# Generali Responsabilidad Medioambiental: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-rc-medioambiental-generali-responsabilidad-medioambiental.php
- Entidad: GENERALI ESPAÑA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-rc-medioambiental-generali-responsabilidad-medioambiental.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Seguro de Responsabilidad Medioambiental, documento de información sobre el producto de seguro (IPID G ARTE 00054)](https://gapps.generali.es/content/dam/generali-seguros/web/empresas/responsabilidad-civil/generali-responsabilidad-medioambiental/IPID_G_ARTE_00054.pdf), Edición IPID Generali Responsabilidad Medioambiental (G ARTE 00054), ohne Datum

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
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| Suma asegurada de la responsabilidad civil por contaminación (reclamaciones de terceros) por siniestro | sí, hasta la suma asegurada | siempre que esté contratado el Seguro Complementario de Responsabilidad Civil por contaminación | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Suma asegurada de la responsabilidad medioambiental (obligación de reparación ante la Administración) por siniestro | sí, hasta la suma asegurada | La restauración de los recursos naturales dañados, hasta el límite contemplado en póliza. | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Límite máximo por anualidad de seguro | sí, hasta la suma asegurada | Responde hasta el límite establecido el contrato, por la suma de los siniestros de una misma anualidad de seguro | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Contratable como póliza independiente | sí | GENERALI se hace cargo de la Responsabilidad Medioambiental que pueda derivarse para el Asegurado | IPID, página 1 |
| Clausulado de referencia (GDV alemán, VVO austriaco o Pool Español de Riesgos Medioambientales) | no regulado |  |  |
| Franquicia por siniestro | sí, hasta la suma asegurada | Las franquicias, que establecen la cuantía del siniestro a cargo del Asegurado. | IPID restricciones, página 1 |
| Ámbito territorial | sí | Las Garantías del presente contrato de seguro son válidas, en los lugares en los que se desarrolla la actividad asegurada o las actividades complementarias. | IPID ¿Dónde estoy cubierto?, página 1 |
| Válida como garantía financiera obligatoria (Ley 26/2007, art. 24) | no regulado |  |  |
| Instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas | no regulado |  |  |
| Actividades del anexo III de la Ley 26/2007 | no regulado |  |  |
| Otras instalaciones sujetas a autorización o comunicación | no regulado |  |  |
| Instalaciones de aguas residuales y vertidos | no regulado |  |  |
| Riesgo de producto: diseño, suministro, montaje y mantenimiento de instalaciones de terceros | no regulado |  |  |
| Riesgo residual medioambiental | no regulado |  |  |
| Transporte de mercancías peligrosas y residuos | no regulado |  |  |
| Cobertura automática de nuevas instalaciones | no regulado |  |  |
| Solo están aseguradas las instalaciones declaradas en póliza | no regulado |  |  |
| Daños personales y materiales por contaminación del suelo, el aire o el agua | sí, hasta la suma asegurada | Las reclamaciones por daños a terceros, sean personas, propiedades o perjuicios económicos, derivados de contaminación asegurada | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Perjuicios económicos derivados de la contaminación | sí, hasta la suma asegurada | Las reclamaciones por daños a terceros, sean personas, propiedades o perjuicios económicos, derivados de contaminación asegurada | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Cobertura de la responsabilidad objetiva | no regulado |  |  |
| Contaminación gradual (no solo accidental y repentina) | no regulado |  |  |
| Gastos de salvamento y aminoración antes del siniestro | no regulado |  |  |
| Daños al terreno o a las aguas propias del asegurado | no regulado |  |  |
| Defensa frente a reclamaciones infundadas y costas | sí, hasta la suma asegurada | La defensa del Asegurado, en cualquier procedimiento judicial, por su Responsabilidad Asegurada, sufragando los honorarios y gastos correspondientes. | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Daños a especies silvestres y hábitats protegidos | sí, hasta la suma asegurada | es decir, a las aguas, a la flora y fauna silvestres, a las riberas del mar y de las rías o por contaminación del suelo | IPID, página 1 |
| Daños a las aguas | sí, hasta la suma asegurada | es decir, a las aguas, a la flora y fauna silvestres, a las riberas del mar y de las rías o por contaminación del suelo | IPID, página 1 |
| Daños al suelo | sí, hasta la suma asegurada | es decir, a las aguas, a la flora y fauna silvestres, a las riberas del mar y de las rías o por contaminación del suelo | IPID, página 1 |
| Daños medioambientales en terrenos propios, arrendados o cedidos | sí, hasta la suma asegurada | La descontaminación del suelo en el que se desarrolla la actividad asegurada, con los límites indicados en Condiciones Particulares. | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Daños a aguas subterráneas en terreno propio | no regulado |  |  |
| Reparación primaria | sí, hasta la suma asegurada | La restauración de los recursos naturales dañados, hasta el límite contemplado en póliza. | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Reparación complementaria y compensatoria | no regulado |  |  |
| Gastos de prevención y evitación ante amenaza inminente | sí, hasta la suma asegurada | Las medidas de prevención para evitar un daño medioambiental inminente. | IPID ¿Qué se asegura?, página 1 |
| Gastos de la Administración, peritos y procedimiento | no regulado |  |  |
| Cobertura de daños medioambientales en otros Estados de la UE | no regulado |  |  |
| Cobertura más allá del ámbito legal | no regulado |  |  |
| Exclusión de daños por funcionamiento normal | sí | Daños resultantes del normal desarrollo de la actividad asegurada y no de un hecho accidental y extraordinario. | IPID ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión por incumplimiento consciente de normas o autorizaciones | sí | Daños originados o agravados por cualquier comportamiento deliberadamente incorrecto del Asegurado. | IPID ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión de contaminación preexistente o conocida | no regulado |  |  |
| Exclusión por falta de mantenimiento | no regulado |  |  |
| Exclusión de organismos modificados genéticamente | sí | así como los originados por organismos modificados genéticamente. | IPID ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión de vertederos y gestión de residuos | no regulado |  |  |
| Exclusión del amianto | sí | Daños derivados de la inhalación de partículas de abesto o de sílice. | IPID ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión de daños climáticos y gases de efecto invernadero | no regulado |  |  |
| Exclusión de multas y sanciones | sí | Multas, sanciones, tasas y cánones o impuestos y las consecuencias de su impago, así como pagos con carácter punitivo o ejemplarizante. | IPID ¿Qué no está asegurado?, página 1 |
| Exclusión de fuerza mayor | no regulado |  |  |
| Definición del siniestro | no regulado |  |  |
| Cobertura retroactiva | no regulado |  |  |
| Periodo de descubrimiento posterior | no regulado |  |  |
| Obligación de inspección y mantenimiento periódicos | no regulado |  |  |
| Obligación de comunicar modificaciones | sí | Comunicar al Asegurador cualquier modificación que se produzca en el riesgo asegurado | IPID ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Plazo para comunicar el siniestro | sí | Comunicar el siniestro en un plazo máximo de 7 días. | IPID ¿Cuáles son mis obligaciones?, página 2 |
| Obligación de análisis de riesgos medioambientales | no regulado |  |  |
| Reducción por incumplimiento con culpa grave | no regulado |  |  |
| Base de cálculo de la prima | no regulado |  |  |
| Duración mínima y prórroga tácita | sí | Se podrá prorrogar por anualidades sucesivas si así lo contempla el contrato. | IPID ¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?, página 2 |
| Derecho de rescisión tras siniestro | no regulado |  |  |
| Cláusula de actualización de prima | no regulado |  |  |
| Cláusula de mejora automática | no regulado |  |  |
| Riesgo cedido al Pool Español de Riesgos Medioambientales | no regulado |  |  |
| Referencia al Fondo de Compensación de Daños Medioambientales del Consorcio | no regulado |  |  |
| Responsabilidad civil por contaminación en la misma póliza | sí | También se hace cargo, en caso de contratar dicha garantía, de la responsabilidad civil del Asegurado por daños causados a terceros por contaminación. | IPID, página 1 |

## Texto completo del condicionado: Seguro de Responsabilidad Medioambiental, documento de información sobre el producto de seguro (IPID G ARTE 00054)

```text
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  Seguro de Responsabilidad Medioambiental
  Documento de información sobre el producto de seguro
  GENERALI ESPAÑA S.A., de Seguros y Reaseguros
  Registrada en España - nº D.G.S C0072        Producto: Generali Responsabilidad Medioambiental

Este documento de información sobre el producto de seguro está destinado a proporcionar un resumen de las principales coberturas y exclusiones, y no está,
en modo alguno, personalizado para las necesidades específicas de cada cliente. La información precontractual y contractual completa relativa a este producto
se facilita en las Condiciones Generales y Particulares, en las cuales se detallarán las coberturas efectivamente contratadas por el cliente.

¿En qué consiste este tipo de seguro?
Sirve para proteger el patrimonio del Asegurado, ya que, si éste incurre inesperadamente en un episodio de daños medioambientales, es decir, a las aguas, a
la flora y fauna silvestres, a las riberas del mar y de las rías o por contaminación del suelo, GENERALI se hace cargo de la Responsabilidad Medioambiental
que pueda derivarse para el Asegurado, hasta los límites y en las condiciones del contrato. También se hace cargo, en caso de contratar dicha garantía, de la
responsabilidad civil del Asegurado por daños causados a terceros por contaminación.


            ¿Qué se asegura?                                                                  ¿Qué no está asegurado?
                La póliza hace frente a las responsabilidades de la Ley                      Las exclusiones más importantes son:
                de Responsabilidad Medioambiental, regulada en la Ley                             Multas, sanciones, tasas y cánones o impuestos y las
                26/2007 de 23 de octubre y normas equivalentes o que                              consecuencias de su impago, así como pagos con
                la desarrollen.                                                                   carácter punitivo o ejemplarizante.
                Las medidas de prevención para evitar un daño                                     Daños originados o agravados por cualquier
                medioambiental inminente.                                                         comportamiento deliberadamente incorrecto del
                Ya producido el daño medioambiental, se adoptan las                               Asegurado.
                medidas necesarias para impedir daños mayores.                                    Daños resultantes del normal desarrollo de la actividad
                La restauración de los recursos naturales dañados, hasta                          asegurada y no de un hecho accidental y extraordinario.
                el límite contemplado en póliza.                                                  Daños que se causen habiendo cesado la actividad
                La descontaminación del suelo en el que se desarrolla la                          asegurada o esté suspendida indefinidamente.
                actividad asegurada, con los límites indicados en
                                                                                                  Gastos, costes, pérdidas u otras consecuencias eco-
                Condiciones Particulares.
                                                                                                  nómicas debidas a la clausura o cierre, parcial o total,
                La defensa del Asegurado, en cualquier procedimiento                              temporal o definitivo, de las instalaciones o cese o
                judicial, por su Responsabilidad Asegurada, sufragando                            suspensión de la actividad.
                los honorarios y gastos correspondientes.
                                                                                                  Prestaciones comprendidas en los Seguros Obligatorios
                La constitución de las fianzas exigidas al Asegurado para                         de Automóviles contratados o no.
                garantizar sus responsabilidades aseguradas, así como
                las que se exijan para garantizar su libertad provisional, si                     Daños derivados de la inhalación de partículas de abesto
                éstas se dirimen en un proceso penal.                                             o de sílice.
           Y además:                                                                              Daños causados por virus, bacterias, hongos o esporas,
                                                                                                  así como los originados por organismos modificados
               Las reclamaciones por daños a terceros, sean personas,
                                                                                                  genéticamente.
               propiedades o perjuicios económicos, derivados de
               contaminación asegurada, siempre que esté contratado
               el Seguro Complementario de Responsabilidad Civil por
               contaminación en este apartado se incluyen los daños a
               empleados, con ciertos límites.
                                                                                              ¿Existen restricciones en lo que
               En responsabilidad Medioambiental, Responde hasta el                           respecta a la cobertura?
               límite establecido el contrato, por la suma de los                            En el contrato constarán expresamente:
               siniestros de una misma anualidad de seguro, ya sea uno
               o varios.                                                                           Los sublímites de los importes de la suma asegurada de
           Y además:                                                                               cada una de las garantías contratadas.
               En responsabilidad civil por contaminación, si se                                   Las franquicias, que establecen la cuantía del siniestro a
               contrata, Responde hasta el límite establecido el contrato                          cargo del Asegurado.
               por todos los siniestros de una anualidad de seguro, ya
               sea uno o varios.

[Seite 2]
¿Dónde estoy cubierto?
   Las Garantías del presente contrato de seguro son válidas, en los lugares en los que se desarrolla la actividad asegurada o las actividades
   complementarias.
   ¿Ante que reclamaciones? Las que se solventen por vía extrajudicial o bien ante tribunales de los estados miembros de la Unión Europea,
   conforme a normativa vigente en sus estados miembros.


¿Cuáles son mis obligaciones?
  Efectuar el pago de la prima.
  Comunicar al Asegurador cualquier modificación que se produzca en el riesgo asegurado (como, por ejemplo, la inclusión o exclusión de
  algún equipo en la Instalación objeto de seguro)
  Comunicar el siniestro en un plazo máximo de 7 días.


¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?
  La prima anual, que viene detallada en el contrato, con sus impuestos.
  En el momento de la contratación y en la forma que se haya señalado en el contrato (domiciliación bancaria, tarjeta). Si la póliza se renueva a
  la anualidad siguiente, en la fecha de efecto de la renovación.


¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?
  Abonada la primera prima, la cobertura comienza a las 00:00h de la fecha de efecto del contrato y finaliza a las 24:00h en la fecha de su
  vencimiento. Se podrá prorrogar por anualidades sucesivas si así lo contempla el contrato.


¿Cómo puedo rescindir el contrato?
  Mediante notificación escrita, al menos con un (1) mes de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza.
```

