.5 del ROSSEAR, y que el Tomador del seguro/ Asegurado puede
consultar su contenido dirigiéndose a https://www.nordicguarantee.com/about-us/facts-figures/annual-reports/

DISTRIBUIDOR DEL SEGURO

6. El seguro ha sido distribuido por Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España (CIF W0324401I), mediador de seguros
del espacio económico europeo con domicilio social en CL Zapa 12 36380 Gondomar (Pontevedra). Barkibu Germany con
número de registro D-IB2Q-O6ANO-65 con autorización conforme al artículo 34d (1) GewO en el registro de corredores
(www.vermittlerregister.info) está inscrito en el Registro de distribuidores de seguros y reaseguros de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones como puede consultar en la siguiente dirección web:
http://www.dgsfp.mineco.es/es/Distribuidores/PUI/Paginas/pui.aspx. Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España actúa
como mediador de la Aseguradora Nordic Guarantee bajo los términos de un contrato de agencia por los que percibe una
remuneración en concepto de comisión a cambio de realizar las labores propias de su función.. Si el Tomador/Asegurado
tiene alguna queja o reclamación respecto a la actuación de BARKIBU, tiene a su disposición los mecanismos indicados en
el apartado siguiente.

[Seite 15]
INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN Y QUEJA

7. Es intención de la Aseguradora ofrecer unos estándares de servicio de primer orden. Sin embargo, en el supuesto de
que tenga alguna queja o reclamación, deberá dirigirse a la Aseguradora, poniéndose en contacto con la misma a través
de su distribuidor de seguros BARKIBU Germany Gmbh - Sucursal en España, en el correo electrónico
reclamaciones@barkibu.com
El Asegurador tiene la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones en el plazo máximo de dos meses.

8. Denegada su reclamación o queja, o transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación a la Aseguradora sin
que haya sido resuelta, podrá presentarla ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos
de Pensiones, a través del procedimiento recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.
Según este procedimiento, las consultas, quejas y reclamaciones se pueden presentar de dos formas: (i) en soporte
papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Pº de
la Castellana 44, 28046 Madrid, o (ii) por vía telemática con firma electrónica, a través de su página web.
Asimismo se pone a disposición de los ciudadanos el teléfono 952 24 99 82, con el siguiente horario: de lunes a viernes
laborables de 9:30 a 14:30 h.
Para mayor información, diríjase a cualquiera de las siguientes direcciones web:
-http://www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx
- http://apps.dgsfp.mineco.es/gaspar/GuiaPresentacionReclamaciones.asp
También podrá plantear su queja ante el órgano supervisor de seguros sueco FINANSINSPEKTIONEN:
           Finansinspektionen
           Box 7821, 103 97 Stockholm, Suecia
           Correo electrónico: fi@fi.se
           Teléfono: +46 8 408 980 00
           Web: https://www.fi.se

Instancias de reclamación judiciales u otros métodos de solución de conflictos
9. Además de las instancias mencionadas en los apartados precedentes, en caso de disputa podrá usted reclamar ante
el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su domicilio.
Asimismo, podrá someter voluntariamente sus divergencias a decisión arbitral en los términos previstos en el artículo 57
y siguientes de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias si cumple
con los requisitos establecidos en la misma.
En cualquier caso, y salvo aquellos supuestos en que la legislación de protección de los consumidores y usuarios lo
impida, también podrán someter a arbitraje las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materia de libre
disposición conforme a derecho, en los términos de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Igualmente, podrán someter sus divergencias a un mediador en los términos previstos en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de
mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Asimismo, podrá someter voluntariamente sus divergencias a decisión arbitral en los términos previstos en el artículo 57
y siguientes de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias si cumple
con los requisitos establecidos en la misma.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Responsable
10. NORDIC GUARANTEE FÖRSÄKRINGSAKTIEBOLAG (“Nordic Guarantee”), aseguradora autorizada y regulada por la
autoridad sueca de supervisión financiera Finansinspektionen, conforme a los datos que constan en los apartados 2 y 3
precedentes y Barkibu Germany GmbH – Sucursal en España, en su condición de distribuidor de seguros, actúan como
responsables del tratamiento independientes.

Finalidad
11. Los datos de carácter personal facilitados se incluirán en ficheros titularidad de NORDIC GUARANTEE y de Barkibu
Germany GmbH – Sucursal en España, quien los tratará de acuerdo con los términos del RGPD y la normativa nacional en
materia de protección de datos, al objeto de la suscripción, celebración y gestión de contratos de seguro y, en especial,
para la prestación de servicios, tramitación de propuestas, tramitación de reclamaciones y pago de prestaciones
relacionadas con el pleno desenvolvimiento del contrato de seguro en todas sus fases y el cumplimiento de obligaciones
legales y regulatorias aplicables a aseguradoras. No elaboraremos perfiles con sus datos personales. Vea la sección de
Información adicional para más detalle.

[Seite 16]
Legitimación
12. Ejecución del contrato de seguro, de forma principal, u otras bases en determinadas circunstancias, como se explica
en la sección de Información adicional. Para el tratamiento de datos especialmente protegidos, se podrá necesitar su
consentimiento explícito si la aseguradora no cuenta con otra base de legitimación adecuada.

Destinatarios
13. El adecuado desenvolvimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones legales y administrativas internas de
la aseguradora, hace necesario que podamos comunicar sus datos a otras empresas del grupo de Nordic Guarantee,
organismos reguladores, agencias crediticias, organismos de prevención del fraude o terceras partes que prestan
servicios relacionados con el contrato de seguro tales como mediadores de seguros, agencias de suscripción, otros
aseguradores o reaseguradores, proveedores de servicios informáticos, peritos o abogados. Algunos de ellos podrán estar
situados fuera del espacio europeo, pero se tomarán medidas para garantizar la adecuada protección de sus datos.
En concreto, este contrato de seguro ha sido distribuido por Barkibu Germany GmbH - Sucursal en España mediador de
seguros del espacio económico europeo de Nordic Guarantee, quien tiene la condición de Encargado de protección de
datos respecto a los datos personales facilitados en relación con este seguro, que trata en nombre y por cuenta deNordic
Guaranteey de los que Nordic Guarantee es Responsable. Puede encontrar más información sobre la política de
protección de datos personales de BARKIBU aquí https://seguros.barkibu.com/politica-de-privacidad

Derechos
14. Usted tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos. Asimismo, puede ejercitar el resto de derechos
garantizados por la normativa europea y nacional aplicable en materia de protección de datos personales (limitación de
tratamiento, oposición, retirar su consentimiento, portabilidad etc.), como se explica con detalle en la sección inferior de
Información adicional.

Información adicional
15. Encontrará información detallada sobre todas estas cuestiones relacionadas con el tratamiento y uso de sus datos
personales en Aviso de Privacidad de Nordic Guarantee, disponible en:
https://www.nordicguarantee.com/about-us/privacy-policy/

Si tiene alguna duda respecto a la protección de sus datos personales, o quiere ejercitar alguno de sus derechos en
materia de protección de datos, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos de cualquiera de los responsables
del tratamiento: :

          Barkibu Germany GmbH – Sucursal en España​
          CL Zapa 12, 36380 Gondomar (Pontevedra), España​
          Correo electrónico: dpo@barkibu.com

          Nordic Guarantee Försäkringsaktiebolag
          Färögatan 33 (Kista Science Tower), 164 51 Kista, Suecia
          Correo electrónico: info@nordg.se
```

