Saltar al contenido

Inicio / Temas / Coberturas

¿Puede llevar el timón un amigo?

Respuesta breve

La responsabilidad civil sigue a la embarcación y no a la persona: cubre a todo patrón autorizado que tenga la titulación exigida; la franquicia sigue siendo del tomador.

Calcular la prima Al seguro de embarcaciones

La responsabilidad civil va unida a la embarcación, no a una persona concreta. Cubierto no está solo usted, sino cualquier patrón autorizado que posea la titulación que exija la zona. Autorizado significa con su conocimiento y su consentimiento: un amigo, un familiar, un invitado al timón. No le pedimos que nos dé nombres.

Dos condiciones deciden el caso. La primera es la titulación: tiene que ser la que exija la zona, y si falta la indemnización queda en riesgo, por mucho permiso que usted haya dado. La segunda es la autorización misma. Quien larga amarras sin que usted lo sepa no es un patrón autorizado.

Deje el permiso por escrito. Una hoja con el nombre, el periodo, la zona y las condiciones que a usted le importen cuesta cinco minutos y responde a la pregunta que se hace primero después de un siniestro. En el apartado de formularios hay un modelo para imprimir.

En un siniestro de casco paga la póliza, no el patrón. La franquicia la soporta el tomador y el expediente va por su contrato, no por el de su amigo. Si usted le reclama después la franquicia en privado es asunto entre ustedes dos y no del contrato de seguro. Háblenlo antes de entregar las llaves, no después.

Prestar no es alquilar. En cuanto hay dinero de por medio se trata de chárter, y eso tiene que constar en el contrato. Sin ese dato falta la cobertura justo cuando hace falta.

Para recordar

Cualquiera

autorizado está cubierto

Ninguno

tiene que estar comunicado por su nombre

Tras un siniestro no cuenta quién iba al timón, sino si podía ir y si tenía la titulación.

Dos pares de manos en el timón de un barco al anochecer, unas sueltan y otras toman

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta con más frecuencia

¿Tengo que comunicar quién lleva mi barco?

No. Está cubierto todo patrón autorizado con la titulación exigida, y no pedimos nombres.

¿Necesita titulación mi amigo?

La que exija la zona de navegación. Si falta, la indemnización queda en riesgo aunque usted le diera permiso.

Mi amigo ha causado el daño. ¿Quién paga?

El expediente va por su contrato, y la franquicia la soporta usted como tomador.

¿Basta un permiso verbal?

Suele valer, pero es difícil de acreditar tras un siniestro. Use el modelo de permiso de uso, con una hoja basta.

¿Puedo prestar el barco a cambio de dinero?

Entonces es chárter y debe constar en el contrato. Sin ese dato falta la cobertura.

Temas relacionados

¿Quién está cubierto en un chárter con patrón? ¿Quién debe probar qué en un siniestro? ¿Qué pasa si hay infraseguro?

Todos los temas

¿Le queda alguna duda?

Le atendemos en español y decidimos nosotros mismos sobre su siniestro. Sin intermediarios y sin esperar a que conteste una compañía extranjera.

Calcular la prima Comunicar un siniestro