# Reale ONG y Asociaciones: el condicionado completo

> Evaluado por NAMMERT a partir de los condicionados publicados. Pese al cuidado, un valor puede estar mal leído; jurídicamente solo vale el condicionado de su propia póliza. Avísenos de cualquier error y lo corregimos el mismo día.

- https://nammert.es/condiciones-rc-asociaciones-reale-ong-asociaciones.php
- Entidad: REALE SEGUROS GENERALES, S.A.
- Consultar al corredor: https://nammert.es/condiciones-rc-asociaciones-reale-ong-asociaciones.php?household=single|couple|family|single_parent&deductible=0|1&over55=0|1&public_service=0|1&summary=…#anfrage
- Original de la aseguradora (PDF): [Documento de información sobre el producto de seguro, Reale Segmento ONG (133)](https://www.reale.es/es/Documents/IPID.%20133%20-%20Reale%20Segmento%20ONG.pdf), Edición IPID Contrato Segmento ONG (133), ohne Datum

## Revisión punto por punto

| Punto | Regulación | Texto literal | Cláusula |
| --- | --- | --- | --- |
| Suma asegurada por siniestro (combinada para daños personales, materiales y perjuicios) | sí, hasta 900.000 € | Responsabilidad Civil de Explotación (hasta 900.000€ con doble agregado anual) | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| Límite anual agregado (por ejemplo, dos veces la suma asegurada por anualidad) | sí | hasta 900.000€ con doble agregado anual | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| Perjuicios patrimoniales puros causados por la asociación a terceros | no regulado |  |  |
| Franquicia general por siniestro | no regulado |  |  |
| Ámbito territorial (nacional, Europa, mundial; viajes y actos en el extranjero) | sí | La cobertura otorgada por el presente contrato es territorio nacional. | IPID, Dónde estoy cubierto, página 2 |
| Riesgo asegurado: actividades dentro del fin estatutario de la asociación según la solicitud | sí | Quedan expresamente excluidas de contratación cualquier actividad que sea considerada por la Compañía de peligrosidad. | IPID, Restricciones, página 1 |
| Tipos de entidad excluidos o con reglas especiales (hípica, tiro, motor, aéreos, náuticos, caza) | no regulado |  |  |
| Cobertura automática de riesgos nuevos (nuevas secciones o instalaciones) | no regulado |  |  |
| Cláusula de garantía frente a condiciones modelo o póliza anterior, mejora automática | no regulado |  |  |
| Defensa frente a reclamaciones infundadas, gastos fuera de la suma asegurada | no regulado |  |  |
| RC personal de la junta directiva y órganos estatutarios en el ejercicio de su cargo | no regulado |  |  |
| RC personal de voluntarios y colaboradores en actividades de la entidad | no regulado |  |  |
| RC personal de los socios en actos y entrenamientos de la entidad | no regulado |  |  |
| RC personal de empleados, monitores y entrenadores | no regulado |  |  |
| No socios, invitados y participantes de prueba como asegurados en actos | no regulado |  |  |
| Reclamaciones entre asegurados y contra la entidad (RC cruzada) | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil Cruzada | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| Deber de vigilancia de menores y grupos juveniles (actividades, campamentos) | no regulado |  |  |
| Daños a bienes de voluntarios y colaboradores (por ejemplo, vehículo propio en desplazamientos) | sí, hasta 30.000 € | Daños a bienes de voluntarios/empleados (hasta 30.000€) | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| Actos de la entidad (fiestas, torneos, conciertos, excursiones) cubiertos | no regulado |  |  |
| Límite de actos por aforo o tipo (grandes eventos a declarar o excluidos) | no regulado |  |  |
| Fuegos artificiales y pirotecnia en actos | no | el lanzamiento y quema de fuegos artificiales, cohetes y efectos pirotécnicos | IPID, Qué no está asegurado, página 1 |
| Bar, servicio y venta de comida y bebida (incluida intoxicación alimentaria) | no regulado |  |  |
| Montaje y uso de carpas, escenarios y gradas | no regulado |  |  |
| RC inmobiliaria por local social, instalaciones deportivas y terrenos | sí | Responsabilidad Civil Inmobiliaria | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| Daños a locales, pabellones e instalaciones alquilados o cedidos | sí, hasta 150.000 € | Responsabilidad Civil Locativa (hasta 150.000€) | IPID, Garantías opcionales, página 1 |
| Daños a bienes muebles alquilados o prestados (material, instrumentos, carpas) | no regulado |  |  |
| Pérdida de llaves y tarjetas ajenas (locales, pabellones, municipio) | no regulado |  |  |
| RC por obras propias en el local hasta el importe de obra indicado | no regulado |  |  |
| Animales de la entidad (caballos, perros de clubes caninos) | no regulado |  |  |
| Uso de embarcaciones propias o alquiladas (remo, piragua, vela, motor) | no regulado |  |  |
| Uso de drones y aeromodelos en actividades de la entidad | no regulado |  |  |
| Vehículos no matriculados y máquinas (cortacésped, mantenimiento) hasta la velocidad indicada | no regulado |  |  |
| Responsabilidad medioambiental y contaminación de aguas (depósito de gasóleo, aguas de pesca) | sí, hasta 150.000 € | Responsabilidad Civil de Contaminación Accidental (hasta 150.000€) | IPID, Garantías opcionales, página 1 |
| Explotación de placas solares en el local, incluida la venta a la red | no regulado |  |  |
| RC por protección de datos e intercambio electrónico (datos de socios, web) | no regulado |  |  |
| Impago de terceros (protección de la entidad si el responsable no paga) | no regulado |  |  |
| Gastos de defensa penal para junta directiva y colaboradores | no regulado |  |  |
| Pérdida de fondos de la entidad y descuadres de caja (infidelidad, si se incluye) | no regulado |  |  |
| RC patrimonial de los órganos frente a la propia entidad (responsabilidad interna) | no regulado |  |  |
| Exclusión de daños por uso de vehículos a motor matriculados | no regulado |  |  |
| Exclusión de deportes de motor, carreras y competiciones de velocidad | no regulado |  |  |
| Exclusión o limitación por armas, munición y explosivos (tiro deportivo) | no regulado |  |  |
| Exclusión de lesiones entre deportistas en la práctica deportiva (sin infracción grave) | sí | La responsabilidad por daños que los usuarios de las instalaciones se ocasionen entre sí | IPID, Qué no está asegurado, página 1 |
| Exclusión de abusos, malos tratos o acoso sexual | no regulado |  |  |
| Exclusión de deporte profesional y actividades mercantiles de la entidad | sí | así como la de los deportistas profesionales o personas que realicen las exhibiciones | IPID, Qué no está asegurado, página 1 |
| Exclusión por incumplimiento consciente de leyes, normas o requisitos oficiales | sí | Cualquier daño debido a actos organizados en sitios que no estén debidamente señalizados, protegidos, acotados | IPID, Qué no está asegurado, página 1 |
| Exclusión de daños punitivos, multas y penalizaciones contractuales | no regulado |  |  |
| Franquicia superior para garantías concretas (RC locativa, llaves, bienes de voluntarios) | no regulado |  |  |
| Base de prima y regularización (número de socios, actos), deber de declarar | no regulado |  |  |
| Deber de comunicar la agravación del riesgo (nuevas secciones, instalaciones, estatutos) | sí | Declarar al Asegurador todas las circunstancias que puedan afectar al riesgo que quiero asegurar y comunicar cualquier modificación en el mismo. | IPID, Obligaciones, página 2 |
| Obligaciones en caso de siniestro (plazo de aviso, no reconocer sin autorización) | sí | Comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro en un plazo máximo de 7 días. | IPID, Obligaciones, página 2 |
| Cobertura posterior tras disolución de la entidad o fin del contrato | no regulado |  |  |
| Duración y rescisión (plazo, rescisión tras siniestro) | sí | El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador realizada con un mes de antelación. | IPID, Rescisión, página 2 |
| RC de explotación de la asociación o club | sí, hasta 900.000 € | Responsabilidad Civil de Explotación (hasta 900.000€ con doble agregado anual) | IPID, Qué se asegura, página 1 |
| RC patronal por accidentes de trabajo del personal | sí, hasta la suma asegurada | Responsabilidad Civil por Accidentes de Trabajo (*) | IPID, Garantías opcionales, página 1 |
| Sublímite por víctima | no regulado |  |  |
| Cobertura de voluntarios según la Ley 45/2015 de Voluntariado | no regulado |  |  |
| Defensa jurídica y fianzas civiles y penales | no regulado |  |  |
| Delimitación temporal (ocurrencia durante la vigencia, plazo de reclamación posterior) | no regulado |  |  |

## Texto completo del condicionado: Documento de información sobre el producto de seguro, Reale Segmento ONG (133)

```text
[Seite 1]
REALE SEGUROS
SEGURO DE SEGMENTO ONG


                                    DOCUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL PRODUCTO DE SEGURO
                       EMPRESA: Entidad aseguradora “Reale Seguros Generales, S.A.”, España (Nº autorización: C-0613)
                                               PRODUCTO: Contrato Segmento ONG (133)

El presente documento contiene información general previa resumida sobre el producto de seguro. La información precontractual
o contractual completa relativa al producto, se facilitará al cliente en otros documentos. Si desea más información, puede consultarla
en nuestra página www.reale.es, dentro del apartado destinado a este producto.


¿En qué consiste este tipo de seguro?
Reale ONG y Asociaciones es un producto específico de Responsabilidad Civil que otorga una solución integral perfecta
para proteger la ONG y Asociaciones.


             ¿QUÉ SE ASEGURA?                                                                        ¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?

  Principales garantías aseguradas (suma asegurada según lo                                  Los principales riesgos excluidos son:
  acordado en condiciones contractuales):
                                                                                              La responsabilidad por daños que los usuarios de las
   ✓ Responsabilidad Civil de Explotación (hasta 900.000€                                      instalaciones se ocasionen entre sí, así como la de los deportistas
     con doble agregado anual). Quedan incluidas dentro de                                     profesionales o personas que realicen las exhibiciones.
     esta garantía:
                                                                                              El robo, hurto o extravío de objetos propiedad de socios,
    ✓ Daños a bienes de voluntarios/empleados (hasta 30.000€)                                 visitantes y de terceros en general, dentro de las instalaciones
    ✓ Responsabilidad Civil Cruzada                                                           objeto del seguro (salvo lo especificado para prendas en
                                                                                               guardarropías).
    ✓ Responsabilidad Civil Inmobiliaria
                                                                                              La participación y organización de festejos taurinos, así como por
    ✓ Responsabilidad Civil Subcontratistas
                                                                                               el lanzamiento y quema de fuegos artificiales, cohetes y efectos
                                                                                               pirotécnicos.
   Las principales garantías opcionales son:                                                  Cualquier daño debido a actos organizados en sitios que no
   • Responsabilidad Civil por Accidentes de Trabajo (*)                                       estén debidamente señalizados, protegidos, acotados, si la
                                                                                               señalización, protección, o acotamiento fuera preceptivo u
   • Responsabilidad Civil Locativa (hasta 150.000€)
                                                                                               obligatorio dadas las características del acto.
   • Responsabilidad Civil de Contaminación Accidental (hasta
      150.000€)
   (*) Con posibilidad de contratar capitales hasta el límite establecido para la Garantía
       Responsabilidad Civil de la Explotación.


                                                                                                     ¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE
                                                                                                     RESPECTA A LA COBERTURA?

                                                                                             Las principales restricciones son:
                                                                                                Quedan expresamente excluidas de contratación
                                                                                                cualquier actividad que sea considerada por la
                                                                                                Compañía de peligrosidad.
                                                                                                Volumen de presupuesto inferior a 500.000€.

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               ¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
   ✓ La cobertura otorgada por el presente contrato es territorio nacional.


               ¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?

      • Declarar al Asegurador todas las circunstancias que puedan afectar al riesgo que quiero asegurar y comunicar cualquier modificación
        en el mismo.
      • Firmar el contrato.
      • Pagar la prima.
      • Comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro en un plazo máximo de 7 días.


               ¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?

      • El precio del seguro supone una cantidad de dinero que el Contratante del Seguro debe abonar atendiendo a las circunstancias
        convenidas en el contrato. En función de la Forma de Pago acordada el precio puede ser Anual, Semestral o Trimestral.
      • El pago del precio debe realizarse a la firma del contrato.
      • El pago del precio debe realizarse a través de su banco o bien acorde a los métodos alternativos que se indiquen en el contrato.


               ¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?

   • El contrato se perfecciona mediante su firma.
   • El contrato entra en vigor el día indicado en la fecha de inicio, una vez perfeccionado y con el primer recibo del precio pagado.
   • El contrato finaliza el día indicado en la fecha de finalización. Y, salvo pacto en contrario, se prorrogará automáticamente por el plazo
     de un año; y sucesivamente a la finalización de cada anualidad.


               ¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?

   • El contrato puede finalizarse en la fecha de finalización anual, mediante la correspondiente notificación escrita dirigida al asegurador
     realizada con un mes de antelación.


El presente documento se trata de un documento de información previa resumido sobre el producto de seguro, no teniendo el carácter de proposición de seguro ni suponiendo la emisión de oferta contractual
alguna, pudiendo la información contenida en el mismo ser modificada en cualquier momento por razones técnicas o de mercado.

REALE SEGUROS GENERALES, S.A. C/ Príncipe de Vergara, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153,
Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293


                                                                                                                                                                      REALE SEGUROS
                                                                                                                       SEGURO DE SEGMENTO ONG
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