# SantéVet Premium: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-seguro-salud-mascotas-santevet-premium.php
- Entidad: Vetassur (Vertrieb), AXA France IARD (Risikoträger laut Nota informativa)
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-seguro-salud-mascotas-santevet-premium.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [SantéVet, Nota informativa previa (AXA France IARD)](https://www.santevet.es/wp-content/uploads/2026/05/NOTA-INFORMATIVA-SVES-AXA-FR-01052026.pdf), Edición 01.05.2026

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Tipo de póliza: solo cirugía o cobertura completa de salud (cirugía y tratamiento ambulatorio) | sí | Seguro combinado para perros y gatos con cobertura de Asistencia Veterinaria (modalidad reembolso en caso de accidente y de enfermedad) y de Responsabilidad Civil. | Nota informativa, Tipo de seguro, página 1 |
| Especies aseguradas (perro, gato) y vinculación a un animal identificado | sí | Seguro combinado para perros y gatos | Nota informativa, Tipo de seguro, página 1 |
| Límite anual para el conjunto de tratamientos | sí, hasta 5.000 € | Límite anual reembolsado 2000 € 3500 € 5000 € | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Límite por caso o por intervención | no regulado |  |  |
| Límites reducidos en los primeros años de póliza (escalado) | no regulado |  |  |
| Reembolso hasta qué múltiplo del baremo de honorarios veterinarios alemán (GOT): 1x, 2x, 3x o 4x | no regulado |  |  |
| Porcentaje de reembolso de la factura (por ejemplo 80 o 100 por ciento) | sí | Porcentaje de reembolso 50% 70% 90% | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Franquicia porcentual (por factura, por caso o por año) | sí | Porcentaje de reembolso 50% 70% 90% | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Franquicia fija en euros (por caso o por año) | 70 € | Franquicia anual 20 € 50 € 70 € | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Mayor franquicia o menor reembolso a partir de cierta edad del animal | no regulado |  |  |
| Libre elección de veterinario, especialista y clínica | no regulado |  |  |
| Pago directo de la aseguradora al veterinario o clínica | no regulado |  |  |
| Carencia general para enfermedades | sí | Periodo de carencia enfermedad 45 días 45 días 45 días (gastos médicos) | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Carencia para intervenciones quirúrgicas | sí | Periodo de carencia cirugía tras 6 meses 6 meses 6 meses enfermedad | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Carencia para accidentes | sí | Periodo de carencia accidente 7 días 7 días 7 días (gastos médicos y quirúrgicos) | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Carencias especiales para ciertas enfermedades (por ejemplo displasia, ligamento cruzado, dientes, tumores) | no regulado |  |  |
| Supresión de carencias al cambiar desde otra aseguradora | no regulado |  |  |
| Edad mínima del animal al contratar (por ejemplo desde 8 semanas) | no regulado |  |  |
| Edad máxima del animal al contratar | no regulado |  |  |
| Cobertura para animales mayores (contratación en edad senior, continuidad sin límite de edad) | no regulado |  |  |
| Fin de la cobertura o reducción de prestaciones a partir de una edad máxima | no regulado |  |  |
| Cuestionario de salud o certificado veterinario al contratar | no regulado |  |  |
| Obligación de identificación (microchip o tatuaje) y registro | no regulado |  |  |
| Exclusión o recargo para ciertas razas (perros potencialmente peligrosos, braquicéfalos, razas grandes, mestizos) | sí | Para confeccionar la prima del seguro de su mascota, se tiene en cuenta su raza y la opción de cobertura elegida. | Nota informativa, Condiciones de las primas, página 3 |
| Gatos: diferencia entre gato de interior y de exterior (prima, exclusiones, accidentes) | no regulado |  |  |
| Cobertura de enfermedades preexistentes y síntomas conocidos al contratar | no | Enfermedades o Accidentes, así como sus consecuencias, cuyos primeros síntomas se hayan manifestado u observado antes del final del Periodo de Carencia | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Cobertura de dolencias anteriores tras un periodo sin síntomas (por ejemplo 24 meses) | no regulado |  |  |
| Enfermedades hereditarias | no | Los gastos ocasionados por cualquier anomalía constitucional, patología congénita o hereditaria y sus consecuencias | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Enfermedades congénitas y malformaciones | no | Los gastos ocasionados por cualquier anomalía constitucional, patología congénita o hereditaria y sus consecuencias | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Displasia de cadera y de codo | no | incluidos entropiones, ectropiones, displasia coxofemoral, anomalías del desarrollo de la articulación del codo | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Rotura y cirugía del ligamento cruzado | no regulado |  |  |
| Luxación de rótula | no | Luxación de la rótula; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Síndrome braquicefálico en razas de hocico corto (cirugía respiratoria) | no regulado |  |  |
| Enfermedades crónicas (por ejemplo diabetes, alergias, epilepsia) durante varios años de póliza | no regulado |  |  |
| Tratamiento oncológico (cirugía, quimioterapia, radioterapia) | no regulado |  |  |
| Terapia de conducta por indicación veterinaria | no regulado |  |  |
| Gastos de cirugía con anestesia (intervención, anestesia, material) | no regulado |  |  |
| Exploración y diagnóstico previos a la cirugía (cuántos días antes) | no regulado |  |  |
| Tratamiento posterior a la cirugía (número de días) | no regulado |  |  |
| Medicación y material de curas tras la cirugía | no regulado |  |  |
| Hospitalización en clínica veterinaria | no regulado |  |  |
| Castración o esterilización por motivo médico | no regulado |  |  |
| Castración o esterilización electiva (aportación) | no | Gastos ocasionados por una esterilización o castración preventiva antes de los 4 años; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Cesárea y asistencia al parto | no | los gastos de parto y de cesárea no causados por un Accidente; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Torsión gástrica y extracción de cuerpos extraños | no regulado |  |  |
| Tratamiento ambulatorio sin cirugía (consulta, tratamiento) | no regulado |  |  |
| Medicamentos y material de curas fuera de una cirugía | no regulado |  |  |
| Análisis, radiografía y ecografía | no regulado |  |  |
| Resonancia magnética y tomografía computarizada (TAC) | no regulado |  |  |
| Fisioterapia, hidroterapia y rehabilitación | no regulado |  |  |
| Medicinas alternativas (homeopatía, acupuntura, osteopatía, terapeutas naturales) | no regulado |  |  |
| Dieta veterinaria prescrita | no | Alimentos; Complementos alimenticios; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Ayudas técnicas (collar isabelino, vendajes, ortesis, carritos) | no | Equipos y objetos médicos; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Tratamiento dental (sarro, empaste, extracción) | no regulado |  |  |
| Cirugía dental con anestesia, también tras accidente | no regulado |  |  |
| Limpieza dental profesional preventiva | no regulado |  |  |
| Importe anual para prevención (vacunas, desparasitación, revisión) | sí, hasta 90 € | Reembolso de gastos de prevención 50 € 70 € 90 € | Nota informativa, cuadro de garantías, página 1 |
| Vacunas | no | Gastos de vacunación; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 1 |
| Desparasitación interna y externa (pulgas, garrapatas) | no | Productos antiparasitarios, | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Revisión anual de salud | no regulado |  |  |
| Tasa y recargos por urgencias fuera de horario | no regulado |  |  |
| Reembolso en urgencias hasta 4 veces el baremo GOT | no regulado |  |  |
| Cobertura en el extranjero (duración, Europa o mundial) | no regulado |  |  |
| Cancelación o interrupción del viaje por enfermedad del animal | no regulado |  |  |
| Estancia en residencia si el propietario es hospitalizado | no regulado |  |  |
| Búsqueda del animal extraviado (anuncios, recompensa) | no regulado |  |  |
| Robo o extravío del animal (precio de compra o importe fijo) | no regulado |  |  |
| Sacrificio por indicación veterinaria | no regulado |  |  |
| Eliminación del cadáver, incineración o entierro | no | Gastos de autopsia y cremación; | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |
| Indemnización por muerte por accidente o enfermedad (precio de compra o importe fijo) | no regulado |  |  |
| Responsabilidad civil del propietario incluida | sí | Responsabilidad Civil y Fianzas como consecuencia de los daños que pueda infringir el animal a terceros | Nota informativa, Responsabilidad Civil, página 1 |
| Derecho de la aseguradora a rescindir tras un siniestro | no regulado |  |  |
| Aumento de prima por tramos de edad del animal | no regulado |  |  |
| Ajuste de prima por aumento de costes veterinarios (por ejemplo nuevo baremo) | sí | La Causas más frecuente para la determinación de la prima en años sucesivos es el comportamiento siniestral y la evolución del IPC. | Nota informativa, Condiciones de las primas, página 3 |
| Devolución de prima sin siniestros | no regulado |  |  |
| Duración y plazos de rescisión | sí | Las partes podrán oponerse a la prórroga del contrato, por escrito, comunicándolo, al menos, un mes antes del fin de la anualidad, si es el Tomador quien toma la decisión, y de dos meses cuando sea la Aseguradora. | Nota informativa, Duración del contrato, página 3 |
| Plazo para presentar facturas | no regulado |  |  |
| Obligación de mantener las vacunas al día, si no reducción o exclusión | sí | Los gastos ocasionados por enfermedades que podrían haberse evitado si se hubieran administrado vacunas preventivas | Nota informativa, exclusiones de la Asistencia Veterinaria, página 2 |

## Texto completo del condicionado: SantéVet, Nota informativa previa (AXA France IARD)

```text
[Seite 1]
 NOTA INFORMATIVA
 Nota informativa estandarizada previa a la
 contratación del Seguro Veterinario para Mascotas


   DATOS DE LA ENTIDAD ASEGURADORA
AXA France IARD.
Inscrita en el Registro Mercantil de Nanterre con el n.º 722 057 460. N.º a efectos de IVA intracomunitario FR 14 722 057 460,
Domicilio social: 313, Terrasses de l'Arche 92727 Nanterre Cedex (Francia).
Clave de la entidad: C-0723 La Entidad Aseguradora está sometida al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones que depende del Ministerio de Economía de España.


   NOMBRE DEL PRODUCTO Seguro Veterinario para Mascotas

   TIPO DE SEGURO

Seguro combinado para perros y gatos con cobertura de Asistencia Veterinaria (modalidad reembolso en caso de accidente y de
enfermedad) y de Responsabilidad Civil.


                                                                    MODALIDAD                       MODALIDAD                       MODALIDAD
                                                                      LIGHT                          CONFORT                         PREMIUM

 GARANTÍAS ASISTENCIA VETERINARIA                                        LÍMITES                        LÍMITES                         LÍMITES

 Porcentaje de reembolso                                                    50%                             70%                            90%

 Límite anual reembolsado                                                 2000 €                          3500 €                         5000 €

 Franquicia anual                                                           20 €                            50 €                           70 €

 Periodo de carencia accidente
                                                                          7 días                          7 días                          7 días
 (gastos médicos y quirúrgicos)

 Periodo de carencia enfermedad
                                                                          45 días                        45 días                         45 días
 (gastos médicos)
 Periodo de carencia cirugía tras
                                                                         6 meses                        6 meses                         6 meses
 enfermedad
 Reembolso de gastos de prevención                                          50 €                            70 €                           90 €


 GASTOS DE SUSCRIPCIÓN (solo en el primer recibo tras la suscripción): 11,90 € por contrato.
 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN: 1,00 € al mes a partir de la segunda renovación.


   GLOSARIO DE TÉRMINOS
Franquicia: Es una cantidad retenida del resultado del primer reembolso del año, únicamente. En Santévet, la franquicia anual es de
20€, 50€ o 70€, según la modalidad suscrita*. La franquicia no se aplica al bono de prevención.
Periodo de carencia: Periodo de tiempo, contado a partir de la fecha de efecto del seguro, durante el cual todavía no entran en vigor
las coberturas.


                                                                Santévet - Rambla Canaletas 140, 5a planta - 08002 Barcelona.
                  Producto de seguro distribuido por Vetassur. Inscrita en el ORIAS con el número 07003163 (www.orias.fr) y autorizado por la DGSFP
              para operar como corredor de seguros privados en España en régimen de libre prestación de servicios. Riesgo asumido por Axa France IARD.

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Responsabilidad Civil del perro o del gato:
Responsabilidad Civil y Fianzas como consecuencia de los daños que pueda infringir el animal a terceros de acuerdo a la
Legislación Vigente.

   POR SINIESTRO: 200.000 €                          POR VICTIMA: 200.000 €
Reclamación de los daños que pudiera sufrir el animal, (con un periodo de carencia de 2 meses desde la entrada en
vigor del contrato), que a su vez conlleva:


  DE LA COBERTURA DE ASISTENCIA VETERINARIA
  Enfermedades y Accidentes:
  � Enfermedades o Accidentes, así como sus consecuencias, cuyos primeros síntomas se hayan manifestado u observado antes
    del final del Periodo de Carencia establecido en el artículo «Periodos de carencia comunes a todos los Productos» (Capítulo 2
    B);
  � Los gastos ocasionados por enfermedades que podrían haberse evitado si se hubieran administrado vacunas preventivas;
  � Para los perros: moquillo canino, hepatitis, leptospirosis, parvovirosis y rabia;
  � Para gatos: leucemia felina, coriza, calicivirus, panleucopenia felina (tifus) y rabia;
  � Los gastos ocasionados por cualquier anomalía constitucional, patología congénita o hereditaria y sus consecuencias,
    incluidos entropiones, ectropiones, displasia coxofemoral, anomalías del desarrollo de la articulación del codo (no unión de la
    apófisis ancónea, osteocondrosis, osteocondritis disecante, fragmentación de la apófisis coronoides medial, incongruencia
    articular);
  � Luxación de la rótula;
  � Costes relacionados con la rabia;
  � Gastos de hospitalización sin justificación médica;
  � Gastos de vacunación;
  � Accidentes de caza.

  Medicamentos, intervenciones y compras varias:
  � Gastos ocasionados por una esterilización o castración preventiva antes de los 4 años;
  � Cualquier producto que no esté recetado por un veterinario;
  � Productos antiparasitarios,
  � Alimentos;
  � Complementos alimenticios;
  � Productos y servicios de higiene, lociones, champús y dentífricos;
  � Equipos y objetos médicos;
  � La medicación para interrumpir el celo o la gestación, o para inducir la anticoncepción química, así como el seguimiento, la
    inducción o la interrupción del celo, la inseminación artificial y la congelación del semen, el diagnóstico y el seguimiento de la
    gestación, la interrupción de la gestación, los gastos de parto y de cesárea no causados por un Accidente;
  � Prótesis dentales, oculares y ortopédicas;
  � Cualquier operación o procedimiento no realizado o prescrito por un veterinario;
  � El coste del tatuaje o de la identificación electrónica;
  � Transporte de animales;
  � Gastos de manutención;
  � Gastos de autopsia y cremación;
  � Gastos de expedición de un pasaporte o de cualquier otro documento;
  � Todos los gastos de envío;
  � Accidentes ocurridos durante el uso de un perro en el curso de una actividad profesional como la guardia o el rescate.


                                                              Santévet - Rambla Canaletas 140, 5a planta - 08002 Barcelona.
                Producto de seguro distribuido por Vetassur. Inscrita en el ORIAS con el número 07003163 (www.orias.fr) y autorizado por la DGSFP
            para operar como corredor de seguros privados en España en régimen de libre prestación de servicios. Riesgo asumido por Axa France IARD.

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   Malos tratos, sanciones, prohibición:
    � Cualquier intervención quirúrgica de carácter estético o destinada a reducir o eliminar defectos;
    � Accidentes ocurridos durante peleas organizadas;
    � Accidentes o enfermedades causados o agravados por maltrato, falta de atención o falta de alimentación imputables a la
      persona que tiene la custodia del Animal;
    � Accidentes o Enfermedades ocurridos durante el periodo de Suspensión del Contrato, así como sus consecuencias
      manifestadas durante y después del periodo de Suspensión;
    � Gastos ocasionados por accidente o enfermedad, actos de guerra (civil o extranjera), desintegración de núcleos atómicos y
      riesgo nuclear, contaminación no accidental, tratamientos derivados de experimentación biomédica, malos tratos o falta de
      atención imputables al dueño, a las personas que cuidan del animal o que conviven con él;
    � Las epidemias o pandemias mundiales.


   DE LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
    � Daños ocasionados por el Animal del Asegurado cuando éste sea destinado exclusivamente a actividades de vigilancia,
      guarda y custodia de viviendas, instalaciones comerciales o industriales o de construcción, siempre y cuando esté
      especialmente adiestrado para ello, así como cuando se destinen y cumplan misiones de salvamento, rescate o rastreo de
      personas o cosas;
    � La transmisión de enfermedades infecciosas si no se ha cumplido la normativa vigente sobre sanidad y vacunación existente
      para estos animales;
    � La participación en competiciones, apuestas y/o carreras de cualquier naturaleza, demostraciones de obediencia y/o de
      adiestramiento en defensa y ataque, salvo su participación en certámenes de habilidad, exposiciones, concursos de pedigrí o
      pureza de la raza, o de cualquier otro concurso o certamen de similares características;
    � Daños sufridos por los propios animales;
    � Los daños provocados por el Animal del Asegurado si éste ha tenido un adiestramiento para el ataque;
    � Daños debidos a mala fe, cometidos intencionadamente, del Asegurado o persona que custodie al animal.

   CONDICIONES, PLAZOS Y VENCIMIENTOS DE LAS PRIMAS
El pago de la prima puede fraccionarse, siempre que el mismo se realice por medio de la domiciliación bancaria. En la prima del
seguro quedan comprendidos el Impuesto sobre Primas de Seguros (IPS) y los recargos a favor del Consorcio de Compensación de
Seguros.
La Causas más frecuente para la determinación de la prima en años sucesivos es el comportamiento siniestral y la evolución del IPC.
Para confeccionar la prima del seguro de su mascota, se tiene en cuenta su raza y la opción de cobertura elegida.

   INFORMACION SOBRE EL BONO DE PREVENCION
La suscripción del presente contrato de seguro es una práctica de venta vinculada, en la medida que el Paquete de Prevención
regulado en el Apéndice 2 de su contrato de seguro es un producto auxiliar vinculado a su seguro médico para perros y gatos. Sus
beneficios son inseparables del mismo, esto es, no puede adquirirse ni está disponible de forma separada. La contratación del
contrato de seguro incluye en todo caso la del Paquete de Prevención. El contrato de seguro y el Paquete de Prevención no pueden
adquirirse ni terminarse separadamente. La duración y terminación del paquete de prevención coinciden con la de su contrato de
seguro médico para perros y gatos.

   DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración es anual renovable, salvo que se establezca lo contrario en la póliza, indicándose el periodo de vigencia a que
corresponde (toma de efecto y fecha de vencimiento). Las partes podrán oponerse a la prórroga del contrato, por escrito,
comunicándolo, al menos, un mes antes del fin de la anualidad, si es el Tomador quien toma la decisión, y de dos meses cuando sea
la Aseguradora.
Asimismo, el contrato finalizará en caso de muerte o desaparición del animal asegurado y por cambio de dueño del animal, cuando el
nuevo propietario no acepte expresamente las condiciones establecidas en el contrato.

   VENTA A DISTANCIA
Si el contrato se celebra a distancia, el Tomador dispone del derecho de desistimiento durante 14 días naturales desde el día de la
celebración del contrato sin necesidad de indicar motivo. Si ha abonado primas, el Asegurador se compromete a reembolsarlas en un
plazo máximo de 30 días naturales, y si ha percibido sumas o bienes, se compromete a reembolsarlos a la Aseguradora en un plazo
máximo de 30 días naturales.
Para ejercer el derecho de desistimiento deberá comunicarlo expresamente a través de su mediador siempre antes de que expire el
plazo establecido.


                                                                Santévet - Rambla Canaletas 140, 5a planta - 08002 Barcelona.
                  Producto de seguro distribuido por Vetassur. Inscrita en el ORIAS con el número 07003163 (www.orias.fr) y autorizado por la DGSFP
              para operar como corredor de seguros privados en España en régimen de libre prestación de servicios. Riesgo asumido por Axa France IARD.

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   INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN
De conformidad con lo establecido en Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras y el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras, los conflictos que puedan surgir entre las partes podrán resolverse, como sigue:
a) El Tomador podrá formular sus reclamaciones por escrito, ante el SERVICIO DE ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMACIONES de
la Entidad Aseguradora con dirección: Cualquier reclamación deberá presentarse por escrito, a menos que la reclamación presentada
por el Tomador verbalmente o a través de mensajería instantánea se haya resuelto de forma completa e inmediata. En caso de
discrepancia, se invita al Tomador a ponerse en contacto con el Agente en la siguiente dirección de correo electrónico:
info@santevet.es. El Agente se compromete a acusar recibo de la reclamación del Tomador en un plazo de diez (10) días hábiles y a
tramitar el Siniestro en un plazo de dos (2) meses desde el envío de la solicitud. Se podrá solicitar documentación adicional como
parte del proceso de estudio o directamente AXA - Direction des Partenariats IARD - Service Réclamations - 313 Terrasses de l'Arche
- 92727 NANTERRE CEDEX, por E-mail: service.recladaa@axa.fr o la web Clientes.
Dicho departamento acusará recibo por escrito de las reclamaciones que se les presenten y las resolverá siempre por escrito
motivado.
Para seguros contratados en Cataluña, y en cumplimiento de lo dispuesto y en conformidad con la Ley 22/2010, de 20 de julio, del
Código de consumo de Cataluña, podrá dirigirse, además, a la siguiente dirección: World Trade Center Almeda Park, edificio 6,
Plaza de la Pau s/n, 08940 ‐ Cornellá del Llobregat o contactar en el teléfono 900 132 098.
Una vez transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la reclamación, sin que el SERVICIO DE ATENCION DE
QUEJAS Y RECLAMACIONES haya resuelto, o bien una vez que haya sido denegada expresamente la admisión de reclamación o
desestimada la petición, podrá acudirse ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado
de Valores o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante presentación de la queja o reclamación, en soporte
papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos. La reclamación o queja será tramitada de conformidad con el
procedimiento previsto en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de
reclamaciones ante los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Podrá presentar su reclamación en el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en la
dirección Paseo de la Castellana 44 - 28046 - Madrid o en http://www.dgsfp.mineco.es/reclamaciones/
b) Por decisión arbitral en los términos de los artículos 57 y 58 del Real Decreto Legislativo 1/007, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y leyes complementarias; o en los
términos de la Ley 60/003, de 3 de diciembre, de Arbitraje, en materia de libre disposición conforme a derecho y salvo aquellos
supuestos en que la legislación de protección de los consumidores y usuarios lo impida (siempre que hubiera acuerdo por ambas
partes para someterse a este mecanismo de solución de conflictos), siendo los gastos ocasionados satisfechos por mitad entre
Tomador y Asegurador.
c) Por mediación en los términos previstos en la Ley 5/01, de 6 de julio, de mediación de asuntos civiles y mercantiles.

d) Por los Jueces y Tribunales competentes (siendo Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del contrato de
seguros el del domicilio del Asegurado).


   LEGISLACIÓN APLICABLE
    � Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro;
    � Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras;
    � Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras
      y reaseguradoras;
    � Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
      personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
      deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos);
    � Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales;
    � Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma electrónica;
    � Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico;
    � Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores;
    � R.D.L. 7/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de
      Compensación de Seguros;
    � Y cualquier otra norma que durante la vigencia de esta póliza pueda ser aplicable.

   SITUACIÓN FINANCIERA Y DE SOLVENCIA DE LA ENTIDAD ASEGURADORA
Se puede consultar en www.axa.fr https://www.axa.fr/configuration-securite/informations-financieres.html


                                                                Santévet - Rambla Canaletas 140, 5a planta - 08002 Barcelona.
                  Producto de seguro distribuido por Vetassur. Inscrita en el ORIAS con el número 07003163 (www.orias.fr) y autorizado por la DGSFP
              para operar como corredor de seguros privados en España en régimen de libre prestación de servicios. Riesgo asumido por Axa France IARD.
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